LUCHA CONTRA EL LAVADO DE DINERO Destinado a especialistas del Sistema Bancario Nacional La Habana, 10 de marzo del 2015 Año: 12 No: 257 Periodicidad: Quincenal Estimados lectores: La información que ponemos a su consideración CONTENIDO tiene como objetivo darles a conocer criterios que se manejan a nivel internacional por otros sistemas bancarios y organismos internacionales Artículo de Opinióngubernamentales o no gubernamentales, que no necesariamente coinciden con nuestras normas o procedimientos, teniendo en cuenta que nuestro sistema bancario y los principios económicos que rigen el desarrollo de nuestra sociedad poseen características Documentos de muy propias y particulares. Organizaciones No se hace tampoco con el objetivo de que se utilice Internacionales para elaborar normas bancarias internas; sirve, en última instancia, para ampliar el acervo cultural de los trabajadores bancarios cubanos y conocer experiencias Sección foráneas. Informativa para Integrantes del SBN Eventos Noticias ¿Qué es el lavado de Dinero? El GAFI ha formulado esta definición de lavado de dinero o blanqueo de capitales: - La conversión o transferencia de propiedad, a sabiendas de que deriva de un delito criminal, con el propósito de esconder o disfrazar su procedencia ilegal o ayudar a cualquier persona involucrada en la comisión del delito a evadir las consecuencias legales de su accionar. - Ocultar o disfrazar la naturaleza real, fuente, ubicación, disposición, movimiento, derechos con respecto a, o propiedad de, bienes a sabiendas de que derivan de ofensa criminal. − La adquisición, posesión o uso de bienes sabiendo, al momento en que se reciben, que deriva de una ofensa criminal o de la participación en algún delito. Fuente:http://www.matba.com.ar/lavadodedinero.asp ARTÍCULO DE OPINIÓN Avanzan lento contra lavado de dinero 4 de marzo del 2015 El contrabando de divisas en efectivo y la repatriación de los fondos hacia E.U.A., a través de mensajeros o coches blindados, el comercio y los giros bancarios, son aún métodos populares para el movimiento y lavado. Entre el 2007 y julio del 2014, la Procuraduría General de República inició 2 185 averiguaciones previas por lavado de dinero, pero solo lograron 99 sentencias de condena en los juzgados, 10 de ellas durante los últimos 2 años. Esa cifra evidencia que en 7 años solo el 4,5% de las averiguaciones previas que se iniciaron concluyó en una condena penal. Especialistas financieros y penales afirman que México tiene leyes efectivas para prevenir y perseguir el lavado el dinero, pero no para castigarlo. "Si no hay sentencias condenatorias, de nada sirve que el país tenga un marco regulatorio para prevenir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo y una estructura de prosecución de estos delitos", señala Marcos Czeckis, abogado y miembro de la Asociación de Especialistas Certificados en Antilavado de Dinero (ACAMS, por sus siglas en inglés). Esta falta de resultados penales contra el lavado fue tema del séptimo informe de seguimiento a México, que en febrero del 2014 emitió el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), un organismo integrado por 34 países que establece los principales estándares internacionales contra el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo. En ese informe el GAFI pidió a México aumentar el número de investigaciones de lavado de dinero, las demandas penales y juicios relacionados con este ilícito, y centrar esfuerzos en casos de alto perfil para dar resultados más eficaces. El organismo, no obstante, también reconoció los avances de México en el combate contra el lavado de dinero y lo retiró de la lista de países a los que aplica un seguimiento regular para verificar el cumplimiento de sus recomendaciones, pero "los desafíos todavía son enormes y hay muchos ajustes que realizar", expresó Gonzalo Vila, director de América Latina de la Asociación de Especialistas Certificados en Delitos Financieros (ACFCS). Entre otros, lograr una mayor cooperación internacional y particularmente de E.U.A., que es un país de consumo y origen de las ganancias del narcotráfico, y uno de los principales destinos del dinero producto de la corrupción y el crimen, resaltó Arturo Argente, director del Departamento de Derecho del Tecnológico de Monterrey campus Toluca y especialista en lavado de dinero. FUENTE: Elsiglodetorreon.com.mx Volver a titulares DOCUMENTOS DE ORGANIZACIONES INTERNACIONALES En la presente sección, a partir de este número del Boletín, se comenzará a brindar el Compendio de Tipologías en toda su