MANUAL DE CONVIVENCIA

CENTRO DE CAPACITACION
COMBARRANQUILLA
MANUAL DE
CONVIVENCIA
CONTENIDO
Página
JUSTIFICACION
3
CAPITULO I: LA INSTITUCION
4-7
CAPITULO II: LOS ESTUDIANTES
8-16
CAPITULO III: PROCESOS DE LA FORMACION ACADEMICA
17-38
CAPITULO IV: ASPECTOS DISCIPLINARIOS
39-45
CAPITULO V: ASPECTOS RELACIONADOS CON EL PERSONAL
DIRECTIVO Y DOCENTE (CARACTERISTICAS, DERECHOS,
DEBERES Y ESTIMULOS).
46-49
CAPITULO VI: SERVICIOS OFRECIDOS POR EL CENTRO DE
CAPACITACIÓN COMBARRANQUILLA Y EL REGLAMENTO
PARA EL USO DE LOS MISMOS.
50-55
CAPITULO VII: DISPOSICIONES GENERALES
56
JUSTIFICACION
Para esta Comunidad Educativa es de vital importancia la aplicación de este manual
que es acorde con la orientación Constitucional y Filosófica de nuestra Institución. Los
objetivos del proceso de enseñanza-aprendizaje se fundan en la necesidad de practicar
los derechos y deberes que le corresponden a cada uno de los integrantes de la
Comunidad Educativa con el fin de construir juntos una convivencia social justa,
pacifica, respetuosa, democrática, y sobre todo formativa de ciudadanos integrales,
seres transformadores, competentes, responsables, altruistas, comprometidos con la
sociedad de acuerdo con los fundamentos y lineamientos pedagógicos para la
administración de los estudiantes mediante su gobierno escolar.
Todo grupo humano que comparte un objetivo común requiere un conjunto de reglas y
criterios que sean conocidos por todos y cada uno de los miembros que lo conforman.
Es por ello que la institución ha construido con el aporte de toda la Comunidad
Educativa el presente Manual de Convivencia, como guía de acciones formativas,
encaminadas al fortalecimiento de la calidad de vida de cada uno de los miembros que
la conforman.
Este Manual de Convivencia ha sido elaborado teniendo en cuenta las disposiciones
legales vigentes y aprobadas por unanimidad por los distintos representantes del
Consejo Directivo y está sujeto a modificaciones que sean necesarias para la buena
marcha de la institución. Tiene como finalidad orientar y regular las relaciones
interpersonales entre los actores de la Comunidad Educativa, busca crear y fomentar
una conciencia de solidaridad, armonía y sentido de pertenencia que propicie la buena
marcha de la institución, persigue que los educandos adquieran conocimiento de su
identidad cultural mediante el buen uso del vocabulario y normas de comportamientos
aplicables para todo los estamentos educativos, quienes al momento de firmar su
inscripción y posterior admisión, se entiende que han aceptado y están dispuestos a
cumplirlo mientras tengan la calidad de estudiante de este Centro.
CAPITULO I
LA INSTITUCION
Art.1 DEFINICIÓN: EL CENTRO DE CAPACITACIÓN COMBARRANQUILLA
es una institución de carácter privado constituido legalmente como entidad educativa
desde 1997 mediante Resolución No 000354 de 1997, emanada de la Secretaria de
Educación Distrital que imparte programas de Educación para el Trabajo y el
Desarrollo Humano a nivel técnico laboral según el Decreto No 4904 de 2009, la ley
1064 del 2006, el decreto 2020 del 2006.
Art.2 Su Representante legal es ERNESTO HERRERA DIAZGRANADOS, su
Director es SANDRA MILENA PAEZ GONZALEZ.
Art.3 UBICACIÓN: EL CENTRO DE CAPACITACIÓN COMBARRANQUILLA.
Está ubicado en la siguiente dirección y sede:
 Barranquilla (Atlántico): Carrera 43 No. 63B-107 TEL: 3718900
Art. 4 PLAN DE ESTUDIO VIGENTE, AUTORIZADO POR LA SECRETARÍA
DE EDUCACIÓN DISTRITAL:
PROGRAMA TECNICO LABORAL POR
COMPETENCIAS
RESOLUCION DE
APROBACION
SECRETARIA DE EDUCACION
Técnico en Cocina
260 del 23/01/2013
Técnico en Almacenamiento y Bodegaje
260 del 23/01/2013
Técnico en Contact Center
3814 del 25/06/2012
Técnico en Auxiliar Contable y Financiero
261 del 23/01/2013
Técnico en Auxiliar de Aduanas
261 del 23/01/2013
Técnico en Agente de Viajes y Turismo
261 del 23/01/2013
Técnico en Mesa y Bar
2304 del 30/07/2011
Técnico en Belleza
260 del 23/01/2013
Art. 5 FILOSOFIA INSTITUCIONAL
El pensamiento filosófico y humanístico, está centrado en la formación de personas
autónomas con conciencia moral y sentido trascendente, sensibles, conocedores y
partícipes de la realidad social capaces de transformarla, ubicándose frente a unas
circunstancias que son inherentes a su misma naturaleza y en consecuencia el espíritu
filosófico que lo ilumina y orienta, apunta hacia el desarrollo emocional equilibrado
con proyección a esta sociedad, mediante el conocimiento y aplicación de los derechos,
principios y valores como la vida, la libertad, la ética, la moral, la justicia, el respeto, la
solidaridad, el orden, la tolerancia, la comunicación, la creatividad, la competitividad, la
eficacia, la excelencia , amor , honestidad, responsabilidad, dentro de los cánones del
comportamiento social y político, exigidos para el hombre del presente y del futuro, es
decir con orientación democrática, participativa, y solidaria en donde se respete la
diversidad de pensamientos políticos, culturales, científicos y tecnológicos, formando
entonces estudiantes idóneos con gran sentido de pertenencia participativa en la
construcción de conocimientos, para convertirlos en potenciadores en la observación
real de la convivencia, ya que cualquier campo del conocimiento humano para que
tenga sentido, debe ir dirigido hacia el perfeccionamiento, bienestar y calidad de la vida,
buscando el desarrollo humano en los aspectos físicos, mentales, sociales, espirituales,
para lograr que el estudiante proyecte en la vida su racionalidad de ser libre y
responsable mediante decisiones inteligentes. Se hace necesario trazar unos principios
que lleven este programa entre los estudiantes y que se sintetizan en los conceptos de
conciencia, participación, integración y libertad.
 Conciencia: Despertar la conciencia del educando es hacerlo sentirse así mismo,
descubrirse como persona en sus relaciones, en la comunidad, en el mundo, es
producir a plena capacidad. Es realizar plenamente el plan de Dios en cada uno,
es descubrir al otro como una realidad con la cual debe comunicarse y vivir. Es
actuar con una reflexión crítica sobre la propia conciencia.
 Participación: Participar es compartir con los demás, a quienes hemos
descubierto en nuestro diario vivir; participar es aplicar a nuestra
concientización al mundo que nos rodea. La participación del estudiante en el
proceso educativo, dará la garantía de la construcción conjunta de la
comunidad educativa. La participación depende en gran parte de las actividades
que se organicen en las cuales se proyecten las capacidades creativas de los
estudiantes.
 Integración: Integrar al estudiante es llevarlo a sentirse parte decisiva de las
situaciones, en el proceso educativo, en las relaciones con las demás personas,
en la marcha de la institución. Es llevar al estudiante a que viva “Su
Corporación. “Un estudiante integrado a la vida comunitaria, altamente
productivo, no se sentirá aislado, comunicará riqueza personal a los otros;
integrar al estudiante es canalizar la disciplina de una manera constructiva”.
 Libertad: El concepto de libertad es uno de los más difíciles de definir, de
aplicar y formar en el hombre. La libertad pretendida es la que estimula en el
estudiante una actitud responsable ante la vida, una decisión consciente, una
conducta razonada en todo momento. Libertad es sinónimo de autonomía.
Formar
al educando en la libertad de educarlos en la capacidad de auto
determinación, de sentirse responsable así mismo, ante la comunidad educativa,
es formarlos interiormente.
Estos cuatro conceptos permitirán un diálogo del educando con lo que lo rodea. La
acción educativa de EL CENTRO DE CAPACITACIÓN COMBARRANQUILLA se
ejercerá a través de sus directivas y del cuerpo de docentes, mediante la profundización
y aplicación de estos cuatro conceptos.
Del mismo modo el desarrollo institucional se guiará por los siguientes VALORES:
 Gestionamos con Efectividad
o Proactividad y oportunidad
o Eficacia
o eficiencia
 Excelencia en el Servicio
o Competencias
o Recursos
o Empatía y valor agregado
o Fidelización de clientes
o Mejoramiento continuo y mejores practicas
 Pasión por lo que hacemos
o Actitud positiva
o Dar y recibir
o Convicción con flexibilidad
 Trascendemos en lo social
o Equidad
o Sinergias corporativas
o Impacto social
 Construimos Relaciones con Respeto
o Dignidad
o Ejercicio de autoridad
o Compromiso medio ambiental
o Buen trato
o Cumplimiento legal
Art. 6 OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
 Generar valor a través de la oferta de servicios educativos pertinentes,
garantizando la satisfacción de las necesidades y expectativas de los clientes.
 Formar estudiantes integrales con altos estándares de calidad para desempeñarse
competentemente en el sector productivo.
 Responder a las necesidades del sector productivo a fin de establecer sinergias
que faciliten la empleabilidad de nuestros egresados.
Art. 7 MISIÓN:
Desarrollar formación técnica integral y servicios de capacitación que faciliten los
procesos de articulación e inserción laboral, apoyados por un equipo humano
calificado, con herramientas y ambientes de aprendizajes óptimos, dentro del marco del
sistema de compensación familiar.
Art. 8 VISIÓN:
En el 2020 el Centro de Capacitación Combarranquilla será reconocido por la calidad de
los programas técnicos y de capacitación ofrecidos, y como aliado estratégico del sector
productivo en sus procesos de formación del talento humano.
Art. 9 FUNCIONES DE NUESTRA ORGANIZACIÓN
Consejo Directivo: Líderes en el proceso de orientación y direccionamiento de la
institución. Está conformado por el Director, Jefe de Educación, Gerente de Servicios y
Coordinadora de Bibliotecas de la Caja de Compensación Combarranquilla. Según el
cado se puede invitar un representante del sector productivo.
Consejo Académico: Es el órgano de mayor jerarquía en el ámbito académico. Está
conformado por el Jefe de Educación, Ejecutivo Sénior de Educación (Coordinador de
Formación), Docentes, Representantes Estudiantiles y Egresados (en el caso de que se
considere necesario según agenda de reunión).
Dirección: Lidera el mejoramiento continuo en todos los procesos de la institución,
basados en el cumplimiento de la misión y visión de la misma.
Ejecutivo Sénior de Educación (Coordinación de Formación): Lidera y apoya el
mejoramiento continuo de todos los procesos académicos, garantizando calidad en la
formación de nuestros estudiantes y docentes.
Asesoría Comercial: Es el área que asesora e informa a todas las personas interesadas
en inscribirse a los diferentes servicios que ofrece nuestra institución.
Asesoría de Atención al Cliente: Es el área responsable del servicio y la atención al
cliente, manejo de la información y la documentación en general de nuestra institución.
Docente: Es la persona que con un dominio técnico y pedagógico orienta y facilita el
logro de los objetivos de formación propuestos al estudiante.
Art. 10 COSTOS EDUCATIVOS.
De acuerdo con el plan de trabajo, EL CENTRO DE CAPACITACIÓN
COMBARRANQUILLA cada año fija costos educativos, previo acuerdo con la
Secretaria de Educación Distrital; el estudiante deberá cancelar el valor establecido
según el programa en el que se encuentre matriculado o aspire a matricularse, sea
Técnico ó de Conocimientos Académicos, en cuotas pactadas hasta alcanzar el monto
proyectado.
Art. 11 REQUISITOS DE INGRESO EN PROGRAMAS TÉCNICOS:





Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía o Tarjeta de identidad
Título de Bachiller o Certificado de Aprobación de Noveno Grado.
1 foto 3x4
Contrato de pago (no aplica para estudiantes en convenio o becados)
Recibo de pago del semestre o de la cuota inicial (no aplica para estudiantes en
convenio o becados)
CAPITULO II
LOS ESTUDIANTES
DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES Y
DISTINCIONES
Art. 12 CONCEPTO. Estudiante es la persona cuya matrícula está vigente para uno o
varios módulos, durante el período académico en curso, una vez haya realizado su
oficialización en la institución.
Art. 13 CALIDAD DEL ESTUDIANTE EN EL CENTRO DE CAPACITACION
COMBARRANQUILLA.
La permanencia del estudiante en el Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA
en los módulos de cada período y durante el desarrollo del programa escogido, se
fundamenta en el cumplimiento de los siguientes requisitos:
1. Rendimiento académico acorde con los términos de calidad establecidos por la
institución.
2. Cumplimiento de los principios éticos y morales definidos como propios de la vida
institucional.
3. Cumplimiento de los compromisos económicos, académicos y administrativos de la
institución.
4. Cumplimiento con lo establecido en este manual con respecto a la asistencia y
puntualidad a clases.
5. Cumplimiento con todos los procedimientos internos y procesos que la institución
requiere para su organización, funcionamiento y desarrollo integral humano en los
niveles académicos y administrativos.
PARÁGRAFO UNICO
El estudiante no logra estos niveles de calidad por las siguientes razones:
a) Cuando No Apruebe un módulo de formación del programa en el que se encuentra
matriculado.
b) Al cancelarse el Contrato Educativo por incumplimiento de las normas
reglamentarias, económicas, académicas, sanción, retiro, aplazamiento, inasistencia y/o
similares.
c) Por motivos graves de salud o previo dictamen médico que considere inconveniente
su permanencia en la institución por enfermedades que le impidan la convivencia en
comunidad.
d) Cuando el promedio de inasistencia a clases alcance o supere a lo señalado en el
presente manual.
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
Art. 14. DEFINICIÓN DE DERECHOS. El derecho es la potestad que tiene el
Estudiante de gozar de libertades y oportunidades sin exclusión por razones de género,
raza, origen familiar, discapacidad, nacionalidad, lengua, religión, opinión política o
filosófica. Principalmente todas las personas tienen derecho a la educación y al
desarrollo de su personalidad, garantizando a su vez, su desarrollo armónico e integral.
Son derechos del estudiante del Centro de Capacitación de COMBARRANQUILLA:
1. Recibir una formación integral acorde con el programa a desarrollar y al crecimiento
y desarrollo armónico de sus dimensiones humanas.
2. Recibir un proceso de inducción sobre la naturaleza de la formación, la estructura,
organización y funcionamiento del Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA, su
itinerario de formación, perfil ocupacional y el presente Manual de Convivencia.
3. Disponer en el Centro de Capacitación de los recursos físicos, didácticos, técnicos,
tecnológicos y bibliográficos requeridos para su proceso de formación, utilizar las
instalaciones y la dotación del centro de Capacitación o de otros ambientes educativos
donde la entidad desarrolle programas de formación, de acuerdo con la reglamentación
respectiva.
4. Recibir un carné de identificación que lo acredite como estudiante del Centro de
Capacitación de COMBARRANQUILLA.
5. Disfrutar de los beneficios del Programa de Bienestar Estudiantil, orientados al
desarrollo integral.
6. Recibir por parte de la comunidad educativa orientación académica y actitudinal que
estimule el desarrollo personal y promueva la convivencia social.
7. Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de los directivos,
docentes y personal administrativo, ante las dificultades que se puedan presentar en su
proceso de formación.
