Registro de nacimiento.

CÉDULA DE INFORMACIÓN DE TRÁMITES
Y SERVICIOS DE LOS MUNICIPIOS
REGISTRO CIVIL
NOMBRE:
TRÁMITE:
X
SERVICIO:
REGISTRO DE NACIMIENTO
DESCRIPCIÓN:
PROCEDIMIENTO MEDIANTE EL CUAL SE OBTIENE ACTA DE NACIMIENTO QUE ASIENTA EL REGISTRO DE NACIMIENTO DE INDIVIDUO MENOR DE UN AÑO DE
NACIDO.
ART. 3.8, 3.9 Y 3.10 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
ART. 19 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
ART. 86, 88 Y 89 DE LA LEY GENERAL DE POBLACIÓN
FUNDAMENTO LEGAL:
DOCUMENTO A OBTENER
Y/O BENEFICIO:
ACTA DE NACIMIENTO
¿SE REALIZA EN LÍNEA?:
SI NO DIRECCIÓN WEB
CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:
VIGENCIA: PERMANENTE
SE GENERA DENTRO DEL PRIMER AÑO DE VIDA
FUNDAMENTO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO,
UTILIDAD Y DESTINO DEL REQUISITO:
REQUISITOS:
PERSONAS FÍSICAS
PRESENTACIÓN DEL MENOR
ORIGINAL
COPIA(S)
CERTIFICADO DE NACIMIENTO
X
1
ACTA DE MATRIMONIO O DE NACIMIENTO DE LOS
PAPAS SI NO ESTÁN CASADOS.
X
1
X
1 C/U
IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE DE LAS
PERSONAS QUE PRESENTAN AL MENOR PARA SU
REGISTRO.
FUNDAMENTO JURIDICO-ADMINISTRATIVO: ART. 3.8, 3.9 Y
3.10 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 19
DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE
MÉXICO, ART. 86, 88 Y 89 DE LA LEY GENERAL DE
POBLACIÓN
UTILIDAD: CONFORMACIÓN DE EXPEDIENTE
DESTINO: ARCHIVO
DOS TESTIGOS
PERSONAS MORALES
ORIGINAL
COPIA(S)
ORIGINAL
COPIA(S)
ORIGINAL
COPIA(S)
INSTITUCIONES PÚBLICAS
OTROS
DURACIÓN DEL TRÁMITE:
UNA HORA
VIGENCIA:
INDETERMINANDA
TIEMPO DE RESPUESTA:
DOS DÍAS HÁBILES
COSTO:
GRATUITO
FORMA DE PAGO:
EFECTIVO
TARJETA DE CRÉDITO
TARJETA DE DÉBITO
EN LÍNEA (PORTAL DE PAGOS)
DÓNDE PODRÁ PAGARSE:
OTRAS ALTERNATIVAS:
CRITERIOS DE
RESOLUCIÓN DEL
TRAMITE
NOMBRE:
TRÁMITE:
X
SERVICIO:
REGISTRO EXTEMPORÁNEO DE NACIMIENTO
DESCRIPCIÓN:
PROCEDIMIENTO MEDIANTE EL CUAL SE OBTIENE ACTA DE NACIMIENTO QUE ASIENTA EL REGISTRO DE NACIMIENTO DE INDIVIDUO MAYOR DE UN AÑO DE
NACIDO.
ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
ART. 19 Y 72 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
FUNDAMENTO LEGAL:
DOCUMENTO A OBTENER
Y/O BENEFICIO:
ACTA DE NACIMIENTO
¿SE REALIZA EN LÍNEA?:
SI NO DIRECCIÓN WEB
VIGENCIA: PERMANENTE
X
CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:
SE GENERA PARA PERSONAS MAYORES DE UN AÑO DE EDAD QUE NO CUENTAN CON ACTA DE
NACIMIENTO.
FUNDAMENTO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO,
UTILIDAD Y DESTINO DEL REQUISITO:
REQUISITOS:
PERSONAS FÍSICAS
ORIGINAL
COPIA(S)
X
1
CARTILLA NACIONAL DE VACUNACIÓN,
CONSTANCIA RELIGIOSA Y/O FE DE BAUTISMO.
FUNDAMENTO JURIDICO-ADMINISTRATIVO: ART. 3.1 Y 3.2
DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 19 Y 72
DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE
MÉXICO, ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO
DE MÉXICO Y MUNICIPIOS
X
1
UTILIDAD: CONFORMACIÓN DE EXPEDIENTE
IDENTIFICACIÓN DE LOS PADRES Y/O DE LA
PERSONA QUE VA SER REGISTRADA, ASÍ COMO DE
LA PERSONA QUE PRESENTA.
X
1 C/U
X
1
X
1
PRESENTACIÓN DE LA PERSONA A REGISTRAR.