totalidad para que sirva de apoyo tanto a instituciones bancarias como no bancarias, tanto financieras como no financieras, en la detección de operaciones sospechosas que puedan contemplar actividades de lavado de activos y financiamiento al terrorismo. Cualquier comentario o sugerencia nos lo puede hacer llegar a través de correo electrónico del CIBE que se cita al final del Boletín. DIAGRAMA DE FLUJO NOMBRE DE LA TIPOLOGIA Utilización de medios no bancarios para el lavado activos provenientes de una organización delictiva DESCRIPCIÓN GENÉRICA: Esta tipología refiere a la introducción de divisas extranjeras (Euros y Dólares Estadounidenses) producto de actividades ilícitas en el extranjero hacia el interior del territorio nacional. Una organización delictiva actuaba en forma transnacional “exportando” mujeres hacia países de Europa, para obligarlas a ejercer la prostitución. Posteriormente integrantes de la organización remitían parte del dinero producto del delito a territorio nacional, realizando giros mediante empresas de transferencias de fondos (ETF). Estos giros se remitían a diferentes beneficiarios en forma atomizada, que podían integrar o no la organización en forma directa. De ese modo introducían las divisas, producto de sus actividades ilícitas en un país extranjero hacia el territorio nacional, insertando el dinero dentro del sistema financiero local, simulando “ayuda familiar”, los que quedaban disponibles para ser retirados en efectivo en distintos puntos del país. Una vez ingresado el dinero en territorio nacional, ya fuera cobrado en moneda de origen o en moneda local, quedaba disponible para financiar la compra de bienes y otros gastos de la organización (básicamente para la captación y traslado de nuevas mujeres a Europa), así como la comisión de nuevos delitos, el pago de los gastos familiares de los integrantes del grupo que permanecen en el país, etc. SEÑALES DE ALERTA Notoria fragmentación de las transferencias, que eran enviadas por los mismos remitentes a muchos beneficiarios, y por importes bajo el umbral previsto por la normativa, de manera que no se realizara una debida diligencia ampliada. En muchos casos, los movimientos de fondos eran incompatibles con el motivo de ayuda familiar declarado por el beneficiario de las remesas de fondos En otro caso, se intentó justificar la recepción de los fondos alegando haber vivido en el país europeo desde donde se recibían las transferencias y haber dejado encargada a su familia la venta de bienes y el envío de dinero para su manutención. Algunas de las personas que figuraban como beneficiarios y remitentes de las transferencias, habían sido detenidos en Europa por su participación en una organización delictiva (integrada por personas de origen nacional), cuya actividad estaba vinculada con el tráfico y explotación de personas (prostitución) El país dónde fueron apresados es el mismo desde el que se remitían la mayoría de los fondos DESCRIPCIÓN DEL CASO Una organización delictiva (OD) conformada por personas de ciudadanía nacional reclutaba mujeres en territorio nacional, las enviaba a varios países de Europa, donde las obligaba a ejercer la prostitución, pagar los gastos incurridos (pasajes, documentación etc.), reteniéndoles el pasaporte (privación de libertad) y favoreciendo su permanencia clandestina. Algunos de los integrantes de esta OD fueron apresados en dicho continente, por conformar una ramificación de una red internacional de explotación de personas, con sede en territorio nacional. La OD remitía el dinero producto de sus actividades delictivas desde Europa, mediante Empresas de Transferencias de Fondos (ETF) internacionales radicadas en territorio nacional. Posteriormente se valió de empresas que realizan giros locales, para transferir fondos dentro del territorio. Los giros internacionales fueron remitidos en forma fragmentada a varios destinatarios, dentro de los que figuraban los propios integrantes de la OD y otras personas, muchas de ellas con los mismos apellidos (en primer o segundo lugar) que integrantes de la banda, simulando “ayuda familiar”. Como algunos de los integrantes de la OD se trasladaban desde y hacia Europa periódicamente, se estima que también transportaban dinero en efectivo. La OD mantuvo Cofres de Seguridad (Cofres Fort) en diferentes instituciones no bancarias; cuando designaron apoderados lo hicieron hacia otros integrantes de la OD. Según los registros de entradas y salidas de los cofres, se verificó que los mismos eran utilizados frecuentemente. Debido a esta modalidad