Convenio colectivo de la empresa Embotelladora de

GOBIERNO DE CANARIAS
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE
SANTA CRUZ DE TENERIFE
Año XC
Miércoles, 23 de septiembre de 2015
Número 121
SUMARIO
II. ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda
8184 Convenio colectivo de la empresa Embotelladora de Canarias, S.A. 2014-2015...............................................
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
Cabildo Insular de Tenerife
8201 Procedimiento de adjudicación del contrato de suministro de vehículos en régimen de alquiler sin conductor,
para uso por el Servicio Técnico de Carreteras, Paisaje y Movilidad................................................................. Página 19215
Cabildo Insular de La Gomera
8175 Exposición pública de plazo de presentación de solicitudes para la obtención del carné de artesano en la isla
de La Gomera...................................................................................................................................................... Página 19216
8195 Exposición pública del proyecto de “Glorieta en GM-1 y GM-2 cruce de Apartacaminos, t.m. de Vallehermoso”....................................................................................................................................................................... Página 19217
8197 Exposición de la memoria valorada del “Acondicionamiento Barranco de Pastrana, t.m. de San Sebastián de
La Gomera”......................................................................................................................................................... Página 19217
Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
8177 Decreto de acumulación temporal del ejercicio de las atribuciones del titular de la Dirección General de Gestión
Presupuestaria, Patrimonio y Contratación en la titular de la Dirección General de Recursos Humanos..........
8178 Decreto de acumulación temporal de las atribuciones del titular de la Coordinación General de Hacienda y
Política Financiera en los titulares de la Dirección General de Gestión Presupuestaria, Patrimonio y Contratación, y de Recursos Humanos.............................................................................................................................
8188 Cobranza de los Padrones Fiscales correspondiente al Impuesto sobre actividades económicas, tasa por gestión
de residuos sólidos modalidad basura de negocios, año 2015............................................................................
8183 Notificación a José Miguel de las Casas Padilla y otro......................................................................................
Página 19217
Página 19218
Página 19219
Página 19220
Ayuntamiento de Agulo
8196 Decreto 354/2015 de delegación en Dña. Ángeles Jesús Febles Martín la totalidad de las funciones de la Alcaldía, durante el periodo del 11 al 15 de septiembre de 2015, ambos inclusive............................................... Página 19220
Ayuntamiento de Alajeró
8068 Bases que han de regir la concesión de subvenciones o ayudas económicas al transporte para los estudios que
deben realizarse fuera de la isla para el curso escolar 2015/2016...................................................................... Página 19221
Las inserciones se solicitarán de la Secretaría General Técnica de la
Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad mediante oficio
Boletín Oficial de la Provincia de
Santa Cruz de Tenerife
Depósito Legal TF-1/1958
Edita: Secretaría General Técnica
Consejería de Presidencia, Justicia
e Igualdad
Servicio de Publicaciones
Edificio de Usos Múltiples II, planta 0
Avda. José Manuel Guimerá, 10
Tfno.: (922) 47.69.62. Fax: (922) 47.65.98
38071 Santa Cruz de Tenerife
Imprime: Imprenta Bonnet, S.L.
Trasera Bº Nuevo de Ofra, s/nº
Tfno.: (922) 28.26.10. Fax: (922) 28.20.44
Correo electrónico: [email protected]
38320 La Laguna
TARIFAS
Inserción: 0,81 euros/mm
de altura
Suscripción anual: 60,10 euros
más gastos de franqueo
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8069
8187
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
Bases que han de regir la concesión de subvenciones o ayudas para la adquisición de libros de texto para los
alumnos que cursen enseñanzas del Segundo Ciclo de Educación Infantil en centros educatios de Alajeró,
durante el curso 2015/2016................................................................................................................................. Página 19221
Aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Suministro de Agua
Potable................................................................................................................................................................. Página 19222
Ayuntamiento de Granadilla de Abona
8173 Notificación a Fadoua Aamri.............................................................................................................................. Página 19222
8234 Información pública de la aprobación de las bases generales para la concesión de subvenciones con destino a
Centros de Educación Pública no Universitaria y Ampas del municipio........................................................... Página 19222
Ayuntamiento de Guía de Isora
8181 Notificación a Funcat Primero y otros................................................................................................................ Página 19223
8194 Designación de Alcaldesa accidental de la Corporación, la primera Teniente de Alcalde Dña. Raquel Gutiérrez
García, desde el día 7 al 11 de septiembre de 2015, ambos incluidos................................................................ Página 19223
Ayuntamiento de El Rosario
8168 Aprobación de la lista cobratoria de la Tasa por suministro de agua a domicilio, correspondiente al 3º bimestre
del ejercicio 2015................................................................................................................................................ Página 19223
8241 Modificación del acuerdo de condiciones de trabajo entre el Ayuntamiento y los funcionarios de la Policía
local..................................................................................................................................................................... Página 19224
Ayuntamiento de San Andrés y Sauces
8176 Designación de la Primera Teniente de Alcalde Dña. María Fania Hernández Medina, para que se haga cargo
de la Alcaldía de esta Corporación con carácter accidental los días 16 al 18 de septiembre actual................... Página 19225
8190 Adjudicación del contrato administrativo para la realización de la obra “Centro de Día y de la Tercera Edad,
12ª fase”.............................................................................................................................................................. Página 19226
Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna
8185 Rectificación del expediente de modificación presupuestaria nº 34/2015, modalidad de crédito extraordinario
y suplemento de crédito...................................................................................................................................... Página 19226
Ayuntamiento de Santiago del Teide
8229 Delegación de competencias del Pleno en la Junta de Gobierno........................................................................
Página 19227
Ayuntamiento de Vallehermoso
8204 Decreto nº 247/2015 por el que se revoca la delegación efectuada en la Junta de Gobierno Local...................
Página 19228
Ayuntamiento de Valle Gran Rey
8219 Exposición pública de la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014.....................................................
Página 19229
Ayuntamiento de Vilaflor
8171 Modificación del régimen parcial de Concejales y asistencias........................................................................... Página 19229
8172 Aprobación inicial del expediente nº 4/2015 de crédito extraordinario, rehabilitación del Molino de Agua, y
mejora de las condiciones de accesibilidad y ambientales................................................................................. Página 19230
8207 Notificación a Miguel Ángel Moreno García..................................................................................................... Página 19231
Ayuntamiento de la Villa de Breña Baja
8192 Notificación a Salvador García Santos...............................................................................................................
Página 19231
Ayuntamiento de la Villa de Candelaria
8205 Notificación a Valente Hernández Angélica y otros...........................................................................................
8206 Notificación Casquero Alfaro Luis Yeray y otros..............................................................................................
Página 19232
Página 19234
Ayuntamiento de la Villa de Garafía
8232 Aprobación inicial del expediente de modificación de crédito nº 823/2015, modalidad de crédito extraordinario.... Página 19235
8242 Aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito nº 809/2015, modalidad de créditos extraordinarios................................................................................................................................................................ Página 19236
Ayuntamiento de la Villa de La Matanza de Acentejo
8193 Padrón de la Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas vía pública, aparcamiento exclusivo,
parada de vehículos, carga y descarga de mercancías, correspondiente al ejercicio de 2014............................ Página 19236
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Ayuntamiento de la Villa de Mazo
8180 Expediente nº 8/2015 de transferencia de crédito...............................................................................................
Página 19236
Ayuntamiento de la Villa de La Victoria de Acentejo
8182 Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos nº 10/2015, por suplemento de crédito......
8182 Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos nº 11/2015, por transferencia de créditos.........
Página 19237
Página 19237
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Juzgado de lo Social Número 2 de Santa Cruz de Tenerife
8154 Juicio nº 74/2015 a instancia de Aleksandra Stepaiko y otros contra Robbert Richard Dekker Bar Cafetería
Chillin Out y otro................................................................................................................................................
8155 Juicio nº 115/2015 a instancias de Melida Abad Adon contra Restaurante La Playita, S.L...............................
8156 Juicio nº 269/2015 a instancias de Atilano David Cabrera Ramos contra Internacional Automóviles, S.L......
8157 Juicio nº 278/2015 a instancias de Antonio Manuel Cabrera Oval contra Montajes Eléctricos JJ, S.A.............
8158 Juicio nº 180/2015 a instancias de Blanca Alicia Marrero de Dios contra Tohqi Europa, S.L..........................
8159 Juicio nº 204/2015 a instancias de Carmelo Hipólito Hernández Díaz contra Inmobiliaria Tinerfeña, S.A.U. y
otro......................................................................................................................................................................
8160 Juicio nº 337/2014 a instancias de José Manuel Fernández Martínez contra Invernaderos San Isidro, S.L.U.......
8161 Juicio nº 226/2015 a instancias de Rosario Ortega Salvador contra Resmay, S.L. y otro..................................
8162 Juicio nº 556/2015 a instancias de Guacimara del Pilar González Roiz contra Aberdeen Steak House Dilema
Resources, S.L.....................................................................................................................................................
8163 Juicio nº 644/2015 a instancias de Francisco Javier Díaz Gómez contra J.L. Gandara y Cía., S.A. y otro........
8164 Juicio nº 612/2015 a instancias de Ángel Javier Rodríguez Reyes contra Agustín Izaguirre Anduaga y otro.......
8165 Juicio nº 702/2015 a instancias de Jesús Adrián Cruz contra Encofrados y Estructuras Galvo, S.L. y otro......
8166 Juicio nº 78/2015 a instancias de Santiago Manuel González Alonso contra Teusad, S.L. y otros...................
Juzgado de lo Social Número 7 de Santa Cruz de Tenerife
8252 Juicio nº 200/2015 a instancia de María Josefa Brito Rodríguez contra Montserrat Sánchez Castro y otro......
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Juzgado de lo Social Número 4 de Las Palmas de Gran Canaria
8191 Juicio nº 301/2014 a instancia de Ángel Camacho Felipe contra Obras Marítimas Soluciones Submarinas, S.L.
y otro................................................................................................................................................................... Página 19249
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Güímar
8198 Expediente de dominio nº 342/2014 a instancias de Basilia Candelaria Rodríguez Flores y otra......................
Página 19249
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 4 de La Orotava
8200 Expediente de dominio nº 79/2015 a instancias de José Carballo Marrero........................................................
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V. ANUNCIOS PARTICULARES
Comunidad de Aguas “San Nicolás”
8189 Extravío de certificación a nombre de Sixto Trujillo García..............................................................................
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II. ADMINISTRACIÓN DE LA
COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPLEO, POLÍTICAS
SOCIALES Y VIVIENDA
Dirección General de Trabajo
Servicio de Provincia Laboral
CONVENIO
87688184
Código 381000612011981.
Visto el Texto del Convenio Colectivo de la Empresa Embotelladora de Canarias, S.A. 2014-2015,
presentado en esta Dirección General del Trabajo,
suscrito por la Comisión Negociadora, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 90, 2 y 3 del Real De-
creto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de
los Trabajadores, artículo 2 del Real Decreto 713/2010
sobre registro y depósito de convenios y acuerdos
colectivos de Trabajo, competencia transferida a la
ComunidadAutónoma de Canarias por Real Decreto
1033/84 de 11 de abril (B.O.E. 1.6.84) y Decreto
329/95 de 24 de noviembre (B.O.C. 15.12.95).
Esta Dirección General de Trabajo, acuerda:
1.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Dirección General
de Trabajo.
2.- Notificar a la Comisión Negociadora.
3.- Interesar su publicación en el Boletín Oficial
de la Provincia.
Directora General de Trabajo, Ana Isabel Fernández
Manchado.
CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA EMBOTELLADORA DE CANARIAS, S.A.
(CONV_TF_2014-2015)
Artículo 1.- AMBITO TERRITORIAL
El presente Convenio Colectivo, regulará las relaciones laborales en los Centros de Trabajo de la
Provincia de Santa Cruz de Tenerife de la empresa Embotelladora de Canarias S.A.
Son partes firmantes del presente convenio colectivo, y han formado parte de la Comisión Negociadora:
Por la parte empresarial, Don Gonzalo Medina Ventura y Don Luis Picazo Cabanillas.
Por la parte social, los miembros del Comité de Empresa, Don Ángel José Rodríguez Rodríguez, Don
Marco Antonio Bernardo moreno, Don Severiano Medina González, Don Andrés Rodríguez Gaméz
y Don Jose miguel delgado rosa.
Artículo 2.- AMBITO DE APLICACION PERSONAL
El Convenio afecta a todos los trabajadores de la empresa, pertenecientes a los Centros de Trabajo de la
Provincia de Santa Cruz de Tenerife.
Artículo 3.- AMBITO DE APLICACION TEMPORAL
El presente Convenio se rige conforme a la siguiente estructura:
a) Entrada en vigor: Entrará en vigor el día 01 de enero de 2014, con independencia de cual fuera la
fecha de su registro y publicación en el B.O.P.
b) Duración: La totalidad de las cláusulas del presente convenio tendrán vigencia desde el día 01 de
enero de 2014 hasta el 31 de diciembre del 2015, con efectos retroactivos según se establece en el
contenido del presente convenio desde el día 1 de enero de 2015.
c) Denuncia y Prórroga: Finalizada la vigencia del presente Convenio Colectivo, quedará denunciado
automáticamente, sin necesidad de que ninguna de las partes firmantes efectúe denuncia expresa.
Una vez producida la denuncia automática, la Comisión Negociadora se constituirá en el plazo máximo
de 30 días. Las partes establecerán un plan o calendario de negociación.
Una vez establecida la denuncia automática y en relación a lo señalado en el Art. 86.3 párrafo 4 del
Estatuto de Los Trabajadores, las partes acuerdan que el presente Convenio Colectivo continuará vigente
en todas sus condiciones hasta que sea sustituido por otro, con un máximo de dos años, desde la denuncia
automática.
d) Procedimientos para solventar discrepancias.- Las partes firmantes del presente Convenio, en
representación de los trabajadores y la empresa, acuerdan acogerse libremente en cuanto a los trámites de
conciliación, mediación y arbitraje para la resolución de los conflictos existentes en el sector y a todos los
temas competenciales que puedan someterse dentro del ámbito correspondiente al Tribunal Laboral de
Canarias.
Procedimiento de inaplicación de convenio: De conformidad con lo que establece el artículo 82.3 del
Estatuto de los Trabajadores, según redacción dada por la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes
para la reforma del mercado laboral, en caso de desacuerdo durante el periodo de consultas en el supuesto
de inaplicación en la empresa de las condiciones de trabajo previstas en el presente convenio colectivo,
cualquiera de las partes deberá someter la discrepancia a la comisión paritaria regulada en el artículo 8,
que dispondrá de un plazo de 7 días para pronunciarse, a contar desde que la discrepancia le fuera
planteada.
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Artículo 4.- ABSORCION
Las disposiciones o resoluciones legales futuras que lleven consigo una variación económica, en todos o
en alguno de los conceptos retributivos que en este Convenio se establecen, o supongan la creación de
otros nuevos, únicamente tendrán repercusión en la Empresa si en conjunto o computo global anual
supere el nivel total anual del presente Convenio por todos los conceptos quedando en caso contrario
absorbidos dentro de éste.
Artículo 5.- CONDICIONES MÁS BENEFICIOSAS
Se mantendrán las condiciones económicas más beneficiosas que como garantía "AD PERSONAM",
tanto en cómputo globalizado o individual, superen las condiciones pactadas en el presente Convenio y
vengan disfrutando los trabajadores aisladamente, regidas por normas laborales y generales, que con
carácter general se reconocen como derechos adquiridos en sus propios términos.
Artículo 6.- INTEGRACION Y VINCULACION A LA TOTALIDAD
El presente Convenio, forma un conjunto unitario infraccionable. En este sentido se considerará en su
totalidad en su contenido por la comisión deliberadora si por la jurisdicción competente en uso de las
atribuciones que le confiere en el apartado 5º del Artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores, se
adoptasen medidas modificativas del mismo que, a juicio de cualquiera de las dos partes de la
Comisión Paritaria, así lo hiciera necesario.
Artículo 7.- CONDICIONES NO REGULADAS
En lo no previsto en éste Convenio, se estará a lo dispuesto en el Estatuto de los
trabajadores y demás normas de carácter general vigentes en cada momento.
Artículo 8.- COMISION PARITARIA
1) Definición y Composición: Para entender de cuantas cuestiones se deriven de la aplicación,
interpretación, conciliación y vigilancia del presente Convenio, se establece una Comisión Paritaria, la
cual estará integrada por dos representantes de la parte social y dos representantes de la Empresa,
nombrados en cada caso preferentemente de los que hayan intervenido en las deliberaciones.
2) Funciones: Las funciones específicas de la Comisión Paritaria serán las siguientes:
a) Interpretación del presente Convenio. En tal sentido se establece que en aquellas cuestiones en la que
existan divergencias de interpretación no deberá iniciarse su aplicación hasta que no exista interpretación
acordada o resolución dada por el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (S.M.A.C.), a cuyo
arbitraje por medio del presente Convenio expresamente se someten.
b) Conciliación en los problemas o cuestiones que les sean sometidas por las partes en los supuestos
previstos o no en el presente Convenio.
c) Vigilancia del cumplimiento colectivo de lo pactado, la Comisión intervendrá preceptivamente en ésta
materias dejando a salvo la libertad de las partes para, agotada esta vía proceder conforme a Derecho a la
Jurisdicción competente.
3) Procedimiento: Tendrá capacidad de convocatoria de la Comisión Paritaria, La Empresa y el Comité
de Empresa. Los asuntos sometidos a la Comisión tendrán carácter de ordinario y /o extraordinario,
otorgarán tal clasificación la Empresa y el Comité de Empresa, en el caso de que no exista acuerdo en
dicha clasificación se entenderá que el asunto es extraordinario. En el primer supuesto la Comisión
deberá resolver en el plazo de quince días a partir igualmente, de la recepción del asunto planteado; en el
segundo caso en el plazo máximo de cinco días, a partir igualmente de la recepción del asunto planteado.
Las reuniones se celebrarán siempre previa convocatoria que contendrá especificación concreta de los
asuntos a tratar y debatir en cada caso.
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Artículo 9.- INGRESO EN LA EMPRESA
A todo trabajador que ingrese en la Empresa se le extenderá un contrato de trabajo que será controlado
por el Comité de Empresa, así como por la Oficina de Empleo.
La Empresa observará la mayor celeridad posible en el cumplimiento de la diligencia mencionada,
debiendo hacer entrega de la copia del Contrato al Comité de Empresa, dentro de los cinco primeros días
laborales siguientes al de visado de la Oficina de Empleo.
Artículo 10.- PERIODO DE PRUEBA
Para todo el personal afectado por el presente Convenio y desde el momento que el trabajador entre a
realizar sus tareas normales, se establece un período de prueba, que será para:
Personal titulado: 6 meses
Resto del personal: 2 meses
Todo ello según lo previsto en el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 11.- FINIQUITO POR CESE
De los recibos que tengan carácter de finiquito, les será entregada copia al Comité de Empresa, para su
información en el momento o antes de entregárselo al trabajador finiquitado.
Artículo 12.- JORNADA DE TRABAJO
La jornada de trabajo será de 40 horas efectivas semanales, de lunes a viernes, para todo el
personal de la Empresa, la jornada será partida, con descanso para el almuerzo. El tiempo de
trabajo se computará de modo que tanto al comienzo como al final de la jornada diaria, el
trabajador se encuentre en su puesto de trabajo.
El personal de la sección de Ventas, continuará con su sistema habitual de trabajo.
Para la sección de Administración de Güimar, el horario de trabajo, será de lunes a jueves de
8:00 a 13:30 y de 15:00 a 18:00 horas, y el viernes de 8:00 a 14:00 horas, con la excepción
de las Delegaciones que seguirán con su actual horario.
El departamento de Liquidaciones, Cajas y Poqets de Güimar, tendrá el Siguiente horario:
Primer turno: de 06:00 a 14:00 horas.
Segundo turno: de 15:00 a 23:00 horas.
En el almacén de Güimar el turno del almacén tiene su jornada de trabajo en principio de 06:00 a
24:00 horas, siempre y cuando no entre en conflicto con las necesidades del departamento comercial
de la que depende para su trabajo diario, pudiéndose solapar las entradas del personal mediante un
horario escalonado siempre en turnos de ocho horas continuadas, con carácter rotatorio semanal para
cubrir las operaciones necesarias.
El taller tendrá el siguiente horario: de 7:00 a 13:00 y de 15:00 a 17:00 horas.
El almacén de la delegación de Tenerife Sur, tendrá los siguientes horarios:
a) de 7:00 a 15:00 horas.
b) de 16:00 a 24:00 horas.
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El departamento de Administración de la delegación de Tenerife Sur, tendrá el siguiente
horario: de 14:00 a 22:00 horas.
La delegación de La Palma, tendrá los siguientes horarios:
Almacén de 8:00 a 12:00 y de 16:00 a 20:00 horas.
Administración de 9:00 a 12:00 y de 15:00 a 20:00 horas.
Artículo 13.- VACACIONES
El personal que lleve un año natural en la Empresa disfrutará con carácter rotatorio, de un período de
vacaciones anuales de 22 días hábiles ininterrumpidos, prorrateándose éstos en los trabajadores que no
lleven el año de servicio; retribuidos de acuerdo con cada categoría profesional, a salario base más
mejoras consolidadas de antigüedad y complemento salarial.
A tales efectos la Empresa expondrá en los tablones de anuncio el plan anual de vacaciones elaborado por
la Empresa y el Comité de Empresa conjuntamente, antes del 30 de octubre de cada año, con el fin de que
la plantilla tenga conocimiento del mismo.
Será período vacacional todo el año, y se respetarán las vacaciones de cada cual, según esté
confeccionado el calendario de las mismas. Los trabajadores y la Empresa podrán cambiar el disfrute de
las vacaciones, previo acuerdo entre la Empresa y el Comité de Empresa.
Serán meses vacacionales todos los del año y su rotación con arreglo a la siguiente tabla:
La primera columna corresponde al año y la segunda al mes de disfrute de las vacaciones.
X
X+1
X+2
X+3
X+4
X+5
Enero
Junio
Octubre
Mayo
Agosto
Noviembre
X+7
X+8
X+9
X + 10
X + 11
Septiembre
Abril
Marzo
Julio
Febrero
Será decisión de la Empresa delegada en el jefe/a de departamento la inclusión por primera vez, de un
nuevo productor, para designarle el periodo de vacaciones que le corresponda.
En lo no dispuesto en el presente artículo se estará a lo que señale el Convenio Colectivo, el Estatuto de
los trabajadores, así como los acuerdos entre la Empresa y el Comité de Empresa.
Las partes en aras de adecuar la regulación de las vacaciones de acuerdo con las modificaciones
introducidas por el Real Decreto 3/2012, sobre la concurrencia temporal de una situación de incapacidad
temporal (IT) con el periodo vacacional, se estará a lo dispuesto y regulado en el Art. 38 del Estatuto de
Los Trabajadores
Artículo 14.- DIETAS
La Empresa abonará una dieta a todos los trabajadores que por necesidad del trabajo se vean obligados a
almorzar por estar trabajando en cualquier centro de trabajo no común de la empresa y que por lo tanto no
sea el que habitualmente tenía el citado trabajador, o para el que fue contratado. La Empresa abonará la
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dieta completa a todos los trabajadores que tuviesen que efectuar las tres comidas, (desayuno, almuerzo y
cena), que por necesidades de su trabajo se vean obligados a pernoctar fuera de su domicilio.
Independientemente de lo contemplado anteriormente, la Empresa abonará los gastos originados por
estancia en cualquier establecimiento hotelero, dependiendo del costo del mismo y previa justificación
del gasto, del trabajador de la empresa, todo ello derivado de que los costos son dispares entre los
distintos tipos de establecimientos y del lugar donde estén ubicados.
Las cuantías de las dietas serán las siguientes:
* Por una dieta para las rutas normales: …………..……………..:
5,63 euros
* Por una dieta para las rutas desde Los Cristianos bordeando por la zona Sur hasta El Tanque, Vilaflor,
Garafia: ………………………………………………..…………: 5,94 euros
* Por una dieta para la ruta del Valle Gran Rey (La Gomera). . . . . . .: 7,50 euros
Artículo 15.- LICENCIAS RETRIBUIDAS
Se establecen las siguientes licencias retribuidas a Salario base, Mejoras Consolidadas de Antigüedad y
Complemento Salarial, en los casos y cuantías siguientes:
* Matrimonio del trabajador............................................... 15 días naturales.
* Fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin
hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o
afinidad y cohabitante………………………….. 3 días naturales.
Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, fuera de la isla, el
plazo será de 5 días.
* Fallecimiento del cónyuge o cohabitante, hijos, padres (incluido políticos) y
hermanos....................................................................... 3 días hábiles.
Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, fuera de la isla, el
plazo será de 5 días.
* Fallecimiento de tíos carnales............................................ 1 día natural.
* Nacimiento de hijos.......................................................... 5 días naturales.
Si por esta circunstancia y caso de complicaciones del parto previa justificación médica, se necesitaré más
días de permiso, los que excedan de los 5 días anteriormente concedidos, no serán retribuidos.
* En los casos de exámenes en Centros Oficiales o Privados y siempre que el trabajador acredite estar
matriculado, tendrá derecho a una licencia de duración necesaria para concurrir a los oportunos exámenes
en el Centro correspondiente, debiendo acreditar a su regreso, su participación en los mismos.
* Cambio de residencia........................................................ 2 días naturales.
