Año XXIII, núm. 1168, 14 de marzo de 1963 - Biblioteca Virtual

ESCVELA
ESPAN2LA
EL HOGAR DEL MAESTRO JUBILADO
Año XXII
Núm. 1 1 6 8
E s esta una realización de t a n especial interés y de tal forma
Madrid, 14 de marzo de 1963
Tinculada al Magisterio y a s u s organizaciones que preferiríamos
ser simples glosadores de las actividades realizadas antes que senDepósito legal: M. 187.—1988
tirnos censores. Aunque manteniendo el espíritu que dejó en nuestras columnas aquel llorado maestro de Madrid don Antonio Castilla, iniciador y primer impulsor de la obra, hemos de traer a nuestro espacio la presencia de esta idea aún no lograda por si nuestra
EN ESTE NUMERO:
insistencia impide que este buen propósito quede guardado en el
anaquel del archivo de obras frustradas.
No es este el caso que nos preocupa, pues sabemos que la CoLos cursillistas del S6
misión especialmente encargada de llevar a cabo la empresa, tan
participarán en el connecesaria y tan ambicionada por muchos Maestros, no deja de tracurso.
Pág. 146
bajar y de s u m a r pequeñas realizaciones que en su momento poMaterial escolar. Pág. 147drán dar paso a una feliz realidad. Pero la falta de información púValor educativo de los
blica, que permita a los Maestros seguir el paso de estas actividajuegos, por E d m u n d o Kuiz
des, nos impulsa a escribir estas líneas, aunque ellas supongan una
Yagüe.
Pág. 147
indiscreción o una suma de indiscreciones, ya que se basan en
Oposiciones
a
ingreso
en
nuestros conocimientos personales adquiridos en conversaciones
amistosas o que hemos observado directamente.
Madrid. Convocatorias de
los respectivos TribunaAsí, por ejemplo, sabemos que se nombró una Comisión orgales.
Pág. 154
nizadora presidida por la Inspectora jubilada doña Luisa Eécares
y de la que es Vicepresidente y Secretario, respectivamente, el
Conversación abierta.
Jefe Nacional del S. E. M. y el Presidente de la Asociación La EnPág. 154
señanza Católica, amén de o t r a s distinguidas personalidades del
Interinidades.
Pág. 148
Magisterio primario. Que esta Comisión inició una colecta entre
Corridas
de
escalas
de enelos Maestros y que la aportación de éstos superó las 350.000 pesetas,
ro.
Pág. 156
con cuya cantidad es imposible realizar el ambicioso proyecto aca«Niños», páginas centrales.
riciado.
Conocemos también las asistencias que esta Comisión ha recibido de las autoridades de nuestro Ministerio, entre ellas el ofrecimiento de un solar que sirva de base al futuro
hogar.
LUIS
SOLANA
Si la aportación del Magisterio para esta obra
El día 1!) de marzo, festividad de San José, se fuese lo importante que merece teniendo en
cumple el primer aniversario de la muerte de cuenta el fin que se propone y la extensión que
puede alcanzar, es seguro que podría reunirse
nuestro Subdirector, Luis Solana.
Su recuerdo imborrable continúa vivo entre el capital necesario para su inmediata realizanosotros, alentándonos ción; pero como esta aportación no llega, y ante
en todo. «Sus actitudes el temor de que la insuficiencia de medios pae r a n siempre —siem- ralice la empresa, conocemos igualmente los propre— sosegadas, silen- pósitos de los organizadores de iniciar sus acticiosas, humildes, inteli- vidades en escala menor abriendo u n hogar aungentes. Ponía en las co- que fuere sólo para una docena de jubilados.
No nos es desconocida la preocupación de los
sas como el que más; a
veces más que nadie.
Pero a la hora del éxito
(Continúa en la última página)
desaparecía o escapaba
para situarse en esos
segundos planos donde
por pudor suele refu- LOS MAESTROS RURALES, SE
giarse el verdadero mérito.»
COLOCARAN EN ABRIL
Los hijos de Ezequiel
Solana que quedamos y
Debido a que algunas Delegaciones no han enriado
sus nietos continuare- todavía la documentación de todos los Maestros rurales
mos la obra realizada que obtuvieron plaza en el último concurso, aún no se
por nuestro padre en favor de los Maestros espa- ha podido colocar a estos Maestros, <iue en muchos cañoles y de la enseñanza patriótica y religiosa, a sos servían plazas como interinos, por lo cual se encuenla que tantos afanes dedicó también nuestro her- tran ahora desplazados por los opositores ingresados en
mano Luis, q. e. p. d.
enero.
En el Ministerio se nos ha informado que se hará lo
Las misas de doce eí día 19 y de siete y media el
día 18, en la Parrdquia de San Agustín, calle de Joaquín posible para que en el mes de abril queden ya colocados
Costa, así como la de diez del mismo día 18 en la ca- estos Maestros rurales. Por el momento no hay noticias
pilla del Pilar, Maldonado, 1, y los funerales en Villarijo (Soria) y Añorbe (Navarra), serán aplicados en su- sobre cuándo se convocará un nuevo concurso de los
fragio de su alma.
mismos.
146
14
Í.AS
PREGUNTAS
PATRONATO MUNICIPAL
Nos oomunlcan en la Sección de
Bneeñanza del Ayuntamiento a u e en
este mes Quedará resuelto el concurso une seleccionará a los Maestros y
Maestras del Patronato Municipal de
Madrid.
OPOSICIONES A INGRESO
Terminado el plazo de reclamaciones contra la lista de admitidos a las
oposiciones a ingreso, advertimos a
los interesados que el primer ejercicio tendrá lugar en» toda España el
próximo día 22 de marzo, a las nueve de la mañana, en los locales que
previamente hayan sido fijados por
los Tribunales de cada provincia.
OPOSICIONES A DIRECCIONES
De fuente bien informada sabemos aue no se convocarán ni oposiciones ni concurso de Directores
de Grupos eseolares hasta o.ue no
se hayan terminado las agrupaciones escolares en toda España.
ADMITIDOS A DIEZ MIL
La lista de admitidos a las oposiciones de diez mil directas y la de
las restringidas se espera sea publicado para la próxima semana. Inmediatamente después se publicarán los
Tribunales y Jos programas.
PENSIONES DE JUBILACIÓN
DE LA MUTUALIDAD
La Mutualidad de Enseñanza Primaria concede u n a pensión de jubilación a base del 30 por 100 del sueldo que se disfrute en el momento
de la jubilación, incrementado con
los quinquenios y pasas extraordinarias.
Jubilación por edad: Deben haberse cumplido setenta años y tener un
©I
de
marzo
ESTOS
de
1963
DÍAS
mínimo de cotización de diez. A la
instancia de solicitud se ha de añadir hoja de servicios certificada, fotografía carnet y partida de nacimiento.
Jubilación por imposibilidad física:
Debe ser declarada de oficio. Y cuando no se alcance pensión del Estado, no contar con recursos superiores al subsidio de vejez, que abona
la Caja Nacional. Debiendo constar
con u n mínimo de cotización de diee
años a la Mutualidad.
Se solicita acompañando a la instancia certificado del acta de nacimiento, informe facultativo sobre las
causas y srado de la incapacidad, hoja de servicios certificada, copia del
título de clasificación (en su caso)
r copia compulsada de la Orden de
separación. Cuando no se cause 'pensión del Estado deben presentarse
testimonios probatorios de no contar
con recursos superiores al subsidio
de vejez.
Excursión al Monasterio de
Piedra, Lérida y Tarragona
La Asociación Católica de Maestros
de Barcelona h a anunciado entre su
programa d e excursiones la siguiente para los días 8, 9 y 10 de abril:
Día 8.—Salida a las seis en punto
de la mañana, frente a nuestro loca!, con dirección a Zaragoza, con
parada en Lérida. Comida, cena, alojamiento y desayuno en hotel. Visita
a la ciudad.
Día 9.—Visita al Monasterio de Piedra. Comida en Caíatayud. Por la
tarde, salida con dirección a Tortosa, con parada en Alcañiz. Cena y
alojamiento en Tortosa.
Día 10.—Desayuno en Tortosa y
salida para Tarragona, donde se podrá lucrar el Jubileo Paulino. Comida en Tarragona. Por la tarde, regreso a Barcelona, visitando Sitges.
Precio por persona, todo incluido:
800 pesetas.
Los cursillistas del 36, participarán en el concurso
E n varias ocasiones ESCUELA ESPAÑOLA, como siempre que se t r a t a de algo justo, ha defendido la conveniencia de que los
cursillistas del 36 p u d i e r a n t o m a r p a r t e en
el próximo concurso de traslados, condonándoseles los dieciséis días que les faltan para t e n e r cumplidos los dos años de propiedad en p r i m e r o de septiembre pasado.
Hoy podemos anunciar, según nos comunican en fuentes oficiales, que, en efecto, los
cursillistas del 36 participarán en el concurso de traslados que probablemente se convocará en la segunda quincena de este mes.
Gracias a esta decisión de las autoridades
—que está en la línea de la política de favorecer lo más posible a todo eí Magisterio, sin
dejar grupos olvidados ni preteridos—, se
evitará que el g r a n n ú m e r o de Maestros
que s u m a n los cursillistas y ex combatientes
tuviesen que pasar cuatro años como provisionales.
Nota de la Administración
A los suscriptores que estén
al descubierto de pago les rogamos que p r o c u r e n ponerse al
corriente abonando el tiempo
que t e n g a n por costumbre a n t e s
de fin del mes en curso. De no
ser así, c u r s a r e m o s u n reembolso en los p r i m e r o s días de
abril.
INTERINIDADES
Datos llegados a nuestra Redacción
hasta ayer, miércoles día 13, relativos a las convocatorias de interinidades en las distintas provincias:
AVILA.—Cerrada la convocatoria y
no hay perspectiva de que se abra
por ahora, pues existen bastantes aspirantes en expectación de destino.
GUIPÚZCOA.—Abierta con carácter
permanente para Maestros y Maestras.
HUESCA.—Permanente para Maestros y Maestras.
LEÓN. — Cerrada. Existe lista formada con bastantes aspirantes pendientes de colocación
NAVARRA. — Abierta con carácter
permanente para Maestros y Maestras.
ORENSE.—Cerrada.
SALAMANCA.
— Abierta permanen1
l^fT Gntc
SANTANDER. — Abierta con carácter permanente.
TERUEL. — Abierta c o n carácter
permanente.
TOLEDO. —• Abierta c o n carácter
permanente.