operativa (que privilegiaba la utilización de empresas de transferencia de fondos y el manejo de efectivo que era guardado en cajas de seguridad de entidades no bancarias), la OD buscaba evitar el uso intensivo de cuentas bancarias, lo que disminuía las posibilidades de detección de sus actividades sospechosas por parte de las entidades bancarias. En efecto, la OD utilizó el sistema bancario nacional, aunque escasamente. Se realizaron depósitos en efectivo en cuentas de titularidad de un integrante, la que había sido abierta para recibir pagos por nómina (cuenta de sueldos) y en cuentas de terceros. Se identificó una única transferencia internacional de fondos realizada por otro integrante, titular de la cuenta bancaria, a una institución financiera en un paraíso fiscal europeo, lo que podría indicar que los ahorros de la organización se manejaban en dicho país. Asimismo se hallaron compras de diferentes bienes, realizadas mediante depósitos en efectivo directamente en cuentas bancarias pertenecientes a Empresas Automotoras y Empresas de Construcción de Inmuebles. (Continuará) FUENTE: Reunión Conjunta de Tipologías GAFISUD – EGMONT, Mayo, 2012. Quito, Ecuador Volver a titulares SECCIÓN INFORMATIVA PARA INTEGRANTES DEL SBN SECCION INFORMATIVA PARA INTEGRANTES DEL SISTEMA BANCARIO NACIONAL. Estimado lector: Tenemos a bien ratificarles que, como se les informó en una edición anterior de nuestro Boletín, se mantiene la intención de continuar proporcionándoles determinadas herramientas de trabajo para prevenir todo tipo de actividades bancarias y financieras ilícitas, que atenten contra la integridad del Sistema Bancario Nacional (SBN). Por ello, en este número se les sigue ofreciendo, de forma gradual, la Metodología para Evaluar el Cumplimiento Técnico con las Recomendaciones del GAFI y la Efectividad de los Sistemas ALA/CFT, que finalizó en el anterior en el punto Recomendación 5 Delito de financiamiento del terrorismo 5.10, para someterlas a su consideración con el propósito de darles a conocer dichas Metodologías y su forma de implementarlas en nuestro SBN. Recomendación 6 – Sanciones financieras dirigidas relacionadas al terrorismo y al financiamiento del terrorismo Identificación y designación 6.1 En relación con las designaciones en virtud de la resolución 1267/1989 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (Al Qaeda) y los regímenes de sanciones de 1988 (a los que se hace referencia más abajo como "Regímenes de sanciones de la ONU"), los países deben: (a) identificar una autoridad competente o tribunal con responsabilidad para proponer al Comité de la RCSNU 1267/1989 la designación de personas o entidades; y para proponer al Comité de la RCSNU 1988 la designación de personas o entidades; (b) contar con un mecanismo (o mecanismos) para identificar a los destinatarios de la designación sobre la base de los criterios de designación estipulados en las correspondientes resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (RCSNU); (c) aplicar una norma de valoración de la prueba de los "motivos razonables" o la "base razonable" cuando se decida si hacer o no una propuesta de designación. Dicha propuesta de nombramiento no estará condicionada a la existencia de una acción penal; (d) seguir los procedimientos y (en el caso de los Regímenes de sanciones de las Naciones Unidas) los formularios estándar de listado, adoptados por el correspondiente comité (el 1267/1989 o el 1988); y (e) suministrar la mayor cantidad de información pertinente que sea posible sobre el nombre propuesto16; una declaración del caso17 que contenga tantos detalles como sea posible para el listado18; y (en el caso de proponer nombres al Comité 1267/1989), especificar si su condición de estado designante puede darse a conocer. 6.2 En relación con las designaciones en virtud de la RCSNU 1373, los países deben: (a) identificar una autoridad competente o tribunal con responsabilidad para designar personas o entidades que satisfagan los criterios específicos de la designación, como se establece en la RCSNU 1373; según lo propuesto por moción del propio país o, después de examinar y dar cumplimiento, si correspondiera, a la solicitud de otro país. (b) contar con un mecanismo (o mecanismos) para identificar a los destinatarios de la designación sobre la base de los criterios de designación contenidos en la resolución 137319; (c) cuando reciban una propuesta, tomar una rápida decisión acerca de si están satisfechos, de acuerdo con los principios (supra) nacionales vigentes, en cuanto a que la solicitud esté