AYUNTAMIENTO DE EL GASTOR (CADIZ) TEXTO DE LOS

AYUNTAMIENTO DE
EL GASTOR
(CADIZ)
TEXTO DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR EL PLENO EN SESION
EXTRAORDINARIA DE 24 DE FEBRERO DE 2015.
Señores Asistentes:
Sra. Alcaldesa:
- Dª.Mª.ISABEL MORENO FERNANDEZ.
Concejales:
- Dª.EVA MARIA VALIENTE ATIENZA.
- D.JOSE ROLDÁN FERNANDEZ.
- D.MIGUEL HIDALGO ZAMBRANA.
- Dª.SILVIA MUÑOZ MORENO.
- D.JOSE MANUEL GONZALEZ PARRAGA.
- D.JESUS ROMERO MARIN.
Ausentes:
- D.ANTONIO FERNANDEZ SANCHEZ
- D.JOSE LUIS MENACHO HIDALGO.
Secretario:
- MIGUEL ANGEL RIAÑO DOMINGUEZ
PUNTO Nº1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR.La Sra.Alcaldesa pregunta si alguien tiene alguna objeción al borrador del acta de la
sesión de 29 de diciembre de 2014. Sometida a votación, fue aprobada por unanimidad de los
presentes, que suponen la mayoría absoluta de los concejales que de hecho y derecho
componen la Corporación, acordándose así mismo su posterior trascripción al Libro de Actas,
habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 56 de la Ley 7/1985 de 2 de abril
Reguladora de las Bases de Régimen Local.
PUNTO Nº2.- SORTEO DE LAS MESAS ELECTORALES PARA LAS ELECCIONES
AUTONOMICAS.Se procedió a efectuar el sorteo de los miembros de las mesas electorales de las elecciones
al Parlamento de Andalucía, el cual fue encontrado de conformidad por los Srs.Concejales,
siendo este su resultado:
DISTRITO: 01
SECCION: 001
MESA: A
PRESIDENTE: MARIA CARMEN ATIENZA AGUILAR
PRESIDENTE SUPLENTE PRIMERO: SILVIA BENITEZ FERNANDEZ
PRESIDENTE SUPLENTE SEGUNDO: MARIA INMACULADA FERNANDEZ RIVERA
VOCAL 1º: JUAN FUENTESAL VAZQUEZ
VOCAL 1º SUPLENTE PRIMERO: RAFAEL ATIENZA HORMIGO
VOCAL 1º SUPLENTE SEGUNDO: MARIA ATIENZA FERNANDEZ
VOCAL SEGUNDO: JOSE ANTONIO ATIENZA POSTIGO
VOCAL 2º SUPLENTE PRIMERO: ADRIAN BERMUDEZ SANCHEZ
VOCAL 2º SUPLENTE SEGUNDO: JUAN ANTONIO FUENTES ATIENZA
DISTRITO: 01
SECCION: 001
MESA: B
PRESIDENTE: NEIVA MUÑOZ ATIENZA
CIF P-1101800-I TLF. 123815 FAX 123856 e-mail [email protected]
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PRESIDENTE SUPLENTE PRIMERO: MARIA CARMEN MARIN FUENTES
PRESIDENTE SUPLENTE SEGUNDO: ALFONSO PIQUERAS ROLDAN
VOCAL PRIMERO: JUAN GOMEZ RODRIGUEZ
VOCAL 1º SUPLENTE PRIMERO: JOSEFA MUÑOZ GARCIA
VOCAL 1º SUPLENTE SEGUNDO: AMALIA GARCIA FUENTES
VOCAL SEGUNDO: RAMONA GARCIA GUTIERREZ
VOCAL 2º SUPLENTE PRIMERO: FRANCISCO MANUEL LOBILLO GONZALEZ
VOCAL 2º SUPLENTE SEGUNDO: PAULA GAMERO ROLDAN
DISTRITO: 01
SECCION: 001
MESA: C
PRESIDENTE: REBECA IZASKUM SANCHEZ ATIENZA
PRESIDENTE SUPLENTE PRIMERO: CRISTOBAL TOLEDO POSTIGO
PRESIDENTE SUPLENTE SEGUNDO: NURIA SANCHEZ POSTIGO
VOCAL PRIMERO: JOSEFA LOURDES ZAMBRANA ATIENZA
VOCAL 1º SUPLENTE PRIMERO: JUAN JOSE SANCHEZ LEO
VOCAL 1º SUPLENTE SEGUNDO: SANTIAGO VALLE ATIENZA
VOCAL SEGUNDO: CARLOS ALEJANDRO SANCHEZ ATIENZA
VOCAL 2º SUPLENTE PRIMERO: BENITO TORREÑO RODRIGUEZ
VOCAL 2º SUPLENTE SEGUNDO: REMEDIOS SALGUERO MARIN
PUNTO Nº3.- SOLICITUD DE CESION DEL INMUEBLE DE C/CENICEROS Nº6 AL I.A.J.
Se dio lectura la siguiente propuesta de la Alcaldía:
“Se ha recibido un escrito recibido del Instituto Andaluz de la Juventud en el que se nos
comunica que es deseo de la administración autonómica actualizar la cesión del inmueble
adscrito al IAJ situado en c/Ceniceros nº6 dado el tiempo transcurrido desde la cesión
originaria (1991).
Concretamente, consideran preciso efectuar los trámites necesarios para que el inmueble
sea cedido en uso al Ayuntamiento de El Gastor conforme a la Ley 4/1986 de Patrimonio de
la Comunidad Autónoma de Andalucía, su Reglamento de desarrollo (Decreto 276/1987) y
la Resolución de 10 de febrero de 1999 de la DG. De Patrimonio.