CERTIFICADO DE NACIMIENTO O, EN SU CASO,
CONSTANCIA DE ALUMBRAMIENTO.
CONSTANCIA DE NO REGISTRO DE NACIMIENTO
DEL LUGAR DE ORIGEN Y DEL DOMICILIO DE LA
JURISDICCIÓN DE LA OFICIALÍA DONDE SE VAYA A
EFECTUAR EL REGISTRO.
CONSTANCIA DOMICILIARIA DE LOS PADRES Y/O DE
LA PERSONA QUE VA A SER REGISTRADA.
DESTINO: ARCHIVO
CONSTANCIA CON FOTOGRAFÍA DE QUE NO HA
PRESENTADO ACTA DE NACIMIENTO, EXPEDIDA
POR LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DONDE ESTUDIE
LA PERSONA A REGISTRARSE.
COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE MATRIMONIO DE
LOS PADRES Y/O DE LA PERSONA QUE VA A SER
REGISTRADA (EN EL SUPUESTO QUE COMPAREZCA
SOLO UNO DE LOS PADRES A REGISTRAR, LA
CERTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO NO
DEBERÁEXCEDER DE 6 MESES DE ANTIGÜEDAD).
COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE NACIMIENTO DE
HIJOS, DE HERMANOS O DE DEFUNCIÓN DE LOS
PADRES, EN CASO DE TENER DICHOS
DOCUMENTOS.
DOCUMENTOS QUE PUEDAN RELACIONARSE, CON
LA PERSONA QUE VA A SER REGISTRADA.
X
1
X
1
X
1
X
1
ORIGINAL
COPIA(S)
ORIGINAL
COPIA(S)
ORIGINAL
COPIA(S)
PERSONAS MORALES
INSTITUCIONES PÚBLICAS
OTROS
DURACIÓN DEL TRÁMITE:
1 HORA
VIGENCIA:
INDETERMINADA
COSTO:
0.17 SALARIO MÍNIMO DIARIO POR AÑO OMISO
FORMA DE PAGO:
TIEMPO DE RESPUESTA:
EFECTIVO X
TARJETA DE CRÉDITO
DOS DÍAS HÁBILES
TARJETA DE DÉBITO
EN LÍNEA (PORTAL DE PAGOS)
DÓNDE PODRÁ PAGARSE:
CAJAS DE TESORERÍA MUNICIPAL
OTRAS ALTERNATIVAS:
OFICINAS DEL REGISTRO CIVIL DONDE NO SE CUENTA CON CAJA CERCANA DE TESORERÍA MUNICIPAL
CRITERIOS DE
RESOLUCIÓN DEL
TRAMITE
CUMPLIR CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO
NOMBRE:
REGISTRO DE DEFUNCIÓN
DESCRIPCIÓN:
TRÁMITE:
X
SERVICIO:
INFORMAR SOBRE LA MUERTE DE UNA PERSONA, EXPIDIENDO EL ACTA DE DEFUNCIÓN CORRESPONDIENTE.
ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
ART. 19 Y 107 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
FUNDAMENTO LEGAL:
ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
DOCUMENTO A OBTENER
Y/O BENEFICIO:
ACTA DE DEFUNCIÓN ORDEN DE INHUMACIÓN U OFICIO DE TRASLADO
¿SE REALIZA EN LÍNEA?:
SI NO DIRECCIÓN WEB
VIGENCIA: PERMANENTE
X
CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:
A PARTIR DE LA MUERTE DE LA PERSONA DENTRO DE LAS 48 HORAS SIGUIENTES DE OCURRIDO EL
DECESO.
FUNDAMENTO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO,
UTILIDAD Y DESTINO DEL REQUISITO:
REQUISITOS:
PERSONAS FÍSICAS
CERTIFICADO MEDICO DE DEFUNCIÓN EN
FORMATO AUTORIZADO POR LA SECRETARIA DE
SALUD, EXPEDIDO POR MEDICO TITULADO O
INSTITUCIÓN PUBLICA DEL SECTOR SALUD,
ESPECIFICANDO LA CAUSA DEL DECESO.
ORIGINAL
X
COPIA(S)
1
FUNDAMENTO JURIDICO-ADMINISTRATIVO: ART. 3.1 Y 3.2
DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 19 Y 107
DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE
MÉXICO, ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO
DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
UTILIDAD: CONFORMACIÓN DE EXPEDIENTE
COMPARECENCIA DEL DECLARANTE Y TESTIGOS
DESTINO: ARCHIVO
IDENTIFICACIÓN
OFICIAL
DECLARANTE Y TESTIGOS.
VIGENTE
DEL
COPIA DEL ACTA DE NACIMIENTO.
