Actas constitutivas y estatutos de las AR

ELABORACIÓN Y PROTOCOL IZACIÓN DE
ACTAS CO NS TI T UT IVA S, OB J E TO SO CIA L ,
ES TATU TO S, NO MB R A MI EN TO S Y P O D ER E S,
EN LAS A.R.
Lic. Luis Gonzalo Zermeño Maeda
Notario 64 del Distrito Federal
Lic. Rodrigo Zermeño Ferrer
Lic. Alejandro Zermeño Medina
¿QUE ES UNA PERSONA?
Podemos pensar en tres conceptos diferentes de persona.
El concepto común.
El concepto jurídico.
El concepto filosófico.
Concepto común.- De acuerdo con la Real Academia de la lengua
española una persona es simplemente un individuo de la especie
humana.
Concepto filosófico.- Según el filósofo romano Anicius Manlius
Severinus Boëthius, (Boecio), la persona es una sustancia individual
de naturaleza racional.
Concepto jurídico.-Aunque existen muchas escuelas con
diferentes opiniones de forma sumaria podemos resumir que existen
dos escuelas principales de acuerdo a su definición de persona.
.- Considera que el concepto de
La vertiente iusnaturalista
persona proviene del derecho natural y que la ley no hace otra cosa
mas que reconocer la realidad y proteger a la persona.
Considera que es persona toda
La vertiente iuspositivista.entidad (material o no) a la que el Estado le otorga dicho carácter, y
define entonces a la persona comocentro
un
de imputación
jurídica, es decir un sujeto de
derechos y obligaciones.
Tomando en cuenta entonces que la definición legal habla de
que una entidad pueda ser un centro de imputación, le esta
confiriendo entonces a entidades materiales o inmateriales de
personalidad jurídica, por lo que es la personalidad jurídica lo
que nos da la aptitud para ser sujeto de derechos y
obligaciones.
Solo la ley puede otorgar la personalidad jurídica, y se la
puede otorgar o retirar a la entidad que quiera.
Existen entonces dos tipos de
personas:
La persona física.
La persona moral.
El concepto de persona física
corresponde al ser humano a quien se le
reconoce la personalidad jurídica,
mientras que la persona moral es toda
entidad distinta de las personas físicas, a las
que también le otorga la ley personalidad
jurídica.
TEORIAS QUE NIEGAN LA
P E R S O N A L I DA D A L A S P E R S O N A S
MORALES
Teoria de la ficción.- Su principal expositor es Savigny, que dice
que las personas son seres con voluntad y que las personas morales
carecen de voluntad, y entonces son una ficción. Su principal crítica es
que si llevamos el argumento ad absurdum se terminaria por no
considerar como personas a los que se encuentran en “estado
vegetal”, a discapacitados mentales o a los bebes o no nacidos.
E L E M E N T O S E SE N C I A L E S D E L A
PERSONA FÍSICA Y MORALES
Los elementos esenciales de una persona física son:
Capacidad
Estado Civil (SOLO PERSONA FISICA)
Patrimonio
Nombre (DENOMINACION SOCIAL)
Domicilio
Nacionalidad
CAPACIDAD
Dos tipos de capacidad
De goce y de ejercicio.
De goce.- aptitud de ser titular de derechos o sujeto de
obligaciones.
De ejercicio.- Posibilidad jurídica de que el sujeto haga valer en
nombre propio sus derechos, así como contraer obligaciones.
ESTADO CIVIL
PATRIMONIO
Conjunto de bienes, derechos y obligaciones, susceptibles de
consideración económica, atribuibles a una persona, que
conforman na universalidad de derecho.
NOMBRE
Para la persona física es el signo distintivo de identidad y
diferenciación.
Para la persona moral es el conjunto de vocablos con la que se
identifica a una persona moral.
DOMICILIO
Se define como el lugar en que una persona reside habitualmente con el
propósito de radicarse en él.
Art. 29.- El domicilio de las personas físicas es el lugar donde residen
habitualmente, y a falta de éste, el lugar del centro principal de sus
negocios; en ausencia de éstos, el lugar donde simplemente residan y, en su
defecto, el lugar donde se encontraren. Se presume que una persona reside
habitualmente en un lugar, cuando permanezca en él por más de seis meses
NACIONALIDAD
Es el vinculo jurídico y político que determina una situación de
pertenencia de un individuo con un estado.
