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Galería sobre mujeres en la Copa
¿Quién dice que el fútbol es
solo cosa de hombres?
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SUAD MANSSUR, SUPERINTENDENTE DE COMPAÑÍAS
“Muchas aseguradoras deberán liquidarse o fusionarse”. 06
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MUNDIAL
BRASIL
50
S
AVO
CENT
2014
JUEVES 3 DE JULIO DE 2014 | HORA DE CIERRE: 22:54 | EJEMPLARES EN CIRCULACIÓN: 22.574 | 64 PÁGINAS | Nº 47.184 | ECUADOR | EDICIÓN FINAL
Una multitud
apoya la
Ley de Aguas
Indígenas, montubios, afroecuatorianos
y demás colectivos entregan a Correa un
manifiesto de respaldo con 7 puntos. 05
CORTESÍA / PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
AL INTERIOR
POLÍTICA . 03
ECONOMÍA . 07
SOCIEDAD . 30
Conozca a los siete
nuevos gobernadores
Conecel devolverá $ 2,4 Ineval presenta informe
millones a los abonados sobre las pruebas Ser
La renovación de la ‘Tri’, Los policías con historial
un desafío para el DT
violento van a terapia
Los funcionarios de Cañar, Azuay, Zamora
Chinchipe, Carchi, Imbabura, Sucumbíos y
Santo Domingo ocuparon ayer sus
despachos en las respectivas provincias.
Todos tienen trayectoria pública, ya sea en
cargos de elección popular o políticos.
Mediante auditorías y un control rutinario,
la Supertel detectó que, en determinadas
tarifas y promociones, la operadora
de telefonía móvil Claro hizo cobros
diferentes a los acordados. La devolución
involucra a más de 852 mil líneas.
El cuerpo técnico de la Tricolor, liderado
por Reinaldo Rueda, deberá definir si
realizar una buena actuación en la Copa
América de 2015 o emprender un nuevo
proceso para el Mundial de Rusia en 2018,
según entrenadores consultados.
De los primeros resultados, entregados
por el Instituto Nacional de Evaluación
Educativa, se evidencia que solo el 2% de
los alumnos de bachillerato alcanza la
excelencia. La prueba apunta a mejorar el
estándar de calidad escolar en el país.
ÍNDICE
02 Página Dos 03 - 04 - 05 Política 06 - 07 Economía 08 Guayaquil 09 Quito 10- 11 Actualidad 12 - 13 Opinión 15 - 16 Mundo
Cuerpo B 17 - 18 - 19 - 20 - 21 - 22 - 23 - 24 - 25 - 26 - 27 - 28 Fanático 29 - 30 Sociedad 31 Cultura
Cuerpo C 33 - 34 - 35 Justicia 36 Tecnología Gaceta Judicial Telemix
FANÁTICO . 22
JUSTICIA . 34
La violencia intrafamiliar no es ajena a la
fuerza pública. Ante el incremento de
casos dentro de los hogares de los agentes
(584 en 18 meses) las autoridades
deciden ofrecer ayuda sicológica para
quienes tengan antecedentes agresivos.
EN LA WEB
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02
02
PÁGINA DOS
“Esta edición se hizo con el mayor esfuerzo y responsabilidad. Mañana será mucho mejor”
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
La frase del día
EE.UU. condena rotundamente el atroz asesinato de Mohamed Husein Jedeir en Jerusalén (en
venganza por muerte de 3 jóvenes israelíes). Los responsables deben ser llevados ante la justicia.
Susan Rice - Asesora de Seguridad Nacional de EE.UU.
NORMA PARA UNIVERSIDADES PÚBLICAS
Redacción
El CES aprueba el reglamento de gratuidad
Por unanimidad, el Consejo de Educación Superior (CES) aprobó ayer el reglamento para garantizar el cumplimiento de la gratuidad de la
educación superior pública.
Como parte de este marco jurídico, compuesto de 14 artículos, se establece que todo
estudiante regular tiene derecho a cursar por
una sola vez una carrera que sea financiada por
el Estado. “Puede -además- retirarse de la
misma legalmente y pedir la reincorporación,
siempre que esté dentro del tiempo establecido
UN DÍA COMO HOY
por la Ley Orgánica de Educación Superior
(LOES), que va de 5 a 10 años”, indicó Enrique
Santos, miembro académico del CES.
En el reglamento también se enfatiza que el
alumno pierde la condición de gratuidad total
de la educación en caso de que repruebe el
30% de materias del total de la malla curricular programada para la carrera escogida.
Asimismo, se establece la pérdida de gratuidad parcial cuando el alumno no logra aprobar
una o más materias, si no llega al 30% del total
del plan de estudios. En esos casos el estudiante deberá cancelar un valor de entre 10% y
50% del costo óptimo de la carrera. Porcentaje
que será determinado por la institución educativa superior, tras un análisis socioeconómico
de la situación familiar.
“Cuando el alumno aprueba todas las materias que tenía pendientes vuelve a recuperar la
condición de gratuidad total”, acotó Santos.
El reglamento se publicará la próxima semana y
entrará en vigencia en forma inmediata.
TOMADO DEL TWITTER
EN CORTO (Nacional e internacional)
@el_telegrafo Seguidores: 149.940
La AIE manifiesta su satisfacción por legitimación oficial
Irán - Qeshm (03/07/1988)
Justo al final de la guerra entre Irak e Irán,
la Armada estadounidense derriba ‘por
error’ un Airbus civil iraní y mueren sus
290 pasajeros. La Fuerza Aérea Iraní lo
calificó como un acto de barbarie.
@Gabriela_A53 (Gabriela)
Seguros Bolívar acumula deudas
por $ 8 millones (Infografía)
http://tinyurl.com/p7fbfct, vía
@el_telegrafo ---> Esto era un
secreto a voces.
@ivannazau (Ivanna Zauzich)
Tramiton.to recepta 1.700 quejas
por trámites engorrosos en
entidades públicas
http://tinyurl.com/pfq9pa4, vía
@el_telegrafo.
@fanderfalconi (Fander Falconí)
¿Por qué tenemos excesivo
énfasis en el cuerpo? Invito a
leer mi artículo en diario
@el_telegrafo: ‘Mercado,
estética y calorías’.
@aloagimbabura (Ángela)
@el_telegrafo: #ClaroEcuador
deberá devolver más de $ 2
millones a usuarios
http://tinyurl.com/n9djsk2 --->
A mí entre ellos.
@jerry_sarmiento (J. Sarmiento)
#ClaroEcuador deberá devolver
más de $ 2 millones a usuarios
---> Lo único que deseo es que
dejen de llamarme y mandarme
mensajes de publicidad.
@Kchorroldu (Kléber)
Súper de Compañías identifica
que pérdidas de @HOYcomec
superan el 50% del capital social
http://tinyurl.com/mnkhkdv, vía
@el_telegrafo.
@tensoba10 (tensoba10)
Las inundaciones dejan
evacuados en 3 países (Galería)
@el_telegrafo #flood #Brazil
#Argentina #Paraguay.
@corredordemundo (D. Cuvi)
Un ‘Ángel’ salva a #ARG
http://tinyurl.com/oym9cwe --->
Yo no diría salva, sino que
clasifica.
@silvia1988caro (Silvia Vásquez)
La Federación de universitarios
aplaude regulación de cobros
(Documento), vía @el_telegrafo
@alexis_zv.
España - Madrid (03/07/2005)
En España se aprueba la unión civil entre
personas del mismo sexo. Aquello fue un
ofrecimiento electoral de José Luis Rodríguez
Zapatero en la campaña de 2004.
REP
Sobrevivientes
El Vaticano reconoce jurídicamente
a una asociación de exorcistas
La Congregación para el Clero reconoció jurídicamente a la
Asociación Internacional de Exorcistas (AIE), fundada por uno de los
más célebres ‘sacademonios’ del mundo, Gabriele Amorth, informa
L’Osservatore Romano, periódico oficial de la Santa Sede. El pasado
13 de junio, la curia aprobó los estatutos de la AIE concediéndole
personalidad jurídica de asociación internacional de fieles. EFE
El afiliado puede solicitar la clave para acceder a servicios
El IESS abre un punto de atención en
la Terminal Terrestre de Guayaquil
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) inaugura hoy
un punto de atención universal en la Terminal Terrestre, ubicada
en el norte de Guayaquil. En este nuevo espacio los afiliados,
empleadores o pensionistas pueden realizar diferentes trámites,
como consultas de pagos de aportaciones, solicitud de clave para
acceder a los servicios online de la institución, entre otros.
El percance ocurrió por un deslizamiento de la capa asfáltica
Derrame de cerca de 2.000 barriles
se produjo el martes en Sucumbíos
Un deslizamiento de la capa asfáltica en el km 18 vía a Tarapoa
(Sucumbíos) causó una rotura del Oleoducto Secundario que
cruza por el lugar y produjo el derrame de unos 2.000 barriles de
hidrocarburo, la noche del martes. Petroamazonas informó en un
comunicado que 1.800 barriles ya fueron recuperados.
El Inocar pide a la comunidad tomar las debidas previsiones
Oleaje en costa continental e insular
puede alcanzar los 3,5 metros
El Instituto Oceanográfico de la Armada (Inocar) dijo que el más
fuerte período de oleaje en lo que va del año golpeará hasta este
viernes la costa continental e insular del país. Para ayer se preveía
la llegada de olas con altura media de 2,1 m, las cuales pueden
aumentar hasta 3,5 m. El organismo solicitó a los turistas y
propietarios de embarcaciones menores extremar precauciones.
Firma de acuerdo de cooperación con ProEcuador
La CFN promocionará productos
financieros para mipymes
La Corporación Financiera Nacional (CFN) y ProEcuador
suscribirán hoy un acuerdo para impulsar la promoción de
exportaciones, a través de un portafolio de productos dirigidos a
pequeñas y medianas empresas. El convenio permitirá espacios
de encuentro entre la comunidad exportadora y la CFN.
POLÍTICA
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
03
03
@
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VIVIANA BONILLA ESPERA QUE FORTALEZCAN EL TRABAJO EN LOS TERRITORIOS A SU CARGO
Los nuevos gobernadores provinciales
tienen experiencia en la función pública
Cuatro de los funcionarios designados han ejercido una dignidad de elección popular como concejal,
alcalde o prefecto. Las autoridades asumieron sus despachos ayer en sus respectivas provincias.
Redacción Política
[email protected]
Guayaquil
Los 7 nuevos gobernadores provinciales asumieron ayer sus despachos. Este miércoles también se publicó el decreto ejecutivo, firmado
por el presidente de la República,
Rafael Correa, en el que se oficializó
su nombramiento. La secretaria de
Gestión Política, Viviana Bonilla,
espera que estas figuras fortalezcan
las gobernaciones. El objetivo es
que articulen el trabajo en los territorios.
Leonardo Barrezueta,
gobernador de Azuay.
Juan Cárdenas Espinoza,
gobernador de Cañar.
Diego Landázuri Camacho,
gobernador de Carchi.
Diego García Pozo,
gobernador de Imbabura.
Doris Merino, gobernadora de Santo
Domingo de los Tsáchilas.
Yofre Poma, gobernador de Sucumbíos.
Diego Esparza, gobernador de Zamora
Chinchipe.
El líder de los alcaldes amazónicos
Talvez el más mediático de los nuevos gobernadores es Yofre Poma, de
Sucumbíos. Fue alcalde de Lago
Agrio hasta mayo de 2014 y buscó
la reelección en febrero pasado de la
mano de Alianza PAIS.
La gestión que le dio proyección
nacional fue el liderazgo que ejerció
en el Frente de Defensa de la Amazonía, un colectivo creado para apoyar la explotación del bloque ITT.
Poma llevó a los alcaldes amazónicos a Quito y recogió firmas a favor de la explotación petrolera bajo
la premisa de que los recursos son
necesarios para que el Oriente salga
de la pobreza.
Adiós a la concejalía
Leonardo Berrezueta ya fue gobernador de Azuay. Ahora vuelve al
cargo tras dejar la concejalía de
Cuenca. En ese cabildo, PAIS lo mocionó para vicealcalde, pero no ganó
la elección por el voto en contra de
2 coidearias.
El funcionario también fue secretario de la Presidencia de la República y en los comicios seccionales
pasados su nombre sonó como posi-
ble candidato a la Prefectura, nominación que finalmente se llevó María Caridad Vásquez.
La cuota socialista
Con apenas 34 años de edad, Diego
Esparza es el nuevo gobernador de
Zamora Chinchipe. Es militante del
Partido Socialista y periodista de
profesión.
“Hay mucho por hacer por la provincia, pero vamos a garantizar una
gobernabilidad, tanto desde Alianza
PAIS como del partido al que me
pertenezco”, dijo el flamante funcionario. Reconoció que no ha existido una buena alianza entre el oficialismo y los socialistas. “La división, el egoísmo... no ha sido posible
encontrar una verdadera unidad, lo
que no nos ha permitido encontrar
triunfos electorales en Zamora
Chinchipe”, manifestó.
El reto del contrabando
Diego Landázuri, nuevo gobernador
de Carchi, tiene como reto enfrentar
el contrabando en esta provincia
fronteriza. Tiene 62 años, es economista, oriundo de Montúfar.
Se desempeñó como viceministro
de Desarrollo Rural y asesor en las
carteras de Seguridad, de la Política
y Finanzas; todos los puestos han
sido en el actual gobierno.
El exprefecto regresa
Por segunda ocasión, Diego García,
director provincial de Alianza PAIS
en Imbabura, es nombrado gobernador.
El nuevo funcionario, de 49 años,
fue prefecto de la provincia. En las
elecciones seccionales del 23 de febrero pasado intentó reelegirse sin
éxito. “Para mí es un orgullo volver
a ser designado como representante
del presidente Correa”, manifestó.
De la concejalía a la Gobernación
Doris Merino Figueroa dejará la
concejalía de Santo Domingo de los
Tsáchilas para presidir la Gobernación de la provincia del mismo
nombre.
La nueva funcionaria asumió ayer
su despacho en una rueda de prensa
celebrada en la capital provincial.
Ella, antes de estos cargos, militó en
movimientos a favor de las mujeres.
Especialista en derechos laborales
El nuevo gobernador de Cañar es
Juan Cárdenas Espinoza. Él se desempeñó como director regional del
Ministerio de Relaciones Laborales.
Antes estuvo en la Dirección de Cañar del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). También fue
Director Provincial del Servicio de
Rentas Internas (SRI). Los 3 cargos
los ejecutó también en este gobierno. Stalin González era el gobernador encargado. Él destacó ayer su
gestión y dijo que renunciará al
puesto de jefe político.
EL PROYECTO BUSCA FACILITAR EL CUMPLIMIENTO DE COMPETENCIAS
SUPERCOM GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY
Senplades entrega borrador de ley
Los artistas nacionales piden
que se cumplan sus derechos
Redacción Política
Quito
Pabel Muñoz, titular de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (Senplades), anunció que
enviará a la Asamblea Nacional el
primer borrador del proyecto de Ley
de Ordenamiento y Uso de Suelo.
El funcionario dijo que este es el
resultado de la reflexión entre el
Ministerio de Desarrollo Urbano y
Vivienda y Senplades. La información se adicionará al borrador que
tiene la Comisión de Gobiernos Autónomos de la Asamblea.
Esta mesa legislativa
contrató una consultoría europea para
hacer el primer
borrador. Según
Muñoz, el objetivo es potenciar
la posibilidad de
que los Gobiernos Autónomos
Descentralizados
(GAD) puedan ejercer correctamente sus
competencias de desarrollo y ordenamiento territorial. “Es importante que juntemos
estas competencias con planificación”, aclaró.
Muñoz explicó que
con esto los municipios tendrán más
herramientas
para que puedan
cumplir con la
definición en el
uso del suelo en
los cantones.
Existen países
que ya cuentan
con esta norma legal, como España.
Ecuador la tiene en su
Constitución Política. Para
Muñoz, es necesario que exista una
ley actualizada que busque respetar
las autonomías locales.
Redacción Política
[email protected]
Las autoridades de la Superintendencia de Información y Comunicación (Supercom) y el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación (Cordicom),
se reunieron ayer con representantes de la producción nacional.
El fin de la convocatoria era solicitar el cumplimiento de los derechos de los artistas que se contem-
plan en la Ley de Comunicación. El
productor Ivis Flies dijo que los artistas plantean sus necesidades y
derechos porque los procesos artísticos en el país aún son “artesanales”. Troi Alvarado, presidente de
Sayce, reconoció que existe apertura del Gobierno para el desarrollo
de la producción y el espectáculo
nacional.
El superintendente Carlos Ochoa
dijo que se garantizará el cumplimiento de la ley en beneficio de la
industria musical nacional, por ello
se realizará el monitoreo de radios.
04
POLÍTICA
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
Bielorrusia se concentrará en Latinoamérica
El presidente bielorruso, Alexander Lukashenko, apostó hoy por la diversificación de la economía y la
exportación hacia nuevos destinos. El gobernante dijo que trabajará para ampliar los mercados de venta, con
mención particular a Cuba, Nicaragua, Ecuador, Brasil y Venezuela.
ENTREVISTA / DANIEL AVECILLA / PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE MUNICIPALIDADES DEL ECUADOR
“Ha habido una mala práctica
en el cobro de los impuestos”
El nuevo titular de la AME gestionará una reunión con el Presidente de la
BREVES
Ecuador y Colombia financiarán obra
Habrá 4 centros de
atención en frontera
Ecuador y Colombia invertirán $ 2 millones
en la construcción de 4 centros
binacionales de atención en frontera
(Cebaf) que prestarán servicios de tránsito
de personas, vehículos, mercancías y
equipajes. Andes
República. Tratará de que los subsidios sean focalizados a los cabildos pequeños.
El documental se presentó en Berlín
En Alemania se expone
el caso Chevron - Texaco
Redacción Política
[email protected]
Guayaquil
El Comité de Solidaridad con Ecuador
presentó en Berlín un documental en
idioma alemán sobre el caso ChevronTexaco y explicó sobre la querella a esta
petrolera. PL
Desde que asumió la presidencia de
la Asociación de Municipalidades
del Ecuador (AME), la agenda de
trabajo del alcalde de Yaguachi
(Guayas), Daniel Avecilla, se ha
multiplicado. En su despacho municipal logra abrir un espacio para
atender a periodistas locales. En un
diálogo con este Diario reconoce los
errores de los cabildos, que prefieren evitar el cobro de impuestos
para no perder apoyo político.
El Ministerio de Defensa está a cargo
Hoy se presenta en
Ciespal la revista Patria
Hoy, a las 18:00, en el auditorio de
Ciespal, en Quito, se presentará el
segundo número de la revista Patria, un
producto del Ministerio de Defensa sobre
el análisis político de esta materia.
¿Cuál es su desafío al estar al
frente de una institución que
agrupa a 221 municipalidades, con
alcaldes de diversas tendencias?
Es un desafío grande en lo
personal, pero nada imposible, voy
a dedicarle tiempo a este trabajo y
lo único que puedo hacer es
trabajar con dedicación, para que
las cosas salgan bien.
¿Habrá cambios en el manejo de
la institución?, ¿cómo estará
conformado el equipo de trabajo a
parte del comité ejecutivo que ya
está elegido?
Formaremos equipos técnicos de
capacitación, de acompañamiento
para los municipios. El jueves daré
las disposiciones para formar estos
grupos, para que inmediatamente
comiencen a asistir a los
municipios del país.
Existe preocupación de los
alcaldes ante los anuncios de que
el Gobierno revisaría el
mecanismo de subvenciones,
además de la Ley de
Ordenamiento Territorial.
¿La AME abordará estos temas
como prioridad?
Yo no creo que debe haber mayor
preocupación por parte de los
compañeros alcaldes, lo que falta
es mayor información. Hay algunos
que no están bien informados en
este tema, de lo que conozco es que
los subsidios para hacer este
trabajo (catastro) se mantienen.
Hay subsidios para hacer
levantamiento catastral y es un
requisito fundamental para acceder
a otros subsidios, así que toca
hacerlo. El Municipio de Yaguachi,
siendo medianamente pequeño,
tiene su catastro actualizado y
habrá la asistencia de la AME para
lograr las líneas de crédito del
Banco del Estado (BdE) para que se
los actualice.
Pero el presidente Rafael Correa
ha señalado que son pocos los
municipios que han actualizado
sus catastros, solo 98 alcaldías...
Ha habido una mala cultura, la
ciudadanía piensa que los
municipios deben subsidiar todo
y que no se deben incrementar
impuestos, ni actualizar catastros,
lo que significaría incrementar el
valor de los predios, pero también
ha habido una mala
interpretación de quienes hemos
estado al frente de los municipios.
Actualizar el catastro significa
también elevar la plusvalía a los
solares de esos cantones y eso
beneficia al dueño de esa
propiedad, pero no hay un
catastro real para disminuir el
pago de impuesto y se le pone
cualquier valor a los predios y eso
no puede continuar. Para ser
eficiente una administración,
tiene que sincerar sus ingresos.
¿Por qué los municipios no han
querido hacer frente a este
problema que, al parecer, ha sido
de muchos años?
Es que se tenía miedo. Esto se
manejaba políticamente. Algunos
municipios han evitado cobrar
impuestos, agua potable o subir
el valor catastral a la ciudadanía
por el temor de que no vayan a
tener aceptación en las próximas
elecciones; pero eso es hacerle
daño a la misma población, los
municipios debemos ser
eficientes administrativamente.
Se ha actuado demagógicamente,
por eso hay catastros que tienen
10 y hasta 15 años sin
actualización y eso es un
problema para la población y
para los municipios, porque
debe haber una información real
y hay que hacerla a cualquier
costo político.
¿Considera que debido a ese costo
político, muchos alcaldes han
preferido obviar el tema catastral
y optaron por los subsidios del
Gobierno?
Nosotros interpretamos bien la
posición del Estado, del Gobierno.
Mientras los municipios estamos
pidiendo subsidios, no estamos
siendo eficientes en la recaudación
de impuestos; pero el Gobierno sí
DESTACADO
Daniel Avecilla emprenderá
viajes a los cantones para
informar a los alcaldes
sobre su gestión.
CIFRA
221
gobiernos locales tiene el país y todos
forman parte de la Asociación de
Municipalidades de Ecuador.
ha sido eficiente en esa tarea para
tener sus impuestos. Por esa
eficiencia el Gobierno sí tiene
capacidad de gestión y nosotros
deberíamos asimilar ese ejemplo y
hacer una cosa igual. Yo pregunto:
¿Ha bajado la popularidad del
Gobierno? Para nada. Terminó
siendo más eficiente y eso debemos
hacer todos los municipios, sin
miedo.
¿Por medio de la AME se podrá
lograr que todos los municipios
tomen como ejemplo esas
iniciativas y las practiquen en sus
territorios?
La población no solo califica la
simpatía del alcalde sino también
la gestión, y allí estamos fallando.
Ha habido una mala práctica en el
cobro de impuestos, hay incluso
municipios que no cobran agua, y
la población califica eso.
La gente no quiere que le regalen
nada, sino que seamos prácticos,
eficientes y que las
administraciones funcionen bien.
Los que no recaudan son los que no
tienen obras y a esos son los que
generalmente no les alcanza el
presupuesto.
¿Entonces, usted es partidario de
la eliminación de subsidios?
Eliminar subsidios sí, pero no de
golpe y eso es lo que queremos
conversar con el Presidente.
¿Cuáles son las propuestas que le
llevará al presidente Correa en
caso de que logren reunirse?
Hay compañeros que han heredado
municipios quebrados, ni siquiera
endeudados; no por culpa de los
que están ahora, sino de la
administración anterior y estos
detalles el compañero Presidente
no los conoce y por eso haremos la
gestión para exponerle estos
argumentos. Tampoco queremos
subsidios abiertos porque hay
quienes se benefician pese a que
tienen capacidad, sino que sean
focalizados para aquellos que no
tienen esa capacidad de gestión y
ejecución.
Es la nueva Ministra de Turismo
Sandra Naranjo asumió
el martes su despacho
Sandra Naranjo asumió el martes pasado,
formalmente, su despacho como Ministra
de Turismo. Su línea de trabajo se
enmarcará en la meta de convertir al país
en potencia turística.
La norma será promulgada
Ley de Consejos de
Igualdad fue aprobada
El proyecto de Ley Orgánica de los
Consejos Nacionales para la Igualdad será
promulgado, una vez que la Asamblea se
acogió parcialmente al veto del Ejecutivo.
¿Cómo ve al municipalismo?
Es un municipalismo que sí está
unido. Quizá le ha faltado un poco
de dinamismo, ha estado todo
centralizado, todo ha pasado en
Quito. Hay municipios que ni
siquiera se enteran, a veces por
descuido de los mismos alcaldes,
sobre la gestión de la asociación; y
esto a su vez ocurre por la falta de
acción de la institución; pero ahora
la gran mayoría tiene muchas
expectativas de lo que nosotros
vamos a hacer.
¿De allí nace su compromiso como
presidente de ir por todas las
regionales de la AME?
La visita a regionales y
provinciales es para informar lo
que hace la AME,
retroalimentarnos de los
problemas de cada sector y que la
AME sea el enlace con el Gobierno
en coordinación de sus programas.
Haremos sesiones en los territorios
y las reuniones del comité
ejecutivo serán itinerantes, ya no
serán solo en Quito, como antes.
RECTIFICACIÓN
Edición del martes 1 de julio de 2014
“El trabajo es de complementariedad
y no de reemplazar a la Policía”
Política / página 4
Personal de las
FF.AA. será de
34.500 en 2025
En la entrevista realizada al jefe del
Comando Conjunto de las FF.AA.,
Luis Aníbal Garzón Narváez, se
publicó: “... hasta 2025 tendrán
que reducirse a 5.500 hombres”,
cuando lo correcto era: “...hasta
2025 tendrán que reducirse 5.500
hombres”.
Por este error involuntario,
pedimos disculpas.
POLÍTICA
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
05
Jairala emprende 18 quejas civiles contra Monge por injurias
Gutemberg Vera (foto), abogado de Jimmy Jairala, desmintió las aseveraciones de César Monge, director del
movimiento Creando Oportunidades (CREO), de que se hayan presentado en su contra 5 acciones penales
y aclaró que en realidad son 18 querellas civiles por injuria, que deberán ser resueltas por la justicia.
EL PRÓXIMO 23 DE JULIO SE FIRMARÁ UN CONVENIO EN CHIMBORAZO
LA CONCENTRACIÓN SIGUIÓ EN QUITO
Colectivo indígena entrega un
manifiesto a Correa con 7 puntos
Parlamento de los
Pueblos propone
auditoría minera
Cerca de 3 mil personas llegaron hasta los exteriores de Carondelet ayer en
Quito. Dicen respaldar las políticas y leyes aprobadas en este Gobierno.
Como símbolo de respaldo a la Ley de Recursos Hídricos, la presidenta de Comich, Delia Caguano, le entregó a Rafael Correa una vasija de barro con agua.
Redacción Política
[email protected]
Quito
El fuerte sol no impidió que cerca de
3 mil personas se concentraran este
miércoles en la Plaza Grande, centro de Quito. Indígenas, montubios,
afroamericanos, pescadores, agricultores, artesanos y campesinos
llegaron de varias provincias y se
congregaron desde la mañana para
expresar su respaldo a la Ley Orgánica de Recursos Hídricos (Aguas).
Decenas de grupos sociales e indígenas y de partidos políticos como
Avanza se convocaron frente al Palacio de Carondelet con banderas y
grandes carteles. El ambiente fue de
fiesta ya que se instaló una tarima
donde la música llamaba la curiosidad a transeúntes y turistas.
Con la presencia de varias autoridades de la Asamblea Nacional y
ministros de Estado, el presidente
Rafael Correa saludó a los manifes-
tantes. Delia Caguano, presidenta
de la Confederación del Movimiento
Indígena de Chimborazo (Comich),
le entregó una vasija de agua en
nombre de sus compañeros.
La dirigente entregó también un
manifiesto con 7 puntos que reivindican el apoyo mayoritario al Gobierno. El primer ítem es el respaldo
a la Ley de Aguas, aprobada la semana pasada en la Asamblea Nacional. “Mashi Presidente, apoyamos y
defenderemos esta Ley que nos garantiza vivir dignamente”, expresó
Caguano.
El colectivo respalda además el
Código del Trabajo; el aprovechamiento de los recursos naturales; el
cambio de la matriz productiva; la
Ley de Comunicación; la inversión
social; y la reelección indefinida.
Caguano rechazó las acciones
emprendidas por la dirigencia de la
Conferencia de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), Ecuarunari y Pachakutik. Ellos y el Movimiento Popular Democrático
(MPD) realizaron una marcha de 10
DESTACADO
Entre los otros grupos que
acudieron ayer estaba la
Junta Nacional de Defensa
del Artesano.
días que terminó el pasado martes
en Quito. Su objetivo era rechazar la
Ley de Recursos Hídricos.
Sobre este tema, Correa calificó
de “fracaso” la convocatoria de los
sectores de oposición. Con ello instó
a ganar las elecciones democráticamente si quieren imponer su agenda
política. “Lo que buscan es defender
tan solo sus espacios de poder”, insistió.
El gobernante hizo un llamado a
las juntas de agua para que se rebelen contra los dirigentes que, según
él, “los manipulan y chantajean con
intereses políticos y multas”.
El Primer Mandatario aclaró que
ANDRÉS DARQUEA / EL TELÉGRAFO
el nuevo marco legal no pretende
privatizar el agua, sino que democratizará el manejo del recurso. “Es
una grosera mentira decir que se va
a privatizar el agua”, reclamó. La
privatización está prohibida en la
Constitución y en la Ley de Aguas.
Caguano invitó al presidente Correa a que visitara las bases y organizaciones indígenas de su provincia. Allí, el pasado 29 de agosto,
cerca de 30.000 personas reiteraron su apoyo al Gobierno en los temas de matriz productiva, riego,
vialidad, entre otros. La dirigente
indígena confirmó la firma de un
convenio con autoridades del Gobierno para el próximo 23 de julio.
Luis García, representante del
Frente de Organizaciones Culturales
del Ecuador, apoya la Ley de Recursos Hídricos porque al ser el agua
un recurso estratégico busca que se
lo declare como patrimonio del Estado. “Esto con el fin de que la ciudadanía tenga un acceso equitativo,
igualitario y salubre”, recalcó el líder gremial.
La asamblea denominada ‘Parlamento de
los Pueblos’ analizó ayer 6 puntos. La cita
fue en la sala Demetrio Aguilera de la
Casa de la Cultura Ecuatoriana, en Quito.
En el encuentro se congregaron alrededor
de 300 personas, militantes de
organizaciones como el Movimiento
Popular Democrático (MPD),
Confederación de Nacionalidades
Indígenas del Ecuador (Conaie),
Ecuarunari, Pachakutik y Unión Nacional
de Educadores (UNE), entre otras.
La plenaria de las mesas temáticas se
desarrolló de forma reservada.
La mesa de los Derechos de la Naturaleza
estuvo presidida por Salvador Quishpe. En
la segunda se abordó la Ley de Aguas y
estuvo a cargo del legislador César
Umaginga. La tercera comisión fue sobre
Economía y la lideró Pablo Dávalos.
La cuarta mesa, sobre Derechos
Colectivos y de la Constitución, fue
responsabilidad de Fanny Campos; y la
quinta, sobre el Sector Social, de César
Buelva. La última era sobre Derechos de
los Trabajadores, encabezada por José
Villavicencio.
Quishpe señaló que una de las
propuestas es respetar los derechos de la
naturaleza.
También se propone crear auditorías de
gestión a todas las concesiones mineras y
que se respete el informe de la
Contraloría respecto del proyecto minero
‘Mirador’, el cual supuestamente ordena
restituir las concesiones mineras al
Estado porque no se cumplió con la ley
en el otorgamiento de dichas
concesiones.
En cambio Pablo Dávalos, del grupo
económico, presentó como propuesta
incrementar los salarios de los obreros
que correspondan al valor de la canasta
familiar. Actualmente el salario mínimo
ya alcanza al de la dignidad. Además,
solicitaron una reforma tributaria y exigir
la auditoría a los contratos de las
empresas de celulares, pero el Gobierno
ya negocia con estas empresas.
El denominado Parlamento resolvió que
se declararán en desobediencia civil
cuando entre en vigencia la Ley de Aguas
y que volverán a Quito el 7 de agosto.
06
ECONOMÍA
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
@
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ENTREVISTA / SUAD MANSSUR VILLAGRÁN / SUPERINTENDENTA DE COMPAÑÍAS Y VALORES
“Hasta fin de año tienen que fortalecerse
patrimonialmente algunas aseguradoras”
Con el proyecto de Código Monetario el control de los seguros pasará a la Súper de Compañías. En
mayo esta entidad mejoró su regulación para identificar a las empresas con altas pérdidas.
Redacción Economía
ya las notificamos. Hicimos ciertos
análisis porque muchas compañías
no están necesariamente en causal
de disolución porque registran una
pérdida, pero tienen cuentas por
cobrar, entonces pueden cruzar esas
cuentas y salir de la causal.
La ley no da plazo y si usted tiene
esa pérdida debe disolverse; sin
embargo, nosotros consideramos
que debe existir un plazo de 30
días para el derecho a la defensa,
para presentar los descargos, porque
puede ser que el contador se
equivocó o que se tenga cuentas por
capitalizar. De hecho, hoy (martes)
recibimos información y un 30% de
las empresas notificadas subsanó la
pérdida.
[email protected]
Quito
Con el proyecto de Código
Financiero, el control de las
empresas de seguros pasará a la
Superintendencia de Compañías
(SC). ¿Cuál será el proceso?
Hace 2 años se decidió que las
empresas de seguros salgan del
sector financiero porque no
prestan un servicio financiero, y se
optó porque los bancos ya no
tengan empresas de seguros.
Al ser la Superintendencia el
órgano regulador de las actividades
no financieras, mercantiles y de
valor resolvió que las empresas de
seguros sean supervisadas por la
entidad porque tienen más relación
con el sector real o el mercado de
valores que con el sector
financiero. Eso consta ya en el
Código Monetario y se está
tratando en la Asamblea. Y, de
acuerdo con la disposición
transitoria del Código, sería
después de un año de su
publicación en el Registro Oficial
que tanto la Superintendencia de
Bancos (SBS) como la SC debemos
transferir toda la información.
¿Qué datos tiene la SC sobre la
realidad de las aseguradoras?
Hasta fin de año tienen que
fortalecerse patrimonialmente
algunas empresas. Entiendo que
algunas están en proceso de fusión
y hay reformas a las normas de
reservas técnicas. Muchas
empresas deberán liquidarse o
fusionarse porque hay una
exigencia patrimonial importante.
También hay empresas que hacen
intermediación porque el seguro
realmente lo presta el reaseguro.
Mientras avanza ese proceso,
¿qué harán para evitar nuevos
casos como el de Seguros Bolívar?
Lo de Seguros Bolívar es un tema
aparte de este proceso y le
corresponde a la SBS hacer el
análisis. Conozco que la
¿Y qué ocurre si por 2 años
consecutivos reportan pérdidas?
ENTRÓ EN LIQUIDACIÓN FORZOSA
investigación les tomó 2 años.
¿Hasta tanto intercambian
información con la SBS?
Todavía no hemos cruzado
información. Primero hay que ver
si la Asamblea acepta ese cambio,
no me puedo adelantar, pero me
estoy preparando para tener la
estructura ejecutiva que me ayude
a supervisar ese tipo de compañías.
La aprobación de la Ley para el
Fortalecimiento y Optimización del
Sector Societario en marzo pasado
mejoró la capacidad de control de
la SC. ¿Hay resultados?
La ley tiene una fortaleza enorme
que es la transparencia, mayor
información al ciudadano. Además
la constitución electrónica de
compañías porque la ley permite
que ciertos actos societarios de
índole privada ya no tengan que ser
aprobados en la SC. Eso permite
crear compañías o aumentar
capital en un día.
También hay figuras en el mercado
de valores que se han
implementado. Las bolsas de valores
ya no serían sociedades sin fines de
lucro sino anónimas: con nuevos
incentivos para quienes inviertan en
el mercado de valores y total
accesibilidad a información de las
compañías mercantiles. A partir de
esta ley hemos publicado en la web
todo: datos generales, accionistas,
balances. El ciudadano o los
inversionistas tienen información de
la que antes no disponían y pueden
tomar una decisión, o saber si son
empresas de papel o reales.
La cobertura
del seguro está
garantizada
Decenas de clientes de Seguros Bolívar,
compañía que enfrenta desde el lunes un
proceso de liquidación forzosa,
continuaron ayer con sus reclamos en las
oficinas de la empresa ubicadas en Quito,
Guayaquil, Cuenca, Manta, Ambato y
Machala.
En Guayaquil, personal de atención al
cliente de Seguros Bolívar informó que los
que estén al día en sus pagos continuarán
con la cobertura hasta que termine el
contrato. Mientras que los que debían
renovar el servicio deben buscar otras
aseguradoras.
“Seguros Bolívar tenía pérdidas a mayo de
este año por $ 800 mil, cifra que,
proyectada a diciembre, sumaría
$3’100.000, por tal motivo la SBS en aras
de precautelar los intereses de todos los
acreedores, trabajadores y clientes dispuso
que la compañía entre en liquidación
forzosa”, dijo Pedro Solines, titular de la
Superintendencia de Bancos y Seguros.
Infl
a
CIA
EN
S DE MAYO 2
ME
N
n ME SUAL A
L
ció
Entre esas 5.000 empresas
notificadas está Edimpres S.A
(Diario HOY). ¿Cuál es el proceso?
¿Cómo transparentan su
información las empresas?
Las compañías digitalizan sus
balances e ingresan la información
al sistema, proporcionado por la SC
y una plantilla, así son
responsables de lo que suben. Las
multas han subido para quienes
colocan balances falsos y el caso se
puede ir a la Fiscalía.
¿Gracias a ese sistema la SC
notificó que más de 5.000
compañías están inmersas en
causales de disolución?
Sí. La SC hizo una inversión
tecnológica importante que
identifica a las compañías con
pérdida patrimonial. La ley estipula
que si tienen más del 50% de
pérdida del patrimonio, entran en
causal de disolución. En junio de
este año el sistema arrojó que 5.425
compañías están en esa situación y
MAYO
Arroz
Azúcar
Soya
Cacao
Papa
Arroz
Carne
Tomate
Azúcar
Pescado
Cebolla
Lenteja
$ 634,27
$6
CADA CAJA
$ 34,50
QUINTAL
$ 36,36
QUINTAL
$ 30
QUINTAL
$ 101,79
QUINTAL
$ 0,35
LIBRA
$ 0,45
LIBRA
$3
(RES)
0.60
LIBRA
$ 0,45
LIBRA
$ 4,50
LIBRA PICUDO
$ 0,70
LIBRA
$1
LIBRA
$ 454,16
Edimpres S.A. es una de las
empresas de diario HOY y está en
causal de disolución por pérdida
patrimonial. Tiene 30 días de plazo
para subsanar la pérdida, como el
resto de empresas.
¿Y si no cubre ese déficit?
Entraría en liquidación, de oficio,
porque es un incumplimiento a la
ley. Cuando es de oficio la SC
nombra un liquidador que hace un
balance inicial, revisa los activos y
pasivos, sobre todo el pasivo
laboral, que es el que más nos
interesa. Se hacen publicaciones
por la prensa y hay que esperar 20
días para que los acreedores
presenten los títulos e inicie el
proceso de liquidación. Ahora, aún
en ese proceso, la compañía puede
reactivarse si aumentan el capital.
1,3653
11,33 %
Banano
Muchas compañías también
arrojan pérdidas, quizás para no
declarar utilidades y no pagar a los
empleados. En esos casos, el
sistema nos ayuda mucho porque
estamos trabajando con el SRI. Eso
obliga a los contadores, que
estaban acostumbrados a no
presentar los balances o hacerlo
mal, a esforzarse. Y las compañías
que ya no operan deben liquidarse.
16.976,24 PUNTOS
0,12 % VARIACIÓN
16,30 %
$ 340,00
$ 104,48
$ 111,24
04% TEN
4 0,
D
01
ECONOMÍA
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
07
Sobre el proyecto de Código Monetario y Financiero
“La banca en este momento da un 70% de créditos a un año o menos, pero así no vamos a
cambiar la matriz productiva, el objetivo es que la banca capte créditos a largo plazo”.
Patricio Rivera - Ministro Coordinador de la Política Económica.
LOS USUARIOS DE CLARO RECIBEN LA ACREDITACIÓN DE SALDO DESDE EL 30 DE JUNIO
Conecel compensará con $ 2,4
millones en minutos a clientes
La Superintendencia de Telecomunicaciones ordenó la semana pasada a la
BREVES
Aplicación de normativas
La Arcsa capacita sobre
etiquetado de productos
En Manta, el pasado 13 de junio, se llevó a
cabo un seminario del nuevo sistema de
etiquetado, impartido por técnicos de la
Agencia Nacional de Regulación, Control y
Vigilancia Sanitaria (Arcsa). El evento fue
dirigido a empresarios manabitas.
operadora que indemnice a sus abonados. Hubo error en algunas promociones.
Banco entró en liquidación el año pasado
Redacción Economía
[email protected]
Guayaquil
Consorcio Ecuatoriano de Telecomunicaciones Sociedad Anónima
(Conecel S.A.), que maneja la marca
comercial Claro, tendrá que devolver $ 2’429.779 a miles de abonados
“por errores en algunas promociones”, informó ayer Fabián Jaramillo,
titular de la Superintendencia de
Telecomunicaciones (Supertel).
La Supertel en sus funciones de
control, realizadas a través de auditorías y control rutinario, detectó
que en determinadas tarifas y promociones Claro hizo cobros diferentes a los acordados. Han sido afectadas un total de 852.824 líneas móviles, de las cuales más del 80%
aún se encuentran activas en la red.
El organismo detectó valores cobrados en forma
indebida a través
de las promociones mejor amigo,
1700-1800, tarifas, minutos pares gratis, 2x1, habla más 1 y 2 y números favoritos.
Las mayores afectados
en cuanto a cantidad de dinero fueron los abonados que activaron en sus líneas telefónicas la
promoción “envía Claro al 5000 y
por $ 3 recibe $ 6 para hablar más
a todos los móviles Claro durante 7
días”, del 13 al 17 de junio de 2012.
La operadora devolverá la cantidad
de $ 1’858.983 a los clientes.
“Hemos dispuesto la
devolución a los
usuarios de cerca
de $ 2’400.000.
Esa cifra será
compensada por
medio de mensajes que recibirán los usuarios
en los que les informarán aquellas
novedades que se
han detectado y que
han dado lugar a estas
compensaciones”, afirmó Jaramillo.
El funcionario indicó que la operadora lanzó una promoción y en el
momento de verificar los técnicos
de la Superintendencia detectaron
una desviación de lo que Claro había ofertado inicialmente.
“En este caso no hemos encon-
trado algo que se trate de una publicidad engañosa, pero sí de una aplicación incorrecta de los planes tarifarios o de que los sistemas no han
estado ajustados precisamente para
dar cumplimiento a lo que se ha determinado dentro de la promoción”,
aseguró Jaramillo.
Con la finalidad de que los usuarios afectados sean compensados,
Claro dentro de los siguientes 60
días realizará los respectivos reintegros. La operadora informó que
desde el 30 de junio pasado inició la
acreditación de minutos a sus usuarios, que se efectuará hasta fines de
este mes. Los abonados son informados de la devolución por medio
de un mensaje de texto.
Las personas que ya no son clientes de Claro pueden averiguar si
constan en la lista de perjudicados
en la página web www.claro.com.ec.
Pago a los clientes del
Territorial en última fase
El superintendente de Bancos, Pedro
Solines, informó ayer que de 70.000
clientes del Banco Territorial, solo 10 están
pendientes para recibir su pago. El grupo
tiene valores mayores a $ 500.000.
Los dispositivos consumieron 616 TVH
Altos costos por energía
en equipos tecnológicos
El desperdicio energético de cerca de
14.000 millones de dispositivos
electrónicos supuso un costo mundial
aproximado de $ 80.000 millones, dijo la
Agencia Internacional de Energía (AIE).
08
GUAYAQUIL
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
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EL TERRENO FUE VENDIDO A LA JUNTA DE BENEFICENCIA EN 2008
El Municipio cierra 80 locales en terminal
Los propietarios de estos puestos aseguran que han existido trabas para obtener la tasa de
habilitación del Cabildo. Afirman que el sitio será demolido para construir un hospital.
Redacción Guayaquil
[email protected]
Guayaquil
El Municipio de Guayaquil clausuró,
en la madrugada del martes anterior, 80 locales comerciales de la
antigua terminal provisional, en el
norte de la ciudad.
La orden, según consta en los sellos colocados en las puertas de los
puestos, fue ejecutada por la Comisaría Cuarta municipal.
Los propietarios de los negocios
rechazaron la medida y afirmaron
que no fueron advertidos sobre el
cometimiento de alguna infracción.
De acuerdo con el adhesivo dejado
por la comisaría, los comercios fueron cerrados por falta de patente
PILAR VERA / EL TELÉGRAFO
Los sellos de clausura fueron colocados en los puestos de
comercio por la Comisaría Cuarta municipal en la madrugada del pasado martes.
Recorrido a base
Cuerpo de élite
AG
Los ciudadanos podrán
recorrer la Base de
Infantería San Eduardo.
Día: Hoy
Entrada: Gratis
Ciudadela Bellavista
Museo Itinerante de Guayaquil
Documentos y fotografías antiguas
Representaciones prehispánicas y
coloniales se podrán apreciar en el Museo
Intinerante de Historia de Guayaquil.
Todos los días, desde las 10:00
Entrada: Gratis
Museo Municipal
Visitas a museos
Convención de cómics
Los recorridos son de lunes a sábado
El cantante César Franco se presentará el domingo
Los museos Contemporáneo y
En la Plaza Colón, en el centro de
Memorial de la Armada, por las
la ciudad, se desarrollará la X
fiestas julianas, estarán abiertos
Convención Nacional del Cómics.
al público en general durante este
En esta semana habrá lanzamiento
mes. Además, los interesados
de publicaciones, conciertos,
podrán acceder gratuitamente al
concursos y conferencias de
Planetario.
expertos.
Día: Del 2 al 27 de julio, desde las 09:00
Entrada: Libre
Dentro del Parque de la Armada
Día: Durante la semana, desde las 11:00
Entrada: Libre
Plaza Colón
municipal y tasa de habilitación.
Además, el Cabildo imputa el supuesto incumplimiento de ordenanzas. Luis Andrade, quien por 14
años ha administrado un puesto de
comida en el lugar, criticó el procedimiento usado por el Gobierno
seccional. Según los perjudicados,
en el operativo no hubo resistencia
porque ninguno de los propietarios
estaba en el lugar.
Andrade manifestó que en días
recientes le han puesto trabas para
obtener la tasa de habilitación. “En
las ventanillas nos dicen que este
sitio será desalojado”.
Los perjudicados explicaron que
en la Dirección de Urbanismo, Avalúos y Registro (DUAR) notificaron
que en el lugar se construirá un
hospital del día.
Xavier Guzmán, quien trabaja en
este espacio hace 8 años, aseguró
que la Junta de Beneficencia de
Guayaquil (JBG), dueña de los terrenos, fue informada por el Cabildo
que hasta la próxima semana tiene
plazo para abandonar el sitio “caso
contrario procederán al embargo”.
El 21 de febrero de 2008, el Concejo Cantonal aprobó la venta de los
10.509,47 metros cuadrados de la
terminal provisional, a la JBG, por $
846.012,34. En aquella sesión, el alcalde Jaime Nebot puntualizó que
los predios serán usados para un
hospital y un centro comercial de
boticas, implementos médicos, etc.
“No para otro tipo de actividades”.
Este diario intentó contactar a la
DUAR y a las autoridades de la JBG
para conocer detalles de la clausura
de los locales, pero hasta el cierre de
esta edición no hubo respuesta.
QUITO
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
09
09
@
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LOS INTEGRANTES DE UNA ASOCIACIÓN ARTÍSTICA MOSTRARON INCONFORMIDAD CON EL PROYECTO
EMERGENCIA DECLARADA
El programa municipal Verano de EllosCabildo
dice que
40 buses que
serán
las Artes costará cerca de $ 1 millón comprará
‘intercambiables’
La agenda cultural estará compuesta por 200 actividades que iniciarán el 18 de
Redacción Quito
[email protected]
julio. La programación no fue hecha a través de una convocatoria abierta.
Redacción Quito
[email protected]
Quito
Miguel Alvear, director del área de
Creatividad, Memoria y Patrimonio
de la Secretaría Metropolitana de
Cultura, aceptó que la idea del Verano de las Artes Quito (VAQ)
guarda relación con programaciones
similares que se han desarrollado
en la ciudad desde 1992.
Aquel año —primero de la Alcaldía de Jamil Mahuad (Democracia
Popular)— se efectuó la edición inicial de Agosto, Mes de las Artes,
cartelera compuesta por presentaciones, exhibiciones y muestras de
música, teatro, danza, pintura, cine,
etc. A partir de 2001 —y durante el
resto de la administración de Paco
Moncayo (Izquierda Democrática)—
el programa se denominó Agosto,
Arte y Cultura.
“Cuando se habló de este proyecto, se pensó en Agosto, Mes de
las Artes, pero buscábamos una
identidad nueva, aunque también se
relacione con eso para que la gente
sepa de inmediato que se trata de
arte, cultura, verano, la ciudad de
Quito”, señaló Alvear.
En cuanto a si buscaron diferenciarse del esquema de Velada Libertaria, instituido por Augusto Barrera a partir de 2009 a propósito
de la celebración del bicentenario
del Primer Grito de Independencia,
el funcionario añadió: “Dijimos, vamos a hacer una oferta mucho mayor que la rememoración de las jornadas del 2 y el 10 de agosto; no
queríamos centrarnos en el tema
histórico, que estará presente, pero
como parte del VAQ”.
El Verano de las Artes Quito
(VAQ) estará compuesto por unos
200 eventos, en los que se invertirá
alrededor de $ 1 millón. La agenda
definitiva y el costo estarían listos
hoy y serían anunciados el 7 de julio. Entre tanto, las actividades se
iniciarán el 18 de este mes y concluirán el 3 de septiembre.
Mariana Ordóñez, secretaria metropolitana de Cultura, afirma que
“el VAQ cruzará de Calderón (norte)
a Quitumbe (sur); de Los Chillos
(suroriente) a Tumbaco (oriente)”.
En relación a esto, el director de
Creatividad, Memoria y Patrimonio
dijo que el esquema establece que
cuando sea posible, los eventos se
replicarán en distintos puntos de la
ciudad. Aquello se realizaría, sobre
todo, para presentaciones musicales
y funciones de cine.
Respecto a las quejas expresadas
a través de las redes sociales por integrantes de la Asociación de Artes
Escénicas sobre la programación del
VAQ, Alvear reconoció que existieron divergencias. “Ellos buscaban
que la agenda se estableciera mediante una convocatoria abierta.
Pero resultaba imposible proceder
así en este caso, porque se contaba
con apenas 6 semanas para establecer las actividades”, afirmó.
Por ello, se habría optado por
acudir al consejo de conocedores de
cada área para definir las actividades que se efectuarán. En el caso específico de las artes escénicas intervendrán grupos reconocidos como
Mala Yerba, La Espada de Madera y
La Rana Sabia.
Alvear señaló también que se ha
dado cabida a las actividades de
tipo familiar.
Las 40 unidades articuladas, cuya
compra anunció el alcalde Mauricio
Rodas para repotenciar el sistema
de transporte municipal, tendrán
puertas en ambos costados.
El objetivo, según el gobierno local, es que los vehículos puedan
operar en cualquiera de las rutas y
corredores del Cabildo (Trolebús,
Ecovía, Corredor Central-Norte,
Corredor Suroriental y Corredor
Suroccidental), los que transportan
a unas 900 mil personas diarias.
El gerente de la Empresa Pública
Metropolitana de Transporte de Pasajeros, Rubén Lozano, dijo que de
los 40 nuevos buses articulados, 20
irán al sistema Trolebús. Además,
anticipó que la idea es la renovación
total de la flota a largo plazo.
La Alcaldía declaró al sistema en
emergencia el lunes pasado y anunció la inversión de $ 229 millones y
la aplicación de 10 medidas para
mejorar la situación.
10
ACTUALIDAD
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
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LA REUNIÓN EN BRUSELAS SERÁ TÉCNICO-POLÍTICA
Ecuador y la UE entran a la
etapa final para un acuerdo
Redacción Economía
Quito
Entre el 7 y 8 de este mes se cumplirá la cuarta ronda de negociaciones entre Ecuador y la Unión Europea (UE), con el fin de firmar un
acuerdo comercial multipartes,
confirmaron el ministro de Comercio Exterior, Francisco Rivadeneira,
y el asesor de comercio exterior de
la Presidencia de la República,
Eduardo Egas.
Los diálogos que se cumplirán en
Bruselas serán técnico-políticos, en
los que participarán el jefe negociador, Roberto Betancourt; y los representantes de los equipos técnicos de agricultura, compras públicas, servicios y acceso a bienes industriales.
“La negociación se cumplirá entre el 7 y 8 de julio, pero nos reservamos el viernes, por sí acaso dure
algo más; es decir, que podría ser
toda la semana y tomaré una decisión de si viajo o no, dependiendo
de los avances”, aseveró el funcionario.
Señaló que en esta semana se ha
DESTACADO
Ecuador logró que todos
sus productos ingresen a 23
países de la UE con cero
arancel, dijo Eduardo Egas.
seguido conversando del tema y que
el presidente de la República, Rafael Correa, dio a conocer lo que se
debe hacer y las líneas rojas. Sobre
la base de esos criterios se tiene el
margen para negociar.
Francisco Rivadeneira dijo que
existen expectativas de que se
pueda lograr que el sistema de preferencias arancelarias (SGP Plus)
se extienda hasta que entre en vi-
gencia el acuerdo comercial.
“El SGP Plus esperamos que
tenga solución, aparentemente
existe la voluntad de parte de Europa, pero todo dependerá del paquete final de las negociaciones”,
acotó Rivadeneira.
Para Eduardo Egas, existen pocos puntos a los que se busca llegar
a un acuerdo, por lo que en el
transcurso de esta semana se ha
seguido conversando, previo a las
reuniones de la próxima semana en
Bruselas.
“Voy a destacar algunas cosas: en
primer lugar, Ecuador ha conseguido que todos sus productos,
tanto los actuales como los potenciales, puedan ingresar a 23 países
de la UE con cero arancel. No solo
los productos primarios, sino todos
los productos industrializados, manufacturados, de todo el universo
arancelario”, aseguró.
Explicó que en el tema del banano hay varios aspectos del ingreso de la fruta que están por resolverse la próxima semana.
“Nos dan un período de desgravación interesante, pero nosotros
pedimos que por lo menos sea igual
al de Colombia, y no menos que
eso; más aún, pedimos que sea mayor porque Ecuador es el primer
abastecedor de banano, y como tal
tiene una calificación mayor en los
procesos que son de negociación,
estamos en esa parte pero creemos
que lo vamos a solucionar”, aseveró.
Indicó que en compras públicas
aún se mantiene el debate con respecto a los umbrales, sobre si serán
transitorios o permanentes, si se
los podrá mantener siete años o
toda la vida.
Sostuvo que en sí hay una gran
comprensión de la UE de que el país
utilice las compras públicas como
una herramienta de desarrollo para
las pequeñas y medianas empresas,
eso está aceptado y no se entrará a
negociar en esa parte. “Los montos
del umbral se están fijando pero depende de la clasificación de bienes”,
expresó Egas.
EN LA ZONA SE CONSTRUIRÁ UNA UNIDAD EDUCATIVA DEL MILENIO
548 chicos dejan aulas de
caña por salones móviles
En 8 espacios seguros de estructura metálica, con paredes
prefabricadas y piso de hormigón, reciben las clases.
Los niños y niñas de esta zona de Manabí reciben sus clases en un lugar confortable, seguro y ventilado.
Redacción Manta
[email protected]
Montecristi
La Unidad Educativa Tierra Santa,
de la parroquia Leonidas Proaño, en
Montecristi, ha dado un giro.
Los alumnos ya no estudian en
los que eran sus salones tradicionales, de caña y destruidos por el
transcurso del tiempo. Ahora lo hacen en sofisticadas aulas móviles,
que funcionarán de manera provisional hasta que se edifique la Unidad Educativa del Milenio.
Los chicos se educarán en 8 aulas
tipo campamento, con cerramiento
y áreas verdes. Serán 548 los estudiantes que se beneficiarán de este
lugar, en doble jornada.
“Cuando había remolinos era
algo feo para los niños. En una ocasión el techo se levantó, pero gra-
cias a Dios no hubo heridos. Otro
problema era que por las paredes de
caña ingresaba mucho viento y los
niños sentían mucho frío”, indicó
Mauro Palma, padre de familia.
Palma, quien tiene 3 hijos en el
plantel, ahora está tranquilo porque
reciben clases en aulas cómodas.
La misma complacencia siente
Flor Pérez. Ella inscribió a 5 de sus
6 hijos en la escuela Tierra Santa.
“Aquí la enseñanza es buena”, puntualizó.
Los trabajos comenzaron a inicios de mayo. Las aulas provisionales tienen capacidad para 40 estudiantes (cada una), son de estructura metálica, con paredes prefabricadas y piso de hormigón.
Estructura resistente a sismos
“Es un armazón sismorresistente.
Son desmontables”, indicó el contratista Emilio Macías.
La coordinadora de la Zona 4 del
DARWIN Y DIEGO PRESENTARÁN ACCIÓN DE PROTECCIÓN
Registro Civil de Machala no
casará a pareja homosexual
Redacción Actualidad
Machala
Los ciudadanos Darwin Adrianza y
Diego Celi no podrán contraer matrimonio, como lo solicitaron a la
Dirección Provincial del Registro
Civil de El Oro.
La titular del despacho, Amalia
Barbotó Andrade, mediante oficio
N° 2014-053-DIR-P, del 1 de julio
de 2014, argumentó razones legales
y constitucionales.
Empero, la pareja en compañía
del abogado de la causa, Ramiro
García Falconí, anunció que presentará una acción de protección ante
la sala de sorteos de la Función Judicial en Machala.