OFICIO DEL MINISTERIO PUBLICO QUE ORDENE EL
ASENTAMIENTO DEL ACTA DE DEFUNCIÓN Y, EN SU
CASO, LA ORDEN DE INHUMACIÓN Y/O
CREMACIÓN CORRESPONDIENTE, CUANDO EL
DECESO SE HUBIERA DADO POR CAUSAS VIOLENTAS
Y/O SOSPECHOSAS.
TRASLADO:
COPIA DEL PERMISO DEL SECTOR SALUD QUE
AUTORIZA SU TRASLADO, CUANDO EL CADÁVER
VAYA A SER INHUMADO O CREMADO EN OTRA
ENTIDAD O A UNA DISTANCIA MAYOR A LOS 100
KILÓMETROS DEL LUGAR EN QUE OCURRIÓ EL
DECESO.
PERMISO DEL SECTOR SALUD PARA INHUMAR O
CREMAR, DURANTE LAS PRIMERAS 12 HORAS
POSTERIORES AL FALLECIMIENTO Y DESPUÉS DE LAS
48 HORAS DE OCURRIDO EL MISMO.
X
1
X
1
PERSONAS MORALES
ORIGINAL
COPIA(S)
ORIGINAL
COPIA(S)
ORIGINAL
COPIA(S)
INSTITUCIONES PÚBLICAS
OTROS
DURACIÓN DEL TRÁMITE:
INMEDIATO
VIGENCIA:
INDETERMINADA
COSTO:
GRATUITO
FORMA DE PAGO:
TIEMPO DE RESPUESTA:
EFECTIVO
TARJETA DE CRÉDITO
1 DÍA HABIL
TARJETA DE DÉBITO
EN LÍNEA (PORTAL DE PAGOS)
DÓNDE PODRÁ PAGARSE:
OTRAS ALTERNATIVAS:
CRITERIOS DE
RESOLUCIÓN DEL
TRAMITE
QUE SE ENCUENTRE DENTRO DE LAS CUARENTA Y OCHO HORAS DESPUÉS DE LA DEFUNCIÓN Y ACREDITE CON CERTIFICADO
DE DEFUNCIÓN
PRESENTAR DESPUÉS DE LAS DOCE HORAS DE LA DEFUNCIÓN Y ANTES DE LAS CUARENTA Y OCHO
NOMBRE:
TRÁMITE:
X
SERVICIO:
REGISTRO DE MATRIMONIO
DESCRIPCIÓN:
LEGALIZAR EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS O QUE VIVEN EN CONCUBINATO.
ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
ART. 19, 95 Y 96 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
FUNDAMENTO LEGAL:
ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
DOCUMENTO A OBTENER
Y/O BENEFICIO:
ACTA DE MATRIMONIO Y CEREMONIA CIVIL
¿SE REALIZA EN LÍNEA?:
SI NO DIRECCIÓN WEB
VIGENCIA: PERMANENTE
X
CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:
REQUISITOS:
PERSONAS FÍSICAS
FUNDAMENTO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO,
UTILIDAD Y DESTINO DEL REQUISITO:







PRESENCIA DE LOS SOLICITANTES.
ACTAS CERTIFICADAS DE NACIMIENTO.
IDENTIFICACIONES OFICIALES VIGENTES.
SOLICITUD DE MATRIMONIO (EL FORMATO SE
PROPORCIONARA EN LA OFICIALÍA).
CERTIFICADO MEDICO PREMATRIMONIAL (VIGENCIA
DE 15 DÍAS NATURALES).
DOS TESTIGOS MAYORES DE EDAD POR CADA
SOLICITANTE.
TODOS AQUELLOS QUE SEÑALE EL CÓDIGO CIVIL
ORIGINAL
X
COPIA(S)
1
FUNDAMENTO JURIDICO-ADMINISTRATIVO: ART. 3.1 Y 3.2
DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 19, 95 Y
96 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE
MÉXICO, ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO
DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
UTILIDAD: CONFORMACIÓN DE EXPEDIENTE
DESTINO: ARCHIVO
X
1
X
1
PERSONAS MORALES
ORIGINAL
COPIA(S)
ORIGINAL
COPIA(S)
ORIGINAL
COPIA(S)
INSTITUCIONES PÚBLICAS
OTROS
DURACIÓN DEL TRÁMITE:
30 MINUTOS
VIGENCIA:
INMEDIATO O DEPENDIENDO LA CITA
COSTO:
OFICINA Y A DOMICILIO
FORMA DE PAGO:
TIEMPO DE RESPUESTA:
EFECTIVO
X
TARJETA DE CRÉDITO
TRES DÍAS HÁBILES
TARJETA DE DÉBITO
EN LÍNEA (PORTAL DE PAGOS)
DÓNDE PODRÁ PAGARSE:
CAJAS DE TESORERÍA MUNICIPAL
OTRAS ALTERNATIVAS:
OFICINA DEL REGISTRO CIVIL CUANDO NO SE CUENTE CON CAJA DE TESORERÍA MUNICIPAL
CRITERIOS DE
RESOLUCIÓN DEL
TRAMITE
QUE SE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS LEGALES Y NO EXISTAN IMPEDIMENTOS LEGALES PARA CONTRAER MATRIMONIO.