Iniciar un negocio, un proyecto o actividad no lucrativa, en primera instancia,
requiere tomar decisiones sobre un aspecto esencial, el primer paso para poner
en práctica una idea de negocio o diversa actividad de distinta naturaleza,
requiere que usted determine si lo hará por cuenta propia o asociándose. Esta
decisión puede traer aparejada una serie de preguntas como las que a
continuación se responden:
Por lo general, existe duda sobre la forma más conveniente para llevar a cabo
el tipo de negocio o actividad preponderantemente económica, o no lucrativa,
a realizar. De aquí la importancia de informarse y conocer las diferencias entre
una persona física y una moral, y las diferencias de la última nombrada, para
que se pueda elegir la forma de actuar que mejor se adapte a sus necesidades.
LAS P ERSO NAS FÍSICAS Y MO RALES
Comenzaremos por explicar qué es una persona desde el punto de vista jurídico, ya que
es diferente su concepción en otras áreas y ciencias.
Desde el punto de vista legal, grosso modo, la persona es el sujeto que goza de derechos
y puede contraer obligaciones, según la capacidad que para tales efectos le reconoce la
Ley; sin embargo, existen dos tipos básicos de persona: Persona física y persona moral; y
dentro de las personas morales, también llamadas Jurídicas, existen en primera instancia,
también dos tipos: Personas Morales de Derecho Público y Personas Morales de Derecho
Privado; y dentro de las últimas, existen al menos tres grandes especies calificadas según
los rubros, giros y actividades que desempeñan, que atienden a su participación en la
sociedad. De Derecho Mercantil; de Derecho Civil; y de Derecho Social.
Derecho Público
Derecho Privado
Derecho Social
Sociedades Civiles:
La Nación, los Estados y los Municipios.
Sociedad Civil
Sociedades de Producción Rural
Asociaciones Civiles
Sociedades de Solidaridad Social
Instituciones de Asistencia Privada y Beneficencia
Asociaciones Religiosas
Sociedades Mercantiles:
Sociedades Anónimas
Sociedades de Responsabilidad Limitada
Corporaciones de carácter público reconocidas
por la Ley: Entidades paraestatales,
desconcentradas, banca pública, institutos,
comisiones, etc.
Sociedades en Nombre Colectivo
Sociedades en Comandita simple
Sociedades en Comandita por acciones
Asociaciones Rurales de Interés Colectivo.
Asociación Ganadera
Asociación Agrícola
Asociación Local de Productores Rurales
Sociedades Cooperativas
Sociedades especializadas en distintas áreas, en
particular por lo que hace al sector financiero.
Partidos Políticos
Sociedades Microindustriales
Sindicatos
¿ CÓMO
PUEDEN ADENTRARSE EN
N E G O C I O S Y D E M Á S A C T I V I DA D E S L A S
PERSONAS FÍSICAS Y MORALES?
Por cuenta propia o con ayuda de terceros.
Pueden decidir emprender una actividad o continuar un proyecto ya iniciado por
terceros.
Mediante la celebración de contratos especiales, generalmente de vigencia transitoria,
diseñados para atender necesidades específicas de la actividad seleccionada. Por ejemplo:
asociaciones en participación, Fideicomisos, franquicias y Joint Ventures.
Al constituir una persona moral.
Las personas físicas pueden elegir entre una variedad de actividades a desarrollar
mientras que las personas morales están limitadas por el alcance de su objeto social.
Al realizar sus negocios de acuerdo a la legislación vigente, las personas físicas y
morales obtienen seguridad jurídica y, entre otros, los siguientes beneficios:
Contar con medios legales para protegerse en caso de una controversia con otros.
Contribuir al desarrollo económico y social del entorno en el que se encuentra.
Enriquecer el mercado al favorecer la competitividad.
Propiciar la innovación.
Ser titulares de derechos como contribuyentes.
Adicionalmente, en el caso de las personas morales:
Tener exclusividad en el uso de una denominación o razón social.
Contar con reglas internas para su funcionamiento y responsabilidad de los
involucrados.
Unir esfuerzos para lograr el crecimiento del negocio.
T I P O S U S UA L E S D E S O C I E D A D E S , P E R S O N A S
MORALES O JURÍDICAS EN GENERAL.
S O C I E DA D E S C I V I L E S

ASOCIACIÓN CIVIL: Es aquella en la que las personas se asocian para realizar un fin común que
no tenga carácter preponderantemente económico, de carácter ideal, altruista, desinteresado, por
ejemplo: Fines políticos, artísticos, deportivos, culturales, profesionales, altruistas en estricto sentido,
ambientales, de condóminos, y hasta religiosos según la legislación en materia común, etc.

SOCIEDAD CIVIL: Es aquella en la que los socios se obligan a combinar sus recursos o sus
esfuerzos para la realización de un fin común, de carácter preponderantemente económico pero
que no constituye una operación comercial; por ejemplo sociedades de arquitectos, abogados,
contadores, etc.