* Cuando el trabajador tenga necesidad de realizar cualquier gestión personal ante Organismos Públicos o
privados, tendrá el tiempo indispensable para la realización de los mismos, dentro de la jornada laboral,
siempre y cuando no pueda realizarse fuera de las horas de trabajo y previa justificación de lo solicitado.
* Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de 9 meses, tendrán derecho a los permisos autorizados
en el artículo 37, apartado 4 del Estatuto de los Trabajadores.
En aras de establecer las reglas de interpretación del concepto HOSPITALIZACION y de
ENFERMEDAD GRAVE, para la justificación de los días de permisos establecidos para disfrutar los
trabajadores, se acuerda lo siguiente:
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Por hospitalización, se entiende el hecho de encontrarse una persona ingresada como paciente de un
hospital, que utiliza como mínimo un servicio hospitalario de 48 horas; y como hospital todo
establecimiento publico o privado legalmente autorizado para la atención de personas enfermas, que
presten la asistencia necesaria y que puedan efectuar diagnósticos e intervenciones quirúrgicas.
Para la enfermedad, la acreditación de la gravedad mediante informe médico o dictamen médico.
DIA DE ASUNTOS PROPIOS. Durante la vigencia del presente Convenio, los trabajadores
disfrutarán, por asuntos propios, de un día retribuido al año, comprendido dentro de la
jornada anual, y siempre que cumpla con el requisito de permanencia en la Empresa de al
menos un año, debiendo ser solicitado por escrito con una antelación mínima de una
semana a fin de no perjudicar el normal desarrollo de la actividad. La concesión del citado
día, para asuntos propios, será atendida por la empresa en orden de petición de los
trabajadores, no podrá ejercerse este derecho de manera simultánea por más del 5% de la
plantilla de la sección del centro de trabajo a la que pertenezca el trabajador.
Este día podrá disfrutarse a su conveniencia, previa la planificación y autorización
correspondiente y siempre que lo permitan las necesidades del servicio. Dicho día deberá
disfrutarse siempre dentro del año natural al que corresponda su devengo
No podrá acumularse a vacaciones anuales ni a puentes, salvo acuerdo en contrario.
Artículo 16.- BAJAS POR ENFERMEDAD
Todos los trabajadores en situación de I.T., derivada de enfermedad, percibirán el 100% de las
retribuciones que con anterioridad a la enfermedad venían percibiendo con las excepciones de los Pluses
de Transporte y Asistencia así como de las Comisiones. Para ello, durante el período de enfermedad, los
trabajadores están obligados a acreditar su situación mediante la entrega a la Empresa de los
correspondientes partes médicos de la Seguridad Social, en los siguientes plazos:
* Parte médico de baja o de confirmación de la baja, como máximo, dentro del plazo de (3) tres días
siguientes al de la fecha de su expedición por el facultativo.
* Parte médico de alta, como máximo, dentro de las (24) horas siguientes al de la fecha de expedición por
el facultativo.
Artículo 17.- BAJAS CON INTERVENCIONES QUIRURGICAS, HOSPITALIZACIONES O POR
ACCIDENTES DE TRABAJO
En caso de I.T., por accidente de trabajo o por intervención quirúrgica u hospitalización, todo
el personal afectado por el presente Convenio, percibirá el 100% de las retribuciones que con
anterioridad al hecho causante venían percibiendo, excepto el Plus de Transportes. Si la I.T., es por accidente
de trabajo, el complemento económico de la prestación lo será desde el primer día de la baja.
En otros casos, desde el día en que se realice la intervención, se produzca la hospitalización o
se justifique con el parte medico que la baja es para una intervención quirúrgica.
Para el personal del departamento de ventas, le media de los importes percibidos por
comisiones sobre ventas durante los 11 meses anteriores a esta situación de I.T. (sin contar el
mes de vacaciones), será el modulo para abonar los importe que correspondan a los
incentivos de comisiones sobre ventas; igual formula se aplicara para calcular cualquier otro
incentivo.
La acreditación de la situación de I.T., debe hacerse en los mismos plazos que los señalados
en el artículo anterior.
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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
Artículo 18.- POLIZA DE SEGURO DE VIDA
La empresa concertará un seguro colectivo de vida que garantice a la persona o personas designadas por
el trabajador en la correspondiente póliza, los siguientes capitales en las circunstancias que se detallan:
* Fallecimiento por cualquier causa antes de la edad de jubilación ..…... 9.015,18 euros.
* Invalidez profesional total y permanente………………………………….….... 9.015,18 euros.
* Muerte por accidente…………........................................................... 18.030,36 euros.
En cualquiera de los casos relacionados, la Empresa queda exonerada de responsabilidad alguna en el
supuesto de que por cualquier circunstancia la Compañía Aseguradora rechazase la inclusión de cualquier
trabajador, por lo que en ningún caso responderá del capital asegurado frente a su personal.
El Comité de Empresa, tiene copia de la actual póliza de seguro suscrita con la compañía MAPFRE
VIDA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS.
Artículo 19.- PRENDAS DE TRABAJO
Para la realización de las diversas tareas que exige el trabajo en todas sus facetas, para su uso obligatorio,
se entregarán en los meses de Enero y Julio de cada año, las siguientes prendas de trabajo:
A la sección de Almacén:
Cuatro camisas, dos pantalones y dos pares de zapatos.Una chaqueta impermeable tipo chubasquero y
una cazadora al año.
A la sección de Taller:
Tres uniformes completos y dos pares de zapatos.
Una cazadora al año.
A la sección de Ventas:
Tres camisas, dos pantalones y dos pares de zapatos.
Para el invierno, se incluirán una cazadora, dos jerséis (manga corta) y una chaqueta impermeable tipo
chubasquero.
Al personal de limpieza:
Cada 6 meses 2 camisas y 2 pantalones.
Dos pares de zapatos al año.
Para los Supervisores y Promotores:
Se entregarán dos uniformes completos al año. En caso de rotura o deterioro y manchas que no
puedan eliminarse en el uniforme, previa comprobación por parte de la Empresa, de que el deterioro
fue producido en el desarrollo del trabajo, ésta reemplazará los mismos automáticamente.
Artículo 20.- ESTIPULACIONES SOCIALES
Si un empleado de la empresa conduciendo un vehículo de ésta produjera accidentes con lesiones para
terceros, tendrá asegurada la responsabilidad civil ilimitada así como su defensa judicial.
En el caso de que a un empleado de la empresa conduciendo un vehículo de la misma se le impusiera una
sanción de retirada del permiso de conducir por período no superior a nueve (9) meses, la empresa le
facilitará otro puesto de trabajo en la misma sección conservando la categoría, pero desarrollando su
trabajo como ayudante, percibiendo sueldo de Oficial 1º y comisión de Ayudante. Esta concesión de la
empresa sólo será válida siempre que no existan más de tres productores en la misma situación, pues los
que excedan no tendrán el beneficio concedido.
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19199
Durante la vigencia de éste Convenio, todas las multas a vehículos de la Empresa motivadas por mal
estacionamiento durante el servicio de entrega a clientes, serán sufragadas a cincuenta (50) por ciento
entre el conductor y la empresa. Si la Empresa no efectuara dentro de los plazos previstos, las gestiones
necesarias para beneficiarse de los descuentos o bonificaciones a las que tiene derecho estas multas, la
Empresa se hará cargo del importe de la bonificación y del recargo si lo hubiere sobre las mismas, caso
de que el conductor no
notifique debidamente la denuncia a la Empresa, el importe de la bonificación y del recargo será
exclusivamente a cargo del conductor.
Para las rutas de Santa Cruz, La Laguna, Puerto de la Cruz, Las Americas, Los Cristianos y Fañabe de la
Isla de Tenerife, se autoriza siempre y cuando sea necesario a utilizar el parking publico para aparcar los
vehículos de los preventistas, la acreditación del gasto se hará mediante la entrega a la Empresa del
impreso o ticket expedido por la maquina del parking o documento equivalente.
Traslado por iniciativa del trabajador por cambio de residencia. Cuando por razón de ubicación de su
domicilio u otra causa el trabajador solicite el traslado y la Empresa pueda proporcionárselo en su propia
categoría profesional siempre y cuando no entre en conflicto con las necesidades de la propia empresa, el
personal fijo tendrá derecho al traslado siempre que exista una vacante de su categoría profesional y no
haya sido cubierta por trabajadores de aquel centro de trabajo. En caso de que hubiera varios trabajadores
que soliciten el traslado, tendrá preferencia el trabajador con mayor antigüedad en la Empresa.
El trabajador excedente durante el primer y segundo año del disfrute de la excedencia, tendrá derecho a la
reserva de su puesto de trabajo siempre que la regulación del contrato de sustitución permita la
contratación de otro trabajador durante ese periodo de tiempo como sustituto del excedente, No podrán
disfrutar de estas excedencias, simultáneamente, mas del 5% del personal de la plantilla de un centro de
trabajo.
Por lo que respecta a la movilidad geográfica se estará a lo dispuesto en el Art. 40 del E.T. según el
Real Decreto 3/2012.
Artículo 21.- ANTICIPOS AL PERSONAL
Todo el personal de La Empresa tendrá derecho a solicitar de la misma, un anticipo hasta un
máximo de 901,52 euros por trabajador, siendo potestad de la Empresa el decidir el importe
exacto.
El plazo máximo de cancelación será de (6) meses, no pudiendo disponer de otro anticipo
hasta que se tenga totalmente pagado el anterior.
La cuantía anual dedicada a Anticipos al Personal no podrá ser superior, en ningún caso, a los
12.020,24 euros.
Artículo 22.- PREMIO DE JUBILACION.
Los trabajadores que voluntariamente se acojan a la jubilación a la edad mínima exigida por la
legislación vigente, percibirán una gratificación de tres mil cinco euros y seis céntimos (3.005,06)
euros.
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Artículo 23.- ANTIGUEDAD.
Las partes acuerdan que con efectos desde el 01/04/95, en que se firmó por primera vez el texto que ahora
se sustituye, se suprime el concepto de Antigüedad para todo el personal, al considerarlo un concepto no
productivo que solo valora los años de permanencia y no el rendimiento ni la productividad, entendiendo
que el convenio colectivo que ahora se firma es en su conjunto y computo anual más beneficioso para los
trabajadores aun con la derogación de este concepto salarial.
No obstante lo establecido en el párrafo anterior sobre Antigüedad, las partes acuerdan establecer el
concepto de MEJORAS CONSOLIDADAS DE ANTIGÜEDAD exclusivamente para el personal en
plantilla al 31/03/95 como concepto “ad personam” y a resultas de lo que se pacte en posteriores
convenios sobre el mismo.
Este concepto será valorado mediante la aplicación de un porcentaje sobre el Salario Base de acuerdo con
la siguiente escala:
Para los que lleven en plantilla 2 años
Para los que lleven en plantilla 4 años
Para los que lleven en plantilla 7 años
Para los que lleven en plantilla 10 años
Para los que lleven en plantilla 13 años
Para los que lleven en plantilla 16 años
Para los que lleven en plantilla 19 años
Para los que lleven en plantilla 22 años
Para los que lleven en plantilla 25 años
5%
10%
16%
22%
28%
34%
40%
46%
52%
En ningún caso se puede superar este último tope porcentual.
A medida que el trabajador en plantilla con anterioridad al 01/04/95 cumpla los años referidos
anteriormente, se le procederá a la regularización del porcentaje en la correspondiente nomina.
Artículo 24.- CLASIFICACION DEL PERSONAL, SEGUN SU GRUPO
PROFESIONAL.
Técnicos: Funciones que suponen la realización de tareas
complejas y heterogéneas, con objetivos globales definidos y alto
grado de exigencia en autonomía, iniciativa y responsabilidad.
GRUPO
I TECNICOS:
TITULADOS:
TITULADOS:
Y NO
TITULADOS
De grado superior.
De grado medio.
Encargado general.
Jefe de departamento.
Encargado de sección.
Encargado o Jefe de grupo.
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Administrativos: Tareas consistentes en la ejecución de
operaciones que aún cuando se realicen bajo instrucciones
precisas, requieran adecuados conocimientos profesionales (EGB,
FP1, P.U.P., FP2).
GRUPO
II ADMINISTRATIVOS:
Oficial 1º.
Oficial 2ª.
Auxiliar.
Telefonista.
Operarios: Trabajos de ejecución autónoma que exijan
habitualmente iniciativa por parte de los trabajadores encargados
de su ejecución
GRUPO
III OPERARIOS:
Capataz.
Promotores
de ventas
Oficial 1º
Oficial 2º
Ayudante
Peón
GRUPO
IV SUBALTERNOS:
TANTO EN
FABRICACION,
DISTRIBUCION,
TALLERES, COMO EN
ALMACENES, ETC...
Ordenanza.
Portero o vigilante.
Personal de limpieza.
Subalternos: operaciones realizadas según un método de trabajo
preciso, dependencia jerárquica. Conocimientos elementales.
I:
Técnicos
Es el que organiza, dirige y coordina, a la vez que toma decisiones o ayuda a su
elaboración; también se incluyen aquellos puestos que necesitan una titulación media o
superior concreta.
A modo de ejemplo, en el presente Grupo quedarían incluidas las siguientes categorías:
1) De grado superior.- Son aquellos que poseyendo un título superior universitario o de
Escuela Técnica Superior se encuentran unidos a la Empresa en virtud de relación
laboral concertada en razón del título poseído, para ejercer función específica para las
que el mismo les habilita y siempre que ejerzan su cometido de una manera normal y
regular.
2) De grado medio.- Con análogas circunstancias a las especificadas en el párrafo
anterior, quedan comprendidos en este apartado los Ingenieros Técnicos y Arquitectos
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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
Técnicos, así como los Ayudantes Técnicos Sanitarios, los Graduados Sociales y los
Maestros Industriales.
3) Encargado general o Jefe de Departamento.- Es aquel que, bajo las órdenes
inmediatas de la Dirección, coordina y controla varias secciones, desarrollando los
correspondientes planes, programas y actividades, ordenando la ejecución de los
oportunos trabajos con o sin personal a sus órdenes, teniendo a su cargo, en su caso, la
preparación y disciplina del personal.
Responderán ante la Empresa de su gestión.
4) Jefe de Sección.- Es aquel que desempeña las mismas funciones que el Encargado
general o Jefe de Departamento, pero limitada a una sección determinada de la
Empresa, y bajo la dependencia de aquel.
Queda encuadrado dentro de esta categoría el Jefe de Equipo de Proceso de Datos o de
Informática, entendiendo por tal el Técnico que tiene a su cargo la dirección y
planificación de las distintas actividades que coinciden en la instalación y puesta en
explotación de un ordenador de tipo grande, así como responsabilidad de equipos de
análisis de fabricaciones y programación.
Asimismo le compete la resolución de problemas de análisis y programación de las
aplicaciones normales de gestión susceptibles de ser desarrolladas por los mismos.
5) Encargado o Jefe de grupo.- Es el que realiza las funciones del Jefe de Sección,
limitado a un grupo de personas o funciones, al que adiestrara y formara, ocupándose
de aplicar y hacer aplicar las normas de trabajo para conseguir los objetivos señalados
en los planes generales de la Empresa, velando por el exacto cumplimiento de los
mismos e informando en todo momento a sus inmediatos superiores de cuanto sea de
interés en el desarrollo de las funciones de sus subordinados.
Los del Departamento de distribución deberán acompañar en sus vehículos a los
oficiales de distribución en funciones de preventas, para su formación y actualización.
II:
Administrativos
Realizan actividades de mecánica administrativa, contables y otros análogos, con
objetivos definidos, requiriendo de una supervisión adecuada.
A modo de ejemplo, en el presente Grupo quedarían incluidas las siguientes
categorías:
− Oficial 1ª
− Oficial 2ª
− Auxiliar
− Telefonista
a) Oficial de primera.- Es el empleado que con iniciativa y responsabilidad de las
funciones asignadas tiene a su cargo, con o sin empleados a sus órdenes, todos o
algunos de los siguientes trabajos: Cajero, entendiendo por tal el que, con iniciativa y
responsabilidad, tiene encomendados trabajos de caja que requieran especialización,
estudio, preparación y condiciones adecuadas; formulación de asientos contables;
redacción de documentos que requieran cálculo y estudio.
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19203
Queda equiparado a la categoría de Oficial de primera el responsable de las máquinas
básicas, quien tiene a su cargo la planificación de la realización de los trabajos
correspondientes por parte de los Operadores de máquinas básicas (Ordenador central),
controlando su adecuado funcionamiento y obteniendo el máximo rendimiento del
equipo básico a sus órdenes.
b) Oficial de segunda. - Es la persona que, con iniciativa y responsabilidad restringida,
auxilia al Oficial de primera en las funciones de éste si la importancia de la Empresa así
lo requiere, cuidando de la organización de archivos y ficheros, correspondencia,
liquidación de salarios, seguros sociales y documentación de personal.
c) Auxiliar.- En la persona que, sin iniciativa propia, se dedica a operaciones elementales
administrativas y, en general, a las puramente mecánicas, inherentes a la labor
administrativa.
Podrán asimismo realizar otras funciones estrictamente burocráticas, tales como las de
recuento y anotación de existencias, movimiento de las mismas y su comprobación, etc.
Se equipara a la categoría de Auxiliar la Telefonista, que tiene como misión estar al
cuidado y servicio de la central telefónica instalada en las dependencias de la Empresa,
realiza y recibe las llamadas telefónicas, anotando y transmitiendo avisos.
Deberá poner especial cuidado, tanto en este servicio como en las conferencias
interurbanas que se sostengan con las diversas dependencias de la Empresa. Podrá
encomendársele la realización de tareas sencillas administrativas durante aquellos
períodos en que la centralita no requiera su atención, siempre que no fuesen
incompatibles con su función principal.
Igualmente se encuadran dentro de esta categoría los Auxiliares de Caja, que se limitan
a la función de efectuar cobros y pagos por ventanilla, o bien recogida y entrega de
dinero de las liquidaciones de los vendedores.
III:
Operarios
Realizan operaciones con un medio de trabajo concreto que requiere unas aptitudes
prácticas, y en algún caso, unos conocimientos profesionales; requieren un grado de
supervisión alto.
A modo de ejemplo, en el presente Grupo quedarían incluidas las siguientes categorías:
− Capataz
− Promotores de ventas
− Oficial 1ª
− Oficial 2ª
− Ayudante
− Peón
a) Capataz.- Es la persona que, teniendo encomendada la realización de funciones
propias y específicas, colabora además con su inmediato superior en la organización del
trabajo de otros trabajadores, con mando sobre los mismos y la responsabilidad
consiguiente.
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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
b) Promotores de Venta.- Es la persona encargada de coordinar y ejecutar acciones
concretas para potenciar las ventas en colaboración con los Jefes de Grupos o Jefes de
Ventas y en apoyo de la labor de los Oficiales de 1ª, debiendo sustituir a estos en casos
de necesidad.
c) Oficial de primera.- Es el trabajador que con gran dominio de su oficio o profesión lo
práctica y aplica con tal grado de perfección que no sólo le permite llevar a cabo los
trabajos generales del mismo, sino también aquellos que suponen especial empeño o
delicadeza.
c-1) En la fabricación.- Tendrán a su cargo, con responsabilidad según la dimensión de
la Empresa, las siguientes funciones:
Cuidado de la disciplina, seguridad e higiene del personal que puedan tener a sus
órdenes, entretenimiento y limpieza de las máquinas e instalaciones, cuyo proceso
deben conocer a la perfección para obtener los adecuados rendimientos.
Realización de las operaciones necesarias para la elaboración de jarabes, ajustándose a
las normas y fórmulas que se le facilitan y cuidándose de la correcta manipulación,
tratamiento y conservación de sus materias primas, auxiliares y productos acabados.
Vigilancia, cuidado y control de la producción y de su correcto estibaje, de las cargas y
descargas de los vehículos propios y ajenos, de la recepción de mercancías de cualquier
tipo destinadas a la Empresa y de la limpieza y orden de todas las dependencias.
c-2) En distribución.- Se ocupa de efectuar la distribución a los clientes de la Empresa,
conduciendo el vehículo que se le asigne, efectuando los trabajos de carga y descarga
del mismo, cobro y liquidación de la mercancía, actividades de promoción y prospección
de ventas, publicidad y tomando nota de los pedidos a servir posteriormente,
informando diariamente a sus superiores de su gestión, cuidando del mantenimiento y
conservación del vehículo.
c-3) En servicios complementarios o auxiliares.- Se le encomienda la realización de los
trabajos de tal carácter complementario o auxiliar de la industria propios de mecánicos
de taller y fábrica, Ajustadores, Electricistas, Conductores, etc., que ejecutan su
cometido con la soltura y perfección que acreditan el complejo conocimiento y práctica
de su oficio.
d) Oficial de segunda.- Es el trabajador que, sin poseer la especialización exigida para
los trabajos perfectos, ejecuta los correspondientes a su profesión u oficio con la
suficiente corrección y rendimiento.
d-1) En fabricación.- Tendrán a su cargo el cuidado de máquinas como las llenadoras,
dosificadoras, taponadoras y saturadoras, igualmente en su caso, las carretillas
elevadoras, para las que se exige el carné de conducir.
d-2) En servicios complementarios y auxiliares.- Realizan los trabajos que se le
encomiendan en esta clase de servicios con la suficiente práctica, pero sin alcanzar el
grado de perfección del Oficial primero.
e) Ayudante.- Es el que ayuda a los Oficiales en la ejecución de los trabajos propios de
éstos y efectúa aisladamente otros de menos importancia.
e-1) En fabricación.- Realizarán las operaciones manuales y/o mecánicas necesarias para
el lavado, visualización, etiquetado y transporte. Asimismo deberán realizar operaciones
de movimiento manual o con utilización de medios mecánicos en las líneas de
embotellado y anexo, de envase, materias primas y auxiliares, productos terminados y
semielaborados, y cualquiera otra misión análoga.
e-2) En distribución.- Auxilia en las operaciones de distribución a los Oficiales de
primera.
f) Peón.- Es el trabajador que se ocupa de funciones que requieren únicamente la
aportación de esfuerzo físico sin necesidad de preparación o formación especial.
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19205
IV:
Subalternos
Realizan funciones que implican generalmente, absoluta fidelidad y confianza, para las
que no se requiere, salvo excepciones, más cultura de la primaria o reunir los
requisitos que, en cada caso se señalan.
A modo de ejemplo, en el presente Grupo quedarían incluidas las siguientes categorías:
− Ordenanza
− Portero o vigilante
− Personal de limpieza
a) Ordenanza.- Es el trabajador que tiene a su cargo el cuidado de los locales de oficina
durante las horas de trabajo, la ejecución de recados y encargos que se les
encomienden dentro y fuera de los locales de la Empresa, reproducción de documentos,
recogida y entrega de correspondencia y aquellos otros trabajos elementales que se
le encomienden.
b) Portero o Vigilante.- Es el trabajador que, de acuerdo con las instrucciones recibidas
de sus superiores, cuida de los accesos a las dependencias de la Empresa, ejerciendo
funciones de vigilancia y custodia, tanto en el interior como en el exterior de los
repetidos locales, tomando nota del movimiento de personas y vehículos que se
produzcan a través de los accesos encomendados a su cargo.
c) Personal de limpieza.- En es el que se ocupa del aseo y limpieza de los locales de la
Empresa y aquellos otros que por costumbre no se realicen por el personal no
especializado.
Tendrán también a su cargo el lavado, secado, planchado y conservación, en su caso,
del vestuario de trabajo que se facilite al personal.
Un mismo trabajador, en concordancia con su asignación a un Grupo concreto podrá
realizar las funciones de dicho Grupo, indistintamente, según la determinación de la
Dirección de la Empresa, de acuerdo con lo establecido legalmente.
Cuando exista una plaza vacante, la Empresa puede cubrirla por concurso o por ascenso
directo del trabajador que estuviese cubriendo dicha plaza.
En lo no contemplado en este capitulo nos remitimos a los artículos 22, 23, 24 y 39 del
Estatuto de los Trabajadores.
No obstante lo anterior el presente articulo se adaptará a las exigencias
previstas en el Real
Decreto Ley de 3/2012, en su redacción actual, y a tal fin, se estará a lo dispuesto en el desarrollo
reglamentario, de forma que se adapten a la nueva organización de grupos profesionales y se
establecerán como contenido de la prestación laboral, objeto del contrato de trabajo, la realización de
todas las funciones correspondientes al grupo profesional asignado.
Artículo 25.- DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACION Y DE REUNION DE LOS
TRABAJADORES DE LA EMPRESA.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores, los productores de
la Empresa tienen derecho a participar a través de los Órganos de representación regulados en los
artículos 62, 63, 64 y 65 del mismo.
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Artículo 26.- GARANTIAS DE LOS DELEGADOS DE PERSONAL O MIEMBROS DEL COMITE
DE EMPRESA.
Los miembros del Comité de Empresa o Delegados de Personal, tendrán las garantías que señala el
artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores.
Las horas correspondientes a Reserva Sindical del Comité de Empresa, pueden ser acumulables
pudiendo disponer de ellas uno o más miembros del Comité.
Las horas correspondientes a Reserva Sindical de los Delegados de Personal, pueden ser acumulables
pudiendo disponer solamente cada uno de las suyas.
En ambos casos, siempre que no rebasen el número de horas anuales asignadas por el artículo 68-e,
del Estatuto de los Trabajadores. La disposición de dichas horas por uno o más
miembros del Comité o Delegados de Personal, deberá ser comunicado por escrito a la empresa, con
una antelación mínima de 48 horas.