EN CASO DE MENORES QUE EXISTA AUTORIZACIÓN POR ALGUNO DE LOS PADRES
NOMBRE:
TRÁMITE:
REGISTRO DE DIVORCIO ADMINISTRATIVO
DESCRIPCIÓN:
LEGALIZAR EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS.
ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
ART. 19 Y 100 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
FUNDAMENTO LEGAL:
ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
X
SERVICIO:
DOCUMENTO A OBTENER
Y/O BENEFICIO:
ACTA DE DIVORCIO
¿SE REALIZA EN LÍNEA?:
SI NO DIRECCIÓN WEB
VIGENCIA: PERMANENTE
X
CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:
TENGAN MAS DE UN AÑO DE CASADOS, NO TENGAS HIJOS MENORES DE EDAD O MAYORES
INCAPACITADOS
FUNDAMENTO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO,
UTILIDAD Y DESTINO DEL REQUISITO:
REQUISITOS:
PERSONAS FÍSICAS







COMPARECENCIA PERSONAL VOLUNTARIA DE
AMBOS CÓNYUGES.
SOLICITUD DE DIVORCIO (EL FORMATO SE
PROPORCIONA SIN NINGÚN COSTO EN LA
OFICIALÍA).
COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE MATRIMONIO Y
DE LAS ACTAS DE NACIMIENTO DE LOS CÓNYUGES
(VIGENCIA DE 6 MESES).
CONSTANCIA DOMICILIARIA.
IDENTIFICACIONES OFICIALES VIGENTES DE LOS
CÓNYUGES.
CONSTANCIA DE NO EMBARAZO DE LA
CÓNYUGEEXPEDIDA POR UNA INSTITUCIÓN
OFICIAL (VIGENCIA DE 15 DÍAS NATURALES
CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU
EXPEDICIÓN).
SI TIENE HIJOS MAYORES DE EDAD NO SUJETOS A
TUTELA, COPIA CERTIFICADA DE LAS ACTAS DE
NACIMIENTO.
RESOLUCIÓN
JUDICIAL
O
INSTRUMENTO
NOTARIAL DE LA LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD
CONYUGAL EN CASO DE HABER ADQUIRIDO
BIENES, EN CASO CONTRARIO, LA DECLARACIÓN
POR ESCRITO DE NO HABER ADQUIRIDO BIEN
ALGUNO NI DEUDAS
ORIGINAL
X
COPIA(S)
1
FUNDAMENTO JURIDICO-ADMINISTRATIVO: ART. 3.1 Y 3.2
DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 19 Y 100
DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE
MÉXICO, ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO
DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
UTILIDAD: CONFORMACIÓN DE EXPEDIENTE
DESTINO: ARCHIVO
X
1
X
1
PERSONAS MORALES
ORIGINAL
COPIA(S)
ORIGINAL
COPIA(S)
ORIGINAL
COPIA(S)
INSTITUCIONES PÚBLICAS
OTROS
DURACIÓN DEL TRÁMITE:
1 HORA
VIGENCIA:
INMEDIATO O DEPENDIENDO LA CITA 15 DÍAS
COSTO:
20.92 + 3.711 + 1.3 SALARIOS MÍNIMOS DIARIOS VIGENTES + LÍNEA DE CAPTURA ESTATAL
FORMA DE PAGO:
TIEMPO DE RESPUESTA:
EFECTIVO
X
TARJETA DE CRÉDITO
15 DÍAS HÁBILES
TARJETA DE DÉBITO
EN LÍNEA (PORTAL DE PAGOS) X
DÓNDE PODRÁ PAGARSE:
CAJAS DE TESORERÍA MUNICIPAL Y EN LÍNEA DEL PORTAL DE PAGO
OTRAS ALTERNATIVAS:
OFICINA DEL REGISTRO CIVIL CUANDO NO SE CUENTE CON CAJA DE TESORERÍA MUNICIPAL Y EN LÍNEA
CRITERIOS DE
RESOLUCIÓN DEL
TENGAN MAS DE UN AÑO DE CASADOS , NO TENGAN HIJOS MENORES DE EDAD O MAYORES INCAPACITADOS Y HAYAN
ACORDADO LA DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
TRAMITE
NOMBRE:
TRÁMITE:
X
SERVICIO:
REGISTRO DE DIVORCIO JUDICIAL
DESCRIPCIÓN:
LEGALIZAR EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS.
ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
ART. 19, 97 Y 98 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
FUNDAMENTO LEGAL:
ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
DOCUMENTO A OBTENER
Y/O BENEFICIO:
ACTA DE DIVORCIO
¿SE REALIZA EN LÍNEA?:
SI NO DIRECCIÓN WEB
VIGENCIA: PERMANENTE
X
CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:
SE EMITA SENTENCIA EJECUTORIADA DEL PODER JUDICIAL
FUNDAMENTO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO,
UTILIDAD Y DESTINO DEL REQUISITO:
REQUISITOS:
PERSONAS FÍSICAS

OFICIO ORIGINAL DE REMISIÓN DEL JUZGADO Y
COPIA CERTIFICADA DE LA SENTENCIA QUE
ORDENE SU ASENTAMIENTO; EN CASO DE
DIVORCIO NECESARIO, LA DEL AUTO QUE LA
DECLARE EJECUTORIADA.
ORIGINAL
X
COPIA(S)
1
LOS DEMÁS DOCUMENTOS QUE CON EL DIVORCIO
JUDICIAL SE RELACIONEN
FUNDAMENTO JURIDICO-ADMINISTRATIVO: ART. 3.1 Y 3.2
DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 19, 97 Y
98 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE
MÉXICO, ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO
DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
UTILIDAD: CONFORMACIÓN DE EXPEDIENTE
DESTINO: ARCHIVO
X
1
X
1
PERSONAS MORALES
ORIGINAL
COPIA(S)
ORIGINAL
COPIA(S)
INSTITUCIONES PÚBLICAS
OTROS
ORIGINAL
COPIA(S)
DURACIÓN DEL TRÁMITE:
1 DIA
VIGENCIA:
INDEFINIDA
COSTO:
3.711 + 1.3 + 0.88 SALARIOS MÍNIMOS DIARIOS VIGENTES
FORMA DE PAGO:
TIEMPO DE RESPUESTA:
EFECTIVO
X
TARJETA DE CRÉDITO
TRES DÍAS HÁBILES
TARJETA DE DÉBITO
EN LÍNEA (PORTAL DE PAGOS)
DÓNDE PODRÁ PAGARSE:
CAJAS DE TESORERÍA MUNICIPAL
OTRAS ALTERNATIVAS:
OFICINA DEL REGISTRO CIVIL CUANDO NO SE CUENTE CON CAJA DE TESORERÍA MUNICIPAL
CRITERIOS DE
RESOLUCIÓN DEL
TRAMITE
COPIA CERTIFICADA DE LA RESOLUCIÓN, OFICIO DIRIGIDO AL OFICIAL Y AUTO QUE DECLARE EJECUTORIADA LA SENTENCIA DE
DIVORCIO
NOMBRE:
TRÁMITE:
X
SERVICIO:
REGISTRO DE RECONOCIMIENTO
DESCRIPCIÓN:
PROCEDIMEINTO POR MEDIO DEL CUAL SE REALIZA EL RECONOCIMIENTO DE UNA PERSONA REGISTRADA CON ANTERIORIDAD.
ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
ART. 19 Y 82 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
FUNDAMENTO LEGAL:
ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
DOCUMENTO A OBTENER
Y/O BENEFICIO:
ACTA DE RECONOCIMIENTO
¿SE REALIZA EN LÍNEA?:
SI NO DIRECCIÓN WEB
VIGENCIA: PERMANENTE
X
CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:
SENTENCIA EJECUTORIADA, RECONOCIMIENTO ANTE NOTARIO O PRESENCIA DEL RECONOCEDOR
FUNDAMENTO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO,
UTILIDAD Y DESTINO DEL REQUISITO:
REQUISITOS:
PERSONAS FÍSICAS






PRESENCIA DEL FUTURO RECONOCIDO.
PRESENCIA DEL RECONOCEDOR Y DE QUIEN
OTORGA EL CONSENTIMIENTO.
COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE NACIMIENTO
DEL REGISTRO (VIGENCIA DE 6 MESES).
ACTA DE NACIMIENTO DEL RECONOCEDOR.
IDENTIFICACIÓN
OFICIAL
VIGENTE
DEL
RECONOCEDOR Y DE QUIEN OTORGA EL
CONSENTIMIENTO.
EN CASO DE SER EXTRANJERO EL RECONOCEDOR,
ORIGINAL
X
COPIA(S)
1
FUNDAMENTO JURIDICO-ADMINISTRATIVO: ART. 3.1 Y 3.2
DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 19 Y 82
DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE
MÉXICO, ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO
DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
UTILIDAD: CONFORMACIÓN DE EXPEDIENTE
DESTINO: ARCHIVO
X
1
ACREDITAR LA LEGAL ESTANCIA EN EL PAÍS.