Ambas instituciones de Derecho se rigen esencialmente por el Código Civil de cada entidad
federativa, y por la Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la
Sociedad Civil.
S O C I E DA D E S M E R C A N T I L E S
Son aquellas en las que el fin común de los socios es obtener un lucro mediante operaciones comerciales, esto es, ganancias
económicas, entre las que se encuentran:
Sociedad en Nombre Colectivo: Es aquella que existe bajo una razón social y en la que todos los socios son responsables, igual,
ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales.
Sociedad en Comandita Simple: Es la que existe bajo una razón social y se compone de uno o varios socios comanditarios, es
decir, que únicamente parte de los socios suministran los fondos económicos, sin participar en la gestión de la misma y están
obligados solamente al pago de sus aportaciones; y de uno o varios socios comanditados que operan a través de las aportaciones de
los comanditarios y tienen responsabilidad ilimitada y solidaria de las obligaciones sociales.
Sociedad en Comandita por Acciones: Es la que existe bajo una razón social y se compone de uno o varios socios comanditarios,
es decir, que únicamente parte de los socios suministran los fondos económicos, sin participar en la gestión de la misma y están
obligados solamente al pago de sus acciones; y de uno o varios socios comanditados que operan a través de las aportaciones de los
comanditarios y tienen responsabilidad ilimitada y solidaria de las obligaciones sociales.
Sociedad Cooperativa
Es aquella sociedad mercantil integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los
principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer sus
necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de
producción, distribución y consumo de bienes y servicios.
Cooperativas de Producción: Son aquellas en que los socios se obligan a prestar sus servicios en la
misma empresa explotada por la sociedad, y en la que, por regla general, no puede haber asalariados,
sino que todos los trabajadores, deben tener, en principio, el carácter de socios.
Cooperativa de Consumo: Son aquellas que están formadas por personas que se asocian para tener
en común bienes o servicios para ellos, sus hogares o sus actividades individuales de producción.
Las sociedades mercantiles más usadas son las dos siguientes:
Sociedad de Responsabilidad Limitada
Es aquella sociedad de personas, que no de capitales, que se
constituye entre socios que solamente están obligados al pago de sus
aportaciones, sin que las partes sociales puedan estar representadas
por títulos negociables, pues solo serán cesibles conforme a la Ley.
Sociedad Anónima
Es aquella sociedad de capitales que existe bajo una denominación y
se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago
de sus acciones.
PA R T E S Q U E I N T E G R A N U N A C TA C O N S T I T U T I VA
Denominación o Razón Social: Es el nombre que va a tener la
sociedad.
Capital Social: Es la aportación en dinero o en especie que hacen los
socios. Capital Variable: Es aquel que aumenta o disminuye sin formalidades
externas, y que dota a los tenedores de las acciones o partes sociales que le
representan, e ejercitar el derecho de retiro de su aportación o inversión.
Domicilio Social: Lugar ideal de residencia de la administración de la
sociedad, que además determina la competencia del Registro Público de
Comercio respectivo, y donde deba asentarse el domicilio fiscal
Objeto Social:Género de actividades a que se dedicará la empresa.
Estatutos: Reglamento en donde se regulan y convienen, además de los
elementos de personalidad antes descritos, las relaciones jurídicas entre los
socios; los derechos pecuniarios y corporativos de los mismos; los órganos de
decisión, representación, dirección, administración y vigilancia, entre otros
tantos acuerdos adoptados en consuno, que constituyen una cláusula cerrada
sujeta a la adhesión.
Socios:
Personas físicas o morales que hacen aportaciones a la sociedad. Administración: Órgano que se encarga de llevar a cabo los actos necesarios
para desarrollar el objeto social, con representación legal.
Órgano de Vigilancia: Encargado de supervisar los actos de la
administración y socios. Duración de la Sociedad: Tiempo por el cual llevará a cabo sus actividades.
: Reunión de socios que en términos
Asamblea Extraordinaria
generales se encarga de decidir cualquier asunto relacionado con el
cambio de los estatutos que integran el contrato social.
: Reunión de socios que se encarga de decidir
Asamblea Ordinaria
los asuntos operativos y comunes necesarios para lo consecución del
objeto social, y relacionados con la dirección de la empresa.
Asociación
Civil
Sociedad
Civil
Sociedad
Resp. Limit.
Sociedad
Anónima
Objeto
Realizar un fin
común que no
tenga carácter
económico ni
de especulación
comercial.
Realizar actividades
de carácter
económico pero
que no constituyan
una especulación
comercial.