Artículo 27.- COMPETENCIAS Y FACULTADES DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DE
SEGURIDAD Y SALUD.
Los miembros del Comité de Seguridad y Salud, tendrán las competencias y facultades que señala el
artículo 39 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
En materia de vigilancia de la salud, la Empresa esta obligada por Ley 31/1995 de 8 de noviembre de
Prevención de Riesgos Laborales a efectuar revisiones medicas anuales ordinarias a su personal,
habiendo concertado tal servicio con la Mutua de Accidentes.
Artículo 28.- DEBERES DE LOS TRABAJADORES
Los trabajadores de la empresa tendrán como deberes los mismos que establece el artículo 5 del
Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 29.- PREMIOS, FALTAS Y SANCIONES.
Las presentes normas de régimen disciplinario persiguen el mantenimiento de la disciplina
laboral, que es un aspecto fundamental para la normal convivencia, ordenación técnica y
organización de la Empresa, así como la garantía y defensa de los derechos e intereses
legítimos de los trabajadores y Empresa.
Las faltas cometidas por los trabajadores se consideraran leves, graves o muy graves, en
atención a su naturaleza.
Las faltas, siempre que sean constitutivas de incumplimientos contractuales y culpables del
trabajador, podrán ser sancionadas por la dirección de la Empresa de acuerdo con su
graduación o categoría profesional.
Se consideran como leves la ausencia o falta de puntualidad en la asistencia al trabajo,
durante un día sin causa justificada en el transcurso del mes en curso, las discusiones
violentas con los compañeros de trabajo, la falta de aseo y limpieza, el no comunicar con
antelación a su jefe inmediato, pudiendo hacerlo, la falta de asistencia al trabajo y cualquier
otra de naturaleza análoga.
Serán consideradas como faltas graves las ausencias o faltas de puntualidad sin causa
justificada por dos días, durante el mes en curso, las faltas cometidas contra la disciplina del
trabajo o contra el respeto debido a superiores, compañeros y subordinados, simular la
presencia de otro trabajador firmando por él, ausentarse del centro de trabajo sin licencia
dentro de la jornada, fingir enfermedad o pedir permiso alegando causas no existentes, la
inobservancia de las medidas de seguridad e higiene en el trabajo y, en general, la
reincidencia en faltas leves dentro del término del año y cuantas de características análogas
a las enumeradas.
Se consideran faltas muy graves la falta de asistencia o puntualidad al trabajo más de dos
días durante el mismo mes sin causa justificada, el fraude, hurto o robo, tanto a la
empresa como a los compañeros de trabajo; los malos tratos de palabra y obra, o la falta
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19207
grave de respeto y consideración a los jefes o a sus familiares y a los compañeros o
subordinados; la deslealtad, el abuso de confianza, la violación de secretos de la Empresa,
la embriaguez y blasfemia habituales y las de naturaleza análoga.
Las sanciones que puedan imponerse en cada caso según la falta, serán las siguientes:
Por faltas leves: Amonestación verbal, amonestación escrita o suspensión de empleo y
sueldo durante un día.
Por faltas graves: suspensión de empleo y sueldo de dos a quince días e inhabilitación por
plazo no superior a cuatro años para pasar a categoría superior.
Por faltas muy graves: perdida temporal o definitiva de la categoría, suspensión de empleo
y sueldo por más de quince días, hasta sesenta, y despido.
Las sanciones que en el orden laboral pueden imponerse se entienden sin perjuicio de pasar
el tanto de culpa a los Tribunales cuando la falta cometida pueda constituir un delito o dar
cuenta a las autoridades gubernativas, si procediera.
La valoración de las faltas y las correspondientes sanciones impuestas por la dirección de la
Empresa serán siempre revisables ante la Jurisdicción competente. La sanción de las faltas
graves y muy graves requerirá comunicación escrita al trabajador, haciendo constar la fecha
y los hechos que la motivan.
No se podrá imponer sanciones que consistan en la reducción de la duración de las
vacaciones u otra minoración de los derechos al descanso del trabajador o multa de haber.
Tramitación.- para la imposición de las sanciones que anteriormente se establecen, se
tendrá en cuenta las siguientes normas:
Corresponde a la dirección de la Empresa o personal en quien delegue la facultad de
imponer sanciones por faltas leves, graves o muy graves o despido.
Debiéndose informar al Comité de Empresa, en el caso de faltas muy graves.
La Empresa anotará en los expedientes personales de sus trabajadores las sanciones por
faltas graves o muy graves que les fueran impuestas y los premios a los que se hubieran
hecho acreedores, pudiendo hacer constar, así mismo, la reincidencia en faltas leves.
Las faltas leves prescribirán a los diez días; las graves a los veinte, y las muy graves a los
sesenta días, a partir de la fecha en que la empresa tuvo conocimiento de su comisión,
y, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido.
Dichos plazos de prescripción son de aplicación en el supuesto de no haberse producido
reincidencia durante los periodos señalados.
Artículo 30.- CONDICIONES ECONOMICAS
Las condiciones económicas del presente convenio son las que aparecen expresadas en el anexo, que
queda unido al presente, formando parte del mismo.
LOS CONCEPTOS QUE INTEGRAN LA ESTRUCTURA DE LA MASA SALARIAL A
EFECTOS DE LA NEGOCIACION COLECTIVA, SERAN LOS SIGUIENTES:
a) Conceptos económicos incluidos
1. Salario base.
2. Complementos saláriales:
Mejoras Consolidadas de Antigüedad.
Compensación salarial.
Atrasos.
3. Complementos por cantidad o calidad de trabajo:
Prima de productividad.
Incentivos (comisiones).
Incentivos (horas extraordinarias).
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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
Plus de asistencia.
Plus de traslado.
Gratificaciones especiales.
Complementos de sábados y domingos.
4. Complementos por puesto de trabajo:
Plus de trabajo nocturno.
5. Complementos de vencimientos periódicos superior al mes:
Gratificaciones extraordinarias reglamentarias.
Gratificaciones extraordinarias especiales.
Bolsa de vacaciones.
6. Percepciones no saláriales:
Plus de transporte.
b) Conceptos económicos excluidos
Incentivos para mejorar la productividad de las ventas.
Indemnizaciones y suplidos.
Finiquitos o liquidaciones:
Partes proporcionales de Extra de Marzo y Septiembre.
Partes proporcionales de Junio y Diciembre.
Partes proporcionales de vacaciones.
Se acuerda no incrementar los salarios en el año 2014, manteniéndose las tablas retributivas en vigor del
anterior convenio.
Así mismo se acuerda aplicar un incremento salarial del cero con cuarenta por ciento (0,40%) sobre la
masa salarial establecida, en el periodo que va del 1 de enero del 2015 hasta el 31 de diciembre del 2015.
la dotación económica destinada a fines sociales del Comité de Empresa se aumenta en 600 euros en
el año 2015 quedando en un importe de siete mil quinientos noventa y seis euros y veintiséis céntimos
(7.596,26 €)
El importe de la dotación económica destinada para fines sociales del Comité de Empresa, formara
parte de los conceptos económicos incluidos del apartado a) de este artículo.
Artículo 31.- PAGAS EXTRAORDINARIAS
Las pagas extraordinarias consistirán en cuatro (4) pagas completas de Salario base, Mejoras
Consolidadas de Antigüedad y Complemento salarial en Marzo, Junio, Septiembre y Diciembre.
La empresa abonará en el mes de Febrero un complemento extra, consistente en cinco (5) días de Salario
base, Mejoras Consolidadas de Antigüedad y Complemento salarial, (todo ello referido a cinco (5) días).
Artículo 32. DIA DE FIESTA EN LA LOCALIDAD DE GÜIMAR - TENERIFE.
Al ser el ámbito de la actividad laboral de la Empresa, la distribución de productos por toda la Isla, se
acuerda siempre que por la Autoridad Municipal lo permita, trabajar el día de la fiesta local (29 de junio,
día de San Pedro Apóstol) en Güimar y sustituir, ese día de fiesta por el martes de Carnaval.
Las partes aceptan el presente Convenio Colectivo, del que se dará cuenta a la autoridad laboral a los
efectos de registro, dentro del plazo de 15 días a partir de su firma, una vez registrado será remitido al
Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación para su depósito.
En prueba de conformidad firman las partes intervinientes en Güimar (Tenerife), a 01 de
Junio de dos mil quince.
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19209
A N E X O
(anexo_tf_2014-2015)
CONDICIONES ECONÓMICAS DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA
"EMBOTELLADORA DE CANARIAS, S.A.", PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE,
CORRESPONDIENTE AL PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 01-01-2014 Y EL 31-12-2015.
Artículo 1.- Debido a que no existe una escala de Compensaciones Salariales por categorías, se
respetarán las mejoras que individualmente tengan asignadas cada productor en el recibo de salarios.
Todos los importes que se relacionan en este ANEXO, se sobrentienden como cantidades brutas.
Se establecen los siguientes Salarios Bases mensuales y anuales para las categorías profesionales que se
citan:
CATEGORIA
PROFESIONAL
SALARIO
MENSUAL
2014
SALARIO
MENSUAL
2015
SALARIO
ANUAL 2014
SALARIO
ANUAL 2015
999,89
932,76
867,27
999,89
932,76
932,76
1.003,89
936,49
870,74
1.003,89
936,49
936,49
15.998,30
14.924,12
13.876,38
15.998,30
14.924,12
14.924,12
16.062,29
14.983,84
13.931,84
16.062,29
14.983,84
14.983,84
844,88
822,71
811,63
811,63
848,26
826,00
814,88
814,88
13.518,12
13.163,35
12.986,12
12.986,12
13.572,16
13.216,00
13.038,08
13.038,08
867,27
856,07
844,88
822,71
811,63
778,58
414,49
870,74
859,49
848,26
826,00
814,88
781,69
416,15
13.876,38
13.697,18
13.518,12
13.163,35
12.986,12
12.457,31
6.631,91
13.931,84
13.751,84
13.572,16
13.216,00
13.038,08
12.507,04
6.658,4
800,96
800,96
778,58
804,16
804,16
781,69
12.815,42
12.815,42
12.457,31
12.866,56
12.866,56
12.507,04
I TECNICOS:
De grado superior.
De grado medio.
Encargado o Jefe de grupo.
Encargado general.
Jefe de departamento.
Encargado de sección.
II ADMINISTRATIVOS:
Oficial 1º.
Oficial 2ª.
Auxiliar.
Telefonista.
III OPERARIOS:
Capataz.
Promotores de ventas.
Oficial 1º.
Oficial 2º.
Ayudante.
Peón.
Peón ½ jornada.
IV SUBALTERNOS:
Ordenanza.
Portero o vigilante.
Personal de limpieza.
­­19210
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
Artículo 2-1 BOLSA DE VACACIONES
Estará compuesta por el importe de veinticinco (25) días de Sueldo base, Mejoras Consolidadas de
Antigüedad y Compensación salarial.
La Bolsa deberá ser abonada en la nómina del mes anterior al de vacaciones, excepto en el caso de que el
productor tenga asignados correlativamente los meses de diciembre y enero, como de vacaciones, en
cuyo caso la Bolsa de vacaciones correspondiente al mes de enero deberá abonarse en el mismo mes de
enero, debiendo la Empresa, en este caso entregar al productor el importe de la Bolsa de Vacaciones
anticipada con su correspondiente recibo, para que firme el recibí, junto a la nomina del mes de
diciembre.
Artículo 2-2 COMPLEMENTO DE BOLSA DE VACACIONES
Todo el personal percibirá durante el disfrute de sus vacaciones, una gratificación de:
2014
2015
MIL QUINIENTOS SESENTA EUROS Y TREINTA Y TRES CENTIMOS (1.560,33)
MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS Y CINCUENTA Y SIETE CÉNTIMOS
(1.566,57)
Excepto el personal que tenga convenida una jornada de trabajo inferior a la normal, que la percibirá en
proporción a su jornada de trabajo.
Artículo 3-1 COMISIONES
Se establecen durante la vigencia de éste Convenio, los siguientes importes:
Comisión
2014
0,051328
2015
0,0515
0,095809
0,0962
0,102652
0,1031
0,071857
0,107785
0,143715
0,246366
0,451671
0,0722
0,1082
0,1443
0,2474
0,4535
Aplicar sobre
Caja vendida de 6 botellas de 1 o 1¼ litros pet o 12 botellas de ½ litro pet cada
una
Caja vendida de batidos de 28 unidades de 200 cc cada unidad y por cada caja
vendida de horchata de 30 unidades de 200 cc cada unidad
Caja vendida de 12 botellas tamaño familiar ó 24 botellas o botes, cajas de 6
botellas de 2 litros cada botella y cajas de agua de 35 unidades de 330 cc
cada unidad
Caja vendida de 6 botellas de 1,5 litros cada botella
Caja vendida de 9 botellas de 1,5 litros cada botella
Caja vendida de 12 botellas de 1,5 litros cada botella
Barril de Premix vendido
Bolsa de Postmix vendida o barril de cerveza de 30 ó 50 litros cada uno
La incorporación de nuevos formatos a la relación especificada, conlleva implícita la aplicación de una
nueva comisión en proporción al nuevo formato y al actualmente existente.
Artículo 3-2 Para los vendedores de entrega, las cajas entregadas cada día comprendidas entre:
Comisiones
2014
2015
0,0341
0,0342
0,0681
0,0684
Intervalo
Más de Doscientas (200) cajas
Más de Doscientas cuarenta (240) cajas
Más las comisiones establecidas en el artículo 3-1. Excepto cuando el vendedor vaya acompañado por un
ayudante, en cuyo caso solamente cobrará las comisiones indicadas en el repetido artículo 3-1.
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19211
Caso de salir dos vendedores juntos, por las cajas que vendan en el día y que sobrepasen la cantidad de
Doscientas (200) cajas, percibirán:
2014
2015
(0,0341) EUROS extras por caja cada uno
(0,0342) EUROS extras por caja cada uno
Artículo 3-3 Para las comisiones del personal preventista se estará a lo dispuesto en el acuerdo suscrito el
día 27/07/00, en tanto se perfeccione y desarrolle lo pactado. Una vez que se alcance el desarrollo del
mismo, se incorporara al presente convenio, como vinculación del mismo.
Artículo 3-4 Los Promotores de Ventas cobrarán en concepto de Comisiones, la media de los Preventistas más un quince (15) por ciento.
Artículo 3-5 Los Supervisores de Ventas o Jefes de Grupo de Ventas, cobrarán en concepto de
comisiones la media de los Preventistas más un veinticinco (25) por ciento.
En el caso de suprimirse la Preventa, la escala anterior será sobre la media de los Vendedores.
Artículo 3-6 Los vendedores que por cualquier motivo queden en servicio en el Centro de Trabajo sin
salir en ruta, cobrarán, por día trabajado, la cantidad de:
2014
2015
ONCE EUROS Y CINCUENTA Y UN CENTIMOS (11,51) EUROS
ONCE EUROS Y CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS (11,56)
EUROS
Desde el tercer día inclusive de la misma semana y siempre que sea el mismo productor, cobrará por este
servicio, la cantidad diaria de:
2014
2015
VEINTICUATRO EUROS Y SESENTA Y CINCO CENTIMOS (24,65) EUROS
VEINTICUATRO EUROS Y SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (24,75) EUROS
Artículo 3-7 Los Ayudantes de Ventas cobrarán una comisión de:
2014
2015
(0,0457) EUROS
(0,0459) EUROS
2014
2015
(0,0114) EUROS
(0,0115) EUROS
por caja vendida, de las cuales :
por caja se le descontaran al Vendedor que acompañen, con las excepciones de las siguientes rutas
especiales: Desde los Cristianos bordeando por la zona sur hasta El Tanque, Vilaflor, Garafia y Valle
Gran Rey en La Gomera, cuya comisión es totalmente a cargo de la empresa y será de:
2014
2015
(0,0457) EUROS por caja vendida
(0,0459) EUROS por caja vendida
Artículo 3-8 Si la empresa enviara a una misma ruta y en un mismo camión a dos vendedores, cada
uno cobrará las comisiones detalladas en el artículo 3-1, en las rutas consideradas como normales.
Artículo 3-9 Los nuevos Vendedores que se contraten durante la vigencia de éste Convenio, en los dos
primeros meses de trabajo, percibirán en concepto de comisiones, el importe de:
­­19212
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
2014
2015
OCHO EUROS Y VEINTIUN CENTIMOS (8,21) EUROS
OCHO EUROS Y VEINTICUATRO CÉNTIMOS (8,24) EUROS
por día trabajado, excepto para los Vendedores que hayan sido contratados anteriormente por un período
mínimo de seis (6) meses.
Artículo 3-10 ADELANTO DE RUTAS
En semanas con 1 día festivo, los preventistas y vendedores que adelanten su ruta semanal sin ningún tipo
de colaboración, durante los días normales de trabajo y por ello sin necesidad de recuperarlas en sábado,
percibirán en concepto de complemento por tal adelanto, la cantidad de:
2014
2015
TREINTA EUROS Y OCHENTA CENTIMOS (30,80) por su trabajo semanal
TREINTA EUROS Y NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS (30,92) por su trabajo semanal
En semanas con más de 1 día festivo, los preventistas y vendedores que adelanten su ruta semanal sin
ningún tipo de colaboración, durante los días normales de trabajo y sin que influya para nada que se
trabaje el sábado, percibirán en concepto de complemento por tal adelanto, la cantidad de:
2014
2015
TREINTA EUROS Y OCHENTA CENTIMOS (30,80) por su trabajo semanal
TREINTA EUROS Y NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS (30,92) por su trabajo semanal
Este mismo importe lo cobraran los trabajadores de almacén afectos al turno de 16:00 a 24:00 horas de la
delegación de Tenerife Sur, por su trabajo vinculado al adelantamiento de rutas, siempre que dicha labor
se realice en las actuales circunstancias.
Los trabajadores de almacén de Güimar, cuyo horario de trabajo sea a partir de las 14:00 horas en
adelante, percibirán en concepto de complemento por el trabajo vinculado al adelanto de rutas la cantidad
de:
2014
2015
TREINTA EUROS Y OCHENTA CENTIMOS (30,80)
TREINTA EUROS Y NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS (30,92)
por jornada completa, en caso de que su jornada de trabajo se solape con este horario y entren con
anterioridad a esta hora cobraran la parte proporcional del complemento por las
horas trabajadas posteriormente a las 14:00 horas siempre en caso de que dicha labor se realice en las
actuales circunstancias.
Artículo 3-11 Los Supervisores cobrarán una gratificación especial de:
2014
2015
TRES EUROS Y CUARENTA Y CENTIMOS (3,43) EUROS por día trabajado
TRES EUROS Y CUARENTA Y CUATRO (3,44) EUROS por día trabajado
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19213
Artículo 3-12 Los Merchandisers Oficiales de 2ª de Ventas, cobrarán en concepto de comisiones, la
cantidad de:
2014
2015
SEIS EUROS Y CUARENTA Y NUEVE CENTIMOS (6,49) EUROS, por día trabajado
SEIS EUROS Y CINCUENTA Y DOS (6,52) EUROS, por día trabajado
Los Merchandisers Oficiales de 1º de ventas, cobrarán en concepto de Comisiones, la cantidad de:
2014
2015
ONCE EUROS Y CINCUENTA Y UN CENTIMOS (11,51) EUROS por día trabajado
ONCE EUROS Y CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS (11,56) EUROS por día trabajado
Artículo 4.- PLUS DE ASISTENCIA
Se establece un Plus de Asistencia al trabajo por persona y día que haya cumplido con su jornada de
trabajo que se distribuye de la siguiente forma:
Para el personal de Ventas
Para el resto del personal
2014
3,43 EUROS
13,69 EUROS
2015
3,44 EUROS
13,75 EUROS
NO SE DESCONTARA ESTE PLUS DE ASISTENCIA EN LOS SIGUIENTES CASOS:
Al personal que asista a consulta médica, justificada con el parte médico de consulta y siempre que por
éste motivo no se ausente de su puesto de trabajo más de Tres (3) horas.
Al personal que se ausente de su puesto de trabajo con previo permiso de su jefe de departamento con
causa justificada.
No se pagará éste Plus al personal que se encuentre de vacaciones o de baja por enfermedad o accidente
no laboral.
Artículo 5.- PLUS DE TRANSPORTE
Se establece para todo el personal un Plus de Transporte, por el importe de:
2014
2015
UN EURO Y TREINTA Y SIETE CENTIMOS (1,37) EUROS
UN EURO Y TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS (1,38) EUROS
por cada día que haya efectuado su traslado al Centro de trabajo, agotando su jornada laboral completa,
con la sola excepción de visita del propio trabajador a consulta médica justificada con el parte de consulta
y siempre que su ausencia del puesto de trabajo por esta circunstancia no exceda de tres (3) horas.
Artículo 6.- PLUS DE TRASLADO
Se establece un Plus de Traslado exclusivamente para el personal proveniente del centro de trabajo de
Las Torres de Taco, por importe de:
2014
2015
SIETE EUROS Y ONCE CENTIMOS (7,11) EUROS
SIETE EUROS Y CATORCE CÉNTIMOS (7,14) EUROS
por productor y por trayecto completo de ida y vuelta que realicen al nuevo centro de trabajo en
Güimar. Dicho Plus no lo cobraran los productores de la Empresa que utilicen vehículo de la misma,
ni tampoco los que estén de vacaciones, de baja por enfermedad o accidente o disfrutando de licencia.
Con la percepción de dicho Plus se compensara cualquier otra reclamación derivada por desplazamiento
al centro de Güimar.
­­19214
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
Artículo 7.- PLUS DE ALMACEN
Se establece un Plus de Almacén exclusivamente para el personal del almacén de Güimar que realice
parte de su jornada de 22,00 a 24,00 horas, por importe de:
2014
2015
UN EURO Y CUARENTA Y OCHO CENTIMOS (1,48) EUROS
UN EURO Y CUARENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (1,49) EUROS
por día y productor siempre que haya agotado su jornada de trabajo completa.
Artículo 8 .- PLUS ESPECIAL
Para todo el personal contratado entre el día 01/04/1995 y el día 20/07/2007, que no tengan importe
alguno asignado en su recibo de salario en las casillas de Mejoras Consolidadas de Antigüedad,
Compensación Salarial, Gratificación Especial o Incentivo Fijo, se establece un Plus Especial, por
importe de:
2014
2015
UN EURO Y CINCUENTA Y UN CENTIMOS (1,51) EUROS
UN EURO Y CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS (1,52) EUROS
por día completo de trabajo, debiéndose prorratear en los casos de trabajadores que tengan convenida
una jornada de trabajo inferior a la normal (8 horas día).
Artículo 9.- Todos los conceptos retributivos del presente Convenio, se prorratearán en la parte
proporcional entre aquellos trabajadores que tengan concertada una jornada de trabajo inferior a la
normal.
Artículo 10.- HORAS EXTRAORDINARIAS
Se consideraran horas extraordinarias aquellas que se realicen sobre la duración máxima de la jornada
efectiva ordinaria de trabajo y serán reguladas según el articulo 35 del Estatuto de los Trabajadores.
Las horas extras pueden ser compensadas, o bien con descansos, o retribuciones, fijándose el siguiente
valor único de:
2014
2015
SEIS EUROS Y CATORCE CENTIMOS (6,14) EUROS
SEIS EUROS Y DIECISEIS CÉNTIMOS (6,16) EUROS
por cada hora que exceda de la jornada ordinaria.
Asimismo, fijándose el siguiente valor único de:
2014
2015
OCHO EUROS Y VEINTIOCHO CENTIMOS (8,28) EUROS
OCHO EUROS Y TREINTA Y UN CÉNTIMOS (8,31) EUROS
para:
Las horas extras realizadas de lunes a jueves a partir de las 19:00 horas.
Las horas extras realizadas los viernes a partir de las 16:00 horas.
Las horas extras realizadas sábados, domingos y festivos.
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19215
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
CABILDO INSULAR DE TENERIFE
Área de Presidencia
Servicio Administrativo de Carreteras y Paisaje
ANUNCIO DE LICITACIÓN
87698201
1. Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Cabildo Insular de Tenerife.
del Contrato” del Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares (oferta económica).
4. Presupuesto base de licitación:
a) Presupuesto de licitación: 85.276,96 €, excluido
IGIC:
Lotes
1
2
3
Precio sin IGIC
58.800,00 €
12.720,00 €
13.756,96 €
Tipo IGIC
7%
7%
7% (vehículos Pick-up)
13,5 % (vehículos 4x4)
b) Dependencia donde se tramita el expediente:
Servicio Administrativo de Carreteras y Paisaje.
b) Valor estimado del contrato: 85.276,96 €.
c) Órgano de contratación: Consejo de Gobierno
Insular.
5. Garantías:
d) Expediente: C-768.
2. Objeto del contrato:
a) Tipo de contrato: suministro.
b) Descripción del objeto: vehículos en régimen de
alquiler sin conductor, para uso por el Servicio Técnico de Carreteras, Paisaje y Movilidad del Área de
Presidencia del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife,
habiéndose dividido en los siguientes lotes:
a) Provisional: no se exige.
b) Definitiva: 5% del importe de adjudicación,
IGIC excluido.