La red LGBTI Ecuador, a través de
un boletín, considera que “esta acción del Registro Civil deja una
constancia, por escrito, de la vulneración de los derechos a los ciudadanos Adrianza y Celi, por cuanto
no toma en cuenta el marco garantista de la Constitución establecido
en el artículo 11.2”.
RODOLFO PÁRRAGA / EL TELÉGRAFO
Ministerio de Educación, Marlene
Jaramillo, mencionó que la inversión en esta unidad educativa provisional es de $ 184.535,75.
En los próximos días se implementarán las baterías sanitarias
con un tanque elevado, debido a
que en el sector no existe alcantarillado sanitario.
Estas aulas serán utilizadas
hasta que se construya, a pocos metros de la escuela, la Unidad Educativa del Milenio. “El proceso ya está
elevado a consultoría, que es el
paso previo para contratar la obra.
Aspiramos a que hasta finales del
presente año podamos firmar el
contrato”, manifestó Jaramillo.
En Manabí funcionan, de manera
provisional, 110 aulas móviles, 92
baterías sanitarias y 92 biodigestores. En el Distrito Manta hay 20 aulas, 17 de las cuales funcionan en
Montecristi, dos en Manta y una en
Jaramijó.
RECTIFICACIÓN
Edición del martes 1
de julio de 2014
Registro Civil responderá
en 48 horas a pareja gay
Actualidad / página 10
Diana Maldonado
no ha solicitado
matrimonio
La activista Diana Maldonado,
quien está a favor del matrimonio
igualitario y fue citada en la
información, solicitó aclarar que
ella no ha hecho trámites ante
alguna autoridad para casarse con
su pareja. Lo que ha pedido es que
se reconozca, en la cédula, su unión
de hecho con Maribel Serrano.
Pedimos disculpas por el error.
ACTUALIDAD
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
11
Una nueva propuesta de reglamento
El ministro de Relaciones Laborales, Carlos Marx Carrasco, recibió en Guayaquil, de los miembros del
Comité Interinstitucional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (CISHT), la propuesta del nuevo Reglamento
de Seguridad y Salud del Trabajo.
LA EMERGENCIA RIGE PARA 148 MEDICAMENTOS
DERECHO A LA RÉPLICA
IESS tiene 60
ofertas para
comprar fármacos
La institución ha destinado $ 150
millones para cubrir el déficit.
El Hospital Andrade Marín, de Quito, tiene 3 farmacias. Según los
pacientes consultados no hay fármacos para el corazón, la cabeza ni la diabetes.
Redacción Actualidad
[email protected]
Quito
Salomón Mosquera (60 años) pertenece al grupo de enfermos crónicos que se atienden en el Hospital
Carlos Andrade Marín (HCAM), de
Quito. Tiene diabetes y por ello
debe tomar a diario la pastilla Lantus para subir el nivel de insulina.
Ayer se acercó a retirar su medicina,
pero le informaron que no había.
“Me cuesta 18 dólares el frasco y
me puede durar un mes, dependiendo de cómo tenga la glucosa, si
me aumenta puntos o no. Como no
hay, me toca pagar a mí”, comenta
consternado Salomón mientras solicita al IESS que agilice los procesos de entrega de medicamentos.
Gustavo Fonseca sufrió un ataque cardíaco hace algún tiempo y
está delicado de salud. Su esposa lo
acompañó a retirar Atorvastatina
(medicina para reducir el colesterol), pero no se la entregaron en la
farmacia del IESS. “Desde hace 6
meses no hay esta medicina y es
cara. Para comprar 15 pastillas
debo tener $ 29”, explica la señora.
La semana pasada a María Narváez no le entregaron Losartán para
el corazón. Ella está preocupada
porque su salud depende de este
fármaco. “Quisiera que haya más
presupuesto para la compra”, dijo.
Debido a casos como estos, el pasado 24 de junio el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS)
declaró la emergencia para la adquisición de fármacos e insumos médicos.
En una entrevista pasada concedida a EL TELÉGRAFO, José Martínez Dobronsky, director general del
IESS, explicó que ante la imposibilidad de Enfarma de proveer 148
medicamentos, deben adquirirlos
en otras farmacéuticas.
Por ello el IESS convocó a un
concurso para receptar las ofertas,
ARCHIVO
que podrán ser presentadas hasta el
próximo lunes. Al momento, 60 empresas han entregado sus propuestas, según informó el IESS. Para la
emergencia, la entidad ha destinado
$150 millones debido a la premura
en la adquisición.
Dobronsky afirma que esta carencia se debe a problemas estructurales como la falta de producción
nacional, de planificación de proveedores y el cambio de administración.
Aseguró que junto a la declaratoria de emergencia ya están trabajando en un proceso de planificación que permita el abastecimiento
durante el último trimestre 2014,
más el 2015 y 2016.
“Desde luego lo que buscamos es
salvaguardar los recursos de los afiliados, administrarlos de forma correcta y con esto garantizar la sostenibilidad. Es decir que se maneje
con un presupuesto sostenible
DESTACADO
Hay 773 ítems en el cuadro
básico de medicamentos.
317 son sensibles de estar
en estado crítico.
donde efectivamente las prestaciones que brinde el IESS sean de calidad, pero también se mantengan a
lo largo de los años”, agregó.
En la farmacia del Hospital Andrade Marín también se encontraron pacientes que tuvieron suerte.
Por ejemplo, Iván Vivas adquirió
dos cajas de medicinas para su hermana que se encontraba internada
tras sufrir un accidente de tránsito.
Entre las medicinas que están
disponibles figuran las pastillas
omeprazol, insulina, paracetamol y
clindamicina, según los usuarios
consultados.
Cap. Guido Saltos Martínez C:I: 170021446-1
En la edición del día miércoles 18 de
junio de 2014, diario EL TELÉGRAFO,
bajo el título “Exdueños de ÍCARO
traspasaron los bienes a 9 empresas
propias para evitar embargos”, inicia
un relato vilipendioso, sesgado y
carente de verdad, razón suficiente que
me obliga a solicitar el derecho a la
réplica, según lo faculta el artículo 24
de la Ley Orgánica de Comunicación, y
así dar mi versión de los hechos
exigiendo al mismo tiempo que ésta
sea reproducida de forma íntegra y no
parcial.
1). Debo comenzar aclarando que
ningún miembro de mi familia es o ha
sido accionista de la compañía Ícaro
S.A. desde su constitución en el año de
1971 hasta su disolución en el año 2011,
por lo tanto conmino a diario El
Telégrafo a que demuestre lo contrario
tal y como lo afirma el título de la
infografía. La nómina de accionistas de
la compañía Ícaro está conformada por
personas naturales y jurídicas, siendo el
suscrito el accionista mayoritario:
a) Saltos Martínez Guido Gualberto;
b) Aeroclub Carlos Gudiño;
c) Gangotena Escudero Domingo
Octavio;
d) Inversiones Alfa C.A.
2.- Referente al supuesto hecho que se
“traspasaron entre 2010 y 2011 los
bienes a 9 empresas para evadir
responsabilidades laborales, tributarias
y legales”, diario El Telégrafo sin
embargo asevera que se habría
“transferido” solamente a tres de las
nueve empresas mencionadas. ¿Qué
sucedió entonces con las otras seis?,
¿son nueve o son tres? Parecería
incompleta la “investigación” realizada
por ese Diario.
Adicionalmente a lo anterior y como
contribución a la “investigación”
realizada por diario El Telégrafo en
torno a las tres empresas a las que
supuestamente se habrían transferido
los activos de ÍCARO, debo aclarar lo
siguiente: en el año 2002 por
resolución de la Junta General de
Accionistas de la Compañía ÍCARO S.A.,
se estableció la necesidad de iniciar un
proceso de escisión para así crear
nuevas empresas que administrasen los
distintos negocios hasta ese momento
desarrollados. Es así que, en el año
2003, se constituyó la compañía
AEROTRAINING S.A., cuya
responsabilidad fue asumir
enteramente la administración de la
escuela de pilotos, mientras que la
compañía AIRLIFT S.A. hizo lo propio en
el año 2005 con las actividades
relacionadas a los helicópteros; en
cuanto a la compañía SKYWINGS S.A.,
ésta se constituyó en el año 2010,
dentro del mismo marco descrito
anteriormente. Todas las compañías
fueron intervenidas y posteriormente
disueltas el mismo día, en un acto sin
precedentes realizado por la
Superintendencia de Compañías (SC).
3.- Es oportuno que Diario EL Telégrafo
precise a qué se refiere cuando
menciona “empresas propias”, ya que si
nos remitimos a la misma infografía
publicada, se desprenden únicamente
los nombres de los administradores
mas no de los accionistas. Es cierto que
mis hijos constan como administradores
en la mayor parte de ellas y no conozco
ley alguna que prohíba aquello, incluso
así hubiesen actuado en calidad de
accionistas tampoco hubiese existido
delito alguno. Diario El Telégrafo deberá
demostrar que existieron actos ilícitos
en las compañías mencionadas, ya sea
por parte de la administración o de sus
accionistas.
4.- De las nueve empresas
mencionadas, todas con excepción de
una, fueron constituidas antes del año
2005, mientras que las glosas de ÍCARO
fueron emitidas en el año 2009, es fácil
entonces colegir que las empresas
fueron creadas con un propósito
meramente corporativo y no
obedeciendo a un acto predeterminado,
un “fraude societario”, como
cínicamente pretendería darse a
entender.
5.- La infografía cita con argumentos
carentes de investigación lo siguiente:
“Guido Saltos vendió todo, incluso una
avioneta Cessna de la Dirección de
Aviación Civil, antes de liquidar la
compañía...”.
Es preciso al respecto aclarar que,
dentro de la pobre investigación
realizada por ese medio de
comunicación, en efecto existe una
avioneta tipo Cessna T-41 de matrícula
HC-BJI y hubo otra adicional que se
accidentó el 22 de mayo de 1990 cuya
matrícula era HC-BJH, ambas de
propiedad de la Fuerza Aérea
Ecuatoriana. La accidentada fue
reemplazada con el pago del seguro por
otra aeronave que ahora, en cambio,
ha sido vendida por el propio liquidador
de AEROTRAINING S.A., o sea
funcionario de la Superintendencia de
Compañías, a una empresa privada.
¿Cabe entonces la insinuación de
presunción de delito también en contra
del liquidador que dispuso de una
aeronave que en teoría pertenecería
también a la FAE?
Las avionetas mencionadas al igual que
otra docena, fueron entregadas hace
más de 30 años en donación a todas las
escuelas y aeroclubes del país, gracias a
la gestión del entonces Comandante
General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana,
General Héctor Vásconez; ÍCARO fue una
de las beneficiarias de dicha donación,
sin embargo, y con el paso de los años,
todas las personas naturales y jurídicas
que recibieron las aeronaves de la FAE
en las mismas condiciones que recibió
Ícaro, legalizaron el traspaso de éstas
en beneficio propio al punto de que
muchas fueron luego vendidas.
6.- Es lamentable el hecho de que se
utilice a los exempleados de la
Compañía como instrumentos para el
descrédito de quien en su momento les
dio cabida en una empresa que fue el
sustento por muchos años tanto de
ellos como también de sus familias,
independientemente de la situación y
razones por las que ésta haya
atravesado que no fue deliberada.
Fuese distinto si el criterio provendría
de quienes manejaron el área
económica de la compañía, me refiero
a los exvicepresidentes financieros,
contadores o tesoreros, extrañamente
no se los ha tomado en cuenta. Quiero,
sin embargo, referirme al Capitán Byron
Mina Quiñónez, de quien me llama la
atención su actitud ya que lo conozco
desde que fue mi alumno en la escuela
de Pilotos de ÍCARO hace ya más de 30
años, fue precisamente ésta la que le
abrió las puertas al primer trabajo al
cual él tuvo acceso dentro de la
aviación en calidad de instructor de
vuelo, esto debido a la alta
consideración y aprecio que siempre he
guardado por su familia,
particularmente por su madre, una
distinguida política de la provincia de
Esmeraldas.
En cuanto al señor Giraldo, recuerdo
que es un técnico colombiano quien no
tenía trabajo en su país y le abrí las
puertas de ÍCARO, compensándole
incluso con el costo de la vivienda y un
permiso de trabajo en la ciudad de
Quito.
ÍCARO se caracterizó siempre por formar
gente nueva en todas sus áreas y me
congratulo de aquello, ya que
formamos excelentes profesionales que
hoy en día son parte no solo de la
aviación local, sino también mundial,
muchos, la gran mayoría por cierto,
gratos con la oportunidad que
recibieron en su momento.
7.- Es falso que los liquidadores hayan
suscrito un inventario preliminar de
bienes en conjunto con los
administradores. Según el artículo 387
de la Ley de compañías en su segundo
inciso, el primer liquidador, es decir el
muy cuestionado funcionario designado
por la Superintendencia de Compañías,
quien descaradamente surgió luego
como accionista y administrador de la
compañía de aviación
SUDAEROECUADOR S.A, me refiero al
ciudadano Darwin Manuel Jaramillo
Granda, debía él precisamente suscribir
un inventario y balance inicial de
liquidación en conjunto con mi persona
como último administrador; esto nunca
se realizó. Por ende la herencia que
tuvieron los sucesores de Jaramillo
podría algún momento pasarles factura.
Ninguno de los liquidadores ha
presentado un informe a los accionistas
tal como estipula la ley.
8.- Mi lucha permanente ha sido la
búsqueda de la verdad en cuanto al
valor real de las glosas emitidas por el
SRI, las cuales son totalmente
infundadas, por eso presenté un
Recurso de Revisión que a la fecha
sigue aún pendiente. Basta en
comparar los impuestos pagados por la
empresa Pública TAME durante los
mismos años en que se glosa a ÍCARO,
para así poder sacar una conclusión que
podría conllevar a un interesante
debate del cual el SRI no saldría bien
librado.
9.- Me ratifico en el hecho de que todo
ha sido parte de una persecución a mi
persona y también a mi familia. Acudiré
a cuanta instancia internacional me
permita y siempre me he mantenido
firme en mi voluntad de ir al Ecuador,
sujeto a un juicio justo y sujeto a la
viabilidad del Recurso de Revisión
presentado hace tres años.
10.- Concluyo en un hecho
aparentemente subjetivo pero que
denota la ignorancia de quien elaboró
la infografía y es la forma en que se
refiere a mi persona como excapitán;
sin que esto me afecte, es preciso
puntualizar que soy un oficial retirado
de la Fuerza Aérea Ecuatoriana con el
grado de Capitán.
Agradezco que mi derecho a la réplica
sea concedido en los términos exigidos
por la ley, y estoy presto para cualquier
aclaración al respecto.
RESPUESTA DE LA REDACCIÓN
Edición del miércoles 18
de junio de 2014
Exdueños de Ícaro traspasaron los
bienes a 9 empresas propias para
evitar embargos Política/página 3
La familia Saltos
no atendió
nuestra consulta
Antes de la publicación, EL
TELÉGRAFO buscó la versión de
Guido y Estevan Saltos (radicados
en Miami) a través de redes
sociales y, vía telefónica, mediante
su hija, Sofía Saltos. Su esposo y
exgerente de una de las empresas
mencionadas, Álvaro Ortiz, se
comprometió a enviarnos la
información, que aún esperamos.
12
OPINIÓN
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
Director: Orlando Pérez Jefe de Editores: Karla Pesantes Editores Jefes: Néstor Espinosa, Omar Jaén, Elías Vinueza
Editor Gráfico: Xavier Peña Merchán Coordinadora Regional Quito: Geovanna Melendres Coordinador Regional Sur: Rodrigo Matute Coordinador Regional Centro: José Miguel Castillo
Gerente General: Santiago León Abad
EDITORIAL
El Código Monetario
debe discutirse desde
el interés público
Desde el anuncio de su elaboración se
había advertido que la reacción no
sería suave, y mucho menos para
pensar en el país, sino en los intereses
particulares de un sector económico.
Y es evidente que para ello no está
solo: cuenta con el aparato político y
mediático. Se entiende, pero no se
justifica. Si el sector bancario coloca
en publicidad anual, en la mayoría de
medios, por encima de los 100
millones de dólares al año, es obvio
que su ‘mejor’ retaguardia va a estar
ahí. Por eso, y aunque se haga con la
mejor intención, hay que tomar con
pinzas todas las supuestas críticas al
proyecto de Código Monetario y
Financiero. Y si hay que discutirlo,
que sea desde el interés público,
pensando cómo avanzar en la
armonización de nuestra legislación
con la realidad. Mucho más si -como
han dicho algunos críticos- la
normativa neoliberal que justificó la
crisis de 1999 está vigente. No estaría
de más que esos mismos medios que
dan cabida a los representantes de un
sector explicaran en detalle el código.
Fabrizio Reyes De Luca
[email protected]
ygmunt Bauman, uno de los grandes filósofos contemporáneos, ha escrito algunos ensayos sobre la modernidad y la posmodernidad, donde asegura que vivimos
‘tiempos líquidos’ y por igual, ‘amor y miedo líquidos’,
para señalar cómo los vínculos se han vuelto transitorios
y los miedos consistentes. Nada permanece, hay una discontinuidad, los sentimientos son efímeros. Observamos
una crisis profunda de valores que sacude a la sociedad,
nada es estable ni garantiza el seguimiento ético de la conducta humana.
El interés en las ideologías trascendentales ha decaído y las instituciones, la religión y la familia se han
vuelto más indeterminadas.
Vivimos y morimos todos los días sin encontrar algún sentido a nuestras vidas. Trivializamos todos los
eventos cotidianos despojándonos de cualquier buena intención que nos haga trascender. Los hombres líquidos,
sin permanencia ni seguridad, viven el momento, no planean a largo plazo. El pragmatismo es aterrador.
Z
Especial para El Telégrafo
Michelle Bachelet, presidenta de Chile. Fue la
primera Directora Ejecutiva de ONU Mujeres
ste año 2014 es un año muy significativo para el
avance en la construcción de un mundo más
equitativo entre hombres y mujeres. Comenzamos una celebración de un año para conmemorar
los 20 años de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing en 2015. Esta plataforma ha proporcionado un marco de referencia que ha orientado a
los países en el diseño de políticas públicas para
avanzar en la concreción de la igualdad de género,
evidenciándose importantes avances en distintos
ámbitos.
Sin embargo, los resultados no son del todo
satisfactorios. Aún son muchas las inequidades y
desigualdades que debemos vencer, en materia política, económica y social.
En materia de participación incidente de las
mujeres en espacios de decisión, siguen evidenciándose profundas desigualdades.
Reflejo de ello es que en enero de 2014, solo 9
mujeres ocupaban el cargo de Jefa de Estado y 15 el
de Jefa de Gobierno. Asimismo, solo un 21,8 por
ciento de las y los parlamentarios nacionales son
mujeres, y a nivel mundial hay 38 Estados en los
que las mujeres representan menos del 10 por
ciento de las y los parlamentarios. Estas desigualdades resultan más críticas en regiones como el Medio
Oriente, África del Norte y Asia.
A partir de enero de 2014, solo el 17 por ciento
de las y los ministros de Gobierno fueron mujeres,
pero la mayoría en carteras relacionadas con sectores sociales, como la educación y la familia, lo cual
evidencia la reproducción de patrones estereotipados, en torno al rol de las mujeres en la sociedad.
Considerando que las mujeres representamos
el 51 por ciento de la población mundial, estos datos ponen de manifiesto la profunda subrepresentación de las mujeres.
Esto propicia la invisibilización de las legítimas demandas y necesidades que tenemos como
género. Lo anterior no solo constituye un desafío en
términos de justicia, sino que también representa
un importante déficit en la calidad de nuestras democracias.
Tenemos, por lo tanto, el imperioso desafío de
avanzar en la construcción de mecanismos institucionales para incorporar equitativamente a hombres y mujeres a los espacios de decisión política a
nivel mundial, nacional y local. Así, podremos construir democracias más sólidas y sociedades más justas.
El ámbito económico continúa siendo otra dimensión de importantes inequidades. Las mujeres
siguen enfrentando mayores dificultades para insertarse en el mundo laboral. Cuando las mujeres
perciben ingresos, ellas tienden, más que los hombres, a invertir en sus familias y comunidades, reduciendo el hambre, la pobreza y la desnutrición,
generando externalidades positivas para toda la so-
E
Cuando la equidad
sea un hecho y no
un anhelo
ciedad. Tomando nota de esta situación, los países
deben realizar mayores esfuerzos en materia de inserción de las mujeres en el mundo del trabajo. El
trabajo remunerado también nos permite desarrollarnos como personas, integrarnos al espacio público, por tanto, es un derecho de todos y todas.
Ahora bien, la inserción de las mujeres en el
mundo del trabajo es necesaria, pero no es suficiente cuando el mercado del trabajo reproduce
odiosas desigualdades de género.
En ese sentido, sigue siendo mayor la participación femenina que la masculina en el trabajo informal, el que está asociado a mayor precarización
en términos de estabilidad laboral y seguridad social.
Las mujeres del mundo ganan en promedio entre un 10 y un 30 por ciento menos que los hombres
por igual trabajo, reflejando una valoración injusta
del aporte de las mujeres a la economía. Para resolver esto necesitamos políticas intersectoriales que
involucren el compromiso no solo del Estado, sino
también de la sociedad civil y del sector privado.
Por otro lado, millones de mujeres están en
riesgo de contraer infecciones de transmisión sexual, embarazos no deseados -e inseguros-, debido a
la falta de acceso a servicios de salud sexual y reproductiva y de políticas planificación familiar adecuada.
Las violencias ejercidas contra las mujeres son
quizá la esfera más dura de las inequidades. Estas
violencias están, generalmente, arraigadas en patrones culturales que las validan. En muchos países no
existen políticas públicas que propendan a modificar conductas, donde mujeres y hombres tengamos derecho a vivir sin violencia y, por tanto, avancen en erradicar las violencias de género.
Los esfuerzos por reducir la violencia contra
las mujeres no han sido suficientes.
Esta problemática plantea desafíos a largo
plazo, donde se conjuga una educación que promueva el respeto por los derechos humanos y políticas y marcos jurídicos adecuados que garanticen
el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia. Políticas públicas que aborden con fuerza no
solo la atención y sanción de la violencia contra niñas y mujeres, sino también y fuertemente la prevención.
A casi 20 años de la Declaración y Plataforma
de Acción de Beijing, debemos reconocer los importantes avances que han sido posibles gracias al compromiso de organismos internacionales, de los Estados y de la sociedad civil. Sin embargo, aún tenemos
desafíos pendientes, porque la construcción de un
mundo más justo requiere de más igualdad y equidad entre hombres y mujeres.
Solo cuando esta equidad sea un hecho y no
un anhelo, habremos cumplido cabalmente la misión de esta plataforma de acción.
Tiempos líquidos
La gente de los ‘tiempos líquidos’ no tiene ninguna
creencia en la vida espiritual trascendente, no vive para el
porvenir, sino para un hoy perpetuo. Bauman asume una
idea plasmada por el escritor Milán Kundera, en su obra
Los testamentos traicionados, en la que se anota que el escenario de nuestras vidas hoy, está envuelto en una niebla,
“en la niebla se es libre, pero es la libertad de alguien que
está entre las tinieblas”. Al redefinir la libertad, se habla
de ella festinando el criterio y otorgándole una ocupación
absoluta de destinos egoístas. No se es libre sin compartir
la solidaridad, y no hay libertad viable sacrificando los derechos compartidos de la comunidad.
En los ‘tiempos líquidos’ se deambula a espaldas de
la espiritualidad. Nadie está satisfecho y, en vez de modificar internamente su conciencia moral para irradiar amor
a los demás, se vive en un estado de sedición del cuerpo,
compitiendo en niveles egoístas, en una inútil carrera contra el tiempo, que finalmente conduce a la desintegración
de la familia y la sociedad. Claro que se es libre, más libre
individualmente, pero es la libertad de alguien que está en
tinieblas. Todo es menos consistente en los afectos dentro
de un vacío ilimitado de excrecencias. El llamado progreso
es relativo, y no puede circunscribirse a la era digital y a
los saltos cibernéticos.
Detrás de los digitadores, de las fabulosas e ingeniosas computadoras y equipos electrónicos, hay un eclipse
de amor, un cúmulo de ansiedades y un desperdicio de cavilaciones sociales y espirituales que hacen de muchos
unos humanoides sin personalidad ni profundidad intelectual.
“Si no hay Dios, todo está permitido”, decía Dostoievski, en su novela Los hermanos Karamazov. Aun
cuando no haya Dios, el amor es fundamental, trascendente y espiritual.
San Agustín dijo: “Ama y haz lo que quieras”, porque Dios es amor, y el amor redime, nos ata a una permanencia de fe y esperanza, válido en estos ‘tiempos líquidos’, para nuestra angustia de vivir sin sentido.
OPINIÓN
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
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La lucha por
el agua
Aún quedan tres
sí es. De los cinco cubanos detenidos en la Florida, el
12 de septiembre de 1998, acusados de terrorismo, ya
han sido liberados dos: René González, sentenciado a
15 años de prisión, y Fernando González Llort, a 19, luego
de cumplir sus condenas en prisiones de alta seguridad.
¿Qué crimen cometieron?
El trabajo exclusivo de los cinco consistía en recopilar información sobre futuros actos terroristas a realizarse
contra Cuba, para poder prevenirlos.
Recordemos que, desde los primeros meses de la Revolución, se llevaron a cabo transformaciones radicales,
derrumbando las bases económicas, ideológicas y sociales
que sustentaban el viejo estado burgués. Como respuesta
se impuso el bloqueo económico y, con él, todo tipo de acciones y sabotajes terroristas.
El 15 de abril de 1961, para derrocar la Revolución,
los exiliados cubanos bombardearon la Flota Aérea Cubana.
En el entierro de las víctimas, Fidel proclamó el carácter
socialista de la misma. El 17 se produjo el desembarco en
Playa Girón. En menos de 72 horas fueron hechos prisioneros cerca de 1.200 mercenarios. No se maltrató a ninguno.
En 1976 se llevó a cabo uno de los más crueles sabotajes, la
destrucción en pleno vuelo de un avión civil cubano con 76
pasajeros. Su autor, Luis Posada Carriles, ligado a la mafia
del exilio, residente en Miami. Cuba es uno de los países
del mundo que más ha enfrentado el terrorismo.
Aún quedan en prisión Gerardo Hernández, sentenciado a 2 cadenas perpetuas más 15 años; Ramón Labañino, cadena perpetua más 18 años; y Antonio Guerrero,
cadena perpetua más 10 años. Condenas insólitas. Con
ellas, lógicamente, jamás saldrán en libertad. Una expresión de salvajismo.
En EE.UU. existe el derecho de cambiar la sede de
un juicio, en el caso de que el acusado solicitare que lo
juzguen en otra parte. Es un derecho que viene desde la
época de los romanos, cuando se cree que hay motivos
para dudar que en un determinado lugar no lo van a juzgar
imparcialmente. Lo que no ocurrió con ellos. De ahí que
fueron sancionados por el odio a Cuba, a su Revolución.
Condenándolos por delitos graves que no cometieron.
El 15 de junio de 2009, la Corte Suprema de Justicia rechazó la petición de la revisión del proceso. Su decisión salió del ámbito legal y se transformó en un asunto de
carácter político. ¡Es admirable cómo la solidaridad ha
crecido!
El próximo 5 de julio se realizará en nuestro país, en
Montecristi, la XVII Asamblea Nacional de Amistad y Solidaridad con Cuba, en homenaje al 172 aniversario del natalicio de Eloy Alfaro y 55 del triunfo de la Revolución Cubana. En ella se demandará la libertad de los tres cubanos,
sancionados con extrema crueldad, para darles gusto a los
exiliados de Miami.
En homenaje a los derechos humanos, que tanto
pregona, el presidente Barack Obama debe darles la libertad.
A
Jaime Galarza Zavala
[email protected]
ste 4 de julio se cumplen 238 años de la Declaración de Independencia de Estados Unidos, memorable para la humanidad entera por lo que significó entonces la
ruptura de un pueblo notable con el colonialismo inglés, tan bárbaro y destructor como todos los colonialismos. Pero las cosas no están hoy para celebraciones ni
para alabanzas a la nación cuyo ‘destino manifiesto’ fue siempre, desde aquella fecha
gloriosa, la dominación mundial por todos los medios, con permanente empleo del
asalto y la fuerza. Basta echar un vistazo a lo sucedido con América Latina en el siglo
veinte: desembarco de tropas y ocupación brutal de México, Cuba, Nicaragua, Haití,
República Dominicana, Guatemala, Granada y otros países; desmembramiento de Colombia para formar artificialmente Panamá y apoderarse del canal; implantación de sátrapas como Somoza, Trujillo, Batista, Stroessner, Pérez Jiménez, otros. Cadena de golpes de Estado en América del Sur, con particular violencia en Argentina, Brasil, Chile,
Uruguay, Bolivia. Desaparición de líderes continentales, como ‘Che’ Guevara, Allende,
Torrijos, Roldós y tantos más en cada uno de nuestros pueblos, a lo que se añade el imperio de la tortura y la institucionalización de los desaparecidos, todo en medio del
Plan Cóndor, el Plan Viola y otros tantos creados por la CIA y el Pentágono, con invariable participación de la ultraderecha y el apoyo del Mossad, esa fanática CIA de Israel.
¿Y el panorama mundial de los últimos años? Para no hacer larga la lista de
E
Escríbenos a: [email protected]
Antonio Quezada Pavón
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Los especialistas coloniales no quieren reconocer que la cultura ha
cambiado y se apresuran a apoyar las tradiciones de la sociedad nativa.
Son precisamente los colonialistas los que se han vuelto defensores y
partidarios del estilo de vida nativo”, lo dijo hace más de medio siglo Frantz
Fanon en su libro Los condenados de la Tierra, que es un análisis psiquiátrico y psicológico de los efectos deshumanizantes de la colonización sobre
el hombre como individuo. Es una advertencia a los académicos investigadores para que se abstengan de participar ingenuamente o de actuar con un imperialismo filantrópico y que actúen y vuelvan a pensar en forma crítica
cuando apoyan los conocimientos, las culturas, derechos y manejos de los recursos naturales ‘indígenas’, y lo pongo entre comillas por la complejidad de
definir este concepto.
En muchas regiones del mundo, los sistemas de gestión hídrica campesina e indígena constituyen la base fundamental del sustento local y de la
seguridad alimentaria nacional. En la mayoría de los países andinos, por
ejemplo, las comunidades indígenas y campesinas son las principales proveedoras de alimento para la población. Por lo tanto, la seguridad de acceso
al agua y a los medios para manejar sus sistemas hídricos es de importancia
crucial. Sin embargo, a más de la históricamente desarrollada y extremadamente desigual distribución y acceso al agua, los derechos consuetudinarios
sobre el agua en los países latinoamericanos y en otros continentes están
bajo una presión creciente. Consecuentemente, los millones de usuarios indígenas del recurso se hallan estructuralmente entre los grupos más pobres
de la sociedad. Además, generalmente no están representados en los organismos a cargo de la toma de decisión nacional e internacional, lo que contri-
“
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de 1.200 caracteres, en caso de exceder ese límite,
nuestro diario se reserva el derecho de editarlas.
A propósito de las investigaciones
Se escucha con mucha frecuencia que la investigación en todos los campos y
órdenes de la vida nos sacará del subdesarrollo y pasaríamos a ser “un país del
primer mundo, mas no de la periferia”.
El impulso que actualmente da el Gobierno a la educación, especialmente a la
superior, se supone que nos llevará a ese objetivo; por lo tanto, son plausibles
las exigencias del Ceaaces a las universidades del país; y si los parámetros para
que obtengan una muy buena calificación son las investigaciones y
publicaciones que realizan, así como el número de graduados -entre otras
exigencias-, es lógico que debe existir un presupuesto para ello, así como todas
las facilidades para que las y los investigadores, estudiantes o maestros, puedan
realizarlas.
Sin embargo, da la casualidad de que existen muchas investigaciones que cumplen
con todo el rigor científico, que son de sumo interés para las comunidades o
localidades y que no pueden ser editadas y publicadas porque no existen los
mecanismos para ello: los diferentes núcleos de la Casa de la Cultura no disponen de
medios económicos; las universidades se empantanan en exigencias burocráticas, los
gobiernos locales no disponen de presupuesto, el Ministerio de Cultura no se da por
enterado; y si acaso se hace efectiva una publicación, las exigencias son en favor de
la entidad que la auspició. Por ejemplo, de 1.000 ejemplares editados corresponde
una mínima parte para el autor, 100 o 200. La explicación es que el autor(a) recibe
el reconocimiento de la institución (sea cual fuere) y que se dé por bien pagado.
Como si la investigación, por iniciativa propia, no hubiera tenido gastos significativos.
De lo que sabemos, el actual Gobierno da cada vez más presupuesto para la cultura y
para la investigación; sería bueno que dichos recursos sean canalizados y que lleguen
a estas iniciativas que, estoy seguro, son bastantes y en todas las provincias de la
patria.
Atentamente
En muchas regiones del mundo, los
sistemas de gestión hídrica campesina e
indígena constituyen la base
fundamental del sustento local y de la
seguridad alimentaria nacional.
buye a una situación de creciente iniquidad, pobreza, conflicto y destrucción
ambiental.
Tenemos ya la Ley de los Recursos Hídricos, luego de una larga espera, y ya enfrenta una seria oposición. Pero realmente enfrenta retos, tanto
conceptuales como prácticos y estratégicos que nacen del hecho de que la ley
nacional, por definición, debe ser de validez uniforme, aplicabilidad general
y tratamiento igual para cada ciudadano; mientras que los sistemas legales
locales e indígenas, por el contrario, por definición enfrentan casos y diversidades particulares. ¿Cómo sortear este conflicto y esta diferencia fundamental entre la justicia legal y uniforme -orientada a lo ‘justo’ y a lo generaly la equidad local y diversa -orientada a lo ‘equitativo’ y a lo particular-?
Veamos cómo funciona nuestra ley, cómo se designa a sus organismos de control y, sobre todo, cómo resiste a la presión de todos los sectores
que dependen del agua, tanto nacional como transnacional. Recordemos que
los grandes proyectos de generación de energía son hidroeléctricos y la esperada minería y la nueva refinería necesitan de muchísima agua.
Msc. Hernán Castro Ochoa
C.C. 17-03599348
El factor altura, ¿aliado o enemigo?
No nos engañemos los ecuatorianos. Estamos a expensas de ese jugador fantasma
llamado ‘altura’, que psicológicamente intimida al jugador extranjero y nos ayuda a
ganar los partidos de las eliminatorias primarias a los mundiales de fútbol.
Por tres ocasiones nos ha llevado a la competición, sin embargo, la ‘Tri’ solo ha
conseguido resultados negativos al jugar en el llano y con una temperatura de treinta
grados o más, lo que incide en el rendimiento físico. La causa: entrenar en la altura,
aire ralo y clima frío. Feliz por asistir al Mundial, pero siempre con resultados
negativos. Debemos ser realistas y más honestos, que las futuras selecciones entrenen
en la Costa, es decir competir en el llano y con clima cálido, entonces sí, apreciar la
capacidad, primero, del DT (ningún timorato) y de los jugadores, su técnica y físico,
bases para la excelencia y obtener resultados positivos. Rechazar las excusas a la
adversidad, de dirigentes mediocres con intereses personales. No hay que estar a
expensas de la suerte, milagros o en un grupo con débiles contendores, pero sí confiar
en el talento, disciplina y mentalidad ganadora.
Atentamente
Héctor García Rivera
C.C. 0900463837
Estados Unidos: un cumpleaños sangriento
guerras emprendidas por la OTAN, bajo iniciativa norteamericana, suficiente mencionar las tragedias de Irak y Libia. Para invadir Irak se utilizaron dos escandalosas mentiras: una, que Saddam Hussein poseía armas de destrucción masiva, amenazantes para
toda la humanidad; y otra, que bajo su protección se ocultaba en Irak Bin Laden, que
en realidad andaba por Afganistán y Pakistán, como se comprobó con su muerte a manos de los yanquis. Sobre la base de esas mentiras colosales, se asaltó el país, se lo destruyó por completo, se saquearon sus fabulosos museos -patrimonio invalorable de la
humanidad, se apresó y ejecutó a Saddam Hussein en una farsa legal, sin abogados ni
testigos de descargo, se entregó el petróleo al saqueo de las multinacionales y, para restablecer los servicios públicos destruidos por los bombardeos, se contrató a la Bechtel,
gigantesca multinacional, por sumas de miles de millones con cargo al petróleo iraquí.
Multinacional que en Ecuador se oculta bajo los nombres. Todo bajo la complicidad y
el amparo de administraciones de la partidocracia, habiendo engañado, estafado y explotado a los ciudadanos, sin que ninguno de los organizadores de la ‘Marcha del Agua’
contra la novísima ley haya actuado jamás contra este pulpo imperialista.
Con relación a la tragedia de Libia, el desenmascaramiento del expresidente
Sarkozy, su detención y enjuiciamiento, ha puesto sobre el tapete uno de los más tenebrosos y sucios episodios de la historia, pues se revela que Gadafi, el líder libio, hubo
de aportar 78 millones de dólares a la campaña del líder de la derecha francesa, a no
dudar bajo la promesa de ayudarlo frente al acoso de Estados Unidos, que diez años
atrás ya había bombardeado la capital Trípoli. Ayuda que era falsa y que se evidenció
poco después cuando Sarkozy fue uno de los más entusiastas gobernantes europeos en
apoyar la invasión de Libia, participar en la destrucción total del país y aplaudir el asesinato de Gadafi, condenado por la prensa independiente de Europa y Estados Unidos.
Desde luego, la política guerrerista de Estados Unidos ha entrado en un callejón sin salida en Irak, donde el gobierno que ellos impusieron por las armas ha colapsado gracias a las acciones bélicas de fuerzas pretendidamente islámicas de extrema,
pero que no son sino formaciones de mercenarios creadas por los mismos yanquis en
su afán de atacar a Irán, derrocar al Gobierno de Siria y convertir la región en un foco
incontrolable de una nueva guerra mundial, sin duda la última, pues conduciría a la extinción de la vida en el planeta.
Pese a lo cual, el presidente Barack Obama declaró hace poco en West Point:
“Nosotros somos la única potencia indispensable en el mundo”.
¡Cuánta razón tuvo Simón Bolívar al escribir esa histórica carta de Guayaquil,
el 4 de agosto de 1829! Allí le dijo a su amigo, el coronel británico Patrice Campbell:
“Los Estados Unidos parecen destinados por la Providencia para plagar de miserias la
América en nombre de la libertad”. Bolívar no alcanzó a ver que su sentencia se dirigiría más allá del continente, al planeta entero, a toda la humanidad.
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El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
MUNDO
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
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15
México conforma grupo de trabajo para niños migrantes
Lo que estamos haciendo en México es generar un plan para la frontera sur que humanice la
migración, que le quite los riesgos y que la haga controlable.
Jesús Murillo Karam - Procurador mexicano
EL GOBIERNO CREA UN INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN
PUNTO DE VISTA
Honduras descubre mafia
de tráfico de menores
Los empleados estatales facilitaban la salida de niños hacia
EE.UU. Un solo funcionario recibió hasta 50 pasaportes.
Niños migrantes hondureños están hacinados en un centro de control fronterizo en Texas, Estados Unidos.
Agencias y Redacción
[email protected]
Tegucigalpa
Ubicación
Océano
Atlá
nti
c
Belize
San Pedro Sula
o
Guatemala
HONDURAS
Tegucigalpa
El Salvador
Nicaragua
Funcionarios y empleados de la Dirección General de Migración y Extranjería de Honduras operaban con una red
de tráfico de menores e indocumentados que tramitaba pasaportes, para
que los menores pudieran salir del
país rumbo a Estados Unidos, según la
Dirección Nacional de Investigación e
Inteligencia (DNII).
Estos hechos llevaron al presidente
hondureño, Juan Orlando Hernández,
a suprimir esa entidad responsable de
la política migratoria del país, cancelar a todo su personal y sustituirla por
el nuevo Instituto Nacional de Migración (INM), informó el diario La
Prensa.
La decisión se dio el mismo día en
que la primera dama Ana García de
Hernández rindiera un informe sobre
las condiciones infrahumanas de miles de niños hondureños detenidos en
estaciones migratorias de Estados
Unidos, lo que ha causado una crisis
humanitaria en la frontera entre México y Estados Unidos.
García indicó además que la mayoría de los niños viajan solos y en el trayecto son violados por los coyoteros.
El pasado 11 de junio, el presidente
Hernández ordenó intervenir la Dirección General de Migración y Extranjería y con base en las investigaciones se
decidió suprimirla y reestructurar su
personal, para lo cual se evaluarán y
certificarán los empleados y se contratarán nuevos oficiales migratorios.
FOTOS DEL DIARIO BREITBART DE TEXAS
“No vamos a permitir que los delitos, que las faltas que han cometido
funcionarios que actualmente están
en la Dirección General de Migración,
se queden impunes. Es triste, doloroso, lamentable, confirmar que este
fenómeno de los niños y trata de personas tiene participación de gente que
ha estado trabajando supuestamente
en representación del Estado, en Migración”, dijo el gobernante.
El secretario del Consejo de Ministros, Ebal Díaz, por su parte, indicó al
diario El Heraldo, que se descubrió
“toda una mafia” que documentaba,
sacaba pasaportes y facilitaba la actividad de los traficantes de personas.
En los últimos meses, particularmente en mayo y junio, las autoridades hondureñas detectaron un alto
porcentaje de emisión de pasaportes a
menores de edad, particularmente un
incremento de un 40% en la emisión
de documentos a niños y un 60% a
niñas. Se descubrió que una sola per-
PIDE REVISAR CASO POR CASO
CIFRA
Ante la petición de ayuda que hizo el
presidente estadounidense Barack Obama
al Congreso para acelerar la deportación
de niños migrantes centroamericanos, el
Gobierno de Honduras reiteró que
solicitará a ese país que revise caso por
caso la situación de los menores
hondureños.
El vicecanciller de Honduras, Roberto
Ochoa, declaró que su país no comparte
la visión de repatriación de los niños
migrantes que han ingresado de manera
indocumentada a la nación del norte
durante el último año.
Ochoa constató junto a la primera dama,
Ana García, la situación de cientos de
niños hondureños y centroamericanos que
se encuentran hacinados en los centros de
detención de la Patrulla Fronteriza de
Estados Unidos, específicamente en el
estado de Texas, donde está la mayoría de
niños migrantes no acompañados.
Estados Unidos enfrenta una difícil
situación migratoria por la llegada de
unos 52.000 niños no acompañados
desde octubre de 2013 a la fecha, en su
mayoría centroamericanos.
$ 600
millones genera al año la industria
del tráfico de personas en Honduras,
según datos oficiales.
sona recibió 50 pasaportes.
Se estima que, en Honduras, la industria del tráfico de personas genera
capitales ilícitos de unos $ 600 millones al año, es decir 12.600 millones de
lempiras (la moneda local).
Díaz indicó que el aspecto migratorio es bastante delicado si se considera que, de mayo a la fecha, más de
13.000 niños hondureños han migrado de forma ilegal a EE.UU. y hay
casos de ciudades como Siguatepeque, donde prácticamente se están
quedando sin niños porque emigran
para encontrarse con sus padres, con
el riesgo de sufrir abusos.
El mandatario
quiere evitar la
repatriación
Néstor García Iturbe
ALAI, América Latina en Movimiento
La reforma migratoria de Obama
Uno de los temas principales en la
campaña presidencial del actual
presidente de Estados Unidos, Barack
Obama, fue la Reforma Migratoria, que
establecería para detener las
deportaciones y que los inmigrantes que
se encuentran en Estados Unidos
pudieran legalizar su situación, en
especial los jóvenes.
Todo eso, como estrategia política para
ganar una elección, resultó efectivo. Los
votantes latinos, cuyos amigos y
familiares tenían esperanza de algún día
poder ser residentes o ciudadanos
estadounidenses, no lo pensaron dos
veces y en su mayoría votaron por
Obama. Una vez más confiaron en la
promesa que les hacía el político.
¿Cuál ha sido la realidad? Bien distinta,
por cierto.
La administración Obama ha deportado
más de dos millones de inmigrantes
ilegales, superando el total de
deportaciones alcanzado por cualquiera de
las administraciones anteriores. Me refiero
a las de Bush hijo, Clinton, Bush padre y
otras que le precedieron.
En junio de este año, el gobierno del
Premio Nobel de la Paz solicitó al Congreso
2.000 millones de dólares para llevar a
DESTACADO
Obama ha planteado
acelerar la detención y
deportación de trabajadores
indocumentados.
cabo el arresto y la deportación de cerca
de 60.000 niños centroamericanos que
han entrado ilegalmente en Estados
Unidos. Cerca de 40,000 de estos niños
proceden de Guatemala, Honduras y
México.
Además del encarcelamiento y deportación
de estos niños, la administración Obama
ha planteado acelerar la detención y
deportación de trabajadores
indocumentados, principalmente los
procedentes de Centroamérica.
Como una consecuencia directa de esta
política, se plantea la necesidad de
incrementar la Policía de inmigración, los
centros de detención y los jueces
encargados de analizar cada caso y
determinar la deportación de los
implicados.
Muchas de las propias organizaciones
estadounidenses, que se dedican a la
vigilancia de las violaciones que se
cometen de los derechos humanos,
principalmente la Sociedad Americana de
Libertades civiles, han planteado que en
estos centros de detención no se les da el
tratamiento adecuado a los niños, pues
estos reciben una pobre alimentación y
viven en pésimas condiciones sanitarias.
Los inmigrantes detenidos por las
patrullas fronterizas reciben un
tratamiento humillante, con frecuencia
los colocan en celdas donde tienen que
dormir en el suelo y soportar un frío
extremo. La alimentación que reciben es
poca y mala, por lo regular no se les
suministran productos para el aseo. Los
detenidos que padecen alguna
enfermedad crónica se les niega todo tipo
de tratamiento médico. En los centros de
detención algunos detenidos han recibido
golpizas y sufrido asaltos sexuales.
Para el reforzamiento de la vigilancia en
la frontera, se han planteado inversiones
importantes en equipos técnicos y otros
medios, que permitan detectar a los
inmigrantes en los momentos en que
están penetrando en territorio
estadounidense.
Esto incluye, entre otras cosas, la
construcción en la línea fronteriza de altas
murallas de concreto, la utilización de
equipos que detectan el calor del cuerpo
humano y la vigilancia fronteriza
utilizando drones.
En relación con esta situación, el
vicepresidente de Estados Unidos, Joe
Biden, durante un reciente viaje a
Centroamérica, haciendo gala de un
extremo cinismo, planteó que el
problema del incremento de la
inmigración ilegal lo causaba la pobreza,
la inseguridad y la falta de observación
de las leyes existentes en El Salvador,
Guatemala y Honduras.
Lo que no dijo el vicepresidente Biden es
que las desastrosas condiciones
económicas y sociales en que viven
muchos pueblos de América Latina son
consecuencia del dominio imperial que
EE.UU. ha ejercido y ejerce sobre ellos.
75 PERSONAS PERECIERON EN EL MAR
El drama de los migrantes en
el Mediterráneo se agudiza
Agencia AFP
Roma
La desaparición de otros 75 inmigrantes en un naufragio en el Mediterráneo suscitó alarma ayer en Italia, puerta de entrada a la Unión Europea, principal meta del flujo de
refugiados provenientes de zonas en
conflicto de África.
Según el Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur), basado en los testimo-
nios de 27 personas rescatadas ayer
por socorristas italianos, más de 75
personas que viajaban en ese mismo
barco se ahogaron durante la travesía. “Se les considera, por lo tanto,
desaparecidos en el mar”, recalcó la
entidad de la ONU.
El Acnur estima que cerca de
500 inmigrantes y refugiados han
muerto desde el inicio del año en el
Mediterráneo.
En los últimos meses se ha contabilizado también la llegada de numerosos centroafricanos que huyen
de la violencia en su país.
16
MUNDO
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
La OEA debate hoy sobre los canjes de bonos de Argentina
El canciller argentino, Héctor Timerman, discutió ayer en Washington con el secretario general de la
Organización de Estados Americanos (OEA), José Miguel Insulza, detalles de la reunión ministerial sobre la
batalla legal de Argentina con fondos especulativos, que se realizará hoy, informó el ente regional.
HASTA AHORA HAY 763 VÍCTIMAS
PODRÍA AFRONTAR HASTA 10 AÑOS DE PRISIÓN
BREVES
Sarkozy afirma
que no cometió
ningún delito
Maduro envía saludos a Varela
11 países africanos coordinan
estrategia contra el ébola
Agencias EFE/AFP
Accra
La Organización Mundial
de la Salud (OMS) y 11
países africanos debaten desde ayer en
Accra, capital de
Ghana, las estrategias para contener
el brote de ébola
que castiga la zona
de África Occidental y que es considerado una amenaza
para la salud pública a
escala “regional y global”.
El virus Ébola ha infectado
ya a 763 personas, de las que 468
han muerto en Guinea Conakry, Liberia y Sierra Leona, informó el director de la OMS para África, Luis
Gomes Sambo.
La cumbre, efectuada en la capital de Ghana, reúne durante 2 días a
11 ministros de Salud con el fin de
coordinar medidas que permitan
atajar la peor epidemia de ébola conocida.
Gomes Sambo aseguró que el actual brote de esta enfermedad es el
mayor registrado nunca antes por el
número de casos, muertes y expansión geográfica.
La expansión del virus desde Guinea
Conakry, donde se
originó el brote a
finales del pasado marzo, se
ha visto facilitada por determinadas prácticas culturales y
creencias tradicionales, contrarias a medidas preventivas de salud.
El virus Ébola, que provoca en pocos días “fiebres hemorrágicas”, seguidas de vómitos y de
diarrea, toma su nombre de un río
del norte de la actual República Democrática del Congo (antigua
Zaire), donde fue descubierto por
primera vez en 1976.
Sin vacuna homologada, su tasa
de mortalidad oscila entre el 25% y
90% en el hombre en función de las
cepas del virus.
Venezuela y Panamá
reanudan relaciones
Los gobiernos de Venezuela y Panamá
reanudaron ayer las relaciones
diplomáticas, rotas en marzo pasado,
informó el presidente venezolano, Nicolás
Maduro, al enviar un saludo a Juan Carlos
Varela, nuevo mandatario panameño. AFP
Vigilaron a partido gobernante
India presenta queja por
espionaje ante EE.UU.
El expresidente francés fue imputado
de corrupción y tráfico de influencias.
India presentó una queja ante el Gobierno
de Estados Unidos sobre reportes de que
la Agencia de Seguridad Nacional (NSA)
espió en 2010 al partido político del nuevo
primer ministro Narendra Modi. AFP
Trabajarán de forma conjunta
Rusia y Ucrania logran
acuerdo frente a crisis
Los cancilleres de Rusia, Sergéi Lavrov, y
de Ucrania, Pavlo Klimkin, acordaron ayer,
en Berlín, trabajar conjuntamente para
lograr una distensión del conflicto
ucraniano y alcanzar un alto el fuego. AFP
El expresidente francés, Nicolas Sarkozy, sale de su residencia en París, Francia. Fue detenido
por 15 horas, imputado y puesto en libertad.
Agencias AFP/EFE
[email protected]
París
Ubicación
Detalle
Bélgica
Luxemburgo
París
FRANCIA
200 km
España
Alemania
Suiza
Italia
Mar Mediterráneo
Nunca en la historia de Francia un ex
presidente había sido puesto bajo
arresto. Esto ocurrió con el expresidente francés Nicolas Sarkozy, quien
aseguró que está “profundamente
sorprendido” por su imputación de
corrupción activa, tráfico de influencias y encubrimiento de la violación
del secreto profesional. Aseguró que
“nunca” cometió un acto contrario a
los principios republicanos, según un
extracto de la entrevista en la cadena
‘TF1’ y a la emisora ‘Europe 1’.
La entrevista completa, la primera
tras la imputación, se difundió ayer.
En la misma, Sarkozy, que gobernó
Francia entre 2007 y 2012, aseguró
que “el sindicato de la magistratura
tiene la obsesión de destruirme”.
En opinión de Sarkozy, que este
martes declaró ante la policía judicial
y en calidad de detenido durante 15
horas, se le colocó bajo detención
preventiva con la intención de humillarlo, y se está dando una imagen de
él que no se ajusta a la verdad. “Digo
a quienes nos escuchan o nos ven que
jamás he traicionado su confianza,
que jamás he cometido un acto contrario a los principios republicanos o
al estado de derecho”, aseguró el
exmandatario en ese avance.
El político conservador, primer
exjefe del Estado francés obligado a
prestar testimonio como detenido,
subrayó que no pide “ningún privilegio” y que si ha cometido los hechos
que se le atribuyen “asumirá todas
las consecuencias”, porque no es un
hombre “que escape de mis responsabilidades”.
Consideró que “la situación es lo
suficientemente grave” como para
que se pronuncie y diga ante la ciudadanía que en Francia, “el país de los
derechos humanos, el del estado de
derecho”, se está dando actualmente
“una instrumentalización política de
una parte de la justicia”.
Imputado por “corrupción”
Según informó la Fiscalía, el caso de
Sarkozy se origina por la presunta financiación ilegal de sus campañas
electorales.
La imputación se produjo tras 15
horas de declaración ante la policía
judicial en calidad de detenido, en la
sede de la brigada anticorrupción de
la policía judicial en Nanterre. Posteriormente, el expresidente fue trasladado al juzgado, donde se le comunicó la imputación. Finalmente, fue
puesto en libertad en la madrugada.
DESTACADO
En opinión de Sarkozy, se
lo colocó bajo detención
preventiva con la intención
de humillarlo.
A través de las escuchas telefónicas, los investigadores dedujeron que
Sarkozy y sus asesores recibían de un
alto magistrado filtraciones sobre las
instrucciones en curso contra el político. Para el delito de “tráfico de influencias” están previstas penas de
hasta 10 años de prisión y 150.000
euros de multa. Mientras que el Código Penal francés contempla la
prohibición de ejercer cargos públicos. Con la imputación, Sarkozy se
juega un eventual regreso a la política. Según el último sondeo de BVA,
realizado en junio, un 31% de los
franceses sigue confiando en él.
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El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
Fortaleza, noreste del país
Atardecer en el Puente de los Ingleses
En esta ciudad jugarán mañana Colombia y Brasil.
EFE
Fanático
MUNDIAL - 2014 10 días
FALTAN
[email protected]
PARA LA FINAL DEL CAMPEONATO
LOS ‘CAFETEROS’
CAFETEROS RECORDARON AYER LA MUERTE DE UN ÍDOLO, ANDRÉS ESCOBAR
Se acerca la hora
Una mezcla de ansiedad e ilusión se apodera de Colombia a un día del juego crucial en su
historia mundialista. Mañana, a las 15:00, medirá a Brasil en cuartos de final. 23
EFE
18
FANÁTICO
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
@
Ingrese a la sección Fanático a través del código QR, que deberá escanear con su celular y que, al activarse, mostrará los temas de su interés.
www.telegrafo.com.ec/fanatico.html
ASÍ ESTÁ EL CAMPEONATO
OCTAVOS DE FINAL
Brasil 1(3)-1(2) Chile
Belo Horizonte
28 de junio
Colombia 2-0 Uruguay
Río de Janeiro
MAÑANA (G-1)
Brasil vs. Colombia
Fortaleza (15:00)
30 de junio
Francia 2-0 Nigeria
Brasilia
30 de junio
Alemania 2-1 Argelia
Porto Alegre
29 de junio
CUARTOS DE FINAL
28 de junio
MAÑANA (G-2)
Francia vs. Alemania
Río de Janeiro (11:00)
Sábado 5 de julio (G-3)
SEMIFINALES
8 de julio (P-1)
9 de julio (P-2)
G-1 vs. G-2
Belo Horizonte
G-3 vs. G-4
Salvador de Bahía
TERCER LUGAR
12 de julio
Perdedor (P-1) vs. (P-2)
Brasilia
FINAL
13 de julio
Ganador (P-1) vs. (P-2)
Río de Janeiro
Holanda vs Costa Rica
Salvador de Bahía (15:00)
Holanda 2-1 México
Fortaleza
29 de junio
Costa Rica 1(5)-1(4) Grecia
Recífe
01 de julio
Sábado 5 de julio (G-4)
Argentina vs. Bélgica
Brasilia (11:00)
Argentina 1-0 Suiza
Sao Paulo
01 de julio
Bélgica 2-1 EE.UU.
Salvador de Bahía
LA IMAGEN DEL DÍA
Una
visita solidaria
El holandés Jonathan
de Guzmán posa delante
de un mosaico de Michael
Jackson durante un
recorrido por la favela
Santa Marta, en Río
de Janeiro.
EFE
FANÁTICO
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
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Donovan considera que Estados Unidos no ha mejorado
La selección de Estados Unidos volvió a demostrar que a nuestro fútbol todavía le queda
mucho por crecer con relación a los mejores del mundo, a los que no pudimos superar.
Landon Donovan - Exseleccionado de Estados Unidos
EN BRASIL, LAS ATAJADAS SE CONVIRTIERON EN UNA PARTE FUNDAMENTAL DEL ESPECTÁCULO
Los ‘candados’ del Mundial les restan
protagonismo a los goleadores
Según las calificaciones de los aficionados y la FIFA, los mejores guardametas son el costarricense
Keylor Navas, el colombiano David Ospina y el estadounidense Tim Howard, figuras con sus equipos.
Keylor Antonio Navas Gamboa
Juega en el Levante. Con 27 años y 1,84 metros
ayudó a Costa Rica a llegar a cuartos de final.
Redacción Fanático
[email protected]
Quito
MUNDIAL
BRASIL
2014
En ningún otro mundial, como en el
de Brasil, los bloqueos de los guardametas han sacado tantos elogios
como los goles. Las redes sociales se
invaden con mensajes dedicados a
los arqueros, a quienes muchos hinchas prometen erigir estatuas. David Ospina, Keylor Navas, Julio César, Rais M’Bolhi, Guillermo Ochoa,
Tim Howard... pasaron de ser nombres a sinónimos de héroe.