Cualquier
actividad
con
especulación
comercial.
Realizar cualquier
actividad que
constituya
especulación
comercial.
Socios
Mínimo dos,
Personas
Físicas o Morales
Mínimo dos,
Personas
Físicas o Morales
Mínimo dos,
No más de
Cincuenta,
Personas
Físicas o
Morales.
Mínimo dos
Accionistas,
Personas
Físicas o
Morales.
Ingreso y
Exclusión de
Socios
Consentimiento
de la mayoría
de asociados.
Por unanimidad de votos de todos los
socios.
Ingreso o
exclusión de
socios con
consentimiento
de la mayoría.
Transmisión libre de acciones, salvo pacto
estatutario en contrario.
Capital Social
No hay
aportación
necesaria, incluso
pueden carecer
de éste, entendido como patrimonio
inicial, debido
a su carácter
no económico.
No hay
aportación
social
mínima.
Antes:Tres mil pesos
como
mínimo, actualmente no hay mínimo legal
Antes:Cincuenta mil
pesos
como
mínimo, tampoco hay un mínimo legal
desde la reciente reforma
Asociación
Civil
Sociedad
Civil
Sociedad
Resp. Limit.
Sociedad
Anónima
Responsabilidad
de los
Socios
Cada asociado
responde
hasta
por el monto
de sus
aportaciones
Cada socio
responderá
hasta por el
monto de su
aportación.
Los Socios
Administrado-res
responden
ilimitada y
solidariamente
Cada socio
responde
hasta por
el monto
de sus
aportaciones. Los Socios
Administrado-res
responden
ilimitada y
solidariamente
Cada socio
responde
hasta por
el valor
de sus
acciones. Los Socios
Administrado-res
responden
ilimitada y
solidariamente
LIB RO S C O R PO R AT IVO S
Las sociedades mercantiles están obligadas a llevar diversos libros, llamados corporativos, en
los que se registran los movimientos administrativos y operativos que se lleven a cabo.
Libro de Registro de Socios o Accionistas: En este, se asientan las acciones suscritas, los
tipos de acciones en su caso, las exhibiciones realizadas o pagadoras, las transmisiones que de
las mismas se hagan, los datos de identidad de los socios, y toda emisión o cancelación de
acciones o partes sociales.
Libro de Variaciones de Capital: Se registran los aumentos y disminuciones del capital
social, en su porción fija o variable.
Libro de Actas de Asambleas Ordinarias y Extraordinarias, y de Sesión de Consejo:
En estos se hacen constar las resoluciones adoptadas en junta o asamblea de socios
TIPOS DE PODERES QUE SE OTORGAN
General Para Pleitos y Cobranzas: Facultades legales para representar a la sociedad en juicio,
procedimiento y gestión..
General Para Actos de Administración: Facultades legales para llevar a cabo todo tipo de actos
tendientes a la consecución del objeto social y al mejor aprovechamiento del patrimonio de la sociedad.
General Para Actos de Dominio: Para actuar como dueño del patrimonio de la sociedad, pudiendo
gravarlo, comprometerlo y enajenarlo.
Especial: Que se constriñe a instrucciones expresas.
De otros tipos: Por ejemplo: De tipo cambiario para celebrar actos de comercio con títulos de crédito;
de vocación laboral para conflictos del trabajo; de vocación administrativa para gestiones especiales:
Contratación pública, de importación y exportación, etc.; y para sustituir, delegar y/o conferir poderes.
PRIMER PASO
DECLARATORIA DE
PROCEDENCIA, Y
CERTIFICADO DE REGISTRO
CONSTITUTIVO
Toda Asociación Religiosa (A.R.), para tener personalidad jurídica,
requiere OBTENER de la Secretaria de Gobernación, a través de la
Dirección General de Asociaciones Religiosas dependiente de la Sub
Secretaria de Población, Migración y Asuntos Religiosos de la Secretaria
de Gobernación, la declaratoria de procedencia y el certificado de
registro constitutivo .
QUE DEB E DE CONTENER LA SOLICITUD
A SEGOB
Denominación
Domicilio.
Bienes Inmuebles .(Patrimonio)
Estatutos .
Pruebas de que tiene arraigo en la población. (Objeto).
Representantes. (TIENE QUE SER MEXICANO MAYOR DE EDAD)
Presentar por duplicado con firmas autógrafas. (Clausula Calvo)
Personas autorizadas para recibir y oír notificaciones.
Requisitos que deben cubrir para ostentarse como ministros de culto.
SEGUNDO PASO
PROTOCOLIZACION ANTE
NOTARIO PUBLICO
El notario solicitará tanto el dictamen a que nos hemos referido,
como el certificado de registro, mismo que quedará protocolizado
para la posteridad y resguardado por la matricidad notarial;.
