SALA REGIONAL MIXTA DE LA CORTE DE APELACIONES, ANTIGUA GUATEMALA ORGANISMO JUDICIAL OFICIAL I REF. M0009/2007/41465 *6014660* TIPO PROCESO: Penal Común Reo indagado í ¿. En la c,iud~d de Anti9?GUatemala /1 - Sacatepéquez, el _--""&~:....:,,,,--,,,,,lt;.:::::¿¿,,,,,_/,-·"l=.J,,-: ...••í=...{••.• ¿"--_ de iC'r' //4' 12, r;t'del año dos mil quince, h"'[Í',z-¡l/<-ctt:;' . ( minutos, en: / siendo las _........:::é&,::-. :f,'. horas con _¿;;:_;;_/-,¿'¡,--,,-1..~_'-_:;7;..... (/ CALLE DE LAS ANIMAS NUMERO DIECINUEVE, ANTIGUA GUATEMALA - SACATEPÉQUEZ. Notifico la(s) resolución (es) de fecha (s): VEINTIUNO DE OCTUBRE DE DOS MIL QUINCE QUE CONTIENE SENTENCIA QUE OBRA DEL FOLIO CIENTO UN AL FOLIO CIENTO DOS QUINCE DE OCTUBRE DE DOS MIL QUINCE QUE CONTIENE DECRETO QUE OBRA EN EL FOLIO NOVENTA Y OCHO DIECINUEVE DE OCTUBRE DE DOS MIL QUINCE QUE CONTIENE DECLARA CON LUGAR EXCUSA Y DESIGNA NUEVO JUEZ O TRIBUNAL QUE OBRA DEL FOLIO NOVENTA Y NUEVE AL FOLIO CIEN A: ALVARO ERIK MONTES ECHEVERRIA (Sindicado) Por Medi~de cédula de notifiCaC?He r--· v""-)¿,,// Quien de enterado ". e: /&firmó, co~rne /' /':;"P' _---o las copias de Ley y que entrego a: ¡ -, .. ;' DOY FE: no se llevo a cabo la notificación, por la causa siguie~te-:--I------------~~~~~====~~==~~~----------~ ( ( ) dirección inexacta ) IUQardesocupado ( ( ) no existe la dirección ) persona fuera del país ( ( ) persona a notificar falleció ) datos no concuerdan CONSTA DE 5 FOLlOsl Fecha Recepción: 16/11/2015 03:26:05 NOTIFICADOR I imprime SANDY LORENA HERNANDEZ MANSILLA Fecha Impresión: 16/11/2015 - 15:27 OFICIO No. No. 03003-2008-00577 SALA REGIONAL Ot.1°. MIXTA _ - A - APELACiÓN DE AUTO PENAL DE LA CORTE DE APELACIONES DE ANTIGUA GUATEMALA; QUINCE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-----1) En virtud de la imposibilidad material del Magistrado Suplente, Abogado Rafael Morales Solares, se llama a integrar esta Sala con la Magistrada Victoria Teleguario NOTIFíQUESE. Xicay. Artículos: 11) Continúese con el Suplente, trámite Abogada Monica correspondiente. 111) 123, 130, 131, 132, 141, 142, 143 de la Ley del Organismo Judicial. ODAVIA CYNTHIA EU TESTIGOS DE ASISTE ZMAN SANCHEZ 'CIA ;í u i5 ~ ~ ~ o VJ a: o z '0 1) u 5 o a: ur a: w o Q. Organismo Judicial www.organismojudicial.gob.gt i5 8 w VJ ,,/ Cf1 / ~'. 0~\SMO ¡UD/e) 0«;' wIA _ ~ ~"1'(" OFICI~ NO,_.._..._:. ,.n"~.c'é'"_-:, _ !<:;'~í':~R<EFERENFIA\NQ:.,.,...,; ----x"~~ .r~· "!'."Í:. -.1>.." /./,~:' fe.: "'" -- 'f ., )~" ' .•. ~ \ NAL 'No, Q.'3-bo's~2_008-D0577 -A- Of.1 o. W~; ~:¡ "'\Ex'~'y~~, Mf;6JSTRADA,TJTULAR) \~~8f~.,~:~1 \~'~i~->- PAG.1 DE 3 GUATEMALA, CA. AUTO PENAL No. 03003-2008-00577 -A- Of. 1°. (EXCUSA MAGISTRADAS TITULARES) SALA REGIONAL GUATEMALA, MIXTA DE LA CORTE DE APELACIONES; DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ, LA ANTIGUA DIECINUEVE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-----Se tiene a la vista el expediente seguido en contra de ALVARO ERIK MONTES ECHEVERRIA, y por el estado que guardan las actuaciones, se procede a resolver la EXCUSA proceso, Licenciada planteada por las Magistradas titulares en el presente Karin Virginia Romero Figueroa y Licenciada Estela Bailey Beltetón, y:CONSIDERANDO: -1Que las Magistradas