Considerando que este Ayuntamiento tiene interés y necesidad de contar con la cesión del
citado inmueble y que la Resolución de 10 de febrero de 1999 establece que “Interpretando
de modo integrado los artículos 6, 27.1 y 57 LPCA, debe concluirse que sólo es posible
ceder el uso de bienes demaniales a Entidades Públicas, para un uso o servicio público de
su competencia”, es por lo que se propone la adopción del siguiente ACUERDO:
PRIMERO: Solicitar al Instituto Andaluz de la Juventud la cesión del inmueble situado en
c/Ceniceros nº6 al Ayuntamiento de El Gastor por un periodo de cincuenta años para el
siguiente destino en ejercicio de las correspondientes competencias municipales previstas
en la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y Ley 5/2010, de
11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía:
Oficinas de Servicios Sociales. (Art.25.2 e. LBRL y art9.3 LAULA).
Sala para exposiciones e impartición de talleres y Archivo. (art.25.2.m. y l. LBRL y art.9.17
LAULA)
CIF P-1101800-I TLF. 123815 FAX 123856 e-mail [email protected]
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SEGUNDO: Aceptar expresamente las siguientes condiciones:
1.- Compromiso de destinar el bien al fin solicitado que es el que justifica la cesión.
2.- Si el bien cedido no fuera destinado al uso previsto, o dejara de destinarse
posteriormente, se considerará resuelta la cesión y revertirá a la Comunidad Autónoma,
integrándose en su patrimonio con todas sus pertenencias y accesiones, sin derecho a
indemnización, teniendo la Comunidad Autónoma derecho, además, a percibir de la
Entidad cesionaria, previa tasación pericial, el valor de los detrimentos o deterioros del
mismo
3.- La Entidad cesionaria se obliga a asumir los gastos necesarios para el buen uso del
bien cedido, así como los de personal, el cual una vez finalizado el plazo de cesión, no
pasará a depender de la Junta de Andalucía.
4.- Transcurrido el plazo de cesión pasarán a propiedad de la Comunidad Autónoma las
pertenencias, accesiones y cuantas revalorizaciones se hubieran acometido por la Entidad
cesionaria, sin derecho a compensación alguna.
5.- La Entidad cesionaria se subroga, durante el plazo de vigencia de la cesión, en las
obligaciones tributarias que recaigan sobre el inmueble citado. Asimismo, queda obligada a
mantener, durante dicho plazo, en perfecta conservación el inmueble, siendo
responsable de los daños, detrimentos o deterioros causados.
6.- Queda expresamente prohibido el arrendamiento y la cesión del inmueble.”
Tras hablarse brevemente del asunto y no habiendo discusión al respecto, se sometió la
propuesta a votación, siendo aprobada por unanimidad de los presentes, que suponen la
mayoría absoluta de los concejales que de hecho y derecho componen la Corporación.
PUNTO Nº4.- PROYECTO DE ACTUACIÓN PARA REPARACION Y ADECUACION DE
EDIFICACION EXISTENTE PARA CONVERTIRLA EN CASA RURAL Y RESTAURANTE
PROMOVIDO POR D.SANTIAGO MUÑOZ PRADO EN LA PARCELA 122 DEL POLIGONO
3.
Se dio lectura a la siguiente propuesta de la Alcaldía:
“Visto el proyecto de actuación promovido por D.Santiago Muñoz Prado en la parcela
nº122 del polígono 3 relativo a las obras de reparación y adecuación de edificación existente
para convertirla en establecimiento de restauración y alojamiento y
Visto el informe del Delegado Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del territorio
en Cádiz de 19/12/2014, que es negativo, fundamentándose en que:
“la categoría de suelo concreta sobre la que se sitúa la edificación de referencia
permite el uso de actividades hoteleras, al encontrarse este englobado en el uso turístico al
que literalmente se refiere el art.5.2.4. Sin embargo, las normas urbanísticas unicamente
permiten la implantación de este tipo de uso en edificaciones legales existentes, que no se
encuentren en régimen de fuera de ordenación (artículos 5.1.13, 5.2.4 y 5.1.20, punto 3 letra
ll). El Proyecto de Actuación especifica que el objeto del mismo es la legalización de la
edificación a través del mismo, por lo que, vistos los antecedentes expuestos, este uso no
puede ser implantado en la citada edificación por no ser una edificación legal”.
Y vistos el informe técnico y jurídico del Servicio de Asistencia al Municipio de la
Excma. Diputación Provincial de Cádiz nº15GA035PPATJ, ratificado por SecretaríaIntervención en este acto, que manifiesta que, visto el informe antes mencionado, y de
conformidad con lo dispuesto en los arts.5.1.13, 5.2. y 5.1.20 del PGOU y el art.43 de la
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LOUA, procedería dictar resolución motivada del Ayuntamiento-Pleno, denegando el
Proyecto de Actuación, propongo la adopción del siguiente ACUERDO:
PRIMERO: denegar el proyecto de actuación promovido por D.Santiago Muñoz Prado en la
parcela nº122 del polígono 3 relativo a las obras de reparación y adecuación de edificación
existente para convertirla en establecimiento de restauración y alojamiento por los motivos
antes mencionados.
SEGUNDO: Comunicar el presente acuerdo al interesado.”
Tras hablarse brevemente del asunto, se sometió la propuesta a votación, obteniendo el
siguiente resultado:
- A favor: PSOE: 4 votos.
D.Jesús Romero Marín: 1 voto.
- Abstención: PP: 1 voto.
UCG: 1 voto.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido el presente, con las
reservas que determina el art.206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales en la Villa de El Gastor, a 24 de febrero de
2015.
VºBº
LA ALCALDESA
EL SECRETARIO-INTERVENTOR
CIF P-1101800-I TLF. 123815 FAX 123856 e-mail [email protected]