Reforma al Código Nacional de Procedimientos Penales

03 DICIEMBRE 2015 · NÚMERO ESPECIAL 11
Coordinación de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República
Código Nacional de Procedimientos Penales
“Ahora habrá un código único que será válido en todo el territorio nacional.
De esta forma todos los procesos penales se llevarán a cabo bajo las
mismas reglas, fortaleciendo así la solidez de nuestro Estado de Derecho”.
EPN
CONSISTE EN
E
El 5 de marzo de 2014 se publicó el Código
Nacional de Procedimientos Penales (CNPP)
donde se determina la actuación que deberá
observarse para la investigación, persecución y
juzgamiento de los delitos en el ámbito federal
y local.
El CNPP unifica la normatividad, brinda un
nuevo esquema de justicia penal más eficaz
y de fácil comprensión para los operadores,
simplifica su capacitación y permite la
aceleración de los trabajos en materia de
implementación del sistema acusatorio.
También establece que su entrada en vigor a
nivel federal será gradual, sin que ésta pueda
exceder del 18 de junio de 2016.
Foto: Presidencia de la República
l 8 de octubre de 2013 se publicó la
Reforma Constitucional que facultó
al Congreso de la Unión para expedir una
legislación única en materia procedimental
penal, de mecanismos alternativos de
solución de controversias y de ejecución
de penas. Una de las principales razones para
ello fue terminar con la dispersión normativa
de los 33 códigos que operan actualmente
en los estados.
Principales objetivos:
• Regular el proceso penal acusatorio y
oral para los delitos del fuero federal
y del común en todo el país
• Velar por los principios generales
del proceso y sus etapas, así como
figuras auxiliares, mecanismos
alternativos, formas anticipadas
de terminación, medidas cautelares
y procedimientos especiales
•
Incrementar la eficacia en las
investigaciones en el ámbito federal
y local al proporcionar mayor certeza
jurídica en las resoluciones de los jueces
• Transitar hacia un modelo único e
incorporar en sus disposiciones el nuevo
Sistema de Justicia Penal Acusatorio Oral
03 DICIEMBRE 2015 · NÚMERO ESPECIAL 11
BENEFICIOS
1. Presunción de inocencia:
en todo procedimiento penal el
inculpado debe ser considerado
inocente hasta que se determine lo
contrario en una sentencia dictada
por un juez. Cualquier acción de
la autoridad en relación con el
imputado debe estar guiada por este
principio.
2. Papel más activo de la víctima
u ofendido: el CNPP prevé reglas
que favorecen su intervención en
el proceso, la cual es incluso de
carácter técnico ante la obligación
del Estado de proporcionarle un
asesor jurídico desde el primer
momento en que intervenga.
3. Presencia de un juez en todas
las audiencias: con lo que se
favorece el conocimiento directo
e inmediato de los pormenores del
asunto por quien será el responsable
de resolver la controversia.
4. Rapidez en la solución de las
controversias penales: las
audiencias se deberán de desarrollar
de forma continua, sucesiva y
secuencial optando por que se
lleven a cabo en un solo día o días
consecutivos. Con esto, las partes
evitarán tener que esperar mucho
tiempo para conocer la resolución del
juez, además de que la incorporación
de mecanismos alternos para la
solución de controversias ayudará a
disminuir los periodos que antes se
utilizaban para dar por terminado un
conflicto penal.
LOGROS
Aplicación de los mismos
procedimientos penales
en todo el país
•
Los ciudadanos tienen la certeza de que agentes
investigadores, defensores, jueces y peritos aplicarán
las mismas reglas sin importar la entidad en la que se siga
un proceso penal
• Actualmente el nuevo código se encuentra en vigor
a nivel Federal en: Puebla, Durango, Yucatán, Zacatecas,
Baja California Sur, Guanajuato, Querétaro y San Luis Potosí
Mayor capacitación
para investigar mejor
• El CNPP incorpora técnicas innovadoras con la finalidad
de brindar sustento científico y jurídico a la investigación
de los hechos
• Se ha capacitado al:
76 %
97 %
de agentes del
Ministerio Público
de la Federación
de policías Federales
Ministeriales
91 %
de peritos
federales
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Hacia una puntual implementación
•
•
Al asegurar la instrumentación en tiempo y forma del Sistema de Justicia Penal Acusatorio en
el ámbito de competencia de la PGR, crece la confianza de los ciudadanos en nuestras
instituciones de seguridad y justicia
Conforme al plan establecido por esta Procuraduría, se ha alcanzado el 48% de avance
Un sistema acusatorio eficaz
• Permite agilizar la conclusión de los procedimientos
penales y da origen a una nueva etapa en la vida jurídica
del país en aras de la justicia pronta y expedita
• Garantiza el debido proceso y respeto irrestricto
a los Derechos Humanos de los intervinientes
• Privilegia la reparación del daño a la víctima y a los
imputados
• Mejora la eficiencia de la procuración e impartición
de justicia
• Transparenta los procedimientos penales
• Fomenta que todas las personas que intervengan en
ellos reciban el mismo trato y oportunidad para sostener
la acusación o la defensa
• Establece un equilibrio procesal, el cual otorga una
igualdad de condiciones ante el juzgador
“Este instrumento pondrá al día nuestro sistema de Justicia Penal en beneficio
de todos los mexicanos […] el Estado mexicano brinda una respuesta acorde
a los retos que vive nuestro país en materia de seguridad y justicia”.
EPN
Para mayor información:
reformas.gob.mx
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