miércoles, 15 oct 2014 . 09:47 - Colegio de Abogados de Jujuy

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de Octubre de 2014.RESOLUCIÓN Nº
161- 2014.-
-------- VISTO: La iniciación de la temporada estival 2014/2015 a partir del 01 de
noviembre del corriente año hasta el 01 de marzo de 2015.-----------------------------------CONSIDERANDO:
--------- La necesidad de regular el uso de las instalaciones del Complejo Social y
Deportivo Dr. Miguel Ángel Rivas para la presente temporada estival, resulta adecuado
establecer un arancel único para los matriculados con función incompatible con el
ejercicio de la profesión y para los invitados de los matriculados sean activos o no en la
suma de Pesos treinta y cinco por día, manteniéndose la gratuidad del uso de la pileta
para los socios activos y su grupo familiar primario.----------------------------------------------------------Por otra parte, siendo intención del Consejo Directivo bregar por el bienestar de los
matriculados, su grupo familiar e invitados, se contratarán los servicios de un bañero y se
recomienda el uso racional de la pileta de natación y el cumplimiento de las normas de
higiene y seguridad, haciendo saber que el horario de funcionamiento de la pileta de
natación es de 10 a 19 horas por estrictas razones de purificación del agua.---------------------------Por ello,-EL CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE JUJUY,RESUELVE:
Artículo 1º: El uso de la pileta de natación será gratuito para los socios activos y su
grupo familiar primario (cónyuge e hijos), para acceder a estos beneficios se deberá:
a. Denunciar el nombre y número de D.N.I. de cada miembro del grupo familiar primario
beneficiado al Sr. Nicolás Guanuco, encargado de dicho Complejo.-----------------------------b. En cada oportunidad en que concurra a hacer uso de las instalaciones deberá
consignar en la planilla que al efecto obrará en el Complejo Dr. Miguel Ángel Rivas, el
nombre de los miembros del grupo que haga uso de las instalaciones bajo su firma,
Por Gerencia se auditarán semanalmente los informes que deberá enviar el encargado
del Complejo Sr. Nicolás Guanuco.------------------------------------------------------------------------Artículo 2º: Fijar el arancel para los matriculados con función incompatible con el
ejercicio de la profesión y para los invitados de los matriculados sean activos o no en la
suma de Pesos Cincuenta ($ 50) por día.------------------------------------------------------------Artículo 3º: Establecer el horario de funcionamiento de la pileta de natación de 10 a 19
horas.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 4º: Se encuentra prohibido el expendio de bebidas alcohólicas y el consumo en
los alrededores de la piscina del Complejo.Artículo 5º: Regístrese, publíquese, hágase saber y oportunamente archívese.--------------