Y no es para menos, de los 56 cotejos desarrollados hasta ahora, en
10 los porteros fueron designados
por la FIFA como la figura del partido. Tres de los elegidos, incluso, se
ganaron el nombramiento por partida doble: Keylor Navas de Costa
Rica, Tim Howard de Estados Unidos y Guillermo Ochoa de México.
Navas se adjudicó el galardón en
la fase de grupos tras el 0-0 con Inglaterra y el 1-1 ante Grecia en octavos de final (5-3 en penales). Mien-
Timothy Matthew Howard
Su club es el Everton y con USA es el meta con más
atajadas en el Mundial. Tiene 35 años y mide 1,91.
David Ospina
Es el golero más completo. Presta sus servicios en
el OGC Niza de Francia. Tiene 25 años y mide 1,83.
Raïs M’Bolhi
Le dio seguridad a Argelia, su club es el CSKA Sofía
de Bulgaria. Mide 1,90 metros y tiene 28 años.
Francisco Guillermo Ochoa Magaña
Atajó todo ante Brasil, no tiene club pero le llueven
propuestas. Mide 1,83 metros y tiene 28 años.
tras Howard recibió el galardón por
el 2-2 ante Portugal en la primera
rueda y en la derrota 2-1 de su
equipo contra Bélgica en octavos.
Eso no es todo para Howard,
quien el martes pasado, en el estadio Fonte Nova de Salvador de Bahía, batió el récord del peruano Ramón Quiroga, que en la Copa del
Mundo Argentina 78 le detuvo 13
disparos de gol a Holanda. Ante Bélgica, el norteamericano impidió que
16 remates de los ‘Diablos rojos’ ingresen a su cabaña, constituyéndose
en la mayor cantidad de atajadas
realizadas en un lance mundialista
desde Inglaterra 66, cuando comenzó a registrarse esta marca.
En el caso de Ochoa, se lo premió
por ser el artífice del histórico 0-0
entre México y Brasil en cotejo de la
llave A y por su arrojo en el choque
de segunda rueda contra Holanda.
Lástima que el representativo ‘mariachi’ se quedó a 5 minutos de eliminar a la ‘Naranja mecánica’ y
pasó del 1-0 a favor al 2-1 en contra.
También merecieron el reconocimiento del ente máximo del balompié el argelino Rais M’Bolhi por su
papel en octavos en la derrota 2-1
con Alemania. El brasileño Julio César, luego de eliminar por la vía de
los penaltis a Chile en segunda fase.
MANUEL VILLEGAS, UNIVERSIDAD CATÓLICA
DESTACADO
de seguridad. Este rendimiento
aportó en gran medida al sorprendente desempeño del combinado
‘tico’ que en la fase de grupos doblegó a las excampeonas Uruguay e
Italia y concluyó primera tras igualar sin goles con Inglaterra.
Su actuación en los octavos de final frente a Grecia volvió a ser decisiva, no únicamente por ayudar a
mantener el 1-1 con un hombre menos en los últimos 24 minutos reglamentarios y en los 30 de alargue,
sino también por desviar un penalti
en la definición del encuentro. El
pórtico de Navas únicamente ha
caído 2 veces en Brasil 2014.
El tercer meta más seguro es Thibaut Courtois de Bélgica, con el
85,7% de balones salvados. Su arco
solo ha sufrido 2 conquistas. Los siguientes son Tim Howard con el
82,4%, Claudio Bravo de Chile con
el 81,8%, Manuel Neuer de Alemania con el 81,3%, Vincent Enyeama
de Nigeria con el 80,8% y Hugo Lloris de Francia con el 80%.
Por atajadas, el más certero es
Tim Howard, quien en 4 presentaciones salvó 28 dianas. La cifra la
consiguió en su partido 104 con Estados Unidos y, posiblemente, el último de su carrera en un mundial,
debido a su edad: 35 años.
“Los arqueros
deben ser serios,
esa es la clave”
“El papel de los goleros en este mundial
ha sido destacable. No es 1 ni 2, son varios
los que están en excelente nivel. He visto
el trabajo de Keylor Navas, no solo en la
selección de Costa Rica sino también en el
Levante de España. También son plausibles
las actuaciones de Claudio Bravo con la
selección de Chile y de Guillermo Ochoa
con la de México. Todos son serios, esa es
la clave. Un buen arquero debe lucir
concentrado y vivir el puesto según se
presente el partido. La flexibilidad, certeza
en las salidas aéreas, saber achicar, volar
a tiempo y tener facilidad de
comunicación son las virtudes de estos
jugadores. Un atributo adicional es la
capacidad de ser líberos para suplir a los
zagueros en las pelotas pasadas. Porteros
como René Higuita (Colombia) y Jorge
Campos (México) nunca fueron mis
referentes, nunca los pondría como
ejemplo a los guardametas que entreno
en la Universidad Católica de Quito”.
El español Iker Casillas es,
por el momento, el peor
meta del mundial. En 2
lances le encajaron 7 goles.
Y en la primera ronda el ecuatoriano Alexander Domínguez por el
empate 0-0 con Francia, y el italiano Gianluigi Buffon después de
que su escuadra resultó apeada por
Uruguay (1-0).
Pero si de confiabilidad se trata,
el mayor promedio está en manos
del colombiano David Ospina, que
en 4 partidos tiene el 90% de efectividad, situación que lo convierte
en uno de los menos batidos de la
lid con solo 2 anotaciones en contra. Eso, hasta ahora, lo tiene como
el mejor cancerbero de la justa, circunstancia que no es nueva para él,
ya que al terminar las Eliminatorias
Sudamericanas del presente certamen tuvo la valla menos vencida,
con 13 tantos en las 16 disputas.
El segundo en fiabilidad es el
costarricense Keylor Navas, que en
4 compromisos demostró el 87,5%
20
FANÁTICO
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
El ‘Piojo’ aún no olvida la actuación arbitral
El entrenador de México, Miguel Herrera, dejó ver su incomodidad por el tema arbitral en el Mundial de Brasil,
luego de arribar a su país. “Sigo revisando el video y no tuvimos buenos arbitrajes. Siempre fueron cosas en
contra, pero son cosas del juego”, aseguró. Agregó también que le gustaría seguir al frente de la selección.
11 TANTOS SE MARCARON EN TIEMPO EXTRA
Los goles tardíos
representan a los
que no se dan
por vencidos
INFOGRAFÍA
PABLO REPETTO, DT DE INDEPENDIENTE
Goles en tiempo añadido en el Mundial 2014
Oscar
91'
13 de junio
Chile 3 - 1 Australia
Beausejour
92'
15 junio
Suiza 2 - 1 Ecuador
21 junio
Argentina 1 - 0 Irán
Messi
91'
definieron en los adicionales, cuando el
22 junio
Estados Unidos 2 - 2 Portugal
Varela
95'
marcador parecía sentenciado.
[email protected]
Quito
MUNDIAL
BRASIL
2014
“Hay que darlo todo en los 90 minutos”. Esa frase se escucha constantemente de boca de entrenadores y futbolistas, pero los partidos
en realidad duran 3 o 5 minutos
más, que pueden ser decisivos para
el marcador y el futuro de un
equipo. En el Mundial de Brasil se
han marcado 11 goles tardíos en el
tiempo reglamentario, que significaron una derrota dolorosa, una eliminación o forzar el partido a
tiempo extra para que se decidiera
en la prórroga o en los penales.
En el partido inaugural entre
Brasil y Croacia, la selección europea estaba abajo por 2-1 y el empate
parecía que estaba por caer. Las
ocasiones creadas por los croatas
parecían romper el cerco brasileño,
pero apareció Oscar en el primer
minuto de adición para poner tranquilidad al encuentro.
Ecuador también lo sufrió en el
debut contra Suiza, en el recordado
contragolpe comandado por Valon
Behrami y que terminó con un gol
de Haris Seferovic en el final del
tiempo añadido. En la suma final, la
derrota ecuatoriana significó la eli-
minación, pues con los siguientes
resultados contra Honduras y Francia, habría alcanzado para ser el segundo del grupo E.
Dos partidos también se decidieron por un penalti en el último segundo. Grecia venció a Costa de
Marfil por un tiro desde los 11 pasos
y con eso consiguió su pase a los octavos de final y en esa ronda, Holanda se deshizo de México con la
polémica falta a Arjen Robben y el
posterior penalti ganador lanzado
por el delantero Klaas Jan Huntelaar.
Costa Rica también tuvo que sufrir y aguantar para conseguir su
histórica clasificación a los cuartos
de final. Con 1 jugador menos y el
resultado a su favor, los ‘ticos’ no
lograron resistir las embestidas
griegas y al final del tiempo adicional Samaras igualó el marcador.
En la prórroga, Costa Rica pudo
mantener la igualdad, a pesar de estar físicamente mermado y en los
penales consiguió vencer gracias a
Keylor Navas y se metió entre los 8
mejores de la Copa del Mundo.
El gol más tardío fue el del portugués Silvestre Varela, a los 95’ del
encuentro entre Estados Unidos y
su selección. Los europeos caían 2-1
hasta el final del encuentro, pero en
la última jugada un centro perfecto
de Cristiano Ronaldo encontró a Varela bien ubicado para anotar.
El partido no termina en los 90’,
sino hasta que el juez central lo determina.
La selección ecuatoriana
resignó los tres puntos en el
último minuto de un partido
clave para las aspiraciones de
superar la ronda de grupos.
Seferovic
93'
Varios partidos de la Copa se
Redacción Fanático y agencias
“Arriesgar al final
puede jugar en
tu contra”
12 junio
Brasil 3 - 1 Croacia
23 junio
Holanda 2 - 0 Chile
Depay
92'
24 junio
Japón 1 - 4 Colombia
J. Rodríguez
91'
24 junio
Grecia 2 - 1 Costa de Marfil
Samaras
93'
29 junio
Holanda 2 - 1 México
Huntelaar
94'
29 junio
Costa Rica 1 - 1 Grecia
Socratis
91'
30 junio
Francia 2 - 0 Nigeria
Joseph
Yobo 91'
(autogol)
Totales
11
Brasil 2014
9
Alemania 2006
Gráfico: Manuel Cabrera Patiño / El Telégrafo / [email protected]
9
Francia 1998
“Generalmente ocurre que en los últimos
minutos de los partidos se marcan goles,
pero hablo de los últimos 15 o 20
minutos. Pero cuando se miran los
partidos, que estaban empatados, creo
que ninguno de los 2 equipos quería
arriesgar por temor a perder.
Sobre todo el que tenía más fuerza, que se
sentía con mayor fútbol para poder ganar
el partido, no lo hizo. En el caso de
algunos encuentros, en los que todo
parecía destinado a la prórroga,
seguramente los jugadores pensaban en
reservarse un poco y dar todo en el tiempo
extra.
Arriesgar para ganar puede ser
contraproducente, porque se podría
perder el partido y más bien creo que en
la parte final se especulaba un poco. La
intención era llegar a la prórroga, en el
caso de los octavos de final, y ahí sí dar
todo, para evitar a toda costa los penaltis,
producto de que se daban empates en la
primera hora de los partidos.
Si había un resultado a favor de uno de
los equipos, hubiéramos visto choques
más abiertos.
Si recibes un gol al inicio del alargue, hay
tiempo como para igualar e intentar
remontar el marcador, en cambio si
recibes un gol en los últimos minutos del
tiempo reglamentario puede ser fatídico.
Sin duda de que en un torneo tan
importante como el Mundial, no hay
espacio para el error. A veces cuando se
arriesga una falla te puede dejar fuera y
nadie quiere dar ventaja.
Tenemos la prueba, justamente lo que le
pasó a Ecuador en el primer partido
contra Suiza, que por querer ganarlo lo
perdió.
En la eliminación del uno contra uno, a
partir de los octavos de final, eso pesa
más y por esa razón también hemos visto
resultados más apretados, que se han
definido por la mínima diferencia o incluso
en la prórroga o en los penaltis”.
FANÁTICO
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
ANOTACIONES
BRASIL 2014 TIENE LA MEJOR
MEDIA DE GOL DESDE 1982
154
24
1,69
goles se contabilizan en Brasil 2014,
con un promedio de 2,8 por partido.
anotaciones se lograron en jugadas a
balón parado. Dos fueron de Ecuador.
tantos han marcado en promedio los
equipos sudamericanos por partido.
21
LOS DATOS MATEMÁTICOS TAMBIÉN TIENEN COSAS QUE DECIR EN EL TORNEO
Bélgica, el equipo más correlón del Mundial
Quedan 8 partidos e igual número de equipos que pelean por la Copa. A las puertas de esta fase
decisiva, repasamos los números que reflejan el rendimiento de cada una de las selecciones.
INFOGRAFÍA
Selección
Recorrido
Goles
Argentina
443 km
7
Alemania
469 km
9
Tiros al arco
1 gol → 11 intentos
49
1 gol → 7,3 intentos
46
1 gol → 13,5 intentos
470 km
6
437 km
8
1 gol → 8,8 intentos
Brasil
Colombia
418 km
11
1 gol → 4,2 intentos
456 km
5 Menor goleador
428 km
10
Bélgica
Costa Rica
Francia
Holanda
Distancia recorrida
Philip Lahm (ALE)
Thomas Muller (ALE)
Toni Kroos (ALE)
Celso Borges (CRC)
Con el balón
Philipp Lahm (ALE)
Toni Kroos (ALE)
Thomas Muller (ALE)
Sin el balón
Celso Borges (CRC)
Junior Díaz (CRC)
Giancarlo González (CRC)
Daley Blind (HOL)
441 km
47 km
46,4 km
46,4 km
46,3 km
20,8 km
20,2 km
19,8 km
28,5 km
16,8 km
16,8 km
27,5 km
Gol de táctica fija
55
48
33
1 gol → 6,4 intentos
15
1 gol → 7,7 intentos
48
12 Mayor goleador
1 gol → 4,6 intentos
41
Pases completos
232
1
Más
pases
largos
2.112
2
2.560
1
1.753
más pases
medios
605
más pases cortos
1.641
1
1.551
2
1.224
0
1.248
2
1.807
1
1.360
Ataques
77
65
81
30
más remates
atajados
por el rival
10
Dries Mertens (BEL)
7
Entradas
Oscar (BRA)
Menos goles recibidos
Colombia 2 Francia 2
Bélgica 2
Costa Rica 2
32
53
181
Más goles recibidos
Holanda 4
77
29
más
remates
afuera
55
21
Yeltsin Tejeda (CRC)
16
Juan Cuadrado (COL)
14
114
155
56
165
Entradas recibidas
Neymar (BRA)
Oscar (BRA)
Ángel Di María (ARG)
11
Mejor pasador (pases completos)
Arjen Robben (HOL)
Javier Mascherano (ARG)
7
364 (88%)
6
354 (86%)
Tiros al poste
Yohan Cabaye (FRA)
2
Entradas ganadas
77
77
Más faltas cometidas
81
Costa Rica 81
17
Benzema (FRA)
Más paradas
19
Colombia 19
Brasil
13
Tiros afuera
Messi (ARG)
Intentos entre los 3 palos
desde fuera del área
26
Bélgica
26
23
Argentina 23
21
Brasil
21
142
21
Neymar (BRA)
102
45
James Rodríguez (COL)
14
176
Más tiros al poste
Francia
5
Holanda 2
Bélgica
2
46
31
5
197
Más despejes
46
Alemania 46
45
Bélgica
45
44
Costa Rica 44
178
Ángel Di María (ARG)
Jugadas individuales hacia el área
Arjen Robben (HOL)
185
100
Robin Van Persie (HOL)
18
127
Más centros completos
Francia
34
34 (30
(330 %)
%)
27 (27
(227 %)
%)
Brasil
27
26 (27
(227 %)
%)
Alemania 26
70
Tiros al arco
Karim Benzema (FRA)
19
Balones
recuperado
97
Fueras de juego
Thomas Muller (ALE)
6
Centros
Toni Kroos (ALE)
Philipp Lahm (ALE)
342 (88%)
Holanda
76
76
Bélgica
72
72
Más faltas recibidas
Brasil
72
72
70
Argentina 70
61
Costa Rica 61
Más penales provocados
Holanda 2
Bélgica
1
Costa Rica 1
Tarjetas rojas
Bélgica
1
Costa Rica 1
Tarjetas amarillas
Brasil
8
22
FANÁTICO
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
En Brasil quieren ganar, no importa el ‘jogobonito’
No quiero dar espectáculo, es lo último que busco. No estamos aquí para dar espectáculo, sino
para vencer. Si ganamos medio a cero está bien. No importa hacer un sombrero o un caño.
Neymar- Delantero de la selección de Brasil
@neymarjr
EL TRABAJO COORDINADO ENTRE LOS CLUBES Y LA SELECCIÓN SERÁ CLAVE PARA LLEVAR ADELANTE ESE OBJETIVO
La Selección se encamina hacia
una renovación paulatina
La Copa América Chile 2015 será el punto de partida de un recambio generacional y de la ratificación
de algunos jugadores que son la base del equipo. Entre 14 y 16 futbolistas seguirán en el proceso.
INFOGRAFÍA
Base del equipo que participó en el Mundial
PROSPECTOS PARA LLEGAR A LA 'TRI'
Convocatoria para Eliminatorias y Copa América
?
Jefferson
Montero
Cristian Ramírez
19 años
Gabriel Corozo
19 años
26 años
Dennys Quiñónez
22 años
Juan Luis Anangonó
Frickson
Erazo
Énner
Valencia
Carlos
Gruezo
(26 años)
?
25 años
22 años
Marlon de Jesús
Edson Montaño
23 años
(24 años)
(19 años)
(27 años)
19 años
José Madrid
(24 años)
Alexander
Domínguez
Darwin Cuero
Convocatoria para microciclos
?
?
Mario Pineida
22 años
Fernando Guerrero
24 años
John Narváez
23 años
Fernando Gaibor
22 años
Jonny Uchuari
20 años
Jonathan González
19 años
Junior Sornoza
Juan Carlos
Paredes
(26 años)
Redacción Fanático
Antonio
Valencia
DESTACADO
[email protected]
Guayaquil- Ecuador
Cuerpo técnico y presidente
de la FEF se encuentran en
Brasil observando la fase
MUNDIAL final del Mundial.
BRASIL 2014
Luego de la eliminación de Ecuador
del Mundial de Brasil, su próximo
objetivo será la participación en la
Copa América 2015. El torneo se jugará en Chile y quedan menos de 12
meses para su inicio.
Aunque no se conoce el grupo
que tendrá la Tricolor (el sorteo
será el próximo octubre) la planificación comenzará una vez que la dirigencia defina la permanencia o no
del cuerpo técnico liderado por el
colombiano Reinaldo Rueda.
Homero Mistral Valencia, estratega ecuatoriano, en un diálogo con
diario EL TELÉGRAFO, expresó que
se deben establecer objetivos a
corto y largo plazo para iniciar el
proceso con miras al próximo Mundial (Rusia 2018).
“Primero se debe decidir qué
pretende Ecuador en la Copa América, ¿comenzar con la renovación o
si aspira a llegar a instancias finales? En base a esa situación se van a
definir los jugadores que estarán en
esa convocatoria de la selección”,
puntualizó el entrenador.
Para el técnico existen entre 14 y
16 jugadores, de la nómina que viajó
a Brasil, que seguirán en los futuros
llamados a la Selección Nacional.
Asimismo, Valencia considera que
es importante mirar a jugadores jóvenes, porque “existe una gran camada de buenos futbolistas que han
pasado por los procesos”.
El asistente técnico de la Selección Nacional Sub-17, Gonzalo Alcócer, por su parte, considera que el
recambio en la ‘Tri’ debe ser paulatino y cumplir procesos como fue el
caso de Édison Méndez, Segundo
Castillo y Walter Ayoví, los más veteranos del equipo, que podrían dejar sus puestos a los más jóvenes.
“Los cambios deben surgir tomando en cuenta a las generaciones
menores que tienen un trabajo importante en sus clubes y en la Selección y con la guía de los experimentados su adaptación será más rápida”, expresó el asistente.
Destacó el trabajo del volante
Carlos Gruezo, a quien dirigió en
2011 y que es una de las caras nuevas del equipo ecuatoriano. Junto a
Gruezo defendieron la Sub-17 que
clasificó a la Copa del Mundo de
2011 en México, Leonel Ramírez,
Jonny Uchuari, Junior Sornoza, por
20 años
Cristian Penilla
23 años
Daniel Angulo
27 años
(28 años)
DATOS
En Copa América 2011 la Selección Nacional
quedó eliminada en primera ronda luego de
perder 2 encuentros y empatar 1. El cuerpo
técnico de Ecuador tenía 11 meses a cargo.
El respaldo al cuerpo técnico luego de la
Copa de Argentina 2011 llegó de parte del
presidente de la FEF, que recordó que el
objetivo con la Selección era su clasificación
al Mundial y no la Copa América.
La Copa América 2015 empezará en junio
del próximo año en Chile y contará con la
presencia de 2 selecciones invitadas: México
y Jamaica. El sorteo de los grupos se
realizará el próximo octubre.
Tres jugadores mundialistas ya no llegarían
para el próximo Mundial, en Rusia 2018.
Según algunos técnicos, Walter Ayoví, Édison
Méndez y Segundo Castillo ya no tendrían
espacio en las futuras convocatorias.
Reinaldo Rueda llegó a la dirección técnica
de la ‘Tri’ en septiembre de 2010. Reemplazó
al ecuatoriano Sixto Vizuete que no logró la
clasificación al Mundial de Sudáfrica y se
constituyó en el cuarto DT colombiano.
El cuerpo técnico colombiano utilizó 58
jugadores en los 3 torneos que disputó:
Copa América, Eliminatorias y Mundial. Ganó
19, igualó 17 y perdió 14.
Con el último juego en el Mundial, el
proceso del técnico colombiano sumó 50
partidos, destacando los 27 encuentros de
carácter amistoso que sostuvo desde 2010.
citar algunos ejemplos.
Pero la situación se complica
cuando no existe un trabajo coordinado entre los clubes y la FEF, tal
como lo afirma el gerente de marketing de El Nacional, capitán Jaime
Mayorga. Indica que aunque la filosofía del club es potenciar las categorías formativas, no existe un trabajo coordinado entre el equipo y la
Selección Nacional.
“La Federación (FEF) debería
realizar una planificación estratégica con las selecciones y permitir
que los equipos armen sus planes de
trabajo enmarcados en las necesidades y objetivos de la Selección, que
son destacar en torneos internacionales, como Eliminatorias y Copa
América”, afirmó.
Finalmente, Mistral Valencia sugirió observar las posiciones (defensa, volante y delantera) donde
Ecuador ha tenido dificultades en
Eliminatorias, partidos amistosos y
Copa del Mundo.
Desde la lesión de Jairo Campos,
el cuerpo técnico ha tenido problemas para encontrar su reemplazo.
Campos, que llegó a la Selección de
mayores luego de pasar por varios
equipos nacionales formativos, fue
titular de los primeros partidos de
Ecuador en las Eliminatorias. Desde
su lesión ese lugar fue ocupado por
Jorge Guagua y Gabriel Achilier.
El ‘Patrón’, de 32 años, fue el titular en el Mundial junto a Frickson
Erazo en el centro de la defensa,
pero su continuidad en la zaga ‘tricolor’ es duda debido a su edad.
CITAS
“No es tan sencillo reemplazar a
jugadores de alta competencia,
sobre todo con los problemas
que tiene el fútbol ecuatoriano”.
Homero Mistral Valencia
Director técnico ecuatoriano
“No existe trabajo coordinado.
Lo que se hace es que el cuerpo
técnico asista a los partidos de
serie A y vea a los juveniles”.
Jaime Mayorga
Gerente de marketing de El Nacional
Otro de los sectores de la cancha
donde se deberá prestar atención es
la banda izquierda. Walter Ayoví
ocupó ese lugar en todo el proceso
de Eliminatorias y en los 3 partidos
del Mundial, pero a sus casi 35
años será difícil que regrese a la Selección Ecuatoriana.
En la zona de volantes, Christian
Noboa cumplirá 33 años en 2018, y
Segundo Castillo 36, por lo que la
llegada de nuevos centrocampistas
será necesaria para refrescar esa línea. De los mundialistas, Carlos
Gruezo (19 años) se convierte en
uno de los reemplazantes.
Énner Valencia, por sus goles y
rendimiento, será el delantero titular de la Selección, pero necesitará
de un acompañante. Felipe Caicedo
no tuvo un buen Mundial y en los
partidos amistosos no destacó.
FANÁTICO
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
23
Blatter está convencido de que el Mundial es “un éxito”
El presidente de la FIFA, Joseph Blatter, expresó ayer en Río de Janeiro su alegría por el buen desarrollo del
Mundial y calificó la organización del torneo como “un éxito”. “Hoy soy un hombre muy feliz”, declaró Blatter
en la apertura de un seminario sobre la gestión deportiva auspiciado por la FIFA en el centro de Río de Janeiro.
EL ESTRATEGA TIENE UN VÍNCULO ESPECIAL CON COLOMBIA
Pékerman de taxista a
DT récord en mundiales
Antes de convertirse en entrenador de fútbol manejaba
un Renault 12 por las calles de Buenos Aires.
Agencia AFP
[email protected]
Fortaleza
MUNDIAL
BRASIL
2014
En 1979, José Pékerman se ganaba la
vida manejando un
taxi por las calles de
una Buenos Aires asolada por la dictadura.
Treinta y cinco años después
conduce al seleccionado de Colombia con un pasajero de lujo,
James Rodríguez, y se ha convertido en DT récord con 9 partidos
consecutivos sin perder en mundiales.
Pékerman hacía proyectos
para su futura actividad mientras
trabajaba por Buenos Aires a
bordo de un Renault 12 que le
había prestado su hermano Tito
hasta que le llegó el momento
que soñó: comenzó a trabajar en
las divisiones juveniles de Argentinos Juniors, una cantera
inagotable de talentos donde
surgió Diego Maradona.
“Mientras manejaba el taxi
hacía proyectos, hasta que en
1981 el presidente del club me
propuso que me hiciera cargo de
toda la estructura de capacitación y formación de jugadores”,
recuerda de aquella etapa.
Su modestia no le permite vociferar que su período coincidió
con el surgimiento en Argentinos
Juniors de grandes figuras históricas del fútbol argentino, como
Fernando Redondo (ex Real
Madrid), Juan Román Riquelme (Boca Juniors y ex Barcelona), Esteban Cambiasso
(ex Inter de Milán), además de
Diego Maradona.
Él mismo se formó en esa
cantera de lujo, pero ni punto
de comparación con las estrellas: era un volante central tosco, de lucha, incluso a
contramano de la historia
del club donde debutó en
1966 para terminar su carrera 11 años después en Independiente de Medellín
(Colombia). Toda una
premonición.
Amigo del silencio
Enemigo declarado de
las polémicas, nunca
pronuncia una palabra de más, acepta
las críticas sin musitar y calla cuando
no tiene nada interesante que expresar: un perfil que
SUBTEMA
El recuerdo de
Andrés Escobar
no se extingue
puede llegar a exasperar a mucho
s de sus compatriotas. Sin embargo, la emoción le jugó una
mala pasada a su medida personalidad el sábado pasado tras llevar por primera vez en la historia
a cuartos de final a la selección
de Colombia.
Pékerman tiene un vínculo especial con ese país: allí nació su
hija mayor Vanesa y aún antes de
ser orientador cafetero siempre
recordaba con afecto sus años en
ese país sudamericano.
José, como se lo conoce, no
solo clasificó a Colombia a cuartos de final por primera vez, sino
que entró en la historia porque
ha logrado el récord de 9 partidos
sin perder en mundiales, junto al
italiano Vittorio Pozzo, que ganó
CIFRA
Ayer se recordó en Medellín el 20º
aniversario del trágico asesinato del
defensor central ‘cafetero’ Andrés
Escobar, una de las figuras de la
selección colombiana que disputó el
Mundial Estados Unidos 1994. El
defensa, de 27 años, había jugado 50
partidos internacionales desde 1988.
Durante su primer partido en el torneo
estadounidense, Colombia perdió con
Rumania (3-1). Si encajaba una nueva
derrota ante el anfitrión, Estados
Unidos, el Mundial se terminaría para
los hombres dirigidos por Francisco
‘Pacho’ Maturana. Y Colombia, que
tenía en sus filas a jugadores de la talla
de Carlos ‘el Pibe’ Valderrama, Faustino
Asprilla y Freddy Rincón, perdió (2-1)
ese 24 de junio de 1994, con un
autogol de Andrés Escobar, quien
buscando despejar un balón lo envió al
fondo de la portería defendida por
Óscar Córdoba.
Colombia se quedó fuera del Mundial
antes del tercer y último partido de la
fase de grupos, que concluyó con una
digna victoria ante Suiza (2-0).
Diez días después, de vuelta en su país,
Escobar fue con unos amigos a un bar
de las afueras de Medellín, ciudad
controlada entonces por los
narcotraficantes y con una tasa de
homicidios de 380 por 100.000
habitantes.
Allá, en el estacionamiento de ese
local, fue acribillado de 6 balazos.
Según varios testigos, el asesino
acompañó cada uno de sus disparos
con la palabra “¡gol!”.
El asesino de Escobar, Humberto
Muñoz Castro, un escolta de unos
hermanos de apellido Gallón Henao,
vinculados posteriormente a grupos
paramilitares de extrema derecha, fue
condenado a 43 años de cárcel.
Sin embargo, fue liberado en octubre
de 2005 tras haber cumplido solo 11
años de su pena, lo que indignó a la
familia de Escobar.
9
partidos sin perder acumula
Pékerman en Copas del Mundo. Su
intención es ampliar la marca.
las citas de 1934 y 1938.
Como técnico de Argentina, en
Alemania-2006 ganó 4 partidos
y empató uno (la ‘albiceleste’ fue
eliminada por el local por penaltis en cuartos) y en Brasil 2014
Colombia se impuso en los 4 que
disputó hasta ahora.
Dio el salto a las ligas mayores
después de un paso brillante por
las juveniles de la ‘albiceleste’,
donde aprovechó su experiencia
de la cantera de Argentinos Juniors: fue campeón mundial
Sub-20 en Catar (1995), Malasia
(1997) y Argentina (2001), y en
Holanda 2005, el título lo ganó
su exadjunto Hugo Tocalli.
Pékerman se inmutó cuando
sufrió el duro golpe de la baja de
la estrella cafetera Radamel Falcao García. Muchos pensaron
que sin la figura del Mónaco, el
seleccionado de Colombia regresaría pronto de Brasil. Radamel
ha quedado casi en el olvido
porque quien tomó la
posta, su compañero
en el Mónaco James
Rodríguez, se ha
convertido
en el pasajero del
triunfo
guiado por
un
conductor que
aún desconoce su punto
de llegada.
24
FANÁTICO
El Telégrafo | jueves 3 de julio del 2014
LOS DUROS DEL GUARANÁ
SIEMBRAN EN LA LOCALIDAD
AMAZÓNICA DE PARÁ
LOS SATERE MAWE NO
SE PIERDEN EL MUNDIAL
Relacionados al tronco Tupí y de la familia
tupí-guaraní, los habitantes de este pueblo
indígena de Brasil disfrutan del fútbol.
Fotos - AFP
MUNDIAL
BRASIL
2014
FANÁTICO
El Telégrafo | jueves 3 de julio del 2014
25
26
FANÁTICO
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
Bogotá prohíbe la compra, venta y consumo de alcohol
El alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, decretó ayer la prohibición de compra, venta y consumo de alcohol durante
el partido de mañana entre Colombia y Brasil, para evitar hechos de violencia. En el último encuentro entre
Colombia y Uruguay se registraron 8 muertos: 6 por arma blanca y 2 por arma de fuego, según cifras oficiales.
FRANCIA Y ALEMANIA SE ENFRENTARÁN MAÑANA, A LAS 11:00, EN EL ESTADIO MARACANÁ DE RÍO DE JANEIRO
Neuer-Lloris, tan iguales y tan diferentes
El arquero alemán llegó al Mundial tras un año en el que volvió a ser uno de los líderes naturales del
Bayern Múnich. El guardameta francés, por su parte, ha tenido un año delicado en el Tottenham.
Agencia AFP
[email protected]
Río de Janeiro
MUNDIAL
BRASIL
2014
Manuel Neuer y Hugo Lloris, los arqueros titulares de Alemania y
Francia, mantendrán mañana en
Maracaná un duelo a distancia para
tratar de permitir el pase de su
equipo a las semifinales del Mun-
dial, tras una temporada que ambos
han vivido de manera muy diferente. Mientras Neuer llegó al torneo tras un año en el que volvió a
ser uno de los líderes naturales del
Bayern, que conquistó esta campaña la Bundesliga, la Copa de Alemania y el Mundial de Clubes, Lloris ha tenido un año delicado en el
Tottenham, con 58 tantos recibidos
en 45 partidos.
Pero si sus meses anteriores a la
Copa del Mundo fueron muy distintos, con Neuer con más motivos
para estar pletórico de confianza,
los números en el Mundial parecen
mucho más nivelados para estos dos
arqueros de 28 años, nacidos ambos
en 1986 y con carreras consolidadas. El capitán francés solo ha recibido goles en un partido de los cuatro que ha jugado su equipo en la
competición, en el triunfo 5-2 sobre
Suiza, en la segunda jornada de la
segunda fase. En los otros partidos
(3-0 a Honduras, 0-0 con Ecuador,
2-0 a Nigeria en octavos), Francia
se mantuvo imbatida.
En el caso de Alemania, el equipo
no recibió goles en dos partidos de
la primera fase, en las victorias 4-0
ante Portugal y 1-0 frente a Estados
Unidos, pero sí en el empate 2-2
con Ghana y luego uno al final de la
prolongación del duelo contra Argelia (2-1) en octavos.
En una Alemania llena de jugadores de calidad y de talento en cada
una de sus líneas, muchos coinciden en que el arquero Neuer ha sido
hasta ahora el protagonista del
equipo, especialmente por su juego
con el pie en el partido ante Argelia,
saliendo en los momentos adecuados y jugando casi como un líbero
en algunas fases del partido.
Neuer se prepara, además, para
llegar a su partido número 50 con el
equipo nacional en el encuentro de
mañana en Río de Janeiro. Frenar a
Karim Benzema, Olivier Giroud y
compañía sería sin duda la mejor
forma de celebrarlo.
El francés Lloris, por su parte,
está acostumbrado a un rol mucho
más secundario, tanto en su club, el
Tottenham, que está lejos del papel
mediático del Bayern, como en la
selección nacional, donde es el capitán, pero en la que su carácter tímido y discreto le hace ser invisible
para muchos. Para los que no ha
sido invisible es para los rivales de
Francia en este Mundial.
PUNTO DE VISTA
Karla Morales
Directora de DD.HH. de Asuntos del Sur
@KarlasmoralesR
Cuando no haga falta el tiempo
Es difícil de explicar el fútbol cuando se habla
desde el resultado. Y aunque este Mundial nos
ha regalado golazos, sabemos bien que el
número de balones dentro del arco no es
directamente proporcional a una mala calidad
de juegos. De hecho, con Brasil 2014 nos
fallaron todas las pollas, y enhorabuena. Cada
predicción desacertada guarda una boca
abierta con gesto de sorpresa. ¿Quién se iba a
imaginar un Costa Rica -el equipo más barato
después de Honduras- jugando cuartos de
final? Pura vida que solo nos regala el fútbol.
A las 11:00, estas últimas semanas, Ecuador
todavía no funciona como antes. Caminas y no
puedes moverte con facilidad. Las calles son
amplias, pero hay tanta gente desconcentrada
de su trayecto que tienes que cuidar los codos,
los pasos, los cuerpos que te arrollan. Todos
caminan mirando y buscando un televisor al
paso. Son días de aquellos, de esos que solo
vivimos cada 4 años. Días que pasamos
bastante acostumbrados a hinchar por otro
equipo, porque el nuestro nos cortó la viada
DESTACADO
La pelota es una pastilla para
olvidar -al menos por ahorala lista de cosas que duelen
todos los días.
con la misma fuerza que el primer
rompimiento romántico: en seco y con gestos
que alumbraban esperanza, causando el
mismo retorcijón que otro buen clavo alivia. Y
es que cuando te eliminan buscas la camiseta
de otro equipo para hacerle aguante, igualito
que si te cortaran en pleno San Valentín, vas
por otro clavo, pero la fiesta la celebras.
A las 15:00 Ecuador todavía no funciona como
antes. La gente se toma su hora de almuerzo,
quizás con retraso, para plantarse frente a un
televisor con la ilusión de que no haya alargue
y su hora de 90 minutos le alcance. Pero ahí, y
como es un mundial contracorriente, la
pantalla nos regala un Brasil de rodillas, una
naranja con remonte mecánico, un Messi o Di
María que nos angustian hasta el final y unos
belgas o africanos que las pelean todas. Como
se pelea la vida.
La pelota es una pastilla para olvidar -al
menos por ahora- la lista de cosas que duelen
todos los días. Para muestra el partido
Colombia-Costa de Marfil. Dos equipos
aparentemente incomparables y que
encuentran en el fútbol una válvula de escape
de su conflictiva situación. Ese partido nos
regaló una Colombia clasificada y un
acercamiento a la realidad: Costa de Marfil
vivió dos guerras civiles entre 2005 y 2011 y el
peligro sigue latente. Colombia completa
medio siglo en guerra. Los dos afrontan
momentos políticos decisivos para alcanzar la
paz. Los dos países son líderes mundiales en
producción de café. La mayoría de los
integrantes de la selección colombiana nació
en zonas de conflicto, lo mismo en el caso de
Costa de Marfil. Mientras el ‘Pibe’ Valderrama
y las grandes leyendas del fútbol colombiano
planean un partido por la paz del país con
motivo de los diálogos entre el Gobierno y la
guerrilla de las FARC, las estrellas marfileñas
lideradas por Didier Drogba mediaron entre
bandos opositores y lideran campañas
humanitarias en favor de las víctimas y contra
la hambruna. Los 22 jugaron sabiendo que
son causa.
Las horas pasan y este Mundial nos sigue
regalando historias. Ya traía un montón en el
marco de sus preparativos y escondía algunas
otras hasta su inicio. En medio de partidos que
estrujan y resultados que no siempre
acompañan al que jugó mejor, también ha
sido un mundial que desenmascara: La
Federación de Fútbol de Camerún, Fecafoot,
investiga las denuncias de presuntos arreglos
de partidos por su selección en Brasil 2014 y la
posible existencia de 7 elementos de su
equipo involucrados. Para hablar clarito, hay
indicios de que las derrotas fueron planeadas
y programadas, incluyendo la expulsión de
Alexandre Song en el partido contra Croacia.
A las 23:00 Ecuador todavía no funciona
como antes.
Los televisores permanecen encendidos
porque los comentarios y jugadas hay que
verlos de nuevo. Es tiempo de Mundial y
Ecuador seguirá despierto, muchas horas más,
hasta cuando no haga falta el tiempo.
FANÁTICO
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
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Cuadrado eleva a James a la categoría de “fenómeno”
Es un grandísimo jugador. Un fenómeno. Aporta mucho a la selección con su estilo de juego.
Le damos esa tranquilidad y confianza que necesita, es un fenómeno.
Juan Guillermo Cuadrado - Mediocampista de Colombia
LOS LOCALES HAN GENERADO MÁS CRÍTICAS QUE ELOGIOS
PUNTO DE VISTA
Galo Mora Witt
Músico y político
@GaloMora
Fantasías, goles y rebeldía
Al llegar a la definición de cuartos de final de
la Copa del Mundo Brasil 2014, nos
encontramos con pocas sorpresas en cuanto a
los equipos-naciones que dirimirán el paso a
semifinales y final.
Ecuador, que se ubicaba en el puesto 42 del
registro, con los 4 puntos obtenidos en esta
edición ha subido al lugar 39, con 13 puntos
en la tabla general. Los primeros son Brasil,
Alemania, Italia, Argentina, España e
Inglaterra, aunque 3 de ellos ya fueron
eliminados. Se ratifica entonces la tendencia y
la supremacía, salvo excepciones como
Colombia y Costa Rica, la primera con un
juego espectacular, vistoso, nada egoísta ni
calculador, y la segunda, merced a una
impresionante campaña que lo ubica por
primera vez entre los 8 mejores del torneo.
Hace 3 semanas ya escribí sobre James
Rodríguez, heredero indiscutible del trono
dejado por el ‘Pibe’ Valderrama. Ahora, a sus
22 años, James es una realidad mágica, de
fútbol pícaro y superlativo. Ni el propio
Valderrama, ni Willington Ortiz, Alejandro
Brand o Delio “Maravilla” Gamboa llegaron
tan alto, y es una fortuna contar con quien se
erige, desde Santander para el mundo, como
el mejor jugador colombiano de la historia.
Lionel Messi y Neymar Jr. son las otras cartas
del continente, figuras estelares de Argentina y
DESTACADO
James Rodríguez es el
heredero indiscutible del
trono dejado por el ‘Pibe’
Valderrama.
Brasil, y esperamos que ojalá se encuentren
las caras, pero ello tendría que ser,
necesariamente, en la final, y eso no es
predecible, contando especialmente con el
citado James Rodríguez y con Robben y Müller,
gigantes de Holanda y Alemania.
África ha sido, una vez más, solo promesa.
Francia venció con relativa comodidad a
Nigeria y Alemania hizo lo propio con Argelia.
Hubo tiempos suplementarios, pero la historia
pesó y los africanos resignaron los 2 últimos
cupos.
Los memorables: Guillermo “Memo” Ochoa de
México, Énner Valencia de Ecuador, el suizo
Xherdan Shakiri, Mario Yépez de Colombia,
Ángel Di María de Argentina, Bolaños y Ruiz de
Costa Rica, y el brasileño David Luiz. Falta una
serie de octavos y creo que, por antecedentes,
la llave debería clasificar a Argentina y Bélgica,
aunque Estados Unidos tiene enorme
potencial, además, 24 millones de
norteamericanos observaron el partido de su
equipo contra Portugal, lo que significa mucho
más que la final de la NBA, es decir, el fútbol
ahora sí entró de lleno a Estados Unidos.
El tema de la sanción a Luis Suárez convocó un
conflicto entre Franz Beckenbauer y Pelé, del
lado oficialista, y Diego Armando
Maradona, desde una réplica rebelde a los
dictámenes de la FIFA. La contradicción no
es nueva, y aunque pese a muchos, es
ideológica. Pelé y Beckenbauer representan la
postura parsimoniosa del establishment,
defienden a ultranza cualquier edicto de
Blatter, y Maradona, como Jorge Carrascosa,
ese gran jugador que se negó a formar parte
de la selección de Argentina 78’ para no servir
a los militares fascistas, siempre estuvo a la
‘izquierda de Dios Padre’. El que haya firmado
con Telesur y no con una cadena comercial lo
muestra entero, ético, aunque en ocasiones
balbuceante, porque no es un comentarista,
fue un genio del fútbol, y representa, a mi
entender, lo más sagrado de este juego: el
malabar, la astucia y la dignidad.
La rebeldía estuvo presente desde los primeros
mundiales. Allí está la historia de Mathias
Sindelar, excepcional jugador austriaco,
asesinado por los nazis. Emerge la figura del
‘loco’ Carlos Caszely, quien se negó a saludar a
Pinochet cuando este despidió a la selección
chilena que viajaba a Alemania 74’; el doctor
Sócrates, quien llevaba en su camiseta la
palabra ‘democracia’, en franco
enfrentamiento con la dictadura brasileña. Esa
es la esencia del debate Maradona-PeléBeckenbauer. No es un concurso para definir
quién es más famoso o legendario, atrás está
la lucha por los derechos humanos, por la
agremiación de futbolistas, para cuidar la vejez
de quienes hacen el espectáculo, y no los
señorones que, como diría Víctor Hugo: “solo
aplauden, patalean, asientan o niegan”.
Ya lo dijo Romario: “No podemos esperar
nada de la FIFA. Allí hay un chantajista que se
llama Valcke y un ladrón que se llama Blatter”.
Esperaremos sentados los cuartos y
semifinales.
Ojalá que llueva café, que haya samba y
tango. Nuestra América se merece este
campeonato mundial.
LOS FUTBOLISTAS RECORRIERON LAS CALLES DE LA CAPITAL
Argelia recibe como héroes
a sus seleccionados nacionales
Agencia AFP
Argel
Los futbolistas argelinos fueron recibidos ayer como héroes en Argel
tras su hazaña en el Mundial de
Brasil, donde lograron una clasificación histórica a octavos de final y
cayeron el lunes pasado en un épico
partido contra Alemania (2-1 en la
prórroga). Los jugadores fueron recibidos por el primer ministro Abdelmalek Sellal, que abrazó al selec-
cionador Vahid Halilhodzic.
Tras el recibimiento, el equipo
montó en un autobús descubierto,
pintado con los colores del equipo y
con el nombre de cada uno de los
jugadores inscrito en su carrocería.
El vehículo recorrió las principales avenidas de la capital argelina,
seguido por miles de personas,
mientras por las plazas sonaba música folclórica en espera de los “héroes”. La televisión pública tituló su
emisión especial sobre la vuelta de
los ‘Zorros del Desierto’: “gracias
héroes”.
Un rosario es el amuleto
de los anfitriones
Julio César colocó uno en el arco. Atajó dos penales, un tiro
chileno se fue al palo y Brasil se clasificó a cuartos de final.
Agencia AFP
[email protected]
Teresópolis
MUNDIAL
BRASIL
2014
El portero brasileño Víctor decidió
en el vestuario llevar su ‘rosario de
la suerte’ al banco, aquel que le
acompañó cuando ganó la Copa Libertadores en penaltis. Algo le decía
que podía serle útil a Julio César en
el crucial partido ante Chile, y así
fue. ¿Qué jugador no tiene un ritual
por lo general religioso cuando entra al campo? Muchos besan el gramado y se persignan, otros entran
rezando con los brazos abiertos,
otros simplemente apuntan al cielo.
DESTACADO
El objeto religioso sostiene
la fe de los ‘auriverdes’.
Mañana ante Colombia
volverá a la cancha.
También está el que se pinta el cabello, se hace un tatuaje o se deja
crecer el bigote, como Fred.
Víctor, el portero campeón con el
Atlético Mineiro de Ronaldinho
Gaúcho en la Copa Libertadores de
2013, aclara: “Existe fe y superstición, soy religioso”. Y como él, muchos otros jugadores brasileños, que
en su mayoría son devotos evangélicos. El Brasil-Chile que se jugó en
Belo Horizonte (sudeste) ponía un
enorme peso sobre los hombros del
anfitrión, que se prometió conseguir la sexta estrella en casa.
“Intento llevarlo (el rosario) para
los partidos, pero no tengo la costumbre de llevarlo al campo. Iba a
estar en el banco, lo decidí en el
vestuario. Sabía de la dificultad del
juego, fue una forma con la que busqué fortalecerme y fortalecer a mis
compañeros. No fue nada premeditado”, contó Víctor ayer en una
rueda de prensa.
Julio César tomó el rosario y lo
colocó en el arco. Defendió 2 tiros y
1 fue al palo, con lo que Brasil se clasificó a los cuartos de final. “Es un
gran portero, que se preparó, nos va
a ayudar mucho en el camino a la
conquista que es el gran objetivo”,
indicó Víctor. Ese mismo amuleto
sostiene su fe en que la selección
anfitriona pasará a semifinales.
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FANÁTICO
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
Fabio Renato se ausentó del entrenamiento y fue sancionado
Según versiones de la prensa lojana el jugador no acudió el lunes pasado a la práctica y el técnico Diego Ochoa
presentó una queja formal al directorio por este tipo de indisciplina. La dirigencia confirmó ayer que en
reunión con otros dirigentes decidieron multarlo económicamente, pero continuará en el cuadro lojano.
EMELEC CONTRATÓ AL ATACANTE EMANUEL HERRERA
Anangonó deja la MLS para jugar en Liga (Q)
El exdelantero de Barcelona y El Nacional termina su travesía en el Chicago Fire. La intención de los
‘albos’ es fortalecer su zona ofensiva, uno de sus puntos bajos en las últimas temporadas.
Redacción Fanático
[email protected]
Guayaquil
INFOGRAFÍA
Calendario de la fecha 18
VIERNES 4 DE JUNIO
El delantero ecuatoriano Juan Luis
Anangonó fue confirmado ayer
como nuevo refuerzo de Liga de
Quito, que este fin de semana visita
al Mushuc Runa en el estadio Bellavista de Ambato, en el reinicio del
Campeonato Ecuatoriano de Fútbol
que estuvo paralizado por el Mundial Brasil 2014.
El exdelantero de Barcelona y El
Nacional termina así su travesía en
el Chicago Fire de la MLS para volver a un cuadro ‘albo’ cuyo potencial ofensivo no ha alcanzado su
mejor nivel competitivo en las últimas temporadas.
DOMINGO 4 DE JUNIO
D. Cuenca
U. Católica
SÁBADO 4 DE JUNIO
vs.
Manta FC
D. Quito
vs.
Liga de Loja
MANTA - ECUADOR
20:00
Estadio: Alejandro Serrano Aguilar
Árbitros: Omar Ponce, W. Lozano, M. Correa
TABLA DE POSICIONES
#
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
Equipo
Emelec
Independiente
Liga de Loja
U. Católica
Barcelona
Olmedo
D. Quito
Liga de Quito
El Nacional
Manta
Mushuc Runa
D. Cuenca
PJ
17
17
17
17
17
17
17
17
17
17
17
17
Pts
37
31
30
27
25
24
21
20
20
19
14
11
GD
19
9
-1
4
2
5
0
-2
-11
-4
-8
-13
12:00
Estadio: Olímpico Atahualpa
Árbitros: Juan C. Albarracín,
Jhonny Aragón y Luis González
Independiente
del Valle
vs.
18:00
vs.
Emelec
11:45
Estadio: Olímpico Atahualpa
Árbitros: José Espinel, Edwin Bravo y José Alvarado
Mushuc
Runa
vs.
Liga de Quito
13:30
Estadio: Bellavista
Árbitros: José Zambrano, J.Macías y W. Gracia
Olmedo
Estadio: Rumiñahui
Árbitros: Mario Romero,
Douglas Bustamante y Jaime Játiva
Barcelona
vs.
El Nacional
16:30
Estadio: Monumental
Árbitros: Samuel Haro, L. Vera y Á. Toasa
La Liga capitalina y Emelec han
reforzado su delantera. El ‘Bombillo’ incorporó al argentino Emanuel
Herrera, de 27 años, cuyo último
club fue Tigres de México.
Pese a que ya se han entrenado
en sus equipos, estos atacantes no
podrán debutar este fin de semana
debido a que la Federación Ecuatoriana de Fútbol realizará las inscripciones de los refuerzos recién desde
el 8 de julio.
Por su parte, Barcelona no ha
confirmado la contratación del argentino Julio César Furch, de 24
años, que ha militado en San Lorenzo de Almagro, Olimpo de Bahía
Blanca, Arsenal de Sarandí.
Así como unos llegan, otros se
van. Carlos Tenorio se despidió esta
semana de El Nacional para reforzar
al Bolívar de La Paz (Bolivia).
BREVES
Siete deportistas conforman la delegación
La carrera será el 13 de julio
Los judocas nacionales
Quiñónez presentó la
se pulen en España
10k Glorias Navales
Una delegación de judocas nacionales
viaja hoy a España para entrenarse en
Castelldefels y Madrid. Ellos se preparan
para competir en diferentes torneos en los
que buscarán los puntos que les permitan
asegurar su clasificación a los Juegos
Olímpicos de Río de Janeiro 2016.
Álex Quiñónez, velocista olímpico
ecuatoriano, invitó ayer a los ciudadanos
para que se inscriban y participen en la
competencia atlética 10K Glorias Navales,
que se efectuará por quinto año
consecutivo el domingo 13 de julio a partir
de las 07:30.
Fernando Ramos es el entrenador
En agosto competirán en Guadalajara
Molina y Batioja se
Ecuador gana medalla
entrenan en Rioverde
de oro en racquetball
El Centro de Alto Rendimiento (CEAR), de
Rioverde (Esmeraldas), es la base de
entrenamiento de la dupla ecuatoriana de
voleibol playa femenina que viajará a las
Olimpiadas de la Juventud, conformada
por Michelle Molina y Brigitte Batioja.
Verónica Sotomayor y María Paz Muñoz
regresaron del Campeonato Mundial
Absoluto de Racquetball, disputado en
Burlington (Canadá), con una medalla de
bronce en la modalidad dobles, la primera
para el país en este tipo de torneos.
El campeonato será en agosto en Brasil
Participarán 160 equipos
Caicedo participará
La última válida del
en Iberoamericano
Reto Salud en Cotopaxi
El atleta Juan Caicedo se clasificó para el
torneo Iberoamericano de Brasil luego de
su participación en el Grand Prix en Perú.
Caicedo registró una marca de 55,12
metros en lanzamiento de disco.
La tercera y última válida del Reto Salud
2014 se disputará este sábado en las
faldas del volcán Cotopaxi. En total
participarán 160 equipos de 3 integrantes
cada uno en busca de la victoria.
Se conocerá el ránking por categorías
Competirá en los Juegos de la Juventud
Campeonato Nacional
de squash en Quito
Quizphi gana oro en
el mundial de Dallas
En el coliseo de squash de la
Concentración Deportiva de Pichincha se
desarrollará el cuarto torneo nacional.
También se realizará el ranking oficial de
todas las categorías.
La campeona sudamericana de los 44
kilos, Pamela Quizphi, de El Oro, le dio
otro triunfo internacional al país al ganar
la medalla de oro del V Circuito Mundial
de Judo que se realizó en Dallas (EE.UU.).
SOCIEDAD
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
29
29
@
Ingrese a la sección Sociedad a través del código QR, que deberá escanear con su celular y que, al activarse, mostrará los temas de su interés.
www.telegrafo.com.ec/sociedad.html
ES EL TERCER CÓNDOR EN EL PAÍS AL QUE SE LE COLOCA UN RASTREADOR SATELITAL PARA SU CONSERVACIÓN
‘Quipo’ ya vuela en la Reserva del Antisana
El ave fue liberada este martes en Pichincha y se habría encontrado con sus ‘padres’. Los miembros
del Centro de Rescate Ilitío cuentan cómo fue la experiencia de cuidar y luego ver volar al animal.
María Fernanda Almeida
[email protected]
Quito
‘Quipo’ estaba ansioso. Dio unos pequeños pasos para reconocer el terreno. Abría sus alas y las volvía a cerrar. El cóndor macho, de aproximadamente un año, emprendió vuelo el
martes de esta semana, desde la cima
de una montaña en la Reserva Ecológica Antisanilla. Después de varios
minutos descansó en una de las rocas
del Santuario de Cóndores, en el mirador del Peñón del Isco, lugar donde
posiblemente nació.
Ahí interactuó con dos cóndores
adultos -un macho y una hembraque, según comentaron los especialistas ambientales, serían sus padres.
También aprovechó para tomar sol
durante unos minutos.
Sebastián Kohn, miembro del
Grupo Nacional de Trabajo del Cóndor Andino, dijo que hace varios meses se tomaron muestras de las plu-
mas de un pichón que nació en esta misma zona
y también de ‘Quipo’.
Las muestras se enviaron a Brasil para
someterlas a un
análisis genético y
determinar
si
aquel pichón es el
mismo ‘Quipo’.
Kohn aseguró que
no es la primera vez
que en una liberación se
evidencia el picoteo y la persecución de cóndores adultos a
los más pequeños, pues esta dinámica
es parte de la adaptación.
La alegría de los rescatistas
Marcelo y David, cuidadores del Centro de Rescate Ilitío, miraban a
‘Quipo’ a lo lejos, recostados en el
césped. Estaban muy contentos porque ambos lo cuidaron cuando fue
rescatado en Baeza, el 15 de mayo de
este año. Ambos ingresaban a su jaula
cubiertos de cuero de vaca para dejar
el alimento, que regularmente era ca-
rroña. David también recuerda que en una
ocasión ayudó a extraer una muestra
de sangre cuando
el ave estaba activa. “Lo tomamos con unas redes y ahí le agarré como a un
bebé. Lo cogí de las
patas y le tomamos
muestras de sangre
para saber cómo estaba.
Fue una experiencia muy bonita”, dijo.
Marcelo derrochaba felicidad
cuando miraba de nuevo volando a
‘Quipo’. “Cuando lo vi salir de la jaula
parecía que yo también volaba”, expresó el cuidador.
Uno de los deseos más grandes que
tiene es que el cóndor se adapte sin
dificultad al ambiente y que no se exponga a peligros.
Marcelo también cuidó a ‘Felipe’,
un cóndor joven rescatado el 25 de junio de 2013, que luego fue hallado
CIFRA
50
cóndores probablemente viven en
estado libre en el país. En el santuario
de esa especie habría casi 30.
muerto por un ataque con municiones el pasado 12 de abril en los páramos cercanos a la laguna de Salayambo, Napo.
“Cuando me enteré de la muerte de
‘Felipe’ me sentí muy triste. Imagínese trabajando por él sin importar la
hora ni el clima, dándole la mejor
atención y todo para que en segundos
alguien termine con su vida. Es como
si hubieran matado a alguien de mi
familia”, comentó.
‘Felipe’ llevaba un dispositivo satelital para registrar sus movimientos
durante los primeros meses. Ese
equipo lo ‘heredó’ ‘Polito’, el segundo
cóndor que fue liberado hace meses
en el Parque Cóndor, en Imbabura.
‘Quipo’ es el tercero con este tipo de
sistema de conservación tecnológica.
Hernán Vargas, científico del Peregrine Fund y miembro del Grupo Nacional de Trabajo del Cóndor Andino
(Gntca), explicó que el rastreo de los
destinos de estas aves carroñeras ha
ayudado a identificar nuevos dormideros y a descubrir que son animales
sociales porque comen y duermen en
grupos grandes de 7 y 14.
Vargas indicó que ‘Polito’ recorre
con frecuencia la parte norte del país,
incluso cruza la frontera: “El rastreador determinó que volaba hasta Colombia, en la zona del volcán Chiles.
Es la primera vez que registramos a un
cóndor ecuatoriano ingresar a territorio colombiano”.
Luego de recabar toda la información con los rastreadores, la meta será
enumerar las zonas donde se encuentran los cóndores para realizar un censo
sistemático. Para ello se destinarán dos
observadores, quienes se ubicarán en
los dormideros con el objetivo de avistar y contar las aves.