Titulares, se excusan de seguir conociendo en el proceso, y para tal efecto en su excusa de fecha dieciocho de septiembre del año dos mil quince, ínfrascrítas Apelaciones ABOGADA FIGUEROA, identificado rtículo manifiesta Magístradas Titulares de Antigua ESTELA lo siguiente: RAZÓN: de la Sala Regional Guatemala, BAILEY "('.') y KARIN para hacer constar que se EXCUSAN en el ecépite, 123, literal" en virtud de lo siguiente: I ", de la Ley del Organismo grave con alguna de las partes. las de Sacatepéquez, VIRGINIA ROMERO de conocer del expediente a) De conformidad con el • Judicial, que establece: "... uando el juez, su esposa, o alguno de sus parientes enemistad asientan Mixta de la Corte de del departamento BELTETON Que consanguíneos Se presume tengan que hay enemisied -c ü grave por haber dañado o intentado cualquiera de aquel/os, dañar una de las partes al juez o éste ~o '"'" en su persona, su honor o sus bienes, o a lo~ o z -o 8 so ~ Organismo Judicial www.organismojudicial.gob.gt e "''" i5 ü u i!I I I AUTO PENAL NO.03003-2008-00577 -A- Of.1 o. (EXCUSA MAGISTRADA TITULAR) PÁG. 2 DE 3 parientes de unos y otros mencionados procesales se ECHEVERRIA, denuncia desprende sindicado que dentro en éste inciso. ". el señor De las constancias AL VARO de las presentes ante el Consejo de la Carrera Judicial, ERIK MONTES actuaciones, presentó en contra de las Magistradas titulares de esta Sala, por lo que con dicho actuar y los términos consideramos ofensivos Tribunal de Alzada, de este proceso al excusamos integrarse y dañan el honor de quienes razón por la que NOS EXCUSAMOS de conformidad y apartamos con dicha norma. del conocimiento esta Sala con Magistrados integramos de conocer este dentro En tal virtud las suscritas del presente Suplentes vertidos que proceso, deberá como corresponde." Por tal circunstancia las Magistradas Titulares, son del criterio de inhibirse y apartarse del conocimiento y decisión del proceso de mérito. -11Esta Sala del estudio de las actuaciones y siendo que la decisión de las Magistradas titulares en el presente proceso, para excusarse, por estar dentro de las causales que estipula específicamente el artículo 123 de la Ley del Organismo Judicial, en la literal 1), los motivos expuestos constituyen causal suficiente para declarar la procedencia de la misma, pues de lo contrario podría surgir duda de la imparcialidad declarase procedente presente fallo.intención de la Juzgadora, y así deberá de resolverse debe en la parte dispositiva del Asimismo, conforme el historial señalado, se evidencia que hay por parte del señor Alvaro procedimiento, por lo que la Excusa planteada Erik Montes Echeverría, de retardar el por lo que al volver a recusar a algún magistrado sin causa alguna debidamente justificada, se certificará lo conducente. _ me- ;:::;ez~ LEYES APLICABLES: OFICIO No.. REFERENCIA No~ ._"- ,",., i«f::;,)i:: .' _ ....•..••.. '"7I"TT"T'"7"'I"' NA L ,,:,o~:N~,,030q,?'':?9b,~;;qQ~77,.~AOf.1 0. (~~~!'