sustentada en motivos razonables, o en una base razonable, para sospechar o creer que la persona o entidad propuesta para su designación satisface los criterios de designación de la RCSNU 1373; (d) aplicar una norma de valoración de la prueba de los “motivos razonables” o la “base razonable” cuando se decida si hacer o no una designación20. Tal (propuesta de) designación no debe estar condicionada a la existencia de una acción penal; y (e) cuando se solicite a otro país que se hagan efectivas las acciones iniciadas en virtud de los mecanismos de congelamiento, suministrar toda la información posible para la identificación y la información específica que fundamente la designación, en la medida de lo posible. 16 En particular, la información suficiente para que permitir la identificación precisa y positiva de individuos, grupos, empresas y entidades y, en la medida de lo posible, la información requerida por Interpol para emitir una Notificación Especial; 17 Esta declaración del caso podrá difundirse a pedido, salvo aquéllas partes en las que un Estado Miembro identifique como confidenciales ante el comité correspondiente (Comité 1267/1989 o Comité 1988). 18 Incluyendo: información específica que sustente la decisión de que la persona o entidad satisface los criterios relevantes para la designación; la naturaleza de la información; la información o documentos probatorios que se puedan aportar; y los detalles de la conexión entre el designado propuesto y la persona o entidad actualmente designada. 19 Esto significa tener el poder y los procedimientos o mecanismos vigentes para examinar y dar cumplimiento, si correspondiera, a las acciones iniciadas de acuerdo con los mecanismos de congelamiento de otros países en virtud de la resolución 1373 (2001)). (Continuará) FUENTE: Traducida Bajo la Responsabilidad del Grupo de Acción Financiera del Caribe (GAFIC) con la Autorización de La Secretaría del GAFI. Volver a titulares EVENTOS • CONSEJO DE EUROPA. MONEYVAL. Strasburgo, Francia. Desde 23 Abr. 2015 Hasta 27 Abr. 2015 Volver a titulares NOTICIAS Crece el nivel de fraude bancario en E.U.A. con la llegada de Apple Pay 5 de marzo del 2015 Los delincuentes efectúan sus fraudes principalmente en tiendas de Apple con un ID y detalles de la tarjeta de crédito robados. Cerca de 2 millones de estadounidenses ya utilizan el sistema de pagos móviles Apple Pay. Los delincuentes en EEUU están empleando esta nueva modalidad de pago para comprar bienes de alto valor - a menudo de las tiendas de Apple - con identidades (ID) robadas y sustrayendo datos de las tarjetas de crédito. Estos artículos de alto valor después pueden venderse por dinero en efectivo. El método de los delincuentes no es vulnerar el cifrado de seguridad en torno a Apple Pay, sino crear nuevos iPhones con información personal robada y luego llamar a los bancos para disponer de la tarjeta de la víctima y usarla. El fraude a través de Apple Pay está alcanzando pérdidas millonarias, según fuentes del sector han apuntado a The Guardian. El valor esperado del fraude utilizando ID robadas se espera que alcance este año en el sector retail estadounidense alrededor de US$5 000 millones a través del pago con smartphones. A los bancos les ha pillado por sorpresa este nivel de fraude. Algunos están luchando para garantizar una mejor verificación y sistemas de control. La semana pasada JP Morgan reveló ante los inversores que más de 1 millón de clientes ha añadido el servicio de Apple Pay a sus pagos con tarjeta de débito y crédito. Apple Pay se ha convertido en el método predominante de pagos móviles en E.U.A., desplazando a Google Wallet, que se lanzó en el 2011, pero cuya aceptación ha sido muy baja FUENTE: Siliconnews.com Volver a titulares Para evitar lavado de dinero, agentes de bolsa se ponen más estrictos con clientes 5 de marzo del 2015 Los agentes de bolsa están temerosos por todos los controles, que reciben de la Comisión Nacional de Valores y de la Unidad de Información Financiera. Para evitar multas, que pueden llegar a ser multimillonarias, comenzaron a solicitar a sus clientes que les envíen información fiscal y patrimonial actualizada, a fin de mantener al día sus legajos. Si el titular de la cuenta es una persona física, exigen que se presente los últimos 3 recibos de sueldo o, de corresponder, constancia de inscripción en AFIP, constancia de inscripción de monotributo, últimas 3 constancias de pago y últimas 3 constancias de pago de IVA. Además, de corresponder, se debe enviar la última declaración jurada de impuesto a las ganancias