30
SOCIEDAD
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
El virus chikungunya afecta a 11 personas en Cuba
Los casos de chikungunya diagnosticados en Cuba subieron a 11, informó un directivo del Ministerio de Salud
Pública de la isla. Se han confirmado pacientes en Haití, República Dominicana y Venezuela, y la forma de
transmisión es a través del mosquito Aedes aegypti. En Ecuador las autoridades no han reportado casos.
EL 2% DE ESTUDIANTES TIENE NIVELES DE EXCELENCIA EN ÚLTIMO AÑO DE BACHILLERATO
Ineval presenta situación
de estándares educativos
La evaluación ‘Ser Estudiante’ incluyó a alumnos de 4
niveles. En el país hay 17.500 establecimientos escolares.
Redacción Sociedad
[email protected]
Quito
En Quito fueron presentados los resultados de la evaluación ‘Ser Estudiante’, realizada a 45 mil alumnos
de cuarto, séptimo y décimo año de
educación básica, y a los de tercer
año de bachillerato.
Harvey Sánchez, director del Instituto Nacional de Evaluación Educativa (Ineval), explicó que este estudio evaluó lo aprendido en 4
áreas: lengua y literatura, matemá-
ticas, ciencias naturales y estudios
sociales. Se incluyeron instituciones fiscales, municipales, particulares y fiscomisionales.
Entre los principales resultados,
Sánchez destacó que mientras un
alumno tenga satisfacciones personales, familiares, escolares y sociales mejor es su rendimiento escolar.
El funcionario dijo que en la investigación se determinó que “cuando
hay deficiencias en la alimentación
hay menores resultados”. Algunos
de los resultados indican que estudiantes de tercer año de bachillerato tienen un nivel de excelencia
de apenas 2%.
Además, el 54,5% de niños de 7
años de educación general básica
domina las matemáticas. El 42,8%
de alumnos de décimo año no logra
cumplir los estándares educativos
de matemáticas y el 26,6% no domina lengua y literatura.
Augusto Espinosa, ministro de
Educación, detalló que la evaluación “permitirá hacer un análisis de
lo que está pasando en la educación
en todos sus niveles y tomar correctivos”. La meta es participar de los
exámenes Pisa en 2015, “no es la
primera vez que se hace la prueba
pero sí la primera con estándares de
calidad”, agregó Espinosa.
BREVES
Es un proyecto de la Senescyt
Profesionales postulan
para becas en 21 países
El examen para elegir a los becarios se
cumplió dentro de la Convocatoria Abierta
2014 I Fase y Enseña Inglés. Ambos son
programas de la Senescyt y las pruebas se
tomaron en 21 países simultáneamente.
El acto fue el 27 de junio pasado
202 niños egresaron
de educación inicial
La Dirección Distrital del MIES en Loja
realizó el acto de incorporación de 202
niños que recibieron atención bajo la
modalidad Creciendo con Nuestros Hijos.
Tuvo una inversión de $ 9´154.642
Hospital de Galápagos
tendrá 14 áreas médicas
Las autoridades de Salud ultiman detalles
para la apertura del Hospital Oskar Jandl
de Galápagos, que será inaugurado en
las próximas semanas.
Temen por sus necesidades
Adultos mayores se
preocupan por su edad
Según datos del INEC, el 60% de las
personas de la tercera edad se preocupa
porque les ocurra algo malo. Entre las
mayores angustias también se encuentra
saber quién cuidará de ellos.
Programa busca disminuir desnutrición
327 personas recibieron
atención gratuita
Una brigada médica atendió en Durán a
embarazadas y niños menores de 5 años,
quienes recibieron tabletas de hierro y
vitamina A para prevenir la anemia.
PUNTO DE VISTA
Unicef
Está en sus
manos proteger
a la infancia
Si es una de las personas que viajó a Brasil durante la
Copa del Mundo 2014 o conoce a alguien que lo haya
hecho, la Unicef informa que se puede proteger a los
niños, niñas y adolescentes de cualquier acto de
violencia durante los megaeventos deportivos que se
realizan en varias ciudades del país. ¿Cómo?
Denunciando lo que ha visto, a través de la aplicación
móvil denominada Proteja Brasil, que se puede
descargar en el siguiente link:
www.protejabrasil.com.br/es.
Se trata de una aplicación para smartphones y tablets
que utiliza el sistema de geolocalización GPS integrado
en el dispositivo para reconocer la ubicación en la que
se encuentra y proporcionar números de teléfonos a
los que se puede llamar para hacer la denuncia, las
direcciones más cercanas de las estaciones de policía,
y contactos de organizaciones de la sociedad civil que
trabajan por la infancia y adolescencia.
La aplicación también provee información sobre los
diferentes tipos de violencia que existen: trata de
niños, trabajo infantil, negligencia, abandono,
violencia física, tortura, violencia sexual,
discriminación y violencia psicológica. Cada tipo de
violencia está acompañado de datos estadísticos que
reflejan la situación de vulnerabilidad que viven niñas,
niños y adolescentes en Brasil, donde se registra un
promedio de 14 casos de violencia por hora, según
datos del Gobierno Federal.
Proteja Brasil es, por lo tanto, una iniciativa para que
toda la población se comprometa a denunciar casos
de violencia cometidos contra niñas, niños y
adolescentes.
Se enmarca dentro de la Agenda de Convergencia
Nacional de Brasil, impulsada por el Gobierno Federal,
la Unicef, otras agencias de las Naciones Unidas, la
sociedad civil y el sector privado. Los resultados hasta
el momento han sido satisfactorios. Desde el inicio de
la campaña, el pasado 18 de mayo año hasta la fecha,
se realizaron más de 3.800 llamadas por medio de
esta aplicación. De estas denuncias, 2.959 fueron
presentadas a Disque 100 (línea directa de Brasil); y
857 llamadas se realizaron a otras instituciones, como
las comisarías de policía especializadas y los consejos
tutelares.
Ante un acto violento cometido contra una niña, un
niño o un adolescente, el silencio es complicidad. La
violencia está en todas partes: en las calles, el hogar,
la comunidad, la escuela. Ocurre en todos los países y
en todos los niveles de la sociedad.
La Unicef hace un llamado en el mundo para no mirar
a otro lado cuando se vulneran los derechos de la
infancia y la adolescencia. Está en sus manos proteger
a la infancia.
CULTURA
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
31
@
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www.telegrafo.com.ec/cultura.html
EL PRESUPUESTO TOTAL PARA ESTE CONCURSO ES DE $ 170 MIL
HISTORIAS DE LA VIDA Y DEL AJEDREZ
En los Fondos SECU podrán
participar artistas extranjeros
Ramiro Diez
ramirodiez@ramiro
diez.com
Un médico,
vendedor
ambulante
Los profesionales que no son ecuatorianos y aplican para estos aportes deben
tener, al menos, 5 años en el país. Los proyectos serán ejecutados en Quito.
Redacción Cultura
[email protected]
Quito
El quiteño Adrián Balseca cree en el
arte desde lo conceptual. Con una
de sus propuestas ganó el Premio
París en la Bienal de Cuenca de
2014 y actualmente es de los artistas visuales que está planteándose
aplicar a la convocatoria para acceder a los fondos de incentivo a las
prácticas artísticas y culturales:
‘Fondo SECU 2014’.
La secretaria de Cultura del Municipio de Quito, Mariana Andrade,
lanzó el pasado lunes -ante la presencia de más de 120 artistas y gestores culturales congregados en la
Biblioteca Municipal- las bases de
este incentivo que estará abierto
hasta el 1 de agosto de este año.
La funcionaria manifestó que la
convocatoria es el primer intento de
viabilizar proyectos interdisciplinarios e incluyentes en la capital.
“Nuestra idea es ampliar este
fondo en 2015, así como seguir incluyendo todas las propuestas que
nos lleguen y sean debidamente
evaluadas”, expresó.
Una de las novedades -frente a
otros concursos promovidos por entidades públicas- es que podrán
participar artistas extranjeros (con
al menos 5 años de residencia en el
país), así como artistas nacionales
del territorio, siempre y cuando los
proyectos se ejecuten en el Distrito
Metropolitano de Quito.
La única actividad cultural que
no se ha incluído en la propuesta de
la Secretaría de Cultura es la organización de festivales artísticos.
Además hay una duda general de
los posibles participantes por la exclusión de fotografía en la categoría
Artes Visuales, una de las 4 ramas
INFOGRAFÍA
Cómo acceder a los fondos SECU
Desde el lunes está
abierta la
convocatoria para
acceder a los fondos
SECU para la creación
artística 2014, que
permanecerá abierta
hasta el próximo 1 de
agosto.
Sobre la edición 2014:
Tres modalidades:
Dirigido a 4 ramas
artísticas: Artes
Visuales, Artes
Musicales y Sonoras,
Artes Literarias y
Narrativas, Artes
Escénicas.
Cronograma:
Dónde aplicar: en la
página web de la
Secretaría de Cultura:
www.seculturaquito.com
→ Del 30 de junio al 1 de agosto: Recepción de
postulaciones.
→ Del 4 al 9 de agosto: Precalificación y
preselección (comité técnico).
→ 11 al 15 de agosto: Evaluación del jurado.
→ 18 de agosto: Se anunciarán los ganadores.
→ Del 19 al 22: Firma de convenios.
Presupuesto total:
$ 170.000
→ 25 de agosto: Inicio de ejecución de proyectos.
→ 14 de noviembre: Cierre de proyectos y entrega
de documentos de justificación.
→ Del 17 al 26 de noviembre: Firma de acta de
entrega de finiquito.
que incluye el concurso. No obstante, la Secretaría de Cultura
aclaró que es posible participar con
un proyecto fotográfico.
El artista visual Gonzalo Vargas,
está entre otro de los posibles postulantes con un proyecto fotográfico. Vargas participó hace 5 años
por los fondos concursables del Ministerio de Cultura con un proyecto
de difusión de artes visuales con
Ochoymedio. En dicha ocasión le
fueron asignados $10 mil para la
ejecución del proyecto.
El presupuesto total asignado
para este concurso es de $ 170 mil,
(parte del presupuesto sobrante de
la administración anterior, correspondiente al período 2014).
$ 4 mil a los de trayectoria emergente.
(Prácticas individuales o colectivas de
reciente formación con al menos una obra
o proyecto desarrollado anteriormente a
esta convocatoria.)
$ 8 mil a los de mediana trayectoria.
(Artistas y colectivos en proceso de
consolidación de su trabajo artístico, para
los cuales este fondo será un impulso en
su carrera.)
$ 10 mil a los de larga trayectoria. (Artistas
y colectivos consolidados con más de 15
años de experiencia, cuya práctica en el
campo de las artes y la cultura sea
sostenida, meritoria y reconocida.)
ANDRES DARQUEA/ EL TELEGRAFO
Artistas y gestores culturales manifestaron sus inquietudes frente
al nuevo fondo. En la mesa Mayra Estévez, Mariana Andrade, Miguel Alvear y Ana Fernández.
UN COLECCIONISTA COMPRÓ LOS DISCOS HALLADOS Y PLANTEA LA VENTA DE LAS PIEZAS MÁS RARAS
Grabaciones inéditas de Bob Dylan, descubiertas
Agencia EFE
Nueva York
Dos cajas con 149 grabaciones de
Bob Dylan de finales de la década del
60 y principios del 70 fueron halladas en un apartamento del barrio
neoyorquino del Greenwich Village.
Este fue el espacio que el cantante
de Blowing in the Wind utilizó como
estudio hace más de 40 años.
El hallazgo tuvo lugar en el 124
Oeste de la calle Houston, un pequeño estudio cerca de la casa de
Dylan por aquel entonces y las grabaciones son descartes, ensayos y
demos de lo que serían sus discos
‘Nashville Skyline’, ‘Self
Portrait’ y ‘New Morning’, así como algunas versiones de
canciones
de
Johnny
Cash,
desde Ring of
Fire a Folsom
Prison Blues.
Las grabaciones
fueron halladas en
el fondo de un armario por el hermano de
la fallecida casera del
cantautor, quien heredó el
piso, y se puso en contacto con el coleccionista Jeff Gold.
Gold además de confirmar su au-
tenticidad compró el
lote y reconoció que
estas grabaciones
fueron realizadas
en discos frágiles
de acetato, lo
que no evita que
sea un hallazgo
“sin precedentes”, explicó al
rotativo neoyorquino Daily News.
“La calidad del sonido es increíblemente
buena. Esta es una primera
generación, tomadas directamente
de la grabación original”, añade, y la
autenticidad de los discos de acetato
ha sido también confirmada por el
entonces productor de Dylan, Bob
Johnston.
Johnston explicó que, en aquella
época, su trabajo con el músico de
Nashville consistía en que Dylan
grababa la canción, le enviaba la grabación y él se la devolvía ya mezclada en los discos de acetato ahora
encontrados para que el cantante
diera su opinión sobre el resultado
final.
Gold se plantea vender algunas de
las piezas más raras por precios de
hasta $ 7 mil. Cedió algunas a los
mánager de Dylan pero su intención
es quedarse con la mayor parte de
estas grabaciones.
A doña Matilde la enterraron la semana
pasada en Guayaquil. Con ella terminó un
pedacito de historia que hay que contar.
Era una abuela que parecía de más de 100
años. Sin embargo, su rostro surcado por
los recuerdos se iluminaba cuando
hablaba de una lejana noche en su
Guayaquil de pasillos melancólicos y
calores insufribles. Julio, su nieto, me
contó que en su ataúd barato pusieron
una foto descolorida, razón de su sonrisa.
Ella abrazaba la foto y en la foto alguien la
abrazaba. Hace más de 20 años, ella
misma me contó la historia de aquel
retrato: En la década del 50, en Guayaquil,
un muchacho de sonrisa luminosa y acento
argentino, que vivía en un cuartito vecino,
vendía hilos, agujas y lápices de colores en
los buses y en lo que hoy es el malecón.
Era un ganapán, un 7 oficios, vendedor
ambulante. Una noche de intensa lluvia
tocó a la puerta de su casa. Eran las 23:00.
– Me contó el zapatero, que su mamá está
enferma. Déjeme ayudarla – dijo el joven.
Doña Matilde, de 20 años, fue reticente.
Un vendedor ambulante, ¿qué podría
contra los escalofríos y la fiebre de su
madre? Antes de que pudiera decir algo, el
muchacho ya había cruzado la puerta y
miraba el cuarto que alumbraba una vela.
– Soy médico – afirmó, y entró.
Cuando ese médico fue
noticia en Bolivia, a
Matilde le arrancaron
un pedazo del corazón.
– ¿Tú crees que mi mamá…?– empezó a
decir doña Matilde, pero cambió el estilo
de la pregunta. – ¿Usted cree, doctor, que
mi mamá…? –. No terminó la frase.
– Ya vengo. Manténgala hidratada. Déle
alguna bebida tibia. Espéreme, que
regreso enseguida – dijo el hombre. Y sin
importar la lluvia apocalíptica corrió a
buscar una farmacia. Regresó una hora
después, bañado en lluvia y sudor, con los
medicamentos y permaneció junto a la
paciente hasta el amanecer.
En su cuartucho del barrio Las Peñas donde
siempre vivió, doña Matilde lo recordaba
como el médico que había salvado a su
madre y deseaba, en medio de su pobreza,
que el mundo tuviera más hombres como
ese muchacho de mirada generosa. Por
eso, años después, cuando ese médico
llamado Ernesto Guevara fue noticia en
Bolivia, doña Matilde supo que a ella le
habían arrancado un pedazo del corazón. Y
que debería irse de este mundo abrazando
la foto donde él la abrazaba.
En ajedrez, como en la vida, no se puede
ahorrar poesía:
1. C6A CxC 2. D7T+ CxD
3. A5R+ R3T 4. A7C y mate
32
El Telégrafo I Jueves 03 de julio del 2014
Ofertas laborales de la Red Socio Empleo
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DE AVISOS
Guayaquil: Av. Carlos Julio Arosemena Tola, Km 1.5 / Teléf.: (04) 2595700. Punto de ventas Guayaquil: 10 de Agosto 601 y Boyacá. Teléf.: (04) 2328814. Quito: San Salvador E6-49 y Eloy Alfaro / Teléf.:
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LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500
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QUITO SE OFRECE $501 - $750
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DE QUITO SE OFRECE $751 - $1000
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EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500
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SE NECESITA FÍSICO / BIOFÍSICO EN LA CIUDAD
DE QUITO SE OFRECE $751 - $1000
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> ACTIVIDADES DE SALUD
> CONSTRUCCIÓN
SE BUSCA ALBAÑIL EN LA CIUDAD DE QUITO
SE OFRECE $340 - $370
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TUNGURAHUA
SE REQUIERE MÉDICO OCUPACIONAL EN LA
CIUDAD DE AMBATO SE OFRECE $751 - $1000
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ZAMORA CHINCHIPE
> SERVICIOS
SE BUSCA NIÑERA EN LA CIUDAD DE ZAMORA
SE OFRECE $340 - $370
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SE REQUIERE COMUNICADOR SOCIAL EN LA
CIUDAD DE RIOBAMBA
SE OFRECE $1501 - $2000
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AZUAY
> COMERCIALIZACIÓN
> SERVICIOS FINANCIEROS
EL ORO
SE BUSCA AUXILIAR CONTABLE Y/0
CONTADORA EN LA CIUDAD DE
CUENCA SE OFRECE $371 - $500
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> MINERÍA
SE BUSCA BACHILLER EN ELECTRICIDAD EN LA
CIUDAD DE MACHALA SE OFRECE $371 - $500
OFERTA-10372
SE NECESITA VENDEDORA JUNIOR EN LA
CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $340 - $370
OFERTA-11046
> SERVICIOS
SE NECESITA INGENIERO ELECTRONICO EN LA
CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $371 - $500
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SE BUSCA INSPECTOR DE SEGURIDAD
INDUSTRIAL EN LA CIUDAD DE PORTOVELO
SE OFRECE $1001 - $1500
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> FARMACÉUTICOS Y QUÍMICOS
SE REQUIERE SECRETARIA RECEPCIONISTA EN LA
CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $340 - $370
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> METALMECÁNICA
SE BUSCA JEFE DE CONTROL DE CALIDAD EN LA
CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $751 - $1000
OFERTA-11332
> SERVICIO PÚBLICO
SE REQUIERE INSPECTOR INTEGRAL
EN LA CIUDAD DE MACHALA
SE OFRECE $1001 - $1500
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SE NECESITA ANALISTA DISTRITAL
ADMINISTRATIVO EN LA CIUDAD DE SANTA
ROSA SE OFRECE $1001 - $1500
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SE BUSCA MECÁNICO DE MOTOS EN LA
CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $371 - $500
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SE REQUIERE ANALISTA ELECTRICAELECTRONICA EN LA CIUDAD DE MACHALA
SE OFRECE $751 - $1000
OFERTA-11466
> SECTOR PÚBLICO
SE BUSCA ANALISTA JURIDICO EN LA CIUDAD
DE CUENCA SE OFRECE $1001 - $1500
OFERTA-11037
> SERVICIOS FINANCIEROS
SE BUSCA ANALISTA DISTRITAL CONTABLE EN LA
CIUDAD DE SANTA ROSA
SE OFRECE $751 - $1000
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> ENSEÑANZA
SE BUSCA MAESTRO/A COSTURA Y
SUPERVISORA DE PLANTA EN LA CIUDAD DE
CUENCA SE OFRECE $371 - $500
OFERTA-10490
SE BUSCA INGENIERO ADMINISTRATIVO EN LA
CIUDAD DE BALSAS SE OFRECE $751 - $1000
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> TURISMO Y ALIMENTACIÓN
SE BUSCA COCINERA POLIVALENTE EN LA
CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $340 - $370
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GUAYAS
> COMERCIALIZACIÓN
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SE NECESITA VENDEDOR EXTERNO DE
REPUESTOS EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL
SE OFRECE $751 - $1000
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SE BUSCA SERVICIO GENERALES Y CONSERJE EN
LA CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $371 - $500
OFERTA-11087
BOLÍVAR
SE BUSCA DESPACHADORES DE COMBUSTIBLE/
VENTAS EN LA CIUDAD DE DURAN
SE OFRECE $340 - $370
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> ACTIVIDADES DE SALUD
> SERVICIOS
SE BUSCA MEDICO GENERAL EN LA CIUDAD
DE GUARANDA SE OFRECE $1001 - $1500
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SE REQUIERE CAPATAZ EN LA CIUDAD DE DAULE
SE OFRECE $751 - $1000
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SE BUSCA ASISTENTE DE CARTERA CON EXPERIENCIA EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL
SE OFRECE $371 - $500
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SE BUSCA SUPERVISOR EN SEGURIDAD
INDUSTRIAL EN LA CIUDAD DE GUARANDA
SE OFRECE $1001 - $1500
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SE BUSCA SERVICIO DOMESTICO EN LA CIUDAD
DE GUAYAQUIL SE OFRECE $340 - $370
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CAÑAR
SE BUSCA DIGITADOR ECUAPASS EN LA CIUDAD
DE GUAYAQUIL SE OFRECE $371 - $500
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> SECTOR PÚBLICO
SE NECESITA INSPECTOR INTEGRAL 5 EN LA
CIUDAD DE LA TRONCAL
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SE BUSCA OPERADOR DE MANTENIMIENTO EN
LA CIUDAD DE GUAYAQUIL
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CHIMBORAZO
> METALMECÁNICA
SE BUSCA TECNICOS ELECTRICOS -ELECTRONICOS
EN LA CIUDAD DE RIOBAMBA
SE OFRECE $371 - $500
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SE NECESITA TECNICOS MECANICOS EN LA
CIUDAD DE RIOBAMBA SE OFRECE $371 - $500
OFERTA-10224
> SERVICIOS
SE BUSCA INGENIERO MECÁNICO AUTOMOTRIZ
EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL
SE OFRECE $751 - $1000
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SE BUSCA JEFE DE AGENCIA EN LA CIUDAD
DE MILAGRO SE OFRECE $1001 - $1500
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SE BUSCA TÉCNICO DE INSTALACIONES EN
LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500
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SE BUSCA ANALISTA ZONAL DE TALENTO HUMANO
EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $751 - $1000
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SE BUSCA LACADOR EN LA CIUDAD DE QUITO
SE OFRECE $371 - $500
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> ACTIVIDADES DE SALUD
SE BUSCA FAENADORES EN LA CIUDAD DE LOJA
SE OFRECE $340 - $370
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SE BUSCA MÉDICO PSIQUIATRA EN LA CIUDAD
DE QUITO SE OFRECE $2501 - $3000
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SE NECESITA DIGITALIZADORES CARTOGRÁFICOS
EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL
SE OFRECE $340 - $370
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SE NECESITA CHOFER VENDEDOR EN LA CIUDAD
DE LOJA SE OFRECE $340 - $370
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SE BUSCA AUXILIAR DE ENFERMERÍA EN LA
CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750
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SE BUSCA COBRANZA PRE JURÍDICA EN LA
CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750
OFERTA-10720
SE BUSCA DIGITALIZADORES
CARTOGRÁFICOS EN LA CIUDAD DE
GUAYAQUIL SE OFRECE $340 - $370
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SE REQUIERE AUXILIAR U OPERARIO DE
LIMPEZA EN LA CIUDAD DE LOJA
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SE BUSCA MEDICO INTERNO EN LA CIUDAD DE
QUITO SE OFRECE $2501 - $3000
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ALARMAS EN LA CIUDAD DE QUITO
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FINIQUITOS EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL
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> SECTOR PÚBLICO
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SE NECESITA ANALISTA DE ABSOLUCIÓN DE
CONSULTAS - EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL
SE OFRECE $1001 - $1500
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SE BUSCA ANALISTA DE PLANIFICACIÓN E
INVERSIÓN EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL
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> ACTIVIDADES COMUNITARIAS
SE BUSCA COORDINADOR DE
MANTENIMIENTOS DE AIRE ACONDICIONADO
EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750
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SE BUSCA ABOGADO EN LA CIUDAD DE
LOJA SE OFRECE $1001 - $1500
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LOS RÍOS
> SECTOR PÚBLICO
SE BUSCA VENDEDORES/AS EN LA CIUDAD DE
QUITO SE OFRECE $371 - $500
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SE REQUIERE INSPECTOR INTEGRAL - EN LA
CIUDAD DE QUEVEDO SE OFRECE $1001 - $1500
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SE BUSCA ASESORES COMERCIALES PARA
AGENCIA 12 DE OCTUBRE Y CARAPUNGO EN
LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $751 - $1000
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SE BUSCA EJECUTIVO DE VENTAS EN LA CIUDAD
DE QUITO SE OFRECE $501 - $750
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> SERVICIOS
SE REQUIERE ASESOR TÉCNICO ELÉCTRICO
COMERCIAL EN LA CIUDAD DE QUITO
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> TECNOLOGÍA
SE REQUIERE ESTIBADOR EN LA CIUDAD
DE PORTOVIEJO SE OFRECE $371 - $500
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SE NECESITA PROGRAMADOR EN LA CIUDAD
DE GUAYAQUIL SE OFRECE $751 - $1000
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SE BUSCA DISEÑADOR GRAFICO EN LA CIUDAD
DE MANTA SE OFRECE $371 - $500
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SE REQUIERE ING. CIVIL - SANITARIO
- HIDRÁULICO EN LA CIUDAD DE QUITO
SE OFRECE $501 - $750
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CIUDAD DE MANTA SE OFRECE $371 - $500
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CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750
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CIUDAD DE MONTECRISTI
SE OFRECE $751 - $1000
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DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500
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> SERVICIO PÚBLICO
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ADQUISICIONES EN LA CIUDAD DE IBARRA
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SE BUSCA TECNICO DE SOPORTE AL USUARIO
TICS EN LA CIUDAD DE IBARRA
SE OFRECE $501 - $750
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> CONSTRUCCIÓN
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NOTICIEROS EN LA CIUDAD DE MONTECRISTI
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RIESGOS EN LA CIUDAD DE QUITO
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DE SAN MIGUEL DE URCUQUI
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PESADA EN LA CIUDAD DE LOJA
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CONTENIDOS EN LA CIUDAD DE QUITO
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SE BUSCA INSPECTOR INTEGRAL 5EN LA CIUDAD DE ORELLANA
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DE TENA SE OFRECE $340 - $370
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DE MILAGRO SE OFRECE $340 - $370
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CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500
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PICHINCHA
> CONSTRUCCIÓN
Los clasificados con este símbolo
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SE NECESITA VENDEDOR COMISIONISTA
COVERTURA EN LA CIUDAD DE QUITO
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> SERVICIOS FINANCIEROS
SE BUSCA DESPACHADOR EN LA CIUDAD DE LOJA
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SE BUSCA ING. SANITARIO EN LA CIUDAD
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> SERVICIOS
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CAPACIDADES EN LA CIUDAD DE QUITO
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DE QUITO SE OFRECE $340 - $370
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LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500
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CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500
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SE NECESITA ASISTENTE DE FACTURACIÓN EN LA
CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370
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SE BUSCA ANALISTA DE DESARROLLO DE
CAPACIDADES EN LA CIUDAD DE QUITO
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CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $751 - $1000
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CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500
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> SERVICIOS FINANCIEROS
SE REQUIERE OFICIAL COMERCIAL EN LA
CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750
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SE BUSCA AUXILIAR DE CONTABILIDAD EN
LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370
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SE BUSCA COBRANZAS Y TELEMERCADEO EN
LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370
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SE REQUIERE INSPECTOR INTEGRAL 5
EN LA CIUDAD DE CAYAMBE
SE OFRECE $1001 - $1500
OFERTA-11215
SE BUSCA ANALISTA DE CONTROL Y
SEGUIMIENTO EN LA CIUDAD DE QUITO
SE OFRECE $2001 - $2500
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SE NECESITA AUXILIAR DE NARCHIVO EN LA
CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750
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SE REQUIERE AUXILIAR DE ARCHIVO EN LA
CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750
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SE BUSCA DISEÑADOR GRAFICO EN LA CIUDAD
DE QUITO SE OFRECE $751 - $1000
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SE NECESITA DESARROLLADOR DE
SOFTWARE EN LA CIUDAD DE QUITO
SE OFRECE $751 - $1000
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> TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
SE REQUIERE OPERADOR DEL SISTEMA
TELEFERICO EN LA CIUDAD DE QUITO
SE OFRECE $340 - $370
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> TECNOLOGÍA
SE BUSCA ASISTENTE ADMINISTRATIVA EN LA
CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370
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y busque el empleo de su interés según el código de OFERTA
> VEHÍCULO
SE BUSCA ASESOR COMERCIAL EN LA
CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750
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SANTA ELENA
> SERVICIOS
SE BUSCA SECRETARIA DE MANTENIMIENTO
EN LA CIUDAD DE LA LIBERTAD
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SE NECESITA BAILARINA - BAILOTERAPIA
EN LA CIUDAD DE SANTA ELENA
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SANTO DOMINGO
DE LOS TSÁCHILAS
> COMERCIALIZACIÓN
SE BUSCA ASESOR EN VENTAS
EN LA CIUDAD DE SANTO DOMINGO
SE OFRECE $340 - $370
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> SERVICIOS
SE BUSCA INGENIERO EN LABORATORIO DE
SUELO Y HORMIGONES (ING. CIVIL) EN LA
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> ACTIVIDADES DE LIMPIEZA
SE BUSCA AYUDANTE DE MANTENIMIENTO EN
LA CIUDAD DE SANTO DOMINGO
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SUCUMBÍOS
> COMERCIALIZACIÓN
SE NECESITA AYUDANTE INSTALACION EQUIPOS
DE PROYECCIÓN EN LA CIUDAD DE QUITO
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SE REQUIERE AYUDANTE DE
COCINA(POLIFUNCIONAL) SOLO MUJERES
HASTA 35 AÑOS EN LA CIUDAD DE QUITO
SE OFRECE $340 - $370
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SE BUSCA ASISTENTE ADMINISTRATIVA
COMERCIAL EN LA CIUDAD DE QUITO
SE OFRECE $501 - $750
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SE BUSCA DESPACHADOR DE COMBUSTIBLE EN
LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370
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SE BUSCA ASISTENTE CONTABLE EN LA CIUDAD
DE QUITO SE OFRECE $371 - $500
OFERTA-11471
SE BUSCA ASISTENTE CONTABLE EN LA CIUDAD
DE RUMIÑAHUI SE OFRECE $501 - $750
OFERTA-11491
SE BUSCA OFICIAL OPERATIVO DE CARTERA E
INVERSIONES EN LA CIUDAD DE QUITO
SE OFRECE $501 - $750
OFERTA-11252
> SECTOR PÚBLICO
SE NECESITA ING. ELECTRÓNICO Y
TELECOMUNICACIONES EN LA CIUDAD
DE QUITO SE OFRECE $751 - $1000
OFERTA-10232
SE BUSCA BRIGADISTA DE PLATAFORMA EN
LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370
OFERTA-11484
SE REQUIERE BIOQUÍMICA Y FARMACIA
EN LA CIUDAD DE QUITO
SE OFRECE $1001 - $1500
OFERTA-10233
SE BUSCA ING. QUÍMICO EN LA CIUDAD
DE QUITO SE OFRECE $751 - $1000
OFERTA-10227
aplican para personas con discapacidad.
www.socioempleo.gob.ec
SE REQUIERE PARRILLERO EN LA CIUDAD
DE QUITO SE OFRECE $371 - $500
OFERTA-11542
UN SERVICIO DE
www.eltelegrafo.com.ec
SE NECESITA AGENTE VENDEDOR RECAUDADOR
EN LA CIUDAD DE NUEVA LOJA
SE OFRECE $371 - $500
OFERTA-11460
ZAMORA CHINCHIPE
> SERVICIOS
SE NECESITA TRADUCTORES MANDARIN ESPAÑOL EN LA CIUDAD DE ZAMORA
SE OFRECE $1001 - $1500
OFERTA-10696
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
33
Requisa aduanera
Lingotes de oro son incautados
En aeropuerto de Bangkok arrestan a surcoreano con el oro
Justicia
[email protected]
Crimen organizado
Caso en Procuraduría mexicana
Red de información contra narcos
Excura es buscado por violador
Fiscales de Iberoamérica analizarán esta propuesta en foro
En 30 años abusó sexualmente de más de 100 menores
LOS UNIFORMADOS SERÁN SOMETIDOS A EVALUACIÓN SICOLÓGICA
Policías violentos
van a terapia
Seis agentes por mes han sido detenidos en lo que va de 2014, por atentar contra la integridad
física y emocional de sus esposas o hijos. Debido a ello, fueron puestos a órdenes de jueces de
flagrancia, quienes les dictaron medidas cautelares. 114 han terminado en prisión. 34
Incidencia de casos de violencia intrafamiliar
según provincias (enero a junio 2014)
Pichincha
172
Guayas
117
Imbabura
34
30
30
Esmeraldas
Manabí
Carchi
El Oro
Azuay
Sto. Domingo de los Tsáchilas
Chimborazo
Cotopaxi
Sucumbíos
Tungurahua
Bolívar
Loja
Pastaza
Sta. Elena
Cañar
Napo
Morona Santiago
Orellana
Galápagos
Los Ríos
Zamora Chinchipe
17
16
15
15
12
12
10
8
6
6
6
6
5
5
3
3
2
2
1
584
Casos de violencia intrafamiliar
según grados (enero a junio 2014)
Casos de servidores policiales
inmersos en violencia intrafamiliar
114 casos
194
CBOS (CABO 2do.)
184
CBOP (CABO 1ro.)
70
20%
470 casos
detenidos
POL (Policía)
46
SGOS (Sargento 2do.)
44
SGOP (Sargento 1ro.)
12
TNTE (Teniente)
8
80%
denunciados
Fuente: DGP-DEVIP / Gráfico: Patricio Mosquera C./ infografí[email protected]
HOY INICIA INSCRIPCIÓN PARA RENOVACIÓN DE CORTE NACIONAL DE JUSTICIA . 34
ÚNICA TESTIGO DE CRIMEN IDENTIFICÓ A POSIBLE AUTOR DE LA MUERTE DEL JAPONÉS . 35
CPTN (Capitán)
7
SUBS (Suboficial 2do.)
7
MAYR (Mayor)
5
TCNL (Teniente Coronel)
4 SBTE (Subteniente)
3 SUBP (Suboficial 1ro.)
34
JUSTICIA
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
@
Ingrese a la sección Justicia a través del código QR, que deberá escanear con su celular y que, al activarse, mostrará los temas de su interés.
www.telegrafo.com.ec/justicia.html
DESDE CABOS HASTA TENIENTES CORONELES ESTÁN INVOLUCRADOS EN MALTRATO EN EL HOGAR
BREVES
Los policías con historial violento
recibirán terapias sicológicas
El departamento de Salud Mental de la institución evaluará a los gendarmes
Dos provincias participaron en programa
Policía impulsa trabajo
y estudio en jóvenes
La Policía Nacional y el Ministerio de
Relaciones Labores promovieron el estudio
y trabajo entre jóvenes del Servicio Civil
Ciudadano en Manabí y El Oro, quienes
pueden participar para acceder a becas y
plazas laborales a través de Socio Empleo.
con problemas de conducta. El plan de prevención se desarrollará en 3 fases.
10 años de trabajo conjunto
Turistas de la capital con
resguardo permanente
Redacción Justicia
[email protected]
Quito
Marcía se casó ilusionada con un
uniformado que en ese momento radicaba en Guayaquil, del matrimonio nació una niña. Pero con el
tiempo, las frases de afecto cambiaron por insultos y agresiones.
Un día Marcia pidió auxilio para
defenderse del policía que la intentaba agredir. Una oficial de mayor
rango acudió en su ayuda y obligó al
policía agresor a salir del hogar para
evitar que siga cometiendo violencia intrafamiliar.
A Marcia le fue difícil seguir viviendo en una casa alquilada, con su
pequeña hija y sin recursos, por eso
demandó al policía para que le pase
una pensión alimenticia. Después
de 10 años el uniformado, que ahora
dirige una jefatura, inició una nueva
relación y será padre de otro niño.
Al momento se está divorciando de
Marcia, pero eso también amenaza
la pensión que debe pasarle a su
hija, ya que le anunció que se reduciría.
Un promedio de 6 policías al mes
han sido detenidos desde enero del
2013 a junio de este año, por cometer actos de violencia intrafamiliar,
lo cual ha motivado que sean llevados a una audiencia de flagrancia
donde el juez dictó la medida cautelar, porque se comprobó la falta.
Sin embargo, los 114 casos reportados hasta la fecha fueron tratados
como contravención ya que no superaron los 3 días de incapacidad física. “Esto es el problema ya que las
agresiones podrían convertirse fácilmente en un delito de lesiones,
lo cual sería muy grave”, apuntó el
coronel Pablo Cerda, director de
Planificación de la Inspectoría de
El Servicio de Seguridad Turística de la
Policía reguarda los recorridos que
organiza la Fundación Quito Eterno. Las
instituciones trabajan hace 10 años para
precautelar la integridad de los visitantes.
Participan 250 estudiantes
Pasantías judiciales
iniciaron en Manabí
La campaña ‘Tú puedes’ para prevenir violencia familiar será socializada entre los 46 mil uniformados.
Policía.
Por estos motivos, la Inspectoría
elaboró un plan junto con la Dirección Nacional de Salud de la Policía
para realizar evaluaciones periódicas sobre la salud mental de los
uniformados. En esta área se analiza
la personalidad como inestabilidad
emocional, rasgos o niveles de agresividad que son categorizados en
alta, media y baja, también afecciones sobre el control cognitivo y de
personalidad, los cuales se detectan
durante evaluaciones sicológicas.
“Cuando en la personalidad del
Policía encontramos niveles de
agresividad, esto puede influir en
violencia intrafamiliar, así como la
inestabilidad emocional también
puede repercutir en una mala convivencia en el hogar”, dijo el oficial.
En 18 meses se presentaron 470
denuncias y se registraron 114 detenciones que redondean un total
de 584 casos de violencia intrafami-
DESTACADO
Hasta el 28 de julio, los 584
casos de violencia familiar
serán evaluados e iniciarán
terapias integrales.
liar, protagonizados por uniformados de diferentes rangos, desde cabos hasta tenientes coroneles. Al
parecer, los más violentos son los
cabos, ya que 190 estuvieron implicados en este tipo de casos.
El inspector de Policía, Gral. Fabián Solano, anunció que el plan
para prevención de violencia intrafamiliar se desarrollará en 3 fases.
La primera que empezó ya con el
anunció en todas las unidades de la
campaña “Tú puedes, Tú debes”,
para socializar esta problemática
ANDRÉS DARQUEA/ EL TELÉGRAFO
con talleres de explicación y charlas
que se efectuarán en los circuitos
policiales.
La segunda fase comprende una
evaluación sicológica a quienes tengan este problema; y finalmente el
perjuicio legal en el que se verían
implicados los policías que cometan
violencia intrafamiliar. De acuerdo
con la gravedad de los hechos, se les
aplicará la sanción disciplinaria que
incluirá incluso la baja.
Para el sicoanalista Rodrigo Tenorio, la solución al problema debería enfocarse en la educación al policía, “no se puede convertir el tratamiento sicológico en castigo como
una consecuencia del acto agresivo,
sino que se deberían efectuar terapias y seguimientos constantes a
quienes hayan cometido violencia
intrafamiliar”. Los policías deben
tomar en cuenta que son violentos y
existe la posibilidad de mejorar con
atención sicoterapéutica.
En Manabí inició el martes el tercer ciclo
de pasantías para egresados y estudiantes
de las carreras de Derecho. Los más de
250 practicantes completarán en 10
meses 200 horas de servicio.
600 dosis salieron de circulación
Denuncia de ciudadanos
evitó venta de drogas
El ECU-911 de Azuay captó con sus cámaras
a presuntos expendedores de droga en
acción gracias al aviso de la ciudadanía de
Cuenca. La Policía detuvo a varios sospechosos con sobres de cocaína y cannabis.
5 kg de droga líquida oculta en maletas
Hombre no pudo viajar
con droga hacia España
Williams A. fue aprehendido en Guayaquil
antes de abordar un vuelo con destino a
España. Pretendía llevar 5 kg de cocaína
que tenía oculta en varios objetos.
LA POLICÍA REVISÓ A LOS GUARDIAS DE CÁRCELES DE PORTOVIEJO Y JIPIJAPA
7 ASPIRANTES CON MAYOR PUNTAJE SERÁN ELEGIDOS
Agentes hallan droga en botas de guía
Empieza la inscripción para
renovación de Corte Nacional
Redacción Justicia
[email protected]
Ocultos en las botas de un guía penitenciario, hallaron 250 gramos de
droga los agentes de seguridad del
Ministerio de Justicia, durante una
revisión al personal de guardias en
los centros de rehabilitación social
de Portoviejo y Jipijapa.
En El Rodeo, la Policía realizó la
revisión a los agentes penitenciarios y encontró el alcaloide en un
doble fondo de las botas de Roberto
A. Al momento se efectúan las investigaciones necesarias para de-
terminar responsabilidades. El guía laboraba desde el 2013
en esta cárcel, anteriormente lo
hizo en el penal
de Jipijapa.
El operativo
de El Rodeo inició a las 05:00
del martes 1 de julio. Los uniformados encontraron en la
requisa de las celdas: 13
celulares, cargadores, armas
blancas, cigarrillos, envolturas y alcohol artesanal.
En el Centro de Rehabilitación
Social de Jipijapa, los
agentes de Seguridad Penitenciaria,
en coordinación
con la Policía,
efectuaron la revisión el lunes
30 de junio de
2014.
En este centro
se decomisaron
kilo y medio de una
sustancia blanquecina, presumiblemente
droga, 70 celulares y 60 cargadores.
Los operativos sorpresa continuarán en las cárceles del país.
Redacción Justicia
Quito
Desde hoy hasta el 14 de julio se receptarán las inscripciones de jueces
que deseen participar en el concurso que tiene como fin la renovación parcial de la Corte Nacional de
Justicia.
Las puntuaciones determinarán
quiénes serán los ganadores de las 7
plazas, no obstante la ciudadanía
podrá presentar sus impugnaciones
debidamente justificadas.
Gustavo Jalkh, presidente del
Consejo de la Judicatura, explicó
que se considerará la paridad de género y que se respetarán los principios de igualdad, probidad, no discriminación, publicidad, méritos y
oposición.
También, anunció que en caso de
haber un empate en puntaje entre
un juez y una jueza, la Judicatura
escogerá a la postulante mujer, y
agregó que un comité de expertos
valorará los aspectos relevantes de
cada aspirante.
JUSTICIA
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
EN CIFRAS
EL ABUSO INFANTIL EN
ESTADOS UNIDOS
3.600
1.450
281
niños explotados sexualmente fueron
recuperados en 10 años en EE.UU.
personas fueron reducidas a prisión
por el FBI y otras entidades.
proxenetas fueron detenidos en la
última operación Cross-Country.
35
LOS DETENIDOS EN OPERATIVO DENTRO DE HOSTAL ‘EL ENCUENTRO’ ESTARÍAN IMPLICADOS
Testigo del crimen identificó a posible autor
Roberto A.P. sería la persona que disparó contra el turista japonés Hitomi Tet Suo. La esposa
de la víctima, quien reside en Japón, lo reconoció por fotografías.
Karla Naranjo
[email protected]
Guayaquil
Roberto Carlos A.P. es el posible autor del disparo que le causó la
muerte al turista japonés Hitomi
Tet Suo, el pasado 28 de diciembre
de 2013, en Guayaquil. Él tomó un
taxi junto a su esposa, también japonesa, Shatumy Maryko, y fueron
víctimas de un secuestro exprés
cuando salieron de un hotel, en el
norte de la ciudad. Ambos habían
llegado a celebrar su luna de miel.
Shatumy fue herida con 2 disparos: uno en el abdomen y otro en su
pierna derecha, por lo que estuvo
internada en el hospital Guayaquil.
Al ser dada de alta colaboró con la
Fiscalía del Guayas en la
reconstrucción de los
hechos y posteriormente regresó a su
país. Desde allá
ha colaborado
con la investigación del suceso.
Así lo afirmó César Peña, fiscal
encargado
del
caso, que está en
etapa de indagación
previa.
El fiscal Peña dispuso de
una asistencia internacional para la
identificación del o los presuntos
responsables del crimen, a través de
Shatumy, la única sobreviviente; según informó personal del Ministerio
del Interior.
Las fotos de los individuos dete-
LA NUEVA TABLA ESTARÍA LISTA LA PRÓXIMA SEMANA
Comité interinstitucional del
Ejecutivo dirigirá el Consep
Redacción Justicia
[email protected]
El Consejo Nacional de
Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas
(Consep)
funcionará como
una secretaría
adscrita a un
nuevo
comité
que dependerá
directamente del
Ejecutivo.
Así lo explicó Rodrigo Vélez, secretario
ejecutivo del Consep, quien
sostuvo que la entidad se encuentra
en proceso de ser parte del Gobierno. Indicó que este comité reemplazará al Consejo Directivo del
Consep, que se encarga de vigilar el
cumplimiento del plan nacional y
los programas para la prevención
del uso indebido de drogas.
Por ello, señaló que se está trabajando con la Secretaría Nacional de
Administración Pública y con delegados de la Presidencia de la República en este proceso.
“Estimamos que podría durar
pocas semanas, al menos en la primera fase de la transición”, dijo.
El funcionario manifestó que en
la segunda fase incluirá la elaboración de una nueva Ley de Drogas en
la Asamblea Nacional.
En este nuevo marco, el Consep
trabajará también con otros ministerios como Cultura, Deporte y la
Secretaría Nacional del Buen Vivir;
además de las carteras de
Salud, Interior y Educación, con las que se
ha venido colaborando.
“Hemos entendido que este
f e n ó m e n o
abarca a toda la
sociedad. Es un
tema de salud,
seguridad y desarrollo social y económico”.
Vélez manifestó que la
próxima semana podría estar
lista la tabla que servirá como complemento al Código Orgánico Integral Penal (COIP), referente a las diferentes escalas de tráfico ilícito de
sustancias. Esa tabla servirá para la
proporcionalidad gradual de las penas. Y es adicional a la tabla de tenencias mínimas emitida en junio
del año pasado como una guía para
los operadores de justicia.
El Consep ejecuta el plan ‘Orientación sobre prevención integral
del uso y consumo de drogas en el
ámbito laboral’, a través de conversatorios. Por ello, ayer en Quito
participaron 75 empresas certificadas del BASC, capítulo Pichincha,
junto con los especialistas del Consep en materia de prevención integral de drogas.
nidos en el operativo
‘Encuentro’ y de
quienes se sospechó que participaron en su secuestro le fueron enviadas a la testigo en Japón.
La mujer señaló que Roberto
Carlos A.P. estaba
sentado a su derecha en la parte posterior del auto y lo identificó como el autor de los disparos que terminaron con la vida de
su esposo y que también la hirieron
a ella.
Shatumy agregó que Carlos Arturo C.M. permanecía en el asiento
delantero junto al conductor. Este
habría golpeado a Hitomi Tet Suo.
Roberto Carlos, alias ‘El Chino’,
fue detenido el 1 de febrero de 2014
junto a otros 4 individuos supuestos integrantes de una agrupación
dedicada al secuestro exprés.
Agentes de la Brigada Anticriminal (BAC) allanaron, entre otros, la
hostal ‘El Encuentro’, ubicada en la
cooperativa Siempre Seremos los
Primeros, del Guasmo Central.
Ahí, en la habitación número 5,
encontraron a un ciudadano atado
de pies y manos con una correa y
una cuerda negra. Como evidencia
hubo 4 armas de fuego y 5 carros.
Los otros aprehendidos fueron
Carlos Arturo C.M., Johnny S.A.,
Segundo O.C. y Julio T.Y.
En mayo, la Policía detuvo al presunto líder de esta agrupación.
Hitomi y Shatumy llegaron a Guayaquil el 28 de diciembre de 2013,
se hospedaron en el hotel Hilton
Colón, al norte de Guayaquil. De ahí
fueron al Sheraton para reservar
una cena para el 31 de diciembre.
Luego se irían a pasar el resto de su
luna de miel a las Islas Galápagos.
Cuando se subieron al primer
taxi el turista discutió con el conductor porque le cobró $ 3. Ya al regresar al Hilton, otro taxista -que
ofrecía servicios a clientes del Sheraton- le dijo que les cobraría lo
mismo y Tet Suo prefirió embarcarse en un carro amarillo sin placas.
Más adelante, por el sector de
Bahía Norte, 2 hombres se subieron
y los tuvieron dando vueltas. En el
trayecto le habrían disparado a Tet
Suo. Cerca de las 23:00 las víctimas fueron abandonadas en el sur
de Guayaquil.
36
TECNOLOGÍA
El Telégrafo | jueves 3 de julio de 2014
@
Ingrese a la sección Tecnología a través del código QR, que deberá escanear con su celular y que, al activarse, mostrará los temas de su interés.
www.telegrafo.com.ec/tecnologia.html
EL RESULTADO DEL EXPERIMENTO FUE DIVULGADO EL 17 DE JUNIO EN UNA REVISTA ACADÉMICA
Facebook manipuló emociones de
sus usuarios para hacer un estudio
Los científicos investigaron si el número de mensajes positivos o negativos
BREVES
La aplicación es gratuita
Los ‘selfies’ se pueden
tomar a distancia
Una ‘start-up’ tecnológica sueca ha
lanzado una aplicación para dispositivos
Apple que permite a los usuarios sacarse
fotos de sí mismos sin tener que tocar la
pantalla. Las fotos pueden ordenarse
desde una distancia de hasta 3 metros.
leídos por los miembros de esta red social tenía influencia sobre lo que publican.
Medida incluye a llamadas de voz y SMS
UE reduce valores del
‘roaming’ en vacaciones
Agencia AFP
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Washington, Estados Unidos
Facebook manipuló las informaciones de unos 700.000 usuarios anglófonos para un estudio científico
sobre el ‘contagio emocional’ de los
grupos, suscitando preocupación en
los internautas el fin de semana anterior.
Científicos de las universidades
de Cornell y de California investigaron si el número de mensajes positivos o negativos leídos por los miembros de Facebook tenía influencia
sobre lo que publican.
Durante una semana, del 11 al 18
de enero de 2012, la empresa y los
investigadores modificaron en secreto el sistema de algoritmos de la
red para manipular los contenidos.
El resultado de la investigación,
publicado el 17 de junio en la revista
de la Academia Nacional de las
Ciencias de Estados Unidos (PNAS)
muestra que los usuarios utilizan
más palabras negativas o positivas
según el alcance de los contenidos a
los que sean expuestos.
“Los estados emocionales son comunicativos y pueden transmitirse
por un efecto de contagio, lo que
conduce a las personas a sentir las
mismas emociones sin ser conscientes de ello”, escribieron los autores, quienes dan por demostrada
“la realidad de un contagio emocional de masas por medio de las redes
sociales”.
Algo legal, pero no ético
El estudio pasó inicialmente desapercibido en los principales medios
de Estados Unidos; sin embargo,
creció la atención tras los artículos
publicados el sábado anterior en la
revista en línea de Slate y en las pá-
Navegar por internet con el teléfono móvil
al viajar entre los países de la Unión
Europea será un 50% más barato gracias
a los recortes obligados por la UE, en
tiempos de vacaciones de verano.
Exdirectivo de Goldman Sachs asume
Cambios en el área
financiera de Twitter
TOMADO DE HTTP://WWW.CROMO.COM.UY
Durante una semana, del 11 al 18 de enero de 2012, se realizó la ‘investigación’ psicológica.
CIFRA
DESTACADO
700.000
usuarios ‘participaron’ de este estudio
realizado por miembros de las
universidades de Cornell y California.
Internautas expresaron su
‘profunda pena’ y
describieron el método
como ‘alarmante’.
ginas web de The Atlantic y Forbes.
“Es sin duda legal, pero ¿es
ético?”, se preguntaba The Atlantic
en un artículo.
Algunos internautas expresaron
su ‘profunda pena’ y describieron el
método utilizado como ‘alarmante’
o ‘demoníaco’.
“Facebook ha manejado su ‘suministro de noticias’ para un experimento psicológico. Llegó el momento de cerrar tu cuenta de Facebook”, se irritó un usuario en Twitter.
Susan Fiske, de la Universidad de
Princeton (editora de la PNAS), explicó a The Atlantic que contactó
con los autores del estudio para hacerles partícipes de la preocupación
de los internautas mundiales respecto a sus trabajos.
Ellos le dijeron que los responsables de sus universidades habían
aprobado estos trabajos “porque Facebook, al parecer, manipula sistemáticamente el contenido de las informaciones difundidas”.
Requerida por la AFP, Fiske reco-
PARA UNO DE LOS ‘PADRES’ DE INTERNET NO SE DEBIERON PUBLICAR VARIOS CABLES
noció que las cuestiones éticas levantadas por este estudio “tocaron
sin lugar a dudas una fibra sensible” de las personas que tienen
cuentas en la red social.
“Pero creo que es Facebook el que
debe aportar una respuesta al desasosiego” de sus usuarios.
En un mail enviado a la AFP, la
portavoz de la red social, Isabel
Hernández, aseguró que “la investigación se realizó solamente durante
una semana y ningún dato utilizado
estaba ligado a una persona en particular”.
“Realizamos investigaciones para
mejorar nuestros servicios (...) y
una gran parte consiste en comprender cómo responde la gente a
diferentes contenidos positivos o
negativos”, prosiguió. “Nosotros
examinamos cuidadosamente los
estudios que hacemos y tenemos un
proceso interno de evaluación muy
estricto”.
Twitter dijo que su director financiero Mike
Gupta se convertirá en vicepresidente
senior de inversiones estratégicas y
nombró a Anthony Noto como su
sustituto.
Dispositivo estará disponible este mes
Samsung anuncia que
habrá un Galaxy S5 mini
Samsung Electronics, el mayor fabricante
de smartphones del mundo, anunció el
inminente lanzamiento del Samsung
Galaxy S5 mini, la versión compacta de su
teléfono inteligente de referencia, el S5.
Medida fue tomada para evitar ataques
Irak levanta el veto
a las redes sociales
El gobierno de Irak levantó la prohibición
sobre redes sociales que duró 17 días y que
fue impuesta para impedir la
comunicación entre insurgentes.
FOTOHISTORIA
Mockapetris cuestiona a WikiLeaks
Agencia EFE
Girona
Uno de los ‘padres’ de internet, Paul
Mockapetris, ha destacado en una
entrevista con Efe la necesidad de
mantener un equilibrio entre la privacidad y la libertad en la red, por
lo que ha asegurado que “la mayoría
de cables de WikiLeaks no debería
haberse publicado”.
Según el inventor del Domain
Name System (DNS) -que distribuyó la red en dominios tan utilizados como el ‘.com’-, el reto al que
debe enfrentarse a partir de ahora
internet es la búsqueda
de un equilibrio entre
la privacidad de los
ciudadanos, que
debe ser protegida por los gobiernos y la
transparencia.
Por este motivo, Mockapetris, que ha participado en el reciente
Fórum Impulsa 2014
de la Fundación Príncipe
de Girona, ha subrayado que
“la mayor parte de la información
que reveló WikiLeaks no tendría
que haber sido publicada”, en un
mes en que el fundador
de esta organización,
Julian
Assange,
cumple 2 años
asilado en la embajada de Ecuador en Londres.
“La organización de WikiLeaks tenía sus
disputas internas,
la mayoría de la información no debería
haberse publicado. El
conocimiento es poder, la
gente tiene el derecho de saber,
pero debemos proteger su privacidad”, ha sentenciado.
Avance indio
La India puso en órbita
cinco satélites por medio
del cohete propulsor
autóctono PSLV-C23, una
operación que reafirma
el avance tecnológico
del país.
AFP
El Telégrafo I jueves 3 de julio del 2014
EXTRACTO
EXTRACTO
EXTRACTO
EXTRACTO
CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA COMPAÑIA
DE DISEÑO Y PLANIFICACIÓN INDUSTRIAL
DISPLANDUSTRIAL CIA. LTDA...
DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE MODIFICACIÓN DEL OBJETO SOCIAL Y REFORMA DE
ESTATUTOS DE LA COMPAÑÍA TOPNOTCH
BUSINESS CIA. LTDA.
DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE MODIFICACIÓN DEL
OBJETO SOCIAL Y REFORMA DE ESTATUTOS DE LA
COMPAÑÍA DIAGNOSTICO AGUDO Y MEDICOS ESPECIALISTAS DAME S.A. DAMESA
DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DOMICILIO DE LA COMPAÑIA SAVESERV
S.A. DEL CANTÓN GUAYAQUIL AL CANTÓN NARANJAL, Y REFORMA DEL ESTATUTO.
1.- ANTECEDENTES.- La compañía SAVESERV S.A., se constituyó mediante escritura
pública otorgada ante el Notario Vigésimo Primero del cantón Guayaquil, el 23 de
enero de 2003, aprobada mediante Resolución No. 03-G-IJ-0001004 el 12 de febrero
de 2003, e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil, el 12 de febrero de
2003.
2.- CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de domicilio y reforma de estatutos de la compañía SAVESERV S.A., del cantón Guayaquil al cantón
Naranjal, y reforma del estatuto, otorgada el 10 de diciembre de 2013, ante el Notario
Primero del cantón Ventanas, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías y Valores, mediante Resolución No. SCV-INC-DNASD-SAS-14- 0003941 de 13
de Junio del 2014.
3.- CAMBIO DE DOMICILIO, Y REFORMA DEL ESTATUTO Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de Compañías y Valores mediante Resolución No. SCV-INC-DNASDSAS-14- 0003941 de 13 de Junio del 2014, aprobó el cambio de domicilio de la
compañía SAVESERV S.A., del cantón Guayaquil al cantón Naranjal, y reforma del
estatuto; y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres
días consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la
Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción.
4.- AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de domicilio de la compañía SAVESERV S.A., del cantón Guayaquil al cantón Naranjal, a fin de
que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar
su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía,
dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de
Compañías y Valores. El Juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta
Superintendencia de Compañías y Valores, dentro del término de dos días siguientes,
juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En el caso de
no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la
inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía; y, al cumplimiento
de los demás requisitos legales.
5.- REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere al siguiente artículo:
"Artículo Segundo.- El domicilio principal de la compañía SAVESERV S.A. será el
cantón Naranjal"; "Artículo Tercero.- El objeto social de la compañía será dedicarse a
la prestación de servicios de radiodifusión sonora, (....)".