8. Exigir alto nivel académico, estrategias y metodologías basadas en la construcción
interactiva del conocimiento y participar objetivamente en el mejoramiento continuo de
docentes a través de los procesos de evaluación.
9. Recibir la certificación que le corresponda, una vez aprobado en forma satisfactoria el
programa de formación.
10. Ser evaluado objetiva e integralmente, con base en los criterios de evaluación
establecida y a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes, los resultados de
las evaluaciones, así como las diferentes novedades académicas, cuando estas
ocurrieren, tales como amonestación, sanción, suspensión o cancelación del registro de
matrícula.
11. Solicitar, de manera respetuosa, la revisión de las evaluaciones correspondientes, si
considera que el resultado no es objetivo, siguiendo el procedimiento establecido en este
Reglamento.
12. Recibir información acerca de las diferentes modalidades para desarrollar la etapa
productiva del programa de formación.
13. Recibir, por parte del Centro de Capacitación, asesoría académica e integral durante
el proceso de formación.
14. Recibir protección, trato digno, respetuoso y de diálogo por parte de los directivos,
docentes y empleados del Centro de Capacitación.
15. Expresar con libertad su pensamiento, conocimiento e ideas en el marco del respeto
hacia los demás, utilizando los medios de comunicación que el Centro de Capacitación
tiene disponibles.
16. A elegir y ser elegido para los diferentes organismos de participación estudiantil que
existen en el Centro de Capacitación y a participar en las diferentes actividades, siempre
y cuando, reúna los requisitos exigidos.
17. A conocer las observaciones en caso de ser sindicado por faltas disciplinarias o de
conducta por parte de los docentes y/o coordinadores. Tendrá derecho a ser escuchado,
a su defensa y a la asistencia del Representante Estudiantil durante la investigación; así
mismo a presentar pruebas y a controvertir las que se aleguen en su contra.
PARAGRAFO UNICO
Debido proceso: Nadie podrá ser sancionado por un hecho que no esté previsto como
falta grave y muy grave por este manual, ni ser sometido a cualquier medida
incriminatoria, sino conformes a leyes preexistentes al acto que se le imputa,
observando las normas legales previstas y si de la conducta realizada o no realizada se
desprende un delito o contravención sancionado por la ley penal, inmediatamente se
pondrá a disposición de la autoridad penal competente y será responsable a título
personal de todo tipo de responsabilidad civil o administrativa que se deriven de tal
conducta, conforme a las leyes preexistentes.
Para que una conducta sea sancionada se requiere que esté definida de manera
inequívoco cada clase de falta y su medida de reconvención y sanción correctiva, la cual
debe lesionar o poner en peligro, sin justa causa, la armonía convivencial de la
institución y el orden jurídico tutelado por la ley.
18. Disfrutar del descanso, del deporte y de las distintas formas de recreación en los
tiempos y lugares previstos para ello.
19. Recibir reconocimientos públicos cuando se haga merecedor (a) ellos y a que sean
valoradas sus actuaciones sobresalientes a nivel deportivo, académico, cultural y dentro
y fuera del Instituto, la ciudad, y/o el país.
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES:
Art. 15 Se entiende por deber, la obligación legal, social y moral que compromete a la
persona a cumplir con determinada actuación, asumiendo con responsabilidad todos sus
actos, para propiciar la armonía, el respeto, la integración, el bienestar común, la sana
convivencia, el servicio a los demás, la seguridad de las personas y de los bienes de la
institución.
Son DEBERES del estudiante del Centro de Capacitación de COMBARRANQUILLA:
1. Cumplir con todas las actividades propias de su proceso de aprendizaje o del plan de
mejoramiento, definidas durante su etapa lectiva y productiva.
2. Asistir puntualmente a clases y actividades programadas por la institución.
3. Adquirir los textos, elementos y útiles necesarios para el logro de los objetivos
institucionales formativos y educativos de la institución.
4. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.
5. Verificar en el sistema que sus datos básicos, se encuentren totalmente diligenciados
y/o actualizarlos de acuerdo con el trámite administrativo correspondiente.
6. Acoger los horarios y la programación académica establecida por el Centro de
Capacitación.
7. Participar en las actividades complementarias o de profundización, relacionadas con
el programa de formación, con el fin de gestionar su proceso de aprendizaje.
8. Realizar oportunamente a la Coordinación Académica, las solicitudes por escrito,
sobre novedades tales como: Traslados, Aplazamiento, Retiro voluntario y Reintegro,
que presente durante el proceso de aprendizaje, utilizando medios virtuales y/o físicos.
9. Si el trámite para la consecución de contrato de aprendizaje o de otra de las
alternativas para el desarrollo de la etapa productiva, es realizado directamente por el
estudiante, éste deberá informar inmediatamente cuando esto ocurra, a los responsables
de apoyar este proceso en el Centro de Capacitación.
10. Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación del
ambiente sano, vinculándose, apoyando y/o colaborando en las acciones que adelante el
Centro de Capacitación.
11. Acatar las decisiones contempladas en el Manual de Convivencia.
12. Asumir con responsabilidad su participación en las actividades programadas como
salidas, pasantías técnicas así como en las demás de carácter lúdico - pedagógico.
13. Hacer uso apropiado de los ambientes de aprendizaje (infraestructura, equipos,
herramientas, recursos didácticos, técnicos, tecnológicos, bibliográficos) disponibles
para su proceso de aprendizaje, asumiendo responsabilidad legal en situaciones de
utilización inadecuada y uso indebido.
14. Asistir a las reuniones que programe el Centro de Capacitación para seguimiento a
las actividades desarrolladas durante la etapa productiva. La no asistencia a estas
reuniones debe justificarse mediante excusa comprobable.
15. Respetar los derechos de autor en los materiales, trabajos, proyectos y demás
documentos generados por los grupos de trabajo o compañeros, y que hayan sido
compartidos al interior del módulo virtual. Sin embargo, con la autorización de los
creadores se puede hacer uso de cualquier material publicado, dando el crédito a quien
generó la idea, a la fuente que se consultó o al recurso que referencia la información.
16. Conocer y asumir las políticas y directrices institucionales establecidas, así como el
Manual de Convivencia y relacionarse en comunidad de acuerdo con ellos.
17. Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como
Estudiante del Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA. En caso de pérdida de
carné, el estudiante debe formular la denuncia correspondiente, tramitar el duplicado y
cancelar el valor respectivo con base en las tarifas vigentes.
18. Portar el uniforme de manera decorosa dentro del Centro de Capacitación, en los
ambientes donde se desarrollen actividades extracurriculares y entornos diferentes al
académico; así mismo en el desarrollo de la etapa productiva, cuando la empresa lo
exija. Está restringido el ingreso en Jeans con rotos, jeans descaderados, ropa informal,
con gorras, lentes oscuros, camisetas o blusas escotadas. La camisa del uniforme es
obligatorio usarla por dentro.
19. Actuar siempre teniendo como base los principios y valores para la convivencia;
obrar con honestidad, respeto, responsabilidad, lealtad, justicia, compañerismo y
solidaridad con la totalidad de los integrantes de la comunidad educativa y expresarse
con respeto, cultura y educación, en forma directa o a través de medios impresos o
electrónicos que le facilita el Centro de Capacitación (como foros de discusión, redes
sociales, chat, correo electrónico, blogs y demás).
20. Hacer uso apropiado de los espacios de comunicación y respetar a los integrantes de
la comunidad educativa, siendo solidario, tolerante y veraz en la información que se
publique en medios impresos o digitales; abstenerse de enviar material multimedia que
contenga imágenes, videos, documentos o grabaciones que no sean objeto de las
actividades de aprendizaje.
21. Informar al docente, coordinador, directivo o personal de apoyo, cualquier
irregularidad que comprometa el buen nombre y normal marcha del Centro de
Capacitación y de la comunidad educativa, o que considere sospechosa dentro de la
Institución y en los ambientes de aprendizaje, permitiendo una actuación oportuna,
preventiva o correctiva.
22. Presentar siempre las mejores condiciones de aseo y pulcritud personal.
23. Enaltecer y respetar los símbolos patrios e institucionales.
24. Cumplir a cabalidad la normatividad vigente del estado Colombiano en lo referente
a delitos informáticos.
25. Denunciar tratos, propuestas, o actos inmorales de parte de cualquier funcionario y
de cualquier miembro de la comunidad educativa.
PROHIBICIONES:
Art. 16 Se entiende por Prohibición las limitaciones o restricciones que tiene una
persona para realizar una determinada actuación dentro de un contexto determinado.
Son Prohibiciones para
COMBARRANQUILLA:
el
estudiante
del
Centro
de
Capacitación
de
1. Plagiar materiales, trabajos y demás documentos generados en los grupos de trabajo o
producto del trabajo en equipo institucional, así como las fuentes bibliográficas
consultadas en los diferentes soportes.
2. Terminar unilateralmente el contrato de aprendizaje o pasantía, sin el visto bueno del
empleador y del Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA.
3. Incumplir con las actividades de aprendizaje acordadas y los compromisos adquiridos
como estudiante del Centro de Capacitación, sin justa causa.
4. Realizar fraude en evaluaciones, en el proceso de aprendizaje o en concursos, juegos
o competencias de cualquier carácter.
5. Aportar documentación o información que difiera con la real, para el ingreso al
Centro de Capacitación o para obtener cualquier beneficio del mismo.
6. Fumar en áreas no permitidas en el Centro de Capacitación, así como ingresar,
comercializar, promocionar, ingerir o suministrar bebidas alcohólicas o sustancias
psicoactivas, dentro de las instalaciones, o ingresar a la institución en estado que
indique alteraciones ocasionadas por el consumo de éstos.
7. Ingresar a la institución Libros, revistas obscenas, láminas pornográficas, armas
corto punzante, y de fuego que van en contra de la moral, las buenas costumbres y la
integridad física de los miembros de la comunidad educativa, al igual que elementos
(celulares, receptores músico-sonoros) que interfieran con el desarrollo normal de las
actividades escolares.
8. Los miembros de la fuerza pública y organismos de seguridad del Estado, que se
encuentren en un proceso de aprendizaje, no podrán portar armas en el Centro de
Capacitación.
9. Utilizar el nombre del Centro de Capacitación, las instalaciones o sus recursos, para
actividades particulares o con ánimo de lucro, exceptuando aquellas que sean parte de
proyectos productivos aprobados por el coordinador de formación o la instancia
competente.
10. Hurtar, estafar o abusar de la confianza de cualquier integrante de la comunidad
educativa, o amenazarlo, sobornarlo, coaccionarlo o agredirlo verbal o físicamente, o
ser cómplice o coparticipe de delitos contra ellos o contra la institución.
11. Contribuir al desorden y/o al desaseo.
12. Destruir, sustraer, dañar total o parcialmente instalaciones físicas, equipos,
materiales, software, elementos y dotación en general del Centro de Capacitación,
empresas u otras entidades donde se desarrollen actividades de aprendizaje, culturales,
recreativas, deportivas y sociales o intercambios estudiantiles.
13. Practicar o propiciar juegos de azar, rifas u otros, con miembros de la comunidad
educativa, al interior de las instalaciones del Centro de Capacitación, sin autorización de
la instancia competente.
14. Realizar acciones proselitistas de carácter político o religioso dentro de las
instalaciones del Centro de Capacitación y demás ambientes donde se desarrollen
actividades formativas, así como propiciar actos indecorosos, de acoso, maltrato físico
y/o mental, o conductas que puedan afectar a cualquier miembro de la comunidad
educativa.
15. Permanecer con el uniforme en situaciones o lugares ajenos al proceso de
aprendizaje, que deterioren la imagen institucional.
16. Generar, transmitir, publicar o enviar información confidencial, de circulación
restringida, inadecuada, malintencionada, violenta, pornográfica, insultos o agresiones
por los medios de comunicación físicos o electrónicos, disponibles para su proceso de
aprendizaje.
17. Suplantar identidad durante el proceso de formación.
18. Alterar, adulterar, falsificar o sustraer documentos oficiales, calificaciones,
evaluaciones o firmas correspondientes al Centro de Capacitación o emitidos por ella.
19. Propiciar conductas, propuestas o actos inmorales hacia cualquier miembro de la
comunidad educativa, que atenten contra la integridad física, moral y/o psicológica.
20. Incumplir con las entrevistas o procesos de selección a los que ha sido citado por las
empresas para la consecución de sus prácticas en la Etapa productiva.
ESTIMULO Y DISTINCIONES:
Art. 17 EL CENTRO DE CAPACITACIÓN COMBARRANQUILLA para mantener el
buen comportamiento, excelente desempeño académico y vivencia de valores de su
comunidad de estudiantes, ha creado el siguiente sistema de estímulos:
 La institución incentivará a los estudiantes que sobresalgan por su rendimiento
académico y se distingan en certámenes culturales, científicos o deportivos
donde participen en representación de la institución.
 La institución otorgará estímulos a través de distinciones honoríficas, medallas
de honor o exoneración en matrículas en los siguientes casos:
a) Por obtener la excelencia académica.
b) Por mantener perseverancia y disciplina.
c) Por sobresalir en actividades culturales, artísticas y alcanzar logros
significativos.
d) Por sobresalir en delicadeza, colaboración, puntualidad y valores.
Art. 18 EL CENTRO DE CAPACITACIÓN COMBARRANQUILLA estimula a los
estudiantes que de manera individual se destaquen académicamente, lo mismo que por
su nivel de convivencia.
Los estudiantes que se destaquen académica y disciplinariamente tendrán la opción de
ser Monitores o Auxiliares del docente, para lo cual debe cumplir con los siguientes
requisitos:
 Obtener un promedio durante el semestre igual o superior a: 4.0
 Haber obtenido un porcentaje igual o superior a 4.0 en la competencia para la
cual aspira como monitor.
 No estar sancionado por faltas académicas o disciplinarias.
 Aprobar los exámenes y/o entrevistas exigidas para tal fin.
Son funciones del Monitor:
 Apoyar al docente en la realización de prácticas, ejercicios y en todas las
actividades tendientes a alcanzar el objetivo del módulo.
 Apoyar y orientar a los estudiantes en la ejecución de trabajos de aplicación del
módulo, consecución de bibliografía y de las fuentes de información que se
reanalicen en la Institución, bajo la supervisión del docente.
 Supervisar el buen funcionamiento y uso de los equipos e infraestructura física.
Art. 19 En la ceremonia de certificación se otorgará la distinción al Mérito Académico
al graduando que cumpla con las siguientes exigencias:
 Haber cumplido con los requisitos de grado exigidos por la Institución dentro del
plazo establecido en la reglamentación expedida para tal fin.
 Tener el promedio acumulado más alto entre el grupo de estudiantes que aspiran
a certificarse en ceremonia colectiva en la fecha que la institución programe para
tal fin, siempre sea igual o mayor que 4.0
 Tener publicaciones en los medios de difusión en la institución o en otra
institución debidamente aprobada por el gobierno.
 Haber demostrado sentido de pertenencia participando en eventos académicos
culturales y deportivos.
PARÁGRAFO 1. En la selección para la entrega de la distinción al Mérito Académico
no se incluirá al estudiante que haya ingresado por transferencia.
PARÁGRAFO 2. Corresponde al coordinador respectivo presentar la solicitud ante el
Consejo Académico para su estudio y posterior recomendación al Consejo Directivo.
CAPITULO III
PROCESOS DE LA FORMACION ACADEMICA
3.1 PLAN DE ESTUDIOS Y ESTRUCTURA CURRICULAR
Art. 20 El diseño curricular del Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA está
orientado bajo el modelo de Competencias Laborales.
El estudiante es el epicentro de los procesos de formación, de manera que todos los
recursos, propósitos y esfuerzos apuntan a su construcción y realización como Ser
Humano y Competente en los campos laboral, profesional y social.