TARRAGONA.—Abierta permanentemente.
VALLADOLTD. — Permanente para
Maestros y Maestras.
VIZCAYA.—Permanente.
ZARAGOZA. — Cerrada para Maestros y Maestras. Quizá se abra en
plazo breve para Maestros.
Los documentos exigidos para solicitar pueden verse en el n ú m . 1.115
de «Escuela Española».
NORMAS ELEMENTALES
DE
PEDAGOGÍA EMPÍRICA
Por VÍCTOR GABCIA HOZ
El mínimo de Pedagogía m o d e r n a q u e h a de
conocer el Maestro veterano.
El mínimo de Pedagogía e x p e r i m e n t a l que
debe saber el Maestro
novel.
El m í n i m o de Pedagogía empírica a q u e debe
aspirar el alumno de la
c a r r e r a del Magisterio
Los medios de experimentación pedagógica acomodados a las posibilidades d é n u e s t r a s Escuelas
Tercera edición
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EDITORIAL ESCUELA
ESPAÑOL*
Escuela
MATERIAL ESCOLAR
Alguien que leyese estas notas sin conocer los problemas
del Magisterio podría creer
que somos unos pertinaces pedigüeños, ya que es r a r o el
día en que, de una u otra forma, centramos nuestra actividad en pedir para la Escuela.
Claro que esta política nuestra viene impuesta por la escasa atención que tradicionalmente h a n merecido estos
problemas y porque cualquier
arreglo se ha hecho impuesto
por las circunstancias de última hora y muy a retaguardia
de las necesidades reales.
Casi medio siglo ha mantenido la Escuela nacional como
dotación de material la sexta
parte del sueldo de entrada,
cuando éste era de 1.000 pesetas anuales, y así se mantuvo indiferente a los precios
del material y de las necesidades escolares que con él habían de atenderse, aunque en
los modelos oficiales para la
redacción del presupuesto escolar se siguió advirtiendo el
derecho que todos los niños
pobres tienen al disfrute gratuito del material.
Se inicia la actualización de
estas consignaciones con la
O. M. 21-IV-1954, que la eleva
a 275 pesetas anuales, y continúa esta elevación en el año
1956 en la Orden de 7 de abril,
aunque bien pronto se disminuye al imponer ciertos gastos forzosos con cargo a la
misma. La transmisión al Ministerio de las obligaciones de casa-habitación ha hecho creer
a muchos Ayuntamientos que
nada tienen que ver con estas atenciones por entender
que desde entonces es obligación del Estado.
Nos gustaría que esos posibles desconocedores de nuestros problemas a que antes
nos referíamos de cómo es
posible que con 310 pesetas al año, importe de la
consignación de 1962, pueda
darse cuartillas, tinta, calor y
luz a los niños de cualquier
Escuela de matrícula normal,
prescindiendo de otro material necesario para hacer la
enseñanza activa y eficiente.
Aún no se ha distribuido la
consignación de este año, y
creemos que es tiempo de enmendar tan sensible diferencia entre los medios concedidos y el fin que se pretende.
Española
147
Valor educativo de los juegos
Por Edmundo BUIZ YAGÜE
Profesor de Educación Física
De la uRevista Española de Educación Física*
extractamos, por su interés, el siguiente artículo
Los juegos de los niños tienen u n a importancia mucho mayor
y un valor m u y superior del que creen tener la generalidad de las
personas mayores. Nosotros observamos en todas partes que los
párvulos se pasan la vida jugando, y esto es tan natural, que la
mayoría suele tomarlo como si fuese u n mal irreparable que hay
que sufrir.
La necesidad de jugar en los niños es tan natural como lo son
los alimentos, el aire y la luz. El menos observador sabe que tratar
de evitar que los niños sanos jueguen es pretender lo imposible
Sabemos por experiencia que cuando un niño enferma la primera
señal de alarma para una m a d r e vigilante es que el niño pierde las
ganas de jugar. Y yo me pregunto: ¿Cómo podrá haber educadores
y padres que después de admitir estas verdades observadas a diario
se resistan aún a darles carácter de realidad en la práctica diaria?
Cuantos hemos intervenido por nuestro cargo o por nuestras
aficiones en tareas de educación tenemos bien visto y observado
que los niños no juegan «porque sí», sino que lo hacen cediendo
a u n impulso instintivo, sin q u e a veces busquen deliberadamente
ni siquiera el placer de jugar. Hay incluso quien juega sin intención
y sin darse cuenta de ello hasta que lleva un rato jugando. Esto
podría nacer muchas veces de la necesidad de descargar un ahorro
de energías acumuladas (teoría apuntada por Schiller y desarrollada
por Heriberto Spencer, a u n q u e sea mucho m á s general y aceptada
la interpretación de Groos, según la cual los juegos representan
actos útiles para la vida tan necesarios como son los alimentos, el
aire y la luz), y son considerados como ejercicios preparatorios
para poder realizar ulteriores funciones indispensables para la vida
de cada ser. Por eso las actividades desplegadas en los juegos de
cada especie, de cada raza o pueblo guardan una estrecha relación
con las actividades futuras que han de tener los respectivos seres
en su edad adulta, pues bien sabemos que a los cabritillos nunca
se les ocurre perseguir las hojas secas como quien caza ratones
moviendo las patitas para atraparlos ni a los gatitos se les ocurre
jamás jugar.a darse trompadas.
Pero a medida que intervienen otros factores y el estímulo
material exterior va apareciendo, el juego se aleja cada vez más
de su pureza natural y va perdiendo poco a poco su carácter de tal.
Un ejemplo quizá aclare y haga las distinciones con más precisión:
Un niño es, como todos, aficionado a correr, saltar, trepar, etc.;
sabe que haciendo estos ejercicios se hace más ágil, sus piernas más
fuertes, sus pulmones más potentes; pero no corre por esto, sino
por el placer que siente al correr, hasta el punto de rebasar muchas
veces la justa medida y perder más que ganar en sus carreras
desenfrenadas en su salud física. Pero ese muchacho en ese
momento juega.
Pero sabedor de que su destreza llama la atención, y sintiéndose
en cierto modo halagado y admirado, ese muchacho correrá por
lucirse a -ia menor solicitud que se le haga; correrá hasta sin
excitación alguna, como por casual coincidencia, en cuanto sospeche
que se le mira o que se comenta su habilidad. Se complacerá en
competir a menudo con los muchachos más veloces, adelantándolos
si puede y procurando por todos los medios no ser adelantado.
Todavía esto es jugar.
Si pasamos ya al terreno de las consecuencias y aplicaciones
prácticas, vemos con cuánta razón se ha dicho: Se juega poco, y
hace falta jugar más... Si los. niños jugasen más, no sólo tendrían
m á s salud, sino que serían mejores.' Conviene, pues, que en los
horarios de las clases y en las excursiones se dé a los juegos
más importancia de la que .por término medio se le ha venido
concediendo, siendo las canciones un elemento animador extraordinario. Teniendo muy en cuenta que todas las exageraciones son
viciosas.
Los juegos minuciosamente reglamentados no bastan por sí
solos, y mucho menos aquellos que envuelven como necesidad la
condición de uniformidad y la exactitud en su ejecución, los
A P O S I C I O N E S OFICIALES
Normas sobre el Servició de Transporte Escolar.—Se estructuran los servicios de Psicología Aplicada y Psícotecnia.—-Creaciones y supresiones de Escuelas nacionales.—Instituto de Enseñanza
Media en las provincias africanas
»
iXMTV OFICIAL DEL ESTADO
GACETA r*E M A D R I D
SÁBADO, 2 DE MARZO DE 1963
Corrección de erratas de la Orden de 24 de enero
de 1963 por la que se regula la forma de ordenar
los pagos derivados del cumplimiento del Servicio
de Transporte Escolar
84 ENERO.—O. M.
Advertido error por omisión en el texto remitido para
su publicación de la citada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 29. de fecha 2 de febrero de 1963, se publica a continuación el modelo citado
en el apartado b) del número 1.» de la misma y que
Indebidamente fué omitido:
Modelo que se cita
Fondo Nacional para el Fomento
del
Principio de Igualdad de Oportunidades
Comisión Provincial de Transporte Escolar
Liquidación nominal correspondiente al mes de ... de 19...
Relación nominal de los adjudicatarios del Servicio de
Transporte Escolar, en ia. eue se determina la cantidad
acreditada >a cada uno, como consecuencia de la liquidación mensual practicada por esta Comisión. Provincial
en el mes arriba indicado.
Número Nombre y apellidos de los
del
adjudicatarios
contrato
Importe
mensual
Recibí
Total
El importe mensual de la presente relación nominal
asciende a las figuradas
pesetas, sesún se justifica
con un ejemplar de cada una de las liquidaciones mensuales practicadas por esta Corrisión Provincial, certificadas por el Inspector de Enseñanza Primaria Delegado
del Servicio de Transporte Escolar, para Que, en cum-
plimiento de lo dispuesto en el número 1 de la Orden
ministerial de 24 de enero de 1963 sea librado a favor
del Depositario-Pagador de la Delegación de Hacienda
de esta provincia.
a
de
de 196...—El Secretario de la Comisión. V.o B.°: El Inspector Jefe de Enseñanza Primaria. Presidente.
(«B. O. del E.» del 2 de marzo.)
Se estructuran los servicios de Psicología Aplicada y Psicotecnia
21 FEBRERO.—DECRETO
Los actuales Institutos de Psicología Aplicada y Psicotecnia, creados por Decreto de 21 de diciembre de 1928,
con la denominación de Institutos de Psicotecnia de Ma^
drid y Barcelona y Oficinas Laboratorios de Orientación
y Selección Profesional, han sido objeto de sucesivas reorganizaciones, llevadas a cabo por los Decretos de 22 de
marzo de 1934, 22 de octubre de 1935 y, posteriormente,
por el Decreto de 2 de septiembre de 1S55. cjie confirió
al Instituto Nacional la denominación cue actualmente
ostenta, posteriormente extendida a los restantes Servicios Provinciales de Psicología Aplicada y Psicotecnia
por Orden ministerial de 1 de febrero de 1961.
El citado Decreto de 2 de septiembre de 1955, que
creaba, además, como órgano asesor del Ministerio de
Educación Nacional una Junta de Orientación y Selección Profesional, extendía las funciones del Instituto de
Psicología Aplicada y Psicotecnia a todos .os Centros docentes del Ministerio de Educación Nacional.