Guayaquil, 13 de Junio del 2014
La compañía COMPAÑIA DE DISEÑO Y PLANIFICACIÓN INDUSTRIAL DISPLANDUSTRIAL
CIA. LTDA., se constituyó por escritura pública
otorgada ante el Notario Cuadragésima Octava
del Distrito Metropolitano de Quito, el 13 de
Mayo de 2014, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución
SCV-IRQ-DRASD-SAS-14-002530 de 26 de Junio de 2014.
1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito,
provincia de PICHINCHA.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 400,00 Número de
Participaciones 400 Valor US$ 1,00.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: A) DISEÑO Y PLANIFICACIÓN EN CARPINTERÍA
METÁLICA Y MAQUINARIA DE PRECISIÓN...
AB. MARIO BARBERÁN VERA
ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO
Jul. 2-3-4 (149470)
Quito, 26 de Junio de 2014.
Dr. Román Barros Farfán
ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO
EXTRACTO
CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA PATRONTEXMEX CIA. LTDA.
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un
periódico de mayor circulación en el domicilio
principal de la compañía.
Se comunica al público que la compañía TOPNOTCH BUSINESS CIA. LTDA., modificó el objeto social y reformó sus estatutos por escritura
pública otorgada ante el Notario Cuadragésimo
Sexto del Distrito Metropolitano de Quito el 19
de marzo de 2014. Actos Societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías,
mediante Resolución No. SCV.IRQ.DRASD.
SAS.14.002406 de 17 de junio de 2014.
En virtud de la presente escritura pública la compañía reforma el artículo segundo del Estatuto
Social, al que se le agrega lo siguiente:
"ARTICULO SEGUNDO.- OBJETO SOCIAL.- ...i)
A la venta de comidas y bebidas en cafetería para
consumo inmediato j) A la venta de piezas y partes de computadora k) A la venta y distribución
de material de oficina y material didáctico..."
Quito, 17 de Junio del 2014.
1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 1.000,00 Número
de Participaciones 1.000 Valor US$ 1,00.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: "A)
PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA RAMA
DE ALIMENTOS Y BEBIDAS, SIENDO EL
SERVICIO DE RESTAURANTE Y CAFETERÍA
SUS PRINCIPALES ACTIVIDADES...."
Quito, 30/Junio/2014
Dr. Román Barros Farfán
ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un
periódico de mayor circulación en el domicilio
principal de la compañía.
DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE REFORMA
DEL ESTATUTO DE LA COMPAÑÍA DECOIMPEX
S.A.
Se comunica al público que la compañía DECOIMPEX S.A., reformó su estatuto por escritura pública otorgada ante la Notaria Trigésima
Séptima del cantón Guayaquil, el 14 de abril de
2014, fue aprobada por la Superintendencia
de Compañías y Valores mediante Resolución
No. SCV-INC-DNASD-SAS-14-00004165 el
25 de junio del 2014.
REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del
estatuto se refiere a lo siguiente: "ARTÍCULO
SEGUNDO.- OBJETO.- La compañía tendrá
por objeto: (...) Proveer de todo tipo de material para la rama de telecomunicaciones y
construcciones en general; (...)"
Guayaquil, 25 de junio del 2014
De conformidad con el artículo 393 de la Ley de Compañías,
se convoca a los acreedores de la Compañía, para que en el
término de 20 días, contados desde la última publicación de
este aviso, presenten documentos que acrediten su derecho.
La información deberá presentarse en la siguiente dirección:
Manuela Sáenz 650 y Hernández de Girón, de esta ciudad de
Quito.
Atentamente
Antonio Federico Casa
C.I.: 1703099695
Liquidador Principal
(149277)
AVISO DE ACREEDORES
COMPAÑÍA SERVEP S.A.
En mi calidad de Liquidadora principal de la compañía
SERVEP S.A., EN LIQUIDACIÓN, notifico en base al artículo
393 de la Ley de Compañías, a todos aquellos acreedores
de mi representada para que presenten en el término de
veinte (20) días, contados a partir de la última publicación,
los documentos que acrediten su derecho, en las oficinas
ubicadas en Chimborazo 111 y 9 de Octubre, 1er piso, oficina
6, de esta ciudad de Guayaquil.
AB. DORYS ALVARADO BENITES
ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO
(149538)
Ana Leticia Castro Arias
Liquidadora principal
Jul. 1-2-3 (149414)
(149603)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR
SUBSECRETARIA DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA
PUBLICACIÓN POR LA PRENSA
ACTOR:
DEMANDADO:
AUTORIDAD:
TRÁMITE:
EXPEDIENTE:
UBICACIÓN:
EXTENSIÓN:
ABOGADO:
DOMICILIO LEGAL:
WILSON CESARIO SAMANIEGO SERPA.
RUIZ ORELLANA JENY AZUCENA.
Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria.
Reversión a la Adjudicación.
1112G14902
Ubicado en el cantón Daule, provincia del Guayas
22,0174 hectáreas.
Dr. Jorge Cazorla.
3887 PALACIO DE JUSTICIA DE QUITO.
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA (MAGAP).SUBSECRETARIA DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA (STRA).- DIRECCIÓN DE
SANEAMIENTO DE TIERRAS.- QUITO a las 09H00.- VISTOS En referencia a la
solicitud administrativa de Reversión a la Adjudicación No. 1112G14902, propuesta
por el señor WILSON CESARIO SAMANIEGO SERPA, en contra de la señora RUIZ
ORELLANA JENY AZUCENA, se dispone lo siguiente: 1).- Agréguense al expediente
los escritos ingresados por el señor Wilson Cesario Samaniego Serpa con MAGAPDSG-2014-3905-E; con 3 anexos; y, MAGAP-DSG-2014-9187-E; sin anexos: 2).- En lo
principal la petición formulada por el señor WILSON CESARIO SAMANIEGO SERPA,
por ser clara, precisa, completa y reunir todos los requisitos de ley, se la admite
al trámite establecido en el Capítulo IV, artículo 26 de la Ley de Tierras Baldías y
Colonización vigente. En razón de la declaración juramentada realizada ante el Notaria
Titular Segunda del cantón Daule de la provincia del Guayas, Abogada María del
Carmen Carvajal Ayala, otorgada el 26 de febrero del 2014 sobre el desconocimiento
de la residencia o domicilio de la señora RUIZ ORELLANA JENY AZUCENA, Cítese a
la accionada señora RUIZ ORELLANA JENY AZUCENA, por la prensa, en uno de los
diarios de mayor circulación de la provincia del Guayas, conforme lo dispuesto en el
Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, mediante tres publicaciones, que se realizarán en fechas distinta, a fin de que, dentro del término de veinte días posterior a la
última publicación, comparezca a trámite a ejercer su derecho a la defensa y conteste
a los cargos formulados en su contra como causales de Reversión a la Adjudicación,
debiendo señalar domicilio judicial en el Distrito Metropolitano de Quito o correo electrónico, para recibir futuras notificaciones.- Inscríbase la demanda y esta providencia
en el Registro de la Propiedad del cantón Daule, provincia del Guayas, para cuyo cumplimiento, se enviara atento oficio.- Tómese en cuenta el casillero judicial No. 3887 del
Palacio de Justicia de la ciudad de Quito y correo electrónico [email protected]
del Abg. Jorge Cazorla Pinos, para recibir sus notificaciones.- Siga actuando en calidad
de secretario Ad-Hoc el Abg. Nolberto Recalde.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Danilo Estuardo
Escobar Guamantaqui Director de Saneamiento de Tierras, (e)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
SUBSECRETARIA DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA
PUBLICACIÓN POR LA PRENSA
ACTOR:
DEMANDADO:
AUTORIDAD:
TRÁMITE:
EXPEDIENTE:
UBICACIÓN:
EXTENSIÓN:
ABOGADO:
DOMICILIO LEGAL:
WILSON CESARIO SAMANIEGO SERPA.
MONTENEGRO ROCA JORGE WILFRIDO.
Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria.
Reversión a la Adjudicación.
1112G14901
Ubicado en el cantón Daule, provincia del Guayas.
22.9158 hectáreas.
Dr. Jorge Cazorla.
3887 PALACIO DE JUSTICIA DE QUITO.
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA (MAGAP).SUBSECRETARIA DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA (STRA).- DIRECCION DE
SANEAMIENTO DE TIERRAS.- QUITO a las 08H40.- VISTOS: En referencia a la solicitud administrativa de Reversión a la Adjudicación No. 1112G14901, propuesta por
el señor WILSON CESARIO SAMANIEGO SERPA, en contra del señor MONTENEGRO
ROCA JORGE WILFRIDO, se dispone lo siguiente: 1).- Agréguense al expediente los
escritos ingresados por el señor Wilson Cesario Samaniego Serpa con MAGAP-DSG2014-3903-E; con 3 anexos; y, MAGAP-DSG-2014-9190-E; sin anexos: 2).- En lo principal la petición formulada por el señor WILSON CESARIO SAMANIEGO SERPA, por
ser clara, precisa, completa y reunir todos los requisitos de ley, se la admite al trámite
establecido en el Capítulo IV, artículo 26 de la Ley de Tierras Baldías y Colonización
vigente. En razón de la declaración juramentada realizada ante el Notaria Titular
Segunda del cantón Daule de la provincia del Guayas, Abogada María del Carmen
Carvajal Ayala, otorgada el 26 de febrero del 2014 sobre el desconocimiento de la
residencia o domicilio del señor MONTENEGRO ROCA JORGE WILFRIDO, Cítese al
accionado señor MONTENEGRO ROCA JORGE WILFRIDO, por la prensa, en uno de
los diarios de mayor circulación de la provincia del Guayas, conforme lo dispuesto
en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, mediante tres publicaciones, que se
realizarán en fechas distinta, a fin de que, dentro del término de veinte días posterior
a la última publicación, comparezca a trámite a ejercer su derecho a la defensa y conteste a los cargos formulados en su contra como causales de Reversión a la Adjudicación,
debiendo señalar domicilio judicial en el Distrito Metropolitano de Quito o correo electrónico, para recibir futuras notificaciones.- Inscríbase la demanda y esta providencia en el
Registro de la Propiedad del cantón Daule, provincia del Guayas, para cuyo cumplimiento,
se enviara atento oficio.- Tómese en cuenta el casillero judicial No. 3887 del Palacio de
Justicia de la ciudad de Quito y correo electrónico [email protected] del Abg. Jorge
Cazorla Pinos, para recibir sus notificaciones.- Actúe en calidad de secretario Ad-Hoc el
Abg. Nolberto Recalde, quien estando presente acepta desempeñar fiel y legalmente
el cargo.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Danilo Estuardo Escobar Guamantaqui Director de
Saneamiento de Tierras, (e)
SUBSECRETARIA DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA
PUBLICACIÓN POR LA PRENSA
ACTOR:
DEMANDADO:
AUTORIDAD:
TRÁMITE:
EXPEDIENTE:
UBICACIÓN:
EXTENSIÓN:
ABOGADO:
DOMICILIO LEGAL:
WILSON CESARIO SAMANIEGO SERPA.
MONTENEGRO SANCHEZ JOSÉ SALIN.
Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria.
Reversión a la Adjudicación.
1112G14905
Ubicado en el cantón Daule, provincia del Guayas.
23.9927 hectáreas.
Dr. Jorge Cazorla.
3887 PALACIO DE JUSTICIA DE QUITO.
Lo que comunico para los fines de ley.
Abg. Nolberto Recalde
SECRETARIO AD-HOC
Dr. Danilo Escobar Guamantaqui
DIRECTOR DE SANEAMIENTO
DE TIERRAS (E)
Jun. 25; Jul. 3-11 (148972-1)
Abg. Nolberto Recalde
SECRETARIO AD-HOC
Dr. Danilo Escobar Guamantaqui
DIRECTOR DE SANEAMIENTO
DE TIERRAS (E)
Jun. 25; Jul. 3-11 (148972-2)
"ARTÍCULO QUINTO - OBJETO - la compañía tendrá
como objeto:
1.- La prestación de servicios propios y/o a través de
terceros de las unidades médicas de urgencias clínicas
quirúrgicas y odontológicas y demás actividades afines
con su objeto social.
2.- El arrendamiento de consultorios médicos y locales
comerciales de propiedad de la compañía sin que esto
constituya dedicarse a la actividad inmobiliaria...".
Ab. Álvaro Guivernau Becker
INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO,
SUBROGANTE
(149520)
EXTRACTO
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA
DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN
QUITO DE LA PROVINCIA
DE PICHINCHA
DIVORCIO POR CAUSAL
TRAMITE:
ACTOR(A):
DEMANDADO(A):
CITACIÓN JUDICIAL A:
No. 3280-2014-H
VERBAL SUMARIO
CASTILLO ESPINOZA ROBERTO
GONZALEZ PEÑAFIEL MARLENE DE JESUS
GONZALEZ PEÑAFIEL MARLENE DE JESUS
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 15 de mayo del 2014, las 16h06.VISTOS: Agréguese los escritos y anexos que anteceden presentado
por la parte accionante.- En lo principal, la demanda y el alcance a la
demanda presentada por ROBERTO CASTILLO ESPINOZA, es clara,
precisa y completa, por reunir los requisitos del Art. 67 del Código de
Procedimiento Civil, en consecuencia se acepta al trámite verbal sumario contenido en sección 23a, Art. 828 y subsiguientes del Código de
Procedimiento Civil. Atendiendo a la demanda, y la documentación que
adjunta; acorde con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, dado que la parte accionante, bajo juramento realizado
ante la Judicatura declara que le ha sido imposible determinar la individualidad, domicilio actual o residencia habitual de la parte demandada
y acompaña documentos de sus gestiones, se dispone que la citación al
demandado, con el auto de calificación y la demanda, se haga por medio de la prensa, lo que se efectuará por intermedio de 3 publicaciones,
que se las hará mediante término de ocho días por lo menos, entre la
una y otra publicación, de conformidad con los Art. 82 del Código de
Procedimiento Civil y Art. 119 del Código Civil, en uno de los medios
de prensa de mayor circulación del país. Por Secretaria se conferirá el
extracto para la publicación de la citación a la parte demandada. En
el extracto de citación se advertirá a la demandada, de la obligación
que tiene de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial o
correo electrónico en esta ciudad de Quito para sus notificaciones, así
como, que en caso de no comparecer dentro de veinte días después de
la última publicación, podrá ser juzgada o declarada en rebeldía.- Tómese en casillero judicial y el correo electrónico señalado por la parte
accionante.- Hágase parte del proceso los documentos presentados por
la parte actora.- Actúe la Abg. Ivonne Espinoza, en calidad de Secretaria
de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE.- f) Abg. Judith Naranjo Briceño,
Jueza de la Unidad.
Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus
futuras notificaciones en esta causa, en esta ciudad de Quito.
AB. IVONNE ESPINOZA HIDALGO
SECRETARIA
Jun. 9-20; Jul. 3 (147807)
2651
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA (MAGAP).SUBSECRETARIA DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA (STRA).- DIRECCION DE
SANEAMIENTO DE TIERRAS.- QUITO a las 09H40.- VISTOS.- En referencia a la solicitud administrativa de Reversión a la Adjudicación No. 1112G14905, propuesta por
el señor WILSON CESARIO SAMANIEGO SERPA, en contra del señor MONTENEGRO
SANCHEZ JOSÉ SALIN, se dispone lo siguiente: 1).- Agréguense al expediente los
escritos ingresados por el señor Wilson Cesario Samaniego Serpa con MAGAP-DSG2014-3904-E; con 3 anexos; y, MAGAP-DSG-2014-9189-E; sin anexos: 2).- En lo principal la petición formulada por el señor WILSON CESARIO SAMANIEGO SERPA, por
ser clara, precisa, completa y reunir todos los requisitos de ley, se la admite al trámite
establecido en el Capítulo IV, artículo 26 de la Ley de Tierras Baldías y Colonización
vigente. En razón de la declaración juramentada realizada ante el Notaria Titular
Segunda del cantón Daule de la provincia del Guayas, Abogada María del Carmen
Carvajal Ayala, otorgada el 26 de febrero del 2014 sobre el desconocimiento de la
residencia o domicilio del señor MONTENEGRO SANCHEZ JOSÉ SALIN, Cítese al
accionado señor MONTENEGRO SANCHEZ JOSÉ SALIN, por la prensa, en uno de los
diarios de mayor circulación de la provincia del Guayas, conforme lo dispuesto en el
Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, mediante tres publicaciones, que se realizarán en fechas distinta, a fin de que, dentro del término de veinte días posterior a la
última publicación, comparezca a trámite a ejercer su derecho a la defensa y conteste
a los cargos formulados en su contra como causales de Reversión a la Adjudicación,
debiendo señalar domicilio judicial en el Distrito Metropolitano de Quito o correo electrónico, para recibir futuras notificaciones.- Inscríbase la demanda y esta providencia
en el Registro de la Propiedad del cantón Daule, provincia del Guayas, para cuyo cumplimiento, se enviara atento oficio.- Tómese en cuenta el casillero judicial No. 3887 del
Palacio de Justicia de la ciudad de Quito y correo electrónico [email protected]
del Abg. Jorge Cazorla Pinos, para recibir sus notificaciones.- Siga actuando en calidad
de secretario Ad-Hoc el Abg. Nolberto Recalde.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Danilo Estuardo
Escobar Guamantaqui Director de Saneamiento de Tierras, (e)
Lo que comunico para los fines de ley.
Lo que comunico para los fines de ley.
En virtud de la escritura pública mencionada, la compañía reformó el artículo quinto del estatuto social, referente al Objeto, de la siguiente manera:
(149517)
AVISO DE ACREEDORES DE LA COMPAÑIA
NELDON S.A. EN LIQUIDACIÓN
EXTRACTO
Se comunica al público que la compañía DIAGNOSTICO AGUDO Y MEDICOS ESPECIALISTAS DAME S.A.
DAMESA, con domicilio principal en el Distrito Metropolitano de Quito, modificó su objeto social y reformó sus
estatutos, por escritura pública otorgada en la Notaría
Cuadragésima del Distrito Metropolitano de Quito el 21
de enero de 2014. Actos societarios aprobados por la
Superintendencia de Compañías y Valores, mediante Resolución No. SCV.IRQ.DRASD.SAS.14.002453 de 18
de junio de 2014.
Distrito Metropolitano de Quito, 18 de junio de 2014.
Dr. Oswaldo Noboa León
DIRECTOR DE ACTOS SOCIETARIOS
Y DISOLUCIÓN, Subrogante
(149508)
La compañía PATRONTEXMEX CIA. LTDA., se
constituyó por escritura pública otorgada ante
el Notario Primero del Distrito Metropolitano
de Quito, el 07/05/2014, fue aprobada por la
Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SCV-IRQ-DRASD-SAS-14-002595 de
30/Junio/2014, con la siguiente modificación:
En el artículo cuarto donde se hace mención a
los certificados, sustitúyese "las participaciones"
por "aportación".
37
Abg. Nolberto Recalde
SECRETARIO AD-HOC
Dr. Danilo Escobar Guamantaqui
DIRECTOR DE SANEAMIENTO
DE TIERRAS (E)
Jun. 25; Jul. 3-11 (148972-3)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: JOSÉ CARLOS COLLAZO OSORIA
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio de DIVORCIO POR CAUSAL No.
2014-3317, que sigue la señora NANCY ANTONIETA ALZAMORA GAIBOR, en contra JOSÉ CARLOS
COLLAZO OSORIA.
ACTOR: NANCY ANTONIETA ALZAMORA GAIBOR.
DEMANDADA: JOSÉ CARLOS COLLAZO OSORIA.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que la señora Jueza mediante sentencia declare disuelto el vínculo
matrimonial que une a la señora NANCY ANTONIETA ALZAMORA GAIBOR con el señor JOSÉ CARLOS COLLAZO OSORIA de conformidad a lo establecido en el artículo 110 numeral 11 Inc. 2do del
código civil vigente.
AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL SUR DEL
CANTÓN GUAYAQUIL. Guayaquil, miércoles 28 de Mayo del 2014, las 10h07. VlSTOS: En esta fecha
AB. Rosario Carla Berón Palomeque, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Sur Especializada de
la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil, por encontrarme designada mediante Acción
de Personal No. 8553-DNP, del Consejo Nacional de la Judicatura de fecha 26 de junio del 2013,
AVOCO conocimiento de la presente causa. Agréguese a los autos el escrito de la accionante de
fecha 19 de Mayo del 2014 con el que rectifica el inciso de la causal invocada en la demanda.- En lo
principal habiéndose dado cumplimiento a lo ordenado en providencia de fecha 15 de Abril del 2014;
esto es, que la actora ha comparecido y ha declarado bajo juramento que le es imposible determinar
la individualidad o residencia del demandado, por lo que DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL
que interpone la señora NANCY ANTONIETA ALZAMORA GAIBOR se la califica de clara, precisa y
completa, por reunir los requisitos de ley, se la admite al trámite de Juicio Verbal Sumario.- CÍTESE al
accionado JOSE CARLOS COLLAZO OSORIA por medio de tres publicaciones en Diario EXPRESO,
de conformidad con lo que determina el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil y conforme
lo establece el artículo 119 del Código Civil; esto es, que debe ser por tres publicaciones, mediando
término de ocho días laborables, por lo menos, entre la una y la otra. Debiendo el Actuario del Despacho conferir el extracto respectivo para su publicación. A la parte demandada se le previene de
la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar domicilio judicial para sus notificaciones,
veinte días después de la última publicación, caso de no comparecer a juicio dentro, se procederá en
rebeldía.- Tómese en cuenta que la actora recibirá notificaciones en la Casilla Judicial # 2651 y en el
correo electrónico [email protected] de su abogada patrocinadora.- Intervenga el Ab. Juan
Fajardo Chung, en calidad de secretario titular de la Unidad Judicial Sur.- Notifíquese y Cúmplase.
JUEZ DE LA CAUSA: AB. ROSARIO CARLA BERON PALOMEQUE, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS Y ABOGADO JUAN JAVIER FAJARDO CHUNG.- QUE CERTIFICA.
Guayaquil, 2 de Junio de 2014
ABG. JUAN JAVIER FAJARDO CHUNG
SECRETARIO
UNIDAD SUR FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Jun. 9-20; Jul. 3 (147791)
38
El Telégrafo I jueves 3 de julio del 2014
EXTRACTO
CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA RECUPERACIONES DEL PACIFICO S.A. RECUPACIFIC
La compañía RECUPERACIONES DEL PACIFICO
S.A. RECUPACIFIC se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo
Sexto del Distrito Metropolitano de Quito, el
06 de mayo de 2014, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SCV-IRQ-DRASD-SAS-14-002568 de
27 de Junio de 2014.
1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito,
provincia de PICHINCHA.
2.- CAPITAL: Suscrito US$800,00 Número de
Acciones 800 Valor US$1,00.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: …
LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECUPERACIÓN DE CARTERA, POR LA VÍA JUDICIAL Y/O EXTRAJUDICIAL,…
Quito, 27 de Junio de 2014
Dr. Román Barros Farfán
ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un
periódico de mayor circulación en el domicilio
principal de la compañía.
(149668)
CASILLA 3536
REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: IRENE GONZALEZ MORALES.LE HAGO SABER: Que dentro del JUICIO ORDINARIO No. 49564-2014,
seguido por JENNY JACQUELINE HERRERA CONTRERAS, se encuentra lo
siguiente:
Cuantía.- U$D. INDETERMINADA.AUTO INICIAL: Guayaquil, martes 15 de Abril del 2014, las 10h49.VISTOS. La demanda que antecede presentada por JENNY JACQUELINE
HERRERA CONTRERAS contra IRENE GONZALEZ MORALES, reúne los requisitos determinados en artículos 67 y 1013 del Código de Procedimiento
Civil, por lo que se la califica de clara y precisa y se la admite al trámite
en Juicio Ordinario. En mérito a la afirmación que bajo juramento hizo la
parte actora de desconocer la individualidad o residencia de la demandada cítese a IRENE GONZALEZ MORALES, por la prensa de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, citaciones que deberán realizarse en el diario el Telégrafo de esta ciudad
de Guayaquil, para que dentro del término de quince días proponga las
excepciones dilatorias y perentorias de que se crea asistido. Notifíquese en
la casilla judicial No. 3536. Los documentos acompañados agréguense a
los autos. Inscríbase la demanda en el registro de la Propiedad conforme lo
determina el artículo 1010 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese.
ABG. RAFAEL LUIS CENTENO RODRGIUEZ, JUEZ_E (E) DE LA UNIDAD
JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL.Lo que comunica a usted, para los fines de ley correspondiente, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para recibir futuras
notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última notificación del presente aviso, caso contrario será considerado o declarado
en rebeldía. Guayaquil, Junio 2 de 2014.Ab. Gonzalo Cordova Alvarado
SECRETARIO
Jun. 9-20; Jul. 3 (147887)
"SEGUNDA CONVOCATORIA"
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
"FIDEICOMISO DE TITULARIZACIÓN
DE CARTERA MARCIMEX"
Se convoca a los Señores Inversionistas, propietarios de Títulos
Valores, a la Asamblea General Ordinaria del "FIDEICOMISO DE
TITULARIZACIÓN DE CARTERA MARCIMEX", que se realizará el
día 17 de julio de 2014 día a las 10:00, en las oficinas de la fiduciaria, ubicadas en la Av. Coruña N28-14 y Manuel Iturrey. Edificio
Santa Fe, con el propósito de tratar sobre los siguientes puntos del
orden del día:
1. Designación de tres miembros para que integren el Comité de
Vigilancia.
2. Designación y Asignación de funciones adicionales del Presidente, Vicepresidente y Secretario del Comité de Vigilancia.
3. Designación de Presidente y Secretario de la Asamblea.
Los Inversionistas podrán concurrir personalmente o por medio de
un representante. La representación se conferirá mediante poder
o carta poder con carácter especial para esta asamblea y dirigida
al Presidente de la misma. Se considerarán Inversionistas a quienes
consten como tales en los registros en FIDEVAL S.A. Administradora
de Fondos y Fideicomisos.
La Asamblea correspondiente a esta Segunda Convocatoria, podrá
reunirse y decidir válidamente, en el lugar y hora señalados, con el
número de Inversionistas concurrentes, y el representante de la Fiduciaria. En caso que no se obtuviere tal quórum dentro de los sesenta
(60) minutos posteriores a la hora fijada en dicha convocatoria, la Fiduciaria declarará que no procede la Asamblea por falta de quórum,
de lo cual dejará constancia en un acta levantada para tal efecto.
Quito, 03 de julio de 2014
Marco Karolys
Representante Legal
FIDEVAL S.A.
Administradora de Fondos y Fideicomisos
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS - UNIDAD
JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL
CASILLA JUDICIAL No. 918
EXTRACTO DE CITACIÓN
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y
ADOLESCENCIA NORTE DEL CANTÓN GUAYAQUIL
A: ANTONIA SUSANA CARDENAS ARAUJO
LE HACE SABER: Que mediante sorteo ha correspondido conocer a esta judicatura
el juicio Ordinario de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio No. 113262014, cuyo extracto es el siguiente:
ACTOR: JESUS RODOLFO BARZOLA PISCO
DEMANDADA: ANTONIA SUSANA CARDENAS ARAUJO
OBJETO DE LA DEMANDA: Que en sentencia se le conceda la Prescripción Adquisitiva de Dominio del bien inmueble motivo de la presente demanda.
AUTO INICIAL: Guayaquil, miércoles 11 de septiembre del 2013, las 8h54
VISTOS: La demanda y su completamiento presentada por JESUS RODOLFO BARZOLA PISCO, se la califica de clara y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por
la cual se la admite al trámite del juicio ordinario.- En lo principal, córrase traslado con
apercibimiento en rebeldía a la demandada ANTONIA SUSANA CARDENAS ARAUJO,
para que dentro del término de quince días, proponga las excepciones dilatorias y
perentorias de que se crea asistida.- De conformidad con el artículo 1.000 del Código de Procedimiento Civil, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del
Cantón Guayaquil.- Cuéntese con la Muy Ilustre Municipalidad de Guayaquil, a quien
se citará en la persona de sus representantes legales, Alcalde y Procurador Síndico,
respectivamente, en el edificio municipal.- En vista de la declaración juramentada que
hace el accionante ante el Notario Vigésimo del Cantón Guayaquil Dr. Antonio Haz
Quevedo, en el que manifiesta que desconoce el domicilio o individualidad de la Sra.
Antonia Cárdenas Araujo, cítesela por la prensa de conformidad con el Art. 82 del
Código de Procedimiento Civil.
JUEZ DE LA CAUSA: Dr. José Sotomayor Terán
TRAMITE: Ordinario
CUANTÍA: US$ 17.000,00
Lo que comunico a Ud. para los fines de Ley, advirtiéndole la obligación que tiene de
señalar casilla judicial para las notificaciones de conformidad con la ley, dentro de los
veinte días posteriores a la tercera y última publicación de éste aviso, caso contrario
será considerado rebelde.
Guayaquil, Abril 16 del 2014
AB. CHRISTIAN CRIOLLO ESCALANTE
Secretario de la Unidad Judicial Civil
Jun. 9-20; Jul. 3 (147814)
AB. JESSICA MOLINA TROYA
SECRETARIA
EXTRACTO DE PUBLICACIÓN
A: ATUL PACHORI, se le hace saber lo que se encuentra dentro del juicio por SUSPENSIÓN JUDICIAL DE LA PATRIA POTESTAD No. 0058-2014, que sigue la señora
ALLISON PATRICIA VASCONES PARRA.
JUZGADO NOVENO ADJUNTO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y
ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS
CAUSA: SUSPENSIÓN JUDICIAL DE LA PATRIA POTESTAD No. 0058-2014
Guayaquil, 20 de Mayo del 2014, a las 09h34
VISTOS.- DRA. DAYSI AVEIGA SOLEDISPA.- En mi calidad de Jueza encargada del Juzgado Noveno Adjunto de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Guayaquil,
mediante acción de personal 8601-UARH-AOR del 30 septiembre del 2013.- Toda
vez que se ha cumplido con lo ordenado mediante providencia de fecha 14 de mayo
del 2014 a las 11h17, por lo que avoco conocimiento de la presente demanda de
SUSPENSIÓN JUDICIAL DE LA PATRIA POTESTAD presentada por la señora ALLISON
PATRICIA VASCONES PARRA, es clara, precisa, completa por reunir los requisitos de
ley por lo que se la admite al trámite. Como expresa bajo juramento que es imposible
determinar la individualidad o residencia del demandado señor ATUL PACHORI, se ordena se cite por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los diarios de mayor
circulación a nivel nacional, de conformidad con lo que señala el 82 del Código de Procedimiento Civil, advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación y la de señalar casilla judicial
para futuras notificaciones, en caso contrario será tenido o declarado rebeldía.- Hecho
que sea, realícese la audiencia de Conciliación y contestación a la demanda a la que
concurrirán las partes en virtud del principio de inmediación previsto en los artículos
75 y 169 de la Constitución de la República del Ecuador.- Téngase en cuenta la casilla
judicial señalada por la parte accionante así como la autorización que le confiere a su
abogado patrocinador.- Actué la Ab. Mercedes Alvarez Gómez en calidad de secretaria encargado del juzgado mediante acción de personal 5374-UARH-CAC del 01 de
julio del 2013.- CUMPLASE y NOTIFIQUESE.- f).- DRA. DAISY AVEIGA SOLEDISPA,
Jueza Temporal Noveno Adjunto de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil, sigue la certificación de la Ab. Mercedes Alvarez Gómez secretaria encargada del
juzgado certifica.- Lo que comunico para los fines de ley.SECRETARIO 14vo. ADJUNTO
DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Abg. Mercedes Alvarez G.
Jun. 9-20; Jul. 3 (147827)
Jun. 9-20; Jul. 3 (147819)
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE SEGUNDA CIVIL DE PAUTE.
CITACIÓN JUDICIAL
A: CHUCHUCA GOMEZ JULIO AURELIO Y SACA YANZA MARINA DE JESUS:
Les hago saber que en La Unidad Judicial Multicompetente Segunda Civil del
Cantón Paute, a cargo del Juez Dr. Marcelo Serpa Ordoñez, correspondió la
demanda y providencia recaída, que en extracto, dice:
Naturaleza: ESPECIAL (No. 0866-2013)
Materia: EXPROPIACION
Actor: QUINTANILLA ZAMORA MARITZA ALEXANDRA MANDATARIA DE
TAPIA LORENA GERENTE DEL PROGRAMA DE REPARACION AMBIENTAL Y
SOCIAL (PRAS) DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE
Demandado: CHUCHACA GOMEZ JULIO AURELIO Y SACA YANZA MARINA
DE JESUS
Cuantía: 3.065,28
PROVIDENCIA:
"No. 866-2013
Paute, 28 de abril del 2014; las 8h50.
VISTOS.- Incorpórese a los autos el escrito presentado por la Abg. MARITZA
ALEXANDRA QUINTANILLA ZAMORA, en atención del mismo, el señor actuario del despacho conceda el despacho que se solicita, consecuentemente, al
amparo del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, por desconocerse
el domicilio y actual residencia de los señores Julio Aurelio Chuchuca Gómez y
Marina de Jesús Saca Yanza, cítese por medio de la prensa en un periódico de
la ciudad de Cuenca, por no existir uno de regular circulación en esta jurisdicción.- NOTIFIQUESE.-" F) DR. MARCELO SERPA ORDOÑEZ JUEZ DE LA UNIDAD
JUDICIAL MULTICOMPETENTE SEGUNDA CIVIL DE PAUTE.A los accionados se les advierte señalar casilla judicial para notificaciones futuras.
Paute, Abril 29 del 2014
Función Judicial
República del Ecuador
UNIDAD JUDICIAL ESP. PRIMERA DE FMNA DE LA PROV. DE SANTA ELENA
Dr. Carlos León Vintimilla
SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL
MULTICOMPETENTE SEGUNDA CIVIL DE PAUTE
Jun. 9-20; Jul. 3 (147837)
CUIJ: 240162014001309
NUMERO DE CAUSA: 1319/2014
JUEZ: GLORIA VILLEGAS
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: IBARRA RICAURTE LEONOR DEL ROCIO
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio de DIVORCIO POR CAUSAL
NO. 1319-2014, seguido por el señor SMITH PALMA JUAN ALBERTO, en contra de la señora
IBARRA RICAURTE LEONOR DEL ROCIO
ACTOR: SMITH PALMA JUAN ALBERTO
DEMANDADA: IBARRA RICAURTE LEONOR DEL ROCIO
OBJETO DE LA DEMANDA: Que la señora Jueza mediante Sentencia declare disuelto el
vínculo matrimonial que une al señor SMITH PALMA JUAN ALBERTO, en contra de la señora
IBARRA RICAURTE LEONOR DEL ROCIO, de conformidad a lo establecido en el Artículo 110
Numeral 11 inciso primero del Código Civil vigente.
AUTO INICIAL: En la ciudad de SANTA ELENA CABECERA CANTONAL Y CAPITAL DE
PROVINCIA, a veintiséis de mayo de dos mil catorce, a las quince horas y cuarenta y nueve
minutos.: VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Primera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Santa Elena, mediante
acción personal 448-DPCJSE-2012, en mérito de la razón sentada por la Analista Jurídica del
despacho, en esta fecha y hora avoco conocimiento de la presente demanda que antecede
presentada por JUAN ALBERTO SMITH PALMA, contra la ciudadana LEONOR DEL ROCIO
IBARRA RICAURTE, por reunir los requisitos de los arts. 67, 68, y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa y completa aceptándola al trámite de Juicio de
Divorcio por Causal, solicitado de conformidad con el Art. 110, numeral 11, del Código Civil
en actual vigencia.- Agréguese a los autos la Partida de Matrimonio, la escritura registrada
ante un Notario que declara bajo juramento desconocer el domicilio de la demandada con
los documentos que acredita su investigación que adjunta en ella, que se encuentran dentro
de la causa, téngase en cuenta lo solicitado en su numeral Octavo de su demanda en la que
declara bajo la gravedad del juramento desconocer el domicilio actual de la demandada,
se ordena realizar el extracto de citación, de acuerdo al art. 82 del Código de Procedimiento Civil, y citar a la demandada, mediante tres publicaciones, en tres días distinto en los
siguientes diarios, Universo, Extra, Súper y Telégrafo, por no existir uno en esta Provincia
de Santa Elena, cuéntese con la autorización conferida a la abogada y casilla judicial designada, continúe actuando la Abogada Doris Gavilánez Porras, en calidad de analista jurídico
2, CUMPLASE y NOTIFÍQUESE.La cuantía de esta demanda por su naturaleza es indeterminada.Jueza de la causa: Dra. Gloria Alcira Villegas Lara
Juzgado: Unidad Judicial Especializada Primera Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la
Provincia de Santa Elena.LO QUE LLEVO A SU CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY, ADVIRTIÉNDOLE LA
OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR DOMICILIO LEGAL PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES EN LA PRESENTE CAUSA, EN ESTE CANTÓN SANTA ELENA, DENTRO DE LOS
VEINTE DÍAS POSTERIORES A LA TERCERA Y ULTIMA PUBLICACIÓN DE ESTE AVISO,
PODRÁ SER CONSIDERADA EN REBELDÍA.
Santa Elena, a 26 de mayo del 2014
ESP. AB. DORIS GAVILANES PORRAS
SECRETARIA
Jun. 9-20; Jul. 3 (147873)
JUZGADO 27 DE LO CIVIL DEL CANTÓN EL TRIUNFO
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: PÚBLICO EN GENERAL, les hago saber lo siguiente:
ACTORA: CHANENA ISABEL CRUZ CASTRO.
DEMANDADO: JEFE PROVINCIAL DE REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACIÓN Y
CEDULACIÓN DEL GUAYAS.
JUICIO: Rectificación de Partida de Nacimiento N° 2013/0857.CUANTÍA: Indeterminada.JUEZ DE LA CAUSA: Dr. Iván Naranjo Carrera. Juez Vigésimo Séptimo de lo Civil
del cantón El Triunfo.EXTRACTO DE LA DEMANDA: La actora, demanda al JEFE PROVINCIAL DE
REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN DEL GUAYAS, amparándose
en el Art. 89 de la Ley Civil, Identificación y Cedulación, por la vía Sumaria, la
Rectificación de su Acta de Nacimiento que consta en el Tomo 001, Página
0284, Acta 00571, del año 1944 del Registro Civil de Milagro, haciendo constar
el nombre de su madre como Praxedes Etelvina Castro Montiel que es el correcto
y no Elvira Pastor como erróneamente consta; para que en sentencia se declare
la rectificación antes mencionada y a la vez disponga su marginación en el acta
correspondiente.- EXTRACTO DE LA PROVIDENCIA: El Triunfo, jueves 12 de
diciembre del 2013, las 17h31; El Triunfo, lunes 19 de mayo del 2014, las
08h22.- La solicitad que antecede, presentada por CHANENA ISABEL CRUZ
CASTRO, es clara, precisa y completa por reunir los requisitos determinados
en los Arts. 67 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, razón por la que se la
acepta al trámite correspondiente.- En Consecuencia, con copia de la demanda
y de esta providencia, en el lugar señalado para el efecto, CÍTESE al Abogado
DAVID GUSTAVO VIZUETA SUAREZ, en su calidad de Director Provincial del
Registro Civil, Identificación y Cedulación del Guayas, mediante deprecatorio a
uno de los señores Jueces de lo Civil de la ciudad de Guayaquil, a quien se le
enviará despacho en forma, con ofrecimiento de reciprocidad en casos similares;
y, al Jefe de Registro Civil del cantón El Triunfo.- Cuéntese con uno de los Agentes
Fiscales de lo Penal del Guayas en este cantón. Cítese la demanda por la prensa,
mediante publicaciones que se efectuaran en uno de los diarios matutinos de
mayor circulación de la Ciudad de Guayaquil.El Triunfo, Mayo 19 del 2014
Abg. Peter Rivas Zambrano
Secretario (E)
Juzgado 27 de lo Civil y Mercantil
del Cantón El Triunfo
(149651)
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: JUANA NATIVIDAD COELLO ROCHA.
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR
CAUSAL Nº 09201-2014-1495, seguida por MANUEL OLMEDO BUSTAMANTE
SOLIS.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial que me une con la señora JUANA NATIVIDAD COELLO
ROCHA y que la sentencia sea inscrita en el Registro Civil, de conformidad a lo
establecido en el Art. 110 numeral 11 del Código Civil vigente.
AUTO INICIAL: Guayaquil, jueves 22 de mayo de 2014, las 12h00.- Se deja expresa constancia que en la presente fecha, se pone al despacho el presente expediente.- Toda vez que, la parte actora, cumplió, ante esta autoridad, con lo dispuesto en
el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. Procedo a calificar la demanda de
DIVORCIO LITIGIOSO POR CAUSAL presentada por el cónyuge MANUEL OLMEDO BUSTAMANTE SOLIS de clara y precisa, por reunir los requisitos del artículo
67, 68, 82 del Código de Procedimiento Civil, admitiéndola al trámite del juicio
Verbal Sumario (Divorcio). En lo principal, cítese al cónyuge demandado JUANA
NATIVIDAD COELLO ROCHA, por la prensa, en el modo establecido en el Art. 82
del cuerpo de leyes antes citado, en concordancia con el inciso segundo del Art.
119 del Código Civil, por cuanto el actor, ha declarado bajo juramento que le es
imposible determinar la individualidad o residencia de la parte demandada, pese
a haber realizado todas las averiguaciones. Las publicaciones deberán realizarse
en uno de los diarios de mayor circulación en esta ciudad, ya sea Diario el Universo, Expreso, Extra o Telégrafo, debiendo la Actuaria del Despacho, conferir los
extractos respectivos para su publicación. Se previene a la parte demandada de la
obligación que tiene de comparecer al proceso dentro del término que le faculta
la ley bajo prevenciones de ser juzgado en rebeldía.- Cítese y notifíquese en los
lugares indicados conforme a ley.- HÁGASE SABER.CUANTÍA: Indeterminada
JUEZ DE LA CAUSA: EL MSC ANDRES ALVARADO LUZURIAGA, JUEZ SEGUNDO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS.
Jun. 20; Jul. 3-16 (148718)
CASILLA 1340
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO SEGUNDO LABORAL DE PROCEDIMIENTO ORAL DEL GUAYAS
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: GUERRERO CASTRO AURA ALIESTELA, HIDALGO ALBORNOZ PABLO
CHRISTIAN, SUASTEGUI GUERRERO ALEXANDRA, SUASTEGUI GUERRERO CLARA
PAOLA, SUASTEGUI GUERRERO LUIS ALBERTO, MILENA SUASTEGUI ZABRANO,
SUASTEGUI GUERRERO AURA AURORA, HEREDEROS DE QUIEN EN VIDA FUE LUIS
ALBERTO SUASTEGUI PUTAN, PROPIETARIO DE LA HACIENDA LA GRAMINEA,
PERTENECIENTE A LA CIA. MAYORALSA AGRICOLA Y GANADERA S. A.
SE LE HACE SABER: Que por sorteo ha tocado conocer a esta Judicatura la demanda
laboral de procedimiento oral # 0232-2014, cuyo extracto de citación es el siguiente:
JUEZ DE LA CAUSA: DR. DIEGO FERNANDO TRELLES VICUÑA
Vía: Procedimiento Oral
AUTO RECAIDO EN ESTA DEMANDA:
Guayaquil, abril 11 del 2014, las 15h24.- VISTOS: De conformidad con lo dispuesto en
el Art. 575 del Código del Trabajo, se acepta al trámite la demanda presentada ALCIVAR
GOMEZ ALEJITA NARCISA. En consecuencia se ordena citar a la HACIENDA LA
GRAMINEA PERTENECIENTE A LA CIA. MAYORALSA AGRICOLA Y GANADERA S.A.
en LIQUIDACIÓN en las interpuestas personas de los señores SUASTEGUI GUERRERO
AURA AURORA, por sus propios derechos, en calidad de Administradora; a PABLO
CHRISTIAN HIDALGO ALBORNOZ, en calidad de Liquidador y Representante legal, a
los herederos LUIS ALBERTO SUASTEGUI GUERRERO, CLARA PAOLA SUASTEGUI
GUERRERO, ALEXANDRA SUASTEGUI GUERRERO, MILENA SUASTEGUI ZAMBRANO,
y a la cónyuge AURA ALIESTELA GUERRERO CASTRO. Advirtiéndoles de la obligación,
de señalar casilla judicial así como el correo electrónico inmediatamente para sus notificaciones. Para los dos primeros demandados librese atento Comisión al Comisario de
Policía del Cantón Palestina, para los demás demandados herederos como se declara
bajo juramento desconocerse el domicilio de los mismos, en consecuencia se ordena
citar por la prensa de conformidad con lo establecido en el artículo 82 del Código de
Procedimiento Civil. Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico que señala
el actor así como la autorización que confiere a su patrocinador. Cúmplase con las citaciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 576 del Código Obrero, para sus
correspondientes diligencias remítase los antecedentes a la Sala de citaciones. Hecho
se señalara día y hora para que se efectúe la audiencia preliminar, en la que se contestará la demanda y se formularán las pruebas correspondientes. Se previene a las partes
de la obligación de comparecer personalmente o sus defensores deberán exhibir las
correspondientes Procuraciones Judiciales.- Cúmplase.- Guayaquil, abril 30 del 2014.Abg. Alex Francisco Triviño Reyes
SECRETARIO JUZGADO SEGUNDO
DE TRABAJO DEL GUAYAS
CASILLA #3227
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL NORTE DEL CANTÓN GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: ANTONIO ELEUTERIO MONTERO LOAIZA
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio de DIVORCIO POR CAUSAL
No. 2014-5173 seguido por el señor GLADYS YESSENIA ORTEGA YELA en contra del
señor ANTONIO ELEUTERIO MONTERO LOAIZA.
ACTOR: GLADYS YESSENIA ORTEGA YELA.
DEMANDADO: ANTONIO ELEUTERIO MONTERO LOAIZA.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el
vínculo matrimonial que une a la señora GLADYS YESSENIA ORTEGA YELA con el señor
ANTONIO ELEUTERIO MONTERO LOAIZA de conformidad a lo establecido en la causal 11
inciso segundo del artículo 110 del Código Civil vigente.
AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS. UNIDAD JUDICIAL
NO. 3 DEL CANTÓN GUAYAQUIL.- Guayaquil, miércoles 28 de mayo del 2014, las 10h52.
VISTOS: Mediante sorteo reglamentario que recayó en mi despacho como Juez Titular
de la Unidad Judicial 1, avoco conocimiento de la demanda que antecede presentada por
GLADYS YESSENIA ORTEGA YELA contra su cónyuge ANTONIO ELEUTERIO MONTERO
LOAIZA, se la califica de clara, precisa, y completa, por reunir los requisitos de ley, razón
por la cual se la admite al trámite del juicio verbal sumario (divorcio). En consecuencia, en
mérito de la declaración juramentada ante notario que se acompaña, cítese con la copia de
la demanda y de este auto al referido demandado, en la forma prevista en el art. 82 del Código de Procedimiento Civil, esto es, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos
de mayor circulación de la ciudad, mediando el término de ocho días, por lo menos, entre
la una y la otra, para lo cual la secretaria conferirá el correspondiente es. CUMPLASE.- F)
AB. LENIN PILALOT NAVARRETE, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL NORTE ESPECIALIZADA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y SECRETARIA AB. MARIA ELENA
CAICEDO CASTRO.
CUANTÍA: Indeterminada
JUEZ DE LA CAUSA: AB. LENIN PILALOT NAVARRETE JUEZ DE LA UNIDAD NORTE JUDICIAL ESPECIALIZADA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.
LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY, PREVINIÉNDOLE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE QUE COMPARECER A JUICIO Y SEÑALAR DOMICILIO JUDICIAL, DENTRO DE LOS VEINTE DÍAS POSTERIORES A LA PUBLICACIÓN DE ESTE EXTRACTO, CASO
CONTRARIO SERÁ DECLARADO REBELDE.
Guayaquil, 29 de mayo del 2014.
Ab. María Elena Caicedo Castro
SECRETARIA
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA FAMILIA,
MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CANTÓN GUAYAQUIL
Jun. 9-20; Jul. 3 (147854)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL NORTE DEL CANTÓN GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: LOPEZ ROBLES JOHNNY EUGENIO
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer la causa de DIVORCIO POR CAUSAL No. 20129105, la misma que mediante resorteo se le asignó el No. 2013-10085. Seguido por MUÑOZ BASURTO
RAMONA MAGALI, en contra de LOPEZ ROBLES JOHNNY EUGENIO,se encuentra lo siguiente:
ACTORA: MUÑOZ BASURTO RAMONA MAGALI
DEMANDADO: LOPEZ ROBLES JOHNNY EUGENIO
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Resolución /Sentencia, Declare disuelto el Vínculo matrimonial que une a MUÑOZ BASURTO RAMONA MAGALI, con LOPEZ ROBLES JOHNNY EUGENIO, fundamentado en la causal 11, del artículo 110 del Código Civil, AUTO INICIAL.- Guayaquil, martes
22 de enero del 2013, las 12h18 VISTOS: Puesta la presente causa a mi despacho en esta fecha y por
ser lo procedente se provee lo siguiente: agréguese a los autos el escrito presentado por la actora de fecha 21 de Enero del 2013, a las 16h59, y por cumplido como está la diligencia ordenada en providencia
que antecede por la actora, se procede a calificar la presente demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO,
presentada por RAMONA MAGALI MUÑOZ BASURTO contra JHONNY EUGENIO LOPEZ ROBLES, invocando la causal 11ª, inciso segundo del Art. 110 del Código Civil, la misma que es clara y reúne los
requisitos previstos en los Arts. 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se admite al
trámite.- En consecuencia, se toma en cuenta lo afirmado por la parte actora en su libelo de demanda,
esto es, el de durante la unión matrimonial, han procreado una hija menor de edad llamada JULEIDY
MICHELLE LOPEZ MUÑOZ, de 8 años de edad, aproximadamente, y la afirmación de haber adquirido
el bien inmueble descrito en el escrito de fecha 21 de Enero del 2013, a las 16h59, bien inmueble, que
será liquidado en cuerda separada; por consiguiente, se ordena dar cumplimiento a la citación a la parte
demandada, esto es, a JHONNY EUGENIO LOPEZ ROBLES, dispuesta con sujeción a lo que prescriben
el ultimo inciso del Art. 119 del Código Civil en concordancia con el Art. 82 del Código de Procedimiento
Civil, por tres veces, con el contenido del auto inicial, medios de amplia circulación en la provincia del
Guayas; para tal efecto la Actuaria de esta Unidad Judicial, deberá confeccionar el respectivo extracto
de citación a fin de dar cumplimiento a lo ordenado.- Intervenga en calidad de Actuaria de la Unidad
Judicial Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia No. 3 del cantón de Guayaquil, Ab. Diana
Arias Aspiazu.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE. F) DRA. MARCIA MONTERO TRUJILLO, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.- Guayaquil, jueves 5
de junio del 2014 las 13h28.- Vistos: La actuaria del despacho, deberá corregir el extracto de citación de
demanda y publicarlo por la prensa en los días lunes 9 de junio del 2014, viernes 20 de junio del 2014, 3
de julio del 2014; una vez que se cumpla con lo ordenado, deberá sentarse la razón respectiva conforme
a lo establecido en el artículo 4 del Reglamento de Arreglo de Procesos, el día viernes 4 de julio de
2014.- Hecho que fuere se dispondrá inmediatamente la realización de la audiencia de conciliación, que
corresponde dentro de la sustanciación de esta causa.- Notifíquese y Cúmplase, f.) AB. JOSE GUSTAVO
OLVERA BARBOTO JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL NORTE DE GUAYAQUIL.Cuantía: indeterminada
Lo que comunico para los fines de ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio y
señalar Casilla judicial dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación del presente
aviso caso de no hacerlo será declarado en rebeldía.
Guayaquil, 05 de junio del 2014
AB. MARIA ELENA SALAVARRIA SANTANA
SECRETARIA
Jun. 9-20; Jul. 3 (147992)
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
JUZGADO DÉCIMO PRIMERO TITULAR DE LA FAMILIA, MUJER,
NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: CAROLINA ELIZABETH LOPEZ.
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO LITIGIOSO POR CAUSAL Nº 09961-2014-0344, seguida por EDGAR FABIAN
MONTESDEOCA LOPEZ en contra de CAROLINA ELIZABETH LOPEZ
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare
disuelto el vínculo matrimonial que los une de conformidad a lo establecido
en el artículo 110 Numeral 11 del Código Civil vigente.
AUTO INICIAL: VISTOS: Ab. Andres Garcia Escobar, en mi calidad de Juez
Titular del Juzgado Décimo Primero de la Niñez y Adolescencia, avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal la demanda de DIVORCIO LITIGIOSO POR CAUSAL que interpone EDGAR FABIAN MONTESDEOCA LOPEZ,
es clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por la cual
se la admite al trámite verbal sumario.- En lo principal, cítese a la parte demandada CAROLINA ELIZABETH LOPEZ, por la prensa, en el modo establecido
en el Art. 82 del cuerpo de leyes antes citado, en concordancia con el inciso
segundo del Art. 119 del Código Civil, por cuanto la actora, ha declarado bajo
juramento que le es imposible determinar la individualidad o residencia de la
parte demandada, pese a haber realizado todas las averiguaciones. Las publicaciones deberán realizarse en uno de los diarios de mayor circulación en esta
ciudad, ya sea Diario el Universo, Expreso, o Telégrafo, debiendo la Actuaria
del Despacho, conferir los extractos respectivos para su publicación. Se previene a la parte demandada de la obligación que tiene de comparecer a Juicio,
bajo prevenciones de ley. Tómese en cuenta la casilla judicial que señala la
parte actora para sus notificaciones y autorización al profesional del derecho
Intervenga la abogada Larissa Ibarra Lamilla, en su calidad de Secretaria del
Juzgado, debidamente autorizada por el Consejo de la Judicatura.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.CUANTÍA: Indeterminada.
JUEZ DE LA CAUSA: AB. ANDRES GARCIA ESCOBAR, JUEZ DÉCIMO PRIMERO TITULAR DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA
CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS.Ab. Larissa Ibarra L.
SECRETARIA
Jun. 19; Jul. 3-16 (148663)
Jun. 9-20; Jul. 3 (147840)
CASILLA: 2351
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL SUR FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: PRICILA MARISOL PLUAS GONZALES
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL No.
2014-5047, presentado por el AB. RUFFO LISIMAGO ARMIJOS SOLANO EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL SEÑOR LUIS VICENTE ORDOÑEZ OCHOA, en contra de PRICILA MARISOL
PLUAS GONZALES.
ACTOR: AB. RUFFO LISIMAGO ARMIJOS SOLANO EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL
SEÑOR LUIS VICENTE ORDOÑEZ OCHOA.
DEMANDADA: PRICILA MARISOL PLUAS GONZALES
OBJETO DE LA DEMANDA: Concurro ante su autoridad como procurador judicial del señor LUIS
VICENTE ORDOÑEZ OCHOA, para demandar como en efecto demando a la señora PRICILA MARISOL PLUAS GONZALES para que en juicio de divorcio declare disuelto el matrimonio que une a los
señores LUIS VICENTE ORDOÑEZ OCHOA Y PRICILA MARISOL PLUAS GONZALES.
AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL SUR DEL
CANTON GUAYAQUIL.- Guayaquil, miércoles 21 de mayo del 2014 del 2014, las 08h45.- VISTOS:
En esta fecha Ab. María Auxiliadora Infantes Mantilla, por encontrarme mediante acción personal
No. 11936-DNTH-KP, de fecha 15 de Octubre del 2013, que rige a partir del 23 de Septiembre del
2013, como Jueza Titular de la Unidad Judicial Sur de la Familia, Niñez, Mujer y Adolescencia de
Guayaquil.- Avoco conocimiento de la demanda de Divorcio por Causal que antecede, presentada por
AB. RUFFO LISIMAJO ARMIJOS SOLANO, por los derechos que representa del señor LUIS VICENTE
ORDOÑEZ OCHOA, en calidad de procurador judicial, amparado en el artículo 110 numeral 11 del
Código Civil contra de la señora PRISCILA MARISOL PLUAS CONZALES, la misma que por reunir los
requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento
Civil, se la califica de clara, precisa y completa, razón por la cual se la admite al trámite del Juicio
Verbal sumario (divorcio).- En consecuencia, acorde con el artículo 82 del Código de Procedimiento
Civil, dado que la actora, bajo declaración juramentada realizada ante el suscrito, declara que le
ha sido imposible determinar la individualidad o residencia de la demandado PRISCILA MARISOL
PLUAS GONZALES, se dispone que se la cite por medio de la prensa; lo que se efectuará por intermedio de 3 publicaciones, que se las hará en días distintos, en uno de los siguientes diarios: "El
Telégrafo", "El Universo" o "Expreso" de la ciudad de Guayaquil, medios de amplia circulación en la
provincia del Guayas.- El Actuario del Despacho conferirá el extracto pertinente, para la indicada
publicación de citación, el demandado en el extracto de citación será advertido de la obligación que
tiene de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial en esta ciudad de Guayaquil, para sus
notificaciones, en caso de no comparecer en veinte días después de la última publicación, podrá ser
considerada o declarada rebelde.- Agréguese la documentación acompañada a la demanda. Sígase
notificando a la casilla señalada del Abogado autorizado por el Actor.- Intervenga el señor actuario
del despacho.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.
CUANTÍA: INDETERMINADA.JUEZ DE LA CAUSA: AB. MARIA AUXILIADORA INFANTES MANTILLA, UNIDAD JUDICIAL SUR DE
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUAYAQUIL, Y EL AB. ALFREDO GUADAMUD RIVERA, QUE CERTIFICA.Guayaquil, 26 de mayo del 2014
Ab. Alfredo Guadamud Rivera
SECRETARIO
Jun. 9-20; Jul. 3 (147849)
CASILLA JUDICIAL No. 1859 DEL AB. CASTILLO PONCE FIDEL
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE FAMILIA, MUJER,
NIÑEZ Y ADOLESCENCIA NORTE DEL CANTÓN GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: ESTEBAN MARINO LARROSA ORRALA.