Buscamos fomentar el Pensamiento Creativo e Innovador mediante enfoques
pedagógicos para el Aprendizaje Significativo, Problémico y Participativo del
estudiante.
Todas las actividades pedagógicas se fundamentan en los diferentes SABERES: Saber
Cognoscitivo, Saber Cognitivo, Saber Hacer y Saber Ser.
Art. 21 El modelo Educativo y el Plan de Estudios son el marco de referencia que
orienta el proceso curricular.
Entendiendo el modelo educativo como el enfoque conceptual y pedagógico que
orientan a los docentes en la elaboración de los planes de estudio y en la sistematización
del proceso de Enseñanza- Aprendizaje- Evaluación, el Centro de Capacitación
Combarranquilla define un modelo CONSTRUCTIVISTA cuya premisa se basa en la
construcción del conocimiento.
En un marco explicativo, la institución promueve el desarrollo en la medida en que
promueve la actividad mental constructiva del estudiante, entendiendo que es una
persona única, irrepetible, pero perteneciente a un contexto y un grupo social
determinado que influyen en él. La educación es motor para el desarrollo globalmente
entendido, lo que hace incluir necesariamente las capacidades de equilibrio personal, de
pertenencia a una sociedad, las relaciones interpersonales y el desarrollo motriz. Por lo
tanto se puede aseverar que es fruto de una construcción personal en la que interviene la
familia, la comunidad, el contexto y no solamente el sujeto que aprende, o lo que se le
enseña.
Art. 22 El Plan de Estudio del Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA es el
conjunto de unidades de aprendizaje, con prerrequisitos o correquisitos entre sí, que
comprenden un período académico, los cuales constituyen un programa de formación
técnica presencial o semi-presencial. Las unidades de aprendizaje en todos los
programas de formación técnica tendrán horas académicas presenciales y horas
adicionales para actividades o prácticas internas o externas complementarias.
PARAGRAFO UNICO.
La hora de interacción directa con el estudiante tendrá una duración de 60 minutos que
incluye teoría presencial, realización de trabajos, exposiciones, investigaciones y otras
similares, así como actividades complementarias.
Art. 23 Al iniciar cada módulo el docente dará a conocer a los estudiantes el contenido
curricular del mismo.
PARAGRAFO 1. Se denomina prerrequisito, aquel módulo de formación cuya
aprobación es indispensable para matricularse en otro período siguiente.
PARAGRAFO 2. Un módulo de formación es correquisito de otro, cuando por sus
propósitos formativos, el estudiante debe cursarlo simultáneamente.
Art. 24 El contenido programático de cada módulo de formación es pertinente a una
etapa de aprendizaje y en cada módulo se desarrolla un componente teórico y práctico.
3.2 LA MATRICULA
Art. 25 Los estudiantes seleccionados, según el proceso de admisión institucional
definido, oficializarán su ingreso a la institución a través de la matrícula para iniciar su
proceso de formación. Para ello es necesario presentar y cumplir con los requisitos
establecidos por el Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA.
La matrícula es un compromiso bilateral entre el Centro de Capacitación
COMBARRANQUILLA y el estudiante, mediante el cual celebrarán por este acto un
contrato de naturaleza civil, donde el estudiante adquiere derechos y deberes y se
compromete a cumplir con lo estipulado en el Manual de Convivencia y en el Plan de
Estudios.
En el desarrollo de los programas de formación se aceptarán únicamente los estudiantes
matriculados en ellos, durante el plazo estipulado por el Centro de Capacitación
COMBARRANQUILLA.
El valor del semestre no es transferible y sólo será reembolsado de la siguiente manera:
 En un 60% cuando la cancelación de la matrícula o el retiro oficial se solicite
antes de la fecha de iniciación de clases.
 Si la cancelación de la matricula se produce posterior al inicio de clases no habrá
reembolso alguno.
Matrícula Condicional: es aquella cuando el Centro de Capacitación recibe a un
estudiante exigiéndole algunos requisitos extraordinarios de orden académico y/o
disciplinario de acuerdo con las razones que ha de juzgar el Consejo Directivo. Las
condiciones deben quedar consignadas por escrito en cada caso aceptadas por el
estudiante y rubricadas con su firma y reposará en la Coordinación Académica.
-Cualquier estudiante podrá matricularse simultáneamente en más de un programa
académico, siempre y cuando se desarrollen en jornadas diferentes y llene los requisitos
propios de cada uno.
-Un estudiante no podrá cursar un módulo de formación cuando éste presente
incompatibilidad horaria con otro o cuando tenga pendiente uno o más módulos que
sean prerrequisitos.
-Cuando un estudiante solicite reintegro habiéndose producido modificaciones en el
plan de estudios después de su retiro, se le puede organizar módulos de nivelación,
siempre y cuando se respete el orden de los prerrequisitos, previo estudio del Consejo
Académico.
3.3 ASISTENCIA
Art. 26 ASISTENCIA Y PARTICIPACIÓN: cuando un estudiante se matricule en
un módulo de formación, se compromete a asistir y a participar en todas las actividades
programadas. Un módulo se considera perdido cuando un estudiante deja de asistir al
20% o más de las actividades programadas. En este caso, la evaluación es No Aprobada,
representada con uno, cero (1.0) y se pierde el derecho a nivelarla en el mismo período.
PARAGRAFO 1. Son obligaciones primarias la presencia, la puntualidad, la
participación y la sana convivencia, dentro de las actividades académicas.
PARAGRAFO 2. Tres retrasos del estudiante, sin una justificación válida a su horario
de clases, equivalen a una falta de asistencia.
PARAGRAFO 3. Cuando al estudiante se le cancela por inasistencia uno o varios
módulos pierde el derecho a ingresar a la(s) clase(s) siguiente(s) de ese módulo.
PARAGRAFO 4. La institución no permitirá la presencia de estudiantes en calidad de
asistentes, exceptuando aquellos casos en que exista una autorización por escrito de la
Coordinación Académica.
Art. 27 JUSTIFICACION DE INASISTENCIA: se consideran justificaciones válidas
para no asistir a uno o varios compromisos académicos, las siguientes:
Incapacidades médicas certificadas, causas laborales certificadas u otras causas de
fuerza mayor demostrables. El docente podrá redimir las faltas, siempre y cuando se
presente la justificación adecuada ante el área de Bienestar Estudiantil en los tres días
hábiles siguientes a la ausencia para los estudiantes de lunes a viernes, y el sábado
siguiente para los estudiantes de la jornada sabatina.
Art. 28 CANCELACIÓN POR INASISTENCIA: el estudiante que se retire de uno o
varios módulos de formación y que no presente justificación para ello, obtendrá una
evaluación No Aprobada, representada con una calificación de uno, cero (1.0) y se
somete a la cancelación del módulo de formación por falta de asistencia.
3.4 NOVEDADES ACADEMICAS
Art. 29 Se consideran Novedades Académicas todas aquellas situaciones que se
presenten luego que el estudiante oficialice su matrícula académica, tales como:
Cancelación de un Período Académico, Aplazamiento o Congelación de un Período
Académico, Reintegro, Traslado de Programa, Traslado de Horario, Nivelaciones y
Cierre de Grupo.
Art. 30 CANCELACIÓN DE UN PERIODO ACADEMICO: se presenta en
aquellos casos en los que un estudiante no puede continuar su período académico. Las
justificaciones que causan el retiro deben ser canalizadas a través de la Coordinación
Académica.
PARAFRAFO 1. La institución analizará cada uno de los casos para determinar la
situación académica del estudiante.
Art. 31 APLAZAMIENTO O CONGELACIÓN DE UN PERIODO
ACADÉMICO: Un estudiante podrá aplazar un período académico en aquellos casos
en que no pueda iniciarlo o terminarlo, siempre y cuando, manifieste claramente su
deseo de continuar en el siguiente período, luego de presentar su solicitud por escrito
ante la Coordinación Académica, mínimo con un mes antelación.
PARAGRAFO 1. En caso de aplazamiento, el estudiante deberá reiniciar su nivel
académico en el siguiente período.
Art. 32 REINTEGRO: El estudiante de reintegro es aquel que estuvo cursando uno
de los programas que ofrece la institución, se retiró habiendo aprobado por lo menos un
semestre académico y regresa a continuar sus estudios.
 Para acceder al reintegro el aspirante no debe haber incurrido falta alguna
estipulada en el manual de Convivencia, ni tener obligación académica y
financiera con la institución.
 La inactividad académica máxima, que concederá la institución a un estudiante
será de un (1) año.
 El estudiante de reintegro que exceda los términos considerados de inactividad,
deberá realizar exámenes de validación y/ o nivelación de conocimientos de los
módulos que determine el Consejo de Dirección.
 El estudiante que después de haber estado matriculado en su primer y único
periodo académico sin obtener resultados evaluativos, se haya retirado y desee
nuevamente estudiar en la institución, deberá presentar solicitud como
estudiante nuevo.
 El estudiante de reingreso debe acogerse al plan de estudio vigente y a la
programación académica establecida para el correspondiente semestre. Si
durante su inactivación se genera una actualización curricular, el estudiante
deberá acogerse a los cambios realizados e ingresará con el itinerario de
formación de la versión actualizada del programa; se precisa que se le
reconocerán los módulos cursados y aprobados del plan de estudios que
matriculó inicialmente, de acuerdo a estudios previos realizados para la
aprobación de su reintegro.
 El aspirante al reintegro deberá presentar solicitud en la fecha establecida por la
institución, ante el área de admisiones, registro y certificación; este a su vez
deberá enviar la solicitud y la documentación al correspondiente Coordinador
Académico para su estudio.
 Cuando la solicitud de reintegro es con traslado a un Programa Técnico
diferente al matriculado inicialmente, al área de admisiones, registro y
certificación, enviará la petición con la historia académica correspondiente.
El Coordinador Académico será quien Apruebe o No el reintegro del estudiante y
notificará a las instancias correspondientes.
PARÁGRAFO UNICO. Si el tiempo de inactividad es superior al establecido en el
Art. 31 de este Manual, el estudio correspondiente lo hará el Consejo de Dirección y
será informado por la secretaria académica al estudiante y al área de registro y
certificación.
Art. 33 TRASLADO DE PROGRAMA: Entiéndase por Traslado de Programa el que
hace un estudiante de un Programa Académico a otro al interior de la Institución, el cual
requiere de la aprobación del Coordinador.
PARAGRAFO 1. El estudiante que desee trasladarse de un Programa Académico
deberá presentar solicitud, escrita y justificada ante la Coordinación Académica para su
respectivo estudio.
PARAGRAFO 2. Al estudiante que se le apruebe el Traslado de Programa se le
reconocerán aquellos módulos cursados y aprobados en el programa académico que
estaba matriculado inicialmente, siempre y cuando las competencias y contenidos
curriculares sean equiparables o superiores a los definidos en el plan de estudio del
Programa Académico al que pretende trasladarse.
PARAGRAFO 3. Si el programa al que pretende cambiarse el estudiante tiene un costo
mayor que aquel en el cual se había matriculado, el estudiante deberá cancelar el
excedente.
Art. 34 TRASLADO DE HORARIO: Un estudiante, si así lo considera, podrá
solicitar el Traslado de Horario, siempre y cuando exista cupo. Para ello deberá
presentar solicitud escrita y justificada ante la Coordinación Académica.
Art. 35 NIVELACIONES: Un estudiante podrá realizar la nivelación de un módulo en
un período académico en el que se encuentre programado, con previa autorización de la
Coordinación Académica.
Art. 36 CIERRE DE GRUPO: El consejo directivo, con previa evaluación de la
situación específica de un grupo, podrá decidir sobre el cierre o no del mismo.
3.5 PROCESOS DE TRANSFERENCIAS
Art. 37 La transferencia es el derecho que tiene un estudiante que haya cursado y
aprobado, parcialmente, estudios de un programa académico en una institución de
Educación Para El Trabajo y Desarrollo Humano para continuarlos en otra entidad en la
que se le reconozca lo Aprobado.
La institución y el programa académico de donde procede el aspirante deben estar
aprobados legalmente por las autoridades competentes.
En el CENTRO DE CAPACITACIÓN COMBARRANQUILLA, el derecho a
transferencia se otorgará en los siguientes casos:
 Por solicitud individual
 Por convenio inter-institucional
 Después de verificar el requerimiento de la autoridad legal responsable para
ordenar el cierre o suspensión de programas académicos en una institución.
Art. 38. Al aspirante a transferencia, solo se le podrá negar este derecho por las
siguientes razones:
 Cuando no exista disponibilidad de cupo.
 Por no cumplir los requisitos exigidos por la institución para la admisión de
nuevos estudiantes.
 Por haber sido sancionado disciplinariamente en la Institución de donde
proviene.
 Cuando el estudiante haya perdido el cupo en la institución de donde procede
por bajo rendimiento académico.
 Cuando haya sido sancionado por cometer acciones que van en contra de la
moral, buenas costumbres y/o de orden público.
Art. 39 La petición de transferencia a uno de los Programas Académicos de la
Institución deberá presentarla el aspirante ante el área de Admisiones, registro y
certificación, en la fecha establecida en el calendario académico para tal fin,
adjuntándole los siguientes documentos:
 Solicitud escrita en la cual expone claramente los motivos de transferencia para
la institución.
 Certificados de estudios debidamente autenticados por la autoridad competente
de la Institución de donde procede.
 Contenidos curriculares firmados por la autoridad competente.
 Inscripción debidamente diligenciada.
 Certificado de buena conducta.
 Documentos soportes de los requisitos exigidos en el artículo referente a la
inscripción y matricula.
 Los documentos escritos en lengua diferente al español, deberán entregarse
traducidos a este idioma por un traductor certificado.
Art. 40 Una vez el área de Admisiones, registro y certificación, verifique la
autenticidad de los documentos deberá enviarlos al coordinador para presentarlos a
consideración en el Consejo Académico.
Art. 41 Para la aprobación de una transferencia se tendrán en cuenta los siguientes
criterios:
 La homologación de los módulos se concede cuando las competencias y los
contenidos programáticos sean equiparables o superiores a los definidos en el
plan de estudios del programa académico de la Institución al cual se transfiere.
 En caso de existir diferencia entre las competencias, los contenidos y el número
de créditos de los módulos cursados y aprobados, el estudiante en transferencia
deberá cursarlos nuevamente o podrá presentar un examen de validación de
conocimientos.
 El módulo se considerará aprobado cuando la Institución en la cual lo cursó, lo
determine así, de conformidad a las normas que para tal fin ha definido.
 El aspirante a ingresar por transferencia deberá cursar por lo menos el 50% de
los créditos que conforman el plan de estudios del programa en el cual es
admitido.
 El periodo de inactividad del aspirante por transferencia será igual al establecido
para los estudiantes de reingreso, según lo registrado en el presente Manual.
PARÁGRAFO UNICO. EL Consejo de Dirección podrá autorizar en situaciones
especiales, la transferencia de una persona que haya cursado más del 50% del total del
programa académico al que aspira a ingresar, siempre y cuando el promedio ponderado
sea igual o superior a Cuatro (4.0).
Art. 42 El coordinador deberá entrevistar al aspirante en transferencia y su apreciación
se adjunta a los documentos enviados por el área de admisiones, registro y certificación
para su posterior estudio por el Consejo Académico.
Art. 43 Cuando se apruebe o desapruebe una solicitud de transferencia, la secretaria
general deberá expedir el acta correspondiente y enviar copia de la misma al área de
admisiones registro y certificación y al aspirante, quien podrá matricularse de
conformidad con lo establecido.