6. Obtención de documentación e información:
a) Registro General del Cabildo (Plaza del Cabildo s/n, 38003 Santa Cruz de Tenerife. Teléfono:
901.501.901. Fax: 922.239.704) y Registros Auxiliares.
• Lote 1: cinco (5) camiones doble cabina con caja.
b) Perfil del contratante: http://www.tenerife.es.
• Lote 2: dos (2) vehículos furgones de seis plazas.
7. Requisitos especificos del contratista:
• Lote 3: dos (2) vehículos pick-up o 4x4.
c) Plazo: ocho (8) meses.
3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
a) Tramitación: ordinaria.
b) Procedimiento: abierto.
c) Criterios de adjudicación: los previstos en el
punto nº 14 del apartado II denominado “Elementos
Clasificación empresarial: no es preciso estar en
posesión de clasificación empresarial alguna, sin
perjuicio de acreditar la correspondiente solvencia
económica, financiera y técnica establecida en el
punto nº 5 del apartado II denominado “Elementos
del Contrato” del Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares.
8. Condiciones de ejecución:
Las previstas en el punto nº 27 del apartado II denominado “Elementos del Contrato” del Pliego de
Cláusulas Administrativas Particulares.
­­19216
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
9. Obligaciones del contratista:
Las previstas en el punto nº 30 del apartado II denominado “Elementos del Contrato” del Pliego de
Cláusulas Administrativas Particulares.
CABILDO INSULAR DE LA GOMERA
Industria, Comercio y Consumo
Unidad: Artesanía
a) Fecha límite de presentación: quince (15) días
naturales contados a partir del siguiente al de la
publicación de anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia y detalle en el perfil del contratante.
ANUNCIO
87708175
El Excmo. Cabildo Insular de La Gomera ha aprobado la convocatoria para la realización de las pruebas
que tendrán como objeto la obtención del Carné de
Artesano a celebrar durante el año 2015.
b) Documentación a presentar: la señalada en los
puntos números 16 y 17 del apartado II denominado
“Elementos del Contrato” del Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares”.
El Sr. Consejero Delegado de Industria, Comercio
y Consumo ha adoptado con fecha 10 de septiembre
de 2015, la siguiente resolución:
c) Lugar de presentación: Registro General del
Cabildo Insular de Tenerife, Centro de Servicios al
Ciudadano (Plaza del Cabildo s/n, 38003, Santa Cruz
de Tenerife, [email protected]).
Visto la Orden de la Consejería de Industria, Comercio y Consumo de fecha 7 de noviembre de 2006,
en la que se establecen los procedimientos para la
obtención del carné de artesano.
También podrá realizarse mediante envío por correo, en cuyo caso el licitador deberá acreditar, con el
resguardo correspondiente, la fecha de imposición del
envío y anunciar en el mismo día al Cabildo Insular
de Tenerife, por fax (922.23.97.04), o telegrama, la
remisión de la proposición.
Visto que en la citada Orden se recoge en su artículo 3.4 que se deberá abrir un plazo de solicitud
del carné de artesano para estudiar y resolver las
peticiones recibidas.
10. Presentación de ofertas:
11. Apertura de ofertas:
Será pública y tendrá lugar en la sede de la Corporación Insular en el día y hora que se indique en el
anuncio que se publique a estos efectos en el perfil
del contratante del órgano de contratación.
12. Gastos de anuncios:
El adjudicatario estará obligado a satisfacer los
gastos de publicidad conforme a lo previsto en el
punto nº 25 del apartado II denominado “Elementos
del Contrato” del Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares.
En Santa Cruz de Tenerife, a 16 de septiembre de
2015.
El Director Insular de Fomento, Miguel Becerra
Domínguez.
Considerando la Ley 3/2001, de 26 de junio de
Artesanía de Canarias, Decreto 150/1994 de traspaso
de funciones y servicios a los Cabildos Insulares en
materia de Artesanía, Ferias y Mercados Insulares, La
Orden de 25 de julio de 2011, por la que se establece
el Repertorio de Oficios Artesanos de Canarias, el
art. 34.2 de la Ley 7/85 de 02 de abril Reguladora
de las Bases de Régimen Local, la Resolución del
Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación de fecha 01
de julio de 2015, por la que se designa como Consejero Delegado de Industria, Comercio y Consumo
a D. Emiliano Coello Correa y demás normativa de
general aplicación.
Resuelvo:
Primero.- Aprobar la convocatoria para la realización de las pruebas que tendrán como objeto la
obtención del carné de artesano.
Segundo.- Establecer como plazo de presentación
de solicitudes para la obtención del carné de artesano en la isla de La Gomera diez días a partir del día
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19217
siguiente a la publicación de la presente resolución
en el Boletín Oficial de la Provincia.
En San Sebastián de La Gomera, a 10 de septiembre
de 2015.
El Consejero Delegado de Industria, Comercio y
Consumo, Emiliano Coello Correa.
ANUNCIO
87718195
Por Resolución de la Presidencia de fecha de hoy,
se aprobó de forma provisional el proyecto que se
relaciona a continuación, con su presupuesto:
“Glorieta en GM-1 y GM-2 cruce de Apartacaminos (T.M. Vallehermoso)”, con un presupuesto de
ejecución por contrata de ciento noventa y cuatro mil
doscientos dieciocho euros con diecinueve céntimos
(194.218,19 €), de los cuales ciento ochenta y un
mil quinientos doce euros con treinta y tres céntimos
(181.512,33 €), pertenecen a la prestación en sí, y
doce mil setecientos cinco euros con ochenta y seis
céntimos (12.705,86 €) al 7% de I.G.I.C.
El que se expone al público de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 93 del R.D.L. 781/86, de 18
de abril y art. 86 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por
plazo de (20) veinte días hábiles, a efectos de posibles
reclamaciones u observaciones.
El citado proyecto se encuentra a disposición de los
interesados en la oficina del Área de Infraestructuras,
Transportes, Emergencias y Protección Civil de esta
Corporación Insular, en horario de oficina.
En San Sebastián de La Gomera, a 14 de septiembre
de 2015.
El Presidente, Casimiro Curbelo Curbelo.
Consejo Insular de Aguas de La Gomera
ANUNCIO
87728197
Aprobación de la Memoria Valorada denominada
“Acondicionamiento Barranco de Pastrana, t.m. de
San Sebastián de La Gomera”.
Por Resolución de la Presidencia del Consejo Insular
de Aguas de La Gomera, de fecha 8 de septiembre
de 2015, se aprobó de forma provisional la siguiente
memoria valorada:
- “Acondicionamiento Barranco de Pastrana, t.m. de
S/S de La Gomera”, por un importe de ocho mil cuatrocientos sesenta euros con cuarenta y siete céntimos
(8.460,47 €), IGIC incluido. (Expte. nº 203-OBR).
Lo que se expone al público de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 93 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y artículo 86 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por plazo de veinte (20)
días hábiles, a efectos de posibles reclamaciones u
observaciones.
Una vez transcurrido el periodo de información
pública, si no se formulasen reclamaciones ni observaciones a la memoria valorada de referencia, se
entenderá aprobado definitivamente.
La citada memoria y demás documentación, se encuentran de manifiesto en la sede del Consejo Insular
de Aguas de La Gomera, sita en la calle Real, nº 18,
San Sebastián de La Gomera.
En San Sebastián de La Gomera, a 9 de septiembre
de 2015.
El Gerente, Juan Luis Mora Herrera.
SANTA CRUZ DE TENERIFE
Área de Gobierno de Presidencia, Organización,
Tecnología Participación Ciudadana
Dirección General de Organización, Régimen
Interno y Tecnología
ANUNCIO
87738177
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 60.1
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la
publicación íntegra del Decreto del Excmo. Sr. D.
José Manuel Bermúdez Esparza, Alcalde del Excmo.
­­19218
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, de fecha
14 de septiembre de 2015, del siguiente tenor literal:
“Decreto del Excmo. Sr. Don José Manuel Bermúdez Esparza, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de
Santa Cruz de Tenerife//En Santa Cruz de Tenerife,
a catorce de septiembre de dos mil quince.
Asunto: acumulación temporal del ejercicio de las
atribuciones del titular de la Dirección General de
Gestión Presupuestaria, Patrimonio y Contratación
y las funciones de la Dirección General de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos en la titular de
la Dirección General de Recursos Humanos.
Ante la ausencia del titular de la Dirección General
de Gestión Presupuestaria, Patrimonio y Contratación
con acumulación de las funciones de la Dirección General de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos,
resulta necesario disponer medidas organizativas con
el fin de garantizar el ejercicio de las atribuciones del
citado órgano; teniendo en cuenta el acuerdo adoptado
por la Junta de Gobierno de la Ciudad, de fecha 27 de
enero de 2014- por el que se aprueba la Normativa
de aplicación al personal directivo profesional del
Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife,
Organismos Autónomos y Entidades Públicas Empresariales Municipales (BOP nº 20, de 12 de febrero
de 2014) y, en concreto, lo previsto en el número 3
de la Norma Quinta de las citadas y conforme a lo
establecido en el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y
artículo 10 del Reglamento Orgánico del Gobierno y
de la Administración de este Excmo. Ayuntamiento,
Dispongo:
Primero.- Atribuir temporalmente, durante el período comprendido entre los días 16 al 18 de septiembre
de 2015, ambos inclusive, sin perjuicio del ejercicio
de las atribuciones propias de su cargo, el ejercicio
de las funciones que tiene atribuidas la Dirección
General de Gestión Presupuestaria, Patrimonio y
Contratación y las funciones de la Dirección General
de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos a la
Titular de la Dirección General de Recursos Humanos.
Segundo.- El presente Decreto deberá comunicarse
a los órganos y unidades municipales competentes,
procediendo su publicación en el Boletín Oficial de
la Provincia y en la Intranet Municipal, así como
dar cuenta del mismo a la Junta de Gobierno de la
Ciudad.”
Santa Cruz de Tenerife, a 15 de septiembre de 2015.
La Directora de la Oficina de la Junta de Gobierno de la
Ciudad en funciones de Directora General de Organización,
Régimen Interno y Tecnología (Decreto de Alcaldía, de
fecha 15/04/2015), Ángeles Negrín Mora.
ANUNCIO
87748178
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 60.1
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la
publicación íntegra del Decreto del Excmo. Sr. D.
José Manuel Bermúdez Esparza, Alcalde del Excmo.
Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, de fecha
14 de septiembre de 2015, del siguiente tenor literal:
“Decreto del Excmo. Sr. Don José Manuel Bermúdez Esparza, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de
Santa Cruz de Tenerife//En Santa Cruz de Tenerife,
a catorce de septiembre de dos mil quince.
Asunto: acumulación temporal del ejercicio de las
atribuciones del titular de la Coordinación General
de Hacienda y Política Financiera en el titular de la
Dirección General de Gestión Presupuestaria, Patrimonio y Contratación y en la titular de la Dirección
General de Recursos Humanos.
Ante la ausencia del titular de la Coordinación
General de Hacienda y Política Financiera, resulta
necesario disponer medidas organizativas con el fin
de garantizar el ejercicio de las atribuciones del citado
órgano; teniendo en cuenta el acuerdo adoptado por
la Junta de Gobierno de la Ciudad, de fecha 27 de
enero de 2014- por el que se aprueba la Normativa
de aplicación al personal directivo profesional del
Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife,
Organismos Autónomos y Entidades Públicas Empresariales Municipales (BOP nº 20, de 12 de febrero
de 2014) y, en concreto, lo previsto en el número 3
de la Norma Quinta de las citadas y conforme a lo
establecido en el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19219
y artículo 10 del Reglamento Orgánico del Gobierno
y de la Administración de este Excmo. Ayuntamiento,
Dispongo:
Primero.- Atribuir temporalmente el ejercicio de las
funciones que tiene atribuidas el titular de la Coordinación General de Hacienda y Política Financiera,
durante el período comprendido entre los días 14
al 15 de septiembre de 2015, ambos inclusive, sin
perjuicio del ejercicio de las atribuciones propias de
su cargo y las funciones de la Dirección General de
Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, al Titular
de la Dirección General de Gestión Presupuestaria,
Patrimonio y Contratación y durante el período
comprendido entre los días 16 al 18 de septiembre de
2015, ambos inclusive, sin perjuicio de las atribuciones propias de su cargo, a la Titular de la Dirección
General de Recursos Humanos.
Segundo.- El presente Decreto deberá comunicarse
a los órganos y unidades municipales competentes,
procediendo su publicación en el Boletín Oficial de
la Provincia y en la Intranet Municipal, así como
dar cuenta del mismo a la Junta de Gobierno de la
Ciudad.”
do de cobro voluntario: desde el 15 de septiembre
al 20 de noviembre de 2015, ambos incluidos. Los
contribuyentes podrán abonar sus recibos, sin recargo
alguno, en las siguientes Entidades Colaboradoras,
previa obtención de la Carta de Pago en su área privada de la Sede electrónica (a la que puede acceder
con usuario y contraseña, certificado electrónico
o DNI electrónico), en las Oficinas de Atención e
Información Ciudadanas (OAIC) o en la Oficina de
Atención al Contribuyente.
ENTIDAD
Banca March
Bankia
BBVA
Caixa
Cajasiete
Gestión de Servicios de Cajasiete
Santander
DIRECCIÓN
Todas
Todas
Todas
Todas
Todas
Todas
Todas
HORARIO
Atención al Público
Atención al Público
Atención al Público
Atención al Público
8:30 – 11:00
8:30 – 14:00
Atención al Público
También se podrá efectuar a través de la red de
cajeros automáticos y direcciones de Internet de las
citadas Entidades, además de los demás medios admitidos en la Ordenanza Fiscal General de Gestión,
Inspección y Recaudación.
ANUNCIO DE COBRANZA
87758188
En el Boletín Oficial de la Provincia nº 96 de 27
de julio de 2015 (corrección de errores publicado
en el BOP nº 111 de 2 de septiembre de 2015, se
publicó el anuncio de aprobación del Padrón Fiscal
del ejercicio 2015 correspondientes al Impuesto sobre
actividades económicas, tasa por gestión de residuos
sólidos -modalidad basura de negocios; culminando
su exposición pública el día 13 de agosto de 2015.
En caso de que utilicen como medio de pago la
transferencia bancaria, se les recuerda que, según lo
dispuesto en la vigente Ordenanza Fiscal General de
Gestión, Inspección y Recaudación, el mandato de
la transferencia será por importe igual al de la deuda
y habrá de expresar el concepto tributario concreto
a que el ingreso corresponda, así como contener el
pertinente detalle cuando el ingreso se refiera y haya
de aplicarse a varios conceptos; simultáneamente al
mandato de transferencia, los contribuyentes cursarán
a la Sección de Recaudación, una notificación (correo
electrónico: [email protected] y fax
922.60.62.76) expresando la fecha de transferencia,
su importe, los números de los recibos y conceptos
abonados, así como la Entidad Bancaria utilizada en
la operación. Los ingresos efectuados mediante transferencia producirán efecto liberatorio para el deudor
de la Hacienda Municipal desde la fecha en que haya
tenido entrada el importe en las cuentas municipales,
por lo que se recomienda que la orden de transferencia
se realice con varios días de antelación a la fecha de
finalización del período de ingreso voluntario.
Por medio de la presente, se pone en conocimiento
del público que los recibos correspondientes a estos
tributos se podrán abonar durante el siguiente perio-
Se podrá domiciliar el pago de éstos y otros tributos periódicos en las cuentas abiertas en Entidades
Bancarias con oficinas en esta Ciudad, advirtiéndose
Santa Cruz de Tenerife, a 15 de septiembre de 2015.
La Directora de la Oficina de la Junta de Gobierno
de la Ciudad en funciones de Directora General de
Organización, Régimen Interno y Tecnología (Decreto de Alcaldía, de fecha 15/04/2015), Ángeles
Negrín Mora.
Servicio de Gestión Tributaria
Sección de Recaudación
­­19220
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
que, en este caso, surtirán efectos a partir del próximo
ejercicio económico.
Aquellos recibos cuyo pago ya estuviera domiciliado en Entidades Bancarias serán cargados en cuenta
a partir del día 5 de octubre de 2015.
Transcurrido el plazo señalado como período de
pago voluntario, las deudas serán exigidas por el
procedimiento administrativo de apremio y devengarán los recargos del período ejecutivo, intereses
de demora y, en su caso, las costas que se causen.
Más información en http://www.santacruzdetenerife.es
Lo que se hace público para general conocimiento
y cumplimiento.
En Santa Cruz de Tenerife, a 16 de septiembre de
2015
El Tesorero, Alejandro Rodríguez Fernández-Oliva.
Área de Gobierno de Seguridad
Ciudadana, Movilidad
ANUNCIO
87768183
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, se hace
pública la notificación de la resolución de inicio del
expediente sancionador número SN 03/2015, ya que
habiéndose intentado la notificación de la misma en
el último domicilio conocido, estas no se han podido
practicar a don José Miguel de las Casas Padilla, con
D.N.I. nº 42.006.822J, y a don José Miguel de las
Casas Morales, con D.N.I. nº 78.723.051, por presunta
infracción administrativa del artículo 65.6, apartado
a), del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de
marzo, por el que se aprueba el Texto articulado de la
Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor
y Seguridad Vial, significándoles que, el expediente,
para su examen y conocimiento íntegro de la resolución reseñada, se encuentran a su disposición en las
dependencias del Servicio de Seguridad Ciudadana y
Vial y Movilidad, sitas en la Avda. Tres de Mayo, nº
85, Entresuelo, donde podrán comparecer en horario
de 08,30 a 13,00 horas de lunes a viernes, por sí o
por medio de representante acreditado, y para aportar cuantas alegaciones o proponer las pruebas que
estimen oportunas, en un plazo de veinte (20) días
naturales a contar desde el siguiente a la publicación
del presente anuncio en el Tablón Edictal Único (TEU)
del Boletín Oficial del Estado.
El escrito de alegaciones se presentará en el Negociado de Disciplina Vial del Servicio de Seguridad
Ciudadana y Vial y Movilidad, sito en la Avda. Tres
de Mayo, nº 79, Bajo, en cualquiera de los Registros
Generales de este Excmo. Ayuntamiento y en los
previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, debiendo indicarse en el mismo el número
de expediente.
En Santa Cruz de Tenerife, a 9 de septiembre de
2015.
El Jefe del Servicio de Seguridad Ciudadana y Vial
y Movilidad, Miguel Ángel García de León.
AGULO
ANUNCIO
87778196
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.1
de la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias, y de lo estipulado
en el artículo 46 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de
las Entidades Locales, por la presente intereso la publicación de la resolución de la Alcaldía nº 342/2015,
en la cual decreta resulto en el Decreto del anuncio.
Por Resolución de Alcaldía nº 354/2015 de fecha
10/09/2015 se aprobó la Resolución cuya parte dispositiva se transcribe parcialmente:
«Decreto 354/2015.
Considerando que corresponde a los Tenientes de
Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de
sus funciones y por el orden de su nombramiento, al
Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a este para el ejercicio de
sus atribuciones, así como desempeñar las funciones
del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía
hasta que tome posesión el nuevo Alcalde.
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19221
Considerando que durante el periodo comprendido
del 11 al 15 de septiembre de 2015, ambos incluidos,
la Sra. Alcaldesa se encontrará ausente del Municipio.
Las solicitudes de subvención, conforme al modelo oficial establecido, y junto a la documentación
requerida, deberán presentarse en:
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los
artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de
28 de noviembre,
- Registro General del Ayuntamiento de Alajeró,
en la Oficina Municipal de Playa de Santiago y en
cualquier otro de los señalados en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Resuelvo:
Primero. Delegar en Dña. Ángeles Jesús Febles
Martín la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en
los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante
el periodo del 11 al 15 de septiembre de 2015, ambos
inclusive, por ausencia de la Sra. Alcaldesa. (…)”
Lo que remito se publica, a los efectos oportunos,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Real
Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
En Agulo, a 10 de septiembre de 2015.
La Alcaldesa, Rosa María Chinea Segredo.
ALAJERÓ
ANUNCIO
87788068
Subvenciones para las ayudas al transporte fuera
de la isla.
Habiéndose aprobado por Resolución de la Alcaldía
de fecha 9 de septiembre de 2015 las “Bases que han
de regir la concesión de subvenciones o ayudas económicas al transporte para los estudios presenciales
que deban realizarse fuera de la isla para el curso
escolar 2015/2016”, por el presente se abre convocatoria pública para presentación de solicitudes por
un plazo de dos meses, a contar desde el siguiente
día al de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife,
por los conductos que a continuación se especifican.
Las aludidas bases y solicitudes se encuentran a
disposición de los interesados en el Registro General
del Ayuntamiento, Oficina Municipal de Playa de
Santiago y en la sede electrónica del Ayuntamiento
en la siguiente dirección: https://sedeelectronica.
ayuntamientoalajero.es/.
En Alajeró, a 9 de septiembre de 2015.
El Alcalde, Manuel Ramón Plasencia Barroso.
ANUNCIO
87798069
Subvenciones para la adquisición de libros de texto.
Habiéndose aprobado por Resolución de la Alcaldía
de fecha 9 de septiembre de 2015 las “Bases que han
de regir la concesión de subvenciones o ayudas para
la adquisición de libros de texto para los alumnos que
cursen enseñanzas del Segundo Ciclo de Educación
Infantil en centros educativos de Alajeró durante el
curso 2015/2016”, por el presente se abre convocatoria pública para presentación de solicitudes por un
plazo de un mes, a contar desde el siguiente día al de
la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial
de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, por los
conductos que a continuación se especifican.
Las solicitudes de subvención, conforme al modelo oficial establecido, y junto a la documentación
requerida, deberán presentarse en:
- Registro General del Ayuntamiento de Alajeró,
en la Oficina Municipal de Playa de Santiago y en
cualquier otro de los señalados en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
­­19222
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
Las aludidas bases y solicitudes se encuentran a
disposición de los interesados en el Registro General
del Ayuntamiento, Oficina Municipal de Playa de
Santiago y en la sede electrónica del Ayuntamiento
en la siguiente dirección: https://sedeelectronica.
ayuntamientoalajero.es/.
En Alajeró, a 9 de septiembre de 2015.
El Alcalde, Manuel Ramón Plasencia Barroso.
ANUNCIO
87808187
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria
celebrada el día 04 de septiembre de 2015, acordó la
aprobación provisional de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Suministro de Agua Potable, y
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.b)
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases de Régimen Local, se somete el expediente
a información pública para que en el plazo de 30
días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de
publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de
la Provincia, los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias
que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo, no se hubiesen presentado reclamaciones o sugerencias, se entenderá
aprobado definitivamente dicho acuerdo provisional,
de conformidad con el art. 17.3 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales.
En Alajeró, a 11 de septiembre de 2015.
El Alcalde acctal., Nicolás R. Rodríguez Montesinos.
GRANADILLA DE ABONA
ANUNCIO
87818173
Vistos los expedientes iniciados en virtud de solicitud de Prestación Canaria de Inserción a nombre
de los titulares que a continuación se señalan, y con
números de expediente señalados, se le requiere para
que el plazo de 10 días contados desde el día siguiente
de la presente publicación para que subsane dicha
solicitud presentando la documentación requerida:
EXPEDIENTE
NOMBRE Y APELLIDOS DOCUMENTACION
REQUERIDA
PCI2012TF01190 Fadoua Aamri
Solicitud desistimiento
voluntario
Transcurrido el plazo indicado sin que se hayan
recibido los datos y/o documentos solicitados, se le
tendrá por desistido de su petición, procediéndose al
archivo de sus solicitud previa resolución (art. 71 de la
Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero, art. 12.2 de La Ley 1/2007, de 17 de
enero por el que se regula la Prestación Canaria de
Inserción y art. 12.1 del Decreto 136/2007, de 24 de
mayo, que la desarrolla.
Asimismo se recuerda el deber de comunicar al
Ayuntamiento cualquier variación personal o familiar, económica o patrimonial que, de acuerdo con
la presente Ley, pudiera dar lugar a modificación,
suspensiones o extinciones de la prestación, en el
plazo máximo de un mes desde que se produzca. Así
como la comunicación de cambio de domicilio, de
vivienda o alojamiento de cualquier miembro de la
unidad de convivencia.
Granadilla de Abona, a 07 de septiembre de 2015.
Alcalde Presidente, Francisco Jaime González
Cejas.
Concejalía de Educación
ANUNCIO
87828234
Mediante el presente, para general conocimiento
de los interesados, se hace público que el Ilustre
Ayuntamiento de Granadilla de Abona, en fecha 17
de septiembre de 2015, aprobó las bases generales
para la Concesión de Subvenciones con destino a
Centros de Educación Pública no Universitaria y
Ampas del municipio.
A tal efecto, las Bases generales se encuentran a
disposición de los interesados en el Área de Educación del Ayuntamiento, en el tablón de anuncios del
mismo y en su Sede Electrónica.
De conformidad con lo establecido en el artículo
23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, el procedimiento se iniciará de
oficio mediante convocatoria, aprobada por el órgano
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19223
competente, que se publicará en el tablón de anuncios
y en la página web municipal.
El plazo de presentación de solicitudes se especificará en la convocatoria correspondiente.
En Granadilla de Abona, a 17 de septiembre de 2015.
La Concejal Delegada de Educación, Georgina
Molina Jorge.
GUÍA DE ISORA
en el artículo 116 de la Ley 4/1999 de 13 de enero,
que modifica la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime
procedente.
Lo que se anuncia de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo
Común, para que sirva de notificación en forma a los
titulares de los vehículos señalados.