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL Nº 09201-2014-2473, seguida por JUANITA TRINIDAD BACILIO POLANCO.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el
vínculo matrimonial que me une con el señor ESTEBAN MARINO LARROSA ORRALA
y que la sentencia sea inscrita en el Registro Civil, de conformidad a lo establecido en
el Art. 110 numeral 11 del Código Civil vigente.
AUTO INICIAL: Guayaquil, miércoles 16 de abril de 2014, las 12h32.- Toda vez que,
la parte actora, cumplió, ante esta autoridad, con lo dispuesto en el artículo 82 del
Código de Procedimiento Civil. Procedo a calificar la demanda de DIVORCIO LITIGIOSO POR CAUSAL presentada por el cónyuge JUANITA TRINIDAD BACILO POLANCO
de clara y precisa, por reunir los requisitos del artículo 67, 68, 82 del Código de Procedimiento Civil, admitiéndola al trámite del juicio Verbal Sumario (Divorcio). En lo
principal, cítese al cónyuge demandado ESTEBAN MARINO LARROSA ORRALA, por
la prensa, en el modo establecido en el Art. 82 del cuerpo de leyes antes citado, en
concordancia con el inciso segundo del Art. 119 del Código Civil, por cuanto la parte
actora, ha declarado bajo juramento que le es imposible determinar la individualidad o
residencia de la parte demandada, pese a haber realizado todas las averiguaciones. Se
previene al demandado de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y abogado
patrocinador dentro del término conferido en el Código de Procedimiento Civil bajo
prevenciones de procesarle en rebeldía. Las publicaciones deberán realizarse en uno
de los diarios de mayor circulación en esta ciudad, ya sea Diario el Universo, Expreso,
Extra o Telégrafo, debiendo la Actuaria del Despacho, conferir los extractos respectivos para su publicación. Cítese y notifíquese en los lugares indicados conforme a
ley.- HÁGASE SABER.CUANTÍA: Indeterminada
JUEZ DE LA CAUSA: EL MSC. ANDRES ALVARADO LUZURIAGA, JUEZ SEGUNDO
DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA
CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS.
Guayaquil, 29 de abril de 2014
AB. JESSICA MOLINA TROYA
SECRETARIA
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA GUAYAQUIL
Jun. 20; Jul. 3-16 (148707)
El Telégrafo I jueves 3 de julio del 2014
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
EXTRACTO JUDICIAL
CITACIÓN JUDICIAL A: ALEJANDRO FRANCISCO PEREZ PUENTE
POR SUS PROPIOS DERECHOS Y POR QUE REPRESENTA EN
CALIDAD DE GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE
GIGATELSA S.A. ACTOR: YORA BOWEN CARLOS LUIS.
DEMANDADOS: PEREZ PUENTE ALEJANDRO FRANCISCO
(REPRESENTANTE), GIGATELSA S.A.
DOMINIO N°. 2013-455 -FG.
TRAMITE. VERBAL SUMARIO
CUANTÍA: DIECIOCHO MIL DÓLARES AMERICANOS (18.000.00)
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes
4 de junio del 2013, las 10h45. VISTOS: Avoco conocimiento
de la presente causa, en mi calidad de Juez Primero de lo Civil
de Pichincha, mediante acción de personal N° 4192-DP-DNP-OQ,
de 23 de Septiembre del 2012.- En vista de la razón de sorteos
que antecede, en lo principal, la demanda presentada es clara,
precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se acepta
a trámite Verbal Sumario. En consecuencia, con la demanda
presentada y providencia que antecede, córrase traslado al
señor ALEJANDRO FRANCISCO PÉREZ PUENTE, por sus propios
derechos y por los que representa en calidad de Gerente General
y como tal Representante Legal de GIGATELSA S.A. Cítese al
demandado en el lugar que se indica. Previo recibo y dejando
copias fotostáticas en autos, se ordena el desglose de los documentos anexos a la demanda.- Téngase en cuenta el casillero
judicial señalado y agréguese al proceso la documentación que se
adjunta.- NOTIFÍQUESE.JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves
22 de mayo del 2014, las 15h37. VISTOS: Avoco conocimiento de
la presente causa, en mi calidad de Jueza Primera de lo Civil de
Pichincha (E), mediante acción de personal N° 3031-DP-DPP, de
fecha 30 de Abril del 2014.- Por cuanto el actor ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia que antecede y ha rendido
el juramento de conformidad a lo previsto en el Art. 82 del Código
de Procedimiento Civil, se ordena citar al demandado señor
Alejandro Francisco Pérz Puente; en calidad de Gerente General y
Representante Legal de GIGALTESA S.A., mediante publicaciones
que se lo hará a través de la prensa, en uno de los periódicos o
diarios de amplia circulación en esta Ciudad de Quito, para lo cual
confiérase el respectivo Extracto.- NOTIFÍQUESE.LO QUE LLEVO A SU CONOCIMIENTO Y LES CITO,
PREVINIÉNDOLES DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO
JUDICIAL PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES.
Atentamente,
DR. JUAN PABLO TORO CARRILLO
SECRETARIO
Jun. 20; Jul. 3-16 (148634)
DÉCIMO SEGUNDO DE LA FAMILIA, MUJER,
NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL GUAYAS
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: MARIA JOSE SANCHEZ CARDOZO.
Le Hago Saber: En mérito del sorteo de Ley, el actor EFREN YONNY SANCHEZ TIRAPES, ha presentado demanda de EXTINCIÓN DE ALIMENTOS No.2009-0988, cuyo extracto de la demanda es la siguiente:
Actor:
EFREN YONNY SANCHEZ TIRAPES.
Demandada:
MARIA JOSE SANCHEZ CARDOZO.
Objeto de la Demanda: Extinción de Alimentos
Juez de la Causa:
Dr. José Ricardo Chiriboga Coello.
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. Guayaquil, lunes 22
de Agosto del 2013, las 16h17. VISTOS: Agréguese a los autos la demanda presentada por el alimentante de fecha 31 de julio del 2013 y sus anexos, el mismo que es puesto en mi despacho el día de hoy.- VISTOS: Avoco conocimiento
de la demanda de EXTINCION DE ALIMENTOS propuesta por el señor EFREN
YONNY SANCHEZ TIRAPES en contra de MARIA JOSE SANCHEZ CARDOZO,
la misma que por ser clara, precisa, completa y reunir los requisitos de Ley, se la
admite a trámite de conformidad con el Art. 75 de la Constitución del Ecuador
que establece una justicia gratuita a la tutela efectiva, imparcial y expedita de
sus derechos e intereses con sujeción a los principios de inmediación y celeridad y también en virtud del art. 169 del mismo cuerpo legal que establece:
Los principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y
economía procesal que harán efectiva las garantías del debido proceso no se
sacrificara la justicia por la sola omisión de formalidades.- Tramítese en el procedimiento Contencioso Oral establecido en la Constitución de la República en
el articulo 168 numeral 6.- De conformidad con el Art. Innumerado 35, inciso
2do de la Ley reformatoria del Código de la Niñez y Adolescencia.- CITESE a la
demandada MARIA JOSE SANCHEZ CARDOZO EN PERSONA, mediante Boleta Única con ayuda de un miembro de la Fuerza Pública, quien deberá remitir
informe de la diligencia a este despacho a la brevedad posible e informara al
demandado de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en las 48
horas que siguen a la recepción de la citación.- Hecho que sea realícese la
Audiencia Única a la que concurrirán las partes en forma personal o por intermedio de su Procurador Judicial, quienes deberán tener poder para transigir de
conformidad con el art. Innumerado 37 de la Ley Reformatoria y de conformidad con el principio de concentración constante en el art. 168 numeral 6 de la
Norma Constitucional, en la que anunciaran sus pruebas instrumentales.- Téngase en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico señalados por el actor
para sus notificaciones y la autorización que confiere a su patrocinador.- Actúe
en calidad de Secretaria legalmente, encargada de este despacho la Ab. Vilma
Goyes Murillo mediante acción de personal Nº 4685-UARH-NVP de fecha 03
de septiembre del 2012.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.- CORTE PROVINCIAL DE
JUSTICIA DEL GUAYAS.- JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.- Guayaquil, miércoles 11 de junio del 2014, a
las 13h49. En mérito a la declaración, bajo juramento que hace Efrén Sanchez
Tirapes, este operador dispone que la actuaria del despacho realice el extracto
para la publicación de citación a la demandad por medio del diario El Telégrafo
de la ciudad de Guayaquil, cúmplase y notifíquese.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- (f) Dr. José Ricardo Chiriboga Coello, Juez Décimo Segundo de la Niñez
y Adolescencia; continua la diligencia y f) Ab. Carolina Maldonado Jaramillo,
secretaria del despacho.- Particular que comunico a usted para los fines de
ley.- Guayaquil, 13 de junio del 2014.Ab. Carolina Maldonado Jaramillo
Secretaria del Juzgado Décimo Segundo de la
Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia
Jun. 20; Jul. 3 (148715)
CASILLA No. 2442
JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL A: JOSÉ MARCO VINICIO MONTENEGRO MALDONADO
JUICIO No.
260-2014-A.LL.
ACTOR:
GRETHA DEVORA MONTENEGRO LÓPEZ.
DEMANDADA:
JOSÉ MARCO VINICIO MONTENEGRO MALDONADO
TRAMITE:
ORDINARIO
CUANTIA:
INDETERMINADA
OBJETO:
QUE EN SENTENCIA SE DECLARE LA PRESCRIPCIÓN
EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO
JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 13 de mayo
del 2014, las 11h21.- VISTOS.- Previo sorteo de ley correspondiente, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza titular de esta Judicatura.- La demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que
declarándosela procedente se la acepta al tramite Ordinario.- En consecuencia;
con el contenido de la misma y este auto córrase traslado a la parte demandada
JOSÉ MARCO VINICIO MONTENEGRO MALDONADO; por el término de quince
días con apercibimiento de rebeldía después de legalmente citado.- Inscríbase
la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito de conformidad
con el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, para el efecto remítase
atento oficio a su titular.- Cuéntese con los personeros del Ilustre Municipio del
Distrito Metropolitano de Quito en las personas del señor Alcalde y Procurador.- Atento al juramento rendido por la parte actora, CÍTESE al demandado
señor JOSÉ MARCO VINICIO MONTENEGRO MALDONADO, de conformidad
a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, esto es, por la
prensa, mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación
nacional.- Al efecto, confiérase el extracto respectivo.- Agréguese al proceso los
documentos acompañados a la demanda.- Téngase en cuenta la casilla judicial
señalada por el actor para sus notificaciones; así como la designación de su
abogado defensor.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Lizbeth Ron Cadena, Jueza.
LO QUE LLEVO A SU CONOCIMIENTO Y LES CITO PREVINIÉNDOLES DE LA
OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL PARA POSTERIORES NOTIFICACIONES.
Jun. 20; Jul. 3-16 (148725)
CUANTÍA:
TRÁMITE:
ACTOR:
DEMANDADO:
CITACIÓN JUDICIAL A:
INDETERMINADA
CONTENCIOSO GENERAL - TENENCIA
FERNANDO PAUL VELOZ OBANDO
CALERO RAMOS THALIA LILIANA
CALERO RAMOS THALIA LILIANA
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL
CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 19 de junio
del 2014, las 15h24. VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede.- De
conformidad con lo dispuesto en el art. 1014 del Código de Procedimiento Civil
se declara la nulidad de todo lo actuado desde fojas 28, a costas del Dr. Armando
Cedeño Gordillo, ex Secretario de mi despacho; vuelva al estado de citar a la
parte demandada.- Sobre la base de la aseveración juramentada del actor en el
sentido de que le ha sido imposible determinar la residencia o domicilio de la
demandada, pese a las averiguaciones que ha realizado, y de conformidad con el
art. 82 del Código de Procedimiento Civil, se dispone CITAR a través de la prensa
en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad con un extracto de
la demanda, auto de calificación y este auto a la demandada THALÍA LILIANA
CALERO RAMOS.- Por secretaría, elabórese el extracto correspondiente.- Actúa el
Ab. Edgar Abad Cadena, en calidad de Secretario de la Unidad Judicial.- CÍTESE
Y NOTIFÍQUESE.- Actúa el Ab. Edgar Abad Cadena, en calidad de Secretario de
la Unidad Judicial.- [Causa No. 2014-8874-Dra. C.E.V.].- CÍTESE y NOTIFÍQUESE.f) DRA. CELMA ESPINOSA, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA
TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN
QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole
de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, en esta ciudad de Quito.
AB. EDGAR ABAD
SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL- GUALACEO
CITACIÓN JUDICIAL
JUICIO ORDINARIO -EXPROPIACIÓN No. 2014-0386
A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE HECTOR DAVILA LLAGZHA Y VICTORIA
CANTOS ALVARADO; Y ROSA ALICIA DAVILA CANTOS cuyas Residencias bajo juramento se afirma
desconocerse, Se les hace saber que: en éste Juzgado a cargo del Dr. Manuel Cabrera Esquivel, Juez
A de la Unidad Judicial Multicompetente Primera Civil - Gualaceo, se ha presentado una demanda
ORDINARIA DE EXPROPIACIÓN No. 2014-0386 propuesto por EL MINISTERIO DEL AMBIENTE, en
contra de HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE HECTOR DAVILA LLAGZHA Y VICTORIA
CANTOS ALVARADO Y ROSA ALICIA DAVILA CANTOS, la que en extracto con la providencia en ella
recaída, dice:
ACTOR: MINISTERIO DEL AMBIENTE.- DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS
DE HECTOR DAVILA LLAGZHA Y VICTORIA CANTOS ALVARADO; Y ROSA ALICIA DAVILA CANTOS.NATURALEZA: Ordinario.- MATERIA: Expropiación de un predio.- CUANTIA, $ 14.883,28.PROVIDENCIA:
Gualaceo, 02 de Junio de 2014. Las 11h05.VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo legal que le ha correspondido a
ésta Judicatura. Ténganse por presentados adjuntos a la demanda los comprobantes de transferencia
a la cuenta del Banco de Fomento que mantiene esta Unidad Judicial. La demanda de expropiación
con ocupación inmediata del inmueble presentada por la señora Maritza Alexandra Quintanilla
Zamora y Adrián Alfonso Caldeón Coello en calidad de mandatarios de José Ignacio Martínez Vega,
Gerente Programa de Reparación Ambiental y Social (PRAS) del Ministerio del Ambiente, por clara y
completa se la acepta a trámite de conformidad con lo dispuesto en el Art. 781 y siguientes del Código
de Procedimiento Civil. Cítese a los demandados HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE
HECTOR DAVILA LLAGZHA y VICTORIA CANTOS ALVARADO, mediante publicaciones por la prensa
en un diario de amplia circulación provincial y local que se editan en la ciudad de Cuenca, acorde a
lo dispuesto en el Art. 82 y 83 del Código de Procedimiento Civil. Cítese la heredera conocida ROSA
ALICIA DAVILA CANTOS como propietaria de derechos y acciones en su domicilio que se describe en
la ciudad de Cuenca y cuéntese con el señor Procurador General del Estado acorde a los dispuesto en
el Art. 6 de la Ley de la Procuraduría General del Estado conforme se solicita, citación y notificación
que se efectuará mediante deprecatorio a uno de los señores Jueces de lo Civil del cantón Cuenca,
para lo cual se remitirá el despacho legal correspondiente ofreciendo reciprocidad en casos análogos.
Con fundamento en el Art. 797 del Código de Procedimiento Civil, al tratarse de expropiación urgente,
considerado como tal por la entidad demandante, se dispone la ocupación inmediata del inmueble
descrito y singularizado en la demanda dentro de los linderos y especificaciones que refieren, toda vez
que se ha transferido a la cuenta del Juzgado el valor que refiere a de la expropiación en la cantidad
de CATORCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES DÓLARES CON VEINTIOCHO CENTAVOS DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA. En cumplimiento a lo establecido en el Art. 788 del
Código de Procedimiento Civil, las partes en el término de tres días, de común acuerdo designen
perito. Los demandados en el término de quince días hagan valer sus derechos. Inscríbase la demanda
en el Registro de la Propiedad del Cantón Gualaceo. En cuenta las autorizaciones judiciales, casilla
y correo electrónico para notificaciones. Adjúntese toda la documentación presentada. Confiérase
extracto y despacho.- Notifíquese.- f) "Ilegible" Dr. Manuel Cabrera Esquivel Juez A de la Unidad Judicial
Multicompetente Primera Civil-Gualaceo. Se le previene de su obligación de señalar casilla judicial para
notificaciones posteriores.
Gualaceo, Junio 11 del 2014
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL NORTE DEL CANTÓN GUAYAQUIL
Ab. Linda Margarita Núñez Vega
SECRETARIA
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA FAMILIA,
MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA No. 1 CANTÓN GUAYAQUIL
EXTRACTO
A: LUIS ABELARDO VERA, le hago saber que en La Unidad Judicial Multicompetente Segunda Civil del Cantón Paute, a cargo del Juez Doctor Marcelo Serpa Ordoñez.
Correspondió la demanda y providencia recaída, que en extracto, dice:
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.
Naturaleza:
Materia:
Actor:
JUICIO:
CUANTIA:
TRAMITE:
ACTOR:
DEMANDADA:
CITACION JUDICIAL A:
Dr. Carlos León Vintimilla
SECRETARIO
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PAUTE
Jun. 20; Jul. 3-16 (148774)
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: Jessenia Mariuxi Correa Bonilla
Se le hace saber lo siguiente:
Predio: lote de terreno ubicado a la altura del km 29 vía Guayaquil - Daule
Superficie: aproximadamente 138.12 Has.
Parroquia: Nobol
Cantón: Nobol
Provincia: Guayas
Trámite: Expediente de Expropiación No. 006-G-2014
Providencia: MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y
PESCA (MAGAP).- SUBSECRETARÍA DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA (STRA).DIRECCIÓN DISTRITAL CCIDENTAL DE TIERRAS (DDOT).- Guayaquil, 13 de junio
de 2014; a las 11H22.- Avoco conocimiento en mi calidad de Directora Técnica
de Área Distrito Occidental de la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria (e),
mediante Acción de Personal No. 0465 CGAF/DATH de fecha 02 de junio del 2014.
Desígnese Secretaria Ad-Hoc a la Ab. Minerva Escalante Alvarado, quien estando
presente acepta el cargo y jura desempeñarlo fiel y legalmente y para constancia
firma conmigo al pie de esta providencia. Dentro del trámite administrativo de
Expropiación Nº 006-G-2014. EN LO PRINCIPAL: 1.- Se dispone se cite a los señores
Carlos Baldomero, Jorge Antonio, Piedad Graciela y Antonio Játiva Montalvo, por
medio de 3 publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación del Cantón
Nobol de acuerdo al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, emplazándole de
la obligación que tiene de comparecer señalando casilla judicial en la ciudad de
Guayaquil o correo electrónico para recibir futuras notificaciones en el termino de
veinte días a partir de la última publicación.
2.- Oficiese al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Nobol, Provincia del
Guayas, a fin de que inscriba la solicitud de expropiación y esta providencia en el
Registro a su cargo.
3.- Tómese en cuenta la casilla judicial No. 274 y el correo electrónico [email protected], señalado para recibir futuras notificaciones, así como la
autorización conferida a su abogado patrocinador.- NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.- f)
Ab. Sarah María Pincay Morla, Directora Técnica de Área del Distrito Occidental
f) Ab. Minerva Escalante Alvarado, Secretaria AD-HOC, particular que comunico
a usted para los fines legales pertinentes.- Guayaquil,
Ab. Minerva Escalante Alvarado
SECRETARIA AD-HOC
Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria
Jun. 25; Jul. 3-11 (149002)
JUICIO DE TRABAJO TRÁMITE ORAL No. 246-14 Dr. VICENTE TAPIA.
ACTOR.- CONSUELO DEL CARMEN MEJIA LOOR.
DEMANDADO.- COMPAÑIA CREDITOS ECONOMICOS-CREDICOSA S.A., REPRESENTADA LEGALMENTE
POR SALAME HOPPE JUAN CARLOS, POR SUS PROPIOS Y PERSONALES DERECHOS, RESPONSABLE
SOLIDARIO, COMPAÑIA CREDITOS ECONOMICOS-CREDICOSA S.A., LEGALMENTE REPRESENTADA POR
HUNDA MONICA.
CUANTÍA.- 32.600, oo USD
TRAMITE.- Oral
CITACION A: JOSE LUIS LOPEZ HERRERA por sus propios y personales derechos
AUTO.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL PRIMERA ESPECIALIZADA DE TRABAJO DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 20 de enero
del 2014, las 15h32.- VISTOS: DR. VICENTE HUMBERTO TAPIA ZAPATA avoco conocimiento en calidad
de Juez Encargado de la presente causa, conforme a la acción de personal 4166-DP-DPP de fecha 3 de
septiembre del 2013.- En lo principal la demanda que antecede se la califica de clara, precisa y reúne los
demás requisitos de Ley.- Tramítesela en procedimiento oral, de conformidad con el Art. 575 y siguientes del
Código del Trabajo.- Cítese con el contenido de la demanda y este auto a la COMPAÑÍA CREDITOS ECONOMICOS CREDICOSA S.A. y a sus representantes por sus propios y personales derechos, en las personas de
los señores JUAN CARLOS SALAME HOPPE, DRA. MONICA HUNDA, JOSE LUIS LOPEZ e IVAN CHACHA
FAJARDO en el lugar que se indica, y cúmplase con dicha diligencia en el término de cinco días previsto
en el inciso segundo del Art. 576 ibídem.- Hecho que sea, realícese la audiencia preliminar de conciliación,
contestación a la demanda y formulación de pruebas, el día 11 de abril del 2014, a las 08h00, a la que
concurrirán las partes en forma personal o por intermedio de Procurador Judicial con poder especial amplio
y suficiente para transigir de conformidad al numeral 11 del Art. 130 del Código Orgánico de la Función Judicial, en concordancia con lo establecido en el Art. 44 del Código de Procedimiento Civil.- La Contestación a la
demanda será formulada por escrito según lo dispuesto en el Art. 576 inciso primero del Código del Trabajo.Previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero Judicial y correo electrónico.- Téngase en cuenta
la cuantía fijada, el casillero judicial No. 262 y el correo electrónico [email protected],
señalados por la parte actora para posteriores notificaciones y la autorización que confiere a su Abogado
Defensor DR. PATRICIO MORENO ALMEIDA.- Agréguese al proceso los documentos presentados por la
parte actora.- De ser posible, la parte actora, al momento de la diligencia proporcione en medio magnético
la demanda.- Actúa como Secretaria Dra. Lorena Borja.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f).- DR. VICENTE TAPIA
ZAPATA, JUEZ.- PROVIDENCIA.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL
PRIMERA ESPECIALIZADA DE TRABAJO DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 23 de junio del 2014, las 12h15.- En lo Principal atento lo manifestado por la parte actora en el
escrito constante del proceso, reconocimiento y juramento del mismo, CITESE con la presente causa al
demandado JOSE LUIS LOPEZ HERRERA por sus propios y personales derechos por la prensa en uno de los
diarios de mayor circulación de la ciudad, de conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Hecho que sea, realícese la audiencia preliminar de conciliación, contestación a la demanda
y formulación de pruebas, el día 28 de JULIO del 2014, a las 15h00, a la que concurrirán las partes en forma
personal o por intermedio de Procurador Judicial con poder especial amplio y suficiente para transigir de
conformidad al numeral 11 del Art. 130 del Código Orgánico de la Función Judicial, en concordancia con lo
establecido en el Art. 44 del Código de Procedimiento Civil .- La Contestación a la demanda será formulada
por escrito según lo dispuesto en el Art. 576 inciso primero del Código del Trabajo.- Previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero Judicial y correo electrónico.- NOTIFÍQUESE.- f).- DR. VICENTE TAPIA
ZAPATA, JUEZ.- Lo que comunico a usted para los fines de ley.
DRA. LORENA BORJA Q.
SECRETARIA
CASILLERO N°: 5440
CITACIÓN JUDICIAL
Paute 07 de enero de 2012.- Las 09h35
VISTOS.- Avoco conocimiento en mi calidad de Juez (T), de este despacho, según
oficio N.- FJA-DPA-2011-1422. Por clara y completa la demanda de expropiación
que antecede, se admite a trámite especial señalado en el Art. 781 y siguientes del
Código de Procedimiento Civil. Cítese al demandado LUIS ABELARDO VERA en el
lugar que se indica, mediante comisión al señor Teniente Político de la parroquia El
Cabo para que haga uso de sus derechos dentro del término de quince días conforme al Art. 788 ibídem. En vista de la consignación de valores hecha por la actora, de
conformidad con el Art. 797 ibídem, se dispone la ocupación inmediata del lote de
terreno descrito en la demanda. Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de éste cantón. Oportunamente se nombrará perito para que haga el avalúo del
predio objeto de la demanda En cuenta la calidad con la que comparece la actora, el
casillero judicial, los correos electrónicos y autorizaciones que confiere a sus defensores. Adjúntese documentación acompañada.- Notifíquese. OTRA PROVIDENCIA.Paute, 27 de Mayo del 2014, a las 12h10. VISTOS.- Por cumplido lo ordenado en providencia inmediata anterior dispongo que se proceda con la citación por la prensa
conforme al artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, al accionado VERA LUIS
ABELARDO, mediante uno de los periódicos que se editan en la ciudad de Cuenca,
por no existir medio de circulación regular en esta localidad. Concédase el extracto
correspondiente.- NOTIFÍQUESE.- F) DR. MARCELO SERPA ORDOÑEZ, JUEZ DE LA
UNIDAD JUDICIAL MUTICOMPETENTE SEGUNDA CIVIL DE PAUTE
Paute, 3 de junio del 2014
Jun. 30; Jul. 3-7 (1149330)
Jun. 26; Jul. 9-22 (149137)
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE SEGUNDA CIVIL DE PAUTE
EXPROPIACION (No. 1097-2013)
PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA
ABG. MARITZA ALEXANDRA QUINTANILLA ZAMORA en su calidad
de Mandataria y Procuradora Judicial de la Dra. Lorena Tapia Gerente
del Programa de Reparación Ambiental y Social (PRAS).
Demandado: LUIS ABELARDO VERA
Cuantía:
938.35
PROCESO N. 1083-2014
JUEZA.- ABG. ESP. FABIOLA MAGALI LAGOS VARGAS.
DEMANDA: Inventario y Sucesión de Bienes dejados por Alejandro Aguirre Arias, Ángela Antonia Aguirre Zambrano, y Américo Absalón Aguirre Anchundia
ACTORES: Fátima María Aguirre Aguirre.
DEMANDADOS: José Félix Aguirre Zambrano, Blanca Aguirre Zambrano y a los Herederos presuntos y desconocidos de quienes fueros de los cujus, Alejandro Aguirre Arias,
Ángela Antonia Aguirre Zambrano y Américo Absalón Aguirre Anchundia.
HAGO SABER.- AUTO INICIAL.- Vinces, viernes 30 de mayo del 2014, las 13h13.- VISTOS.- atento a la nota de sorteo de ley, ha correspondido a esta judicatura la demanda
de Inventarios No. 1083-2014, presentada por Fátima María Aguirre Aguirre, contra
José Félix Aguirre Zambrano, Blanca Aguirre Zambrano, Telmo Wellington Aguirre
Carbo, Adolfo Aguirre Aguirre, y Douglas Aguirre Aguirre a los herederos presuntos y
desconocidos la misma que por ser clara, precisa y completa y reunir los requisitos establecidos en los art. 67 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se la
admite a trámite de Ley.- Fundamentos de Hecho.- Con los testimonios de escritura que
anexo y de los antecedentes de ellas, se puede corroborar que mi abuelo materno quien
en vida se llamó Alejandro Apolonio Aguirre Arias, al fallecimiento ab-intestato dejo
entre sus bienes relictos entre otros pro indivisos, un lote de terreno de 20 cuadras más
o menos, llamado Zanjón, fincado en la jurisdicción parroquial y cantonal de Vinces,
mi recordada madre Ángela Antonia Aguirre Zambrano, a su fallecimiento ab intestato
dejo entre sus bienes relictos, entre ellos el predio dominado La Balza, Compuesto de
lomas, pozas y bancos, y la" Loma ", de un área total de 12 cuadras más o menos,
ubicado en el sitio la Loma, en el recinto San Antonio, de esta jurisdicción cantonal de
Vinces Mi recordado padre que en vida se llamó Américo Absalón Aguirre Anchundia,
dejo entre sus bienes relictos entre, otros, proindiviso, propiedades rusticas en los sitios
"San Antonio y la Balza" de esta jurisdicción cantonal de Vinces cuerpos de terrenos de
lomas y sabanas de unas 40 cuadras más o menos.- En lo principal cítese a los herederos presuntos y desconocidos y a todas las personas que se crean con derecho a los
bienes dejados por los causantes Alejandro Aguirre Arias, Ángela Antonia Zambrano y
Américo Absalón Aguirre Anchundia, por cuanto la accionante bajo juramento declara
que le es imposible determinar la individualización del domicilio, se ordena citarlos por
la prensa, como lo norma el art. 82 del; CPC, mediante 3 publicaciones en días distintos,
en el diario El Telégrafo de la ciudad de Guayaquil.- NOTIFÍQUESE.Vinces, junio 23 del 2014
REPÚBLICA DEL ECUADOR
A: Cedeño Pisco Jose Maximiliano.
LE HAGO SABER Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL N° 2013- 6046
seguido por la AB. CHICHANDE VILLAMAR MIREYA MAGDALENA, en calidad de Procuradora Judicial de
la señora cónyuge MARYURI YOLANDA CHELE CHAVEZ en contra de Cedeño Pisco Jose Maximiliano.
ACTOR: AB. CHICHANDE VILLAMAR MIREYA MAGDALENA, en calidad de Procuradora Judicial de la
señora cónyuge MARYURI YOLANDA CHELE CHAVEZ.
DEMANDADO: Cedeño Pisco Jose Maximiliano.
OBJETO DE LA DEMANDA: Se declare en sentencia disuelto el vínculo matrimonial.
AUTO INICIAL: DRA. ARMENIA ALVAREZ CAICEDO, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL NORTE DE
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL, Guayaquil, martes 25 de febrero del 2014,
las 12h11.- VISTOS: Forme parte del proceso el Acta de Declaración Juramentada que ha rendida en esta
Unidad Judicial Especializada Norte de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia de Guayaquil, por la Ab. Mireya
Magdelena Chichande Villamar, Procuradora Judicial de la señora cónyuge MARYURI YOLANDA CHELE
CHAVEZ.- En lo principal, la demanda de divorcio presentada por JENNIFER STEPHANIA BENALCAZAR
HIDALGO, en contra del señor JOSÉ MAXIMILIANO CEDEÑO PISCO, se la califica de clara, precisa y por reunir los demás requisitos legales que exige los artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se
la admite al trámite en juicio verbal sumario.- En virtud de la declaración juramentada practicada por la parte
actora ante la suscrita Jueza de esta Unidad Judicial Especializada, se dispone que la diligencia de citación
a la demandada JOSÉ MAXIMILIANO CEDEÑO PISCO, se la realice por medio de tres publicaciones que se
harán en un periódico de mayor circulación que se edita en esta ciudad, esto es el diario Telégrafo, Expreso
o Universo, en tres días diferentes, conforme lo establece el artículo 119 del Código Civil y artículo 82 del
Código de Procedimiento Civil, mediando ocho días entre una publicación y otra.- Tómese en cuenta el
casillero judicial que señala la actora para sus notificaciones y la autorización que confiere a su patrocinador
y procuradora judicial.- Agréguese a los autos los documentos aparejados a la demanda.- Intervenga en calidad de actuaria del despacho la Ab. Linda Núñez Vega.- Notifíquese.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA
DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL No.- 1 DEL CANTÓN GUAYAQUIL.- Guayaquil, miércoles 12 de marzo
del 2014, las 10h56. De una mejor revisión de autos se observa el error involuntario al digitar la calificación
de la demanda.- En lo principal.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 130.8 del Código Orgánico de la
Función Judicial, se convalida el auto de calificación inicial, el sentido de que "por la Ab. Mireya Magdalena
Chichande Villamar, Procuradora Judicial de la señora cónyuge MARYURI YOLANDA CHELE CHAVEZ.- En
lo principal, la demanda de divorcio presentada por MARYURI YOLANDA CHELE CHAVEZ, en contra del
señor JOSÉ MAXIMILIANO CEDEÑO PISCO y no como hecho constar como "por la Ab. Mireya Magdelena
Chichande Villamar, Procuradora Judicial de la señora cónyuge MARYURI YOLANDA CHELE CHAVEZ.- En
lo principal, la demanda de divorcio presentada por JENNIFER STEPHANIA BENALCAZAR HIDALGO,
en contra del señor JOSÉ MAXIMILIANO CEDEÑO PISCO por lo que en este caso, es necesario invocar
que en los procedimientos judiciales los errores de transcripción no causan perjuicio en derecho "ERROR
INTRANSCRIBENDIS VERBIS NON NOCET IN JURE", Corregido el lapsus, la actuaria cumpla con la elaboración del extracto a fin de dar cumplimiento con la citación a la parte demandada.- NOTIFÍQUESE.- JUEZ
DE LA CAUSA: AB. ARMENIA ALVAREZ CAICEDO, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL NORTE DE FAMILIA,
MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS.CUANTÍA: INDETERMINADA.
Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio
judicial para notificaciones futuras dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de
este aviso, caso contrario será tenido o declarado rebelde.
Guayaquil, 11 de Junio del 2014
Jun. 20; Jul. 3-16 (148772)
EXTRACTO DE CITACIÓN
EXTRACTO DE PUBLICACIÓN
EXTRACTO DE CITACIÓN
AB. RENATO B. AYALA L.
SECRETARIO UJMPC-GUALACEO
República del Ecuador
FUNCIÓN JUDICIAL
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOS RIOS-VINCES
Abg. Margarita Bajaña Bajaña
Secretaria Encargada de la Unidad Judicial Multicompetente
Jun. 26-30; Jul. 3 (149130)
Jun. 20; Jul. 3-16 (148726)
EXTRACTO DE CITACIÓN
AB. VICTOR FERNANDO GONZALEZ COELLO,
SECRETARIO
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ
Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA
CONTENCIOSO GENERAL - TENENCIA N. 56288-2013
Dr. Paúl Andrés Tapia
SECRETARIO E DEL JUZGADO
DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL SUR FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
A: JUAN VELASCO VALENCIA.
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL No. 2014-3630,
presentada por la Abogada MARCIA ELENA CAICEDO CAICEDO, con Poder Especial y Procurador Judicial,
por los derechos que representa de la señora ELNI NOLAIMA VERNAZA VALENCIA en contra de JUAN VELASCO VALENCIA.
ACTOR: Abogada MARCIA ELENA CAICEDO CAICEDO, con Poder Especial y Procurador Judicial, por los derechos que representa de la señora ELNI NOLAIMA VERNAZA VALENCIA.
DEMANDADO: JUAN VELASCO VALENCIA.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante sentencia, declare disuelto el vínculo matrimonial
entre los cónyugues amparado en el Código Civil Ecuatoriano.
AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTÓN
GUAYAQUIL.- Guayaquil, jueves 10 de abril del 2014, las 13h05. DIVORCIO POR CAUSAL.- VISTOS: En mérito
del sorteo de ley y en mi calidad de Jueza de la Unidad Especializada Sur de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil, mediante acción de personal No. 4289-DNP-ACH, extendida por la Dirección Nacional de
Personal del Consejo de la Judicatura y de conformidad con lo establecido en el Art. 234 del Código Orgánico
de la Función Judicial, publicado en el Registro Oficial No. 544 del 9 de Marzo del 2009, puesto a mi despacho el día de hoy, avoco conocimiento de la presente demanda de DIVORCIO POR CAUSAL, en mérito de
los documentos escriturarios adjuntos se declara legitimada la intervención de la ABOGADA. MARCIA ELENA
CAICEDO CAICEDO, con Poder Especial y Procurador Judicial, por los derechos que representa de la señora
ELNI NOLAIMA VERNAZA VALENCIA fundamentado en la causal 11 inciso segundo del artículo 110 del Código
Civil, contra el señor JUAN VELASCO VALENCIA, por reunir los requisitos determinados en los artículos 67, 68
y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa y completa, por lo que se la admite
al trámite de juicio verbal sumario de Divorcio.- Dentro del matrimonio afirma la Procuradora Judicial que su
mandante han procreado un hijo de nombres JUAN CARLOS VELASCO VERNAZA, el mismo que es mayor de
edad y goza de sus propios derechos de ciudadanía.- Dentro de la sociedad conyugal manifiesta que no han
adquirido bien inmueble alguno por lo que no hay nada que resolver.- Se dispone que comparezca la ABOGADA.
MARCIA ELENA CAICEDO CAICEDO personalmente y no por interpuesta persona, el día 3 de junio del 2014; a
las 16h00, a suscribir el acta de declaración juramentada en la que su mandante declara bajo juramento que
ha sido imposible determinar la individualidad o residencia de la cónyuge.- Bajo las prevenciones que establece
el Art. 69 del Código de Procedimiento Civil.- Agréguese a los autos los documentos acompañados a la demanda.- Téngase en cuenta la casilla judicial 2442 para sus notificaciones.- lntervenga el Ab. Víctor Fernando
González Coello en calidad de Secretario de esta Judicatura con Acción de Personal No. 016 UARH-AOR de la
Unidad Judicial Especializada Sur de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón de Guayaquil.- Notifíquese
y Cúmplase.- OTRA PROVIDENCIA.- Guayaquil, miércoles 4 de Junio del 2014, las 09h35.- VISTOS: Puesto en
esta fecha en el despacho y dispongo lo siguiente: Agréguese a los autos el Acta de la declaración juramentada,
que realizó la Procuradora Judicial Ab. Marcia Elena Caicedo Caicedo, con Poder Especial y Procuración Judicial
para absolver posiciones y deferir juramento decisorio en representación de su mandante señora ELNI NOLAIMA VERNAZA VALENCIA, con el cual da cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento
Civil, dado que la Procuradora Judicial, bajo declaración juramentada realizada ante la suscrita Jueza, declara
que a su mandante, le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia del demandado señor JUAN
VELASCO VALENCIA; se dispone que la citación, se haga por medio de la prensa; lo que se efectuará por intermedio de 3 publicaciones, que se las hará mediando término de ocho días, por lo menos, entre la una y la otra,
de conformidad con el Art. 119 del Código Civil, en uno de los siguientes diarios: "El Telégrafo", "El Universo",
"Expreso" o "Extra" de la ciudad de Guayaquil, medios de amplia circulación en la provincia del Guayas; El Actuario del Despacho conferirá el extracto pertinente, para la indicada publicación de citación, al demandado en
el extracto de citación será advertido el demandado, de la obligación que tiene de comparecer a este proceso y
de señalar casilla judicial en esta ciudad de Guayaquil, para sus notificaciones, en caso de no comparecer veinte
días después de la última publicación, podrá ser considerado o declarado rebelde.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.CUANTÍA: INDETERMINADA.JUEZA DE LA CAUSA: AB. SONNIA QUIJIJE AGUIRRE, UNIDAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ
Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUAYAQUIL, Y AB. VICTOR FERNANDO GONZALEZ COELLO, SECRETARIO
QUE CERTIFICA.Guayaquil, 9 de Junio del 2014
CASILLERO: 6004
EXTRACTO
SUSPENSIÓN DE LA PATRIA POTESTAD N. 2051-2014-B.A.
INDETERMINADA
ESPECIAL
VITERI ALVAREZ SONIA VALERIA
RIAD TAREK BAHMAD
RIAD TAREK BAHMAD
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA
TERCERA DE LA FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA
PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 21 de mayo del 2014, las 15h23.- VISTOS:
Por cumplido lo dispuesto en providencia anterior, y en virtud de haber justificado oportunamente los dispuesto en providencia inicial; avoco conocimiento de la presente causa en
mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez
y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha creada mediante
Resolución No. 116-2012. dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 11 de
Septiembre del año 2012, de conformidad con lo establecido en el Art. 175 de la Constitución de la República y Arts: 30, 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y del
sorteo realizado.- En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa, completa, y reúne
los requisitos de ley, como lo establece el Art. 67 del Código de Procedimiento Civil por lo que
la acepta a trámite.- De conformidad al Art. 273 y 283 del Código de la Niñez y Adolescencia,
CÍTESE al demandado PABLO ALFREDO GARCES LOPEZ.- Atento al juramento rendido por la
demandante SONIA VALERIA VITERI ALVAREZ y de conformidad con lo que dispone el Art.
82 del Código de Procedimiento Civil, mediante 3 publicaciones en día distintos, CITESE al
demandado PABLO ALFREDO GARCES LOPEZ en uno de los diarios de amplia circulación de
esta ciudad de Quito.- Téngase en cuenta la cuantía de la demanda y la autorización conferida
a su Abogada defensora, el casillero judicial y correo electrónico señalados para recibir posteriores notificaciones.- NOTIFÍQUESE...- f.) Dr. Pedro Alejandro Arias Coronel, Juez. CORTE
PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 18 de junio del 2014, las 15h22.- VISTOS: Atenta
la reforma de la demanda presentado por la actora, y de conformidad con lo que dispone el
Art. 70 del Código Adjetivo Civil; se acepta la reforma de la demanda, de conformidad con lo
establecido en el Art. 175 de la Constitución de la República y Arts: 30, 233 y 234 del Código
Orgánico de la Función Judicial.- En lo principal, se la califica como clara, precisa, completa,
y reúne los requisitos de ley, como lo establece el Art. 67 del Código de Procedimiento Civil
por lo que se la acepta a trámite.- De conformidad al Art. 273 y 283 del Código de la Niñez y
Adolescencia, CÍTESE al demandado RIAD TAREK BAHMAD con la calificación inicial y esta
reforma.- Atento al juramento rendido por la demandante SONIA VALERIA VITERI ALVAREZ
y de conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, mediante
3 publicaciones en días distintos, CÍTESE al demandado RIAD TAREK BAHMAD en uno de
los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Quito.- Téngase en cuenta el nuevo domicilio judicial señalado y la autorización conferida a su nuevo defensor.- Hágase conocer a su
anterior defensor que ha sido sustituido en la defensa.- NOTIFÍQUESE.- f.) Dr. Pedro Alejandro
Arias Coronel, Juez.
Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, en
esta ciudad de Quito.
DRA. BETTY AYALA GRANDA
SECRETARIA
Jul. 1-2-3 (149370)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO DÉCIMO NOVENO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL CON SEDE EN NARANJAL
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: ALFREDO REYNALDO ENCALADA LARREATEGUI y NELA ESTHER
VILLAMAR GAMBOA
LES HAGO SABER: Que en esta Judicatura ha propuesto HUGO SATURDINO ROCAFUERTE VERA la demanda Ordinaria=Prescripción Extraordinaria
Adquisitiva de Dominio= No.- 0177/2014.JUEZA: ABOGADA IRIS ALVARADO CHAMAIDAN.
OBJETO DE LA DEMANDA: En juicio ordinario se demanda la Prescripción
Extraordinaria Adquisitiva de Dominio, por la posesión de los solares ubicados en el sector La Familia del cantón Naranjal, Provincia del Guayas, solares
signados con el Número 01012709 (antes N° 4, 5 y 6), de la Manzana N° 27
(antes 154), ubicado en la esquina de la intersección de las calles Eugenio
Espejo y 15ava Sur-Oeste, singularizado con la clave catastral municipal: Zona
01, sector 01, manzana 27, solar 09, propiedad horizontal 00 (antes signados
con los códigos catastrales N° 01-01-27-09-00; 01-01-27-12-00; y, 01-01-2715-00, respectivamente), con una superficie total de 650 metros cuadrados;
200 m2 del solar 4, 200m2 del solar 5; y, 250m2 del solar 6, cuyos linderos
y medidas se encuentran determinados en el libelo de la demanda, del cual es
posesionario desde hace de veinte y ocho años.
AUTO INICIAL: Se aceptó la demanda al trámite y se ordena citar la demanda
a los demandados ALFREDO REYNALDO ENCALADA LARREATEGUI y NELA
ESTHER VILLAMAR GAMBOA, mediante publicaciones por un Diario de amplía circulación nacional, de los que se editan en la ciudad de Guayaquil, de
conformidad con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.CUANTÍA: Indeterminada.
Lo que comunico a Uds., para los fines consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de comparecer a juicio y señalar domicilio legal en la ciudad
de Naranjal, para futuras notificaciones, ya que de no hacerlo dentro de veinte
días posteriores a la tercera y última publicación de este Extracto de Citación
de Demanda y Auto recaído en la misma, podrán ser considerados rebeldes.Ab. Byron Arbaiza Plúas
Secretario Juzgado 19º Civil y Mercantil de Naranjal
Naranjal, junio 20 del 2014
Jul. 1-2-3 (149406-1)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO DÉCIMO NOVENO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL CON SEDE EN NARANJAL
EXTRACTO DE CITACIÓN
Jul. 1-2-3 (149222)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ
Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO
EXTRACTO JUDICIAL
ACTOR(ES):
DEMANDADO:
JUICIO:
TRAMITE:
CUANTÍA:
JUEZ:
SECRETARIO:
39
SEGUNDO VICENTE ZURITA SALAZAR
ROSA DELFINA RODRIGUEZ SANCHEZ
No. 2014-4295-CEA.
ESPECIAL
INDETERMINADA
DR. CARLOS AREVALO ESTRADA
AB. EDISON ALDAZ MARTINEZ
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO
DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, 24 de febrero del 2014, las 10h12.- VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa, e infrascrita Secretaria. En lo principal, la demanda que antecede, es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. Cítese a la
demandada señora Rosa Delfina Rodríguez Sánchez, en el lugar que se indica.- Agréguese
al proceso los documentos que se acompañan.- Téngase en cuenta el casillero judicial
señalado por el actor señor Segundo Vicente Zurita Salazar.- [Inventarios No. 2014-4295CAE].- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN
QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, 23 de junio del 2014, las 08h01.- Agréguense a los autos los escritos y la razón de citación que anteceden, téngase en cuenta
para los fines legales pertinentes.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por la
señora Rosa Delfina Rodríguez Sánchez, para sus posteriores notificaciones, así como la
designación de su Abogado.- En relación al memorial del señor Segundo Vicente Zurita
Salazar, conforme el Art. 819 del Código de Procedimiento Civil, publíquese por la prensa
un extracto de la demanda, la liquidación de la sociedad conyugal y esta providencia, por
una sola vez.- [No. 2014-4295-CAE].- Notifíquese.- Certifico.-
A: CARLOTA ISABEL SUAREZ VEINTIMILLA.
LES HAGO SABER: Que en esta Judicatura ha propuesto HUGO SATURDINO ROCAFUERTE VERA la demanda Ordinaria=Prescripción Extraordinaria
Adquisitiva de Dominio= No.- 0178/2014.JUEZA: ABOGADA IRIS ALVARADO CHAMAIDAN
OBJETO DE LA DEMANDA: En juicio ordinario se demanda la Prescripción
Extraordinaria Adquisitiva de Dominio, por la posesión de los solares ubicados en el sector La Familia del cantón Naranjal, Provincia del Guayas, solares
signados con el Número 01012709 (antes N° 4, 5 y 6), de la Manzana N° 27
(antes 154), ubicado en la esquina de la intersección de las calles Eugenio
Espejo y 15ava Sur-Oeste, singularizado con la clave catastral municipal: Zona
01, sector 01, manzana 27, solar 09, propiedad horizontal 00 (antes signados
con los códigos catastrales N° 01-01-27-09-00; 01-01-27-12-00; y, 01-01-2715-00, respectivamente), con una superficie total de 650 metros cuadrados;
200 m2 del solar 4, 200m2 del solar 5; y, 250m2 del solar 6, cuyos linderos
y medidas se encuentran determinados en el libelo de la demanda, del cual es
posesionario desde hace de veinte y ocho años.
AUTO INICIAL: Se aceptó la demanda al trámite y se ordena citar la demanda
a la demandada CARLOTA ISABEL SUAREZ VEINTIMILLA, mediante publicaciones por un Diario de amplía circulación nacional, de los que se editan
en la ciudad de Guayaquil, de conformidad con el artículo 82 del Código de
Procedimiento Civil.CUANTÍA: Indeterminada.
Lo que comunico a Uds., para los fines consiguientes, advirtiéndoles de la
obligación que tienen de comparecer a juicio y señalar domicilio legal en la
ciudad de Naranjal, para futuras notificaciones, ya que de no hacerlo dentro
de veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este Extracto de
Citación de Demanda y Auto recaído en la misma, podrán ser considerados
rebeldes.Ab. Byron Arbaiza Plúas
Secretario Juzgado 19º Civil y Mercantil de Naranjal
Naranjal, junio 20 del 2014
AB. EDISON ALDAZ MARTINEZ
SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL
(149505)
Jul. 1-2-3 (149406-2)
40
El Telégrafo I jueves 3 de julio del 2014
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Se
comunica al público el
extravío de la LIBRETA
DE AHORRO CTA. No.
123283553
perteneciente a ALBA MARISOL
MERA ALCIVAR.
Particular que se comunica para los fines de ley.
Jul. 3-5 (149609)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO TRIGÉSIMO DE LO CIVIL DE DURÁN
EXTRACTO DE CITACIÓN
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO TRIGÉSIMO DE LO CIVIL DE DURÁN
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO TRIGÉSIMO DE LO CIVIL DE DURÁN
EXTRACTO DE CITACIÓN
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO TRIGÉSIMO DE LO CIVIL DE DURÁN
EXTRACTO DE CITACIÓN
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: MARCOS EDUARDO SANCHEZ CORREA y RAUL ROBINSON SANCHEZ CORREA
A: MARCOS EDUARDO SANCHEZ CORREA y RAUL ROBINSON SANCHEZ CORREA
A: MARCOS EDUARDO SANCHEZ CORREA y RAUL ROBINSON SANCHEZ CORREA
SE LES HACE SABER: Que en esta Judicatura le ha tocado conocer el Juicio Ordinario (Prescripción
Extraordinaria Adquisitiva de Dominio) No. 112-2014, seguido por CARLOS HERNAN SANCHEZ CORREA en contra de MARCOS EDUARDO SANCHEZ CORREA y RAUL ROBINSON SANCHEZ CORREA,
cuyo extracto de citación y auto recaído en ella, es del tenor siguiente:
SE LES HACE SABER: Que en esta Judicatura le ha tocado conocer el Juicio Ordinario (Prescripción
Extraordinaria Adquisitiva de Dominio) No. 110-2014, seguido por CARLOS HERNAN SANCHEZ CORREA en contra de MARCOS EDUARDO SANCHEZ CORREA y RAUL ROBINSON SANCHEZ CORREA,
cuyo extracto de citación y auto recaído en ella, es del tenor siguiente:
SE LES HACE SABER: Que en esta Judicatura le ha tocado conocer el Juicio Ordinario (Prescripción
Extraordinaria Adquisitiva de Dominio) No. 108-2014, seguido por CARLOS HERNAN SANCHEZ CORREA en contra de MARCOS EDUARDO SANCHEZ CORREA y RAUL ROBINSON SANCHEZ CORREA,
cuyo extracto de citación y auto recaído en ella, es del tenor siguiente:
Durán, lunes 31 de marzo del 2014, las 14h20. VISTOS: La demanda de Prescripción Extraordinaria
Adquisitiva de Dominio presentada por CARLOS HERNAN SANCHEZ CORREA, por reunir los requisitos que manda la ley, se la califica de clara, completa y precisa y consecuentemente, se la acepta
al trámite de juicio ordinario. Cítese a los demandados MARCOS EDUARDO SANCHEZ CORREA Y
RAUL ROBINSON SANCHEZ CORREA, corriéndole traslado con la copia de la demanda y el auto
recaído, por la prensa, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento
Civil, para que éstos, en el término de quince días propongan las excepciones dilatorias y perentorias
de las que se creyeren asistidos. Cuéntese con el señor Alcalde y Procurador Síndico de este cantón, a
quienes se los citará en sus despachos, por ser de conocimiento públicos sus domicilios. Inscríbase la
demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, conforme lo dispone el Art. 1000 del Código
de Procedimiento Civil. Tómese en cuenta el correo electrónico [email protected] que
señala la parte actora para notificaciones. Téngase en cuenta las autorizaciones que les concede la
actora a su abogado patrocinador. Cítese y notifíquese.
Durán, lunes 31 de marzo del 2014, las 14h19. VISTOS: La demanda de Prescripción Extraordinaria
Adquisitiva de Dominio presentada por CARLOS HERNAN SANCHEZ CORREA, por reunir los requisitos que manda la ley, se la califica de clara, completa y precisa y consecuentemente, se la acepta
al trámite de juicio ordinario. Cítese a los demandados MARCOS EDUARDO SANCHEZ CORREA Y
RAUL ROBINSON SANCHEZ CORREA, corriéndole traslado con la copia de la demanda y el auto
recaído, por la prensa, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento
Civil, para que éstos, en el término de quince días propongan las excepciones dilatorias y perentorias
de las que se creyeren asistidos. Cuéntese con el señor Alcalde y Procurador Síndico de este cantón, a
quienes se los citará en sus despachos, por ser de conocimiento públicos sus domicilios. Inscríbase la
demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, conforme lo dispone el Art. 1000 del Código
de Procedimiento Civil. Tómese en cuenta el correo electrónico [email protected] que
señala la parte actora para notificaciones. Téngase en cuenta las autorizaciones que les concede la
actora a su abogado patrocinador. Cítese y notifíquese. Cítese y notifíquese.
Durán, lunes 31 de marzo del 2014, las 14h21. VISTOS: La demanda de Prescripción Extraordinaria
Adquisitiva de Dominio presentada por CARLOS HERNAN SANCHEZ CORREA, por reunir los requisitos que manda la ley, se la califica de clara, completa y precisa y consecuentemente, se la acepta
al trámite de juicio ordinario. Cítese a los demandados MARCOS EDUARDO SANCHEZ CORREA Y
RAUL ROBINSON SANCHEZ CORREA, corriéndole traslado con la copia de la demanda y el auto
recaído, por la prensa, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento
Civil, para que éstos, en el término de quince días propongan las excepciones dilatorias y perentorias
de las que se creyeren asistidos. Cuéntese con el señor Alcalde y Procurador Síndico de este cantón, a
quienes se los citará en sus despachos, por ser de conocimiento públicos sus domicilios. Inscríbase la
demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, conforme lo dispone el Art. 1000 del Código
de Procedimiento Civil. Tómese en cuenta el correo electrónico [email protected] que
señala la parte actora para notificaciones. Téngase en cuenta las autorizaciones que les concede la
actora a su abogado patrocinador. Cítese y notifíquese.
JUEZ DE LA CAUSA: LUIS ARGUDO ROMERO
CUANTÍA: Indeterminada
JUEZ DE LA CAUSA: LUIS ARGUDO ROMERO
CUANTÍA: Indeterminada
JUEZ DE LA CAUSA: LUIS ARGUDO ROMERO
CUANTÍA: Indeterminada
Lo que comunico a Usted para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación que tienen de comparecer a juicio y señalar domicilio judicial para futuras notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será tenidos o declarados rebeldes.
Lo que comunico a Usted para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación que tienen de comparecer a juicio y señalar domicilio judicial para futuras notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será tenidos o declarados rebeldes.
Lo que comunico a Usted para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación que tienen de comparecer a juicio y señalar domicilio judicial para futuras notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será tenidos o declarados rebeldes.
Durán, 13 de Junio del 2014.-
Durán, 13 de Junio del 2014.-
Durán, 13 de Junio del 2014.-
A: MARCOS EDUARDO SANCHEZ CORREA y RAUL ROBINSON SANCHEZ CORREA
SE LES HACE SABER: Que en esta Judicatura le ha tocado conocer el Juicio Ordinario (Prescripción
Extraordinaria Adquisitiva de Dominio) No. 106-2014, seguido por CARLOS HERNAN SANCHEZ CORREA en contra de MARCOS EDUARDO SANCHEZ CORREA y RAUL ROBINSON SANCHEZ CORREA,
cuyo extracto de citación y auto recaído en ella, es del tenor siguiente:
Durán, lunes 31 de marzo del 2014, las 14h18. VISTOS: La demanda de Prescripción Extraordinaria
Adquisitiva de Dominio presentada por CARLOS HERNAN SANCHEZ CORREA, por reunir los requisitos que manda la ley, se la califica de clara, completa y precisa y consecuentemente, se la acepta
al trámite de juicio ordinario. Cítese a los demandados MARCOS EDUARDO SANCHEZ CORREA Y
RAUL ROBINSON SANCHEZ CORREA, corriéndole traslado con la copia de la demanda y el auto
recaído, por la prensa, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento
Civil, para que éstos, en el término de quince días propongan las excepciones dilatorias y perentorias
de las que se creyeren asistidos. Cuéntese con el señor Alcalde y Procurador Síndico de este cantón, a
quienes se los citará en sus despachos, por ser de conocimiento públicos sus domicilios. Inscríbase la
demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, conforme lo dispone el Art. 1000 del Código
de Procedimiento Civil. Tómese en cuenta el correo electrónico [email protected] que
señala la parte actora para notificaciones. Téngase en cuenta las autorizaciones que les concede la
actora a su abogado patrocinador. Cítese y notifíquese.
AB. NEWTON ALBERTO DELGADO SARMIENTO
SECRETARIO
JUZGADO TRIGÉSIMO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL GUAYAS CON SEDE EN DURÁN
AB. NEWTON ALBERTO DELGADO SARMIENTO
SECRETARIO
JUZGADO TRIGÉSIMO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL GUAYAS CON SEDE EN DURÁN
Jun. 25; Jul. 2-3 (149046-2)
AB. NEWTON ALBERTO DELGADO SARMIENTO
SECRETARIO
JUZGADO TRIGÉSIMO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL GUAYAS CON SEDE EN DURÁN
Jun. 25; Jul. 2-3 (149046-3)
Jun. 25; Jul. 2-3 (149046-4)
UNIDAD JUDICIAL ESP. PRIMERA DE FMNA DE LA PROV. DE SANTA ELENA
JUEZ DE LA CAUSA: LUIS ARGUDO ROMERO
CUANTÍA: Indeterminada
Lo que comunico a Usted para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación que tienen de comparecer a juicio y señalar domicilio judicial para futuras notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será tenidos o declarados rebeldes.