3.6 PROCESOS DE HOMOLOGACION
Art. 44 Entiéndase por homologación el reconocimiento o acreditación que la
institución, hará de un módulo cursado y aprobado en uno de sus programas académicos
cuando es por traslado o por transferencia.
PARÁGRAFO UNICO. El estudiante podrá solicitar revisión de su estudio en un
plazo determinado por el respectivo coordinador. Esta solicitud la presentará ante el
Director quien a su vez la expondrá ante el Consejo Directivo.
3.7 SISTEMA DE EVALUACION
Art. 45 DEFINICIÓN: La evaluación es un proceso que mide el grado en que los
medios, recursos, contenidos programáticos y procedimientos permiten el logro de las
finalidades de la formación en un módulo o en la totalidad de un programa.
La evaluación aplicada por el Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA es una
EVALUACIÓN INTEGRAL y brindará igualdad de oportunidades para todos los
estudiantes a fin de motivarlos a la excelencia académica y a su desarrollo personal y
social. De igual manera reconocerá las experiencias, conocimientos y aprendizajes
básicos de los estudiantes permitiendo la proyección y el respeto por las diferencias que
existen en cada uno de ellos.
La Evaluación está conformada por los siguientes elementos:
 Evaluación diagnóstica: determina los conocimientos y habilidades al inicio de
un módulo académico.
 Evaluación formativa: determina la evolución de los conocimientos, habilidades
y desarrollo personal durante un módulo y programa de formación.
 Evaluación de resultados: califica numéricamente y establece comparaciones
con el resto del grupo para determinar si alcanzó los logros establecidos por
temas en el planeamiento del módulo académico desarrollado.
 Evaluación sumativa: es la integración de los resultados obtenidos de todas las
evaluaciones anteriores.
Art. 46 MODELO DE EVALUACIÓN: El Centro de Capacitación
COMBARRANQUILLA aplicará el Modelo de Evaluación por Competencia a nivel
cualitativo y cuantitativo, utilizando técnicas de seguimiento como: evaluación por
curso, control de desarrollo programático por módulo, reuniones de evaluación con
representantes de estudiantes, evaluación de resultados en las prácticas empresariales de
los estudiantes con las empresas en convenio, diagnóstico de problemas y aplicación de
soluciones o recomendaciones empresariales, nivelaciones y presentación de informes
generales.
Art. 47 CRITERIOS DE CUALIFICACION Y CUANTIFICACION EN EL
PROCESO DE EVALUACION: La evaluación Académica es el proceso educativo
por el cual el docente conceptúa cualitativamente y numéricamente los logros
alcanzados por el estudiante en los módulos. El modelo acogido es el diagnóstico,
evaluativo y sumativo adaptándose y enfocándose hacia la evaluación de competencias
a través de pruebas de conocimiento, desempeño y producto.
PARAGRAFO 1. La evaluación académica se realizará de manera permanente y el
docente podrá efectuarla por diversas técnicas, procedimientos o instrumentos, en
conformidad y adecuación a módulos y objetivos que desee evaluar, tales como:
pruebas orales, pruebas escritas, trabajos en grupo o individual, guías de aprendizaje,
investigación, laboratorios, talleres, conferencias, videos, trabajos de campo, visitas a
empresas e industrias y otros.
PARAGRAFO 2. El Centro de Capacitación no se responsabiliza si el estudiante no
presenta las evaluaciones académicas, diferidos o planes de mejoramiento en las fechas
programadas.
PARAGRAFO 3. Es obligación del estudiante verificar la publicación de sus
resultados evaluativos en cada módulo, a través de los medios establecidos por la
institución.
PARAGRAFO 4. Las reclamaciones por resultados evaluativos que no aparezcan o
estén equivocados en las planillas de los docentes o en los listados que se publican a
través de los diferentes medios establecidos por la institución, deberán realizarse en un
máximo de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de finalización del módulo
académico realizado; pasado el plazo de los treinta (30) días calendario el reclamo
perderá vigencia y por consiguiente se mantiene el resultado publicado.
Art. 48
VALORACION DE LAS ACTIVIDADES EVALUATIVAS. Las
actividades de evaluación académicas se representarán a través de una escala cualitativa
(APROBADO, Aún NO APROBADO y SOBRESALIENTE) con una representación
numérica de 1.0 – 4.0 y 5.0 de la siguiente manera:
1. APROBADO, equivalente a 4.0
2. AUN NO APROBADO, equivalente a 1.0
3. SOBRESALIENTE, equivalente a 5.0 Esta escala se define para los estudiantes que
superan los logros académicos.
-Durante el desarrollo de cada módulo el docente aplicará Pruebas de Conocimiento,
Desempeño y/o Producto, según los resultados y las evidencias de aprendizaje que se
hayan dispuesto en el contenido curricular.
-Se designa un porcentaje valorativo en cada prueba de la siguiente manera:
30%- Prueba de Conocimiento
30% Prueba de Producto
40% Prueba de Desempeño
Las siguientes son consideraciones del proceso evaluativo en el Centro de Capacitación:
 En las evaluaciones se tendrán en cuenta el comportamiento y el interés que el
estudiante demuestre por la actividad realizada. El alumno debe contar con todas
las oportunidades justas y razonables para demostrar su aprovechamiento
académico y formativo.
 Las preguntas formuladas con fines evaluativos de conocimiento, se realizarán
de manera clara y precisa, sin margen de ambigüedades, ni reinterpretaciones.
Art. 49 OTROS PROCESOS EVALUATIVOS:
Las evaluaciones autorizadas por la institución son las siguientes:
1. Examen Diferido
2. Plan de Mejoramiento
3. Examen de validación
4. Examen Único
Art. 50 Llámese examen diferido, a pruebas posteriores, que se le realizarán a los
estudiantes del centro de capacitación fuera de la fecha y hora prevista inicialmente por
el docente, teniendo como base permisos, licencias u otra excusa válida. Sin la
presentación de la excusa escrita, el examen no podrá realizarse.
Art. 51 Llámese plan de mejoramiento al planteamiento de actividades concertadas
entre el docente y el estudiante durante la ejecución del módulo de formación, para
facilitar el logro de resultados de aprendizaje no aprobados en las pruebas evaluativas
aplicadas. El plan de mejoramiento aplica cuando se detecten deficiencias durante el
desarrollo del proceso de Enseñanza-Aprendizaje-Evaluación de tipo actitudinal,
comportamental, académica u otra.
PARAGRAFO 1.
El estudiante podrá presentar hasta dos (2) planes de mejoramiento por cada resultado
de aprendizaje no aprobado en las pruebas evaluativas aplicadas.
PARAGRAFO 2.
En caso de que el estudiante no alcance los logros esperados, pese a los planes de
mejoramiento concertados durante la ejecución del módulo de formación, y obtenga un
resultado de No Aprobado, deberá presentar otro tipo de procesos de recuperación,
según el nivel del déficit.
Art. 52 Llámese examen de validación a las pruebas que se aplican para reconocer los
saberes previos de un estudiante y/o aspirante a cursar un programa técnico. Los
exámenes de validación se regirán acorde a lo estipulado en el Art. 64 del presente
manual.
Art. 53 Llámese Examen Único a la prueba que puede realizar un estudiante que
habiendo terminado el último semestre de su programa tenga un solo módulo pendiente
en los dos últimos semestres y por esta razón no pueda certificarse. Esta evaluación se
presentará por una sola vez y solamente será aprobada con una calificación de 4.0
(CUATRO, CERO).
PARAGRAFO 1. Los módulos de contenido práctico no son recuperables o
habilitables, sin embargo se pueden programar seminarios, vacacionales y nivelatorios
con el 50% de duración del módulo y el desarrollo del 50% de sus contenidos.
PARAGRAFO 2. Los cursos vacacionales son acciones de formación intensivas que se
ofrecen durante los recesos académicos y forman parte de un programa académico que
conduzca a la aprobación del módulo, teniendo en cuenta que:
a) Los criterios de evaluación de estos cursos serán los mismos que se aplican en la
evaluación del rendimiento de los módulos programados.
b) Se podrá inscribir el estudiante que así lo desee para cursar un módulo por primera
vez, repetir un módulo o incrementar el promedio acumulado.
c) Son de carácter optativo y tendrán derecho a matricularse en ellos los estudiantes que,
en el periodo académico correspondiente inmediatamente anterior, no hayan incurrido
en situación de bajo rendimiento ni en prueba académica que les impida continuar sus
estudios, tampoco los que se encuentren retirados de la institución por algún motivo, o
hayan sido sancionados disciplinariamente.
3.8 DEL UNIFORME Y LA PULCRITUD
La imagen de EL CENTRO DE CAPACITACIÓN COMBARRANQUILLA es vital
para su proyección por lo tanto los estudiantes, el personal administrativo y de
servicios generales deben asumir con orgullo, honor, respeto y entereza los uniformes
que identifican la institución.
Art. 54 En los hombres el cabello debe tener un corte clásico, sin tintes, excepto el de
su color natural y con un largo apropiado a su género; no está permitido exhibir aretes
ni adornos. A las mujeres no les está permitido el maquillaje en exceso y adornos
extravagantes.
El uniforme institucional debe portarse durante todas las sesiones de clases, excepto en
los casos en que se solicite otro atuendo para actividades organizadas por el área de
Bienestar Estudiantil, lo cual debe estar autorizado por la coordinación académica.
PARAGRAFO 1. El Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA ha definido un
uniforme institucional para todos los programas conformado por una camiseta con el
logo de identificación, jeans color azul turquí o negro y zapatos cerrados.
PARAGRAFO 2. Para los programas de Cocina y Mesa y Bar, se requiere el uso de
prendas propias de estas ocupaciones, que también deben adquirir los estudiantes para
portar en todas las sesiones de laboratorios prácticos.
3.9 HIGIENE PERSONAL DE PREVENCION Y DE SALUD PÚBLICA
Art. 55 Los estudiantes y los miembros de la comunidad educativa de EL CENTRO
DE CAPACITACIÓN COMBARRANQUILLA, de cuerdo a lo dispuesto en el Decreto
1860 de 1994 numeral 1, deben conocer y ejecutar las siguientes normas de higiene
personal de prevención y de salud pública que a continuaron se señalan:
1. Practicar diariamente normas básicas de aseo personal y de salud individual como
son:
 Baño diario del cuerpo
 Arreglarse el cabello adecuadamente
 Lavarse los dientes antes y después de las comidas
 Mantener las uñas cortas, limpias y bien arregladas
 Mantener un pañuelo, una peinilla y papel higiénico; en caso de las mujeres una
toalla higiénica para su uso personal.
 Cuidar y lavar los uniformes para que permanezcan pulcros.
 Cambiarse las medias diariamente.
 Mantener los zapatos bien limpios y lustrados.
 Aplicarse desodorante y si es posible un perfume que no perturbe a los
compañeros.
2. Participar y acatar normas en talleres, conferencias y otras acciones sobre
prevención.
 Alcoholismo
 Drogadicción
 Prostitución
 Autoestima
 Maltrato
 VIH
 Prevención de desastres etc.
3º. Participar y contribuir en la conservación de la salud pública con actitudes tales
como:
 Arrojar desperdicios y basuras solamente en los sitios destinados y adecuados
para ello (canecas)
 No consumir alimentos que otro esté degustando, así evita el contagio de
posibles virus o bacterias.
 Evitar el contagio con personas que padecen enfermedades infectocontagiosas y
avisar oportunamente al coordinador para que asuma el proceso a seguir en la
institución.
 Ningún miembro de la comunidad educativa está autorizado para suministrar
medicamentos a las instancias que la conforman; en el caso de que alguna
persona lo requiera debe remitirse al área de primeros auxilios. Los estudiantes
que tengan que consumir algún medicamento en la institución se les exigirá una
formula médica o una autorización de sus padres y/o acudiente.
 Abstenerse de contaminar o dañar corrientes de agua, alimentos y en general
bienes de uso común.
 Aplicarse las vacunas y medicamentos que requiera para prevenir enfermedades
o restablecer la salud.
3.10 MODALIDADES ETAPA PRODUCTIVA
Art. 56 ETAPA PRODUCTIVA. Se define como Etapa Productiva el espacio para el
desarrollo de procesos prácticos que contribuyan al fortalecimiento de las competencias
del programa de formación a través de la aplicación de conocimientos en contextos
productivos reales.
Art. 57 MODALIDADES EN LA ETAPA PRODUCTIVA. El Centro de
Capacitación COMBARRANQUILLA ha definido las siguientes modalidades en la
Etapa Productiva para que los estudiantes de programas técnicos seleccionen la que más
se ajuste a sus condiciones y posibilidades:
1. Práctica Empresarial
2. Proyecto Productivo
3. Homologación de la práctica empresarial
4. Producción en COMBARRANQUILLA
Art. 58 PRACTICA EMPRESARIAL.
Es la experiencia académica, técnica y laboral del estudiante, en una organización
pública o privada, en el área de su especialidad, cuyo principal propósito es la
integración y aplicación en un contexto específico de los conocimientos teóricos y
prácticos adquiridos durante su programa, permitiéndole el desarrollo de sus
conocimientos, habilidades, y valores que faciliten su aproximación al mundo
empresarial.
OBJETIVOS.
 Conectar directamente a la Institución con el entorno, propiciando la
retroalimentación académica y administrativa.
 Brindar a los estudiantes la oportunidad de aplicar las competencias adquiridas
durante su proceso de formación.
 Acercar a la academia con la realidad empresarial.
 Identificar la real aceptación de sus estudiantes en el medio empresarial.
 Descubrir sus fortalezas, debilidades, oportunidades y amenazas con el fin de
ofrecer mejores alternativas de solución.
 Posicionar a la Institución en el sector empresarial por la calidad y pertinencia
del servicio educativo ofrecido, como una ventaja estratégica sostenible en el
tiempo.
PARAGRAFO 1. Durante la práctica empresarial el estudiante podrá ser contratado
bajo las siguientes figuras:
- Contrato de Aprendizaje
- Contrato de Pasantía
PARAGRAFO 2. La Etapa productiva se desarrolla entre 885 y 960 horas que equivale
a seis (6) meses.
DEFINICIÓN DEL CONTRATO DE APRENDIZAJE
Es una forma especial de vinculación ajena al derecho laboral, de tal forma que no
exista subordinación y no puede realizarse por un término mayor a dos (2) años,
mediante el cual una persona natural, aprendiz, recibe formación teórica en una entidad
de formación autorizada con el auspicio de una empresa patrocinadora, empleador, que
suministra los medios para que adquiera formación profesional metódica y completa y
el reconocimiento de un apoyo de sostenimiento que garantice el proceso de
aprendizaje.
CARACTERISTICAS DEL CONTRATO DE APRENDIZAJE
1. Cuota de sostenimiento: Entre el 50%, el 75% o 100% del salario mínimo legal
mensual vigente.
2. Número de horas laborales a la semana: hasta 48
3. El estudiante estará afiliado, por parte de la empresa, al Sistema de Seguridad en
Salud (EPS) y a Riesgos Laborales (ARL)
DEFINICIÓN DEL CONTRATO DE PASANTIA.
Es una forma especial de vinculación ajena al derecho laboral, de tal forma que no
exista subordinación, mediante el cual una persona natural, estudiante, recibe formación
teórica en una entidad de formación autorizada con el auspicio de una empresa que
suministra los medios para que adquiera formación profesional metódica y completa y
el reconocimiento de un apoyo de sostenimiento económico y la afiliación al sistema de
riesgos laborales (ARL) con previo acuerdo entre el Centro de Capacitación y la
Empresa.
Art. 59 MANUAL DE PRÁCTICAS EMPRESARIALES
Las Prácticas Empresariales se constituyen en una de las modalidades para el desarrollo
de la etapa productiva de los programas técnicos.