Concejalía de Seguridad Ciudadana
En Guía de Isora, a 22 de julio de 2015.
Policía Local
ANUNCIO
87838181
D. Pedro Manuel Martín Domínguez, Alcalde Presidente del Ayto. de Guía de Isora (Tenerife).
Hace saber: que habiéndose intentado la notificación
en el domicilio indicado por el interesado sin buen
fin, se precede a través del presente anuncio a la notificación de los siguientes deudores por el siguiente
concepto: vehículos abandonados en la vía pública.
EXP.
13/2015
07/2015
14/2015
PROPIETARIO
FUNCAT PRIMERO
ANDREW JAMES PARK
JEAN TURNER
MATRICULA
TF1570BB
TF5431BC
3310FZC
MARCA
SEAT
CITROEN
SKODA
MODELO
IBIZA
C-15
FABIA
Por medio de la presente se le requiere para que
se haga cargo del mismo, abonando las tasas correspondientes.
Transcurridos quince días, después de la notificación
del presente escrito sin que fuera atendido, se procederá a su tratamiento como residuo sólido urbano.
Contra el presente Decreto podrá interponer Recurso
Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses
contados a partir del día siguiente de su notificación,
ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
No obstante, podrá interponer Recurso Potestativo
de Reposición, en el plazo de un mes contado a partir
del día siguiente de su notificación, ante el mismo órgano que dictó el acto de conformidad con lo previsto
El Alcalde-Presidente, Pedro Manuel Martín Domínguez.
Secretaría
ANUNCIO
87848194
Dando cumplimiento a lo que dispone el artículo
44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
se hace público que por delegación expresa de esta
Alcaldía, por ausencia, asumirá las funciones de
Alcaldesa Accidental de la Corporación, la Primera
Teniente de Alcalde, Dña. Raquel Gutiérrez García,
desde el día 7 al 11 de septiembre de 2015, ambos
incluidos.
En Guía de Isora, a 16 de septiembre de 2015.
El Alcalde, Pedro M. Martín Domínguez.
EL ROSARIO
ANUNCIO
87858168
Por el Sr. Concejal Delegado de Hacienda, en el
día de la fecha se ha dictado Decreto nº 71, inscrito
en el Libro de Resoluciones nº 20, Folios 193 al 193,
que es del siguiente tenor literal:
­­19224
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
“Visto expediente incoado por el Negociado de
Rentas y Exacciones del Ayuntamiento de El Rosario, relativo a la aprobación del Padrón de la tasa por
suministro de agua a domicilio correspondiente al 3º
bimestre 2015 de este municipio.
Considerando que el artículo 102.3 de la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria,
establece la posibilidad de notificación colectiva de
las liquidaciones para los tributos de cobro periódico
por recibo, entre los cuales se encuentra el relacionado
anteriormente.
En virtud de las atribuciones que me confiere la
legislación vigente
Dispongo:
Primero.- Aprobar las liquidaciones de las deudas
tributarias de la Tasa por Suministro de Agua a Domicilio del periodo: 3º bimestre del ejercicio 2015,
correspondiente al resto del municipio, siendo el
importe total de las citadas liquidaciones los que se
señalan a continuación:
Suministro de agua
Nº de recibos
5.7315
Total deuda
275.656,58 euros
Segundo.- Hacer pública la presente resolución
mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia
y proceder a la exposición en el tablón de anuncios
de este Ayuntamiento por el plazo de quince días
hábiles, contados a partir de dicha publicación, a los
efectos de la notificación colectiva de liquidaciones
tributarias prevista en el artículo 102.3 de la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.”
Contra la presente resolución se podrá formular
ante el Sr. Concejal Delegado de Hacienda del Ilustre
Ayuntamiento de El Rosario, con carácter preceptivo,
el Recurso de Reposición previo al ContenciosoAdministrativo, en el plazo de un mes contado desde
el día siguiente al de finalización del periodo de exposición pública de esta lista cobratoria, sin perjuicio
de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro
que se estime procedente.
Dado en El Rosario, a 9 de septiembre de 2015.
El Concejal Delegado de Hacienda, Decreto nº 3
17/06/15, Libro 12 folios 6 a 10, Jacinto José Correa
Perdomo.
ANUNCIO
87868241
Visto acuerdo adoptado por el Pleno Extraordinario
celebrado el día catorce de mayo de dos mil quince,
previo dictamen de la Comisión Informativa de
Servicios Generales y Económicos, en relación a la
modificación del acuerdo de condiciones de trabajo
entre el Ayuntamiento de El Rosario y los Funcionarios de la Policía Local respecto del artículo 7 de
Jornada de trabajo y horario, inscrito en la Dirección
General de Trabajo de Consejería de Empleo, Industria
y Comercio del Gobierno de Canarias en fecha de 24
de julio de 2015 y que a continuación se transcribe:
“Primero.- Aprobar la modificación del acuerdo
sobre las condiciones de trabajo entre el Ilustre
Ayuntamiento de El Rosario y los funcionarios de
la Policía Local del municipio referido al artículo
7, Jornada de Trabajo y Horario, en los términos de
lo acordado en las reuniones de la Mesa General de
Negociación celebradas el 20 y 23 de abril de 2015,
según actas firmadas, siendo la nueva redacción del
artículo 7 la siguiente:
“Artículo 7º.- Jornada de trabajo y horario.
1ª.- La jornada laboral se realizará por cada funcionario en uno de los cuatro grupos establecidos, con
arreglo a los siguientes turnos:
Turno mañana-tarde (M) con horario (entre las
08:00 hasta las 19:00 hora). El horario del turno de
mañana durante el periodo escolar será de 7:30 hasta
las 19:00 horas.
Turno tarde-noche (TN) con horario (entre las 15:00
hasta las 01:00)
La secuencia será por cada grupo de trabajo de forma
continua dos mañanas-tardes y dos tardes noches, con
saliente y tres días libres.
Para el desarrollo de tales turnos serán considerados hábiles los siete días de la semana, pues así lo
demandan las necesidades de la seguridad ciudadana.
Todos y cada uno de los integrantes del Cuerpo se
integrarán en alguno de los turnos mencionados, de
tal manera que cada uno de ellos tenga un número
similar de agentes y oficiales. Los cambios de turno
que pudieran solicitarse por los agentes deberán ser
autorizados por el Subinspector Jefe, o quien desempeñe sus funciones en ese momento; la solicitud
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19225
deberá realizarse con al menos cinco días de antelación, y la denegación que pudiera acordarse deberá
ser motivada y notificada por escrito por escrito con
dos días de antelación.
En la prestación de dichos servicios se permitirá
un margen de tolerancia de entrada y salida de (5)
minutos, salvo (causa mayor) o necesidades urgentes
del servicio.
Los funcionarios que pudieran prestar servicio exclusivo como notificadores, lo harán en los mismos
días de trabajo que el resto de los funcionarios del
Iltre. Ayuntamiento de El Rosario, siendo las jornadas
laborales de 07.45 h a 15,15 h, de lunes a viernes, así
como durante dos sábados al mes de 08.00 h a 13.00 h.
Todos los meses se colocará en el tablón de órdenes
de la Jefatura, el correspondiente cuadrante mensual
de servicio, que equivaldrá a cuatro semanas. Los
turnos cambiaran de forma rotativa, entre todos los
componentes de la plantilla, a excepción de los agentes
que desempeñen las tareas de notificaciones. Dicho
cuadrante deberá quedar expuesto en dicho tablón
diez días antes de que finalice el mes anterior.
Los servicios se realizaran en parejas, quedando
exceptuado de ellos los servicios de notificadores
e informes, salvo que se acuerde otra cosa con los
representantes legales de los policías y previa aceptación de éstos.
Los miembros de la plantilla de policía local con
55 años o más o los que por razones de salud, según
dictamen médico así lo requiriesen no prestaran
servicios nocturnos, siempre que ellos lo soliciten.
2º.- Todas las horas que con ocasión de necesidades
adicionales (fiestas, eventos, contingencias, etc) el
funcionario policial trabaje con carácter voluntario
por encima de los turnos ordinarios establecidos, tendrán la consideración a todos los efectos de jornada
extraordinaria, y como tal será retribuida con la gratificación correspondiente que en ningún caso podrá
ser fija en su cuantía ni periódicas en su devengo y se
retribuirá conforme a la formula que mas adelante se
expondrá, por coste de hora extraordinaria.
3º.- Dentro de la jornada de trabajo laboral el policía
dispondrá de media hora de descanso, además del
tiempo previsto para comer que se computará como
tiempo de trabajo efectivo y que será en el turno de
mañana-tarde de dos horas, siendo éste entre las 17:00
a 19:00 horas y en el turno de tarde noche de una hora
y media, siendo éste entre las 15:00 a 16:30 horas,
de esta forma quedan cubiertas las necesidades del
servicio que se presta al ciudadano.
4º.- Cuando por causas derivadas de su trabajo,
el funcionario de policía local tuviese que asistir a
juicio, comisaría o cualquier otro centro oficial, fuera
de su jornada de trabajo, se compensará a lección del
mismo con un día libre o con la percepción de una
retribución económica de 30 euros, sea cual sea el
lugar en que se lleve a cabo la misma.
5º.- Los días libres elegidos por la asistencia, será
previa autorización de su superior y respetando
siempre las necesidades del servicio, debiendo ser
toda denegación motivada.
6º.- El funcionario de policía local que realice su
jornada de servicio en el turno de noche y al día
siguiente deba acudir al Juzgado u otro organismo
oficial, podrá rebajar en al menos dos horas, si el
servicio lo permite la finalización de su jornada de
trabajo.”
Segundo.- Remitir a la Dirección General de Trabajo
a efectos de su publicación.”
Lo que se hace público para general conocimiento,
en El Rosario, a 15 de septiembre de 2015.
El Alcalde-Presidente, Escolástico Gil Hernández.
SAN ANDRÉS Y SAUCES
ANUNCIO
87878176
Por resolución del día de la fecha, esta Alcaldía ha designado a la Primer Teniente de Alcalde,
Doña María Fania Hernández Medina, para que se
haga cargo de la Alcaldía de esta Corporación, con
carácter accidental, durante los días 16, 17 y 18 de
septiembre actual.
San Andrés y Sauces, a 14 de septiembre de 2015.
El Alcalde Francisco Javier Paz Expósito.
­­19226
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
ANUNCIO
87888190
De acuerdo con lo establecido en el artículo 154.2
del Texto Refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, se da cuenta de la
adjudicación, por esta Alcaldía, del contrato administrativo para la ejecución de obras, cuyos datos a
continuación se especifican:
Adjudicatario: Construcciones Antonio Rodríguez
Martín La Palma, S.L.
Importe: ciento cuarenta mil, ciento ochenta y seis
euros, con noventa y dos céntimos de euro (140.186,92
€), y nueve mil ochocientos trece euros, con ocho
céntimos de euro (9.813,08 €) de Impuesto General
Indirecto Canario.
Obras: “Centro de Día y de la Tercera Edad, 12
Fase”.
San Andrés y Sauces, a 11 de septiembre de 2015.
Fecha de la resolución de adjudicación: 10 de julio
de 2015.
La Alcaldesa acctal., María Fania Hernández
Medina.
SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA
Área de Hacienda y Servicios Económicos
Servicio de Presupuestos
ANUNCIO
87898185
Acuerdo adoptado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 10 de septiembre
de 2015:
“Primero.- Rectificar el acuerdo adoptado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria, celebrada el día 31 de julio de dos mil quince, relativo a la aprobación de la modificación presupuestaria nº 34/2015
modalidad Crédito Extraordinario y Suplemento de Crédito, de forma que:
En la parte resolutiva:
Donde dice:
(…)
CRÉDITO EXTRAORDINARIO:
Aplicación Presupuestaria Concepto
160 13300 60900
Obras e Infraestructuras – Ordenación Tráfico y estacionamiento – Acondicionamiento aparcamiento calle Las Quinteras
190 16400 62201
Servicios Municipales – Cementerios – Construcción baños Cementerio de Valle de Guerra
190 16400 60900
Servicios Municipales – Cementerios – Otras invers. nuevas en infraestruc. y bs. destinados al uso gral.
191 17200 62400
Medio Ambiente – Protec. y mejora medio ambiente – Inv. nueva Elementos de transporte
193 31100 62400
Sanidad – Protec. salubrid. Pública – Inv. nueva Elementos de transporte
193 31100 62500
Sanidad – Protec. salubrid. Pública – Inv. nueva Mobiliario
193 31100 62300
Sanidad – Protec. salubrid. Pública – Inv. nueva maquinaria, instalaciones y utillaje
TOTAL
Importe €
300.000,00
25.000,00
25.000,00
20.000,00
19.500,00
5.000,00
10.500,00
380.000,00
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19227
(…)
Debe decir:
(…)
CRÉDITO EXTRAORDINARIO:
Aplicación Presupuestaria Concepto
Obras e Infraestructuras – Ordenación Tráfico y estacionamiento – Acondicionamiento aparcamiento calle Las
160 13300 60900
Quinteras
190 16400 62201
Servicios Municipales – Cementerios – Construcción baños Cementerio de Valle de Guerra
193 31100 62400
Sanidad – Protec. salubrid. Pública – Inv. nueva Elementos de transporte
191 17200 62400
193 31100 62500
193 31100 62300
Medio Ambiente – Protec. y mejora medio ambiente – Inv. nueva Elementos de transporte
Sanidad – Protec. salubrid. Pública – Inv. nueva Mobiliario
Sanidad – Protec. salubrid. Pública – Inv. nueva maquinaria, instalaciones y utillaje
TOTAL
Importe €
300.000,00
25.000,00
20.000,00
19.500,00
5.000,00
10.500,00
380.000,00
(…)
Segundo.- Mantener el resto del acuerdo en su totalidad.
Tercero.- Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia anuncio de la rectificación del acuerdo adoptado por
el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 31 de julio de 2015 de aprobación de
la modificación presupuestaria nº 34/2015 modalidad crédito extraordinario y suplemento de crédito.”
San Cristóbal de La Laguna, a 11 de septiembre de 2015.
La Teniente de Alcalde de Hacienda y Servicios Económicos, María Candelaria Díaz Cazorla.
SANTIAGO DEL TEIDE
ANUNCIO
87908229
Con fecha 30 de junio de 2015 se ha adoptado en
sesión extraordinaria del Pleno del Ayuntamiento de
la Villa Histórica de Santiago del Teide el siguiente
acuerdo:
Primero: De conformidad con lo dispuesto en el art.
22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, modificada por
Ley 11/1999, de 21 de abril, de las competencias que
corresponden al Pleno enumeradas en el art. 22.2 de
la citada norma delegar en la Junta Local de Gobierno
las siguientes atribuciones:
a) El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Corporación en materias de
competencia plenaria.
b) La declaración de lesividad de los actos del
Ayuntamiento.
c) La contratación de operaciones de crédito cuya
cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10% de los recursos ordinarios
del presupuesto, salvo las de la tesorería que le
corresponderán cuando el importe acumulado de las
operaciones vivas en cada momento supere el 15%
de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio
anterior, todo ello de conformidad con lo dispuesto
en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
d) La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación
o concesión y aún cuando no estén previstos en los
presupuestos.
­­19228
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
e) Las demás que expresamente le confieren las
leyes, que tengan la condición de delegables y/o
no requieran un quórum cualificado para adoptar
resoluciones.
Segundo: Todas estas delegaciones se realizan
conservando el Pleno las competencias que ostenta
para avocarlas y revocarlas
Tercero: Publicar anuncio en el Boletín Oficial de
la Provincia de Santa Cruz de Tenerife y el tablón
de anuncios del Ayuntamiento sobre el contenido
de dichas delegaciones al objeto de su público conocimiento.
Igualmente, se hace público que la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de la Villa Histórica de
Santiago del Teide, en su sesión ordinaria celebrada
el 14 de septiembre de 2015, y en cumplimiento de
lo establecido en el artículo 114.1 del Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba
el Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aceptó
expresa y formalmente la delegación de atribuciones
conferida a la Junta de Gobierno Local por su Pleno
Corporativo en sesión extraordinaria celebrada el día
30 de junio de 2015, en los términos establecidos en
el referido acuerdo plenario.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Santiago del Teide, a 15 de septiembre de 2015.
El Secretario General, Argeo M. Tosco García.
VALLEHERMOSO
ANUNCIO
87918204
De conformidad con el artículo 44.2 del Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
2568/86, de 28 de noviembre, se da publicidad al
Decreto de esta Alcaldía, del tenor siguiente:
“Decreto nº 247/15.- Por Decreto de esta Alcaldía
número 211/15, de 06 de agosto, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 21.3, de la Ley 7/85,
de 02 de abril Reguladora de las Bases de Régimen
Local, 32 de la Ley 07/15, de 01 de abril de los Municipios de Canarias y 43.2 y 44.2 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
2568/86, de 28 de noviembre, se delegaron en la
Junta de Gobierno Local, determinadas atribuciones.
No obstante, se considera que, para una mayor
agilidad en la gestión, resulta preciso que algunas
de las atribuciones sean asumidas por el Concejal
de Área, competente por razón de la materia, Don
Ramiro Coello Luis Concejal Delegado del Área de
Servicios. En consecuencia, resuelvo:
Primero.- Revocar la Delegación efectuada en la
Junta de gobierno Local, de las siguientes competencias:
a) El otorgamiento de licencias para la conexión a
la red de agua potable municipal, su baja y la autorización para el cambio de titularidad.
b) El otorgamiento de licencias para la conexión a
la red de saneamiento municipal, su baja y la autorización para el cambio de titularidad.
c) La aprobación de liquidaciones de derechos que se
practiquen en relación con licencias y autorizaciones
señaladas en los apartados anteriores.
Segundo.- De conformidad con el artículo 43.3 del
referido Reglamento, se delegan en el Primer Teniente
de Alcalde, como Concejal Delegado del Área de
Servicios, las atribuciones antes señaladas y, además,
las autorizaciones de altas, bajas y cambios de titularidad de cualesquiera otros servicios municipales.
Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de
28 de noviembre, estas delegaciones tendrán efectos
desde el día siguiente al del presente Decreto, sin
perjuicio de la potestad de avocación de la Alcaldía.
Cuarto.- Dar cuenta de lo dispuesto en el presente
Decreto en la próxima sesión que celebre la Junta
de Gobierno Local.
Quinto.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, y en el tablón de anuncios de este
Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde
el día siguiente al de la fecha del presente Decreto,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.3
del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19229
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado
por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre.
Vallehermoso, a 15 de septiembre de 2015.
El Alcalde-Presidente, Emiliano Coello Cabrera.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía
administrativa, se puede interponer alternativamente,
recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcalde de este Ayuntamiento,
de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o recurso contenciosoadministrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con
el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara
por interponer el recurso de reposición potestativa, no
podrá interponer recurso contencioso-administrativo
hasta que aquél sea resuelto expresamente, o se haya
producido su desestimación por silencio. Todo ello
sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro
recurso que estime pertinente.
Vallehermoso, a 16 de septiembre de 2015.
El Alcalde-Presidente, Emiliano Coello Cabrera.
VALLE GRAN REY
ANUNCIO
87928219
En cumplimiento de cuanto dispone el artículo
212 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha
sido debidamente informada por la Comisión Especial
de Cuentas, se expone al público la Cuenta General
correspondiente al ejercicio 2014, por un plazo de
quince días, durante los cuales y ocho más quienes se
estimen interesados podrán presentar reclamaciones,
reparos u observaciones que tengan por convenientes.
En Valle Gran Rey, a 14 de septiembre de 2015.
El Alcalde-Presidente, Ángel M. Piñero Cruz.
VILAFLOR
ANUNCIO
87938171
El Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 10 de septiembre de 2015, adoptó
acuerdo relativo a la Propuesta de modificación de
dedicaciones parciales, del siguiente tenor literal:
A.3).- Modificación de la dedicación de Concejales
delegados: Se da cuenta de la propuesta de la Alcaldesa del siguiente tenor literal: “Doña Agustina
Beltrán Cano, Alcaldesa-Presidenta, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 97.2 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
2.568/1986, de 28 de noviembre (R.O.F.) y visto el
respectivo expediente, así como la Legislación vigente
que resulta de aplicación, somete a la Corporación la
siguiente proposición:
Al Pleno de la Corporación Municipal:
Visto el informe de Secretaría-Intervención de 30
de junio de 2015.
Considerando que el artículo 75.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
local, prevé el desempeño de los cargos con dedicación parcial, por realizar funciones de presidencia,
vicepresidencia u ostentar delegaciones, o desarrollar responsabilidades que así lo requieran, quienes
percibirán retribuciones por el tiempo de dedicación
efectiva a las mismas, en cuyo caso serán igualmente
dados de alta en el Régimen de la Seguridad Social
por tal concepto.
Considerando: que a tenor de la normativa legal
de aplicación, corresponde al pleno corporativo a
propuesta de la presidencia, dentro de la consignación
global contenida en el presupuesto, la determinación
de los cargos de la Corporación que puedan desempeñarse en régimen de dedicación exclusiva y en
régimen de dedicación parcial, y por tanto con derecho
a retribución, así como las cuantías que correspondan
a cada uno en atención a su grado de responsabilidad.
Primero: teniendo en consideración que el Ayuntamiento pleno en sesión extraordinaria celebrada el
pasado día 9 de julio de 2015, adoptó acuerdo relativo
al reconocimiento de dedicación parcial a Concejales
y sus retribuciones.
­­19230
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
Las retribuciones propuestas para la Concejala
Delegada de Cultura, Educación, Igualdad de Género,
Servicios Sociales, Transporte, Patrimonio Histórico,
Actividades Clasificadas y Espectáculos Públicos:
Doña Montserrat del Carmen González Hernández,
fueron las siguientes:
La Corporación acuerda por unanimidad aprobar
la propuesta en la forma en que ha sido presentada y
que se actúe en consecuencia”.
Dedicación parcial de 18,50 horas semanales, que
podrán ser prestadas en horario de mañana o tarde.
Retribución bruta anual por todos los conceptos
17.330,64 euros, distribuidos en doce mensualidades.
A propuesta del Concejal Delegado de Hacienda
Don Luciano Marrero García se acuerda por unanimidad fijar la asistencia a plenos para los Concejales
sin dedicación en veinte euros (20,00 euros).
Sin embargo en la práctica, las horas de dedicación
inicialmente establecidas han resultado insuficientes
para el normal funcionamiento de los servicios delegados. En su consecuencia se propone a la Corporación establecer para dicha Concejala delegada una
dedicación parcial de 30 horas semanales más acordes
con la realidad de su dedicación, que podrán ser
prestadas en horario de mañana o tarde, manteniendo
la retribución bruta anual por todos los conceptos de
17.330,64 euros, distribuidos en doce mensualidades.
El presente acuerdo se fijará en el tablón de anuncios municipal y se publicará en el Boletín Oficial
de la Provincia.
Las retribuciones propuestas para el Concejal Delegado de Consumo, Protección Civil y Seguridad
Ciudadana, Obras y Servicios: Don Víctor Álvarez
Moreno, fueron las siguientes:
Dedicación parcial de 20,62 horas semanales, que
podrán ser prestadas en horario de mañana o tarde.
Retribución bruta anual por todos los conceptos
19.372,64 euros, distribuidos en catorce mensualidades.
Como en el caso anterior, la realidad del ejercicio
de la dedicación, se ha impuesto sobre lo inicialmente
aprobado, por lo que se propone a la Corporación establecer para dicho Concejal delegado una dedicación
parcial de 30 horas semanales más acordes con la
realidad de su dedicación, que podrán ser prestadas en
horario de mañana o tarde, manteniendo la retribución
bruta anual por todos los conceptos de 19.372,64
euros, distribuidos en catorce mensualidades.
Segundo: el presente acuerdo se publicará en el
Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios
del Ayuntamiento.
Tercero: los efectos la modificación de la dedicación
parcial aprobados, serán a partir del día siguiente de
la adopción del presente acuerdo.
Asistencias: en la sesión extraordinaria de fecha 9
de julio de 2015, no se trató el presente asunto.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Vilaflor, a 14 de septiembre de 2015.
La Alcaldesa, Agustina Beltrán Cano.- El Secretario,
Fernando Bellosillo Goyoaga.
ANUNCIO
87948172
Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria
celebrada el día 10 de septiembre de 2015, se aprobó
inicialmente el expediente de crédito Extraordinario nº
4/2015. Rehabilitación del Molino de Agua, y Mejora
de las Condiciones de Accesibilidad y Ambientales,
efectuándose las modificaciones que a continuación
se indican:
Crédito extraordinario:
Ejercicio 2015:
Aplicación Presupuestaria
336 619 Rehabilitación del Molino de Agua
Crédito Extraordinario
82.886,55 euros
Financiación:
Baja en la aplicación presupuestaria 929 500 “Fondo de contingencia”:
19.071,33 euros.
761 del Cabildo Molino de Agua: 63.815,22.
De conformidad con lo establecido en el artículo
177,2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el artículo 169 del citado texto, se expone
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19231
al público durante el plazo de quince días hábiles,
durante los cuales se admitirán reclamaciones ante
la Corporación en Pleno, que dispondrá de un plazo
de un mes para resolverlas. En el supuesto de que no
sea presentada reclamación alguna contra esta aprobación inicial, el expediente se considerará aprobado
con carácter definitivo.
Todos los interesados podrán examinar el Expediente en la Secretaría de este Ayuntamiento en horario
de atención al público.
Vilaflor, a 14 de septiembre de 2015.
