Reitera disposición sobre Uso del Tricornio en las tenidas

A la cuadra del Puerto de Antofagasta, a 15 días del mes de Septiembre del 2015.
Honorables Hermanos Mayores
Distinguidos Consejeros de los XV
Insignes Capitanes de Naos
Nobles Hermanos
B A N D O Nº 7– 2015 - Reitera disposición sobre Uso del Tricornio en las tenidas
VISTOS:
Que, se ha apreciado un cierto desorden y relajo en el cumplimiento de las disposiciones de las Ordenanzas
y Protocolos respecto de las tenidas reconocidas formalmente por la Hermandad de la Costa de Chile.
Que, dicho relajo es muy notorio en el uso del Tricornio en Zafarranchos y ceremonias oficiales y formales
de la Cofradía.
Que, es cierto que las costumbres de otras hermandades son diferentes a las de la Hermandad de la Costa
de Chile.
Que, la Asamblea Nacional de Capitanes no introdujo modificaciones al artículo 60 de las citadas
Ordenanzas y Protocolos relativas a las tenidas.
SE REITERA,
A los Hermanos Capitanes de Nao que las tripulaciones a su cargo, deben dar estricto cumplimiento a lo
consignado en el artículo 60 antes referido, donde queda meridianamente claro quiénes y en qué
circunstancias pueden hacer uso del Tricornio.
Se comprende que habrá ex Capitanes y ex Oficiales Nacionales o de Naos que lo adquirieron durante las
singladuras en que les tocó ejercer el mando de sus Naos, sin embargo, el artículo de las OO y PP
mencionado no les autoriza para seguir utilizándolos en zafarranchos o eventos oficiales de la
Hermandad.
Luis “Mc-Giver” Pellegrini
Capitán Nacional
Hermandad de la Costa de Chile
Vista nuestra página web: www.hermandaddelacosta.cl