Los ambiciosos propósitos de tal disposición no pudieron llevarse a la práctica por dificultades de tipo administrativo y económico, por lo cue el Decreto de 22 de
febrero de 1357 dejó en suspendo ¡a aplicación de lo
ordenado en la referida disposición y atribuyó a la Dirección General de Enseñanza Labora; del Ministerio de
Educación Nacional la determinación del funcionamiento
de todos ios Centros de Psicología Aplicada y -Psicotecnia cue quedaban bajo su directa dependencia.
La necesidad de dar cumplimiento al Decreto de 22 de
febrero de 1957 y estructurar definitivamente el funcionamiento de los Institutos de Psicología Aplicada y Psicotecnia exigen una formulación de su contenido, especificando su misión concreta y la adaptación de ellas a
las necesidades de la Dirección General de Enseñanza
Laboral.
A tal efecto, a propuesta del Ministerio de Educación
Nacional y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 8 de febrero de 1963, dispongo:
Artículo 1.° El Instituto Nacional de Psicología Aplicada y Psicotecnia, los Institutos Provinciales y las Delegaciones Locales de estos Centros tendrán a su cargo
como misión propia, la realización de las tareas de Orientación y Selección Profesional y de Psico'ogía Aplicada
que a continuación se especifican, bajo la inmediata dependencia de la Dirección General de Enseñanza Laboral
(Viene de Ja página anterior)
se muestran los niños tal cual son, sin disimulo
cuales ya no son juegos, propia y genuinamente alguno, entonces es cuando tenemos la mejor
considerados.
,
oportunidad para observarlos y estudiar la teraDel tiempo dedicado a los mismos, una parte péutica más adecuada que debemos aplicar en
sé empleará en aquellos juegos elegidos previa- cada caso concreto durante nuestro horario escomente como propios para servir la finalidad que lar. Es una gran verdad lo de que el Maestro que
en cada momento persiga el educador. Pero no "no ve jugar a sus discípulos no los conoce.
se prescinda nunca de asignar algún rato a los
Estamos, por tanto, en el momento de tener la
.juegos libres, esto es, elegidos caprichosamente triste necesidad de sanear algo tan puro por su
y conducidos por los mismos niños. Es mucho naturaleza y de tan inmenso valor como son los
mejor concedérselo como una necesidad que no juegos de los niños. Hemos de hacer por todos
tener que sufrir el que se lo tomen ellos, invir- los'medios a nuestro alcance que jueguen mucho,
tiendo en juegos desordenados y furtivos el tiem- pero también y sobre todo que jueguen bien, «que
po señalado en los horarios escolares para otra jueguen limpio». El Maestro tiene que ser necesalabor. Ellos de todas formas han de jugar quie- riamente un experto profesor de juegos.
ran o no sus educadores, y esta necesidad innata
Aprendamos, pues, a jugar para poder intervela tienen que satisfacer.
nir con acierto y eficacia (no lo olvidéis, dice el
Ni aun en los casos en que los juegos de los padre don Andrés Manjón), que entre un sabio
niños, por su niñez y simplicidad, sean tales que y un niño Jesús, prefiere al niño para compañero,
nunca haya necesidad de intervenir (afirmación y seréis tanto más sabios enseñando cuanto os
algún tanto atrevida) ni aun entonces se justifi- hiciereis más niños. ¡Jugad, pues, con vuestros
ca suficientemente el que el profesor deje de pre- alumnos! Pero no olvidéis que sois el niño mayor,
senciar y estar pendiente de los juegos de los ni- cuyo oficio es dirigir los juegos a algún fin prácños de su clase. Pues por lo mismo que al jugar tico, sin violencia.
Escuela
k
para el fundamental servicio de los Centros de Enseñanza Media y Profesional y de Formación Profesional Industrial, aun cuando puedan beneficiarse de él otros Organismos.
Art. 2.o Por Orientación Profesional se entiende la
práctica de las técnicas de Psicología Aplicada encaminadas a la exploración de las aptitudes y diagnósticos de
la personalidad individual para su mejor aprovechamiento en la enseñanza, acertada elección de profesión y
más armoniosa adaptación a la vida profesional y social.
Art. 3.° Se entiende por Selección Profesional la aplicación de los mismos métodos a u n grupo colectivo de
sujetos, a fin de conocer las aptitudes, capacidades y
condiciones personales de cada uno de sus componentes
eon relación a una actividad determinada y como contecuencia, establecer un rango c u e facilite la elección,
de los más aptos y eficientes.
Art. 4.o La Orientación Escolar y Profesional se implanta en todos los Centros dependientes de la Dirección
General de Enseñanza Laboral, a fin de cue se beneficien de ellas !os alumnos de los mismos, facilitando su
enseñanza y ulterior elección de profesión, en colaboración con el profesorado de estos establecimientos, al Que
»e prestará a tal efecto la ayuda necesaria desde el punto de vista psicológico.
Art. 5.° La Orientación Profesional se descompone, •
los efectos de la misión cue le está encomendada, en
los siguientes tiempos:
1. Orientación escolar y reconocimiento médlcofisiológico.
2. Información profesional.
3. Orientación profesional y consejo vocacional.
t. Reorientación y readaptación en caso necesario.
Art. 6.° La Orientación Profesional estará encomendada a los Institutos de Psicología Aplicada y Psicotecliia en la forma cue reglamentariamente se determine.
Podrán beneficiarse de ella, además de los Centros señalados en el artículo 4.o de este Decreto, los oficiales
o privados de cualquier grado de enseñanza cue lo soliciten, así como las personas particulares en los servicios
que estos Institutos tendrán obligatoriamente abiertos al
público.
Art. 7.« Los Servicios de Selección Profesional se prestarán por los Institutos de Psicología Aplicada y Psicotecnia a los Organismos oficiales y privados y Empresas
Industriales que lo soliciten.
Art. 4." Asimismo los referidos Institutos tendrán a
«u cargo el estudio medicofisiológico y psicológico de
• quienes aspiren al permiso de conducción de vehículos,
automóviles, en cumplimiento de lo establecido en el
vigente Código de Circulación. Sin embargo, el Servicio
Nacional de Encuadramiento y Colocación de la Organización Sindical podrá disponer el establecimiento de
Centros de Exploración Psicotécnica para el examen de
las aptitudes de los trabajadores, al objeto de facilitar
su co'ocaeión.
Art. 9.° El Instituto Nacional de Psicología Aplicada
y Psicotecnia, como Órgano superior y rector de estas
actividades en su aspecto técnico, tendrá atribuidas, á
más de las funciones prácticas de carácter general ya
mencionadas, comunes a todos los Institutos, las siguientes misiones especificas:
a) La investigación psicológica de los problemas generales e individuales que la Orientación y la Selección
Profesional plantean.
b) El estudio y tipificación de las normas y técnica»
derivadas de tal investigación para su aplicación a la
práctica en la Orientación Profesional, la Psicología Pedagógica, la Psicología Industrial y la Psicología Clínica
en relación con la readaptación profesional y social.
c) El asesoramiento técnico y práctico en problemas
de Psicología aplicada de los Organismos oficiales y privados que lo soliciten.
d) La realización de cursillos y desarrollo de enseñanzas cue en relación con las aplicaciones de la Psicología se le encomienden.
Art. 10. Los Institutos Provinciales y Servicios Delegados de Psicología Aplicada y Psicotecnia, a más de la
práctica de los trabajos de Orientación y Selección Profesional, cooperarán a los fines encomendados al Ins-
*»¿
Española
149
tituto Nacional e a la forma que reelamentarlameaite ae
determine.
Art. 11. Las tareas facultativas, técnicas y auxiliare*
en relación con las misiones citadas en el articulado de
este Decreto se llevarán a cabo por el personal de los
Institutos, aue deberán poseer las siguientes titulaciones:
a) Personal facultativo, encargado de formular los
consejos y certificados de Orientación y Selección Profesional y dictaminar en cuestiones de Psicología Aplicada: Título universitario o de Escuelas Técnicas Superiores y diploma de la Escuela de Psicología Aplicada y
Psicoteania de Ja Universidad de Madrid.
b) Personal técnico colaborador: Título de Licenciado o de Escuelas Técnicas Superiores adecuado a la misión medica, técnica o social cue le esté encomendada.
c) Personal auxiliar: Título o certificado de capacidad, obtenido previa la aprobación de las enseñanzas
idóneas de Grado Medio que por el Ministerio de Educación Nacional se establezcan con la colaboración de
los propios Institutos de Psicología Aplicada y Psicotecnia.
Art. 12. Dentro de los dos meses siaruientes a la publicación de este Decreto se dictarán por el Ministerio
de Educación Nacional las disposiciones y reglamentación necesarias para la aplicación del mismo,
Art. 13. Queda derogado el Decreto de 2 de septiembre de 1S55 y las disposiciones aue fueron sustituidas
por el mismo.
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid, a 21 de febrero de 1963.—Francisco Franco. El Ministro de Educación Nacional, Manuel Lora Tamayo.
<«B. O. del E.» del 2 de marzo.)
JUEVES, 28 DE FEBRERO DE 1963
Supresión de Escuelas nacionales en las localidades que se citan
10 FEBRERO.—O. M.
Vistos los expedientes Incoados por supresión de las
Escuelas Nacionales de Enseñanza Primaria que se harán mérito, y
Teniendo én cuenta que se justifican debidamente Jas
peticiones y los informes emitidos.
Este Ministerio, en uso de las facultades conferidas
por el Decreto de 5 de mayo de 1941, ha dispuesto que
a todos sus efectos se consideren suprimidas las Escuelas Nacionales de Enseñanza Primaria que a continuación se detallan por las causas que en las mismas se
harán constar :
Unitaria de niños de Cuevas del Campillo, del Ayuntamiento de. Hellín (Albacete), dependiente del Consejo
Escolar Primario «Fábrica Texto, del Esparto», a petición
de éste y por no existir censo escolar.
Una Sección de niños de la graduada de la cille Alferes Llobera, del Ayuntamiento de Palma de Mallorca
(Baleares), a petición del Consejo Escolar Primario del
que depende y para funcionar con el carácter de privada.
Mixta de Bañuelos de Rudrón, del Ayuntamiento de
Oubilla del A<rua (Burgos), por no existir censo escolar.
Mixta de Villota, del Ayuntamiento de Villalba de
Losa (Burgos), por no existir censo escolar.
Mixta de Huidobro, del Ayuntamiento de Los Altos,
por fno existir censo escolar.
M xta de Villapanillo. del Ayuntamiento de Merindad
de Cuesta Urría (Burgos), por no existir censo escolar.