La Alcaldesa, Agustina Beltrán Cano.- El Secretario,
Fernando Bellosillo Goyoaga.
ANUNCIO
87958207
Intentada la notificación individual del acto administrativo sin que se hubiera podido practicar, con base
a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el siguiente anuncio:
Acto Administrativo Resolución del Alcalde nº
122/2015, de 29 de junio, Cambio de titularidad de
licencia urbanística.
Interesado: Don Miguel Ángel Moreno García.
Procedimiento Administrativo: cambio de titularidad.
Intentos de notificación:
Correo certificado de 29 de junio de 2015.
Correo certificado de 24 de julio de 2015.
Para conocer el contenido íntegro del acto administrativo, el interesado deberá dirigirse a la Secretaría
del Ayuntamiento de Vilaflor, sito en la Plaza D.
Pérez Cáceres 1. Vilaflor. Santa Cruz de Tenerife.
Vilaflor, a 16 de septiembre de 2015.
La Alcaldesa, Agustina Beltrán Cano.
VILLA DE BREÑA BAJA
Gabinete Técnico Municipal
NOTIFICACIÓN
87968192
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente
anuncio se notifica a D./D.ª Salvador García Santos,
como colindante y con domicilio desconocido, que
por D./D.ª Joshep Michael Töpper con fecha 14 de
julio de 2015, solicita alteración de los datos catastrales concernientes a sus bienes inmuebles urbanos
y/o rústicos.
El presente anuncio, que no contiene el texto íntegro del acuerdo al estimarse que pudieran concurrir
las circunstancias del artículo 61 de la citada Ley
30/1992, se publica para que sirva de notificación al
interesado y pueda personarse en las dependencias
de este Ayuntamiento de Breña Baja en el plazo de
(10) diez días para conocimiento del texto íntegro
del acuerdo.
Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponer, potestativamente, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 4/99, de
13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14 de enero de 1999)
recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó
el acto, en el plazo de un mes, a partir de la fecha
de notificación del mismo, o directamente, recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del
Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer
en el plazo de dos meses desde su notificación, previa
la comunicación a la Alcaldía, exigida por el artículo
110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio
de cualquier otro recurso que estime pertinente para
la defensa de sus derechos.
El presente anuncio se publica para que sirva de
notificación al interesado.
En Breña Baja, a 16 de septiembre de 2015.
El Alcalde.
­­19232
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
VILLA DE CANDELARIA
EDICTO
87978205
De conformidad con lo dispuesto en los artículos
95.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y Procedimiento Administrativo Común, se hace
pública notificación de resolución de los expedientes
sancionadores por supuesta infracción al Reglamento
General de Circulación que se indican, instruidos
por el Inspector Jefe de la Policía Local del Ilustre
Ayuntamiento de Candelaria a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan,
ya que habiéndose intentado la notificación en el
último domicilio conocido, ésta no se ha podido
llevar practicar.
Los correspondientes expedientes obran en el
Negociado de Multas del Ilustre Ayuntamiento de
Candelaria. Visto que notificada la incoación de expediente no ha sido presentada alegación ninguna al
respecto, por lo que la misma deviene en propuesta
de resolución, así como el resto de antecedentes que
obran en el expediente.
El Inspector Jefe de la Policía Local eleva a la
consideración del Concejal Delegado de Policía y
Tráfico la siguiente propuesta:
Primera: Imponer a los denunciados la sanción
indicada por la cuantía que se señala, al estimar
acreditados los hechos que se señalan en los correspondientes expedientes sancionadores.
Segundo: La sanción deberá hacerse efectiva dentro de los 15 días siguientes a la fecha de su firmeza
administrativa, transcurridos los cuales sin haberse
satisfecho, se exigirá por vía ejecutiva según el artículo
21 del Reglamento de Procedimiento Sancionador en
materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor
y Seguridad Vial, aprobada por RD 320/1994 de 25
de febrero, incrementada con el recargo de apremio, y
en su caso, los correspondientes intereses de demora.
Tercero: De se traslado a los denunciados advirtiéndoles de los recursos a que haya lugar.
Vistas las actuaciones practicadas así como el
contenido de las propuestas que se contienen en los
informes elevados por la Jefatura de la Policía Local
y que constan en el expediente, y en uso de las facultades que me confieren los artículos 7 y 68.2 del
RDL 339/1990 de 2 de marzo, por el que se aprueba
el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial y de
conformidad con lo que determina el artículo 15 del
RD 320/1994 de 25 de febrero, por lo que se aprueba
su Reglamento de Procedimiento Sancionador.
Resolución: Vista la propuesta anterior, de acuerdo
a la Delegación concedida por Decreto 2350/2011 de
fecha 13 de junio de 2011, este Concejal Delegado
de Policía y Tráfico, en uso de las atribuciones que le
están legalmente conferidas, eleva a Resolución las
propuestas contenidas en la resolución de expedientes
anteriormente transcrita”.
Contra esta resolución puede interponerse recurso
de reposición ante el órgano que la dictó, previo al
contencioso administrativo, en el plazo de un mes
a contar desde la recepción de la presente notificación. Si transcurriese un mes desde la interposición
del recurso de reposición sin haberse resuelto este,
podrá considerar el mismo desestimado e interponer
recurso contencioso-administrativo en el plazo de los
seis meses siguientes ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife o
en su caso y a su elección, ante el de igual clase de
la demarcación de su domicilio. Contra la presente
resolución también puede interponer directamente
recurso contencioso-administrativo en el plazo de
dos meses a contar a partir del día siguiente del
recibo de la presente notificación, ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de
Tenerife, o en su caso y a su elección, ante el de igual
clase de la demarcación de su domicilio, o cualquier
otro recurso que estime procedente o conveniente.
Tercero: De se traslado a los denunciados advirtiéndoles de los recursos a que haya lugar.
Vistas las actuaciones practicadas así como el contenido de las propuestas que se contienen en los informes elevados por la Jefatura de la Policía Local y que
constan en el expediente, y en uso de las facultades que me confieren los artículos 7 y 68.2 del RDL 339/1990 de 2 de Marzo, por el que se aprueba el texto
articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial y de conformidad con lo que determina el artículo 15 del RD 320/1994 de
25 de febrero, por lo que se aprueba su Reglamento de Procedimiento Sancionador.
RESOLUCIÓN: Vista la propuesta anterior, de acuerdo a la Delegación concedida por Decreto 2350/2011 de fecha 13 de junio de dos mil once, este Concejal
Delegado de Policía y Tráfico, en uso de las atribuciones que le están legalmente conferidas, eleva a Resolución las propuestas contenidas en la resolución de
expedientes anteriormente transcrita".
Contra esta resolución puede interponerse recurso de reposición ante el órgano que la dictó, previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes a contar
desde la recepción de la presente notificación. Si transcurriese un mes desde la interposición del recurso de reposición sin haberse resuelto éste, podrá considerar el
mismo desestimado e interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de los seis meses siguientes ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de
Santa Cruz de Tenerife o en su caso y a su elección, ante el de igual clase de la demarcación de su domicilio. Contra la presente resolución también puede
interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, ante el
Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, o en su caso y a su elección, ante el de igual clase de la demarcación de su domicilio, o
cualquier otro recurso que estime procedente o conveniente.
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19233
Expediente
Interesado
Dirección
Denuncia
Importe Matrícula
Precepto
2015-000008
VALENTE HERNÁNDEZ ANGELICA
RBLA MENCEYES (LOS) 1 209
EDIF. GABRIELA 1
38530 CANDELARIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
15-12-2014
80,00 6274HHH
CIR/91/1/5D
2015-000055
SOTO LOHRUM FRANCISCO JOSE
C/ HORTENSIA 10
38109 ROSARIO (EL)
SANTA CRUZ DE TENERIFE
09-12-2014
200,00 8943GDH
CIR/94/2A/5
2015-000062
GOMEZ OLMEDO ENRIQUE
LOS PINOS 2 P03 B
29012 MÁLAGA
MALAGA
18-12-2014
200,00 7485DVF
CIR/94/2G/5
2015-000084
GARCIA GONZALEZ JUAN CLAUDIO
STA MARIA DEL MAR BLQ 15 Nº 10 15 P10
38111 SANTA CRUZ DE TENERIFE
SANTA CRUZ DE TENERIFE
26-12-2014
90,00 6193CGX
CIR/94/2C/5
2015-000129
ALMAZAN COLOMER MIGUEL
URB. BRITO 17
38530 CANDELARIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
21-01-2015
200,00 6992FYJ
CIR/94/2A/5
2015-000130
IZQUIERDO CRUZ MIGUEL
CALLE VENCE 18
38530 CANDELARIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
21-01-2015
200,00 8298BMN
CIR/94/2A/5
2015-000133
ANDRADE DOMINGUEZ JUAN CARLOS
CALLE ALMIRANTE GRAVINA 5 P02 D
38500 GÜÍMAR
SANTA CRUZ DE TENERIFE
19-01-2015
80,00 0762GDD
CIR/171/-/5A
2015-000136
HERNANDEZ SIVERIO MARIA PILAR
SAN BENITO E MARACAIBO 7 .
38410 REALEJOS (LOS)
SANTA CRUZ DE TENERIFE
23-01-2015
200,00 8435CRY
CIR/94/2E/5
2015-000137
FERNANDEZ PADILLA ENRIQUE
CALLE TENESOR 14 18
ACORAN
38111 SANTA CRUZ DE TENERIFE
SANTA CRUZ DE TENERIFE
22-01-2015
90,00 6617GLV
CIR/94/2A/5
2015-000149
BRD INVERSIONES, SLU
APTOS.TRES CARABELAS 45 B
38530 CANDELARIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
02-01-2015
200,00 TF8944BP
CIR/94/2A/5
2015-000152
VIÑOLY HERNANDEZ JONATHAN
CTRA GENERAL DEL SUR 5
23-01-2015
100,00 9486FSB
CIR/50/1/5K
KM 9
Ilustre
Ayuntamiento de Candelaria
38290 ROSARIO (EL)
SANTA CRUZ DE TENERIFE
E D I C T O
Fecha:
Página:
14-09-2015
2
Expediente
Interesado
Dirección
Denuncia
Importe Matrícula
2015-000159
PEREZ HERNANDEZ FRANCISCO YERAY
BARRIADA SAN JOSÉ 51 Blq: 4 7
LAS DELICIAS
38010 SANTA CRUZ DE TENERIFE
SANTA CRUZ DE TENERIFE
01-02-2015
80,00 3608DPS
CIR/154/-/5B
2015-000169
ROMERO GAVARRI JAVIER
CALLE BATAYOLA 17 Pt: 9 P03 IZDA
38530 CANDELARIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
24-02-2015
90,00 2820FYR
CIR/94/2C/5
2015-000170
LUENGO SIMON EZEQUIEL
PORTUGAL 18 P00 IZDA
38530 CANDELARIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
03-02-2015
200,00 TF3380BT
CIR/94/2E/5
2015-000171
DOMINGUEZGUANCHE ANGEL DAVID
CALLE JUAN EL CAPE PESCADOR 0008
0018
38530 CANDELARIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
03-02-2015
200,00 TF4916AH
CIR/143/1/5A
2015-000172
DOMINGUEZGUANCHE ANGEL DAVID
CALLE JUAN EL CAPE PESCADOR 0008
0018
38530 CANDELARIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
03-02-2015
200,00 TF4916AH
CIR/3/1/5B
2015-000177
JIMENEZ PLAZA MARIA DEL PILAR
AVDA MARITIMA 44 Blq: 1 P06 64
EDF. MARA I
38530 CANDELARIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
01-02-2015
200,00 TF3196BV
CIR/94/2A/5
2015-000180
RODRIGUEZ MENDEZ NOELIA
AVDA REMEDIOS (LOS) 34 P04 15
38410 REALEJOS (LOS)
SANTA CRUZ DE TENERIFE
08-02-2015
80,00 6462FWV
CIR/171/-/5A
2015-000190
HERRERAGONZALEZ ABDON FANFANI
LUGAR VALLE CRISPIN 2
MARÍA JIMENEZ
38180 SANTA CRUZ DE TENERIFE
SANTA CRUZ DE TENERIFE
27-10-2014
500,00 TF036613
2015-000193
GORDILLO ESQUIVEL MOISES
CTRA AFARO-MALPAIS 4
38550 ARAFO
SANTA CRUZ DE TENERIFE
06-02-2015
90,00 TF4272BU
2015-000199
QUEVEDO RODRIGO EGOITZ
CALLE QUEVEDO 5 P03 5
38005 SANTA CRUZ DE TENERIFE
SANTA CRUZ DE TENERIFE
08-02-2015
200,00 7902CPY
CIR/91/2/5G
2015-000214
RODRIGUEZ HERRERA MARA LUNA
AVDA MARITIMA 29 Blq: C3 P04 43
NAIGUATA
38530 CANDELARIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
26-02-2015
200,00 TF8850BL
CIR/94/2A/5
2015-000219
CASTRO CASTRO ANTONIO RAMON
PRIMERA TRANSVERSAL DE AMANCE 10
DCHA
38530 CANDELARIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
19-02-2015
200,00 9627BJW
CIR/167/-/5A
2015-000235
SAT N NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA L G ANCON S/N S/N
38500 GÜÍMAR
SANTA CRUZ DE TENERIFE
27-02-2015
80,00 0851CWY
CIR/154/-/5B
2015-000246
ROTERS SERGIY
VIA CABILDO DEL .
38520 CANDELARIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
10-03-2015
90,00 1395HBX
CIR/94/2C/5
2015-000258
OVIEDO PINTO FLORIVEL JOHANN
AVDA MARITIMA 2 25
EDIFICIO MARA I
38530 CANDELARIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
03-03-2015
200,00 3559HCN
CIR/94/2A/5
Ilustre Ayuntamiento de Candelaria a 14 de septiembre de 2015
Ilustre Ayuntamiento de Candelaria,
a 14 de septiembre de 2015.
Concejal de la Policia Local, Tráfico y Protección Civil
Concejal de la Policía Local, Tráfico y Protección Civil.
SERVICIO DE PUBLICACIÓN E INFORMACIONES
CONSEJERIA DE PRESIDENCIA E INNOVACIONES TECNOLOGICAS
Precepto
CIR/3/1/5A
CIR/94/2F/5A
­­19234
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
EDICTO
Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso
87988206
del derecho para formular alegaciones y/o aportar o
De conformidad con lo dispuesto en los artículos
proponer pruebas, se dictarán las oportunas resoluciones por el Sr. Concejal de la Policía Local, Tráfico
95.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de
y Protección Civil.
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
Procedimiento Administrativo Común, se hace pública
De hallarse conforme con la denuncia y proceda al
notificación de iniciación de los expedientes sancionaabono en los veinte primeros días contados desde el
dores por supuesta infracción al Reglamento General de
siguiente al de la publicación de este anuncio, puede
Circulación que se indican, instruidos por el Inspector
beneficiarse de una reducción del 50% de la cuantía
Jefe de la Policía Local del Ilustre Ayuntamiento de
de la multa.
Candelaria a las personas o entidades denunciadas que
a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentitular del vehículo, debidamente requerido para
Ayuntamiento deEl
Candelaria
tado la notificación en el último domicilio Ilustre
conocido,
ello, tiene el deber de identificar al conductor responE D I C T O
ésta no se ha podido llevar practicar.
sable de la infracción (DNI y domicilio) en el plazo
de veinte días contados a partir de la notificación de
De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 95.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
Los correspondientes
expedientes obran en el NegoProcedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de iniciación de los expedientes
sancionadores por
infracción aldicha
Reglamentoobligación
General
la denuncia.
Sisupuesta
incumple
sin causa
de Circulación que se indican, instruidos por el Inspector Jefe de la Policía Local del Ilustre Ayuntamiento de Candelaria a las personas o entidades denunciadas
ciado de Multas
del Ilustre Ayuntamiento de Candelaque a continuación se relacionan , ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio
conocido,
ésta
no
se
ha
podido
llevar
practicar.
justificada será sancionado pecuniariamente como
ria, asistiéndole
el derecho
deobran
alegar
por escrito
loIlustre
queAyuntamientoautor
Los correspondientes
expedientes
en el Negociado
de Multas del
de Candelaria,
asistiéndole
el derechocuya
de alegar sanción
por escrito lo que
de falta
grave,
seenimpondrá en su
su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del Plazo de VEINTE DIAS (20) días naturales,
en su defensa
estimen
conveniente,
con
aportación
contados
desde el siguiente
al de la publicación del
presente
Boletín Oficial deola Provincia. máxima cuantía. En los mismos términos responderá
Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, se dictarán las oportunas resoluciones por
proposición
deConcejal
las pruebas
queTráfico
consideren
oportunas,
el Sr.
De La Policia Local,
Y Protección Civil.
el titular cuando no sea posible notificar la denuncia
De hallarse conforme con la denuncia y proceda al abono en los veinte primeros días contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio, puede
dentro del plazo
de
veinte
(20)
días
naturales,
contados
al conductor que aquel identifique, por causa impubeneficiarse de una reducción del 50% de la cuantía de la multa.
El titular del vehículo , debidamente requerido para ello, tiene el deber de identificar al conductor responsable de la infracción (DNI y domicilio) en el plazo de
desde el siguiente
al ade
delSipresente
table
a dicho
titularpecuniariamente
(artículocomo
72.3
339/90 de 2
veinte días contados
partirla
de lapublicación
notificación de la denuncia.
incumple dicha obligación sin
causa justificada
será sancionado
autorRDL
de
falta grave, cuya sanción se impondrá en su máxima cuantía. En los mismos términos responderá el titular cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor
Boletín Oficial
de
la
Provincia.
de
marzo).
que aquel identifique, por causa imputable a dicho titular (artículo 72.3 rdl 339/90 de 2 de marzo).
EXPEDIENTE
INTERESADO
DIRECCIÓN
DENUNCIA IMPORTE
MATRÍCULA
PREC. INFR.
2015-000441
CASQUERO ALFARO LUIS YERAY
CALLE ARGUAMA 1 112
EDIF. EL CARMEN
38530 CANDELARIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
04-05-2015
2015-000446
MELIAN PACHECO IVAN MARCOS
CALLE BAILEN 8 P02 IZDA
TIO PINO
38009 SANTA CRUZ DE TENERIFE
SANTA CRUZ DE TENERIFE
07-05-2015 1.000,00 0162FYM
CIR/20/1/5I
2015-000450
ALAMAN CITOLER MANUEL JAVIER
AVDA MARITIMA 29 Pt: C2 P01 11
EDF. NAIGUATA
38530 CANDELARIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
13-05-2015
200,00 1891DJT
CIR/94/2A/5
2015-000482
PEREZ GONZALEZ JOSE LUIS
CALLE PORTUGAL 10 A9
EDIF. MARLISA, TABAIBA BAJA
38190 ROSARIO (EL)
SANTA CRUZ DE TENERIFE
24-05-2015
200,00 4029BSJ
CIR/94/2A/5
2015-000490
BRITO HERRERA MARIA ISABEL
RBLA MENCEYES (LOS) 14 Pt: C 11
38530 CANDELARIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
03-06-2015
200,00 2691FFC
CIR/91/2/5G
2015-000500
ZAMORA CEJAS JOHANNA
AVDA MARITIMA 38 504
EDIF. RODAOLA
38530 CANDELARIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
08-06-2015
200,00 2174CSG
CIR/94/2E/5
2015-000508
MAMIRE INTERNACIONAL, S.L.
CALLE ALICANTE 14
38005 SANTA CRUZ DE TENERIFE
SANTA CRUZ DE TENERIFE
24-05-2015
200,00 TF2776BL
CIR/94/2A/5
2015-000562
GONZÁLEZ HERNÁNDEZ MARIA DEL
MAR
LOS BANQUITOS 9 P00
LAS ERAS
38570 FASNIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
10-06-2015
200,00 8990GMW
CIR/167/-/5A
2015-000652
FREIRE FERREIRO FRANCISCO
CALLE CRUGIOLA 0001 Blq: 01 P06 B
38530 CANDELARIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
07-07-2015
80,00 0840FKV
CIR/94/2C/5
2015-000658
ESTUDIOS COMERCIALES FREETIME SL AVDA BRUSELAS (DE) TR A 18
CC SAN MIGUEL
38670 ADEJE
SANTA CRUZ DE TENERIFE
20-07-2015
80,00 4919FLR
CIR/171/-/5A
2015-000680
RODRIGUEZ ARMAS SERAFIN
CALLE GRECO (EL) 14 1
ANDENES
38108 SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
18-07-2015
80,00 5786FCC
CIR/171/-/5A
2015-000683
RODRIGUEZ AMATE JOSE LUIS
URB GRAMAL CALLE C S/N
8
38108 SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
17-07-2015
80,00 0427FSS
CIR/170/-/5B
2015-000684
FERRER HERNÁNDEZ DIONISIO
CALLE SAN NICOLAS 1 P00 DCHA
SAN MATIAS
38108 SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
17-07-2015
80,00 0555BWC
CIR/94/2A/5
2015-000699
CELSO HERNANDEZ ORIHUELA LUIS
MANUEL
AVDA LIBERTAD (LA) 3 P01 D
EDIF. CAMARÓN
38108 SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
15-07-2015
80,00 C5596BSB
CIR/154/-/5B
2015-000707
RODRIGUEZ MARTIN FRANCISMAR
CALLE GUACIMARA 4
AVDA. GENETO C/ GUACIMARA
38296 SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
01-08-2015
200,00 1713FBL
200,00 6910BLV
CIR/94/2A/5
CIR/117/1/5B
MAR
LAS ERAS
38570 FASNIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
2015-000652
FREIRE FERREIRO FRANCISCO
CALLE CRUGIOLA 0001 Blq: 01 P06 B
38530 CANDELARIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
2015-000658
2015-000680
07-07-2015
80,00 0840FKV
CIR/94/2C/5
ESTUDIOS COMERCIALES FREETIME SL AVDA BRUSELAS (DE) TR A 18
CC SAN MIGUEL
38670 ADEJE
SANTA CRUZ DE TENERIFE
20-07-2015
80,00 4919FLR
CIR/171/-/5A
RODRIGUEZ ARMAS SERAFIN
CALLE GRECO (EL) 14 1
ANDENES
38108 SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
18-07-2015
80,00 5786FCC
CIR/171/-/5A
URB GRAMAL CALLE C S/N
8
38108 SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
17-07-2015
Ilustre Ayuntamiento de Candelaria
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19235
2015-000683
RODRIGUEZ AMATE JOSE LUIS
EXPEDIEN
2015-000684INTERESADO
FERRER HERNÁNDEZ DIONISIO
2015-000717
MARK GONZALEZ DANIEL
2015-000699
2015-000774
2015-000707
2015-000792
CELSO HERNANDEZ ORIHUELA LUIS
MANUEL
LUENGO
SIMON EZEQUIEL
RODRIGUEZ MARTIN FRANCISMAR
E D I C T O
DIRECCIÓN
CALLE SAN NICOLAS 1 P00 DCHA
SAN MATIAS
CALLE
VICTOR ZURITA SOLER S/N
38108 JACARANDA,
SAN CRISTÓBAL
DE LA8B
LAGUNA
EDIF.
APTO.
SANTAARONA
CRUZ DE TENERIFE
38660
SANTA
CRUZ
DE
TENERIFE
AVDA LIBERTAD (LA) 3 P01 D
EDIF. CAMARÓN
PORTUGAL
18 P00 IZDA
38108 SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA
38530
CANDELARIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
SANTA CRUZ DE TENERIFE
CALLE GUACIMARA 4
YOUSSEF PERDOMO MARIA MERCEDES CTRA
SUR S/N
AVDA. GENERAL
GENETO C/DEL
GUACIMARA
1
4 B AIRÁN
38296
SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA
38107
CRUZ
DE TENERIFE
SANTASANTA
CRUZ DE
TENERIFE
SANTA CRUZ DE TENERIFE
Fecha:
80,00 0427FSS
Página:
14/09/2015
CIR/170/-/5B
2
DENUNCIA IMPORTE MATRÍCULA
PREC. INFR.
17-07-2015
80,00 0555BWC
CIR/94/2A/5
31-07-2015
15-07-2015
80,00 C5596BSB
17-07-2015
01-08-2015
80,00 4933DHW
CIR/154/-/5B
200,00 TF3380BT
200,00 6910BLV
24-07-2015
CIR/154/-/5B
CIR/117/1/5A
CIR/117/1/5B
200,00 9049GZK
CIR/94/2A/5
Ilustre Ayuntamiento de Candelaria
Ilustre Ayuntamiento de Candelaria a 14 de septiembre de 2015
E D I C T O
Fecha:
Página:
Concejal de la Policia Local, Tráfico y Protección Civil
INTERESADO
DIRECCIÓN
2015-000717
EXPEDIEN
MARK GONZALEZ DANIEL
CALLE VICTOR ZURITA SOLER S/N
EDIF. JACARANDA, APTO. 8B
38660 ARONA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
DENUNCIA IMPORTE MATRÍCULA
2015-000774
LUENGO SIMON EZEQUIEL
2015-000792
YOUSSEF PERDOMO MARIA MERCEDES CTRA GENERAL DEL SUR S/N
1 4 B AIRÁN
38107 SANTA CRUZ DE TENERIFE
SANTA CRUZ DE TENERIFE
31-07-2015
14/09/2015
2
PREC. INFR.