El documento o ESCRITURA que expida el notario, NO
REQUIERE de inscripción en el Registro Público de la Propiedad,
para acreditar la existencia de la Asociación Religiosa, ni la
personalidad de sus representantes .
OBLIGACIONES DE LAS A.R. ANTE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE ASOCIACIONES
RELIGIOSAS
Notificar cualquier cambio de sus representantes.
En su caso requisitos para ostentarse como ministros de culto.
Ampliación o reducción de las facultades de los representantes.
En su caso modificación de estatutos y si hay cambio de nombre; la
propia dirección deberá dar aviso a la Secretaria de Relaciones
Exteriores.
Notificar el nombre de las personas que integran sus órganos de
administración y de dirección y relación de ministros de culto.
Sujetarse a la Constitución política.
No perseguir fines de lucro o preponderantemente económicos.
 Respetar cultos y doctrinas ajenos a su religión.
Respeto integral de los derechos humanos.
Sus ministros pueden votar pero no ser votados.
Registrar sus bienes ante la Secretaria de Gobernación; presentar la
escritura en la que conste la adquisición del bien.
Cumplir obligaciones administrativas, como uso de suelo, desarrollo
urbano, etcétera.
Solicitar autorización para adquirir inmuebles
PATRIMONIO DE LA AR
Distinción entre muebles e inmuebles y derechos personales.
No pueden tener fines de lucro ni preponderantemente
económicos.
Objetivo. No pueden dar en arrendamiento ni obtener lucro.
(SOCIEDAD MERCANTIL O ASOCIACION CIVIL).
R E QU I S I T O S PA R A A D QU I R I R
I N M U E B L E S.
Para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 16, 17, 18 y
26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Publico y 20, 23, 24 y
25 de su Reglamento, con la finalidad de garantizar el derecho de las
asociaciones religiosas de adquirir inmuebles para el cumplimiento de
su objeto, además de contar con un registro actualizado de dichos
bienes, que les permita ejercer con plena libertad sus actividades de
propagación, enseñanza y administración de su cuerpo de creencias.
Las A.R. no tienen como hemos dicho un fin lucrativo, ni siquiera
preponderantemente económico y por lo tanto no pueden lucrar, con los bienes
inmuebles de los que sean propietarias.
Las A.R. pueden adquirir bienes inmuebles, mediante los contratos de compraventa,
donación, por sucesión, por designación de fideicomisaria (solo que la misma A.R. sea
fideicomitente), y cuando se liquiden instituciones de asistencia privada, de salud o
educativas, en cuya constitución, administración o funcionamiento intervengan las A.R.
Es importante aconsejar que los ecónomos, antes de entregar cualquier cantidad como
parte del precio o como garantía de compra o de donación, se ASESOREN
previamente, pues existen multitud de casos de fraudes que diariamente se cometen en
el mercado inmobiliario. El mejor asesor siempre será el Notario de su confianza.
Solicitar de la Dirección de Asociaciones Religiosas, certificado o DECLARATORIA
DE PROCEDENCIA.
¿ C U Á N D O D E B O R E A L I Z A R E L T R A M I T E PA R A Q U E
ME DEN LA DECLARATORIA DE PROCEDENCIA?
Antes de celebrar cualquier acto jurídico, que
tenga como finalidad la adquisición de un inmueble,
SE DEBE SOLICITAR A LA DIRECCION
GENERAL DE ASOCIACIONES RELIGIOSAS,
LO QUE SE LLAMA LA DECLARATORIA DE
PROCEDENCIA; para ello se dirige un escrito a
la propia dirección general, escrito que debe
contener lo siguiente.
 Superficie, medidas y linderos del bien.
Denominación
Uso actual y al que se destinará.
Avisar si existe conflicto en el uso o posesión del bien.
Plazo para que la dirección conteste.
Aviso de uso por el Notario al Registro Público.
Inscripción del título ante la dirección.
REPRESENTANTES,
DIRECTIVOS, APODERADOS,
NOMBRAMIENTOS Y
FACULTADES.
* Representantes. (Deben ser mexicanos y mayores de edad).
* Directivos. (Ver estatutos)
* Apoderados (Quien lo nombra)
• Estatutos. (De la constitución de A.R. o internos)
• Aviso a la dirección de los nombramientos pertinentes.
• Protocolización ante notario. (Diferencia de representantes,
directivos y apoderados)
MODIFICACIÓN A ESTATUTOS.
Problemática actual.
Asamblea de asociados para el cambio o modificación.
Aviso a la dirección.