1. AREA DE DESEMPEÑO
El estudiante deberá desarrollar su práctica, realizando funciones correspondientes o
afines a las áreas del conocimiento del programa técnico en el que se encuentra
matriculado.
2. ACERCA DE LA VINCULACIÓN A LA EMPRESA
La vinculación de estudiantes a la empresa, se protocolizará a través de los convenios
preexistentes o de los que se suscriban a través del convenio de prácticas o contrato de
aprendizaje y/o pasantía, según el caso, en los cuales se especificarán los requisitos y
condiciones que deban cumplirse.
3. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA
La entidad vinculada al proceso de prácticas tendrá las siguientes obligaciones:
 Ser una entidad legítimamente constituida.
 Disponer de un plan de trabajo para que sea desarrollado por el estudiante, que le
garantice enriquecimiento laboral afín a su área de formación.
 Conocer y aceptar las políticas, normas, reglamentos y procedimientos definidos
por el Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA para el desarrollo,
seguimiento y evaluación de la práctica empresarial.
4. INGRESO A LA PRÁCTICA EMPRESARIAL
Para ingresar a la Práctica Empresarial el estudiante puede realizarlo a través de dos
modalidades:
1. Por solicitud para el desarrollo de práctica particular.
2. Por Inscripción en la Coordinación de Prácticas Empresariales.
En el primer caso el Centro de Capacitación estudiará y aprobará, siempre y cuando la
entidad cumpla con los requerimientos de infraestructura, recursos técnicos,
tecnológicos y profesionales para garantizar la aplicación de las competencias
adquiridas en la formación del programa.
En el segundo caso, el Centro de Capacitación apoya la gestión para la consecución de
la Práctica Empresarial del estudiante en una empresa o industria, acorde a los
parámetros de cumplimiento exigidos.
PARAGRAFO 1. El tiempo transcurrido entre la remisión del estudiante y el proceso
de selección del mismo en la empresa, no es responsabilidad del Centro de Capacitación
y no se contrae responsabilidad alguna en el caso de existir perjuicio de cualquier índole
para el estudiante por el tiempo transcurrido en su culminación de estudio y la Práctica
Empresarial.
PARAGRAFO 2. La inscripción en la Coordinación de Práctica Empresarial no obliga
a la institución a garantizarle al estudiante la Práctica Empresarial en una empresa o
industria acorde a los parámetros exigidos de cumplimiento. El estudiante al ingresar a
la Práctica Empresarial por medio de la orientación y el apoyo del Centro de
Capacitación, deberá someterse a los requerimientos y cumplimientos con la empresa
donde se le ubicará, incluso con aquellos no señalados en el presente Manual.
PARAGRAFO 3. Los documentos presentados por el estudiante al ingreso del Centro
de Capacitación o los presentados para cumplir con la exigencia de la Práctica
Empresarial deben ser legales; Al descubrirse la ilegalidad, suplantación, falsedad
ideológica o alteración en parte o total de cualquier documento, se le exigirá
inmediatamente al estudiante la presentación original de dicho(s) documento(s) en un
tiempo no mayor de quince (15) días hábiles, sin obligar a la institución al pago o
indemnización alguna por los perjuicios ocasionados como pérdida de la Práctica, no
reconocimiento, invalidación o cualquier situación que incida o perjudique al desarrollo
de la actividad formativa del estudiante antes o después de la Práctica Empresarial o
incluso antes de clausura del programa, según lo establecido en el presente Manual.
5. REQUISITOS PARA INGRESAR A LA PRÁCTICA EMPRESARIAL.
a) Haber aprobado los módulos académicos del programa respectivo y en algunas
ocasiones, cuando la Coordinación Académica lo determine, por necesidades de cumplir
con los Convenios y Contratos de Aprendizaje establecidos con las entidades, podrá
autorizar el ingreso a las Prácticas Empresariales antes de finalizar el estudiante el
programa respectivo.
b) Estar a Paz y Salvo Académica y Administrativamente con el Centro de
Capacitación.
c) Adquirir el uniforme establecido y el tipo de identificación requerida por la
institución o la entidad donde realizará la Práctica Empresarial.
d) Asistir a las reuniones de Inducción programadas por el Centro de Capacitación.
e) Presentar su hoja de vida debidamente diligenciada, acorde al formato establecido por
la institución.
f) Asistir a las actividades de empalme con el grupo de practicantes salientes de la
entidad donde realizará sus Práctica Empresarial.
g) No estar en estado de embarazo o padecer enfermedades infectocontagiosas.
h) No tener antecedentes judiciales o estar en procesos jurídicos, debiendo presentar el
certificado judicial u otros similares solicitados por la institución o la empresa.
i) Informar por escrito al Centro de Capacitación acerca de la aceptación de la empresa
referente a la Práctica Empresarial en un término no mayor a cinco (5) días hábiles, de
lo contrario no serán aceptadas.
6. DEBERES DEL ESTUDIANTE EN LA PRÁCTICA EMPRESARIAL
Son deberes del estudiante que realiza Práctica Empresarial los siguientes:
a) Cumplir con las normas establecidas en el presente Manual y lo señalado en el
Convenio de Práctica Empresarial.
b) Respetar a los funcionarios y empleados en general de la entidad donde realiza
sus Prácticas empresariales.
c) Asistir puntualmente a la jornada y horarios establecidos por la entidad
cumpliendo con las funciones, actividades, trabajos académicos y
administrativos.
d) Cuidar con esmero los equipos, muebles, materiales y conservación de la planta
física que estén a sus servicios utilizándolos adecuadamente acorde a las
directrices establecidas por la entidad, responsabilizándose económicamente por
los daños ocasionados.
e) Obedecer las determinaciones y lineamientos de los organismos directivos de la
entidad donde práctica.
f) Atender cortésmente al público o funcionarios durante sus Prácticas
Empresariales.
g) Mantener una presentación personal de acuerdo a las directrices establecidas en
la entidad donde realiza sus Prácticas Empresariales.
h) Colaborar con la entidad en las actividades adicionales en otra jornada y horario.
i) Hacer entrega de su puesto de trabajo en forma ordenada y limpia informando
sobre cualquier eventualidad sucedida a los equipos y materiales a su cargo.
j) Auto-gestionar su Aprendizaje de los equipos, materiales y programas inherentes
a los cargos asignados.
k) Entregar al Centro de Capacitación un original de la certificación laboral y
evaluación de Prácticas Empresariales inmediatamente le sea entregada por la
entidad.
l) Estar amparado por un seguro que cubra enfermedades y accidentes o estar
cubierto con EPS durante su período de práctica educativa.
m) Cumplir con los procedimientos establecidos institucionalmente para solicitar,
exponer inquietudes o reclamos de cualquier índole señalados en el presente
Reglamento.
7. DERECHOS DEL ESTUDIANTE EN LA PRÁCTICA EMPRESARIAL
Son derechos del estudiante que realiza las Prácticas Empresariales los siguientes:
a) Tener acceso a los recursos y materiales ofrecidos por la entidad.
b) Conocer los resultados de sus evaluaciones.
c) Recibir tratamiento respetuoso de los directivos, jefe inmediato o persona a
cargo y empleados en general.
d) Asistir a los eventos o actividades programadas por la entidad siempre y cuando
le sea requerido.
e) Manifestar sus inquietudes respetuosamente a su jefe inmediato o al Centro de
Capacitación.
f) Ser asesorado, orientado y supervisado en las diferentes funciones, habilidades y
actitudes inherentes a los cargos desempeñados.
g) Rotar por las diferentes áreas de servicio acorde a las posibilidades y recursos
disponibles por la entidad donde se realiza la Práctica Empresarial.
h) Recibir certificación del tiempo de Práctica Empresarial por la entidad.
i) Aplazar la Práctica Empresarial bajo las razones justificadas y autorizadas por el
Centro de Capacitación.
j) Comunicar al Centro de Capacitación la aceptación o no aceptación de las
Prácticas Empresariales por la entidad requerida.
k) Solicitar respetuosamente la revisión de los resultados de la evaluación de las
Prácticas Empresariales siempre y cuando justifique con argumentos válidos y
comprobables.
l) Informar al Centro de Capacitación sobres situaciones que ocurran durante su
Práctica Empresarial.
8. PROHIBICIONES DEL ESTUDIANTE EN LA PRÁCTICA EMPRESARIAL
Son prohibiciones para el estudiante que realiza Práctica Empresarial las siguientes:
a) Utilizar indebidamente, fraudulentamente o para beneficios particulares los
equipos, materiales y muebles, diferentes a las actividades y funciones asignadas
en la entidad.
b) Consumir alimentos, bebidas o fumar en los puestos asignados o áreas
restringidas.
c) Consumir bebidas alcohólicas, drogas alucinógenas y similares dentro y fuera de
la planta física de la entidad.
d) Realizar actividades personales individuales y grupales distintas a lo establecido
en el presente Reglamento y el Reglamento Interno o de las normas y
costumbres de la Empresa donde se realiza la Práctica Empresarial.
e) Llegar embriagado o drogado a la entidad.
f) Atender visitas o llamadas telefónicas particulares en el área de Prácticas
Empresariales.
g) Ausentarse del puesto de trabajo, jornada u horario sin autorización de la entidad
o el Centro de Capacitación.
h) Realizar actos, comentarios, expresiones escritas, verbales o no verbales que
atenten o irrespeten la imagen de la entidad y de cualquiera de los funcionarios o
público en general.
i) Recibir o cobrar dineros, obsequios, invitaciones o similares de cualquier
funcionario, público en general o empresas que atenten contra las sanas
costumbres comerciales y empresariales.
j) Adulterar documentos, firmas y sellos de uso privativo de la entidad.
k) Hacer caso omiso a los requerimientos verbales o escritos de los funcionarios de
la entidad.
l) Utilizar vocabularios inadecuados para dirigirse a los funcionarios o público en
general, sean conocidos o desconocidos.
m) Recibir documentación sin el lleno del requisito adecuado o con procedimientos
indebidos.
n) Ingresar a la Práctica Empresarial en estado de enfermedad infectocontagiosa.
o) Prestar los equipos y materiales a cargo o de otras oficinas sin la debida
autorización.
p) El hurto, robo o encubrimiento de actos ilícitos contra los recursos físicos y
materiales a cargo de la entidad.
q) Generar desorden, bulla o ruidos que perturben el ambiente, en especial en los
cambios de jornada y horarios en las Prácticas Empresariales.
r) Presentarse con vestimenta diferente al uniforme establecido por la institución o
entidad e igualmente sin la debida presentación personal.
s) Tener antecedentes judiciales o encontrarse incurso en procesos judiciales de
carácter penal o de cualquier naturaleza jurídica.
PARAGRAFO UNICO.
Las sanciones de los estudiantes en las prácticas empresariales corresponden a las
aplicables en la etapa lectiva de la formación y siguiendo los mismos procedimientos.
9. EVALUACIONES DE LA PRÁCTICA EMPRESARIAL
Se realizará un seguimiento durante la práctica empresarial, de acuerdo con los
siguientes parámetros:
1. Seguimiento telefónico dentro de los treinta (30) primeros días de haber iniciado el
estudiante su proceso.
2. Visita al sitio de práctica cuando se haya cumplido mínimo entre el 50% y 60% del
período de práctica.
3. Evaluación final una vez cumplido el 100% de la práctica empresarial.
10. CALIFICACIÓN DE LAS PRÁCTICAS EMPRESARIALES.
La evaluación final, una vez el estudiante haya culminado su práctica empresarial, se
representará a través de una escala cualitativa (CUMPLE O NO CUMPLE), según los
criterios establecidos en el formato de evaluación final correspondiente, los cuales
obedecen a Competencias Técnicas, Actitudinales y Comportamentales.
11. APROBACIÓN, REPROBACIÓN, APLAZAMIENTO Y ABANDONO DE
LA PRÁCTICA EMPRESARIAL.
1. Se considera APROBADA la Práctica Empresarial cuando se cumple con los
parámetros evaluados y con el número de horas establecidas para el proceso.
2. Se considera REPROBADO con excusa o sin excusa el período de Práctica
Empresarial por inasistencia mayor al 10% del total de las horas de duración.
3. Se considera APLAZADA la Práctica Empresarial cuando se interrumpe por un
periodo de tiempo máximo de un trimestre, con previa autorización de la
Coordinación Académica.
PARAGRAFO 1. La reincidencia por segunda vez en el aplazamiento del período de
Práctica Empresarial ocasionará la reprobación del período reiterativamente aplazado y
el estudiante deberá repetirlo con la autorización de la Coordinación, siempre y cuando
la entidad lo considere, de lo contrario el estudiante deberá buscar su repetición en otra
entidad por su cuenta.
PARAGRAFO 2. El abandono con excusa o sin excusa de la Práctica Empresarial se
considera Reprobado y el estudiante deberá solicitar un reintegro por escrito a la
Coordinación Académica.
12. DURACIÓN DE LA PRÁCTICA EMPRESARIAL.
El período de Práctica Empresarial tiene una duración mínima de 960 horas de 60
minutos cada hora, excepto en el programa Técnico en Cocina, cuya duración mínima
es de 885 horas. Las jornadas y horarios establecidos para la Práctica Empresarial serán
contemplados por la entidad donde ésta se realiza.
 En caso de jornada de Práctica tiempo completo, la duración será de un (1)
semestre continúo y de dos (2) semestres en caso de dedicación media jornada,
de lunes a viernes.
 En relación con los Contratos de Aprendizaje, la duración será pactada acorde a
las necesidades de la empresa y el Centro de Capacitación
COMBARRANQUILLA.
13. CONSIDERACIONES FINALES.
 El centro de Capacitación COMBARRANQUILLA y la entidad donde el
estudiante realiza su Práctica Empresarial no se responsabilizan por accidentes,
enfermedades o embarazos, partos o eventualidades ocurridas durante su
permanencia en las Prácticas sean de origen natural o producto del uso de
equipos o materiales bajo su cargo o circunstanciales.
 Se entiende que la relación convenida con las entidades es estrictamente de
complementación académica acorde a su perfil de salida y no existe vínculo
económico o laboral entre la entidad facilitadora de la complementación
académica y el estudiante en Práctica, y en el mismo sentido, tampoco existe la
vinculación económica o laboral con el Centro de Capacitación.
 El estudiante debe:
 Leer cuidadosamente el presente manual para su cumplimiento.
 Responder por los daños, pérdidas o extravío de equipos, muebles, recursos de
trabajo, papelería u otros similares a su cargo durante las Prácticas.
 Adquirir los documentos y manuales de los equipos y procedimientos operativos
de los cargos asignados.
Art. 60 PROYECTO PRODUCTIVO.
Es un proceso práctico que impulsa el desarrollo de actividades generadoras de bienes y
servicios útiles para nuestra comunidad. Se aplica en una organización en el área
relacionada con la formación del estudiante y ésta debe manifestar en forma escrita su
aceptación para el desarrollo del proyecto productivo.
Para aprobar el “Proyecto Productivo”, los estudiantes deberán cumplir con los
siguientes requisitos:
1. Asistir a una Inducción programada por la institución en la cual se señalarán las
normas establecidas y los ejes temáticos o temas específicos prioritarios para la
institución.
2. Previo acuerdo entre estudiantes y docentes, con la autorización final de la
Coordinación Académica, se escogerán las sesiones de asesoría específica para el
desarrollo, elaboración y avances de los contenidos de los componentes teóricos y
prácticos del Proyecto.
3. Elegir y presentar la propuesta del tema al final de la primera semana de inicio del
Proyecto Productivo, acompañando la certificación de aceptación de la empresa o
entidad donde desarrollará el Proyecto respectivo.