Mixta de Tañabueyes, del Ayuntamiento d e Tañabueyes (Burgos), por no existir censo escolar.
Unitaria de niños de Villaldemiro, del Ayuntamiento
de Villaldemiro (Burgos), por no existir censo escolar,
transformándose en mixta la unitaria de niñas.
Unitaria de niñas de la calle Caballero, número 12, del
casco del Ayuntamiento de Ciudad Real (capital), a petición del Consejo Escolar Primario «María Inmaculada»
de quien depende.
Mixta de Bailen, del Ayuntamiento de Baza (Granada),
por no existir censo escolar que aconseje su funcionamiento.
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Dirección General de Enseñanza Media.
Unitaria de niñas de la calle Júcar, número 11. del casco del Ayuntamiento de Madrid (capital), por no existir censo escolar que aconseje su funcionamiento.
Unitaria de niñas d e . l a calle de las Huertas, número 20, del casco del Ayuntamiento de Madrid (capital),
por no existir censo escolar que aconseje su funcionamiento.
Unitaria de ninas de la calle Doctor Cortezo, número 13, del casco del Ayuntamiento de Madrid (capital),
por no existir censo escolar que aconseje su funcionamiento.
Unitaria de niñas de la calle de Belén, número 3, del
casco del Ayuntamiento de Madrid (capital), por no existir censo escolar que aconseje su funcionamiento.
Unitaria de ninas y Escuela de párvulos de la calle
Ferrer del Río, número 38, por no existir censo escolar
que aconseje su funcionamiento.
Unitaria de niñas número 18 de la calle Javez, número 6, del casco del Ayuntamiento de Valencia (capital), por ruina del local.
Madrid, 20 de febrero de 1963.—Lora Tamayo.
(«B. O. del E.» del 28 de febrero.)
SÁBADO. 9 DE MARZO DE 1963
Establecimiento de ana Comisaría «le Protección
Escolar en Pamplona
l» FEBRERO.—DECRETO
Reconocido el Estudio General de Navarra como Universidad de la Iglesia por Decreto de 8 de septiembre
de 1962 («B. O. del E.» del día 14), en cumplimiento
de lo establecido en la disposición adicional del Convenio con la Santa Sede de 5 de abril de 1962, se hace
preciso ampliar a dicha Universidad los beneficios d01
régimen de Protección Escolar, con la finalidad de evitar
la posible desigualdad de sus alumnos con el resto del
alumnado dé las Universidades estatales
Para lograr la efectiva aplicación del mencionado régimen se advierte la necesidad de disponer de Órgano
adecuado. Creadas, por otra parte, las Comisarías de Distrito Universitario, que han venido demostrando u n a evidente eficacia en su labor a lo largo de varios años de
funcionamiento, se hace muy conveniente, recosiendo la
experiencia por ellas edquiridas, establecer en Pamplona
una Comisaría con jurisdicción sobre las Facultades, Institutos y Escuelas del Estudio General de Navarra.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación
Nacionai y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 22 de febrero de 1963, dispongo:
Artículo I.» Para el mejor cumplimiento de la obra
de Protección Escolar en el ámbito a que se extienden
las actividades del Estudio General de Navarra, se crea,
con sede en Pamplona, u n a Comisaría de Protección Escolar para el Estudio General de Navarra (Universidad
de la Iglesia).
Art. 2.o Dicha Comisaría, como delegada de la Comisaría General de Protección Escolar y Asistencia Social
será competente en el ámbito que constituyen las Facultades. Institutos y Escuelas del Estudio General de
Navarra, reconocidos a efectos civiles, que actualmente
se encuentren en pleno funcionamiento o que en lo sucesivo se creen dentro de la provincia eclesiástica de
Pamplona.
de
19 6 3
Art. 3." La Comisaria de Protección Escolar de Pamplona tendrá la misma consideración y atribuciones que
las Comisarías de Distrito Universitario, y en su estructura y funcionamiento se regulará por lo dispuesto en
el Decreto de 11 de enero de 1957 («B. O. del E.» deí
día 29).
Art. 4,o Por el Ministerio de Educación Nacional se
dictarán las disposiciones necesarias para el mejor cumplimiento de lo establecido en este Decreto.
Así lo disponso por el presente Decreto, dado en Madrid, a 28 de febrero de 1963.—Francisco Franco. El Ministro de Educación Nacional, Manuel Lora Tamayo.
(«cB. O. del E.» del 9 de marzo.)
JUEVES, 7 DE MARZO DE 1963
Se convoca nna plaza de Celadora del Grnpo
escolar «San Isidoro» (niños), de Madrid,
a concnrso-oposición
13 FEBRERO.—R. DÉ LA S.
Vacante u n a plaza de Celadora en el Grupo escolar
«San Isidoro» (niños), de Madrid, dotada en el capítulo 100, artículo 120, numeración 341.124, subconcepto
cuarto, del vigente Presupuesto, con la remuneración
anual de 6.360 pesetas, más dos mensualidades extraordinarias.
Esta Subsecretaría h a acordado convocar concursooposición para la provisión en propiedad de la referida
plaza, cuya realización se ajustará a las siguientes bases:
1." Para tomar parte en el mismo, las aspirantes formularán la instancia dirigida al ilustrísimo señor Subsecretario del Departamento, haciendo constar que reunen todas y cada una de las condiciones que más adelante se detallarán, referidas a la fecha de expiración
del plazo que se señala en esta convocatoria para la
presentación de instancias.
A dicha instancia se acompañará recibo de haber abonado en el Grupo escolar la cantidad de 50 pesetas en
concepto de derechos de examen y 40 pesetas por formación de expediente.
2.a Las aspirantes a la plaza objeto de esta convocatoria deberán 6er españolas, mayores de edad, no encontrarse incapacitadas para el ejercicio de cargos públicos ni padecer enfermedad contagiosa que les inhabilite para el desempeño de los mismos. Igualmente deberán carecer de antecedentes penales, acreditar buena
conducta y adhesión al Movimiento Nacional y tener
realizado el Servicio Social o justificar hallarse exenta
del mismo.
3.» Las instancias se presentarán en el Grupo escolar
en u n plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria
en el «Boletín Oficial del Estado».
4.a Los ejercicios consistirán en las pruebas de carácter teórico y práctico que el Tribunal estime convenientes. El programa que redactará al efecto se hará público
con quince días de antelación al comienzo de los aludidos ejercicios.
5.» Expirado el plazo de presentación de instancias,
el Grupo escolar remitirá a este Departamento la lista
de aspirantes admitidas y excluidas para su publicación
en el «Boletín Oficial del Estado», según el artículo 7.'
del Decreto de 10 de mayo de 1957.
6.» Después de publicada la mencionada lista, la Dirección del Centro propondrá a esta Subsecretaría dos
Maestras del mismo para constituir el Tribunal que ha
de juzgar los ejercicios. El Ministerio designará éX VocalSecretario, que ha de ser funcionario del Cuerpo Técnico-Administrativo del Departamento.
7.a El Tribunal anunciará la fecha, hora y lugar del
comienzo de los ejercicios, al menos con quince días de
antelación, convocatoria que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Se hará convocatoria única, decayendo en su derecho
la opositora que por cualquier circunstancia no se pren o t a r a a la misma.
En ningún caso podrá exceder de ün año el tiempo
comprendido entre la publicación de la convocatoria y
el comienzo de los ejercicios del concurso-oposición.
Si durante la práctica de los ejercicios se observara la
vulneración de lo dispuesto en esta convocatoria o cualquier otra infracción, las opositoras podrán reclamar ante
el Tribunal el mismo día de la infracción o dentro dei
siguiente hábil.
8.» Verificada la calificación de los ejercicios, el Tribunal elevará propuesta al Ministerio de la solicitante
que, por haber obtenido calificación superior, merezca
ser nombrada para el cargo de cuya provisión se trata,
remitiendo actas reintegradas de las sesiones celebradas
y las instancias de las solicitantes.
• (Continúa en la página 152)
w
VIEJAS Y PRACTICAS
COSTUMBRES
M. de R, G.—Es una costumbre
frecuente en los pueblos de la
Nueva Castilla y Extremadura eso
de llevar el novio parte del equipo de cama, costumbre que debe
de nacer del gusto que tiene en
conservar en su casa de casado
la que fué alcoba de soltero; la
encuentro, como casi todas las
viejas costumbres de los pueblos,
llenas de sentido práctico. La cama de matrimonio resulta incómoda y poco práctica en caso de
enfermedad de uno de los dos
consortes; una cama en otra alcoba soluciona cien problemas
como éste, que se presentan a
cada paso en la vida de los pueblos, donde no abundan los hoteles, residencias, sanatorios, etcétera, que pueden solucionar el problema de alojamiento de una persona por algunos días. Esta habitación suele ir acompañada no sólo
de los muebles necesarios, cama,
mesita, etc. (los armarios, hoy día,
st llevan empotrados, y así resultan más cómodos, prácticos y económicos), sino que, además, suelen ir también las ropas necesarias para vestir esa cama, empezando por el colchón, sábanas,
mantas, colchas, etc.; naturalmente, como estaba en la casa del novio antes de la boda. Pero la suegra (mujer primorosa y amante
de su hijo, por lo regular) piensa
que aquella tela de colchón un
poco gastada..., aquella manta descolorida..., aquella sábana que ya
soportó varios arreglos...; todo
esto le molesta y preocupa, y,
claro está, se decide a añadir algunas cosillas nuevas que no desdigan demasiado del equipo de la
novia; poca cosa, tal vez cuatro
juegos de cama sean más que suficientes, y de ellos, alguno aprovechable de los que usaba en casa.
Este es en realidad ese equipo
masculino, que tanto nos extraña
en las grandes capitales, donde el
problema de ropas lo resuelve íntegro la novia.
Para la pintura de las habitaciones, siendo en una provincia
de tanta luz somo es la tuya, puedes acudir al color gris en las paredes del comedor y piezas de vivir; si pintas de blanco los marLa» de las puertas y las ventanas
te resultará elegante y fino. Los
dormitorios, en un blanco ligeramente manchado de beige les da
MANOS A LA OBRA
Sobre tela «te color resultará muy
vistoso este juego de cama bordado
en blanco. Su trabajo es fácil: va
Haciéndolo todo en blanco auedarí"
como un bordado de tira, pero mucho más valioso y lucido.—BEATRIZ
todo de ojetes y bodoques, entre los
que se destacan las ramitas con la
margarita, aue se hace a realce plano; es decir, sin mucho relleno.