Función Judicial
República del Ecuador
Durán, 13 de Junio del 2014.AB. NEWTON ALBERTO DELGADO SARMIENTO
SECRETARIO
JUZGADO TRIGÉSIMO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL GUAYAS CON SEDE EN DURÁN
CUIJ: 240162013013135
NUMERO DE CAUSA: 13785/2013
JUEZ: VICTOR ECHEVERRIA
Jun. 25; Jul. 2-3 (149046-1)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: MANZABA MONTENEGRO DANIEL LORENZO
LE HAGO SABER: Que por sorteo reglamentario ha tocado el conocimiento de la presente causa el Juicio
EJECUTIVO No. 504-2012 y actualmente resorteado como Unidad Judicial con el No. 30256-2014, seguido por Dr. Harold Parrales Viteri, Procurador Judicial del Dr. Jorge Andrade Avecillas, en su calidad
de Vicepresidente General y Representante legal del Banco de Machala S.A. contra DANIEL LORENZO
MANZABA MONTENEGRO, cuyo extracto es el tenor siguiente:
ACTOR: Dr. Harold Parrales Viteri, Procurador Judicial del Dr. Jorge Andrade Avecillas, en su calidad de
Vicepresidente General y Representante legal del Banco de Machala S.A.
DEMANDADO: MANZABA MONTENEGRO DANIEL LORENZO
CUANTÍA: USD$ 2.000,oo (Dos mil dólares de los Estados Unidos de América)
JUEZ DE LA CAUSA: Abg. Teofilo Danilo Teran Caicedo, Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en
el cantón Guayaquil.OBJETO DE LA DEMANDA: Esta determinado en el libelo inicial, esto es que en sentencia el señor
Juez condene al demandado MANZABA MONTENEGRO DANIEL LORENZO pague a su acreedora el
capital adeudado, los interés y las costas procesales.
AUTO INICIAL: Guayaquil, miércoles 24 de octubre del 2012, las 12h01.- 504-C-2012 VISTOS: Avoco
conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Temporal (e) del Juzgado Undécimo de lo Civil
de Guayaquil, en mérito de la Acción de Personal No. No. 01411-UARH-NVP de fecha 30/03/2012,
emitida por la Delegación Distrital del Consejo de la Judicatura.- La demanda que antecede, presentada por DR. HAROLD PARRALES VITERI Procurador Judicial del Dr. Jorge Andrade Avecillas, Vicepresidente General y representante legal de BANCO DE MACHALA S.A., en mérito del nombramiento
adjunto se declara legitimada su intervención, por reunir los requisitos de los Art. 67 y 68 del Código
de Procedimiento Civil (Codificado), se la califica de clara y precisa, admitiéndola al trámite del juicio
Ejecutivo. En lo principal, cítese al demandado MANZABA NONTENEGRO DANIEL LORENZO, para que
dentro del término de tres días, remítase el proceso a la Oficina de Citaciones de la Corte Provincial, a
fin de que pague a su acreedor el capital adeudado, los intereses y las costas procesales o dentro de
igual término propongan las excepciones de las que se crean asistidos, bajo prevenciones de sentencia. Agréguese a los autos los anexos adjuntos. Notifíquese al actor en la casilla judicial #121, que indica y téngase en cuenta las autorizaciones que le confiere a su defensor. Cítese y notifíquese en los lugares indicados conforme a Ley. Intervenga la abogada Lourdes Mendez Peralta, Secretaria del Despacho
designada por la Delegación Provincial del Consejo de la Judicatura en Transición según contrato No.
4482-CJT-09-2012.- Hágase saber.- f) Abg. Iván Jordán Romero Juez Temporal del Juzgado 11 de lo
Civil de Guayaquil.- SIGUE: Guayaquil, viernes 4 de octubre del 2013, a las 12h08.- 2012-C-504.- Avoco
conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Titular Décimo Primero de lo Civil de Guayaquil
en mérito de la Acción de Personal No. 8550-DNP de fecha 26 de junio del 2013, que rige a partir del
01 de julio del 2013, emitida por la Dirección Nacional de Personal, del Consejo de la Judicatura.- Póngase en conocimiento a la parte actora de la razón sentada por la citadora judicial, en la que manifiesta:
"Siento como tal que no procedo a citar a MANZABA MONTENEGRO DANIEL LORENZO, por cuanto EN
LA DIRECCIÓN SEÑALADA EN DICHO DOMICILIO PERSONAS QUE HABITAN INDICO INMUEBLE NO
CONOCER AL DEMANDADO QUE NO HABITA NADIE AHÍ CON AQUELLOS NOMBRES.".- Intervenga
el Abogado José Sotomayor Coronel, Secretario del Juzgado Décimo Segundo de lo Civil de Guayaquil
como Secretario Décimo Primero de lo Civil de Guayaquil encargado según Acción de Personal No.
8278-UARH-CAC de la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura.- Hágase saber.- f) Abg. Teofilo
Danilo Teran Caicedo Juez de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil.- SIGUE: Guayaquil, miércoles 19
de febrero del 2014 a las 13h57.- 2014-K-30256.- En virtud de la Resolución No. 167 de fecha 30 de
Octubre del 2013, emitida por el Pleno del Consejo Nacional de la Judicatura, pongo en conocimiento
de las partes, que la presente causa 09311-2012-504 ha sido reasignada, siendo el nuevo número para
su consiguiente tramitación en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL, el
09332-2014-30256.- Intervenga la Abogada Bonnie Alexandra Carrión Zamora, Secretaria del Despacho designada por la Delegación Provincial del Consejo de la Judicatura según comunicación electrónica remitida por la Jefe de Personal de fecha 17 de Octubre del 2013.- Hágase saber.- f) Abg. Teofilo
Danilo Teran Caicedo Juez de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil.- SIGUE: Guayaquil, 6 de mayo del
2014 a las 09h35.- 2014-30256.- Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora. En
virtud de que el accionante ha declarado bajo juramento que le es imposible determinar la residencia
e individualidad del demandado, lo cual demuestra con las copias simples adjuntas al escrito que se
atiende y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, se dispone
citar al accionado Manzaba Montenegro Daniel Lorenzo por la prensa. La Secretaria del Despacho
elabore el extracto respectivo a fin de que sea publicado en uno de los siguientes diarios El Universo,
El Telégrafo y/o Expreso de esta ciudad de Guayaquil.- Hágase saber.- Notifíquese.- f) ABG. TEOFILO
DANILO TERAN CAICEDO, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN CANTON GUAYAQUIL.Lo cito a Usted, para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación de que tiene que
señalar casilla judicial para sus notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última
publicación, caso de no hacerlo será considerado o tenido rebelde.
Guayaquil, 15 de mayo del 2014
ABG. BONNIE CARRION ZAMORA
SECRETARIA
UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DE GUAYAQUIL (K)
Jun. 1-2-3 (149474)
EXTRACTO DE CITACIÓN
A:
ACTOR:
DEMANDADO:
JUICIO:
CUANTIA:
JUZGADO:
JUEZ:
REYES TOMALA MANUEL OSWALDO, se le hace saber lo siguiente:
REYES ALEJANDRO VIRGINIA
REYES TOMALA MANUEL OSWALDO
No. 13785-2013 DIVORCIO POR CAUSAL
INDETERMINADA
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA PRIMERA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PROVINCIA DE SANTA ELENA
DR. VICTOR HUGO ECHEVERRIA BRAVO
EXTRACTO DE LA DEMANDA: El actor fundamentada su demandada en el Art. 110 numeral 11 del Código Civil Ecuatoriano, acude mediante demanda, para que su autoridad, declare con lugar la demanda
de Divorcio Contencioso, que en razón de que declara bajo juramento que me es imposible determinar la individualidad o residencia, se sirva disponer se lo cite, tal como se determina en el Art. 82 del Código
de Procedimiento Civil.
EXTRACTO DE LA PROVIDENCIA: Mediante auto inicial de fecha 01 de Abril del 2014, a las 15h35, dictado por el señor DR. VICTOR HUGO ECHEVERRIA BRAVO, Juez de la Unidad Judicial Especializada
Primera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Provincia de Santa Elena, AVOCO CONOCIMIENTO de la presente causa de DIVORCIO POR CAUSAL, propuesta por la señora REYES ALEJANDRO
VIRGINIA en contra de REYES TOMALA MANUEL OSWALDO, la misma que por ser clara, completa, precisa, ya que reúne los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 67, 68 y 1013 del Código
de Procedimiento Civil, se la admite al trámite de juicio verbal sumario de Divorcio.- En lo principal, Por haber declarado la actora el desconocimiento del domicilio del demandado y la imposibilidad de determinar su
lugar de residencia, bajo juramento y apercibimiento de las penas de perjurio ante este despacho, se dispone citar por la prensa a REYES TOMALA MANUEL OSWALDO, de conformidad al art. 82 del Código
de Procedimiento Civil.
Lo que comunico a usted para los fines de ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar casillero judicial para sus notificaciones y que de no hacerlo, podrá ser considerado o
declarado rebelde.
Santa Elena, a 02 de Junio del 2014.
ATENTAMENTE
AB. PININA MOREIRA CORNEJO
SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL
ESPECIALIZADA PRIMERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE SANTA ELENA
(149265)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA PICHINCHA
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y
ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO
CITACIÓN JUDICIAL A: MONICA DE LAS MERCEDES VELOZ ROSERO
EXTRACTO
JUICIO: INVENTARIO No. 2013-49429-VGM
ACTOR: VELOZ ROSERO OSWALDO PATRICIO
DEMANDADOS: GLADYS FAVIOLA VELOZ ROSERO, ROCIO DEL CARMEN VELOZ ROSERO y MÓNICA
DE LAS MERCEDES VELOZ ROSERO
TRÁMITE: ESPECIAL
CUANTÍA: INDETERMINADA
OBJETO: SE PROCEDA A LA FORMACIÓN DE INVENTARIO Y AVALUO DE BIENES SUCESORIOS.CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA PICHINCHA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO: Quito, miércoles 20 de noviembre
del 2013, las 11h04.- VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Tercera
de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quito, y en razón del acta de sorteo de fecha 13
de noviembre de 2013. Agréguese a los autos el escrito que antecede y la documentación aparejada.
Una vez cumplida la providencia que antecede, se estima que la demanda de inventarios, propuesta
por OSWALDO PATRICIO VELOZ ROSERO, reúne los requisitos legales, se la califica de clara, completa
y precisa, aceptándola al trámite ESPECIAL que le corresponde. CÍTESE a GLADYS FAVIOLA VELOZ
ROSERO, ROCIO DEL CARMEN VELOZ ROSERO y MÓNICA DE LAS MERCEDES VELOZ ROSERO, en sus
domicilios especificados en el libelo de la demanda, por intermedio de la Oficina de Citaciones y Notificaciones de la Unidad Judicial. A los herederos presuntos y desconocidos de la señora MARÍA MERCEDES
ROSERO MESIAS, se los citará por el periódico de mayor circulación de la ciudad de Quito, conforme lo
preceptuado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, confiérase el respectivo extracto. Cuéntese
con el Señor Procurador del Servicio de Rentas Internas SRI, a quien se le notificará en su despacho.
HÁGASE SABER.- F.) DRA. PATRICIA SEGARRA FAGGIONI.- JUEZA.CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA PICHINCHA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO: Quito, jueves 10 de abril del 2014,
las 14h42.- En virtud del juramento prestado por el actor señor OSWALDO PATRICIO VELOZ ROSERO,
conforme así lo dispone el inciso 3 del Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, se dispone CITAR a
la señora MONICA DE LAS MERCEDES VELOZ ROSERO, mediante tres publicaciones en uno de los
periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito. Advirtiéndole a la demandada de su obligación de señalar casillero judicial para sus posteriores notificaciones. NOTIFÍQUESE.- F.) DRA. PATRICIA
SEGARRA FAGGIONI.- JUEZA.LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY, PREVINIÉNDOLE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE
SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL PARA FUTURAS NOTIFICACIONES.- CERTIFICO.DRA. AMPARO TAPIA REINOSO
SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA,
MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO
EXTRACTO
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL
DEMANDADO: José Agnelio Macías Sabando y Cecibel Alexandra Filella
Camacho.
LE HAGO SABER: Que mediante sorteo de Ley, ha correspondido conocer a
este Juez_F de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Guayaquil el
Juicio Ejecutivo que mediante resorteo signado con el No. 2014-5-57810 anterior (2012-5-1020), cuyo extracto de demanda y auto en ella recaído es del
tenor siguiente.ACTOR: Ab. Harold Parrales Viteri, procurador judicial del Dr. Jorge Andrade
Avecillas, Vicepresidente General del Banco de Machala S.A.
OBJETO DE LA DEMANDA:
No. 1020-5-2011.- Salinas, 6 de enero del 2011; las 09H30.- VISTOS: Por
completada la demanda la demanda anterior que propone el Ab. Harold Parrales Viteri, procurador judicial del Dr. Jorge Andrade Avecillas, Vicepresidente
General del Banco de Machala S.A., contra los cónyuges José Agnelio Macías
Sabando y Cecibel Alexandra Filella Camacho, se la califica de clara, completa y precisa, por reunir los requisitos de los Arts. 67, 68 y 1013 del Código
de Procedimiento Civil.- Como el compareciente acompaña título ejecutivo
que contiene obligaciones en la vía ejecutiva, se la admite al trámite de juicio
ejecutivo. En tal virtud se ordena que los demandados, en el término de tres
días cumplan con las obligaciones materia de la demanda o deduzca excepciones si se creyeren asistidos bajo prevención de sentencia.- Por el mérito
que presta la compulsa acompañada se declara legitimada la intervención y
personería del compareciente en su calidad invocada. Agréguese a los autos
los documentos acompañados.- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 121
que señala el actor para sus notificaciones, así como la autorización conferida
al profesional que lo patrocina.- Notifíquese y cítese en los lugares señalados.-
Se comunica al público que la compañía REYPROPAPEL RECICLAR
CIA. LTDA., con domicilio principal en el Distrito Metropolitano
de Quito, modificó el objeto social y reformó sus estatutos, por
escritura pública otorgada en el Notaría Cuadragésima del Distrito
Metropolitano de Quito el 15 de Abril del 2014. Actos societarios
aprobados por Superintendencia de Compañías y Valores, mediante
Resolución No. SCV.IRQ.DRASD.SAS.14.002448 de 18 de Junio de
2014.
En virtud de la mencionada escritura pública la compañía reforma
el artículo dos del Estatuto Social, referente al objeto social, de la
siguiente manera:
“ARTÍCULO DOS.- OBJETO SOCIAL: La compañía “REYPROPAPEL
RECICLAR COMPAÑÍA LIMITADA” tendrá como fines: Primero.- La
adquisición de papel, cartón plásticos, vidrios y metales usados para
ser reciclados como materia prima de uso industrial, así como su
procedimiento y comercialización.- Segundo: El diseño, planificación,
construcción, reconstrucción, remodelación, y supervisión de toda
clase de obras de arquitectura o ingeniería civil; así como, la compra,
venta, administración, permuta, agenciamiento, arrendamiento y/o
anticresis de todo tipo de bienes inmuebles...”
Distrito Metropolitano de Quito, 18 de Junio de 2014
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL NORTE DEL CANTÓN GUAYAQUIL
Ab. Ukles Cornejo Marcos
SECRETARIO
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL
(149643)
Jul. 1-2-3 (149475)
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE
EN EL CANTÓN GUAYAQUIL
Ab. María Elena Caicedo Castro
SECRETARIA
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA FAMILIA,
MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CANTÓN GUAYAQUIL
Jul. 3-16-30 (149558)
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL SUR FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
AL PUBLICO
EXTRACTO DE CITACIÓN
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: LAZARO AGUSTIN ZAYAS.
A: JOSE LUIS ARIAS GARCIA
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de Divorcio por causal Nº 13217-2012,
seguido por BETSY ALEXANDRA BAUTISTA LOZANO en contra de JOSE LUIS ARIAS GARCIA
ACTOR: BETSY ALEXANDRA BAUTISTA LOZANO
DEMANDADO: JOSE LUIS ARIAS GARCIA
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vínculo
matrimonial que une a la señora BETSY ALEXANDRA BAUTISTA LOZANO con el señor JOSE
LUIS ARIAS GARCIA.
AUTO INICIAL: EL DR. LENIN ALBERTO PILALOT NAVARRETE, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL, legalmente posesionado mediante Acción de Personal No.- 412-DNP, extendido por el Consejo Nacional de la
Judicatura, y en virtud de lo dispuesto en el Art. 171 y 234 del Código Orgánico de la Función
Judicial, VISTOS: Mediante sorteo reglamentario que recayó en mi despacho como Juez Titular de la Unidad Judicial Norte, avoco conocimiento de la demanda que antecede presentada
por BETSY ALEXANDRA BAUTISTA LOZANO contra su cónyuge JOSE LUIS ARIAS GARCIA,
se la califica de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por la cual se
la admite al trámite del juicio verbal sumario (divorcio). En consecuencia, cítese con la copia
de la demanda y de este auto a la referido demandado, mediante tres publicaciones en uno
de los periódicos de mayor circulación de la ciudad, mediando el término de ocho días por
lo menos, entre la una y la otra, previniéndose al demandado, de la obligación de señalar
casillero judicial y/o domicilio judicial electrónico para sus notificaciones. La actuaria confiera
el correspondiente extracto. Citado el accionado se designará el Curador Ad-litem correspondiente. Agréguese la documentación acompañada.- Téngase en cuenta la autorización que
la accionante confiere a su abogado patrocinador y la casilla judicial que señala para sus
notificaciones.- Notifíquese y cítese.
CUANTÍA: Indeterminada
JUEZ DE LA CAUSA: DR. LENIN ALBERTO PILALOT NAVARRETE, JUEZ DE LA UNIDAD
JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL
GUAYAS. AB. MARIA ELENA CAICEDO CASTRO, ACTUARIA DEL DESPACHO.
LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY, PREVINIÉNDOLE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE QUE COMPARECER A JUICIO Y SEÑALAR DOMICILIO JUDICIAL, DENTRO
DE LOS VEINTE DÍAS POSTERIORES A LA PUBLICACIÓN DE ESTE EXTRACTO, CASO CONTRARIO SERÁ DECLARADO REBELDE.
Guayaquil, 27 de junio del 2014.
Ab. Álvaro Guivernau Becker
INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO, SUBROGANTE
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: JORGE WASHINGTON REYES SANTOS
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL
No. 2014-5747 seguido por la señora LUCIA NARCISA RODRIGUEZ MEJIA en contra del
señor JORGE WASHINGTON REYES SANTOS.
ACTOR: LUCIA NARCISA RODRIGUEZ MEJIA.
DEMANDADO: JORGE WASHINGTON REYES SANTOS.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el
vínculo matrimonial que une a la señora LUCIA NARCISA RODRIGUEZ MEJIA con el señor JORGE WASHINGTON REYES SANTOS de conformidad a lo establecido en la causal
11 inciso segundo del artículo 110 del Código Civil vigente.
AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS. UNIDAD JUDICIAL
No. 3 DEL CANTÓN GUAYAQUIL.- Guayaquil, viernes 13 de junio del 2014, las 09h30.
VISTOS: Por cumplido lo dispuesto, la demanda que antecede presentada por LUCIA
NARCISA RODRIGUEZ MEJIA contra su cónyuge JORGE WASHINGTON REYES SANTOS,
se la califica de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por la cual
se la admite al trámite del juicio verbal sumario (divorcio). En consecuencia, cítese con la
copia de la demanda y de este auto al referido demandado, en la forma prevista en el art.
82 del Código de Procedimiento Civil, esto es, mediante tres publicaciones en un periódico de mayor circulación de la ciudad, mediando el término de ocho días por lo menos
entre la una y la otra; advirtiendo al accionado que en caso de no comparecer veinte días
después de la última publicación, se tramitará la causa en su rebeldía. La actuaria confiera
el correspondiente extracto. Citado el accionado se designará el Curador Ad-litem correspondiente.- Notifíquese y cítese. CÚMPLASE.- F) AB. LENIN PILALOT NAVARRETE,
JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL NORTE ESPECIALIZADA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y
ADOLESCENCIA Y SECRETARIA AB. MARIA ELENA CAICEDO CASTRO.
CUANTIA: Indeterminada
JUEZ DE LA CAUSA: AB. LENIN PILALOT NAVARRETE JUEZ DE LA UNIDAD NORTE
JUDICIAL ESPECIALIZADA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.
LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY, PREVINIÉNDOLE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE QUE COMPARECER A JUICIO Y SEÑALAR DOMICILIO JUDICIAL,
DENTRO DE LOS VEINTE DÍAS POSTERIORES A LA PUBLICACIÓN DE ESTE EXTRACTO,
CASO CONTRARIO SERÁ DECLARADO REBELDE.
Guayaquil, 27 de junio del 2014.
Guayaquil, 04 de Junio del 2014
Jul. 2-3-4 (149469)
DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE
MODIFICACIÓN DEL OBJETO SOCIAL
Y REFORMA DE ESTATUTOS DE LA
COMPAÑÍA REYPROPAPEL RECICLAR
CIA. LTDA.
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL NORTE DEL CANTÓN GUAYAQUIL
Ab. María Elena Caicedo Castro
SECRETARIA
Jul. 3-16-30 (149559)
Se le hace saber, por cuanto en esta judicatura mediante sorteo de
ley, recayó la demanda N°21439-2014 de NULIDAD DE INSCRIPCIÓN seguido por ALVARO LEONEL ESPINOZA MALDONADO Y
ROSARIO MAGDALENA HIDALGO PIGUAVE, se emite la siguiente
declaratoria: GUAYAQUIL, 21 DE ABRIL DEL 2014, LAS 11H15.VISTOS: La demanda que antecede presentada por ALVARO LEONEL ESPINOZA MALDONADO y ROSARIO MAGDALENA HIDALGO PIGUAVE, se la califica de clara, precisa y completa reúne los
requisitos de ley por lo que se la acepta al trámite sumario respectivo.- En consecuencia, cítese como legítimo contradictor al Jefe
del Registro Civil Identificación y Cedulación del Guayas, a quién
se lo citará en su despacho, la parte actora presente cuatro copias
de la demanda con su respectiva acta de sorteo a fin de que se
confeccione las boletas para la citación al demandado en la dirección señalada, de conformidad con lo establecido en el Art. 1007
del Código de Procedimiento Civil.- Publíquese un extracto de la
demanda y esta providencia en uno de los diarios que se edita en
esta ciudad, por tres días distintos.- Téngase en cuenta la casilla
judicial, correo electrónico y autorización concedida a su abogado
patrocinador.- Agréguese a los autos los documentos acompañados.- Notifíquese.- F.- AB. CARLOS ALVARADO CHAVEZ, JUEZ.LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY.
Guayaquil, DE JUNIO DEL 2014
AB. ANA CARDENAS VELOZ
SECRETARIA (e)
DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE
EN EL CANTÓN GUAYAQUIL
Jul. 3-16-30 (149561)
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL No. 2014-3756,
presentada por YOCONDA PILAR LLIGUICOTA GUALLPA, en contra de LAZARO AGUSTIN ZAYAS.
ACTOR: YOCONDA PILAR LLIGUICOTA GUALLPA
DEMANDADO: LAZARO AGUSTIN ZAYAS.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante sentencia, declare disuelto el vínculo matrimonial
entre los cónyugues amparado en el Código Civil Ecuatoriano.
AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTÓN
GUAYAQUIL.- Guayaquil, jueves 22 de mayo del 2014, las 10h57.- VISTOS: Una vez que se cumplió con
lo ordenado en providencia anterior, dentro del término legal, tal como consta del contenido del acta que
antecede, se dispone: En lo principal, la demanda de DIVORCIO POR CAUSAL presentada por LLIGUICOTA
GUALLPA YOCONDA PILAR en contra de LAZARO AGUSTIN ZAYAS la misma que se la acepta al trámite,
por ser clara, precisa, completa y reunir los requisitos de ley.- Trámite que se realizará mediante procedimiento contencioso general oral de conformidad con los artículos 271 y siguientes del Código de la Niñez
y Adolescencia.- CITESE con la copia de la demanda y esta providencia a la parte demandada LAZARO
AGUSTIN ZAYAS, acorde con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, dado que la accionante, bajo
declaración juramentada realizada ante la suscrita jueza, declara que le ha sido imposible determinar la
individualidad o residencia del demandado; dispongo que la citación a éste, se haga por medio de la prensa;
lo que se efectuará por intermedio de 3 publicaciones, cada una de ellas en fecha distinta, mediando ocho
días entre una publicación y otra, en uno de los siguientes diarios: "El Telégrafo", "El Universo", "Expreso"
o "Extra" de la ciudad de Guayaquil, medios de amplia circulación en la provincia del Guayas.- El Actuario
del Despacho conferirá el extracto pertinente, para la indicada publicación de citación, el demandado en el
extracto de citación será advertido de la obligación que tiene de comparecer a este proceso y de señalar
casilla judicial en esta ciudad de Guayaquil, para sus notificaciones, en caso de no comparecieren veinte
días después de la última publicación, podrá ser considerado o declarado rebelde.- Hecho que sea, realícese
la audiencia de Conciliación y contestación a la demanda a la que concurrirán las partes en virtud del
principio de inmediación previsto en los artículos 75 y 169 de la Constitución de la República del Ecuador
en forma personal o por intermedio de sus abogados patrocinadores o procuradores; audiencia en la que
se procederá de conformidad con el principio de concentración constante en el art. 168 numeral 6 de la
norma constitucional señalada.- Téngase en cuenta la casilla judicial señalada por la parte accionante así
como la autorización que le confiere a su abogado patrocinador.- Que intervenga en calidad de actuario
de la Unidad Judicial Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, el Ab. Ángel Alfredo Troya
Acosta.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.CUANTÍA: INDETERMINADA.JUEZ DE LA CAUSA: AB. MARICELA PROAÑO SANCHEZ, UNIDAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA, MUJER,
NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUAYAQUIL, Y AB. ÁNGEL ALFREDO TROYA ACOSTA, SECRETARIO QUE CERTIFICA.
Guayaquil, 28 de mayo del 2014
AB. ANGEL ALFREDO TROYA ACOSTA
SECRETARIO
Jul. 3-16-30 (149577)
El Telégrafo I jueves 3 de julio del 2014
UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y
ADOLESCENCIA DE QUITO, PROVIDENCIA DE PICHINCHA.
CITACIÓN JUDICIAL AL SEÑOR: ROJAS MUÑOZ JAIME PATRICIO
EXTRACTO
CAUSA:
SUSPENSIÓN DE PATRIA POTESTAD
No. DE JUICIO: 10262-2013 DRA-RPG.
DEMANDADO: ROJAS MUÑOZ JAIME PATRICIO
ACTOR:
TORRES CASTRO ANA MARIA
CUANTIA:
US$ INDETERMINADA
JUEZA:
DRA. NANCY MERCEDES ALTAMIRANO ALTAMIRANO
EXTRACTO JUDICIAL
UNIDAD JUDICIAL TERCERA ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA,
MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO
CITACIÓN JUDICIAL A: BARBARA SAHILY COLAS RODRIGUEZ, en el juicio de DIVORCIO POR
CAUSAL que sigue LEONARDO GONZALEZ HERNANDEZ, en contra de BARBARA SAHILY COLAS RODRIGUEZ
JUEZA DE LA UNIDA JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER,
NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE
PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER,
NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 2 de septiembre del 2013, a las 14h46. VISTOS: Por sorteo que antecede,
avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial
Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito, creada
mediante Resolución No. 116-2012, de fecha 11 de septiembre del 2012, suscrita por el
Pleno del Consejo de la Judicatura, publicada en el Segundo Suplemento del Registro
Oficial No. 810 del 16 de octubre de 2012, y de conformidad con lo establecido en los Artículos 44 y 175 de la Constitución de la República y Arts. 233 y 234 del Código Orgánico
de la Función Judicial, por cumplido con lo dispuesto en providencia anterior, la demanda
de suspensión de patria potestad, presentada por la señora ANA MARÍA TORRES CASTRO, respecto de la adolescente KATHERIN JULIETT ROJAS TORRES, en contra del señor
JAIME PATRICIO MUÑOZ ROJAS, es clara, completa y reúne los requisitos del Art. 67 del
Código de Procedimiento Civil, por lo que se la acepta a trámite contencioso general previsto en el Art. 271 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia.- Por lo que dispongo:
1) Atento al juramento rendido por la actora, CÍTESE al demandado señor JAIME PATRICIO
MUÑOZ ROJAS, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, mediante tres publicaciones en un periódico de mayor circulación de la ciudad de
Quito; al demandado se le advierte de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y
casillero electrónico, para notificaciones que le correspondan.- 2) Tómese en cuenta el casillero judicial No. 6020 y casillero electrónico señalado por la accionante y la autorización
conferida a su Abogado Patrocinador, notifíquese a su anterior patrocinador, comunicándole que ha sido sustituido en la defensa.- 3) La documentación presentada agréguese al
proceso.- CÍTESE, OFICIESE Y NOTIFÍQUESE.- f).- DRA. NANCY MERCEDES ALTAMIRANO
ALTAMIRANO, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO.- CORTE PROVINCIAL DE
JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA,
MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 2 de septiembre del 2013, a las 14h46. VISTOS: De la revisión del
proceso consta a fojas 14 el escrito presentado por la actora en el que en manifiesta que
los nombres completos del demandado son JAIME PATRICIO ROJAS MUÑOZ y a fs. 18,
20 y 22 indica JAIME PATRICIO MUÑOZ ROJAS, procediéndose en Auto de calificación
de fecha 2 de septiembre de 2013, las 14h46, a disponer se CITE al demandado señor
JAIME PATRICIO MUÑOZ ROJAS.- En tal virtud, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 290 del Código de Procedimiento Civil, se aclara el auto de calificación y se dispone
CITAR al demandado señor JAIME PATRICIO ROJAS MUÑOZ, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, mediante tres publicaciones en un
periódico de mayor circulación de la ciudad de Quito.- En lo demás se estará a lo dispuesto
en el mencionado auto.- NOTIFÍQUESE.- PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 17
de junio de 2014, a las 16h37.- Agréguense al proceso el escrito presentado por la parte
actora.- En atención al mismo se dispone: a) Tómese nota del nuevo domicilio judicial No.
552 y correo electrónico señalado por la peticionaria, notifíquese por última ocasión al
abogado patrocinador anterior comunicándole que ha sido sustituido en la defensa de la
presente causa; b) Por Secretaría confiérase el correspondiente extracto aclarando que el
nombre del demandado es JAIME PATRICIO ROJAS MUÑOZ, documento que se remite
conjuntamente con la presente boleta de notificación al nuevo casillero judicial señalado
por la actora.- NOTIFÍQUESE.
Lo que comunico a usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene
de señalar domicilio o casilla judicial para posteriores notificaciones dentro del perímetro
de Ley.
Atentamente,
DRA. ROCIO PARRA GALARZA
SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL
CAUSA:
Nro. DE JUICIO
ACTOR:
DEMANDADO:
CUANTÍA:
JUEZ:
OBJETO:
DIVORCIO POR CAUSAL
2014-10067
LEONARDO GONZALEZ HERNANDEZ
BARBARA SAHILY COLAS RODRIGUEZ
INDETERMINADA
DR. BOLÍVAR GARCÍA PINOS
CITACIÓN
AUTO DE CALIFICACIÓN:
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 19 de junio del 2014, las 09h00.- VISTOS: Avoco conocimiento
de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial y en virtud del sorteo de ley.- En
lo principal la demanda presentada por el señor LEONARDO GONZALEZ HERNANDEZ, a través de
su Procurador Judicial, AB. RODRIGO XAVIER PORRAS MONTUFAR, conforme lo acredita del poder que obra de autos, es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley, en consecuencia se la
acepta a trámite VERBAL SUMARIO. En consecuencia, de conformidad a lo previsto en el Art. 110
causal 11va, inciso 1ro. del Código Civil, cítese a la demandada, señora BARBARA SAHILY COLAS
RODRIGUEZ, con el contenido de la demanda inicial y auto de calificación en ella recaído al mismo
que atenta el juramento del actor, se la citará por la prensa mediando un término de ocho días entre
cada publicación, esto es en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, de
acuerdo a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, bajo prevenciones que de
no comparecer a juicio la causa continuará en rebeldía.- Téngase en cuenta la casilla judicial señalada para sus notificaciones y la designación de su abogado defensor.- CÍTESE y NOTIFÍQUESE.AB. DAVID ORTEGA ZURITA
SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA,
MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO SÉPTIMO DE LA FAMILIA, MUJER,
NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: LUIS EDUARDO ORTEGA CABELLO.
LE HAGO SABER: Que en el Juzgado Séptimo de la Familia, Mujer, Niñez y
Adolescencia, se encuentra la demanda de Divorcio No. 349-2014 seguido
por Mariuxi Roxana Anchundia Mora contra Luis Eduardo Ortega Cabello, cuyo
extracto es el siguiente
DEMANDANTE: Mariuxi Roxana Anchundia Mora
DEMANDADO: Luis Eduardo Ortega Cabello
OBJETO DE LA DEMANDA: Que en sentencia de declare disuelto el vinculo
matrimonial que la une con el demandado amparada en lo que dispone el Art.
110, causal 11, inciso 1 del Código Civil.AUTO INICIAL. Vistos: Guayaquil, miércoles 30 de abril del 2014, las 11h32.Una vez cumplido el juramento ordenado, la demanda presentada por MARIUXI
ROXANA ANCHUNDIA MORA contra LUIS EDUARDO ORTEGA CABELLO por
reunir los requisitos determinados en los artículos 67 y 1013 del Código de
Procedimiento Civil, se la califica de clara y precisa razón por lo cual se la admite
al trámite de juicio Verbal Sumario.- Durante el matrimonio no han procreado
hijos ni adquirido bienes de ninguna naturaleza.- En mérito de la declaración
que hace la accionante bajo juramento de que le es imposible determinar la residencia del demandado cíteselo por uno de los diarios de mayor circulación de
los que edita en esta ciudad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82
del Código de Procedimiento Civil, debiendo la señora actuaria de la judicatura
elaborar y entregar los avisos correspondientes.CUANTÍA: la determinada
JUEZ DE LA CAUSA: Abogada Marien Segura Reascos, Juez Séptimo de la
Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil.Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación
que tiene de señalar domicilio judicial para futuras notificaciones, dentro de
los veinte días posteriores a la tercera y ultima publicación de este aviso, caso
contrario será tenido o considerado rebelde.Guayaquil, mayo 21 del 2014
Ab. Mónica Peñafiel Montero
Secretaria (e) del Juzgado Séptimo de la Familia,
Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil
"ARTÍCULO TERCERO: OBJETO SOCIAL.- El objeto social
de la compañía, es a) La instalación y administración de
todo tipo de empresas de interés turístico; b) la instalación
y administración de todo tipo de empresas de hospedaje
de cualquier categoría y afines; c) la instalación y administración de todo tipo de negocios de comidas y bebidas, incluidos restaurantes normales o de comida rápida, comida
para llevar, catering; la compañía no prestará provisión de
servicios complementarios de alimentación previstos en
el mandato número ocho (No. 8)..."
"ARTÍCULO SÉPTIMO: ADMINISTRACIÓN.- La compañía
estará gobernada por la junta general de accionistas y administrada por el directorio, presidente y gerente general..."
Distrito Metropolitano de Quito, 19 de junio de 2014
Ab. Álvaro Guivernau Becker
INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO,
SUBROGANTE
(149557)
JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes 9 de mayo del 2014, las 13h53.
En virtud del juramento rendido y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de
Procedimiento Civil, cítese al demandado señor GUERRERO VALLE SIXTO MAURICIO, mediante
publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en esta ciudad de Quito; para
el efecto confiérase el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE.-
EXTRACTO
Jul. 2-3-4 (149515)
DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LA COMPAÑÍA CONSTRUCTORA Y SERVICIOS TOSCANO Y VERGARA CIA. LTDA. A ROVERHCONS Y SERVICIOS CIA. LTDA., MODIFICACIÓN DEL OBJETO SOCIAL Y
REFORMA DE ESTATUTOS
1. ANTECEDENTES.- La compañía CONSTRUCTORA Y SERVICIOS TOSCANO
Y VERGARA CIA. LTDA., se constituyó mediante escritura pública otorgada en
la Notaría Pública del cantón Mera, el 18 de noviembre de 2011 e inscrita en el
Registro Mercantil a cargo del Registrador de la Propiedad el cantón Loreto el
27 de junio de 2012.
2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública que contiene el cambio
de denominación de la compañía CONSTRUCTORA Y SERVICIOS TOSCANO
Y VERGARA CIA. LTDA. a ROVERHCONS Y SERVICIOS CIA. LTDA., la modificación del objeto social y la reforma de estatutos; fue otorgada el 17 de abril
de 2014 en la Notaría Décima del Distrito Metropolitano de Quito, actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución
No. SCV.IRQ.DRASD.SAS.14.002459 de 19 de Junio de 2014.
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
AVISO AL PÚBLICO EN GENERAL
Se pone en conocimiento del público en general que en esta Judicatura se
ha presentando la demanda de Aprobación de Constitución de Sociedad de
Hecho, cuyo extracto de demanda y providencia son las siguientes:
ACTOR:
JUICIO:
NUMERO:
OBJETO:
NICOLAY VLADIBOSKOT PINO RIVAS representante de la sociedad de hecho denominada EROTIK.
ESPECIAL
458-2014
Aprobar la Constitución de la sociedad de hecho denominada
EROTIK, existente entre NICOLAY VLADIBOSKOT PINO RIVAS y
RUDY AMARILIS RIVAS ONTANEDA
EXTRACTO
4. CAMBIO DE DENOMINACIÓN, MODIFICACIÓN DEL OBJETO SOCIAL Y REFORMA DE ESTATUTOS. PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de Compañías
mediante Resolución No. SCV.IRQ.DRASD.SAS.14.002459 de 19 de junio de
2014 aprobó el cambio de denominación de la compañía CONSTRUCTORA
Y SERVICIOS TOSCANO Y VERGARA CIA. LTDA. a ROVERHCONS Y SERVICIOS CIA. LTDA., la modificación del objeto social y la reforma de estatutos.
Ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días
consecutivos, para efectos de oposición de terceros respecto al cambio de nombre referido, señalado en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de
Oposición, como acto previo a su inscripción.
5. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio
de denominación de la compañía CONSTRUCTORA Y SERVICIOS TOSCANO Y VERGARA CIA. LTDA. a ROVERHCONS Y SERVICIOS CIA. LTDA., en
el Cantón Loreto, a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a
su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil
del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde
la fecha de la última publicación de este extracto y además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición o el accionante, notificará o comunicará según el caso, a esta
Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes a partir de dicha
recepción, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre
ella. Si no hubiere oposición o no fuere notificada esta Institución en la forma
antes indicada, se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de
la mencionada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales.
En virtud de la escritura pública mencionada, la compañía reforma los artículos
uno y dos del estatuto, referentes a la denominación y objeto social, de la siguiente
manera:
ARTÍCULO 1.- DENOMINACIÓN: La compañía se denominará ROVERHCONS Y
SERVICIOS CIA. LTDA...
ARTÍCULO 2.- OBJETO: ... 12) Prestar servicios en proyectos comunitarios que
tengan relación con la construcción de vías, de estructuras metálicas, estructuras
de concreto y en general en proyectos que vayan en beneficio de cualquier comunidad,...
Distrito Metropolitano de Quito, 19 de junio de 2014.
Dr. Eddy Viteri Garcés
SUBDIRECTOR DE ACTOS SOCIETARIOS
SUBROGANTE
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
AVISO AL PUBLICO
En virtud de las escrituras públicas mencionadas, la compañía reforma, entre otros los artículos tercero y séptimo
referentes al objeto social y a la administración, respectivamente, de la siguiente manera:
DR. JAIME CANSECO GUERRERO
JUEZ
DR. JHONY POMBOZA VILLACRES
SECRETARIO
JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL
Jul. 2-3-4 (149512)
Se comunica al público que la compañía IZCARAGUA
S.A., con domicilio principal en el Distrito Metropolitano
de Quito, modificó el objeto social y reformó sus estatutos, por escritura pública otorgada en la Notaría Trigésima
Novena del Distrito Metropolitano de Quito el 1 de noviembre de 2013 y por escritura aclaratoria y modificatoria otorgada en la misma Notaría el 21 de abril del 2014.
Actos societarios aprobados por la Superintendencia de
Compañías, mediante Resolución No. SCV.IRQ.DRASD.
SAS.14.002461 de 19 de junio de 2014.
JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes 8 de octubre de 2010 las 11h36.
VISTOS: En virtud del sorteo realizado, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de
Juez titular, legalmente posesionado.- En lo principal, la demanda presentada, es clara y precisa por
lo que se la acepta a trámite Verbal Sumario.- En consecuencia córrase traslado con la demanda y
esta providencia al señor GUERRERO VALLE SIXTO MAURICIO, a quien se le citara en la dirección
indicada.- Agréguense al proceso los documentos presentados.- Téngase en cuenta el casillero y
domicilio judicial designados.- NOTIFÍQUESE.-
Lo que comunico a usted para los fines pertinentes.-
NOTA: Este extracto debe publicarse en un periódico de mayor circulación en el
domicilio principal de la compañía.
DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE MODIFICACIÓN DEL
OBJETO SOCIAL Y REFORMA DE ESTATUTOS DE LA
COMPAÑÍA IZCARAGUA S.A.
ACTOR: GOMEZ LOPEZ RAUL ERNESTO EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE DISTRIBUIDORA DE EQUIPOS Y MATERIALES DE CONSTRUCCION GOMEZ DEMACO CIA. LTA."
DEMANDADO: GUERRERO VALLE SIXTO MAURICIO
JUICIO: VERBAL SUMARIO
CAUSA No. 2010-1167-F.C.
DOMICILIO JUDICIAL: DR. WILLIAM MAFLA
CUANTIA.- USD $3.500,00 (TRES MIL QUINIENTOS DÓLARES AMERICANOS)
OBJETO DE LA DEMANDA.- Con estos antecedentes, fundamentada en los Arts. 25, inciso primero, 5 inciso segundo de la Ley de Cheques: y, 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,
demandado al mencionado deudor señor GUERRERO VALLE SIXTO MAURICIO, para que en sentencia se le condene al pago del capital adeudado esto es la cantidad de DOS MIL NOVECIENTOS
CINCUENTA Y OCHO DOLARES CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS DE DÓLAR (2.958,87 USD),
más los respectivos intereses, costas y honorarios de mi defensor.
DRA. CARMEN ROMERO RAMIREZ
JUEZA
(149543)
EXTRACTO
GOBIERNO NACIONAL DE LA
REPÚBLICA DEL ECUADOR
Jul. 03-16-29 (149562)
3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada, el señor LORENZO ESTALIN ROBALINO GOMEZ en su calidad de
GERENTE GENERAL.
Jul. 2-3-4 (149479)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
QUITO-ECUADOR
EXTRACTO
PUBLICACIÓN DE EXTRACTO DE ESCRITURA PÚBLICA
JUICIO:
ACTORA:
DEMANDADA:
OBJETO:
FUNDAMENTO LEGAL.CUANTÍA:
No. 2014-330-S.V. Especial INSOLVENCIA
Lourdes Elizabeth Martínez Herrera
Yolanda Ligia Sotomayor Rentería
Declarar con lugar a la insolvencia
Art. 519 al 525 del Código de Procedimiento
Civil
Indeterminada.
JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, lunes 21 de abril del 2014, a las 09h15. VISTOS: En virtud del sorteo realizado avoco conocimiento de la presente causa.- La demanda que antecede
es clara, completa, precisa y reúne los demás requisitos determinados por
la Ley, consecuentemente se acepta a trámite especial.- De la documentación que se acompaña, se desprende que los señores YOLANDA LIGIA
SOTOMAYOR RENTERIA, se halla comprendido en la situación prescrita
en el Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se presume
su INSOLVENCIA, y, se declara con lugar al concurso de acreedores.- En
consecuencia, procédase a la ocupación y depósitos de los bienes, libros,
correspondencia y demás documentos del fallido, los mismos que se entregarán al Síndico del concurso Dr. Arnaldo Fiallos, con quien se contará en la
presente causa.- Hágase conocer al público mediante publicaciones en uno
de los diarios de mayor circulación nacional de los que se editan en esta
ciudad de Quito.- Ofíciese en legal y debida forma a los señores Jueces de
lo Civil de Pichincha, para la acumulación de las causas seguidas en contra
del deudor por obligaciones de dar o hacer, a excepción de la hipoteca que
sus dueños prefieran hacer valer sus derechos por cuerda separada.- Se
ordena también que se remita copias de todo lo actuado a uno de los señores Jueces de lo Penal para la calificación de la insolvencia.- Prohíbase al
demandado ausentarse del país; ordenándose que en el término de ocho
días, presente el balance de sus bienes con la indicación de activo y del
pasivo.- Como el fallido queda en interdicción de administrar sus bienes,
notifíquese el particular a los señores: Notarios, Registrador de la Propiedad
y Registrador Mercantil, Gerentes de los Bancos locales, Superintendente
de Bancos y Seguros, Director Nacional de Migración, Director de la Policía
Técnica Judicial, Presidente del Consejo Provincial Electoral de Pichincha,
Director de la Secretaría Técnica de Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones del Sector Público SENRES, Contralor General de la Nación,
Jueces de lo Penal de Pichincha, Cámara de Comercio y otros, para los fines
legales consiguientes.- Inscríbase la presente demanda en los Registros de
la Propiedad y Mercantil del Cantón Quito.- Cúmplase con las diligencias
pertinentes en esta clase de enjuiciamiento.- El demandado sin embargo
podrá oponerse dentro del término de tres días de ser citado legalmente,
pagando la deuda o dimitiendo bienes equivalentes.- Cítese al demandado
en el lugar que se indica para el efecto.- Agréguese al proceso la documentación acompañada.- Téngase en cuenta el casillero judicial No. 364, designado por el compareciente para sus posteriores notificaciones, así como la
autorización conferida a su Abogada defensora para que intervenga en la
presente causa.- Notifíquese.- f) Dr. Marco Albán Núñez; Juez.
Particular que hago saber a la ciudadanía para los fines de ley.
Escritura número tres mil cuatrocientos ochenta y dos (No. 3.482)
En la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano Capital de la República del Ecuador, hoy día viernes ocho de Marzo del dos mil trece, ante mí doctor JORGE
MACHADO CEVALLOS, Notario Primero de este Cantón, comparecen: El señor NICOLAY VLADIBOSKOT PINO RIVAS, soltero; y, la señorita RUDY AMARILIS RIVAS ONTANEDA, soltera, por sus propios y personales derechos. Los
comparecientes son de nacionalidad ecuatoriana, mayores de edad, domiciliados en esta ciudad, legalmente capaces para contratar y obligarse, a quienes
de conocer doy fe en virtud de haberme exhibido sus respectivas cédulas de
ciudadanía cuyas fotocopias debidamente certificadas por mí, se agregan,
bien instruidos por mí el Notario en el objeto y resultados de esta escritura
que a celebrarla proceden libre y voluntariamente de acuerdo a la minuta que
me entregan, cuyo tenor es el siguiente: “SEÑOR NOTARIO: En el Registro
de escrituras públicas a su cargo, sírvase incorporar la constitución de una
Sociedad de Hecho cuya denominación es “EROTIK” al tenor de las siguientes
Cláusulas: PRIMERA COMPARECIENTES.- Comparecen a la constitución de
esta Sociedad de Hecho por una parte el señor NICOLAY VLADIBOSKOT PINO
RIVAS el mismo que es ecuatoriano, soltero, mayor de edad, de profesión comerciante, con cédula de ciudadanía 1712812534 y domiciliado en esta ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha; y por otra parte comparece RUDY
AMARILIS RIVAS ONTANEDA la misma que es ecuatoriana, soltera, mayor de
edad, de profesión comerciante, con cédula de identidad 1708775638 y domiciliada en esta ciudad de Quito, provincia de Pichincha; Ambos son capaces
ante la ley para celebrar todo acto o contrato cual en derecho se requiere, y de
una manera libre y voluntaria, convienen en constituir, y como en efecto constituyen una Sociedad de Hecho bajo la denominación "EROTIK", la misma que
se regirá bajo las leyes ecuatorianas, el Reglamento Interno que regula esta
sociedad y lo que a continuación se estipula. SEGUNDA: ANTECEDENTES.La Sociedad de Hecho que bajo la denominación "EROTIK", se constituye con
el objeto fundamental que es el conjunto de actividades relacionados con la
importación, exportación, distribución, venta o comercialización al por mayor
y menor de artículos, lencería, cremas, juguetes, libros, revistas, películas y
demás artículos destinados a la diversión y entretenimiento destinados solo
para público adulto. TERCERA: DOMICILIO.- La Sociedad de Hecho cuya denominación es "EROTIK", tendrá como domicilio la Ciudad de Quito, adicionalmente la sociedad podrá abrir sucursales en todo el territorio nacional sin que
ello afecte la naturaleza de este instrumento ni el propósito de su negocio.
CUARTA: DURACIÓN.- La duración de esta sociedad de hecho "EROTIK" será
el plazo de cincuenta años, pudiendo renovarse consecutivamente solo con el
acuerdo de las dos partes. QUINTA: FORMA Y PARTICIPACIÓN.- Con estos
antecedentes, los comparecientes, acuerdan participar en todos los derechos
y obligaciones de la siguiente manera: las partes acuerdan libre y voluntariamente invertir un capital inicial de DOS MIL DÓLARES AMERICANOS CON
CERO CENTAVOS DE DÓLAR (2000,00 USD); el mismo que será aportado de
la en partes iguales y de la siguiente manera:
SOCIO:
NICOLAY VLADIBOSKOT PINO RIVAS
RUDY AMARILIS RIVAS ONTANEDA
TOTAL
MONTO
1000,00
1000,00
2000,00
PORCENTAJE
50.00%
50.00%
100.00%
SEXTA: CLÁUSULA ÚNICA.- Para simplificar y por facilidad administrativa la
Sociedad de Hecho se denominará “EROTIK”. Los socios, en las calidades con
los que comparecen y como consecuencia del presente convenio, se responsabilizan en forma solidaria e indivisible, en todos los actos que generen el
presente compromiso. SEPTIMA: REPRESENTANTE LEGAL.- Los otorgantes
nombran como su Representante Legal de la Sociedad de Hecho “EROTIK” a
NICOLAY VLADIBOSKOT PINO RIVAS, con autorización para que realice absolutamente todo trámite sea civil, penal, tributario, administrativo o judicial, etc
sin que esto limite su participación, buscando siempre alcanzar los objetivos
que motivaron la constitución de esta Sociedad de Hecho; así como también
queda autorizado a contratar o a nombrar al personal técnico o administrativo
con el objeto que se dé una buena administración en esta Sociedad de Hecho.
OCTAVA: JURISDICCIÓN.- En caso de controversias las partes acuerdan libre
y voluntariamente someter su domicilios a los jueces competentes del cantón
Quito y al trámite verbal Sumario. NOVENA: CUANTÍA.- La Cuantía por su
Naturaleza es INDETERMINADA. Se adjunta la respectiva cédula de ciudadanías, certificados de votación. Señor Notario, sírvase incorporar los demás
requisitos de ley, para la plena validez de este acto”.- (Hasta aquí la minuta que
junto con los documentos anexos que se incorporan, queda elevada a escritura pública con todo el valor legal, y que los comparecientes la aceptan en todas sus partes, minuta que está firmada por la Abogada Carolina Arévalo Oto,
con matrícula Número diecisiete -dos mil doce - cincuenta y cuatro del Foro de
Abogados del Consejo de la Judicatura).- Para la celebración de esta escritura,
se observaron los preceptos legales del caso; y, leída que les fue a los comparecientes por mí el Notario se ratifican y firman conmigo en unidad de acto,
quedando incorporada en el protocolo de esta Notaría, de todo cuanto doy fe.
PROVIDENCIA
JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 4 de junio
del 2014 a las 15h16. VISTOS.- La demanda de aprobación de constitución
de la sociedad de hecho denominada EROTIK, que presentan NICOLAY VLADIBOSKOT PINO RIVAS, reúne los requisitos legales, en consecuencia se la
acepta a trámite correspondiente por la vía especial establecida en el Código
de Comercio; previamente publíquese por la prensa por una sola ocasión un
extracto de la escritura pública de Constitución de la indicada sociedad de hecho y esta providencia a fin de que las personas que creyeren tener derechos
los hagan valer en el término legal. Agréguese al proceso los documentos
presentados y notifíquese a los peticionarios en la casilla judicial No. 3089.Actúe el Oficial Mayor en calidad de secretario encargado según acción de
personal No. 4301-DP-DPP de 10 de septiembre del 2013, suscrita por el Dr.
José Antonio Cedeño Armas, Director Provincial de Pichincha del Consejo de
la Judicatura.- NOTIFÍQUESE F).- Dr. Alejandro Miranda, Juez.
Actúe el Oficial Mayor en calidad de secretario encargado según acción de
personal No. 3985-DP-UPTH de 11 de junio del 2014, suscrita por el Dr. Hernán
Calisto M., Director Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura E
Lo que comunico al público en general para los fines de Ley.
41
SECRETARÍA DEL AGUA
DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA JUBONES
CENTRO DE ATENCION AL CIUDADANO
MACHALA
SE CITA: DE CONFORMIDAD CON EL ART. 87 DE LA LEY DE AGUAS CODIFICADA
Y SU REGLAMENTO VIGENTE A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO PRESUNTOS
DESCONOCIDOS, PARA OBTENER LA AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE
USO Y APROVECHAMIENTO DE LAS AGUAS UNA LAGUNA, IDENTIFICADA CON
EL NOMBRE LA FERROVIARIA, UBICADA EN LA COOPERATIVA FERROVIARIA,
PARROQUIA TENGUEL, CANTÓN GUAYAQUIL, PROVINCIA DEL GUAYAS,
EXTRACTO
ACTORA: NELSON ALBERTO MONSERRATE FERNANDEZ
OBJETO DE LA PETICION: obtener la autorización administrativa de uso y aprovechamiento de las aguas de una laguna, identificada con el nombre la Ferroviaria, ubicada en la Cooperativa Ferroviaria, parroquia Tenguel, Cantón Guayaquil, provincia
del Guayas, para destinarlas para riego de banano en un área de 10 hectáreas en un
caudal de 10,15 litros por segundo y uso industrial (procesamiento fruta de banano),
en un caudal de 0,45 litros por segundo.
SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA
JUBONES.- CENTRO ZONAL NARANJAL.- Naranjal, Noviembre 28 del 2013.- Las
16h15.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Líder del
Centro Zonal Naranjal, de la Demarcación Hidrográfica Jubones, mediante Acuerdo
Ministerial N° 2011-334, de fecha 05 de septiembre de 2011. En lo principal la
solicitud presentada por el Señor Nelson Alberto Monserrate Fernández; en la que
solicita la autorización de uso y aprovechamiento de las aguas de una laguna, identificada con el nombre la Ferroviaria, ubicada en la Cooperativa Ferroviaria, parroquia
Tenguel, Cantón Guayaquil, provincia del Guayas, para destinarlas para riego de
banano en un área de 10 hectáreas en un caudal de 10,15 litros por segundo y uso
industrial (procesamiento fruta de banano), en un caudal de 0,45 litros por segundo,
es clara, completa y reúne los requisitos determinados en el Art. 86 de la Ley de
Aguas Codificada; en tal virtud se la acepta a trámite y en consecuencia dispongo:
1.- Cítese a los usuarios conocidos o no, presuntos y desconocidos por la prensa
de conformidad a lo dispuesto en el Art. 87 de la Codificación a la Ley de Aguas
en uno de los diarios de amplia circulación en la ciudad de Guayaquil, Provincia del
Guayas, distando entre una y otra edición el plazo de ocho días, 2.- Fíjense carteles
en tres de los parajes más frecuentados de la parroquia Tenguel, cantón Guayaquil,
provincia del Guayas por treinta días; de conformidad a lo dispuesto en el literal g,
del Art. 22 del Reglamento a la Codificación de La Ley de Aguas, mediante despacho
de comisión legal al señor Teniente Político de dicha jurisdicción parroquial; 3.Oportunamente se designará perito para que realice el estudio técnico de la petición;
4.- Agréguese al trámite el escrito y la documentación que se adjunta; 5.- Téngase en
cuenta el correo electrónico señalado para efectos de notificaciones, dentro de esta
jurisdicción cantonal. Que actúe en el presente expediente, en calidad de secretario
el Doctor Carlos López López. Notifíquese.- f.) Ing. Teresa Olaya Sánchez, Exp. Adm. No.
DHJ-ZN-2013-353-A. SECRETARIA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA
JUBONES. CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO MACHALA.- Machala, 2 de
Junio del 2014.- Las 08h00.- Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad
de Responsable Técnico del Centro de Atención al Ciudadano de Machala (E.), de la
Demarcación Hidrográfica de Jubones, de acuerdo a Memorando Nro. SENAGUASRDHJ.16-2014-0461-M, de fecha 27 de marzo del 2014 y en virtud al Acuerdo N°
2011-334, de 5 de septiembre de 2011, en Reforma y Nueva Codificación al Estatuto
Orgánico de Gestión Organizacional por Proceso de la SENAGUA. Continuando con
el expediente administrativo se dispone: 1.- Incorporar a los autos el Memorando N°
SENAGUA-SRDHJ.16-2014-0725-M de fecha 30 de Mayo del 2014 emitido por Ing.