y a los bienes personales. Si el titular de la cuenta es una persona jurídica, debe presentar el último balance auditado certificado por el Colegio de Ciencias Económicas, la declaración de impuesto a las ganancias y de bienes personales, la reforma del estatuto (de corresponder) y la última designación de autoridades completa. "Es necesario tener cierto respaldo de documentación por si vienen los inspectores a preguntarnos por alguna operación. De hecho, antes muchos venían con pequeños montos de plata en efectivo a nuestras oficinas, que no recibimos más. Todo debe estar bancarizado, porque sino sabes que vendrán del gobierno a preguntarte. Por eso nos preocupamos mucho en saber que toda la plata del cliente sea blanca, aunque resulta paradójico que este mismo gobierno sea el que esté incentivando el blanqueo de capitales a través del Cedin, o sea, al mismo tiempo, te invitan gentilmente a traer toda la plata negra que tengas", revela un agente. En el sector se quejan que la carga regulatoria resulte cada vez más exagerada, en un contexto donde los ingresos caen por la mitad, pero los costos se multiplican por 2, no solo por la inflación, sino por los recursos que deben destinar para "conocer al cliente". "Debido a las exigencias de los organismos de control, el trabajo administrativo y de back office se multiplicó por 3, pero los negocios no solo que no se multiplicaron, sino que encima cayeron", se quejan en la plaza. FUENTE: Cronista.com Volver a titulares América Latina vulnerable al lavado de dinero: expertos 5 de marzo del 2015 En el mundo se lavan activos por US$2 billones (millones de millones) anuales y América Latina es especialmente vulnerable a ese flagelo, principalmente por el narcotráfico, la corrupción y la evasión de impuestos, según expertos. “Es una batalla complicada y los bancos tienen que estar muy conscientes de lo que están haciendo y cada vez robustecer más sus sistemas de control”, declaró Fernando Capablanca, director de la firma Whitecap Consulting Group. Aunque cada vez hay más controles, las organizaciones criminales todos los días inventan nuevos modos de operar, por lo que los expertos consideran que el gran reto de los órganos reguladores de los sistemas bancarios es contrarrestar las actividades ilícitas. “Esto es como un globo que lo aprietas por un lado y el agua se corre por el otro”, señaló Capablanca durante el décimoquinto Congreso Anual de Antilavado de Dinero, organizado por la Asociación de Banqueros Internacionales de la Florida (FIBA). A la cita asisten 1 450 banqueros y miembros del sector público de toda América Latina, E.U.A., China y España. “A nivel mundial se lavan billones de dólares anuales y es un problema que es difícil controlar, que requiere de transparencia, ya que sin ello va a ser muy difícil controlarlo”, apuntó David Schwartz, presidente y director ejecutivo de la FIBA. Según datos de la Oficina de Naciones Unidades contra las Drogas y el Crimen, al año se lavan activos en el mundo por US$2 billones. Esa cantidad representa el 2,5% del Producto Interno Bruto (PIB), estimado en US$800 billones, y, aunque el margen entre esas cifras es enorme, subraya la gravedad del problema que los gobiernos deben enfrentar. En América Latina el problema “es grave", de acuerdo con Sergio Álvarez Mena, gerente jurídico de Credit Swiss y vicepresidente de FIBA. “Lamentablemente, en la región el problema es grave por varias razones, una de ellas es que las economías informales no utilizan el sistema financiero y eso se presta para mucho abuso”, señaló. El ejecutivo mencionó el caso de Venezuela, uno de los países ligados a Irán, incluido en la lista de naciones que financian el terrorismo. “Reportes indican que instituciones financieras venezolanas están facilitando acciones a países en que hay menos orden público y menos seguridad y por supuesto hay mucho lavado de dinero”, sostuvo. En el encuentro se analizan también los “beneficios y oportunidades” tras la normalización de relaciones entre Cuba y E.U.A., anunciada el año pasado por el presidente Barack Obama y que facilita los viajes y las relaciones comerciales entre ambos países. David Schwartz, presidente de la FIBA, aseveró que, pese a que “hay gran entusiasmo”, todavía no hay una eliminación del embargo comercial que es el principal obstáculo y “no hemos visto una gran apertura”. Aunque hay 12 categorías de cambios anunciados por el Departamento del Tesoro y Comercio, que impactan los viajes, los servicios financieros, las telecomunicaciones y las exportaciones al sector privado