80,00 4933DHW
CIR/154/-/5B
17-07-2015
18 P00 IZDA
200,00 TF3380BT
SERVICIO DEPORTUGAL
PUBLICACIÓN
E INFORMACIONES
38530
CANDELARIA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
CONSEJERIA DE PRESIDENCIA E INNOVACIONES TECNOLOGICAS
CIR/117/1/5A
24-07-2015
200,00 9049GZK
CIR/94/2A/5
Ilustre Ayuntamiento
de Candelaria
a 14 de septiembre de 2015
Ilustre Ayuntamiento de Candelaria,
a 14 de septiembre
de 2015.
Concejal de la Policia Local, Tráfico y Protección Civil
Concejal de la Policía Local, Tráfico y Protección Civil.
SERVICIO DE PUBLICACIÓN E INFORMACIONES
CONSEJERIA DE PRESIDENCIA E INNOVACIONES TECNOLOGICAS
VILLA DE GARAFÍA
ANUNCIO DE APROBACIÓN INICIAL
87998232
El Pleno del Ayuntamiento de Villa de Garafía,
en sesión Ordinaria celebrada el día 6 de agosto de
2015, acordó la aprobación inicial del expediente de
modificación de créditos en la modalidad de crédito
extraordinario financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, con el siguiente
resumen por capítulos:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación PresuN.º Descripción
Euros
puestaria
Progr. Económica Acondicionamiento del Centro de Maduración y Comercialización de Quesos
62204 9330 de San Antonio del Monte
8.000,00 €
Señalización de zonas costeras de
60903 4590
interés
3.000,00 €
TOTAL GASTOS
11.000,00 € Esta modificación se financia con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, en
los siguientes términos:
Bajas o anulaciones en concepto de ingresos
Aplicación PresuN.º Descripción
puestaria
Progr. Económica Polideportivo Cubierto de Santo Do62202 9330 mingo / Gestión del patrimonio TOTAL INGRESOS
Euros
11.000,00 €
11.000,00 €
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo,
se somete el expediente a exposición pública por el
plazo de quince días a contar desde el día siguiente
de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial
de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, para que
los interesados puedan examinar el expediente y
presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
­­19236
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Villa de Garafía, a 18 de septiembre de 2015.
Alcalde-Presidente, Martín Elías Taño García.
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
88008242
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del
177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al
público, queda automáticamente elevado a definitivo
el Acuerdo plenario fecha 23 de julio de 2015, sobre el
expediente de modificación de créditos nº 809/2015,
que se hace público resumido por capítulos:
Altas en Aplicaciones de Gastos.
Aplicación Presupuestaria
Progr. Económica
62203
9330 Nº Descripción
Acondicionamiento de aseos del
Kiosco de Plaza Las Tricias TOTAL GASTOS
Euros
3.600,00 €
3.600,00 € Esta modificación se financia con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, en
los siguientes términos:
Bajas o anulaciones en concepto de ingresos
Aplicación Presupuestaria N.º Descripción
Euros
Progr. Económica
Polideportivo Cubierto de Santo
62202 9330 Domingo/Gestión del patrimonio 3.600,00 €
TOTAL INGRESOS
3.600,00 € Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los
interesados podrán interponer directamente recurso
contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en
el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la
interposición de dicho recurso no suspenderá por sí
sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Villa de Garafía, a 18 de septiembre de 2015.
Alcalde-Presidente, Martín Elías Taño García.
VILLA DE LA MATANZA DE ACENTEJO
ANUNCIO
88018193
Por resolución de la Concejalía de Hacienda nº
193/15 de fecha 14 de septiembre de 2015, ha sido
aprobado el Padrón la Tasa por utilización privativa
o aprovechamientos especiales dominio público, por
entrada de vehículos a través de las aceras y reservas
de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada
de vehículos, carga y descarga de mercancías, correspondiente al ejercicio de 2014 lo que por medio del
presente se hace público a efectos de que durante el
plazo de quince días, contados a partir del día siguiente
al de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial
de la Provincia, puede observarse el citado padrón y
presentar las reclamaciones u observaciones que se
estimen pertinentes.
En la Villa de La Matanza de Acentejo, a 14 de
septiembre de 2015.
El Secretario-Interventor, Jesús Ruiz Ruiz.
VILLA DE MAZO
ANUNCIO
88028180
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión
del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no
haberse presentado alegaciones durante el plazo de
exposición al público, ha quedado automáticamente
elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación
inicial del Ayuntamiento de Villa de Mazo, adoptado
en fecha 30 de julio de 2015, sobre transferencia de
créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área
de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de
personal, que se hace público resumido por capítulos:
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19237
Presupuesto de gastos.
Financiación del suplemento de crédito.
Altas en aplicaciones de gastos.
Capítulo
II
VI
Descripción
Gastos corrientes en bienes
y servicios
Inversiones reales
TOTAL GASTOS
Euros
77.749,38 €
46.239,45 €
123.988,83 €
Bajas en aplicaciones de gastos.
Capítulo Descripción
VI
Inversiones reales
TOTAL GASTOS
Euros
123.988,83 €
123.988,83 €
Villa de Mazo.
DENOMINACIÓN
Activos Financieros
IMPORTE
563.031,43 €
Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de dos
meses a partir del día siguiente de la publicación del
presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 171.1
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
reguladora de las Haciendas Locales.
La Victoria de Acentejo, a 15 de septiembre de 2015.
El Alcalde-Presidente, José Fermín Correa Martín.
El Alcalde (firmado digitalmente).
VILLA DE LA VICTORIA DE ACENTEJO
ANUNCIO 53/2015
88038182
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria
de fecha trece de agosto de dos mil quince, aprueba
inicialmente el expediente de modificación de crédito
nº: 10/2015 por suplemento de crédito, financiados
con Remanente de Tesorería.
Transcurridos los quince días de exposición pública, de conformidad con el artículo 177.2 y 169.1
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
reguladora de las Haciendas Locales, y no habiéndose
presentado reclamación alguna al mismo, se entiende
definitivamente aprobado y se hace público su resumen por Capítulos de conformidad con el artículo
169.3 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo.
El resumen por Capítulos presenta el siguiente
detalle:
ANUNCIO 54/2015
88048182
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria
de fecha trece de agosto de dos mil quince, aprueba
inicialmente el expediente de modificación de crédito
nº: 11/2015, por transferencia de créditos.
Transcurridos los quince días de exposición pública,
de conformidad con el artículo 177.2 y 169.1 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora
de las Haciendas Locales, y no habiéndose presentado
reclamación alguna al mismo, se entiende definitivamente aprobado y se hace público su resumen por
Capítulos de conformidad con el artículo 169.3 del
citado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
El resumen por capítulos presenta el siguiente
detalle:
Transferencia de crédito negativa.
CAPÍTULO DENOMINACION
3
Gastos Financieros
9
Pasivos Financieros
TOTAL
IMPORTE
16.500,00 €
32.500,00 €
49.000,00 €
Transferencia de crédito positiva.
Suplemento de crédito.
CAPÍTULO DENOMINACIÓN
2
Gastos Corrientes en Bienes y Servicios
4
Transferencias Corrientes
6
Inversiones reales
TOTAL
CAPÍTULO
8
IMPORTE
483.391,01 €
5.000,00 €
74.640,42 €
563.031,43 €
CAPÍTULO DENOMINACION
Gastos Corrientes en Bienes y
2
Servicios
6
Inversiones Reales
TOTAL
IMPORTE
16.500,00
32.500,00
49.000,00 €
­­19238
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de dos
meses a partir del día siguiente de la publicación del
presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 171.1
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
reguladora de las Haciendas Locales.
La Victoria de Acentejo, a 15 de septiembre de 2015.
El Alcalde Presidente, José Fermín Correa Martín.
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2
DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
CÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO
88058154
Procedimiento: ejecución de títulos judiciales.
Nº procedimiento: 0000074/2015.
Proc. origen: Procedimiento Ordinario.
Nº proc. origen: 0000771/2013.
NIG: 3803844420130005469.
Materia: reclamación de cantidad.
IUP: TS2015007487.
a instancia de D./D.ª Aleksandra Stepaiko, Edmonds
Santirs y Karolina Santira contra Robbert Richard
Dekker Bar Cafetería Chillin Out y Fondo de Garantía
Salarial, se ha dictado Decreto con fecha 07/09/2015,
cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:
Parte dispositiva.
Se declara al ejecutado Robbert Richard Dekker Bar
Cafetería Chillin Out y Fondo de Garantía Salarial
en situación de insolvencia con carácter provisional
por un importe de 43.077,51 euros y sin perjuicio de
continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen
bienes del ejecutado. Una vez firme el presente, expídanse los testimonios oportunos para su entrega a
la parte actora a los efectos de reclamación al Fogasa,
una vez los solicite compareciendo en esta Oficina
Judicial para su retirada.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Expídase testimonio del presente para su unión a los
autos, quedando el original en el legajo de Decretos.
Modo de impugnación: contra esta resolución cabe
interponer recurso de revisión, en el plazo de tres días
ante este Juzgado, expresando la infracción en que
la resolución hubiera incurrido.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Robbert Richard Dekker Bar Cafetería Chillin Out,
en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado, en
Santa Cruz de Tenerife, a 7 de septiembre de 2015.
El/la Secretario/a.
Abogado: ---.
Procurador: ---.
D./D.ª Marta Ovelleiro Medina, Secretario Judicial
de este Juzgado de lo Social nº 2 de Santa Cruz de
Tenerife, hago saber: que en el procedimiento n°
0000074/2015 en materia de reclamación de cantidad
CÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO
88068155
Procedimiento: ejecución de títulos judiciales.
Nº procedimiento: 0000115/2015.
Proc. origen: Procedimiento Ordinario.
Nº proc. origen: 0000795/2013.
NIG: 3803844420130005651.
Materia: reclamación de cantidad.
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19239
IUP: TS2015012342.
Ejecutante: Mélida Abad Adón.
Ejecutado: Restaurante La Playita S.L.
Abogado: ---.
Procurador: ---.
D./D.ª Marta Ovelleiro Medina, Secretario Judicial
de este Juzgado de lo Social nº 2 de Santa Cruz de
Tenerife, hago saber: que en el procedimiento nº
0000115/2015 en materia de Reclamación de Cantidad a instancia de D./D.ª Mélida Abad Adón contra
Restaurante La Playita S.L., se ha dictado decreto
con fecha 07/09/2015, cuya parte dispositiva es el
tenor literal siguiente:
Parte dispositiva.
Se declara al ejecutado Restaurante La Playita S.L.
en situación de insolvencia con carácter provisional
por un importe de 6.971,49 euros y sin perjuicio de
continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen
bienes del ejecutado. Una vez firme el presente, expídanse los testimonios oportunos para su entrega a
la parte actora a los efectos de reclamación al Fogasa,
una vez los solicite compareciendo en esta Oficina
Judicial para su retirada.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Expídase testimonio del presente para su unión a los
autos, quedando el original en el legajo de Decretos.
Modo de impugnación: contra esta resolución cabe
interponer recurso de revisión, en el plazo de tres días
ante este Juzgado, expresando la infracción en que
la resolución hubiera incurrido.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Restaurante La Playita, S.L., en ignorado paradero,
expido la presente para publicación en el BOP de
este Juzgado, en Santa Cruz de Tenerife, a 7 de septiembre de 2015.
El/la Secretario/a.
EDICTO
88078156
Procedimiento: ejecución de títulos judiciales.
Nº procedimiento: 0000269/2015.
Proc. origen: Procedimiento Ordinario.
Nº proc. origen: 0000845/2013.
NIG: 3803844420130006012.
Materia: reclamación de cantidad.
IUP: TS2015026477.
Ejecutante: Atilano David Cabrera Ramos.
Ejecutado: Internacional Automóviles S.L.
Abogado: ---.
Procurador: ---.
D.ª Mercedes Guerrero Rodríguez, Secretario Judicial de este Juzgado de lo Social nº 2 de Santa Cruz
de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento nº
0000269/2015 en materia de reclamación de cantidad
a instancia de D. Atilano David Cabrera Ramos, contra
Internacional Automóviles S.L., se ha dictado Auto
y Decreto con fecha 1 de septiembre de 2015, cuya
parte dispositiva es el tenor literal siguiente:
Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a
instancia de D. Atilano David Cabrera Ramos contra
Internacional Automóviles S.L., por un principal de
9.124,35 euros, más 1.450 euros de intereses provisionales y de costas provisionales.
Practíquese por la Sra. Secretaria Judicial las actuaciones previstas en los arts. 248 y ss. de la LRJS.
Se autoriza solicitar información patrimonial del
ejecutado a la Administración Tributaria.
Modo de impugnación.- Recurso de reposición en
el plazo de tres días ante este órgano, expresando la
infracción en que la resolución hubiera incurrido,
en el que podrá deducir oposición a la ejecución
aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u
otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes
de responsabilidad (art. 239.4 LRJS).
­­19240
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o
de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición,
deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en
el Banco Santander c/c 3795/0000/64/0269/15; para
el supuesto de ingreso por transferencia bancaria,
deberá realizarse la misma al siguiente número de
cuenta: IBAN ES55 0049 3569 0092 005001274.
Así se acuerda, manda y firma por Dña. Rosa María
Reyes González, Magistrado Juez del nombre órgano
de Santa Cruz de Tenerife. Doy fe.
Se decreta: Despachar la ejecución instada, contra la
empresa Internacional Automóviles S.L., por la suma
de 9.124,35 euros de principal, más la suma de 1.450
euros que se calculan provisionalmente para costas.
Así lo acuerdo y firmo Dña. Marta Ovelleiro Medina, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Social nº
2. Doy fe.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Internacional Automóviles S.L. en ignorado paradero,
expido la presente para publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia, en Santa Cruz de Tenerife, a
3 de septiembre de 2015.
La Secretaria.
EDICTO
88088157
Procedimiento: ejecución de títulos judiciales.
Nº procedimiento: 0000278/2015.
Proc. origen: Procedimiento Ordinario.
Nº proc. origen: 0000074/2014.
- Recábese información, a través del Punto Neutro
Judicial, de las bases de datos de las entidades y organismos a que este Juzgado tiene acceso y que deban
tener constancia de bienes o derechos susceptibles
de embargo, y líbrese otros despachos que resulten
necesarios a otros Organismos a fin de que remita/n a
este órgano relación de bienes y derechos de la parte
ejecutada: Internacional Automóviles S.L.
NIG: 3803844420140000545.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma.
Procurador: ---.
Modo de impugnación: contra esta resolución cabe
interponer recurso de revisión, en el plazo de tres días
ante este Juzgado, expresando la infracción en que
la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o
de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta
de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el
Banco Santander c/c 3795/0000/64/0269/15; para el
supuesto de ingreso por transferencia bancaria, deberá
realizarse la misma al siguiente número de cuenta:
IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274.
Materia: reclamación de cantidad.
IUP: TS2015027450.
Ejecutante: Antonio Manuel Cabrera Oval.
Ejecutado: Montajes Eléctricos JJ, S.A.
Abogado: ---.
D.ª Mercedes Guerrero Rodríguez, Secretario Judicial de este Juzgado de lo Social nº 2 de Santa Cruz
de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento
Ejecución n° 0000278/2015 en materia de reclamación
de cantidad a instancia de D. Antonio Manuel Cabrera
Oval contra Montajes Eléctricos JJ S.A., se ha dictado
Auto y Decreto con fecha 1 de septiembre de 2015,
cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:
Por presentado el anterior escrito de fecha 24 de
julio de 2015, únase, dese a la copia su destino legal.
Se despacha ejecución a instancia de D. Antonio
Manuel Cabrera Oval contra Montajes Eléctricos JJ
S.A., por un principal de 14.469,95 euros, más 2.315
euros de intereses y de costas provisionales.
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19241
Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la
parte ejecutante de conformidad con lo preceptuado
en el art. 276 LRJS a fin de que puedan instar la
práctica de las diligencias que a su derecho convenga
y designar bienes concretos del ejecutado/a sobre los
que continuar la ejecución, lo que deberán verificar en
el plazo de quince días bajo apercibimiento de que en
caso de no manifestar nada al respecto se procederá
a dictar la insolvencia de la ejecutada.
Modo de impugnación.- Recurso de reposición en
el plazo de tres días ante este órgano, expresando la
infracción en que la resolución hubiera incurrido,
en el que podrá deducir oposición a la ejecución
aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u
otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes
de responsabilidad (art. 239.4 LRJS).
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o
de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición,
deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en
el Banco Santander c/c 3795/0000/64/0278/15; para el
supuesto de ingreso por transferencia bancaria, deberá
realizarse la misma al siguiente número de cuenta:
IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274.
Así lo acuerda, manda y firma por Dña. Rosa María
Reyes González, Magistrado Juez del Juzgado de lo
Social nº 2 de Santa Cruz de Tenerife. Doy fe.
Se decreta despachar la ejecución instada y el
embargo de bienes y derechos de la parte ejecutada:
Montajes Eléctricos JJ S.A., en cantidad suficiente
a cubrir 14.469,95 euros en concepto de principal,
más 2.315 euros, que se presupuestan para intereses
y costas de esta ejecución, sin perjuicio de ulterior
liquidación. La empresa ejecutada ha sido declarada
insolvente por Decreto de fecha 12 de febrero de 2015,
dictada en los autos de ejecución núm. 166/14, del
Juzgado de lo Social núm. 7 de Santa Cruz de Tenerife.
Óigase al Fondo de Garantía Salarial y al ejecutante,
por plazo de quince días, para que puedan instar la
práctica de las diligencias que a su derecho convenga
y designar los bienes del deudor de que tengan constancia y con su resultado se acordará.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma.
Modo de impugnación: contra esta resolución cabe
interponer recurso de revisión, en el plazo de tres días
ante este Juzgado, expresando la infracción en que
la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o
de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta
de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el
Banco Santander c/c 3795/0000/64/0278/15; para el
supuesto de ingreso por transferencia bancaria, deberá
realizarse la misma al siguiente número de cuenta:
IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274.
Así lo acuerdo y firmo, Dña. Marta Ovelleiro Medina, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Social
nº 2. Doy fe.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Montajes Eléctricos JJ S.A. en ignorado paradero,
expido la presente para publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia, en Santa Cruz de Tenerife, a
3 de septiembre de 2015.
La Secretaria.
EDICTO
88098158
Procedimiento: ejecución de títulos judiciales.
Nº procedimiento: 0000180/2015.
Proc. origen: despidos/ceses en general.
Nº proc. origen: 0000135/2014.
NIG: 3803844420140001009.
Materia: despido disciplinario.
IUP: TS2015018179.
Ejecutante: Blanca Alicia Marrero de Dios.
­­19242
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
Ejecutado: Tohqi Europa S.L.
Abogado: ---.
Procurador: ---.
D./D.ª Mercedes Guerrero Rodríguez, Secretario
Judicial de este Juzgado de lo Social nº 2 de Santa
Cruz de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento
Ejecución nº 0000180/2015 en materia de despido
disciplinario a instancia de D./D.ª Blanca Alicia Marrero de Dios, contra Tohqi Europa S.L., por S.S.ª se
ha dictado Auto con fecha 2 de septiembre de 2015,
cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:
No ha lugar a despachar ejecución contra la entidad
Tohqi Europa S.L., sin perjuicio de poder hacer valer
su derecho la parte actora ante el órgano competente.
CÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO
88108159
Procedimiento: ejecución de títulos judiciales.
Nº procedimiento: 0000204/2015.
Proc. origen: Procedimiento Ordinario.
Nº proc. origen: 0000028/2014.
NIG: 3803844420140000204.
Materia: reclamación de cantidad.
IUP: TS2015020419.
Ejecutante: Carmelo Hipólito Hernández Díaz.
Procédase al archivo de la presente, previa anotación
en los libros de su clase.
Ejecutado: Inmobiliaria Tinerfeña S.A.U.; Fondo
de Garantía Salarial FOGASA.
Modo de impugnación.- Contra esta resolución
cabe interponer recurso de reposición en el plazo de
tres días ante este órgano, expresando la infracción
en que la resolución hubiera incurrido.
Abogado: José Enrique Hernández Hernández.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos
dependientes de ellos, intente interponer recurso de
reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros
en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este
Juzgado en el Banco Santander c/c Cuenta Corriente;
para el supuesto de ingreso por transferencia bancaria,
deberá realizarse la misma al siguiente número de
cuenta: IBAN Código Juzgado.
Así lo acuerda, manda y firma D./Dña. Rosa María
Reyes González, Magistrado Juez del Juzgado de lo
Social nº 2 de Santa Cruz de Tenerife. Doy fe.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma
a Tohqi Europa S.L. en ignorado paradero, expido
la presente para publicación en el Boletín Oficial
de la Provincia, en Santa Cruz de Tenerife, a 2 de
septiembre de 2015.
La Secretaria.
Procurador: ---.
D./D.ª Marta Ovelleiro Medina, Secretario Judicial
de este Juzgado de lo Social nº 2 de Santa Cruz de
Tenerife, hago saber: que en el procedimiento n°
0000204/2015 en materia de Reclamación de Cantidad
a instancia de D./D.ª Carmelo Hipólito Hernández
Díaz contra Inmobiliaria Tinerfeña S.A.U. y Fondo
de Garantía Salarial FOGASA, se ha dictado Auto y
decreto con fecha 07/09/2015, cuya parte dispositiva
es el tenor literal siguiente:
Parte dispositiva.
Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a
instancia de D./Dña. Carmelo Hipólito Hernández
Díaz contra Inmobiliaria Tinerfeña S.A.U. y Fondo
de Garantía Salarial FOGASA, por un principal de
3.533,02 euros, más 565,28 euros de intereses provisionales y de costas provisionales.
Se autoriza solicitar información patrimonial del
ejecutado a la Administración Tributaria.
Modo de impugnación.- Recurso de reposición en
el plazo de tres días ante este órgano, expresando la
infracción en que la resolución hubiera incurrido,
en el que podrá deducir oposición a la ejecución
aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19243
otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes
de responsabilidad (art. 239.4 LRJS).
Decreto:
Parte dispositiva.
Se dicta orden general de ejecución y se despacha
la misma contra Inmobiliaria Tinerfeña S.A.U. y
Fondo de Garantía Salarial FOGASA en cantidad
suficiente a cubrir la suma de 3.533,02 euros de
principal, más 565,28 euros para intereses y costas
que se presupuestan para intereses y costas de esta
ejecución, sin perjuicio de ulterior liquidación.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Inmobiliaria Tinerfeña S.A.U. en ignorado paradero,
expido la presente para publicación en el BOP, en
Santa Cruz de Tenerife, a 7 de septiembre de 2015.
El/la Secretario/a.
CÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO
88118160
Procedimiento: ejecución de títulos judiciales.
Nº procedimiento: 0000337/2014.
Procédase sin previo requerimiento de pago, al
embargo de bienes y derechos de la parte ejecutada
Inmobiliaria Tinerfeña S.A.U. y Fondo de Garantía
Salarial FOGASA, en cantidad suficiente para cubrir
dichas sumas.
Proc. origen: despidos/ceses en general.
Y a tal efecto, recábese información, a través del
Punto Neutro Judicial, de las bases de datos de las
entidades y organismos a que este Juzgado tiene
acceso y que deban tener constancia de bienes o
derechos susceptibles de embargo, procediéndose
desde ahora sobre los más realizables que resulten de
la consulta, guardándose el orden fijado en la Ley y
librándose los despachos que resulten necesarios para
la anotación del embargo y las retenciones dinerarias
que procedan.
Materia: despido disciplinario.
Hágase saber al deudor que puede evitar el embargo
si efectúa el pago de las cantidades reclamadas ingresándolas en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Santander
si es por transferencia al número de cuenta IBAN
ES55 0049 3569 9200 0500 1274, incluyendo en el
apartado de observaciones el número de cuenta del
Juzgado 3795 0000 64 0204 15 Ejecución de títulos
judiciales, 0000204/2015, Cuenta Corriente.
Notifíquese la presente resolución a Inmobiliaria
Tinerfeña S.A.U., Fondo de Garantía Salarial FOGASA y Carmelo Hipólito Hernández Díaz.
Nº proc. origen: 0000006/2014.
NIG: 3803844420140000035.
IUP: TS2014031995.
Ejecutante: José Manuel Fernández Martínez.
Ejecutado: Invernaderos San Isidro S.L.U.
Abogado: ---.
Procurador: ---.
D./D.ª Marta Ovelleiro Medina, Secretario Judicial
de este Juzgado de lo Social nº 2 de Santa Cruz de
Tenerife, hago saber: que en el procedimiento n°
0000337/2014 en materia de Despido disciplinario a
instancia de D./D.ª José Manuel Fernández Martínez
contra Invernaderos San Isidro S.L.U., se ha dictado
Auto y decreto con fecha 07.09.2015, cuya parte
dispositiva es el tenor literal siguiente:
Parte dispositiva.
Modo de impugnación: contra esta resolución cabe
interponer recurso de revisión, en el plazo de tres días
ante este Juzgado, expresando la infracción en que
la resolución hubiera incurrido.
Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a
instancia de D./Dña. José Manuel Fernández Martínez contra Invernaderos San Isidro S.L.U., por un
principal de 23.675,94 euros, más 3.788,13 euros de
intereses provisionales y la de costas provisionales.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.
Se autoriza solicitar información patrimonial del
ejecutado a la Administración Tributaria.
­­19244
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
Practíquense por el/la Sr. /Sra. Secretario/a Judicial
las actuaciones previstas en los art. 247 y concordantes
de la L.R.J.S.