Dibujo a tamaño natural, cuatro pesetas. (Labor número 366.)
un tono gamuza muy fino. Se lleva
mucho el empapelado, pero como
resulta carísimo si ha de ser bueno, se sustituye con unos rodillos de goma en los que va impreso un dibujo ligero; pintada
i ¡ habitación de un color liso y
sobre él pasado el rodillo ese en
un tono a juego, puede resultar
una imitación muy acertada de un
papel, sin tener sus inconvenientes. Esta es una ligera idea que
te podrá completar cualquier pintor, y que te enseñará el funcionamiento (sencillísimo) de ese género de pintura.
do al levantar la cuchara con un
poco de almíbar, la cantidad que
cae forma hilo al enfriarse.
BAÑO BLANCO DE AZÚCAR
J. R., de La P.—Me alegra que
hayas conseguido el baño blanco
que se usa en repostería para cubrir las rosquillas, bizcochos, etcétera. Yo creo que el no salirte
brillante es porque el punto del
azúcar no está completamente logrado.
El otro baño cristalino con sator a limón es simplemente un
almíbar fuerte; lo que en repostería se llama punto de caramelo,
que se le añade, al cocer, una corteza de limón. Ya sabes la medida del punto de caramelo: cuan-
FABRICACIÓN DE YOGOURT
T. B., de U.—El yogourt es sencillísimo de hacer, y si lo quieres
hacer en tu casa te resulta mejor
y con mayores garantías. Hay en
el comercio unos aparatos que son
simplemente una bandeja de aluminio en la que van colocadas seis
u ocho terrinas o frascos de yogourt. La bandeja se cubre con una
tapa de aluminio que lleva en el
centro una simple bombilla eléctrica. Llenas las terrinas de leche
de vacas, se cubre con la tapa y
se enciende la luz, que, naturalmente, queda dentro de la tapa
Se espera cuatro horas, y es suficiente. Olvidé decirte que se añade a la leche una cucharadita de
fermentos búlgaros; hay en el co
mercio varias marcas, pero, si prefieres, compra un yogourt, reparte una cucharadita en cada terrina, mezclada con la leche, y esto
te servirá de base o madre. Cía
ro que cada ocho días debes re
novar la madre, porque pierde fermentos y acaba sin fuerza ningu
ra. Ya ves qué fácil.
14
152
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(Viene de la página 150.)
Dicha propuesta no podrá hacerse más que a favor de
una opositora.
9.» La opositora propuesta por el Tribunal aportará
ante este Departamento, dentro del plazo de treinta días,
eontados a partir de la propuesta de nombramiento, los
iocumentos acreditativos de reunir las condiciones j re
iuisitos exigidos en la base segunda.
Si ¿« opositora propuesta por el Tribunal no presentare su documentación dentro del plazo señalado, salvo
caso de fuerza mayor suficientemente probado, no podrá ser nombrada y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia, a que
se refiere la base primera de la presente convocatoria.
En este caso, el Tribunal formulará" nueva propuesta
a favor de quien, por su puntuación, haya de ser designada, en sustitución de ;a anteriormente propuesta.
10. Bn todo lo no previsto en esta Orden se estará á
lo dispuesto en el Decreto de 10 de mayo de 1957 («Boletín Oficial del Estado» del 13) y en la Orden de la
Presidencia del Gobierno de 23 de julio de 1958 («Boletín Oficial del Estado» del 25).
Madrid, 13 de febrero de 1963.—El Subsecretario. Luis
Legáis.
(«B. O. del E.» del 7 de marzo.)
Se n o m b r a el T r i b u n a l p a r a el c o n c u r s o - o p o s i c i ó n
a la plaza d e P o r t e r o d e la E s c u e l a d e l M a g i s t e r i o
« S a n A g u s t í n » , d e Melilla
20 FKKKERO.—R. DE LA S.
De conformidad con lo preceptuado en la Resolucióm
de 18 de noviembre último, en virtud de la cual se convoca concurso-oposición para la provisión en propiedad
de una plaza de Portero de la Escuela del Magisterio «San
Agustín», de Melilla,
Esta Subsecretaría ha resuelto nombrar el Tribunal
que juzgará los ejercicios de dicho concurso-oposición,
debiendo quedar integrado del modo siguiente:
Presidente: Doña Esther Arnáiz Solórzano, Profesora
numeraria y Directora de la Escuela del Magisterio Femenina.
Vocales:
Don Fernando Rivero Garrayo, Profesor numerario y
Secretario del Centro; y
Don Miguel Ibáñez Requena, Jefe de Administración
de primera clase y Delegado administrativo del Departamento en dicha provincia, que actuará de Secretario.
Madrid, 20 de febrero de 1963.—El Subsecretario, Luis
Lega».
(«B. O. del E.» del 7 de marzo.)
v
de
MIÉRCOLES. 30 DE ENERO DE 1963
Se o r e a » E s c u e l a s n a c i o n a l e s e n r é g i m e n <1e Consejo E s c o l a r P r i m a r i o
17 EN'BRU.—O. M.
Vistos los expedientes incoados por creación de Escuelas nacionales de Enseñanza Primaria con destino a dil
versos Consejos Escolares Primarios; y
Teniendo en cuenta que se justifica en los respectivos
expedientes que se dispone de locales dotados de todos
cuantos elementos son necesarios para la debida instalación y funcionamiento de las Escuelas solicitadas: que
los respectivos Consejos Escolares Primarios se comprometan a facilitar a su cargo la casa-habitación o la indemnización correspondiente a los Maestros que en su
día se designen para regentarlas; que existe crédito del
consignado en el presupuesto de castos de este Departamnto para la creación de nuevas plazas de Maestros
y Maestras nacionales, y lo dispuesto en la Ley de 22 de
diciembre de 1952 («B. O. del E.» del 24) y Decretos de
9 de abril de 1949 y 18 de octubre de 1957 («B. O. del
Estado» del 30 de abril de 1949 y 31 de octubre de 1957),
Bste Ministerio ha dispuesto:
1.» Que se consideren creadas definitivamente, y coa
destino a las localidades que se citan, y sometidas a lo»
Consejos Escolares Primarios que se detallan, las siguientes Escuelas nacionales de Enseñanza Primaria:
Una unitaria de niños en la Parroquia de San Olegario, del casco del Ayuntamiento de Barcelona (capital),
dependiente del Consejo Escolar Primario «Parroquias
de la Diócesis de Barcelona».
Una sección de niñas y una de párvulos en el Grupo
escolar «Generalísimo Franco», del casco del Ayuntamiento de Burgos (capital), dependiente del Consejo Escolar Primario de igual denominación, a base de las dos
plazas de la Escuela maternal.
Una sección de niñas, que con las dos de niñas existentes constituirán una graduada de niñas con tres secciones, en el casco del Ayuntamiento de Cazorla (Jaén).
dependiente del Consejo Escolar Primario «Cristo dei
Consuelo».
Dos secciones de niñas y u n a de párvulos en el Grupo escolar «Mater Purísima», del barrio «Colonia de los
Almendrales», del casco del Ayuntamiento de Madrid
(capital), dependiente del Consejo Escolar Primario establecido para el mismo, y. en su consecuencia. 6e suprimen las dos secciones maternales concedidas en 17 de
mayo de 1951.
Una sección de niñas en la graduada del casco dea
Ayuntamiento de Guadarrama (Madrid), dependiente del
Consejo Escolar Primario «.Congregación Religiosa de Misioneras de Acción Parroquial».
Una unitaria de niñas en la Institución «San José de
la Montaña», de la avenida del Doctor Gal vez, número 8, del casco del Ayuntamiento de Málaga (capital) dependiente del Consejo Escolar Primario Superior de
Protección de Menores.
2.o El funcionamiento de las Escuelas que ee crean
en virtud de esta Orden se acomodará a lo dispuesto
en la Ley de 22 de diciembre de 1953 («B. O. del Estado» del 24), y especialmente al apartado b) del artículo 5.o, sobre gratificaciones complementarias' a los
Maestros y Maestras nacionales, y al artículo 11, ea
«cuanto al establecimiento de permanencias, asi oomo &
la Orden ministerial de 24 de julio de 1954.
8.» La dotación de cada una de estas nuevas plazas
será la correspondiente al sueldo personal que por su
situación en el Escalafón general del Magisterio tengas
los que se designen para regentarlas, creándose para la
provisión de las resultas igual número de plazas de
Maestros y Maestras nacionales que comprende esta Orden, con cargo al crédito que para estas atenciones figura consignado en el presupuesto de gastos de este
Departamento.
4.° Los respectivos Consejos Escolares Primarios, coa
indepsndencia de las facultades que les sean propias en
relación con la enseñanza, tendrán la de elevar a este
Ministerio, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3.«
del Decreto de 18 de octubre de 1957, la oportuna propuesta de nombramiento de los Maestros y Maestras nacionales con destino a las Escuelas que se crean e»
virtud de la presente.
Los Consejos Escolares Primarios, para ejercer el derecho de propuesta, deberán suscribir compromiso concreto sobre el apartado 2.° de la presente, remitiéndole
a la Dirección General de Enseñanza Primaria.
Madrid. 17 de enero de 1963.—Lora Tamayo.
(«B. O. del E.» del 30 de enero.)
LUNES, 4 DE MARZO DE 1963
Creación de Institutos de Enseñanza Media en la*
Provincias Africanas («B. O. del E » de 2S-H9681
17 ENERO.—DECRETO
El artículo l.o de la Ley de Ordenación de la Enseñanza Media, de 26 de febrero de 1953, estableo© el principio de que la enseñanza de esta clase debe alcanzar
a todos los españoles aptos; tal principio, en cierto modo,
ha venido a concurrir con el propósito ya de muy antiguo expresado por la Ley de Instrucción Públlc» de
Escuela
Española
a de septiembre de 1857, cuya disposición, en el orden
territorial y apelando al medio más adecuado para la
difusión de la enseñanza, propugnaba el establecimiento
de un Instituto de Segunda Enseñanza, por lo menos,
«ti cada una de la6 provincias españolas.
Nuestra* provincias africanas no pueden en forma alguna constituir excepción a la aplicación de estos prineipios. Su floreciente desarrollo y la aspiración ya muy
aónseguida de identificarlas orgánicamente con las restantes que integran la Nación española obüza a dotarlas de Centros adecuados para forjar las disciplinas de la
Enseñanza Media y para proporcionar al mismo tiempo
tas mejores bases o fundamentos a su desarrollo cultural.