cubano, “todavía existe el embargo y Cuba figura en la lista de terrorismo”, subrayó. Michele Fernández, vicepresidenta de Cumplimiento de Procesos para el Banco de Crédito de Chile en Miami, apuntó que ve esos cambios “con mucha cautela”. Durante el cónclave, programado del 4 al 6 de marzo, se abordarán temas como la responsabilidad personal de los oficiales antilavado de dinero, el nexo entre el fraude cibernético y el lavado de dinero y la transparencia fiscal, entre otros. La lista de oradores incluye a funcionarios de los principales organismos reguladores como la Red contra los Delitos Financieros (FinCEN), el Sistema de la Reserva Federal, el Servicio Secreto y el Departamento del Tesoro de Estados Unidos. Además de expertos y ejecutivos de firmas como Citi Group, JP Morgan Chase, Wells Fargo y National City Bank, entre otras. FUENTE: Zocalo.commx Volver a titulares Aumenta la presencia española en paraísos fiscales según Oxfam Intermón 5 de marzo del 2015 Esta ONG reclama un compromiso de los partidos políticos para luchar contra este mecanismo de elusión fiscal y pide que de cara a las próximas elecciones propongan leyes para combatirlo. Las empresas españolas están cada vez más presentes en paraísos fiscales, según un estudio realizado por la ONG Oxfam Intermón. De acuerdo con él, todas las empresas menos una de las que figuran en el IBEX 35 tienen filiales en paraísos fiscales. Oxfam Intermón incluye, entre ellos, a lugares que oficialmente el ministerio de Hacienda no los considera así, como Holanda, Luxemburgo o el estado norteamericano de Delaware. Oxfam Intermón asegura que incluye como paraísos fiscales a Holanda, Luxemburgo o Delaware porque allí trasladan parte de sus operaciones muchas empresas para no pagar impuestos o pagar muy poco. También para desde allí trasladar dinero a otros territorios opacos. En el 2013 las empresas del Ibex tenían 810 filiales en todos esos lugares. Es un 44% más de las que tenían un año antes. Solo una compañía del Ibex, Indra, no tiene presencia en paraíso fiscal alguno. No se trata de procedimientos ilegales, pero, según Oxfam, esta ingeniería tributaria provoca que las grandes empresas paguen en España por el impuesto de sociedades tan solo el 5,2% de sus beneficios, frente al 16% que pagan las pymes. Si las grandes empresas tributasen como las pequeñas, Hacienda recaudaría €8 000 más, con los últimos datos conocidos, del 2012, afirma Oxfam Intermón. De acuerdo con los datos de Oxfam Intermón, el 24% de la inversión española en el exterior va a paraísos fiscales. El preferido en el 2014 fue las Islas Caimán, a donde fueron a parar casi €2 000 millones entre enero y septiembre del 2014. Más de la mitad del dinero, que llega a España como inversión, lo hace desde paraísos fiscales. FUENTE: Cadenaser.com Volver a titulares Detenido en Alicante un exministro perseguido por malversación de Finanzas ucraniano 5 de marzo del 2015 La Policía española ha detenido el miércoles al exministro de Finanzas ucraniano Yuri Kolobov, desaparecido desde agosto del 2014 y sobre el que pesaba una orden de detención de la Interpol por malversación y otros delitos financieros, según informó un portavoz de la Guardia Civil. Kolobov fue detenido en un apartamento en la localidad de vacaciones de Altea, en la costa alicantina. El exministro, miembro del Gobierno del expresidente Viktor Yanukovich derrocado en febrero del año pasado tras las violentas protestas en Ucrania, ha sido identificado por la Guardia Civil como residente de la lujosa urbanización Altea Hills en la costa mediterránea, según informó el diario ABC. La Interpol había incluido a Kolobov, a Yanukovich y a otros exmiembros del Gobierno en la lista internacional de personas en busca a petición de Kiev, por acusaciones de malversación y otros delitos financieros. Kolobov será llevado ante un juez de la Audiencia Nacional para ser interrogado y el juez decidirá sobre su procedimiento de extradición a Ucrania, según informó el ABC. El ministro del Interior español, Jorge Fernández Díaz, no quiso hacer comentarios al respecto. El expresidente prorruso Yanukovich ha estado viviendo en Rusia desde que fue expulsado del cargo en febrero de 2014 por los manifestantes que buscaban un acercamiento a la Unión Europea. FUENTE: Reuters.com Volver a titulares Elaborado por: Fidel Yllarza. Asesores: Armando Torres Aguirre Corrección de Estilo: Fidel Yllarza. Fuentes: Internet. Supervisión Bancaria. CIBE. Centro de Información Bancaria y Económica. 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