X
1
PERSONAS MORALES
ORIGINAL
COPIA(S)
ORIGINAL
COPIA(S)
ORIGINAL
COPIA(S)
INSTITUCIONES PÚBLICAS
OTROS
DURACIÓN DEL TRÁMITE:
15 MINUTOS
VIGENCIA:
INDEFINIDO
COSTO:
0.66 + 1.3 + 0.88 SALARIOS MÍNIMOS DIARIOS VIGENTES
FORMA DE PAGO:
TIEMPO DE RESPUESTA:
EFECTIVO
X
TARJETA DE CRÉDITO
DOS DÍAS HÁBILES
TARJETA DE DÉBITO
EN LÍNEA (PORTAL DE PAGOS)
DÓNDE PODRÁ PAGARSE:
CAJAS DE LA TESORERÍA MUNICIPAL
OTRAS ALTERNATIVAS:
OFICINA DEL REGISTRO CIVIL CUANDO NO SE CUENTE CON CAJA DE TESORERÍA MUNICIPAL
CRITERIOS DE
RESOLUCIÓN DEL
TRAMITE
A TRAVÉS DE RESOLUCIÓN JUDICIAL, ACTA PROTOCOLIZADA ANTE NOTARIO PUBLICO O PRESENCIA DEL RECONOCEDOR.
PERSONA QUE AUTORIZA
NOMBRE:
TRÁMITE:
X
SERVICIO:
REGISTRO DE ADOPCIÓN
DESCRIPCIÓN:
PROCEDIMIENTO A TRAVÉS DEL CUAL SE REGISTRA LA ADOPCIÓN DE UNA PERSONA.
ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
ART. 19, 91, 92 Y 93 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
FUNDAMENTO LEGAL:
ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
DOCUMENTO A OBTENER
Y/O BENEFICIO:
ACTA DE ADOPCIÓN O NACIMIENTO
¿SE REALIZA EN LÍNEA?:
SI NO DIRECCIÓN WEB
X
CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:
VIGENCIA: PERMANENTE
FUNDAMENTO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO,
UTILIDAD Y DESTINO DEL REQUISITO:
REQUISITOS:
PERSONAS FÍSICAS







OFICIO ORIGINAL DE REMISIÓN DEL JUZGADO,
COPIA CERTIFICADA DE LA SENTENCIA QUE
ORDENE SU ASENTAMIENTO Y EL AUTO QUE LA
DECLARE EJECUTORIADA.
PRESENTACIÓN DEL ADOPTADO.
COMPARECENCIA DEL O DE LOS ADOPTANTES.
COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE NACIMIENTO
DEL
ADOPTADO,
CUANDO
HAYA
SIDO
REGISTRADO.
IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE DEL O LOS
ADOPTANTES.
COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE NACIMIENTO O
MATRIMONIO DE LOS ADOPTANTES.
ORIGINAL
X
COPIA(S)
FUNDAMENTO JURIDICO-ADMINISTRATIVO: ART. 3.1 Y 3.2
DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 19, 91, 92
Y 93 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO
DE MÉXICO, ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL
ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
1
UTILIDAD: CONFORMACIÓN DE EXPEDIENTE
DESTINO: ARCHIVO
X
1
X
1
PERSONAS MORALES
ORIGINAL
COPIA(S)
ORIGINAL
COPIA(S)
ORIGINAL
COPIA(S)
INSTITUCIONES PÚBLICAS
OTROS
DURACIÓN DEL TRÁMITE:
15 MINUTOS
TIEMPO DE RESPUESTA:
VIGENCIA:
INDETERMINADA
TRES DÍAS
COSTO:
FORMA DE PAGO:
EFECTIVO
TARJETA DE CRÉDITO
TARJETA DE DÉBITO
EN LÍNEA (PORTAL DE PAGOS)
DÓNDE PODRÁ PAGARSE:
OTRAS ALTERNATIVAS:
CRITERIOS DE
RESOLUCIÓN DEL
TRAMITE
NOMBRE:
TRÁMITE:
SERVICIOS ADICIONALES
DESCRIPCIÓN:
A)
EXPEDICIÓN DE COPIAS CERTIFICADAS DE LOS ACTOS QUE GUARDA SU ESTADO CIVIL
B)
BÚSQUEDA DE ACTAS CUANDO NO SE CUENTE CON LOS DATOS PRECISOS
C)
CERTIFICACIÓN DE CONSTANCIAS DE INEXISTENCIA DE REGISTRO
D)
ACLARACIÓN DE ACTA POR VÍA ADMINISTRATIVA Y EL ASENTAMIENTO DE LA ANOTACIÓN CORRESPONDIENTE
E)
EMISIÓN Y CORRECCIÓN DE LA CLAVE CURP
SERVICIO:
X
ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
ART. 19 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
FUNDAMENTO LEGAL:
DOCUMENTO A OBTENER
Y/O BENEFICIO:
COPIA CERTIFICADA, CONSTANCIA DE NO REGISTRO, ACUERDO DE ACLARACIÓN, CLAVE
VIGENCIA: DOS DÍAS O INMEDIATA
CURP
¿SE REALIZA EN LÍNEA?:
SI NO DIRECCIÓN WEB
X X
CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:
WWW.SEGOB.GOB.MX
A)
CUANDO NO SE CUENTA CON ALGÚN DATO DE REGISTRO
B)
EN UN REGISTRO EXTEMPORÁNEO MAYOR DE UN AÑO
C)
POR ERROR EN EL MOMENTO DE REGISTRO.