Además, acordada ya por Decreto de 19 de julio del
año en curso la creación del Instituto de Santa Isabel,
resulta incuestionable que la adopción de tales medidas
debe extenderse al resto de nuestras provincias africanas.
En virtud de lo dispuesto, a propuesta del Ministro
Subsecretario de la Presidencia del Gobierno y previa
deliberación del Consejo de Ministros en 6U reunión del
día 11 de enero de 1963, dispongo:
Artículo 1.» Se establece en la ciudad de Bata (Rio
Muni) un Instituto de Enseñanza Media mixto. Sección
Delegada del Instituto de Santa Isabel de Fernando Poo.
La enseñanza se dará por separado a los alumnos y a
las alumnas.
Art. 2.o El Patronato de Enseñanza Media «General
Díaz de Villegas», de Sidi Ifni (Ifni), se transforma en
Instituto de Enseñanza Media mixto. La enseñanza en
este Centro se dará por separado a los alumnos de uno
y otro sexo.
Art. 3.» • El Patronato de Enseñanza Media «General
Alonso», de Aaiun (Sahara), 6e transforma en Instituto
de Enseñanza Media mixto; dentro de la Nmisma provincia y radicado en Villa Cisneros se crea otro Instituto
de Enseñanza Media mixto, Sección Delegada del Instituto de Aaiun. La enseñanza en ambos Centros se dará
por separado a los alumnos y a las alumnas.
Art. 4.o La plantilla de Catedráticos y Profesores adj u n t o s numerarios de los Institutos creados en anteriores artículos será la misma establecida para los demás
Institutos mixtos, salvo que otra cosa se acuerde entre
la Presidencia del Gobierno y el Ministerio de Educa»
ción Nacional.
Art. 5.» El nombramiento y cese de ios Catedráticos
y Profesores adjuntos numerarios de Institutos que deban prestar servicio en el de Bata (Río Muni) se verificará de acuerdo con lo establecido en el artículo 5."»
del Decreto 569/1960, de 31 de marzo, entre los que se
encuentren en servicio activo en los respectivos Cuerpos.
La situación y derechos de estos funcionarios en los
Cuerpos de procedencia, cuando sirvieren los destinos
en el Instituto de Bata, será la de actividad, de acuerdo
con los artículos 14 de la Ley 46/1959, de 30 de julio,
y 5.o del Decreto anteriormente citado
Art. 6.» El nombramiento y cese de los Catedráticos
y Profesores adjuntos numerarios de Instituto <rue deban prestar servicio en los de Aaaiun y Villa Cisneros
(Sahara) se verificará de acuerdo con lo establecido en
el artículo 14 de la Ley 8/1961, de 19 de abril, entre los
funcionarios que se encuentren en servicio activo ea. los
respectivos Cuerpos.
La situación y derecho de estos funcionarios en los
Cuerpos de procedencia será Ja de actividad mientras
6irvan los destinos en los Institutos en el párrafo anterior expresados, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 15 de la Ley 8/1961, de 19 de abril, y artículo 6.»
del Decreto 2.604/1961, de 14 de diciembre.
Los nombramientos, ceses y situaciones de los Catedráticos y Profesores adjuntos numerarios que sirvan
los destinos de Sidi Ifni se regirán por las mismas que
se fijan en este artículo para los funcionarios de igual
clase de la provincia de Sahara.
Art. 7.o Los Catedráticos y Profesores adjuntos numerarios del Insttiuto de Bata percibirán sus sueldos y
gratificaciones fijas, así como los emolumentos que estén dotadas sus plazas, con carro al presupuesto de la
Región Ecuatorial; los que presten sus servicios en los
Institutos de Aauin y Villa Cisneros percibirán sus sueldos y demás emo'umentos con cargo al presupuesto d e .
la provincia de Sahara, y los funcionarios que sirvan
los destinos en el Instituto de Sidi Ifni los percibirán
con cargo a los créditos consignados en el presupuesto
de su provincia.
Los Catedráticos y Profesores adjuntos numerarios que
sirvan en los Institutos a que se refiere el presente Decreto disfrutarán, respectivamente, de todos los derechos
y beneficios reconocidos a los funcionarios pertenecientes a Cuerpos o Carreras del Estado por ¿os Estatutos
de Persona! y demás disposiciones especiales que rijan
en la provincias en que presten sus servicios.
Art. 8.° Para la designación o nombramiento del Director espiritual y de los Profesores de Religión se interesar áa través de los Gobiernos Generales la propuesta
de la superior autoridad eclesiástica respectiva, que elevará, informada, para resolución de la Presidencia del
Gobierno.
Los nombramientos de los Profesores de Educación Física v Enseñanza de; Hogar se harán por la Presidencia
del Gobierno después de oído el Gobernador general.
Los Institutos de Enseñanza M'dia creados por el presente Decreto quedarán constituidos en 1 de abril
de '1963.
En la fecha indicada deberán estar designados por lo
menos los Catedráticos o Profesores adjuntos numerarios que deban constituir el Consejo de Dirección de
cada Instituto, prosiguiendo gradualmente la designación
de los restantes Catedráticos y Profesores.
Art. 9.° La Presidencia del Gobierno, de acuerdo con
el Ministerio de Educación Nacional, queda autorizada
para adoptar las disposiciones necesarias en ¿a ejecución
de este Decreto.
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Ma-.
drid, a 17 de enero de 1963.—Francisco Franco.
(«B. O. del M. de E. N.» del 4 de marzo.)
Oposiciones a ingreso
CONTESTACIONES
AL CUISSTIONARIO VIGBNTB
3$ ptaa
Tom®
II.—Formación del Espíritu Nacional:
Tomo
Tomo
III.—Pedagogía y su Historia ...
IV.—Lengua y Literatura
...
Tom©
VI.—Historia de España
«*«y«r, 4
153
26
17
82
35
29
30
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EDITORIAL ESCUELA ESPAÑOLA
Hijos de Ezequiel Solana
Apartado 14540
VlABRIfJ-lfs
BICEN LOS LFCTilES
EL HOGAn DEL MAESTRO
JUBILADO
«Soy un Maestro todavía jOTen,
pues si llecro a los setenta años, aún
me faltan más de veinte para ser jubilado.
Tengo hijos, que creo me quieren;
tal vez no necesite el Hogar, g. a. D.;
por lo menos eso supongo, dentro de
mi optimismo actual.
Pero estimo tan importante, neces a r a y urgente la construcción de este Hogar (¡ojo!, tampoco tengo familiar alguno Maestro que esté próximo
a la jubilación), que prometo, no un
día de haber, cuando haya un aumento general, sino toda la diferencia de
un mes, pues creo es una empresa formidable y a la que todos los Maestros
debemos contribuir. He presenciado
casos muy tristes y deseo que no se
repitieran.
Si ya los van teniendo los sacerdotes, que ignoro quién los paga, ¿por
qué no los vamos a tener nosotros?
Aquí están terminando u n edificio
roberbio: creo tiene cinco o seis
plantas, todo género de comodidades,
frontón y piscina. Una verdadera maravilla. Es Casa del Sacerdote Anciano y Hosar del Joven. Es formidable.»
V. FUENTES PASTOR, Alicante.
14
154
de
mareo
de
1963
Oposiciones a ingreso en Madrid C O N V E R S A C I Ó N
PRIMER TRIBUNAL
Se convoca a los señores opositores que han de actuar ante el primer Tribunal para la práctica del
primer ejercicio de oposición, el día
22 del actual, a las nueve de la mañana, en los locales de la Escuela del
Magisterio «Pablo Montesinos» (Santísima Trinidad, 37).
Los señores opositores deberán venir provistos de pluma estilográfica
o bolígrafo y del documento que
acredite su identidad.
Se advierte a los interesados que
en lo sucesivo todos los llamamientos y decisiones del Tribunal se harán públicos en el tablón de anuncios de dicha Escuela.
TRIBUNAL NUMERO 2
Se convoca a los señores opositores a ingreso en el Magisterio Nacional Primario del número* 261 al 521
(varones), ambos inclusive, para la
celebración del primer ejercicio de
los escritos de esta oposición, para
el día 22 de los corrientes, en la Facultad de Medicina (Ciudad Universitaria), aula número 2, Instituto de
Farmacología.
Por dificultades de orden material
y previa autorización de la Dirección
General de Enseñanza Primaria, la
hora del ejercicio será las cuatro en
punto de la tarde.
El 6orteo de opositores tendrá lugar el día 20 del presente mes. a las
cinco y media de la tarde, en el Grupo escolar «San Isidoro», niñas (calle de Fuenterrabía, número 15).
TERCER TRIBUNAL
Se convoca a las opositoras que
han de actuar en este Tribunal, del
número 1 al 260, ambos inclusive,
par-a el jueves día 14, a las seis de
la tarde, en el Grupo escolar «Joaquín Costa», sito en el paseo de los
Pontones, 8, para proceder ai sorteo
del número de orden de actuación.
CUARTO TRIBUNAL
Anuncio.—Se convoca a las opositoras correspondientes al cuarto Tribunal para realizar el sorteo previo
a los ejercicios el día 21 de marzo,
a las cinco de la tarde, en el salón
de actos de la Escuela del Magisterio «María Díaz Jiménez», avenida
de las Islas Filipinas, número 3. Los
ejercicios darán comienzo en dicha
Escuela el día 22, a las nueve de
la mañana, como dispone la Orden
de convocatoria.
QUINTO TRIBUNAL
Se convoca a las opositoras que
han de actuar ante este Tribunal,
para realizar el primer ejercicio, el
día 22 de los corrientes, a las nueve de la mañana, en el Grupo escolar «Mehéndez y Pelayo» (Méndez
Alvaro. 14).
SEXTO TRIBUNAL
Se convoca a los opositores para
el día 22, a las ocho y media de la
mañana, en el edificio -de la Escuela, de Ingenieros Civiles (José Gutiérrez Abasca, 2); el mismo día para la segunda parte, a las tres y
media de la tarde, y ai día siguiente, a los ocho y media de la mañana, la tercera parte.
El día 21, a las doce de la mañana, se efectuará el sorteo para determinar el orden de actuación en
el salón de actos del Grupo escolar
«Isabel la Católica» (Beneficencia,
número 1).
El ejercicio oral se efectuará en el
local anteriormente citado, el día V
hora que el Tribunal convoque.
ELECCIÓN DE ESCUELAS
«En este pueblo se han construído dos Escuelas, q u e ocuparemos el
Maestro y yo. Tengo mucho más
tiempo de servicios en la localidad
que el compañero, por lo que deseo
saber si con preferencia a él puedo
elegir la Escuela que más me agrade.»