4. El Proyecto realizado en cualquier sector productivo deberá mantener una estructura
de proyectos, de acuerdo a las metodologías que se sean concertadas con el docente
asesor.
5. El Proyecto se entregará en medio magnético y debidamente identificado, sin
embargo, si así se considera, el Centro de Capacitación podrá solicitar un ejemplar
físico.
6. El estudiante(s) realizará la sustentación del Proyecto ante el comité evaluador; si el
concepto del comité evaluador no es favorable el estudiante deberá esperar la próxima
fecha de sustentación fijada por la Coordinación Académica, sin que este plazo
sobrepase un año.
PARAGRAFO 1. El docente asesor podrá ser un instructor del Centro de Capacitación
asignado y competente en el área de formación, así como también un representante de la
empresa que ejecute procesos afines con la formación.
EVALUACIÓN DEL PROYECTO PRODUCTIVO
La actividad de evaluación se representará a través de una escala cualitativa
(APROBADO o NO APROBADO) con una representación numérica (5.0 o 1.0) de la
siguiente manera:
1. APROBADO, equivalente a 5.0
2. NO APROBADO, equivalente a 1.0
PARAGRAFO 1. El Proyecto debe realizarse en grupo máximo de tres (3) estudiantes,
salvo el caso que la Coordinación Académica, previo estudio de la solicitud escrita del
docente a cargo del Proyecto, autorice la realización de manera individual, siempre y
cuando la envergadura del Proyecto lo amerite.
PARAGRAFO 2. El Centro de Capacitación se reservará el derecho de propiedad del
Proyecto y sus cambios o adecuaciones posteriores.
PARAGRAFO 3. El comité evaluador del proyecto productivo está conformado por un
(1) docente de la especialidad, el asesor del proyecto y la Coordinación Académica.
Art. 61 HOMOLOGACION DE LA PRÁCTICA EMPRESARIAL
En esta modalidad se Reconoce el trabajo del estudiante en una empresa que lo contrató
para realizar actividades afines con su formación. Para este proceso los requisitos son:
 Solicitud por escrito remitida a la coordinación de prácticas empresariales, en la
que se precisa la empresa donde el estudiante labora.
 Certificación laboral que registre el tiempo de servicio y el cargo asignado.
 Manual de funciones o competencias que describa las actividades que realiza en
el cargo. Estas actividades pueden estar descritas en el contrato, en la
certificación laboral u otro documento que la empresa contemple.
 Copia del contrato (ya sea laboral, de servicios, entre otros).
 Evaluación de desempeño en el formato establecido por el Centro de
Capacitación COMBARRANQUILLA.
PARÁGRAFO 1. Cuando el estudiante no se encuentre vinculado laboralmente en el
área, pero tenga una experiencia pasada relacionada con el perfil de competencias del
programa respectivo, cumplirá con los requisitos contemplados en el presente artículo.
Art. 62 PRODUCCION EN COMBARRANQUILLA.
Esta modalidad permite que el estudiante se vincule en las diferentes áreas de la Caja de
Compensación COMBARRANQUILLA, según se encuentren disponibles los espacios
para el desarrollo de actividades afines con su formación.
Esta gestión la realiza la coordinación de prácticas, según las necesidades internas de las
áreas administrativas, del Centro de capacitación Combarranquilla y las Unidades de
Servicios Integral (USI).
3.11 ABORDAJE DE DIFICULTADES ACADEMICAS
Art. 63 En los casos en que el estudiante presente dificultades para el logro de los
objetivos de la formación se dispondrán las siguientes estrategias, previo análisis y
revisión por parte del docente:
 Plan de Mejoramiento Académico: corresponde a estrategias concertadas con el
estudiante para el logro de objetivos de aprendizajes y el tratamiento de
dificultades comportamentales, actitudinales, motivacionales, entre otras. Este
recurso puede utilizarse individual o grupalmente y aplica durante el desarrollo
del módulo de formación.
 Actividades pedagógicas complementarias: corresponden a talleres teóricoprácticos, salidas de campo, nivelaciones, observaciones académicas, prácticas
internas u otras herramientas que permitan subsanar el déficit académico
detectado en el estudiante o grupo.
 Otras actividades pedagógicas definidas por el Consejo Académico:
corresponden a estrategias para dar tratamiento a dificultades de carácter
complejo que presenten los estudiantes. Si es el caso, se llevan a cabo
interdisciplinariamente y con el apoyo de diferentes instancias del equipo
directivo y administrativo, e incluso con entes externos.
3.12 RECONOCIMIENTO DE SABERES PREVIOS
Art. 64 El proceso de reconocimiento de saberes previos se presenta como una
alternativa de cualificación ocupacional para aquellas personas interesadas en validar y
certificar sus conocimientos, competencias y experiencias adquiridas en un campo
laboral específico.
DISPOSICIONES GENERALES.
1. El Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA podrá realizar
reconocimiento de saberes siempre y cuando reciba el previo concepto de la
coordinación académica.
2. La coordinación académica con el apoyo de docentes expertos en el área,
valorarán la experiencia laboral del aspirante, previa presentación de la solicitud
con el (los) correspondiente(s) certificado(s) laboral(es) y manual(es) de
descripción de cargo(s).
3. Se aplicarán al aspirante pruebas de conocimiento, desempeño y/o producto en
los módulos del programa de formación, en los que se verifique que posee
experiencia laboral y/o saberes previos.
4. Se valoran los resultados de las pruebas aplicadas, definiéndose las unidades y/o
módulos de formación a reconocerse; de esta manera el aspirante deberá cursar
solo las unidades y/o módulos restantes del programa de formación, siempre que
éstas en conjunto, representen como mínimo el 40% del plan de estudios.
5. El aspirante debe cancelar los valores previstos para el proceso de validación de
módulos, según tabla de tarifas vigente.
3.13 MODIFICACIONES AL PLAN DE ESTUDIOS
Art. 65 En armonía con las normas vigentes el Consejo Directivo podrá introducir las
modificaciones que considere conveniente a los planes de estudios con el propósito de
elevar la calidad de la enseñanza y buscar la actualización de conocimientos en un
programa académico.
PARAGRAFO 1. Cuando un plan de estudio sufre modificaciones sustanciales, así sea
en un área de estudio, este comenzará a regir solo para estudiantes que ingresan al
primer semestre o que no hayan cursado los módulos que sufran dichas modificaciones.
El plan de estudio modificado solo aplicará a estudiantes antiguos en el caso en que
ellos expresen su voluntad de acceder a la actualización. En dicho caso, la coordinación
de formación reprogramará su itinerario de estudio.
PARAGRAFO
2.
Es
discrecional
del
Centro
de
Capacitación
COMBARRANQUILLA, programar en caso de algunos cambios sensibles, acciones
educativas (seminarios, conferencias, talleres y otros), tendientes a complementar los
planes de estudio que hayan sido modificados.
3.14 CERTIFICACION ACADEMICA
Art. 66 Para optar por el “Certificado de Técnico Laboral por Competencias”, el
estudiante debe haber cumplido todos los requisitos curriculares de la etapa lectiva y
productiva previstos en el programa académico correspondiente, y encontrarse a paz y
salvo con todas las áreas de la Institución.
Art. 67 La Institución expedirá los certificados en su nombre, de acuerdo con la
normativa legal vigente.
Art. 68 De todo acto de certificación quedará constancia a través de un acta en la que
se registra:
1. El certificado otorgado del programa correspondiente
2. Nombre y apellidos completos de la persona que recibe el certificado
3. Documento de Identidad.
4. Autorización legal, en virtud de la cual, la institución confiere el certificado
5. Fecha y número del acta de grado
6. Firmas del Director y de los entes que se consideren pertinentes.
Art. 69 Los certificados que expida la Institución cumplen con las normas legales
establecidas y estarán refrendadas por la Dirección.
PARAGRAFO 1. La Institución expedirá duplicado de certificados únicamente en los
siguientes casos:
1. Por pérdida o destrucción del original, que se acreditará por parte del interesado, con
la presentación de la certificación sobre la pérdida o destrucción del documento,
expedida por autoridad competente.
2. Por deterioro del original.
3. Por error manifiesto en el original
4. Por cambio de nombre o reconocimiento de filiación natural.
PARAGRAFO 2. Para la nueva expedición de un certificado, el interesado debe
presentar el recibo de pago correspondiente, de acuerdo al monto establecido para ello,
exceptuando el caso de error manifiesto. En caso de pérdida o destrucción del original
debe presentar la respectiva denuncia ante una inspección de policía u autoridad
competente.
CAPITULO IV
ASPECTOS DISCIPLINARIOS
Art. 70 DISCIPLINA. La raíz de la palabra disciplina viene del latín Discara que
significa aprender a ser discípulo. Un discípulo sigue y aprende de su profesor, la
verdadera disciplina no es solo producir un ambiente seguro y ordenado, es enseñar el
autocontrol, a tomar conciencia de las acciones y ayudar en la formación para una vida
adulta responsable. La disciplina es esencial para la promoción del orden, en la
delineación de los derechos y deberes indispensables para una convivencia eficaz.
El cumplimiento de las normas establecidas en este instituto por los miembros de la
comunidad educativa, darán lugar a la aplicación de correctivos de acuerdo a la clase de
falta cometida. En ningún caso se aplicarán correctivos con castigo físico, psíquico o
moral que atente contra la integridad o dignidad del estudiante.
Art. 71 PROCEDIMIENTOS PARA RESOLVER CONFLICTOS DE LOS
ESTUDIANTES. Para solucionar los inconvenientes que se presenten en la labor
educativa se tendrán en cuenta los siguientes pasos:
a) Dialogar con el docente.
b) Acudir al Coordinador cuando no haya encontrado solución con el educador, si la
dificultar persiste.
d) Acudir al Director como última instancia de la solución.
Art. 72 CRITERIOS PARA DETERMINAR LA GRAVEDAD DE LA FALTA: El
estudiante incurre en falta disciplinaria cuando quebranta le ley, el Estatuto, los
reglamentos internos de la institución atentando contra el orden y las buenas costumbres
en la Institución y en la Sociedad, para determinar la gravedad se tendrá en cuenta:
a) El grado de culpabilidad.
b) El grado de perturbación de los servicios educativos
c) La naturaleza esencial en el desarrollo de las actividades académicas.
d) El reconocer y confesar la falta antes de la formulación de cargos
e) La edad, desarrollo mental, afectivo, circunstancias personales, familiares y sociales.
f) Procurar por iniciativa propia resarcir el daño o compensar el perjuicio causado si
fuere el caso.
En atención a su naturaleza, efectos y circunstancias del hecho, los motivos
determinantes y los antecedentes personales del infractor, se tendrá en cuenta, entre
otros, los siguientes criterios:
 La naturaleza de la falta y sus efectos se apreciarán según haya causado
perjuicio.
 Las modalidades o circunstancias del hecho se apreciarán de acuerdo con el
grupo de participación en la comisión de la falta y la existencia de circunstancias
agravantes y atenuantes o eximentes.
 Los motivos determinantes se apreciaran según se haya procedido por causas
nobles o fútiles o por nobles y altruistas
 Los antecedentes del infractor se apreciarán por sus condiciones personales.
Art. 73 CALIFICACIÓN DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS. Las faltas se
calificarán como leves, graves o muy graves.
a) Se considera falta leve a toda infracción que por su naturaleza, intención y
consecuencias, infrinja levemente al presente Manual o produzca traumatismos menores
para la buena marcha de la institución, tanto en el orden académico como disciplinario y
presten mérito a los docentes y/o coordinador para llamarle la atención al alumno,
colocándole actividades que conlleven a reparar la falta.
b) Se consideran faltas graves:
 Aquellas cometidas por los estudiantes que dan mérito a los directivos, docentes
y coordinadores para abrir un debido proceso disciplinario al estudiante(s) que
cometa(n) o ejecute(n) actos considerados injuriosos, contrarios a la moral, sanas
costumbres a la buena fe, con el fin de promover la indisciplina o la
perturbación del normal funcionamiento de la institución.
 La reincidencia y acumulación de faltas leves sin mostrar cambio ante los
correctivos impuestos, así como los que se encuentren en el Manual.
c) Se consideran faltas muy graves:
 La reincidencia y acumulación de faltas graves sin mostrar cambios ante los
correctivos impuestos, así como las faltas que se encuentran descritas en este
Manual.
 Aquellas cometidas por el (los)estudiante (s)y que facultan al Consejo Directivo
para tomar decisiones definitivas, ya que además de reunir las condiciones
anteriores, afecten de tal manera a la institución o a sus miembros en el orden
físico, moral que hagan necesario prescindir del alumno responsable del hecho.
PARAGRAFO 1. Para calificar la gravedad de la falta, se deben analizar las
circunstancias de agravación atenuación o exoneración de las mismas.
PARÁGRAFO 2. Causales de agravación. Se considera como causales de agravación
de la responsabilidad de la conducta asumida por el estudiante y por ende, en la
sanción a imponer las siguientes:
 La reincidencia en la comisión de la falta que dio lugar a una sanción
disciplinaria dentro del mismo año lectivo.
 La realización del hecho en complicidad con otros estudiantes.
 Cometer la falta aprovechando la confianza depositada por docentes, personal
administrativo y demás miembros de la comunidad educativa.
 Cometer la falta para ocultar otra.
 No asumir la responsabilidad y atribuírselo a otro.
 Cometer el hecho con intervención de compañeros, previo engaño a estos.
 Causar un daño físico o psicológico irreparable o irreversible a otro estudiante
docente o miembro de la comunidad educativa
.
PARÁGRAFO 3. Causales de exoneración: Se consideran como causales de
exoneración de la responsabilidad de la conducta asumida por el estudiante y por ende,
no habrá sanción a imponer, las siguientes:
 Haber sido inducido u obligado por un superior a cometer la falta.
 Haber actuado por motivaciones e intenciones nobles o altruistas.
PARÁGRAFO 4. La exoneración de la sanción no exime al estudiante de asumir los
gastos ocasionados con su conducta.
Art. 74. SE CONSIDERAN FALTAS LEVES:
 Impuntualidad, retraso o llegada tarde a la iniciación de la jornada de clases, a
cada una de las clases o a las actividades programadas.
 Ausencia a las clases sin causa justificada.
 Presentación en forma indecorosa en aula de clase.
 El porte no adecuado del uniforme, con prendas que no hacen parte del mismo,
mala presentación personal, empleo reiterado y exagerado de adornos y joyas.
 Incumplir con los materiales y elementos solicitados por el docente para el
normal desarrollo de la actividad escolar.
 Manifestaciones exageradas amorosas y de noviazgo, ya sea en público o
privadas dentro del espacio escolar o portando el uniforme que los distingue
como estudiantes del instituto.
 Traer al instituto elementos que interrumpen el normal desarrollo de la actividad
escolar tales como: celular, equipos de sonido, juegos, revistas y demás.
 Usar el cabello largo o pintado para el caso de los varones; maquillaje y
accesorios exagerados, para el caso de las mujeres.
 Traer medicamentos sin la debida prescripción médica.
 Desobedecer las normas contempladas en el Manual de Convivencia.
 No presentar los volantes de pago en el tiempo requerido.
 Consumir alimentos en clase o en recintos donde hayan actividades formales.
 Irrespetar el orden en el comedor, tienda escolar y demás sitios donde se
requiera.
 No devolver los envases a la cafetería y llevarlos fuera del área en lugares como
salones, corredores, escaleras y demás.
 Arrojar basura al piso o no depositarla en sitios destinados para tal fin como
canecas o recolectores.
 Falta de aseo personal.
 Interrumpir el normal desarrollo de clases o de actividades asumiendo actitudes
que interfieran con el avance de las mismas o de la actividad que se realice.