D)
EN EL REGISTRO DE NACIMIENTO
FUNDAMENTO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO,
UTILIDAD Y DESTINO DEL REQUISITO:
REQUISITOS:
PERSONAS FÍSICAS
ORIGINAL
A)
COPIA FOTOSTÁTICA
CERTIFICAR O CURP
DEL
ACTA
QUE
B)
NOMBRE Y FECHA DE NACIMIENTO DEL ACTA QUE
DESEA BUSCAR
C)
NOMBRE DE LA PERSONA QUE SE VA A REGISTRAR,
FECHA DE NACIMIENTO, LUGAR DE NACIMIENTO Y
NOMBRE DE SUS PADRES.
D)
DEPENDE DE QUE ERROR TENGA EL ACTA QUE SE
VA A CORREGIR
E)
ACTA DE NACIMIENTO ORIGINAL Y COPIA. Y CURP
PARA CUANDO ES CORRECCIÓN
COPIA(S)
X
DESEO
FUNDAMENTO JURIDICO-ADMINISTRATIVO:
A)
ARTICULO 41Y 42 REGLAMENTO DEL REGISTRO
CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
B)
REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO
DE MÉXICO.
C)
ARTICULO 43 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO
CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
D)
ARTÍCULOS 46 Y 49 DEL REGLAMENTO DEL
REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
E)
LEY GENERAL DE POBLACIÓN.
UTILIDAD: CONFORMACIÓN DE EXPEDIENTE
DESTINO: ARCHIVO
X
X
PERSONAS MORALES
ORIGINAL
COPIA(S)
ORIGINAL
COPIA(S)
ORIGINAL
COPIA(S)
INSTITUCIONES PÚBLICAS
OTROS
DURACIÓN DEL TRÁMITE:
15 MINUTOS
VIGENCIA:
PERMANENTE
COSTO:
FORMA DE PAGO:
DÓNDE PODRÁ PAGARSE:
OTRAS ALTERNATIVAS:
CRITERIOS DE
RESOLUCIÓN DEL
A)
TIEMPO DE RESPUESTA:
0.88 B) 0.144 X AÑO
EFECTIVO
TESORERÍA MUNICIPAL
X
UNO A DOS DÍAS HÁBILES
C) 0.88 + 0.144 X CINCO AÑOS
E)GRATUITO
TARJETA DE CRÉDITO
TARJETA DE DÉBITO
EN LÍNEA (PORTAL DE PAGOS)
TRAMITE
NOMBRE:
TRÁMITE:
X
SERVICIO:
TRANSCRIPCIÓN DE HECHOS ACTOS DEL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS REALIZADAS EN EL EXTRANJERO
DESCRIPCIÓN:
LEGALIZAR EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS EN MÉXICO.
CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.
FUNDAMENTO LEGAL:
LEY GENERAL DE POBLACIÓN
LEY DE MIGRACIÓN
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO.
DOCUMENTO A OBTENER
Y/O BENEFICIO:
ACTA NACIMIENTO, MATRIMONIO, DIVORCIO, DEFUNCIÓN
¿SE REALIZA EN LÍNEA?:
SI NO DIRECCIÓN WEB
VIGENCIA: PERMANENTE
X
CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:
SE PIENSA RADICAR EN EL PAÍS O EL RECONOCIMIENTO DEL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS EN
NUESTRO PAÍS
FUNDAMENTO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO,
UTILIDAD Y DESTINO DEL REQUISITO:
REQUISITOS:
PERSONAS FÍSICAS








ORIGINAL
DOCUMENTO PROBATORIO DEL EXTRANJERO
APOSTILLADO O LEGALIZADO
TRADUCIDO POR PERITO OFICIAL
IDENTIFICACIÓN
COMPARECÍA DE O LOS INTERESADO (S).