~::J' (~~::~:;7¡ //,;>,;::::\"'J" '('E9<ITQ&A ,I}IiA~'fS T RA OtA TI T U LA R) 3 DE 3 GUATEMALA. CA. Artículos citados Y; 12, 203 Y 204 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 543,49,62,63,70,81,92,107,117,160 328, del Código Procesal Penal; 13,68, al 170, 181,272,310, 123, 126, 141, 142, 143 de la Ley del Organismo JudicialPOR TANTO Esta Sala con fundamento en lo considerado y leyes citadas, al resolver, DECLARA: 1)PROCEDENTE la Excusa planteada por las Magistradas, titulares en el presente proceso, Licenciada Karin Virginia Estela Bailey Beltetón; consecuentemente, Romero Figueroa y Licenciada 11) Queda integrada la Sala con los Magistrados Abogados Harold Estuardo Ortíz Pérez y Monica Victoria Teleguario Xicay. 111)Continúese con el trámite correspondiente. \\ V) NOTIFíQUESE.- / O VOCAL 11 o '" '" ~ o (j z '0 ü !5 o Organismo Judicial www.organismojudicial.gob.gt ~ '" w o z o Ü ~ '" c:». GUATEMALA. No. 03003-2008-00577 A or.r-, - - AUTO PENAL - RECURSO DE REPOSICiÓN SALA REGIONAL MIXTA DE LA CORTE DE APELACIONES DE ANTIGUA GUATEMALA, VEINTIUNO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.- - - - Por el estado para resolver el ECHEVERRíA, que guardan, memorial presentado identificado en esta doscientos noventa RECURSO DE REPOSICiÓN abril las actuaciones, y tres por Sala guión ~dos dictado C O N SlIP ÁLVARO MONTES número en el que del auto de fecha por ésta a la vista ERIK con el registro mil quince, en contra del año dos mil quince, se tiene Sala un mil interpone veintiocho dentro de del proceso E R A N D O: ; -1Álvaro promover fecha Erik Montes RECURSO veintiocho Echeverrf a, en esta DE REPOS'ICIÓN de abril instancia en contra comparece a de la resolución del año idos mil quince de en la que se confirma , la resolución dictada Narcoactividad por y Delitos el Juzqado Contra el de Primera Ambiente del Instancia Penal, departamento de , Sacatepéquez , -~~-nx--Llue de fecha en el presente dos de junio caso, en el inciso de dos mil catorce. Manifiesta -11- de la parte CONSIDERANDO, ' el tribunal partes hace y no hace una simple una clara por lo que deja de observar bis indicado de reposición relación de los requerimientos y precisa fundamentación la obligación contenida y por ello deviene ya que se infringe . procedente , declara I~aley con esta de las de la decisión en el artículo con lugar resolución once 5 el re cur scjo y dejándolci " (5 z o ª e ii Q. ::! w o z Organismo Judicial www.organismojudicial.gob ..gt o Ü o w '" AUTO PENAL No. 03003-2008-00577 Of. 1°. -APágina 2 de 4 sin efecto, dictar fundamentar simple de manera- relación mención la que, conforme clara y precisa de documentos de los razonamientos se endereza a derecho, del la decisión proceso vertidos la impugnación) y sin corresponde y no mediante (el disco por el juez fundar a fin clara una compacto) a quo (contra de y la quien y precisamente lo resuelto. -11Esta Sala los agravios del estudio invocados, que se revisen del recurso advierte nuevamente en la resolución de reposición que I~ pretensión los argumen.tos de fecha interpuesto veintiocho del interponerte y motivaciones de abril El artículo 402 del reposición procederá Código Procesal contra Penal, acto estatuye: las resoluciones "El recurso dictadas a fin de que el mismo tribunal dictó examine cuestión corresponde este ... " La Corte artí cu lo, novecientos ocho, noventa asentó: materia de Constitucionalidad sentencia de y ocho, dentro "Entiende penal, de errores tales, en