 Practicar juegos bruscos que lesionen o atenten contra la integridad de sus
compañeros o miembros de la comunidad educativa.
 Utilizar información sin la autorización de las directivas o del docente.
 Salir del aula de clases cuando no es el tiempo indicado para hacerlo y sin
autorización.
 Muestra reiterada de desadaptación, apatía y desinterés de sus obligaciones
académicas y disciplinarias.
 Realizar actividades distintas a las clases y el evento actual.
 Ausencias y apatías en actividades cívicas, culturales, formativas y eventos
patrios o programados por la institución.
 Uso de un vocabulario soez, irrespetuoso, vulgar u obsceno con sus
compañeros, docentes y personal administrativo.
 Evasión de clases y salida del instituto sin la autorización del coordinador y/o de
su acudiente.
 Perturbar con gritos y algarabías el normal desarrollo de las actividades
académicas.
Art. 75 SE CONSIDERAN FALTAS GRAVES:
 La reincidencia por tres (3) oportunidades de faltas leves se convierten en
graves.
 Todo acto contra la moral cristiana y las buenas costumbres.
 Presentación de una imagen negativa de la corporación.
 Agredir de hecho, palabra, con tono y gestos que denoten irrespeto o altanería a
un compañero, superior, o cualquier miembro del la comunidad educativa.
 Concertar riñas o peleas dentro, fuera o en los alrededores de la corporación.
 Alterar las planillas de evaluación, registros de asistencia o certificados, o
falsificar firmas.
 Agresión verbal o física con premeditación y alevosía, o presionar a un
compañero a cometer faltas inapropiadas dentro, fuera o en los alrededores de la
institución.
 Porte, Consumo y distribución de bebidas embriagantes y/o sustancias
alucinógenas, estupefacientes y/o presentarse en estado de embriaguez en los
predios de la institución, o en sus alrededores.
 Atentar contra la propiedad ajena.
 Fraudes durante los exámenes, taras o trabajos.
 Abuso sexual, incitación al sexo y excitación frente a estudiantes, docentes o
cualquier miembro de la comunidad educativo, esto sin perjuicio de las
sanciones legales correspondientes.
 Insubordinación a la autoridad del director o docentes.
 Visitar sitios peligrosos para la salud, la moral y las buenas costumbres portando
el uniforme.
 Toda acción que acarree daño y/o implique uso inadecuado de los bienes y
patrimonio de la institución.
 Sabotear una actividad académica y/o administrativa dentro, fuera y en los
alrededores de la institución.
 Preparar o hacer bromas y chistes de mal gusto dentro, fuera y en los alrededores
de la institución.
 Traer a la corporación revistas, videos, grabaciones obscenas que atenten contra
la moral y las buenas costumbres.
 Dejar de asistir a la corporación engañando a sus superiores y/o padres sin
justificación alguna.
 Promover la indisciplina.
Art. 76 SE CONSIDERAN FALTAS MUY GRAVES:
 Reincidencia de faltas catalogadas como graves.
 La ofensa, injuria, calumnia, ultraje e insulto contra las autoridades de la
institución, contra el personal docente, administrativo, estudiantil y en general
contra toda persona invitada por la institución.
 Realizar actos de satanismo, prostitución, drogadicción dentro, fuera y alrededor
de la institución.
 Ejercer chantaje, extorsión e intimidación de cualquier índole individual o
colectiva a compañeros, directivos, docentes o empleados de la corporación.
 Hacer uso inadecuado de los baños de la institución escribiendo en las paredes o
puertas.
 Actuar dentro, fuera o alrededor de la institución comprometiendo o atentado
contra el buen nombre de la institución
 Porte, utilización de armas de fuego, arma blancas, y/o explosivos, así como,
también, presentarse, con mascara o antifaz en las instalaciones de la institución
o en cualquier recinto donde la institución haya organizado un acto académico o
administrativo.
PARÁGRAFO 1. La institución sancionará todas las faltas sin perjuicios a las acciones
judiciales que haya lugar.
Art. 77
DE LOS CONDUCTOS REGULARES PARA SOLUCIONAR
CONDUCTAS NO DESEABLES.
Cuando un estudiante incurra en algunas de las faltas mencionadas, se le aplicará el
siguiente tratamiento:
a) Llamado de atención verbal.
Cuando se trate de hechos que contraríen en menor grado el orden académico o
disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o cuando sea necesario
para prevenir la ocurrencia de hechos que vulneren esos deberes, derechos y
prohibiciones, el estudiante podrá recibir un llamado de atención verbal por parte del
docente, el Coordinador Académico, el responsable de Bienestar o el Director del
Centro de Capacitación.
Este llamado de atención verbal no constituye una sanción.
b) Llamado de atención Escrito. (Acta de compromiso)
En la segunda falta se citará al estudiante y se elaborará el acta suscrita por los que en
ella intervienen, en la que deberán constar los hechos que dieron lugar a la
conminación, las obligaciones que se ordenan al (los) amonestado (s) y los
compromisos que se concertan con él dentro del plan de mejoramiento disciplinario.
c) Suspensión Temporal.
Si aplicadas las sanciones anteriores el estudiante no modifica su comportamiento se
efectuará una suspensión temporal por uno o dos días de acuerdo a la gravedad de la
falta, previo aviso a los padres y/o acudientes. Durante la suspensión el estudiante
realizará trabajos escritos referentes a la norma infringida de esta sanción. Debe quedar
un acta firmada por los intervinientes, la cual reposará en la carpeta de seguimiento del
estudiante.
El competente para dictar esta medida es el coordinador, el cual recibirá el informe y/o
las pruebas del docente y/o directivo, que haya presenciado o tenido noticia del
comportamiento no convivencial del alumno.
d) Condicionamiento de la matrícula.
Es el acto académico sancionatorio que se impone al estudiante que incurra en una falta
académica o disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento establecido. El
condicionamiento de matrícula cesa cuando el estudiante cumple el plan de
mejoramiento concertado y/o compromisos escritos.
e) Cancelación de matrícula.
Acto administrativo que se origina cuando persisten en el estudiante las causales que
originaron el condicionamiento de matrícula o por faltas catalogadas como graves de
acuerdo a la clasificación determinada en el artículo 74 del reglamento; implica que la
persona sancionada pierde la condición de estudiante y no puede participar en procesos
de ingreso a la institución.
Esta sanción la aplica el Consejo De Dirección, considerando que es la máxima
autoridad institucional, previo análisis de la situación del estudiante que ha infringido la
norma. Es la sanción máxima que existe en el Instituto y se aplicará en casos de extrema
gravedad.
Art. 78 SANCIONES
Según la gravedad de las transgresiones se aplicarán las siguientes sanciones:
PARA LAS FALTAS LEVES:
-Llamado de Atención Verbal.
-Llamado de Atención Escrito
-Suspensión por un día de clases y control de actividades dirigidas por los docentes.
-Amonestaron pública por medio de resolución expedida por el Consejo Académico.
PARA LAS FALTAS GRAVES:
-Suspensión hasta por cinco (5) días de clases y control de actividades dirigidas por los
docentes.
- Condicionamiento de la matrícula.
- Suspensión del derecho de certificarse, hasta por un año.
PARA LAS FALTAS MUY GRAVES:
- Condicionamiento de la matrícula.
- Cancelación de matrícula
Art. 79 DE LA COMPETENCIA PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES
Para faltas leves será competente el docente que conoce la falta. Si se considera que
dadas las implicaciones de la falta debe ser conocida por otra instancia, informará al
coordinador respectivo. Todo llamado de atención por escrito lo hará el coordinador
previo informe del docente.
Para faltas graves las sanciones serán de competencia del coordinador, quien decidirá
el curso de acción y correctivo correspondiente.
Para faltas muy graves el coordinador académico reúne toda la información
correspondiente para ser analizada por el Consejo Académico y/o Directivo, quien
determinará el proceso a seguir.
Art. 80
PROCEDIMIENTO PARA SANCIONAR
1. Derecho a la defensa. Todo estudiante que se encuentre incurso en cualquier tipo de
falta tendrá derecho a la legítima defensa y que se le siga un debido proceso, también
tendrá derecho a que declare los motivos que lo llevaron a cometer el hecho.
PARAGRAFO 1. El consejo directivo es el único que está facultado para abrir un
debido proceso correctivo, cuando un estudiante ha cometido una falta grave o muy
grave, mediante resolución motivada indicando los hechos, las faltas que se le imputen,
así mismo, deberá contener las pruebas que sustenten la respectiva denuncia y señalará
el término de cinco (5) días hábiles para que el estudiante rinda los descargos. También
será el único competente para colocar sanciones definitivas.
2. Procedimiento disciplinario. Para cumplir con los requisitos legales se debe hacer el
siguiente procedimiento:
- Dentro de los tres (3) días siguientes al conocimiento de la falta, la cual será notificada
al estudiante, se ordenará la apertura de la investigación que tendrá un máximo de cinco
(5) días hábiles.
- Precluido dicho termino, dentro de los tres (3) días siguientes se escuchará al
estudiante(s) implicados (s) en versión libre y espontánea. Necesariamente debe esta
acompañado por el personero de los estudiantes quien asumirá su defensa.
- Si se solicitaron pruebas deben ser practicadas en un término máximo de cinco (5) días
y pueden ser prorrogables por el mismo tiempo.
- Precluido el término probatorio, el estudiante tendrá un plazo tres (3) días para
presentar sus alegatos; el consejo de dirección dictará fallo dentro de los tres (3) días
siguientes a este, mediante resolución motivada y contra ella le caben los recursos de
ley.
El estudiante sancionado dispone del recurso de reposición y de apelación, para revocar
o reformar las sanciones que le fueron impuestas en los casos de faltas graves o muy
graves. Para las faltas leves no procede recurso alguno.
CAPITULO V
ASPECTOS RELACIONADOS CON EL PERSONAL
DIRECTIVO Y DOCENTE (CARACTERISTICAS,
DERECHOS, DEBERES Y ESTIMULOS)
Art. 81 Los derechos como tales garantizan el respeto a la dignidad de la persona
humana y el crecimiento personal en todos los aspectos, permitiendo así el pleno
desarrollo de su personalidad, por lo tanto se pretende que el directivo y el docente:
- Sea comprometido y leal con los principios y valores de la institución para formar
parte de la comunidad educativa y a través de ella pueda vivir la educación como un
instrumento para la construcción de mejores individuos para una mejor sociedad.
- Cuente con una preparación ético-moral y cognoscitiva dignas de emular y estar en
constante proceso de crecimiento.
- Mantengan una conciencia reflexiva de impacto sobre los estudiantes y actitudes y
valores coherentes con lo que piensan, dicen y hacen.
Art. 82 CARACTERISTICAS DEL DOCENTE
CAPACITACIÓN COMBARRANQUILLA.
DEL
CENTRO
DE
El docente proyecta las siguientes características:
 Equilibrio integral y racional que aplique los valores de la comprensión y la
tolerancia y el principio de autoridad.
 Ejemplo para educar a través de sus actitudes y poder solicitar las prácticas de
valores con los estudiantes.
 Preparación académica y un deseo constante por actualizarse en su área
específica del conocimiento, lo mismo que un interés evidente por aquella
manifestación del arte o ciencia que haya escogido para enseñar.
 Apertura hacia el cambio y hacia las prácticas democráticas; ser crítico, aceptar
críticas y compartir sus reflexiones pedagógicas con los colegas y directivos.
 Cooperación con sus colegas y el personal directivo para el desarrollo de las
actividades formativas en general.
 Flexibilidad y capacidad reflexiva y auto cuestionadora. Él debe preocuparse por
la calidad diaria de su desempeño y suscitar en el alumno un pensamiento propio
y el disfrute por una grata aventura de encontrar conocimientos con sus propias
herramientas.
 Creatividad en la elección de metodologías para el desarrollo de los contenidos.
 Cumplido con sus horarios, programaciones de clases y con el diligenciamiento
de los documentos propios de la formación, según los lineamientos establecidos.
 Objetivo en la aplicación de las normas de disciplina a los estudiantes.
Art. 83 Los DERECHOS de los directivos y de los docentes están contemplados en
Los derechos fundamentales que establece la Constitución Nacional, el decreto 2277 o
estatuto docente, la ley 115 de 1994 o Ley General de Educación, código Disciplinario
Único y demás normas concordantes.
Art. 84 SON DEBERES DE LOS DIRECTIVOS los siguientes:
 Planificar, organizar, dirigir, evaluar los programas y planes de estudios de la
institución en coordinación con el Consejo de Dirección de la misma.
 Coordinar, orientar y dirigir, con la colaboración de docentes e instructores,
todas las actividades de la institución.
 Supervisar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias.
 Legalizar con su firma todos los documentos, certificados de estudios y demás
que expida la institución.
 Velar por el buen manejo de los bienes de la institución.
 Exigir un trato digno y respetuoso de parte de todos los miembros de la
comunidad educativa.
 Trabajar en un ambiente sano y acogedor donde primen las buenas relaciones, el
respeto y tolerancia, autoridad y justicia.
 Disponer de los recursos necesarios para el buen desarrollo de la labor docente.
 Presentar proyectos, iniciativas y sugerencias en pro del crecimiento y
proyección institucional.
 Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones para el Consejo de Dirección de
la institución.
Art. 85 SON DEBERES Y/O FUNCIONES DE LOS DOCENTES los siguientes:
 Elaborar diagnósticos para definir los planes de formación.
 Planificar el proceso educativo, conforme a los lineamientos institucionales y la
programación asignada.
 Cumplir con la programación académica asignada.
 Alistar recursos, ambientes de aprendizajes e instrumentos de seguimiento y
evaluación.
 Aplicar estrategias metodológicas de acuerdo al modelo pedagógico de la
institución.
 Realizar todas las actividades de la formación y el diligenciamiento de los
registros de seguimiento y reportes académicos.
 Aplicar instrumentos de evaluación y planes de mejoramiento, manteniendo
registros del proceso.
 Conocer la estructura orgánica de la institución, identificando los diferentes
estamentos y su respectiva descripción del cargo.
 Justificar sus inasistencias y enviar talleres o trabajos para los estudiantes, en
caso de presentar dificultades para asistir a clases.
 Mantener las relaciones de cordialidad entre los estamentos de la comunidad
educativa, basándose en los principios de equidad e imparcialidad.
 Inculcar a los educandos el respeto y amor a los símbolos patrios, los valores
históricos, culturales y morales.
 Abstenerse de realizar actividades lucrativas y/o de comercio con los
estudiantes.
 Escuchar y permitir a los estudiantes expresar sus ideas y descargos cuando sea
necesario, teniendo en cuenta las normas de respeto.
 Socializar con la coordinación académica, estudiantes y padres de familia, la
programación de su área o guía a desarrollar durante el periodo.
 Desarrollar permanentemente con los estudiantes actividades que les permitan
una formación integral como persona; darles buen trato y ejemplo formativo.
 Dar a conocer oportunamente a los estudiantes, padres o a quien se lo solicite, el
rendimiento académico, sus evaluaciones e informes.
 Seguir los lineamientos trazados en el PEI en todos los aspectos curriculares,
evaluativos y pedagógicos.
 Informar al área de bienestar sobre situaciones problema que pueda estar
afectando el progreso del alumno y la solidez del grupo.
 Mantener una comunicación frecuente, abierta, oportuna y espontánea con los
directivos de la institución.
 Asumir con madurez y sentido profesional las sugerencias y correcciones que le
hagan en bien de su labor educativa.
 Poner al servicio de la institución su vocación y labor como educador,
entregando todas sus cualidades, capacidades, preparación y creatividad,
apoyando leal y comprometidamente sus políticas educativas.