—Asi como ei Decreto de 31 de
octubre de 1958 reglamenta los derechos de los Maestros a ocupar viviendas y la Circular de la Dirección
General de 20 de septiembre de 1958
autoriza en las poblaciones de menos de diez mil habitantes una especia de concursillo con motivo de la
construcción de nuevas Escuelas, no
hay n a d a determinado para la elección de estos edificios en el caso que
usted nos plantea. No obstante, creernos que cuando se aprueba el proyecto para' construcción de edificios
escolares se señala cuál h a de ser el
destinado a niños y cuál el que han
de ocupar las niñas, por lo que, previamente designados, no hay lugar
para verificar la elección.
PENSIONES DE HUÉRFANOS
«Quisiera conocer las pensiones a
que tienen derecho los hijos de Maestra, tanto del Estado como de la Mutualidad.»
—La contestación a su pregunta
excede del espacio normal que dedicamos a esta sección. Todos los datos señalados en el Estatuto de Clases Pasivas y en su Reglamento, modelos de Instancias oficiales y recursos puede verlos en el libro «Orientaciones administrativas», de Janín y
Lorente. Como norma general le podemos indicar aue los hijos de Maestra n o perciben ninguna pensión del
Estado mientras viva el padre o no
se encuentre incapacitado para todo
trabajo. En este caso, entre todos reparten una pensión del 25 por 100
Cuatro plazas de Patronato en Sevilla
Se anuncian para su provisión en
propiedad definitiva las siguientes
Escuelas, dependientes del Patronato Diocesano de Educación Primaria
de Sevilla: >
Poblaciones de más de diez mil habitantes.—Niños: Una en Dos Hermanas y dos en Los Palacios y ViUafranca. Niñas: Una en Dos Hermanas.
Poblaciones de menos de diez mil
habitantes.—Niños: Una en Glnes y
una en Poblado de Alfonso XIII, de
Puebla del Río.
Los concursantes enviarán por correo certificado, a la Secretaría del
Patronato Diocesano de Educación
Primaria, Palacio Arzobispal, o entregarán personalmente en ella los jueves y sábados, desde las dieciocho a
las diecinueve: Instancia, dirigida al
eminentísimo y reverendísimo señor
Cardenal-Arzobispo, Presidente del
Patronato; hoja de servicios sin certificarla; declaración jurada de las
calificaciones obtenidas en sus estudios o certificación académica de
ellas, y declaración jurada, o documentos originales, o bien sus copias,
con referencia a los méritos y formación en todos los órdenes, y muy
en particular en el religioso, catequístico y pedagógico.
El plazo de admisión de solicitudes terminará el 16 de abril.
Sevilla, 5 de marzo de 1963.
ABIERTA
con pasivos máximos o del 16 por
100 con mínimos.
La Mutualidad tiene establecida la
pensión de orfandad por u n importe
del 10 por 100 del sueldo regulador
del causante, hasta los veintiún años
para los hijos varones y hasta los
veinticinco para las mujeres, y cuando la orfandad es total, al hijo mayor se le concede el 25 por 100. y a
los restantes, el 10 por 100, sin que
en conjunto puedan exceder del 85
por 100.
DLEZMILISTAS
«He solicitado tomar parte ert et
concurso - oposición con plazas «sin
destino», y deseo saber si en el caso
de ganar la oposición puedo quedarme en la Escuela donde estoy sin
perder los derechos de diezmilista
para tomar parte en concursos • posteriores con la puntuación que tengo acumulada.»
—El artículo 64 del Estatuto autoriza la opción entre la plaza obtenida por concurso y la conseguida en
el concurso-oposición. En el caso que
usted plantea, como usted no va a
obtener plaza en el concurso-oposición, sino sólo derechos, no tiene
términos para la opción, Se queda
en la Escuela que actualmente desempeña y, de acuerdo con el articulo 16 del Decreto de 5 de febrero
de 1959, aclarado por el de 22 de
diciembre de 1960, podrá intervenir
en los concursos especiales de diez
mil con los derechos de diezmilista
a partir de la fecha en que tomen
posesión de sus destinos sus compañeros de concurso-oposición.
PERMUTAS DE CONSORTES
«Mi esposa pretende obtener permuta para conseguir u n a Escuela en
esta localidad; pero la Maestra que
está dispuesta a permutar aún no
tiene el año de servicios. Creo que
hay alguna disposición especial que
autoriza una excepción en estas normas para los consortes. Quisiera que
hiciera usted el favor de indicármela si existe.»
—El epígrafe 3.« del Decreto de
28 de septiembre de 1951 («B. O. del
Estado» del 12 de octubre) establece: «El Maestro consorte puede permutar su Escuela cuando tenga la
finalidad de obtener destino en la
misma localidad en que su cónyuge
lo ejerce en propiedad, aunaue reúna
solamente la circunstancia segunda
de las exigidas por el artículo 83 del
Estatuto.» Esta circunstancia segunda es la de desempeñar en propiedad y activo servicio el destino que
se permute.
Como se ve, el beneficio le alcanza a su cónyuge; pero no a la Maestra que permute con ella.
LOS
CERTIFICADOR
ESCOLARES
EL CERTIFICADO DE
ESTUDIOS PRIMARIOS
T e n g a e n s u m a n o , e n folleto práctico, fácil y e c o n ó m i c o ,
las n o r m a s p r á c t i c a s , m o d e l o s
de c o r r e s p o n d e n c i a y disposicion e s oficiales.
Precio: 12 pías
Escuela
Den Manuel Montero
Martín,
habla en el Atenea de Sevilla
Sobre el sugestivo tema «Panorama ideológico de} siglo XIX y sus
consecuencias en el campo de la educación», pronunció una brillantísima
conferencia el Inspector Jefe de Enseñanza Primaria de Sevilla, don Manuel Montero Martín, en el Ateneo
de la capital andaluza.
El orador abordó su tema haciendo primeramente una descripción de
las principales corrientes ideológicas
del pasado siglo: Naturalismo, individualismo, socialismo y nacionalismo, estudiando.los antecedentes históricos d e cada u n a de ellas para
pasar después al estudio de las consecuencias de cada uno en el campo
de la educación, basándose en el
principio general de Que toda pedagogía es u n a consecuencia tíe las
ideas filosóficas dominantes en su
época.
Estudió Ja pedagogía naturalista
del 6iglo XIX, citando a Rousseau
como su antecedente inmediato y
Spénoer como s u representante más
característico dentro del si£lo. A continuación aludió a algunas figuras y
hechos representativos de la pedagogía individualista, y e n la pedagogía
social estudió brevemente a los representantes típicos de ella: Dewey,
Natorp y Kerschenteiner.
Terminó citando los representantes
típicos de la pedagogía católica del
siglo XIX y fijando cuál debe ser
la postura de¿ educador cristiano de
nuestra época, que debe aprovechar
la herencia del pasado siglo y complentarse con la dosis necesaria de
espiritualidad.
NECROLÓGICA
El pasado día 14 de febrero falleció en Madrid don Justo Calatayud
García, Maestro del Grupo escolar
«Ramón y Cajal», de Puertollano. A
su esposa, Maestra también del citado Grupo, doña Joaciuina Pinero Gómez, y a sus hijas, doña Joaquina
y doña Enedina, enviamos nuestro
más sentido pésame, al mismo tiempo que rosamos a nuestros lectores
una oración por el alma del compañero fallecido.
NOTAS DEPORTIVAS
En la vigésimocuarta jornada de
Liga .resultaron notas destacables la
victoria del Madrid sobre el Sevilla
y la del Atlético madrileño sobre el
Betis. He aquí los resultados de todos los equipos:
Primera División
Valladolid. 0; Elche, 2. Oviedo, 2;
Málaga, 0. Valencia, 0; Barcelona, 3.
Sevilla, 0; Madrid, 5. Atlético de Maidrid, 3; Betis. 0. Zaragoza, 2; Atlántico de BL'bao, 2. Córdoba. 1; Mallorca, 2. Osasuna, 1; Coruña. 0.
Segunda División
Gr«p# primero.—Atlético de Baleares, 1; Constancia, 1. Indauchu, 1;
Pontevedra, 1. Basconia, 2; Salamanca, 1. Alavés, 2; Orense, 0. Sabadell, 2; Real Sociedad, 0. Celta, 2;
Burgos, 1. Español, 5; Gijón, 0. Santander, 2; Langreo, 0.
Grupo segundo. — Las Palmas, 0;
Tenerife, 1. Mestalla, 2; Levante, 1.
Melilla, 2; Jaén, 1. Granada, 2; Eldense, 0. San Fernando, 4; Cartagena, 1. Murcia, 0; Cádiz. 0. Huelva, 1;
Hércules, 1. Sevilla Atlético, 2; Plus
ultra, 0.
Española
1M
LA SEMANA
Miércoles, 6. ESPAÑA.—Se revalorizarán las pensiones y se prestará una atención preferente a los silicosos de las minas asturianas,
declara en Oviedo, el Ministro de Trabajo, señor Borneo Gorría.
EXTRANJERO.—El yerno de Kruschev admite que existe persecución religiosa en Rusia.
—Muere asesinado a tiros cerca de Neuilly (París) el. Presidente del
Banco «L'Union Parisienne». Al parecer se trata de un crimen político.
—El Sindicato de Tipógrafos neoyorkino vence sobre el Concierto
de Empresas Periodísticas, que desde hace ochenta y siete días declararon el «lock-out», dejando a la ciudad sin periódicos, al conseguir
la publicación del «New York Post». Siguen sin publicarse el «Herald
Tribune», «Mirror», «News». «New York Times», «Journal American»
y el «World Telegram».
Jueves, 7. ESPAÑA.—Millones de pinos han ardido en ia región
asturiana y vasca, donde han quedado arrasadas unas 1.000 hectáreas
de bosque.
EXTRANJERO.—Se afirma que al final de la ceremonia de entrega
al Papa del Premio Balzán de la Paz, por el Presidente Gronchi y la
Comisión que le acompañaba, Juan XXIII recibió al yerno de Kruschev (que iba entre los visitantes, acompañado de su esposa), Alexis
Adjubei, director de «Izvestia», quien al final de la entrevista privada
dijo que «el discurso del Santo Padre había sido muy bello».
—Los huelguistas franceses y el Gobierno no aceptan las condiciones que se imponen mutuamente para volver a la normalidad.
Viernas, 8. ESPAÑA.—En el Consejo de Ministros se nombran loe
siguientes Embajadores: Don Antonio de Luna, en Colombia; don Miguel Teus y López, en Filipinas, y don Antonio Cacho Zabalza, en El
Salvador.