Modo de impugnación.- Recurso de reposición en
el plazo de tres días ante este órgano, expresando la
infracción en que la resolución hubiera incurrido,
en el que podrá deducir oposición a la ejecución
aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u
otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes
de responsabilidad (art. 239.4 LRJS).
Decreto:
Parte dispositiva.
Se dicta orden general de ejecución y se despacha
la misma contra Invernaderos San Isidro S.L.U. en
cantidad suficiente a cubrir la suma de 23.675,94 euros de principal, más 3.788,13 euros para intereses y
costas que se presupuestan para intereses y costas de
esta ejecución, sin perjuicio de ulterior liquidación.
Procédase sin previo requerimiento de pago, al
embargo del bienes y derechos de la parte ejecutada
Invernaderos San Isidro S.L.U., en cantidad suficiente
para cubrir dichas sumas.
El embargo de los bienes propiedad de la ejecutada, designados por la ejecutante, en concreto: finca
27136 del Registro de la Propiedad de Granadilla,
librándose al efecto los despachos necesarios para su
efectividad y decretar hasta cubrir la cantidad total
de 27.464,07 € el embargo de cantidades pendientes
de devolución al ejecutado por parte de la AEAT, así
como de cantidades a la vista en entidades financieras
adheridas al Convenio firmado con el CGPJ, a efectuar
a través de la aplicación de Cuentas de depósitos y
consignaciones.
Hágase saber al deudor que puede evitar el embargo
si efectúa el pago de las cantidades reclamadas ingresándolas en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Santander
si es por transferencia al número de cuenta IBAN
ES55 0049 3569 9200 0500 1274, incluyendo en el
apartado de observaciones el número de cuenta del
juzgado 3795 0000 64 0337 14 Ejecución de títulos
judiciales, 0000337/2014, Cuenta Corriente.
Notifíquese la presente resolución a José Manuel
Fernández Martínez e Invernaderos San Isidro S.L.U.
Modo de impugnación: contra esta resolución cabe
interponer recurso de revisión, en el plazo de tres días
ante este Juzgado, expresando la infracción en que
la resolución hubiera incurrido.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Invernaderos San Isidro S.L.U. en ignorado paradero,
expido la presente para publicación en el BOP, en
Santa Cruz de Tenerife, a 7 de septiembre de 2015.
El/la Secretario/a.
CÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO
88128161
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales.
N° Procedimiento: 0000226/2015.
Proc. origen: Procedimiento ordinario.
N° proc. origen: 0000899/2014.
NIG: 3803844420140006650.
Materia: reclamación de cantidad.
IUP: TS2015022932.
Demandante: Rosario Ortega Salvador.
Demandado: FOGASA; Resmay S.L.
Abogado: ---.
Procurador: ---.
D./D.ª Marta Ovelleiro Medina, Secretario Judicial
de este Juzgado de lo Social n° 2 de Santa Cruz de
Tenerife, hago saber: que en el procedimiento n°
0000226/2015 en materia de reclamación de cantidad
a instancia de D./D.ª Rosario Ortega Salvador contra
FOGASA y Resmay S.L., se ha dictado Auto y decreto con fecha 29/07/2015, cuya parte dispositiva
es el tenor literal siguiente:
Parte dispositiva.
Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a
instancia de D./Dña. Rosario Ortega Salvador contra
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19245
D./Dña. FOGASA y Resmay S.L., por un principal
de 16.074,12 euros, más 2.571,85 euros de intereses
provisionales y de costas provisionales.
Se autoriza solicitar información patrimonial del
ejecutado a la Administración Tributaria.
Modo de impugnación.- Recurso de reposición en
el plazo de tres días ante este órgano, expresando la
infracción en que la resolución hubiera incurrido, en el
que podrá deducir oposición a la ejecución aduciendo
pago o cumplimiento, prescripción u otros hechos
impeditivos, extintivos o excluyentes de responsabilidad (art. 239.4 LRJS). Así se acuerda, manda
y firma por D./Dña. Rosa María Reyes González,
Magistrado Juez del nombre órgano de Santa Cruz
de Tenerife. Doy fe.
Decreto:
Parte dispositiva.
Se dicta orden general de ejecución y se despacha
la misma contra FOGASA, Jaime Hernández Rivero
y Resmay S.L., en cantidad suficiente a cubrir la
suma de 16.074,12 euros de principal, más 2.571,85
euros para intereses y costas que se presupuestan para
intereses y costas de esta ejecución, sin perjuicio de
ulterior liquidación.
Procédase sin previo requerimiento de pago, al
embargo de bienes y derechos de la parte ejecutada
FOGASA y Resmay S.L., en cantidad suficiente para
cubrir dichas sumas.
Y a tal efecto, recábese información, a través del
Punto Neutro Judicial, de las bases de datos de las
entidades y organismos a que este Juzgado tiene
acceso y que deban tener constancia de bienes o
derechos susceptibles de embargo, procediéndose
desde ahora sobre los más realizables que resulten de
la consulta, guardándose el orden fijado en la Ley y
librándose los despachos que resulten necesarios para
la anotación del embargo y las retenciones dinerarias
que procedan.
Hágase saber al deudor que puede evitar el embargo
si efectúa el pago de las cantidades reclamadas ingresándolas en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
que este Juzgado tiene abierta en la entidad Banesto,
expresando en el documento de ingreso la siguiente
clase del procedimiento y cuenta ejecución de títulos
judiciales, 0000226/2015, Cuenta Corriente.
Notifíquese la presente resolución a Rosario Ortega
Salvador, FOGASA y Resmay S.L.
Modo de impugnación: contra esta resolución cabe
interponer recurso de revisión, en el plazo de tres días
ante este Juzgado, expresando la infracción en que
la resolución hubiera incurrido.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma
a Resmay S.L., en ignorado paradero, expido la
presente para publicación en el tablón de anuncios
de este Juzgado, en Santa Cruz de Tenerife, a 7 de
septiembre de 2015.
El/la Secretario/a.
CITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL
88138162
Procedimiento: Procedimiento ordinario.
N° Procedimiento: 0000556/2015.
NIG: 3803844420150004006.
Materia: reclamación de cantidad.
IUP: TS2015022444.
Demandante: Guacimara del Pilar González Roiz.
Demandado: Aberdeen Steak House Dilema Resources S.L.
Abogado: ---.
Procurador: ---.
D./Dña. Marta Ovelleiro Medina, Secretario/a Judicial de este Juzgado de lo Social n° 2 de Santa Cruz de
Tenerife, hago saber: que en los autos seguidos bajo el
número 0000556/2015 en materia de reclamación de
cantidad a instancia de D./Dña. Guacimara del Pilar
González Roiz contra Aberdeen Steak House Dilema Resources S.L., se ha acordado citarle mediante
edicto dado su ignorado paradero, para el acto de vista
oral que tendrá lugar el próximo día 28 de octubre
de 2015 a las 9:20 horas en Avda. Tres de Mayo 24
Santa Cruz de Tenerife, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora
­­19246
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
de la Jurisdicción Social. Asimismo, se le requiere
para que concurra al acto, al efecto de contestar al
interrogatorio de preguntas de la contraparte, si así
se hubiese interesado, así como para que aporte la
documental que se indica en la demanda, cuya admisión se acordó por resolución judicial, haciéndole
saber que las copias de la misma se encuentran a su
disposición en la Secretaría de este Juzgado.
la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Asimismo,
se le requiere para que concurra al acto, al efecto de
contestar al interrogatorio de preguntas de la contraparte,
si así se hubiese interesado, así como para que aporte la
documental que se indica en la demanda, cuya admisión
se acordó por resolución judicial, haciéndole saber que
las copias de la misma se encuentran a su disposición
en la Secretaría de este Juzgado.
Y para que sirva de citación en legal forma a Aberdeen Steak House Dilema Resources S.L., en ignorado
paradero, expido la presente para su inserción en el
Boletín Oficial de la Provincia, en Santa Cruz de
Tenerife, a 7 de septiembre de 2015.
Y para que sirva de citación en legal forma a J.L.
Gandara y Cía. S.A., en ignorado paradero, expido
la presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Provincia, en Santa Cruz de Tenerife, a 11 de
agosto de 2015.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado,
salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o
se trate de emplazamiento.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado,
salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o
se trate de emplazamiento,
El/la Secretario/a Judicial.
CITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL
88148163
Procedimiento: Despidos/Ceses en general.
El/la Secretario/a Judicial.
CITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL
88158164
Procedimiento: Despidos/ceses en general.
N° Procedimiento: 0000644/2015.
N° Procedimiento: 0000612/2015.
NIG: 3803844420150004636.
NIG: 3803844420150004416.
Materia: resolución contrato.
Materia: resolución contrato.
IUP: TS2015025960.
IUP: TS2015024858.
Demandante: Francisco Javier Díaz Gómez.
Demandante: Ángel Javier Rodríguez Reyes.
Demandado: J.L. Gandara y Cía. S.A.; FOGASA.
Demandado: Agustín Izaguirre Anduaga; FOGASA.
Abogado: ---.
Abogado: ---.
Procurador: ---.
Procurador: ---.
Secretario/a Judicial de este Juzgado de lo Social n° 2
de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en los autos
seguidos bajo el número 0000644/2015 en materia de
resolución contrato a instancia de D./Dña. Francisco
Javier Díaz Gómez contra J.L. Gandara y Cía. S.A., se
ha acordado citarle mediante edicto dado su ignorado
paradero, para el acto de vista oral que tendrá lugar el
próximo día 13 de octubre de 2015, a las 11:30 horas
advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de
Secretario/a Judicial de este Juzgado de lo Social n° 2
de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en los autos
seguidos bajo el número 0000612/2015 en materia de
resolución contrato a instancia de D./Dña. Ángel Javier
Rodríguez Reyes contra D./Dña. Agustín Izaguirre
Anduaga, se ha acordado citarle mediante edicto dado
su ignorado paradero, para el acto de vista oral que
tendrá lugar el próximo día 18 de noviembre de 2015 a
las 11:30 horas en Avda. Tres de Mayo n° 24, esquina
Avda. La Salle, Santa Cruz de Tenerife advirtiéndole
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19247
de lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley
Reguladora de la Jurisdicción Social. Asimismo, se le
requiere para que concurra al acto, al efecto de contestar
al interrogatorio de preguntas de la contraparte, si así
se hubiese interesado, así como para que aporte la documental que se indica en la demanda, cuya admisión
se acordó por resolución judicial, haciéndole saber que
las copias de la misma se encuentran a su disposición
en la Secretaría de este Juzgado.
Y para que sirva de citación en legal forma a
Agustín Izaguirre Anduaga, en ignorado paradero,
expido la presente para su inserción en el Boletín
Oficial de la Provincia, en Santa Cruz de Tenerife, a
7 de septiembre de 2015.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado,
salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o
se trate de emplazamiento.
El/la Secretario/a Judicial.
CITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL
88168165
Procedimiento: Despidos/Ceses en general.
N° Procedimiento: 0000702/2015.
NIG: 3803844420150005021.
2015 a las 11:30 horas en Avda. Tres de Mayo n°
24, esquina Avda. La Salle, Santa Cruz de Tenerife,
advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos 82.2 y
83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
Asimismo, se le requiere para que concurra al acto,
al efecto de contestar al interrogatorio de preguntas
de la contraparte, si así se hubiese interesado, así
como para que aporte la documental que se indica en
la demanda, cuya admisión se acordó por resolución
judicial, haciéndole saber que las copias de la misma
se encuentran a su disposición en la Secretaría de
este Juzgado.
Y para que sirva de citación en legal forma a
Encofrados y Estructuras Galvo S.L., en ignorado
paradero, expido la presente para su inserción en
el Boletín Oficial de la Provincia, en Santa Cruz de
Tenerife, a 7 de septiembre de 2015.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado,
salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o
se trate de emplazamiento.
El/la Secretario/a Judicial.
CÉDULA NOTIFICACIÓN
PROVIDENCIA, DILIGENCIAS
88178166
Procedimiento: Procedimiento ordinario.
Materia: resolución contrato.
N° Procedimiento: 0000078/2015.
IUP: TS2015027366.
NIG: 3803844420150000549.
Demandante: Jesús Adrián Cruz.
Materia: reclamación de cantidad.
Demandado: Encofrados y Estructuras Galvo S.L.;
FOGASA.
Abogado: ---.
Procurador: ---.
Secretario/a Judicial de este Juzgado de lo Social
n° 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en
los autos seguidos bajo el número 0000702/2015 en
materia de resolución contrato a instancia de D./Dña.
Jesús Adrián Cruz contra Encofrados y Estructuras
Galvo S.L., se ha acordado citarle mediante edicto
dado su ignorado paradero, para el acto de vista oral
que tendrá lugar el próximo día 1 de diciembre de
IUP: TS2015002238.
Demandante: Santiago Manuel González Alonso.
Demandado: Teusad S.L.; Ángel Carmona Calderón; FOGASA.
Abogado: ---.
Procurador: ---.
D./D.ª Marta Ovelleiro Medina, Secretario Judicial
de este Juzgado de lo Social n° 2 de Santa Cruz de
Tenerife, hago saber: que en el procedimiento n°
0000078/2015 en materia de reclamación de canti-
­­19248
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
dad a instancia de D./D.ª Santiago Manuel González
Alonso, contra Teusad S.L., Ángel Carmona Calderón
y FOGASA, por S.S.ª y por la Secretaria Judicial,
se ha dictado providencia y diligencia con fecha de
8/04/2015 y diligencia de fecha 25/06/2015, cuya
parte dispositiva es el tenor literal siguiente:
Providencia 8/04/2015: “Dada cuenta. Presentado el
anterior escrito por la Letrada Dña. Margarita Suárez
Delgado, en nombre de la parte actora, únase a los
autos de su razón. Se tienen por hechas las manifestaciones en él contenidas y se insta a la parte actora
para que a la mayor brevedad informe al juzgado
sobre la sentencia que se dicte en el proceso 78/2015
seguido ante el Juzgado Social número 7, atendida
la conexión que existe con el presente en cuanto a la
existencia de vínculo laboral con las demandadas,
base en la que fundamenta su reclamación en los
presentes autos.
“Diligencia 8/04/2015: “Por recibida la anterior
comunicación del Colegio de Abogados, informando
a este Juzgado que el demandado D. Ángel Carmona
Calderón no ha comparecido para formalizar la solicitud de Asistencia Jurídica Gratuita, únase a los autos
de su razón y póngase en conocimiento del demandado
para que manifieste lo que a su derecho convenga.
“Diligencia 25/06/2015: “recibido el anterior Exhorto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n°1
del Puerto de la Cruz, conteniendo la notificación de
la Providencia de fecha 8/04/2015, copia del escrito
n°1352/15, D. Ordenación 8/04/2015 y comunicación
del ICATF de las partes demandadas ICATF, TEUSAD S.L. y a D. Ángel Carmona Calderón, conforme
a lo previsto en el artículo 59 LRJS y 156 LEC, procédase a averiguar el domicilio del demandado por
medio de consulta telemática en el Registro Mercantil
Central y Punto Neutro del Consejo General del Poder General, y, dando la averiguación resultado, que
consta en las actuaciones, requiérase a la parte actora,
a fin de que en el plazo de cuatro días aporte nuevo
domicilio de la demandada o CIF o DNI de la misma
a fin de proceder a una nueva averiguación. Remítase
Exhorto al Juzgado Decano del Puerto de la Cruz a
fin de proceder a la notificación de la documentación
arriba indicada, aportando la dirección que consta en
dicha averiguación, esta es C/ Calzada Martiánez 7,
Puerto de la Cruz. Asimismo si el exhorto anterior
tuviera resultado negativo, el acto de comunicación
se practicará según lo establecido en el art. 59.2 de
la LJS.” Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este Juz-
gado. Y para que sirva de notificación en legal forma a
Teusad S.L. y Ángel Carmona Calderón, en ignorado
paradero, expido la presente para publicación en el
tablón de anuncios de este Juzgado, en Santa Cruz
de Tenerife, a 7 de septiembre de 2015.
El/la Secretario/a.
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 7
DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
CITACIÓN COMPARECENCIA
ART. 280 LRJS
88188252
Procedimiento: ejecución de títulos judiciales.
Nº procedimiento: 0000200/2015.
Proc. origen: despidos/ceses en general.
Nº proc. origen: 0000090/2015.
NIG: 3803844420150000631.
Materia: resolución contrato.
IUP: TS2015027351.
Ejecutante: María Josefa Brito Rodríguez.
Ejecutado: Montserrat Sánchez Castro; Anthony
Hans.
FOGASA: Fondo de Garantía Salarial.
Abogado: ---.
Procurador: ---.
Doña Belén Ruiz Ferrer, Secretario Judicial de este
Juzgado de lo Social nº 7 de Santa Cruz de Tenerife,
hago saber: que en los autos de referencia Ejecución de
títulos judiciales nº 200/2015, seguidos a instancia del
ejecutante doña María Josefa Brito Rodríguez, contra
el ejecutado Montserrat Sánchez Castro y Anthony
Hans, por la presente se ha acordado citarle mediante
edicto dado su ignorado paradero, para la comparecencia sobre la no readmisión o readmisión irregular
que tendrá lugar el próximo día 6 de octubre de 2015
a las 9:20 horas de su mañana en la Sala de Vistas de
este Juzgado sita en calle Leoncio Rodríguez, Edf.
El Cabo, 4ª planta, Santa Cruz de Tenerife, con la
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19249
advertencia de que debe concurrir con las pruebas
de que intente valerse y que versen sobre los hechos
de la no readmisión o readmisión irregular alegada.
Asimismo, se le advierte que el acto se celebrará no
obstante su incomparecencia.
Y para que sirva de citación en legal forma a Montserrat Sánchez Castro, con DNI número 36108962C y
Anthony Hans, con NIE X2043287J, en ignorado
paradero, expido la presente para su inserción en
el Boletín Oficial de la Provincia, en Santa Cruz de
Tenerife, a 10 de septiembre de 2015.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado,
salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o
se trate de emplazamiento.
La Secretaria.
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 4 DE
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
CITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL
88198191
Procedimiento: Procedimiento ordinario.
Nº procedimiento: 0000301/2014.
NIG: 3501644420140003034.
Materia: reclamación de cantidad.
IUP: LS2014014299.
Demandante: Ángel Camacho Felipe.
Demandado: Obras Marítimas Soluciones Submarinas, S.L.; Pedro M. Ortiz Hernández.
Submarinas, S.L. y Pedro M. Ortiz Hernández, se ha
acordado citarle mediante edicto dado su ignorado
paradero, para el acto de vista oral que tendrá lugar el
próximo día 19/07/16 a las 10:40 horas, advirtiéndole
de lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley
Reguladora de la Jurisdicción Social. Asimismo, se le
requiere para que concurra al acto, al efecto de contestar al interrogatorio de preguntas de la contraparte,
si así se hubiese interesado, así como para que aporte
la documental que se indica en la demanda, cuya admisión se acordó por resolución judicial, haciéndole
saber que las copias de la misma se encuentran a su
disposición en la Secretaría de este Juzgado.
Y para que sirva de citación en legal forma a Obras
Marítimas Soluciones Submarinas, S.L. y Pedro M.
Ortiz Hernández, en ignorado paradero, expido la
presente para su inserción en el Boletín Oficial de la
Provincia de Santa Cruz de Tenerife, en Las Palmas
de Gran Canaria, a 11 de septiembre de 2015.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado,
salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o
se trate de emplazamiento.
El/la Secretario/a Judicial, Inés Herrera Cubas.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
E INSTRUCCIÓN N° 3 DE GÜÍMAR
EDICTO
88208198
Procedimiento: Expediente de dominio. Inmatriculación.
N° Procedimiento: 0000342/2014.
NIG: 3802041120140001535.
Interesado: BOP.
Materia: sin especificar.
Abogado: Domingo Tarajano Mesa.
IUP: IR2014009522.
Procurador: ---.
D./Dña. Inés Herrera Cubas, Secretario/a Judicial
de este Juzgado de lo Social n° 4 de Las Palmas de
Gran Canaria, hago saber: que en los autos seguidos
bajo el número 0000301/2014 en materia de reclamación de cantidad a instancia de D./Dña. Ángel
Camacho Felipe contra Obras Marítimas Soluciones
Demandante: Basilia Candelaria Rodríguez Flores;
Juana Rodríguez Flores.
Abogado: Luis Javier González Delgado; Luis
Javier González Delgado.
Procurador. Paula Álvarez Pérez; Paula Álvarez
Pérez.
­­19250
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015
Dña. María Dolores Rojas Morales, Secretario/a
Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n° 3 de Güímar.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue el procedimiento Expediente de dominio. Inmatriculación,
342/2014 a instancia de Dña. Basilia Candelaria
Rodríguez Flores y Dña. Juana Rodríguez Flores,
expediente de dominio para la inmatriculación de
las siguientes fincas:
1ª) Finca urbana.- En el término municipal de
Fasnia, donde conocen por “La Zarza”. en calle Las
Vistas 33, con una cabida de ciento cincuenta y dos
metros cuadrados y existiendo en ella una construcción
de setenta y nueve metros cuadrados. Linda al frente
o sur, con calle de su situación, al fondo o norte con
terreno de Doña Basilia y Doña Juana Rodríguez
Flores, a la derecha o este entrando con terreno de
Doña Basilia y Doña Juana Rodríguez Flores y a la
izquierda entrando u oeste, con parcela sita en calle
Las Vistas 31.
Valor: 41.855 euros.
Referencia catastral: 7341216CS5274S0001HL.
2ª) Finca urbana.- En el término municipal de
Fasnia, donde conocen por “La Zarza”, en calle Las
Vistas 37, con una cabida de ciento setenta y dos
metros cuadrados. En la que existe una construcción
de treinta y tres metros cuadrados. Linda al frente o
sur, con calle de su situación, al fondo o norte con
parcela catastral 23 de rústica del polígono 13, a la
derecha o este, entrando con terreno sito en la calle
Las Vistas 39 y a la izquierda entrando u oeste, con
terreno sito en calle Las Vistas 33 propiedad de Doña
Basilia y Doña Juana Rodríguez Flores.
Valor: 58.678 euros.
Referencia catastral: 7341215CS5274S0001UL.
Por el presente y en virtud de lo acordado en
providencia de esta fecha se convoca a las personas
ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción
solicitada para que en el término de los diez días
siguientes a la publicación de este edicto puedan
comparecer en el expediente alegando lo que a su
derecho convenga.
En Güímar, a 2 de marzo de 2015.
La Secretaria.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E
INSTRUCCIÓN Nº 4 DE LA OROTAVA
EDICTO
88218200
Procedimiento: Expediente de Dominio. Reanudación del Tracto.
N° procedimiento: 0000079/2015.
NIG: 3802641120150000491.
Materia: sin especificar.
IUP: FR2015002927.
Demandante: José Carballo Marrero.
Abogado: ---.
Procurador: María del Pilar González-Casanova
Rodríguez.
D./Dña. Antonia María Cáceres Pérez, Secretario/a
Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
n° 4 de La Orotava.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue el procedimiento Tipo procedimiento n° 79/2015 a instancia
de D./Dña. José Carballo Marrero, expediente de dominio para la inmatriculación de las siguientes fincas:
“Rústica.- Radicante en este término municipal y
punto que dicen Cruz de Tea, con cabida aproximada
de trece áreas once centiáreas, hoy según reciente
medición, dos mil doscientos cuarenta y cinco metros
cuadrados (2.245 m2), lindando: por el naciente, con
propiedad de Doña Elvira Govez; por el poniente,
con la de Don Sebastián Luis Pacheco; por el norte,
con la de Concepción Machado; y por el sur, con la
de Miguel González”.
Referencia catastral 38026 A028001870000ER.
Inscripción registral: finca de La Orotava 4673,
obrante al folio 200 vuelto, libro 106, tomo 288 del
archivo.”
Por el presente y en virtud de lo acordado en
providencia de esta fecha se convoca a las personas
ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción
solicitada para que en el término de los diez días
siguientes a la publicación de este edicto puedan
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015­19251
comparecer en el expediente alegando lo que a su
derecho convenga.
Así mismo se cita a:
Herederos de Doña Gloria Delgado Luis.
Herederos de Don Miguel Delgado Luis.
Herederos de Don Patrocinio Delgado Luis.
Herederos de Doña Adelaida Delgado Luis.
Herederos de Don Epifanio Delgado Luis.
Para que dentro del término anteriormente expresado
pueda comparecer en el expediente alegando lo que
a su derecha convenga.
V. ANUNCIOS PARTICULARES
COMUNIDAD DE AGUAS “SAN NICOLÁS”
Puerto de la Cruz
EXTRAVÍO
88228189
Habiéndose extraviado la certificación número:
722 de esta Comunidad que figura a nombre de Don
Sixto Trujillo García, se hace público que si en el
plazo de diez días no se presenta reclamación alguna,
esta quedará nula y sin efecto.
En La Orotava, a 22 de julio de 2015.
Puerto de la Cruz, a 31 de agosto de 2015.
El/la Secretario/a.
Tesorero, Luis Sixto Albelo Hernández.
BOLETÍN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
Franqueo
Concertado
38/5
GOBIERNO DE CANARIAS
DEPÓSITO LEGAL: T.F. 1/1958
Año XC
Miércoles, 23 de septiembre de 2015
Número 121