 Participar activamente en los eventos culturales, deportivos, sociales y religiosos
que prepare o programe la institución.
 Abstenerse de fumar o consumir licor dentro, fuera y en los alrededores de la
corporación y de mantener relaciones amorosas con estudiantes o
manifestaciones que puedan inducir al conocimiento de que existen.
Art. 86 CRITERIOS PARA LA ASIGNACION DE DOCENTES
Son criterios para la asignación del docente:
 El cumplimiento del perfil definido para el módulo de formación en cuanto a
educación, conocimientos y experiencia.
 Disponibilidad para el desarrollo del módulo de formación en los tiempos
programados.
 El nivel de desempeño obtenido en la última medición realizada.
 Las certificaciones de competencia laboral. Este aspecto se considera un
elemento decisivo para asignar un docente, cuando exista otro que también
cumpla con los criterios anteriores.
Art. 87 ESTÍMULOS
 Recibir capacitación en cursos de actualización para el mejoramiento de u
desempeño profesional.
 Reconocimiento público en presencia de la comunidad educativa
 Mención de Honor por su alto desempeño en diferentes actividades.
Art. 88 FUNCIONES DEL COORDINADOR. El coordinador depende del Director y
le corresponde la administración académica y de convivencia de la institución y en
consecuencia el trabajo con los docentes, alumnos, padres de familia en aquellas
situaciones que tengan que ver con los tópicos señalados. Sus funciones son:
 Participar en el Consejo Académico y en los comités de evaluación y promoción.
 Planear y presentar mensual, semestral y/o anualmente al rector, la asignación
académica de los docentes en concordancia con la reglamentación existente y
teniendo en cuenta las particularidades de la institución.
 Dirigir la planeación y programación académica acorde con los objetivos
institucionales y los logros proyectados en cada área.
 Ejercer orientación, control y seguimiento permanente al cumplimiento de
horarios, jornada académica y compromisos de los estudiantes y docentes, así
mismo comunicar al director cualquier situación que por su complejidad pueda
generar conflictos de mayor atención.
 Dejar registro escrito a través de actas de seguimiento, a los casos señalados en
el numeral anterior, de tal manera que puedan servir como soporte a cualquier
reclamación de orden legal o de carácter informativo solicitado por cualquier
autoridad competente y /o por cualquier miembro de la comunidad educativa.
 Dirigir la evaluación del rendimiento académico y adelantar todas las acciones
necesarias para garantizar hasta donde sea posible, la continuidad del estudiante
en la institución.
 Rendir periódicamente informe al director sobre el resultado de las actividades
académicas, fomentar la investigación como eje articulador en la formación del
docente y del estudiante, coordinar y ejecutar con el rector la evaluación
institucional y del personal docente en general, fomentar un clima de respeto
entre todos los miembros de la comunidad educativa, difundir el Manual de
Convivencia entre todos los miembros de la comunidad educativa para que sea
conocido, acatado y enriquecido de acuerdo con las experiencias diarias y la
normatividad vigente.
CAPITULO VI
SERVICIOS OFRECIDOS POR EL CENTRO DE
CAPACITACION Y EL REGLAMENTO PARA EL USO
DE LOS MISMOS
SERVICIO DE BIBLIOTECA
Art. 89 La Biblioteca es una unidad de apoyo al proceso académico e investigativo
para los estudiantes de los programas técnicos con el fin de facilitarles referentes y
herramientas de consulta para la búsqueda y la transformación de conocimientos.
Art. 90 USUARIOS. Son usuarios de la biblioteca los docentes, empleados, estudiantes
y miembros de la comunidad académica y científica.
Art. 91 REGLAMENTO.
1. Para ingresar a la biblioteca deben presentar el carnet de afiliación y si es la primera
vez que utilizan el servicio de biblioteca, deben diligenciar la solicitud de carnet para
actualizar sus datos.
2. El horario establecido para el servicio de bibliotecas es el siguiente:
-Lunes a viernes de 8:30 a.m. a 7:30 p.m.
-Sábados de 8:30 a.m. a 4:00 p.m.
3. Todo Usuario que desee ingresar a la Biblioteca debe ser registrado en el formato de
Registro de ingreso de usuarios a la Biblioteca.
4. Para la realización de consultas se permite ingresar a la biblioteca lápices, lapiceros,
hojas, cuadernos y calculadoras. Los bolsos, libros y carpetas se deben dejar en el área
de recepción, donde se dispone de lockers para que los usuarios guarden sus
pertenencias. Para utilizar los lockers, los usuarios deben entregar en la recepción un
documento de identidad (licencia de conducción, libreta militar, entre otros) y se les
entregará o facilitará una llave, la cual debe ser devuelta a la asesora al finalizar la
consulta.
5. En caso de pérdida de la llave del locker el usuario debe informar a la asesora del
servicio, quien le ayudará a solucionar la situación, además de cancelar la tarifa
correspondiente al valor de la llave y el acrílico que la identifica.
6. Bajo ninguna circunstancia se permite dejar guardados elementos en los lockers por
uno o varios días.
7. Todo usuario del servicio de locker debe dejarlo bien cerrado y tener asegurada la
llave del mismo. El centro de Capacitación COMBARRANQUILLA no se
responsabiliza por la pérdida de objetos o implementos guardados en los lockers.
8. Dentro de las instalaciones de la Biblioteca no se permite el consumo de bebidas y
alimentos, ni comunicarse por teléfono celular.
9. Dentro de las instalaciones de la biblioteca, los usuarios deben hablar en voz baja
para no incomodar a quienes leen y consultan.
10. Los libros utilizados por los usuarios en las salas de consulta de la biblioteca deben
ser dejados en las mesas para que sean reubicados en los estantes por las asesoras de
atención al cliente de la biblioteca.
11. Todos los usuarios del servicio deben hacer buen uso de los materiales
bibliográficos, los equipos y el mobiliario de la biblioteca. Cualquier daño que un
usuario cause a uno o varios de estos elementos, será sancionado con el pago del valor
del daño.
12. El préstamo externo es de máximo dos libros por persona y no incluye los libros de
referencia y revistas.
13. El tiempo máximo de préstamo de libros es de ocho (8) días para textos de literatura
y cuatro (4) días para los de colección general. Es deber de los usuarios del servicio de
préstamo de libros, la devolución oportuna de los mismos.
14. La devolución de los libros debe realizarse en la recepción de la biblioteca en la cual
se hizo el préstamo y a las asesoras de atención al cliente de la biblioteca.
15. Cuando un usuario no realice la devolución de los libros prestados en la fecha
estipulada, debe cancelar la multa correspondiente.
16. En caso de pérdida o deterioro de un libro, el usuario deberá reponer el material
bibliográfico con el mismo título; el préstamo de libros se le suspenderá hasta cuando
reponga la pérdida o material deteriorado. En caso que la obra esté agotada en el
mercado, se repondrá con un libro cuyo tema y valor sea similar al perdido, previo visto
bueno de la Coordinadora de Biblioteca.
17. Para el uso de los IPAD se deben seguir las siguientes recomendaciones:
a) El uso del IPAD es exclusivo para la consulta del catálogo en línea de la Biblioteca.
b) Los IPAD traen el fichero de consulta, no es necesario introducir usuario, ni
contraseña.
c) Queda restringida la manipulación del hardware y el software instalados en los IPAD.
d) Está prohibido modificar o tratar de alterar cualquiera de las configuraciones y
funciones, de los elementos de protección y seguridad del dispositivo o del software.
d) Se debe reportar a los funcionarios de la Biblioteca cualquier problema o
inconveniente ocurrido con el equipo durante su consulta.
e) En el mueble de consulta del fichero se encuentran instrucciones para el manejo del
catálogo en línea.
18. Se prohíbe fumar en áreas interiores o cerradas de los lugares de trabajo y/o lugares
públicos del Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA. Resolución 1956 de
2008 del Ministerio de Protección Social.
Art 92 PAZ Y SALVO. La institución exige a estudiantes, docentes y empleados, el
Paz y Salvo de la biblioteca para efectos de: certificados de estudio, matricula, retiro
(temporal o definitivo) y/o certificación final del programa técnico.
SERVICIO DE BIENESTAR ESTUDIANTIL
Art. 93 Definición. Entiéndase por servicio de Bienestar Estudiantil al conjunto de
actividades que orienten el desarrollo físico, psicoactivo, espiritual y social de los
estudiantes (Ley 30 de 1992).
Art. 94 Servicios de Bienestar Estudiantil. Los componentes y actividades del
programa de Bienestar estudiantil son los siguientes:
SALUD
• Campañas de salud física y mental que apunten al autocuidado y la prevención de
enfermedades.
• Brigadas de salud ocupacional para el fomento de las prácticas seguras y los estilos de
vida saludables.
ORIENTACIÓN
• Grupos de apoyo focalizados para la atención de problemáticas de tipo emocional y
social que dificulten la relación del estudiante con su entorno.
• Remisiones a entidades especializadas, previo establecimiento de convenios, para la
atención de problemáticas que requieran una intervención directa y personalizada con
el estudiante.
ARTE Y CULTURA
• Conversatorios musicales
• Concursos de pintura
• Concursos de ortografía
• Recitales poéticos
DESARROLLO INTELECTUAL
• “Encuentros con expertos del sector productivo”, especialistas en el área de formación
de los estudiantes y en temas transversales-humanísticos, para el intercambio de
experiencias, aciertos y dificultades en la ejecución de sus proyectos laborales.
• Participación en Seminarios de complementación académica en temas variados y
ligados a las competencias del programa cursado por el estudiante.
RECREACIÓN Y DEPORTE
• Acceso programado a los espacios para la recreación y el deporte: canchas deportivas,
piscinas y gimnasio.
• Encuentros deportivos en la modalidad de fútbol.
• Rumba-terapias con instructores especializados.
DESARROLLO DEL LIDERAZGO
• Testimonios de líderes estudiantiles exitosos.
• Acceso a encuentros de líderes programados en la ciudad.
PROYECCIÓN COMUNITARIA
• Inscripción en el servicio de Empleo de COMBARRANQUILLA.
• Acceso a talleres de orientación y para el fortalecimiento de habilidades cognitivas y
competencias laborales.
• Participación como candidato en las ofertas laborales que promueven las empresas en
el Centro de Empleo.
• Encuentro de padres y familiares que genere una retroalimentación de valores,
experiencias y/o dificultades, y a partir de ello se puedan establecer acciones conjuntas
en pro del fortalecimiento del núcleo familiar del estudiante.
PARAGRAFO UNICO. Son funciones de Bienestar Estudiantil:
 Participar en los comités de Evaluación y Promoción y en todos aquellos donde
sea requerido.
 Planear y programar las actividades en cada componente de servicio, de acuerdo
con los criterios establecidos por la institución.
 Orientar y asesorar a los docentes, estudiantes y padres de familia sobre la
interpretación de la Misión, Visión, filosofía y Políticas institucionales.
 Atender los casos sociales de comportamiento que se presenten en el instituto.
 Apoyar a los docentes en la orientación de los estudiantes.
 Apoyar a la coordinación para la solución de problemas de tipo académico y
disciplinario.
 Evaluar periódicamente las actividades programadas, y presentar oportunamente
los informes a la instancia correspondiente.
 Receptar los casos de estudiantes con dificultades y hacer la respectiva
valoración, seguimiento e intervención de acuerdo con los procedimientos
planteados el PEI.
 Contribuir con el desarrollo social, el mejoramiento académico y la feliz estadía
del personal durante su proceso de formación.
REGLAMENTO PARA EL USO DE LAS SALAS DE
INFORMATICA
Art. 95. DIRECTRICES PARA LA UTILIZACION DE LAS SALAS DE
INFORMATICA. Las siguientes son directrices generales del Centro de Capacitación
COMBARRANQUILLA para la utilización de las Salas de Informática; le invitamos a
apoyarnos en su cumplimiento en aras de mantener en óptimas condiciones los equipos
y dispositivos para ofrecerle un excelente servicio.
CONSIDERACIONES
 Este reglamento será aplicado a todos los usuarios.
Son usuarios de las salas de informática del Centro de Capacitación
COMBARRANQUILLA:
•
Docentes vinculados a los procesos de formación del servicio de educación.
•
Personal administrativo vinculado laboralmente con la Caja de Compensación.
•
Estudiantes de los programas técnicos laborales.
•
Personal asistente a capacitaciones ofrecidas por el servicio de educación
 La naturaleza del presente reglamento y su conocimiento es obligatoria para
todos los usuarios. Su desconocimiento no podrá ser utilizado como excusa para
evitar las sanciones correspondientes.
Para la adecuada utilización de las salas de informática se deben seguir las siguientes
directrices:
1. Dar el uso indicado a los equipos y demás accesorios, que les sean asignados para el
desempeño de las actividades académicas.
2. Utilizar los equipos de cómputo, sólo con fines educativos e investigativos
relacionados con los programas académicos, así, como el servicio de Internet.
3. Reportar de manera inmediata a los funcionarios encargados, sobre daños en los
equipos y accesorios.
4. Solicitar por escrito, vía e-mail, la reserva de la sala de informática con anticipación a
los funcionarios encargados, mínimo dos (2) días hábiles antes. En caso de que no
llegase a necesitarla, debe notificar la cancelación del servicio por el mismo medio.
(Este numeral aplica al personal docente y funcionarios de Combarranquilla).
5. Para ingresar equipos de cómputo y/o dispositivos personales en las salas de
informática, se deben registrar en portería relacionando marca, modelo, número de serie
y accesorios.
6. Utilizar los equipos solo para labores académicas, investigativas, elaboración de
proyectos u otros asuntos relacionados con las actividades propias del Centro de
Capacitación COMBARRANQUILLA.
7. Se restringe el uso de los equipos para realizar actividades comerciales, recreativas,
lucrativas, de ocio y en general aquellas que no sean acordes, con los fines
predeterminados en el programa indicado por el Centro de Capacitación
COMBARRANQUILLA
8. Se restringe la alteración de los equipos de las salas de informática.
9. El equipo asignado no se puede ceder a otro compañero, sin previa autorización del
Docente o facilitador responsable de la actividad en la sala de informática.
10. Los equipos pueden ser utilizados máximo por dos (2) personas; en caso de que se
asignen más de dos personas debe haber una justificación basada en una actividad
formativa programada por el docente.
11. Se restringe el ingreso e ingestión de alimentos y bebidas en general, el consumo de
sustancias alucinógenas o fumar dentro o alrededor de las salas de informática.
12. Se impide alterar, romper o apropiarse de las etiquetas de identificación de los
equipos de las salas de informática.
13. Se encuentra limitado completamente el uso de los equipos de cómputo para fines
fraudulentos.
14. Se restringe el uso de mascotas en las salas de informática.
15. Se restringe cualquier actividad de tipo comercial (venta de artículos o servicios)
dentro de las salas de informática.
16. Está totalmente restringido la utilización de los equipos de las salas para observar
material pornográfico o violento que atente contra los valores que promueve el Centro
de Capacitación COMBARRANQUILLA.
17. Evite la utilización de los equipos para chatear o realizar conversaciones en línea
que no sean de carácter académico.
18. Bajo ninguna circunstancia se podrá utilizar software sin licencia, quebrantar las
medidas de seguridad de la red e intentar reparar, destapar o cambiar de lugar, tanto
equipos como periféricos.
CAPITULO VII
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 96. El presente reglamento sólo podrá ser modificado por el Consejo de Dirección,
previo concepto del Consejo Académico.
Art. 97. El presente reglamento rige a partir de su expedición y deroga todas las
disposiciones que les sean contrarias.
Consejo de Dirección, Barranquilla, 30 de Junio de 2015.