X
COPIA(S)
1
X
X
X
1
X
PERSONAS MORALES
ORIGINAL
COPIA(S)
ORIGINAL
COPIA(S)
INSTITUCIONES PÚBLICAS
OTROS
ARTICULOS del 127 al 135 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO
CIVIL DEL ESTADO DE MEXICO.
ARTICULO 9 DE LA LEY DE MIGRACION.
ORIGINAL
DURACIÓN DEL TRÁMITE:
DOS DIAS
VIGENCIA:
PERMANENTE
COSTO:
6.60 SALARIOS MINIMOS DIARIOS
FORMA DE PAGO:
TIEMPO DE RESPUESTA:
EFECTIVO
DÓNDE PODRÁ PAGARSE:
COPIA(S)
X
TARJETA DE CRÉDITO
UN DIA
TARJETA DE DÉBITO
EN LÍNEA (PORTAL DE PAGOS)
CAJAS DE LA TESORERIA MUNICIPAL
OTRAS ALTERNATIVAS:
CRITERIOS DE
RESOLUCIÓN DEL
TRAMITE
APOSTILLADO, TRADUCCION POR PERITO OFICIAL
DEPENDENCIA U ORGANISMO:
UNIDAD ADMINISTRATIVA RESPONSABLE:
CONSEJERIA JURIDICA DEL GOBIERNO DEL ESTADO Y
DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO
REGISTRO CIVIL 02 CHICOLOAPAN
TITULAR DE LA DEPENDENCIA:
DOMICILIO:
CALLE: TIERRA Y LIBERTAD
COLONIA:
EMILIANO ZAPATA
C.P.:
56390
NO. INT. Y EXT.:
MUNICIPIO:
HORARIO Y DÍAS DE ATENCIÓN:
LADA:
55
LIC. ROBERTO NARANJO VICTORES
S/N
CHICOLOAPAN
LUNES A VIERNES DE 9:00 A 18:00 Y SABADO DE 9:00 A 15:00
TELÉFONOS:
EXTS.:
FAX:
15512072
CORREO ELECTRÓNICO:
[email protected]
OTRAS OFICINAS QUE PRESTAN EL SERVICIO
OFICINA:
OFICIALIA 01 Y OFICIALIA 03 DEL REGISTRO CIVIL EN EL MUNICIPIO DE CHICOLOAPAN
NOMBRE DEL TITULAR DE LA OFICINA:
DOMICILIO:
LIC. JOSE FERNANDO PEREZ RAMIREZ Y LIC. MIRIAM ALEJANDRA PAREDES AVILA
CALLE: PLAZA DE LA CONSTITUCION INTERIOR DEL PALACIO MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE NO. INT. Y EXT.:
CHICOLOAPAN, CHICOLOAPAN DE JUAREZ, ESTADO DE MEXICO.
AV. REAL DE LAS HACIENDAS ESQ. AV. REAL DE MINAS, REAL DE COSTITLAN, CHICOLOAPAN,
ESTADO DE MEXICO.
COLONIA:
CHICOLOAPAN DE JUAREZ.
MUNICIPIO:
CHICOLOAPAN
REAL DE COSTITLAN
C.P.:
56370
LADA:
HORARIO Y DÍAS DE ATENCIÓN:
LUNES A VIERNES DE 9:00 A 18:00 Y SABADO DE 9:00 A 15:00
TELÉFONOS:
01 55
59215046
01 55
22894439
EXTS.:
FAX:
129
CORREO ELECTRÓNICO:
[email protected]
[email protected]
[email protected]
CHICOLOAPAN
MUNICIPIOS QUE ATIENDE:
OTROS
PREGUNTA FRECUENTE 1:
RESPUESTA:
PREGUNTA FRECUENTE 2:
RESPUESTA:
PREGUNTA FRECUENTE 3:
RESPUESTA:
TRÁMITES O SERVICIOS RELACIONADOS
INSCRIPCIÓN, REGISTRO, AUTORIZACIÓN, CERTIFICACIÓN, SOLEMNIDAD A LOS HECHOS Y ACTOS DEL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS E INSCRIPCION DE
RESOLUCIONES QUE LA LEY AUTORIZA.
ELABORÓ:
ELABORO:
ELABORO:
LIC. JOSE FERNANDO PEREZ RAMIREZ
LIC. ROBERTO NARANJO VICTORES
LIC. MIRIAM ALEJANDRA PAREDES AVILA
OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL 01
OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL 02
OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL 03
___________________________________.
VISTO BUENO:
FECHA DE ACTUALIZACIÓN:
27/12/2013.
C. JOSE MEDARDO ARREGUIN HERNANDEZ
ENLACE MUNICIPAL DE MEJORA REGULATORIA