—Nueve personas mueren en Montjuich (Barcelona) por u n desprendimiento de tierras que aplastó sus barracas.
EXTRANJERO.—Golpe de Estado pronassenarista en Siria. El General Abdallah Jibrinl es nombrado Jefe del Consejo Revolucionario,
que proclama por Radio Damasco su intención de unirse con todos
los pueblos árabes y respetar a la O. N. ü., los principios internacionales del país y el neutralismo acordado en Bandung. Los estudiantes
apoyan la revuelta. Muchos comunistas y antinasseristas han sido encarcelados. El Ejército de la R. A. U. ofrece su apoyo al Consejo
Revolucionario, que ha prometido entregar el Poder a las autoridades
civiles en cuanto se consolide la revolución. Auncue Irak y Egipto
apoyan el nuevo régimen, no parece inmediata la nueva unión de Siria con el régimen egipcio.
—Se anuncia oficialmente que ha terminado Ja huelga de periódicos en Nueva York, que duró noventa y un días.
Sábado, 9. ESPAÑA.—Franco pronuncia un discurso político en la
clausura del IX Consejo Nacional de Movimiento. Sus párrafos más
trascendentales los recogemos en otro lugar de este número.
EXTRANJERO.—Se constituye el nuevo Gabinete sirio: Salah Edidin Bitar será su Presidente y,Ministro de Asuntos Exteriores.
—Treinta y u n trabajadores mueren en Arnsberg y Belecke (Alemania Occidental) al estallar sendas factorías.
—También en Ja Ciudad del Cabo (Sudáfrica) estalló la mayor
fábrica de dinamita del mundo, muriendo 50 obreros.
Domingo, 10. ESPAÑA.—Amplio eco en toda España del discurso
de Franco ante el pleno del Consejo Nacional del Movimiento en el
XXV aniversario de la promulgación del Fuero del Trabajo.
EXTRANJERO.—Bidault. Jefe del Consejo Nacional de la Resistencia Francesa, ha sido descubierto en Baviera, donde ha pedido asilo
político. El General De Gaulle solicitará a Adenauer que envíe al ex
Jefe del Gobierno francés a algún puerto de Hispanoamérica.
—Kruschev h a mostrado sus iras ante el acuerdo franco-alemán,
y dice que no propugnará la coexistencia en el terreno del arte. También acusó a StaJin de haber abusado del Poder y cometer enormes
errores políticos, desviando al partido de la línea leninista.
—Se rumorea en Roma que el Cardenal austríaco Koenig visitará
al Cardenal Mindszenty—refugiado en la Embajada norteamericana de
Budapest desde la revuelta húngara de 1956—para convencerle de que
asista a la segunda parte del Concilio Vaticano II.
Lunes, II. ESPAÑA.—El Presidente de la Asamblea de la O. N. U.,
Mohamed Zafrulia Khan, ha llegado a Madrid, de paso para Roma,
donde asistirá a las sesiones de la F. A. O.
—En Zamora comienza' la vista contra los diez ingenieros responsables de la construcción de la presa «Vega de Tera», oue en enero
de 1959 se rompió y descargó 800 millones de metros cúbicos de agua
sobre el pueblo de Ribadeiago, causando 144 muertos. El fiscal pide
cinco años de prisión menor.
EXTRANJERO. — El Teniente Coronel Jean Marie Bastien Thiry,
condenado a muerte por el atentado contra De Gaulle en el Petit
Clamart, ha sido fusilado en las cercanías de París, tras serle denegada por el Presidente la. petición de gracia.
—Bidault se encuentra en Alemania Occidental, demarcación de
Steimbach, con u n permisq de residencia revocable.
Martes, 12. ESPAÑA.—Ha sido detenido en la frontera de Behovia, con u n alijo de 50 kilos de oro que intentaba introducir en
España, el ex campeón del mundo de, pelota Baptiste Harambillet.
EXTRANJERO.—Dos mil mineros ocuparán los alrededores del Ministerio de Industria en París.
—«Mucho de nuestra cultura lo debemos a España», dijo Lyndon
Johnson, Vicepresidente de los Estados Unidos, en San Agustín (Florida) .
158
14
de
marzo
de
1963
Revista de educa***», fondada por los
hijos de Baequtei Sotana.
Es el periódico que usted neoesita
para estar al día de todas las cuestiones pedagógicas y profesionales
que interesan al Maestro, al opositor
j al estudiante de Magisterio. Se publica semanalmente y lanza, suplementos
siempre Que la información de actualidad lo requiere. Precios de suscripción
fpor adelantado) : Trimestre, 36 pesetas; semestre, SO pesetas; año, 110 pesetos. 8e entiende que se trata de trimestres y semestres naturales. Pero
resulta gratis comprando los libros y el material escolar en la
EDITORIAL
E S C U E L A
E S P A Ñ O L A • M A Y O R ,
4
T e l é f o n o 2 22 67 6 4 - M A D R I D - 1 3 - A p a r t a d o
14.540
E
Hogar d i Maestro Jubilado
(Viene de la primera página*)
organizadores p o r el sostenimiento del futuro hogar,. La economía privada del Magisterio
oficial no p e r m i t e la imposición
de n u e v a s cuotas que lo ampare, pero si sabemos del interés
d e n u e s t r a s autoridades por reducir las obligadas cuotas fijas
que hoy pesan sobre el material
escolar y que esta-reducción beneficie a los Maestros jubilados
a t r a v é s de su hogar.
Creemos firmemente que la
aportación voluntaria d e l o s
Maestros a u m e n t a r í a considerablemente si se le tuviera informado de estas actividades y de
todas las q u e con sentido favorable o adverso realiza la Comisión Organizadora.
Y bien es verdad que es necesario q u e no decaigan los ánimos ni de los Maestros ni de los
encargados de llevar a cabo esta
realización. Si l a propaganda no
hubiese cedido un momento, estamos seguros de que en lugar
de las cinco pesetas, t é r m i n o medio que hasta ahora cada Maestro ha aportado, se hubiera podido alcanzar el de cien pesetas
sin quebranto de la economía
de los Maestros, y sería una consoladora realidad la erección de
este hogar que con ansia esperan ver r e a l z a d o t a n t o s ancian o s compañeros.
Implantación del "Complemento
al mentido"en Va! ecos
CADA ESCOLAR RECIBE DIARIAMENTE UN CUARTO DE LITRO DR
LECHE EN BOTELLIN
El pasado viernes, en el Grupo escolar de niñas del Pozo del Tío Raimundo, tuvo lugar ¿a implantación
del llamado «Complemento alimenticio», ciue consiste en la entrega diaria a cada escolar de un botellín de
cuarto de litro de leche. El acto estuvo presidido por el Director general d3 Enseñanza Primaria, señor Ten a Artigas, a quien acompañaban ej
Jefe central del Servicio Escolaj de
Alimentación y Nutrición, señor Pintado Robles, y el doctor Bosch Marín, así como otras personalidades.
Después del reparto del botellín a
todas las niñas. los señores Tena Artigas y Pintado Robles pronunciaron
unas palabras acerca de la significación del acto celebrado.
Desde el día 18 de febrero está establecido el botellín escolar en las
Escuelas del Distrito de Vallecas. Á
éste seguirá el de Buenavista. y progresivamente A los 120.000 escolares
de Madrid.
2
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8
Reun ón de delegados del Setvic o Escolar de Alimentación
En Santa Cruz del Valle de los Caldos dio comienzo, el pasado día 12,
la V Reunión Nacional de Delegados
Provinciales del Servicio Escolar de
Alimentación y Nutrición, bajo la
presidencia del Jefe central, señor
Pintado Robles, y con asistencia de
los Directores de los distintos Departamentos nacionales
En estas jornadas 6e estudiará la
implantación de las seis unidades
educativas del programa en las Escuelas nacionales, asi como el plan
general de educación en alimentación y nutrición, programado por el
Gobierno español con la ayuda de
los organismos internacionales U. N.
I. C. E. P. y F. A. O.
Las sesiones serán clasuradas el sábado día 16.
Franco, ante e! IX Consejo del Movimiento
En la sesión de clausura del IX Consejo Nacional del
Movimiento,
coincidente
con el XXV aniversario de la promulgación
del Fuero del
Trabajo, Su Excelencia el Jefe del Estado pronunció
un
trascendental
discurso político, del que hemos escogido los siguientes
párrafos:
Corridas de escalos del
mes de enero
•
Ofrecemos seguidamente un resumen de las corridas de escalas del
pasado mes de enero, publicadas en
el «Boletín Oficial del Estado» del
martes último:
A la primera catesoria y sueldo de
S2.280 pesetas, hasta el núm. 3.393,
doña María Alsina Escoda.
A la segunda categoría y sueldo de
SO.480 pesetas, hasta el núm. 10.251,
don Manuel Ginés Pascual.
A la tercera categoría y sueldo de
28.800 pesetas, hasta el núm. 19.206,
don Antonio Cofrade Martín.
A la cuarta categoría y sueldo de
87.600 pesetas, hasta el núm. 32.820,
don Pedro José Cáscales Valiente.
A la auinta categoría y sueldd de
25.680 pesetas, hasta el núm. 47.480,
doña M. Luisa Sendlno Merino.
A 'a sexta categoría y sueldo de
Í3.880 pesetaá, hasta el núm. 63.365,
don Leonardo Aguilar Fernández.
•
•
•
•
Q
•
El Movimiento debe trascender todas las circunstancias, perfeccionar sus e s t r u c t u r a s , renovar los cuadros y e n s a n c h a r su
base para hacer frente al futuro.
Hemos aplicado todo nuestro esfuerzo a realizar m a t e r i a l m e n t e
las promesas proclamadas en 1938.
El proceso de industrialización ha permitido crear más de cuatro millones.de nuevos puestos de trabajo.
Un tercio total del m u n d o del trabajo español ha concertado
sus propias condiciones laborales a t r a v é s de Convenios Colectivos.
El paro forzoso—un millón de parados con anterioridad a 1936—
ha desaparecido casi del ámbito nacional.
Hemos modificado las a n t i g u a s e s t r u c t u r a s de la sociedad española de acuerdo con la realidad social que impera hoy en el
mundo.
Una vigorosa realidad social, distinta y mejor de la qué existía
hace treinta años, impone en la hora presente un detenido
análisis que permita. conocer con precisión las corrientes de
opinión y el sentimiento que predomina en el pueblo español.
Sáez - Madrid