se dictan sin o corregirse entiende del texto en veintiu no del expediente es el medio en resoluciones audiencia evitarse fecha la que interpretación de de mil que por el recoge previa tribunal para procedimentales y no son que el articulo las 402 j u Iio veintiuno adecuado del de noventa la doctrina y en la corrección que, apelables, ha que las resolución esta Corte que, como lo resalta la repoeicion cometidos y dicte de sin audiencia y que no sean apelables, la y en se recu rre. previa nuevamente es contenidos de dos mil quince, se revoq ue la resol ución que por este consecuencia y de dictado; Código por ser a fin de así se Procesal J " OFICIS_~?" _ REF~ÍÚ~~¿IA;;NO:---~~ __ .:,'¡ 1'1 .... ',.•.~,\)..'''''' GUATEMALA, CA. Penal. De ello trámite en casos Tribunales se infiere que es anómalo diferentes, de Segundo como ocurre Grado al decidir a qua, dado que el primer citado no lo autoriza." tod a vez que (Sentencia existen de fecha ocho, dentro del fecha veinte de expediente de fecha revisión las procedente conocer ser revisado y repuesto Penal, Constitucionalidad recurso esta de reposición Sala. Reposición Por lo interpuesto anteriormente ARTíCULOS: citados no y del asentada pudiéndose en contra De la estima que no es susceptible Código por la el de idóneo, Procesal Corte de de un conocer de un auto considerado, y nueve, recurrida, no siendo y 411 nueve, y nueve). sala de y sentencia noventa noventa y sentencia Por ser un recurso 402 sentid o noventa y nueve, esta legal, m ism o noventa la resolución la doctrina interpuesto DISPOSICIONES y ocho; Instancia. trariscrita, deviene noventa guión de los artículos antes novecientos del mismo, por esta con de mil noventa eI por 411 del doctrina en su planteadas del artículo que sentó procesales, nuevamente congruencia párrafo novecientos ochenta el resultado lo determinan en mil apelaciones año mil novecientos constancias decidido dictados fa lIos noventa- trescientos habiéndose conforme año de ju Iiodel número de veintiuno doscientos veintiocho tres de julio expediente número expediente de veintiuno del en los de autos Interpretación más julio y aceptar sobre en el Juzgado Código, interponerlo dictado por Recurso de improcedente.LEGALES APLICABLES: y 12, 203 Y 204 de la Constitución " Polític~ o ::¡ de la Republica de Guatemala; 5, 7, 8, 11, 11 bis, 20, 21, 24, 40, 43~ ('"j % -o Ü g o &l ib o: Organismo Judicial WW-N.organismojudicial.gob.gt W Q ª U ~ Vi I I AUTO PENAL No. 03003-2008-00577 or. 1°. -APágina 4 de 4 49,70,92,107,116,117,160,162,163,168,181,291,292,404, 406,407,409 del Código Ley del Organismo Procesal resolver, Sala con base DECLARA: 1) REPOSICiÓN veintiocho En interpuesto de abril consecuencia NOTIFíQUESE antecedentes de la T A N T O: en lo contra del año dos con de y el auto de leyes el la mil quince, certificación al Juzgado considerado IMPROCEDENTE en CONFIRMA y 86, 88,141,142,143 Judicial.POR Esta Penal; RECURSO resolución dictada recurrido lo citadas, resuelto, de por esta en DE fecha Sala. Reposición; devuélvanse al 11) 111) los de su procedencia. ~. LI~L-"'~ :.:.'-=P~~~'" I - ODAVIA CYNTHIA EUNI TESTIGOS DE ASISTENGJA .. .. " TELEGUARIO XICAY
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