Fabricio Jara Loaiza Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica de Jubones, de
excusa legal presentada por Ing. Teresa Oyola Sánchez, Responsable Técnica del
Centro de Atención al Ciudadano de Naranjal tómese en cuenta sus contenidos; 2.Que el peticionario Sr. NELSON ALBERTO MONSERRATE FERNANDEZ se acerque a
las oficinas del Centro de Atención al Ciudadano Machala, ubicada en las calles Vela
e/. 25 de Junio y Sucre (Edificio EXPREDESUR 4to. Piso), a fin de que retire el despacho de las diligencias a cumplir. 3.- Notificaciones las recibirá en el correo electrónico
[email protected] 4.- Que actúe en calidad de secretario Ad-Hoc la
Ab. Carol García Tambo.- Notifíquese.- f) Ing. Antonio H. Olaya Ramírez Responsable
Técnico del Centro de Atención al Ciudadano Machala. Demarcación Hidrográfica
Jubones (E).- Lo Certifico.Particular que pongo en conocimiento del público para los fines de Ley, advirtiéndole
a los presuntos interesados de señalar casillero judicial en la ciudad de Machala
dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este extracto
de citación.Abg. Carol García Tambo
SECRETARIA AD- HOC
(149569)
JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
Se pone en conocimiento del público en general que en esta Judicatura se ha presentado una demanda de rectificación de partida de matrimonio propuesta por
ABRAHAM LUIS HUMBERTO GUACHAMIN TOAQUIZA, cuyo extracto de la demanda y providencia son como a continuación siguen:
EXTRACTO:
Actor: ABRAHAM LUIS HUMBERTO GUACHAMIN TOAQUIZA.
Demandado: Director Provincial de Registro Civil, Identificación y Cedulación, Delegación de Pichincha
Cuantía: Indeterminada
Juicio No. 360-2014-WZ
Objeto de la Demanda: rectificar la partida de matrimonio en el sentido de que
a los contrayentes les corresponde los nombres de ABRAHAM LUIS HUMBERTO
GUACHAMIN TOAQUIZA y JULIA MARIA ESTHER JACHO TOAPANTA, así como
al padre del contrayente le corresponde el nombre de PLACIDO, y a la madre del
contrayente le corresponde el apellido TOAQUIZA, también estoy solicitando que
a la madre de la contrayente le corresponde el apellido TOAPANTA y no como nos
hacen constar en mi partida de matrimonio.
PROVIDENCIA:
JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, martes 13 de mayo del
2014, las 15h40. VISTOS: Atento lo solicitado por el actor se revoca el auto de
abstención y en su lugar se dispone el siguiente: La demanda que antecede reúne
los requisitos de ley, por lo que se la admite al trámite Especial solicitado. Cuéntese
en la presente causa con el Director Provincial del Registro Civil, Identificación y
Cedulación y con uno de los señores Agente Fiscales de Pichincha. Con fundamento
en el Art. 89 de la Ley de Registro Civil, publíquese un extracto de la demanda y esta
providencia en uno de los diarios de mayor circulación nacional y que se editen en
esta ciudad; para el efecto confiérase el extracto respectivo. Agréguese a los autos
la documentación adjunta y téngase en cuenta la casilla judicial señalada por la
parte actora. Notifíquese. f) DR. JORGE MIRANDA.- Juez.
Lo que comunico para los fines legales pertinentes.
DR. WILMER ZAMBRANO ORTIZ
SECRETARIO (E)
JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
(149571)
UNIDAD JUDICIAL ESP. PRIMERA DE FMNA DE LA PROV. DE SANTA ELENA
CUIJ: 240162014001255
NUMERO DE CAUSA: 1265/2014
JUEZ: GLORIA VILLEGAS
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: GALARZA SALAS ISRAEL ALEXANDER
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio de DIVORCIO POR CAUSAL
No. 1265-2014, seguido por la señora RAMIREZ RAMIREZ JEANINE YDANIA, en contra del
Señor GALARZA SALAS ISRAEL ALEXANDER
ACTOR: RAMIREZ RAMIREZ JEANINE YDANIA
DEMANDADO: GALARZA SALAS ISRAEL ALEXANDER
OBJETO DE LA DEMANDA: Que la señora Jueza mediante Sentencia declare disuelto el
vínculo matrimonial que une a la señora RAMIREZ RAMIREZ JEANINE YDANIA, en contra del
señor GALARZA SALAS ISRAEL ALEXANDER, de conformidad a lo establecido en el Artículo
110 Numeral 11 del Código Civil vigente.
AUTO INICIAL: En la ciudad de SANTA ELENA CABECERA CANTONAL Y CAPITAL DE
PROVINCIA, a dieciséis de junio de dos mil catorce, a las diez horas y veintiséis minutos:
VISTOS: en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Primera de la Familia,
Mujer, Niñez y Adolescencia de Santa Elena, avoco conocimiento de la presente demanda
de Divorcio por Causal presentada por JEANINE YDANIA RAMIREZ RAMIREZ en contra de
ISRAEL ALEXANDER GALARZA SALAS, por reunir los requisitos de los art. 67, 68, y 1013
del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa y completa aceptándola al
trámite de Juicio de Divorcio por Causal, solicitado de conformidad con el Art. 110, causal
11a, del Código Civil en actual vigencia. Cítese con la copia de la demanda y este auto recaído
en ella al demandado ISRAEL ALEXANDER GALARZA SALAS mediante tres publicaciones
por la prensa que se lo hará en un periódico de amplia circulación del lugar de conformidad
a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, elaborándose el extracto
correspondiente. A la parte demandada se le advierte de la obligación de comparecer a juicio
señalar casilla judicial para recibir sus notificaciones, caso contrario transcurrido los 20 días
contados desde la última publicación serán considerado o declarado rebelde. Agréguese a los
autos la Partida de Matrimonio, documentos que adjunta a su demanda que se encuentran
dentro de la causa. Tómese en cuenta la autorización conferida al abogado que lo patrocina,
la casilla judicial No.- 321 y el correo electrónico [email protected] que señala para
futuras notificaciones. Continúe actuando la Ab. Doris Gavilánez Porras en su calidad de
Actuaria del Despacho. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.La cuantía de esta demanda por su naturaleza es indeterminada.Jueza de la causa: Dra. Gloria Alcira Villegas Lara
Juzgado: Unidad Judicial Especializada Primera Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la
Provincia de Santa Elena.LO QUE LLEVO A SU CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY, ADVIRTIÉNDOLE
LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR DOMICILIO LEGAL PARA RECIBIR SUS
NOTIFICACIONES EN LA PRESENTE CAUSA, EN ESTE CANTON SANTA ELENA, DENTRO DE
LOS VEINTE DIAS POSTERIORES A LA TERCERA Y ÚLTIMA PUBLICACION DE ESTE AVISO,
PODRÁ SER CONSIDERADO EN REBELDÍA.
Santa Elena, a 19 de junio del 2014
Atentamente,
DR. WILMER ZAMBRANO ORTIZ
SECRETARIO E
Lic. Guido Espinoza Espinoza
SECRETARIO
(149618)
ESP. AB. DORIS DEL ROCIO GAVINALES PORRAS
SECRETARIA
(149541)
Jul. 3-16-30 (149574)
42
El Telégrafo I jueves 3 de julio del 2014
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE DAULE
Citación (extracto)
A: EULOGIO ANGEL ZAMBRANO ALVARADO.LE HAGO SABER: Que a esta Judicatura le ha tocado conocer el juicio de divorcio
No. 180-2014, cuyo extracto es el siguiente:
DEMANDANTE: JULIA MIARIA ORTIZ PIGUAVE.DEMANDADO: EULOGIO ANGEL ZAMBRANO ALVARADO.OBJETO DE LA DEMANDA: La actora fundamenta su demanda conforme a lo
dispuesto en la causal 11ava. del Art. 110, del Código Civil, y demanda en la vía
verbal sumaria solicitando que previo al trámite respectivo en sentencia se declare
la disolución del vínculo matrimonial que la une a su cónyuge.AUTO RECAÍDO: De fecha 3 de abril del 2014, a las 15H43, donde se admite al
trámite la demanda por reunir los requisitos de ley, ordenándose que se cite al
demandado EULOGIO ANGEL ZAMBRANO ALVARADO, por medio de uno de los
diarios que se editan en la ciudad de Guayaquil, sean estos El Universo, El Telégrafo
o Expreso, por no existir diarios que se editen en esta localidad, conforme a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que la accionante declaró bajo juramento desconocer el actual domicilio o residencia del mismo.
CUANTÍA: Indeterminada.
JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Carlos Enrique Eras Vela, Juez Titular del Juzgado Décimo
Quinto de lo Civil y Mercantil de Daule.Lo que comunico a Usted, para prevenir la obligación que tiene de señalar domicilio
judicial para futuras notificaciones así como la de comparecer a juicio dentro de los
veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario
será considerada en rebeldía.
Guayaquil, 15 de abril del 2014
ABG. VICTOR GARCÍA RONQUILLO
SECRETARIO DEL JUZGADO DÉCIMO SEXTO DE LO PENAL DE DAULE,
ENCARGADO DE LA SECRETARIA DEL JUZGADO DÉCIMO QUINTO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE DAULE, MEDIANTE ACCIÓN
DE PERSONAL No. 3157-UARH-MCM
Jul. 3-16-30 (149579)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL NORTE DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
DEL CANTÓN GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD MULTICOMPETENTE CIVIL PRIMERA
CIVIL DE SAMBORONDÓN
A: FANNY CECILIA HUACON FIGUEROA
LE HAGO SABER: que en la Unidad Judicial Multicompetente Civil se encuentra el juicio
No. 2014-0501 de Liquidación de la Sociedad Conyugal presentado por el Señor Fausto
Aristóteles Peralta Salas en su calidad de Procurador Judicial de Celso Vicente Tacuri García
contra la Señora Fanny Cecilia Huacon Figueroa cuyo extracto es el siguiente.Samborondón, viernes 20 de junio del 2014, las 12h42. VISTOS: En lo principal, una vez
que se cumplió con lo ordenado en el decreto anterior, tal como obra del acta que antecede,
la demanda que antecede presentada por FAUSTO ARISTOTELES PERALTA SALAS en su
calidad de procurador judicial de CELSO VICENTE TACURY GARCIA contra FANNY CECILIA
HUACON FIGUEROA, es clara y reúne los requisitos de los Arts. 67 y 1013 del Código de
Procedimiento Civil, por lo que se la admite al trámite contemplado en el Art. 200 del Código
Civil.- En consecuencia, con la intervención de la perito avaladora Arq. MERCEDES NARCISA
CASTRO ACOSTA, Perito calificada por el Consejo de la Judicatura, procédase a la facción
del inventario y tasación de los bienes que usufructuaba o de los que era responsable la
disuelta sociedad conyugal formada por los litigantes, en el término y forma prescritos para
la sucesión por causa de muerte.- La parte interesada es responsable de la gestión del inventario para lo cual deberá comunicarse con dicha profesional a los teléfonos 0995781062
o al 2208885, a quien se notificará para que comparezca a tomar posesión del cargo. Para
la citación a la demandada, acorde con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil,
dado que el accionante, declaró bajo juramento, realizada ante la suscrita jueza, que le ha
sido imposible determinar la individualidad o residencia de la demandada; dispongo que
la citación a ésta, se haga por medio de la prensa; lo que se efectuará por intermedio de
3 publicaciones, cada una de ellas en fecha distinta, en uno de los siguientes diarios: "El
Telégrafo", "El Universo" o "Expreso" de la ciudad de Guayaquil, medios de amplia circulación
en la provincia del Guayas.- La Actuaria del Despacho conferirá el extracto pertinente, para
la indicada publicación de citación, a la demandada en el extracto de citación será advertida
de la obligación que tiene de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial en este
cantón, para sus notificaciones, en caso de que no compareciere veinte días después de la
última publicación, podrá ser considerada o declarada rebelde.- Agréguense a los autos, los
documentos que anexa el accionante a la demanda.- NOTIFÍQUESE.DEMANDADA: FANNY CECILIA HUACON FIGUEROA
OBJETO DE LA DEMANDA: LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
JUICIO: 0501-2014
VÍA: ESPECIAL
JUEZ DE LA CAUSA: Ab. MAGDALENA PRECIADO ALVARADO
Samborondón, 24 de junio de 2014
Ab. Mariella Moreno Falconí
SECRETARIA
UNIDAD CIVIL MULTICOMPETENTE SAMBORONDON
Jul. 3-16-30 (149581)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO TRIGÉSIMO DE LO CIVIL DE DURÁN
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: MARTHA ELIZABETH MACAS CORREA
A: PÚBLICO EN GENERAL
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de NULIDAD DE PARTIDA DE
NACIMIENTO No. 09201-2014-5788 seguido por los señores LUIS ASTERIO MONTENEGRO
MARCILLO Y ROSARIO EDALIDES CURILLO ORELLANA.
ACTOR: LUIS ASTERIO MONTENEGRO MARCILLO Y ROSARIO EDALIDES CURILLO ORELLANA.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que la señora Jueza mediante Sentencia declare la nulidad de la
primera partida de nacimiento de la adolescente MELISSA GABRIELA MONTENEGRO CURILLO,
de conformidad a lo establecido en el artículo 85 y 89 de la Ley de Registro Civil en concordancia con el artículo 709 del Código de Procedimiento Civil.
AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS. UNIDAD JUDICIAL NORTE
DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. Guayaquil, lunes 16 de junio del 2014, las
08h40.- VISTOS: En mérito al sorteo de ley, en esta fecha, la Abg. SIXTA AMARILIS BARCOS
PORRO, Mst. Jueza de la Unidad Judicial Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia
de Guayaquil, encontrándome legalmente en mis funciones de conformidad con lo establecido
en los Arts. 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, publicado en el Registro
Oficial No. 544 del 9 de Marzo del 2009, y por disposición del Consejo de la Judicatura, AVOCO, conocimiento de la presente demanda de nulidad de partida de nacimiento, presentada
por LUIS ASTERIO MONTENEGRO MARCILLO y ROSARIO EDALIDES CURILLO ORELLANA, es
clara, precisa y completa por reunir los requisitos determinados en los arts. 67 y 1013 del código
de procedimiento civil, se la admite al trámite sumario, de acuerdo con lo dispuesto en el art.
89 de la ley del Registro Civil.- que la actuaria de la unidad, elabore el extracto de la demanda
para su publicación por la prensa conforme lo establece el Art. 89 de la ley de registro civil.además cítese en calidad legitimo contradictor al señor Jefe del Registro Civil, de esta Ciudad
Guayaquil.- Que intervenga en calidad de actuaria de la Unidad Judicial Especializada de Familia,
Mujer, Niñez y Adolescencia Norte del cantón de Guayaquil.- NOTIFÍQUESE, Y CÍTESE.- Hágase
saber.- Lo que comunico a usted para los fines de Ley advirtiéndole de la obligación que tiene de
comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación y la de señalar
casilla judicial para futuras notificaciones, en caso contrario será tenido o declarado rebelde.
CUANTIA: Indeterminada. JUEZ DE LA CAUSA: ABG. D. SIXTA AMARILIS BARCOS PORROS,
Mts., JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL NORTE DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL. SIGUE LA CERTIFICACIÓN F) AB. MARIA FERNANDA ROGGIERO DICK,
SECRETARIA.- Particular que comunico a Ud., para los fines de Ley.Guayaquil, viernes 27 de junio del 2014.AB. MARIA FERNANDA ROGGIERO DICK
SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL NORTE DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
DE GUAYAQUIL
SE LES HACE SABER: Que en esta Judicatura le ha tocado conocer el Juicio Ordinario (Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio) No. 612-2013, seguido por MANUEL LORENZO SANCAN QUIROZ en contra de MARTHA ELIZABETH
MACAS CORREA, cuyo extracto de citación y auto recaído en ella, es del tenor
siguiente:
Durán, miércoles 30 de octubre del 2013, las 16h51. VISTOS: La demanda presentada por el señor MANUEL LORENZO SANCAN QUIROZ, por reunir los requisitos
de Ley, se la califica de clara, precisa y completa, por lo que se la admite al trámite en la vía ordinaria.-En lo principal, se ordena correr traslado con la misma a la
demandada MARTHA ELIZABETH MACAS CORREA, para que dentro del término
de quince días, proponga las excepciones dilatorias y perentorias que se creyere
asistida, bajo apercibimiento de ley, como expresa bajo juramento que es imposible
determinar la individualidad o residencia, se ordena que se cite a la demandada
MARTHA ELIZABETH MACAS CORREA, por la prensa en la forma señalada en el
artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, a través de uno de los periódicos de
mayor circulación de la ciudad de Guayaquil.- Inscríbase la demanda en el Registro
de la Propiedad del Cantón Durán. Agréguese a los autos la documentación acompañada.- Cítese y notifíquese.-
A: DANIEL MAURICIO ROSAS PABON
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio de DIVORCIO POR CAUSAL No.
2014-5523, que sigue la señora LILIA EDITH DOYLETH MOSQUERA en contra del señor DANIEL
MAURICIO ROSAS PABON.
ACTOR: LILIA EDITH DOYLETH MOSQUERA.
DEMANDADO: DANIEL MAURICIO ROSAS PABON.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor juez mediante sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial que une la señora LILIA EDITH DOYLETH MOSQUERA el señor DANIEL MAURICIO ROSAS
PABON de conformidad a lo establecido en el artículo 110 causal 11 inciso segundo del Código
Civil vigente.
AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL SUR DEL
CANTON GUAYAQUIL. Guayaquil, martes 24 de Junio del 2014, las 13h50. VISTOS: En lo principal,
una vez que se cumplió con lo ordenado en el decreto anterior, tal como obra del acta que antecede, la demanda de divorcio presentada por LILIA EDITH DOYLETH MOSQUERA, fundamentada
en la causal 11ª, 2do inciso del artículo 110 del Código Civil, contra el señor DANIEL MAURICIO
ROSAS PABON, la misma que por ser clara, completa, precisa, y reunir los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la admite
al trámite de juicio verbal sumario de Divorcio.- En consecuencia, acorde con el artículo 82 del
Código de Procedimiento Civil, dado que el accionante declaró bajo juramento, realizada ante la
suscrita jueza, que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia de la demandada;
dispongo que la citación a ésta, se haga por medio de la prensa; lo que se efectuará por intermedio
de 3 publicaciones, cada una de ellas en fecha distinta, mediando ocho días entre una publicación y otra, en uno de los siguientes diarios: "El Telégrafo", "El Universo", "Expreso" o "Extra" de
la ciudad de Guayaquil, medios de amplia circulación en la provincia del Guayas.- el Actuario del
Despacho conferirá el extracto pertinente, para la indicada publicación de citación, a la demandada
en el extracto de citación será advertida de la obligación que tiene de comparecer a este proceso
y de señalar casilla judicial en esta ciudad de Guayaquil, para sus notificaciones, en caso de que
no compareciere veinte días después de la última publicación, podrá ser considerada o declarada
rebelde.- Téngase en consideración que la accionante declara no haber adquirido con su cónyuge
demandado, bienes de ninguna naturaleza. Ni han procreado hijos.- Agréguense a los autos, los
documentos que anexa la accionante a la demanda.- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 4040
y correo electrónico [email protected], que señala la compareciente, para recibir las notificaciones y la autorización que le concede a su patrocinadora.- Intervenga en calidad de actuario de
la Unidad Judicial Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, el abogado Angel Troya
Acosta.- NOTIFÍQUESE.- CUANTÍA: INDETERMINADA.
JUEZ DE LA CAUSA: AB. MARICELA PROAÑO SÁNCHEZ, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL SUR DE
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS Y ABOGADO
ANGEL ALFREDO TROYA ACOSTA.- QUE CERTIFICA.
Pongo a conocimiento del público, que en Auto dictado el 27 de junio del 2014; a las 12H49, por el señor Juez Nacional de Coactiva de la Corporación
Financiera Nacional, dentro del Juicio Coactivo No. 58-2012, se ordenó el remate del bien inmueble embargado, señalándose para tal efecto, el día
LUNES 11 DE AGOSTO DEL 2014, el que se llevará a cabo desde las 13H00 hasta las 17H00, en la Secretaría de este Despacho, Juzgado de Coactiva
de la Corporación Financiera Nacional de la ciudad de Guayaquil, ubicado en las calles 9 de Octubre No. 200 y Pichincha, Segundo Piso.
CARACTERÍSTICAS DEL BIEN INMUEBLE A REMATARSE: Bien inmueble de SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS
CON VEINTICINCO CENTIMETROS CUADRADOS (76.608.25 m) ubicado en el sector Colorado del cantón Montecristi, Provincia de Manabí; el
mismo que tiene las siguientes medidas y linderos: POR EL FRENTE: Con camino público que conduce al sitio El Arroyo a Montecristi y con el señor
José Flores con 405.50 metros; POR ATRÁS: Lindera con propiedades de Pedro Santos Flores y tiene 441 metros; POR EL COSTADO IZQUIERDO:
Con propiedad de Manuel Daza con 217 metros; y, POR EL COSTADO DERECHO: Con propiedades de herederos Chávez Delgado con 145 metros.
Este bien inmueble consta de un terreno y de una edificación, cuenta con todos los servicios básicos de infraestructura urbana como: servicios
de energía eléctrica, agua potable, servicio de alcantarillado, transporte público, telefonía, entre otros. El terreno es de superficie plana para
sembrar pasto de corte, tiene condiciones óptimas para realizar el proyecto caprino, tiene agua de pozos profundos para riego.
VALOR DEL AVALUO: El bien inmueble se encuentra avaluado en USD.137.308,23 (ciento treinta y siete mil trescientos ocho 23/100 dólares de
los Estados Unidos de América).
De acuerdo a la Reforma a la Codificación del Código de Procedimiento Civil, publicada en el Registro Oficial No. 583 el 24 de noviembre del 2011,
en su artículo 458, las posturas se presentarán ante la secretaria del juez que ordenó el remate, desde las trece horas hasta las diecisiete horas del
día señalado para el remate, el mismo que se llevará a cabo en el Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional de esta ciudad de Guayaquil, ubicado en la Avenida Nueve de Octubre # 200 y Pichincha, Segundo Piso; dichas posturas deberán estar firmadas por el postor y un abogado
en el libre ejercicio de la profesión, en la misma indicará el domicilio, teléfono y la casilla judicial del postor, para notificaciones de ley. De acuerdo a
la Reforma a la Codificación del Código de Procedimiento Civil, publicada en el Registro Oficial No.583 el 24 de noviembre del 2011, en su Artículo
457 inciso final de la Codificación del Código de Procedimiento Civil, en los procesos de remate que se lleven a cabo en la jurisdicción coactiva, los
postores deberán ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el
negocio; para lo cual a las personas naturales y/o jurídicas aspirantes a participar, deberán concurrir a esta Judicatura dentro del plazo de un
mes antes de la fecha del remate, para que se realice la calificación respectiva; para el efecto, el secretario de coactiva entregará los formularios
correspondientes, para que en base a la información reportada por parte de las personas interesadas, sean calificadas por la Corporación Financiera Nacional, a fin de que puedan participar en la presentación de posturas el día del remate. La Corporación Financiera Nacional informará
oportunamente a los postores, sobre el resultado de la calificación. No se aceptarán ofertas por los postores que no hubieren sido previamente
calificados por la institución, a menos que su participación sea de contado en el momento del remate. A aquellas personas aspirantes a participar en el remate, se les conmina a que concurran a esta Judicatura a presentar los requisitos para proceder a la calificación como postores,
hasta el día miércoles 23 de julio del 2014. A las ofertas deberá acompañarse por lo menos el diez por ciento (10%) del total de la oferta, en dinero
en efectivo o cheque certificado por el Banco o en cheque girado por el Banco a la orden de la Corporación Financiera Nacional. Se deja constancia
que el 10% que se consigna sobrepasa los USD.10.000, los postores deberán suscribir el formulario de Licitud de Fondos, emitido por el CONSEP. Por
tratarse del PRIMER SEÑALAMIENTO, no se admitirán posturas por menos de las dos terceras partes del valor de la cosa que se va a rematar. De conformidad a lo establecido en el Artículo 461 de la Codificación del Código de Procedimiento Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede librar
sus bienes, pagando la deuda, intereses y costas. Además, de acuerdo a la Reforma al Código de Procedimiento Civil, publicada en el Registro Oficial
No. 583 el 24 de noviembre del 2011, en su artículo 457, se podrá aceptar posturas en las cuales se fijen a plazos de hasta 8 años por tratarse de
bien inmueble, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague
anualmente en cuotas iguales durante el plazo. El bien inmueble a rematarse se adjudicará como cuerpo cierto conforme lo previsto en el artículo
1773 de la Codificación del Código Civil y se lo entregará en el estado en que se encuentre. Todos los gastos de protocolización e inscripción y demás
que se hagan para la transferencia de dominio del bien inmueble materia del remate, serán de cuenta del adjudicatario. Así mismo, las costas y gastos
que se genera a partir de que se ejecutorié el Auto de Adjudicación del bien a rematarse en este proceso, será con cargo al adjudicatario, condición que
se hará constar en la respectiva publicación. De igual forma se hará constar que los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz, agua,
teléfono serán con cargo al coactivado. La persona (natural) que resultare ser adjudicataria del bien inmueble a rematarse, deberá contratar un seguro
de desgravamen, siempre y cuando rematare el bien a plazos. De conformidad a lo establecido en el Art. 32 de la Ley Orgánica de la Corporación
Financiera Nacional, dicha institución puede hacer posturas con imputación al valor de su crédito, sin necesidad de depositar el 10% de su valor, aún
cuando hubiere tercerías coadyuvantes, en este caso, se contará con uno de los Agentes Fiscales del Distrito, quien representará para este exclusivo
efecto, al propietario de la cosa materia del remate, para lo cual ofíciese a Gerencia Regional Administrativa, a fin de que tenga conocimiento del
remate que se va a efectuar. Cualquier información adicional, solicitarla a la Corporación Financiera Nacional, Sucursal Mayor Guayaquil, o al teléfono
2564830 Ext. 1343, Departamento de Coactiva.- Lo que comunico al público, para los fines de Ley.Guayaquil, 03 de julio del 2014.Ab. Bélgica B. Intriago Leones
SECRETARIA DEL PROCESO COACTIVO
CORPORACION FINANCIERA NACIONAL
JUEZ DE LA CAUSA: LUIS ARGUDO ROMERO
CUANTÍA: Indeterminada
Lo que comunico a Usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que
tiene de comparecer a juicio y señalar domicilio judicial para futuras notificaciones,
dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso,
caso contrario será tenido o declarado rebelde.
Jul. 03-16-29 (149598)
Durán, 13 de Junio del 2014.AB. NEWTON ALBERTO DELGADO SARMIENTO
SECRETARIO
JUZGADO TRIGÉSIMO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL GUAYAS
CON SEDE EN DURÁN
(149608)
(149605)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
DEL CANTÓN GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
AVISO DE REMATE
R. del E.
JUZGADO TRIGÉSIMO DE LO CIVIL DE DURAN
EXTRACTO
A: PIEDAD BEATRIZ GUERRERO HIDALGO.SE LE HACE SABER: Dentro del juicio ordinario No. 297-2014, seguido por
EMMA PORTILLA PALOMEQUE en contra de PIEDAD BEATRIZ GUERRERO
HIDALGO, cuyo extracto de citación y auto recaído en ella es del tenor siguiente:
Durán, lunes 19 de Mayo del 2014, las 14h45. VISTOS: La demanda de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio presentada por EMMA PORTILLA
PALOMEQUE, por reunir los requisitos que manda la ley, se la califica de clara,
completa y precisa y consecuentemente, se la acepta al trámite de juicio ordinario. Cítese a la demandada PIEDAD BEATRIZ GUERRERO HIDALGO, corriéndole traslado con la copia de la demanda y el auto recaído, por la prensa,
de conformidad con lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento
Civil, para que dentro del término de ley, proponga las excepciones dilatorias
y perentorias de las que se creyere asistido. Cuéntese con el señor Alcalde y
Procurador Síndico de este cantón, a quienes se los citará en sus despachos,
por ser de conocimiento públicos sus domicilios. Inscríbase la demanda en el
Registro de la Propiedad de este cantón, conforme lo dispone el art. 1000 del
Código de Procedimiento Civil. Cuéntese con la autorización que confiere a
los profesionales del derecho, para el patrocinio en la presente causa. Cítese
y notifíquese.
JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Esp. Luis Argudo Romero.
Ab. Newton Delgado Sarmiento
Secretario del Juzgado 30 de lo Civil y Mercantil de Durán
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: RAMON ALCIVAR PAREDES
SE LE HACE SABER: Que dentro del juicio impugnación de Paternidad No. 2014-0463-A.,
que presenta el señor JHON ALFREDO CARRASCAL VILLAMAR, contra RAMON
ALCIVAR, se encuentra lo siguientes en AUTO INICIAL DE FECHA: GUAYAQUIL,
03 de junio de 2014, a las 15h09. VISTOS: Msc. Luis Angel Toala Moncayo en
mi calidad de Juez Titular Décimo Cuarto de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia
de Guayaquil. Avoco conocimiento de la demanda de impugnación de Paternidad,
que presenta el señor JHON ALFREDO CARRASCAL VILLAMAR, contra RAMON
ALCIVAR PAREDES. Por reunir los requisitos de Ley, se la califica de clara, precisa y
completa, por lo que se la admite al trámite del juicio ordinario.- Por ser procedente
y como lo exige el artículo 345 del Código Civil, téngase como legítimo contradictor al adolescente, por lo tanto, y con base a lo que establece el artículo 743 del
Código de Procedimiento Civil, a petición de una de las partes dóteselo de curador
o curador ad litem, siguiendo las reglas del artículo 742 ibídem, esto una vez se
haya citado el demandado para que dentro del término de quince días, proponga las
excepciones dilatorias y perentorias de que se creyere asistida, bajo apercibimiento
de ley. Diligencia que se realizará mediante la Oficina de citaciones de este despacho. Así mismo acorde con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, dado
que el Actor bajo declaración juramentada realizada ante el suscrito Juez, declara
que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia del demandado
RAMON ALCIVAR PAREDES; se dispone que la citación a éste, se haga por medio
de la prensa; lo que se efectuará por intermedio de 3 publicaciones, cada una de
ellas en fecha distinta, en uno de los siguientes diarios: "El Telégrafo", "El Universo"
o "Expreso" de la ciudad de Guayaquil, medios de amplia circulación en la provincia
del Guayas. La Actuaria del Despacho conferirá el extracto pertinente, para la indicada publicación de citación, el demandado en el extracto de citación será advertida
de la obligación que tiene de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial
en esta ciudad de Guayaquil, para sus notificaciones, para que dentro del término
de quince días, proponga las excepciones dilatorias y perentorias de que se creyere
asistida en caso de no comparecer en veinte días después de la última publicación,
podrán ser considerada o declarada rebelde.- Msc. Luis Angel Toala Moncayo,) Ab.
Luis Toala Moncayo. Juez titular del Juzgado Décimo Cuarto de la Familia, Mujer,
Niñez y Adolescencia del Guayas.
Guayaquil, 12 de mayo de 2014
AB. GINA PITA PAZMIÑO
Secretaria Titular del Juzgado Décimo Cuarto de la Familia, Mujer,
Niñez y Adolescencia del Guayas
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA NORTE DEL CANTON GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: BAJAÑA VERA CAROLINA DEL ROCIO
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL
Nº 2014-4894, seguido por el señor LEONARDO PEÑA LOPEZ, contra la señora CAROLINA
DEL ROCIO BAJAÑA VERA.
ACTOR: LEONARDO PEÑA LOPEZ.
DEMANDADO: CAROLINA DEL ROCIO BAJAÑA VERA.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que la señora Jueza mediante Sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial, que existe entre PEÑA LOPEZ LEONARDO y BAJAÑA VERA CAROLINA DEL
ROCIO.
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL NORTE DE FAMILIA,
MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.- Guayaquil, miércoles 4 de junio del 2014, las 11h28.
VISTOS: En lo principal, una vez que se cumplió con lo ordenado en el decreto anterior, tal
como obra del acta que antecede, con respecto a la demanda de divorcio presentada LEONARDO PEÑA LÓPEZ, fundamentado en la causal 11ª del artículo 110 del Código Civil, contra
la señora CAROLINA DEL ROCIO BAJAÑA VERA, por ser clara, completa, precisa, y reunir los
requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, una vez que se la admitió al trámite verbal sumario.- En consecuencia, acorde
con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, dado que el accionante, declaro bajo
juramento, diligencia realizada ante la suscrita jueza, que le ha sido imposible determinar la
individualidad o residencia de la demandada; dispongo que la citación a ésta, se haga por
medio de la prensa; lo que se efectuará por intermedio de 3 publicaciones, cada una de ellas
en fecha distinta, mediando ocho días entre una publicación y otra, en uno de los siguientes
diarios: "El Telégrafo", "El Universo", "Expreso" o "Extra" de la ciudad de Guayaquil, medios de
amplia circulación en la provincia del Guayas.- La Actuaria del Despacho conferirá el extracto
pertinente, para la indicada publicación de citación, a la demandada en el extracto de citación
será advertida de la obligación que tiene de comparecer a este proceso y de señalar casilla
judicial en esta ciudad de Guayaquil, para sus notificaciones, en caso de que no compareciere
veinte días después de la última publicación, podrá ser considerada o declarada rebelde.Téngase en consideración que el accionante declara no haber concebido hijos dentro del matrimonio, así como tampoco haber adquirido con su cónyuge demandada, bienes de ninguna
naturaleza.- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 250 y el correo electrónico que señala el
compareciente, para recibir las notificaciones y la autorización que le concede a su abogado
patrocinador.- Intervenga en calidad de actuaria de la Unidad Judicial Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, la abogada Tanya Cañizares Hermoza.- NOTIFÍQUESE.- F)
DRA. PINARGOTE VALENCIA MARIANELA LEIDE, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL NORTE
DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL, Y SECRETARIA DRA. TANYA
JANET CAÑIZARES HERMOZA.
JUEZ DE LA CAUSA: DRA. MARIANELA LEIDE PINARGOTE VALENCIA, JUEZ TITULAR DE LA
UNIDAD JUDICIAL NORTE ESPECIALIZADA EN FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.
Guayaquil, miércoles 25 de junio del 2014.
Jul. 3-16-30 (149588)
Jun. 19-26; Jul. 03 (148633)
Dra. Tanya Cañizares Hermoza
SECRETARIA
Jul. 3-16-30 (149596)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL NORTE DEL CANTON GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
Guayaquil, 26 de Junio del 2014.
ABG. ANGEL ALFREDO TROYA ACOSTA
SECRETARIO
UNIDAD SUR FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL NORTE DEL CANTÓN GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: SUAREZ PEÑAFIEL MAYRA AIDA
(149614)
BANCO NACIONAL DE FOMENTO
SUCURSAL EL TRIUNFO
AVISO DE REMATE
INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL GUAYAS
JUZGADO DE COACTIVA
AVISO DE REMATE
Se pone en conocimiento del público en general que dentro del juicio coactivo
No. 402734-2009-KAR, el día 6 de agosto de 2014, desde las 13H00 hasta las
17H00, se realizará el REMATE: 1.-) Solar y edificación 2 de la manzana 31 de la parroquia Roca, ubicado con frente a la calle Padre Solano número 715 entre Lorenzo
de Garaicoa y Rumichaca, cuyos linderos son NORTE: Calle Padre Solano, con 12,67
m.; SUR: Solar 11 actualmente de propiedad de Jorge Ayala Núñez, con 10,15 m.;
ESTE: Solares 7, 8, 9 y 10 actualmente de propiedad de Jorge Quintana, con 37,25
m. y OESTE: Solares 3, 13, 15 y 16 actualmente de Gerardo Soria y de Gilberto Rodríguez, con 37.43 m. AREA TOTAL: 426,19 metros cuadrados; y, Chalet y solar 10
manzana 104 ubicado en la esquina suroeste formada por las calles Padre Solano y
Rumichaca, de la parroquia Carbo. NORTE: calle Padre Solano con 29,40 m.; SUR solar 8 con 29,40 m.; ESTE: calle Rumichaca con 15,30 m. y OESTE: solar 12 con 17,00
m. AREA TOTAL 474,81 metros cuadrados. Avaluados en $ 302.921,79 (Trescientos
dos Mil novecientos veinte y un dólares americanos con 79/100). Las posturas
serán de CONTADO y no inferiores a la mitad del precio del avalúo aprobado, por
tratarse del segundo señalamiento. El remate se realizara en la Dirección Provincial
del IESS-Guayas, ubicado en la mezanine del edificio institucional, Av. Olmedo 401 y
Boyacá de esta ciudad de Guayaquil. Los requisitos para los aspirantes a postores se
presentarán por escrito ante el Juez de Coactiva adjuntando la documentación pertinente dentro de los tres días hábiles posteriores a la tercera y última publicación de
este aviso, esto es, los días 4, 7 y 8 de julio del 2014. Los requisitos para calificar las
posturas y demás información deberán solicitarse en el Departamento de Coactiva
del IESS, en el 2 piso del IESS. El día del remate los interesados deberán consignar
el 10% de las posturas en dinero efectivo o cheque certificado a la orden del IESS.
Ab. Kennia Andrade Ramos
Secretaria de Coactiva
Jun. 5-19; Jul. 03 (147653)
Por auto dictado por el señor abogado Horacio Eladio Coello Montiel, Juez Delegado de
Coactiva del Banco Nacional de Fomento Sucursal El Triunfo, con fecha 9 de Junio del
2014, a las 14h:45, se ha ordenado el REMATE, del bien inmueble embargado dentro del
Juicio Coactivo N° 54-2012; señalándose para que se verifique la subasta, el día Jueves
14 de Agosto del 2014, de las 13h:00 a 17h:00 (de 1 a 5 de la tarde), en el Juzgado de
Coactiva del Banco Nacional de Fomento, Sucursal El Triunfo, ubicado en la vía la Troncal
y Avenida Simón Bolívar, primer piso (Mezanine) de la ciudad El Triunfo, cuyo informe
pericial es el siguiente:
UBICACIÓN: Predio Don Efrén, Sector Cerro Cutuguay, de la parroquia y cantón El Triunfo,
provincia del Guayas.
SUPERFICIE: 28,9739 hectáreas.
LINDEROS Y MEDIDAS: NORTE: Josefina Soledad Zuñiga Fariño, con 1833.65 metros
y Miguel Crespo Acosta en 310 metros; Por el SUR: Napoleón Rodríguez, en 2100.60
metros; Por El ESTE: Cerro Cutuguay en 141.01 metros y por el OESTE: Sucre Pérez, en
136.31 metros.
Dando una superficie total de 28,9739 hectáreas.
AVALÚO: El avalúo total del lote de terreno es de SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO 75/100 DÓLARES.- (USD $ 74,934.75)
Por Tratarse del primer señalamiento del remate, no se admitirán ofertas que no cubran
por lo menos las 2/3 partes del total del avalúo pericial y consignado el 10% de la oferta
en dinero efectivo o en cheque certificado por uno de los Bancos del Sistema Financiero a
la orden del Juez de la causa. El remate se lo realizará de conformidad con lo establecido
en el artículo 1.773 del Código Civil.
Al tenor de lo dispuesto en el artículo 457 del Código de Procedimiento Civil reformado, los postores deberán ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del
remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio. Los impuestos
prediales, tasas y otros tributos que se encuentren pendientes de pago, así como los
gastos de transferencia de dominio y la plusvalía serán de cuenta del adjudicatario. Más
información se la podrá solicitar al Depositario Judicial señor Pedro Reinoso Larrea, quien
deberá dar mayor información que el caso requiera o en la Secretaria del Juzgado de
Coactiva del Banco Nacional de Fomento, Sucursal El Triunfo.
Lo que pongo en su conocimiento del público, para los fines de Ley.
El Triunfo, 13 de Junio del 2014
Daniel Alvarado Revelo
Secretario Ad - Hoc Coactiva
Jun. 17; Jul. 3-18 (148506)
LE HAGO SABER Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL N° 20144849 seguido por DE LA O PINCAY WASHINGTON LEONIDAS, en contra de SUAREZ PEÑAFIEL
MAYRA AIDA.
ACTOR: DE LA O PINCAY WASHINGTON LEONIDAS
DEMANDADO: SUAREZ PEÑAFIEL MAYRA AIDA.
OBJETO DE LA DEMANDA: Se declare en sentencia disuelto el vínculo matrimonial.
AUTO INICIAL: DRA. ARMENIA ALVAREZ CAICEDO, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL NORTE
DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL, Guayaquil, lunes 23 de junio del
2014, las 11h49. VISTOS.- Agréguese a los autos el Acta de Declaración Juramenta celebrada en
esta Unidad Judicial, y el escrito y anexo que antecede: En lo principal: Toda vez que la parte actora,
cumplió, ante esta autoridad, con lo dispuesto en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.Procedo a calificar la demanda de DIVORCIO LITIGIOSO POR CAUSAL presentada por el cónyuge
WASHINTON LEONIDAS DE LA O PINCAY, de clara y precisa, por reunir los requisitos del artículo
67, 68, 82 del Código de Procedimiento Civil, admitiéndola al trámite del juicio Verbal Sumario
(Divorcio). En lo principal, cítese al cónyuge demandada MAYRA AIDA SUAREZ PEÑAFIEL por la
prensa en el modo establecido en el Art. 82 del cuerpo de leyes antes citado, en concordancia con
el inciso segundo del Art. 119 del Código Civil, por cuanto el actor, ha declarado bajo juramento
que le es imposible determinar la individualidad o residencia de la parte demandada, pese a haber
realizado todas las averiguaciones. Las publicaciones deberán realizarse en uno de los diarios de
mayor circulación en esta ciudad, ya sea Diario el Universo, Expreso o Telégrafo, debiendo la Actuaria del Despacho, conferir los extractos respectivos para su publicación. Cumplida la diligencia
de citación, tenga lugar la audiencia de parientes, a fin de designar curador a los niños: LISBETH
MAYRA, IVETTE LEONELA DE LA O SUAREZ.- En cuanto a los bienes adquiridos dentro de la sociedad conyugal serán liquidados conforme a derecho.- Téngase en consideración la casilla judicial y
correo electrónico que se señala para las futuras notificaciones; así como también la autorización
que le confiere al profesional del derecho.- Agréguese a los autos los anexos aparejados a la demanda.- Cítese y notifíquese en los lugares indicados conforme a ley.- HÁGASE SABER. JUEZ DE LA
CAUSA: AB. ARMENIA ALVAREZ CAICEDO, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL NORTE DE FAMILIA,
MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS.CUANTÍA: Indeterminada.
Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar
domicilio judicial para notificaciones futuras dentro de los veinte días posteriores a la tercera y
última publicación de este aviso, caso contrario será tenido o declarado rebelde.
Guayaquil, 27 de Junio del 2014.
AB. LINDA MARGARITA NUÑEZ VEGA
SECRETARIA
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA FAMILIA, MUJER,
NIÑEZ Y ADOLESCENCIA No. 1
CANTÓN GUAYAQUIL
Jul. 3-16-30 (149610)
EXTRAVÍO PLACA
Al público, comunicamos el extravío de la Placa No. PBU3501 del vehículo, NISSAN AUTOMOVIL SEDAN SENTRA 1.6 M/T, año 2011, No. Chasis
3N1EB31S9BK327433, Motor No. GA16790329Y, perteneciente a DE LA
CRUZ CALDERON PATRICIO ALEJANDRO, Particular que comunico para
los fines de ley.
(149566)
A: VERONICA ALEXANDRA OCHOA PILOZO
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO N° 2013-11585 seguido por
LENIN RIGOBERTO INTRIAGO GILER, fundamentado en el Art. 110 numeral 11 del Código Civil, en contra
de VERONICA ALEXANDRA OCHOA PILOZO.
DEMANDADO: VERONICA ALEXANDRA OCHOA PILOZO.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial
que une a LENIN RIGOBERTO INTRIAGO GILER y VERONICA ALEXANDRA OCHOA PILOZO de conformidad
a lo establecido en el artículo 110 Numeral 11 del Código Civil vigente.
AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL NORTE DEL CANTON GUAYAQUIL.- Guayaquil, 3 de Junio del 2014, las 09h00.- VISTOS: Agréguese a los autos la declaración
juramentada rendida por el accionante, en mérito de la misma, avoco conocimiento de la presente demanda
de divorcio por causal presentada por el señor LENIN RIGOBERTO INTRIAGO GILER, fundamentado en la
causal 11a del artículo 110 del Código Civil, en contra de la señora VERONICA ALEXANDRA OCHOA PILOZO,
la misma que por ser clara, completa, precisa, ya que reúne los requisitos de admisibilidad establecidos en los
artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la admite al trámite de juicio verbal sumario de
Divorcio. En consecuencia, acorde con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, dado que la accionante, bajo declaración juramentada realizada ante la suscrita jueza, declaró que le ha sido imposible determinar
la individualidad o residencia de la demandada VERONICA ALEXANDRA OCHOA PILOZO; se dispone que la
citación, se haga por medio de la prensa; lo que se efectuará por intermedio de 3 publicaciones, que se las
hará mediando término de ocho días, por lo menos, entre la una y la otra, de conformidad con el Art. 119 del
Código Civil, en uno de los siguientes diarios: "El Telégrafo", "El Universo", "Expreso" o "Extra" de la ciudad de
Guayaquil, medios de amplia circulación en la provincia del Guayas; La Actuaria del Despacho conferirá el
extracto pertinente, para la indicada publicación de citación, al demandado en el extracto de citación será
advertido de la obligación que tiene de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial en esta ciudad
de Guayaquil, para sus notificaciones, en caso de no comparecieren veinte días después de la última publicación, podrán ser considerado o declarado rebelde. Actúe la Abogada May Paredes Hurtado, en calidad de
actuaria del despacho.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.- F) AB. NATASHA LEONELA BLUSZTEIN FIGUEROA, JUEZ
DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA NORTE DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE
LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS; f) AB. MAY PAREDES HURTADO, SECRETARIA QUE CERTIFICA.Se advierte a la señora VERONICA ALEXANDRA OCHOA PILOZO de la obligación que tiene de comparecer a
este proceso y de señalar casilla judicial en esta ciudad de Guayaquil, para sus notificaciones, en caso de que
no compareciere veinte días después de la última publicación, podrá ser considerado o declarado en rebeldía.
CUANTIA: INDETERMINADA
JUEZ DE LA CAUSA AB. NATASHA LEONELA BLUSZTEIN FIGUEROA, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA NORTE DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS
Guayaquil, 18 de Junio del 2014
Particular que comunico para los fines legales pertinentes.
AB. MAY PAREDES HURTADO
SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA NORTE DE FAMILIA, MUJER,
NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS
(149601)
Dejamos constancia del robo de los documentos originales de la compañía CREATILISTO
S.A. que incluyen títulos de acciones de la compañía valorados en USD800, escritura de
constitución, nombramientos, cesiones de acciones, RUC, facturas y comprobantes de
retención de la empresa. Adicionalmente, se sustrajeron copia a colores de las cédulas y
certificados de votación de todos los accionistas. Este robo sucedió a las 21H30 del 5 de
junio de 2014. Particular que comunicamos para los fines pertinentes.
(149572)
El Telégrafo I jueves 3 de julio del 2014
AVISO DE REMATE
Pongo en conocimiento del público, que en Auto dictado el 03 de junio del 2014; a las 15h29, por el señor Juez Nacional de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional,
dentro del Juicio Coactivo No. 1019-2010, se ordenó el remate del bien mueble embargado, señalándose para el efecto, el día MIERCOLES, 30 DE JULIO DEL 2014, el que se
llevará a cabo desde las 13h00 hasta las 17h00, en la Secretaría de este Despacho, en el Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicado en las calles 9 de
octubre No. 200 y Pichincha, segundo piso, de la ciudad de Guayaquil.
Parte del solar número TRECE-B manzana número veintiuno, ubicado en la calle Callejón Burbano y Avenida Domingo Comín, parroquia Ximena, de esta ciudad de Guayaquil, el mismo que se encuentra circunscrito dentro de los siguientes linderos y medidas: POR EL NORTE: Calle Burbano con trece metros; POR EL SUR: Sindicato de
Farmacias y Droguerías con trece metros; POR EL ESTE: Con diecisiete metros y linda con terrenos que se reservan los vendedores; y, POR EL OESTE: Con diecisiete
metros, y terrenos de la familia Burbano Muñoz, lo que da una superficie total de DOSCIENTOS VEINTE Y UN METROS CUADRADOS,
AVALUO: USD$ 103,381.00 (CIENTO TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).- Las características y
demás especificaciones podrán ser apreciadas en el Informe de Avalúo que consta en el proceso.Se fija como PRIMER SEÑALAMIENTO de REMATE para el día MIERCOLES, 30 DE JULIO DEL 2014, desde las 13h00 hasta las 17h00, tal como lo dispone el Art. 458 del
Código de Procedimiento Civil, reformado en el Suplemento publicado en el Registro Oficial #583 del 24 de Noviembre del 2011, el mismo que tendrá lugar en la sala del
Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicada en la Avenida 9 de Octubre # 200 y Pichincha, Segundo Piso, de esta ciudad de Guayaquil. De acuerdo a
la reforma del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, publicado en el Suplemento-Registro Oficial No. 583 del 24 de noviembre de 2011, para las ofertas a plazo los
postores deberán ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio. Las personas naturales y/o
jurídicas que deseen participar en el remate, deberán acudir a esta judicatura dentro del plazo de hasta quince días antes de la fecha de remate para que se realice la calificación
respectiva, para el efecto el secretario de coactiva entregará los formularios correspondientes para que en base a la información reportada por parte de las personas interesadas,
sean calificadas por la Corporación Financiera Nacional para que puedan participar en la presentación de posturas el día del remate. En tal virtud los interesados deberán
retirar la documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los documentos hasta el día LUNES 07 DE JULIO DEL 2014.La Corporación informará oportunamente a los postores sobre el resultado de la calificación.- No se aceptarán ofertas por los postores que no hubieren sido previamente
calificados por la institución, salvo el caso, que el día del remate la oferta que se presente sea de contado.- Las posturas y mejoras se presentarán por escrito dirigidas al Juez
de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, en las que se indicará la casilla judicial para las notificaciones de Ley, y deberán ser firmadas por el postor y un abogado en
el libre ejercicio de la profesión, adjuntando copia de la cédula de ciudadanía o de identidad del interesado y copia de la credencial del abogado que le patrocina. Las posturas
deberán ser presentadas personalmente por el abogado que patrocina al interesado o por el postor o conjuntamente el postor con su abogado patrocinador. No se admitirán
posturas tachadas, corregidas o ininteligibles, así como las que no vayan acompañadas, por lo menos, del diez por ciento del valor total de la oferta, el que se consignará en
dinero o en cheque certificado por el banco o en cheque girado por el banco a la orden de la Corporación Financiera Nacional; si el diez por ciento que se consigna sobrepasa los
US$ 10.000,00 (DIEZ MIL, 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) los postores deben suscribir el formulario de licitud de fondos emitido por el CONSEP,
tampoco se aceptaran las que fueren presentadas antes de las trece horas o después de las diecisiete horas del día señalado para el remate. Conforme a lo previsto en el Art.
468 del Código de Procedimiento Civil, tampoco se admitirán posturas por menos de las dos terceras partes del valor del avalúo de la cosa que se va a rematar.- En virtud
a la reforma del Art. 457 del Código de Procedimiento Civil, publicada en el Suplemento - Registro Oficial # 583 del 24 de Noviembre del 2011,en su parte pertinente del inciso
segundo indica que se podrá aceptar posturas en las cuales se fijen plazos de hasta ocho años, en el caso de remate de bienes inmuebles, siempre y cuando se ofrezca el pago
de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo. De acuerdo a lo dispuesto en
el Art. 461 del Código de Procedimiento Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede librar sus bienes, pagando la deuda, intereses y costas.- El remate del bien inmueble
se lo realizará de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil y se lo entregará en el estado en que se encuentre.- Todos los gastos de
protocolización e inscripción y demás que se hagan para la transferencia de dominio de los bienes inmuebles materia del remate, serán por cuentas del adjudicatario, condición
que se hará constar en la respectiva publicación. Así mismo, las costas y gastos que se generen a partir de la fecha en que se dicte el correspondiente auto de adjudicación, serán
a cargo del adjudicatario. De igual forma se hará constar que los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz, agua, teléfono y condominio (en caso de que sean
bienes que se encuentren en propiedad horizontal) serán con cargo al coactivado.- Si fuera una persona natural que resultare ser la adjudicataria de los bienes a rematarse deberá
contratar un seguro de desgravamen, siempre y cuando se rematare el bien a plazos.- De conformidad a lo establecido en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Corporación
Financiera Nacional, dicha Institución puede hacer posturas con imputación al valor de su crédito, sin necesidad de depositar el diez por ciento de su valor, para lo cual ofíciese a
la Gerencia Regional Administrativa, a fin de que tenga conocimiento del remate que se va a efectuar.- La Actuaria del despacho, elabore el aviso correspondiente que se publicará
por tres ocasiones en un periódico de la Provincia en que se sigue el juicio, y en su falta, en uno de los periódicos de la Provincia cuya capital sea la más cercana, mediando por lo
menos ocho días entre cada publicación y desde la última con relación a la fecha del remate, debiendo tener en consideración que en los avisos no se hará constar el nombre del
deudor. Así mismo, proceda a fijar los carteles de remate en los tres parajes más frecuentados de la cabecera de la parroquia en que estén situados los bienes referidos, conforme
a lo dispuesto en el Art. 456 del Código de Procedimiento Civil.- Cualquier información adicional solicitarla a la Corporación Financiera Nacional, Sucursal Mayor Guayaquil, o al
teléfono 2564830 ext. 1373, Departamento de Coactiva.- Guayaquil, 09 de junio del 2014.-
CONVOCATORIA PÚBLICA
El Ministerio del Ambiente y la Empresa Pública Petroecuador, en ejercicio de la facultad
prevista por el artículo 18 del Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental, Decreto Ejecutivo No. 1040, publicado en el Registro Oficial No. 332, de 08 de mayo de 2008, y los Acuerdos Ministeriales
112 y 106, 066, al respecto cúmpleme convocar a usted al:
PROCESO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL DEL BORRADOR DEL ALCANCE DEL DIAGNÓSTICO
AMBIENTAL DE LA ESTACIÓN DE TRANSFERENCIA TRES BOCAS POR INCREMENTO DE
LA CAPACIDAD DE LA INFRAESTRUCTURA PORTUARIA HASTA 40000 TONELADAS EN
EL ÁREA DEL AMARRADERO DE PRODUCTOS LIMPIOS, SISTEMA CONTRA INCENDIOS,
REPOTENCIACIÓN DE BOMBAS Y AUTOMATIZACIÓN DE SISTEMAS DE OPERACIÓN,
UBICADO EN LA PROVINCIA DEL GUAYAS, CANTÓN GUAYAQUIL, PARROQUIA TARQUI
EXTRACTO
Actualizar las condiciones de los componentes: 1) físico, 2) biótico, 3) socioeconómico y cultural, del área de estudio donde se ejecutará el proyecto; evaluar los impactos ambientales
relacionados con la actividad; y plantear medidas preventivas y mitigantes específicas, que
deberán ser aplicadas en el marco del plan de manejo y monitoreo ambiental en función
de la normativa ambiental nacional vigente, en cuanto a la elaboración y presentación de
estudios de impacto ambiental para el licenciamiento de las actividades hidrocarburíferas
en la fase de almacenamiento y transporte de hidrocarburos y sus derivados (recepción
y bombeo).
ASAMBLEA PÚBLICA
FECHA:
HORA:
LOCAL:
DIRECCIÓN:
Jueves 10 de julio del 2014
15h00PM
Instituto de Estudios Petroleros de la Empresa EP-Petroecuador
Frente al Campo Politécnico de la Espol Gustavo Galindo
CENTRO DE INFORMACIÓN PÚBLICA.- Para mayor información a la comunidad o al público interesado, el periodo de atención desde: el 3 al 18 de julio del 2014, y se mantendrá
abierto un CIP, ubicado en:
Lugar:
Dirección:
Horario de atención:
Responsable CIP:
Teléfono:
Garita 2 de la Estación Tres Bocas
Vía Perimetral Sur Km 39
Lunes a viernes de 8:30:AM a 17:00PM;
Sábados: 9:00AM a 14:00PM
Guido Cueva
3803000 Ext 41665
Para mayor información: El borrador del documento estará publicado en la página Web:
www.ecuambiente.com y en el sitio web: http://maecalidadambiental.wordpress.com,
se mantendrán a disposición del público el borrador del EsIA y se receptarán los criterios,
quejas y observaciones hasta el 18 de julio del 2014.
Ab. Andrea Ávila Flores
SECRETARIA DEL PROCESO
CORPORACION FINANCIERA NACIONAL
CONVOCATORIA A LA PARTICIPACIÓN SOCIAL
DE LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
EXPOST DE LAS INSTALACIONES DE LA EMPRESA
UNION VINICOLA INTERNACIONAL S.A.
El Gobierno Autónomo Municipal Descentralizado de Guayaquil como Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable y la Empresa UNION VINICOLA INTERNACIONAL
S.A., en ejercicio de la facultad prevista en el Artículo 12 del Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión
Ambiental; Decreto Ejecutivo No. 1040, publicado en el Registro Oficial No. 332, del
8 de mayo del 2008, y el Artículo 11 del Acuerdo Ministerial N° 066, convocan a las
Autoridades Nacionales, Gobiernos Seccionales, Representantes Comunitarios y Público en general a la “Audiencia Pública de la Declaración de Impacto Ambiental Ex
Post de las instalaciones de la empresa Unión Vinícola Internacional S.A.”
EXTRACTO
Unión Vinícola Internacional S.A., se dedica a la producción y comercialización de
vinos, espumantes y licores. Tiene como proyecto la regularización ambiental de sus
actividades. Por lo que cumpliendo con la Legislación Ambiental, pone en consideración de la comunidad y en particular del Gobierno Autónomo Municipal Descentralizado de Guayaquil, su Declaración de Impacto Ambiental.
AUDIENCIA Y PRESENTACIÓN PÚBLICA:
Fecha: Viernes 11 de Julio del año 2014
Hora:
15h00
Lugar: Km. 5.5 de la Vía a Daule, Instalaciones de Unión Vinícola Internacional S.A.
Se ha instalado un punto de información y revisión del borrador de la Declaración
de Impacto Ambiental, previo a la Audiencia Pública, en el Km. 5.5 de la Vía a Daule,
junto a la empresa PROMESA.
Periodo de Atención: desde jueves 3 de Julio – hasta viernes 11 de Julio.
Horario de Atención: 09h00 hasta las 14h00.
Para Mayor Información: El borrador del documento estará publicado en la página
web de la consultora: www.psiecuador.com, de la empresa: www.unionvinicola.com,
y en www.guayaquil.gov.ec, del Gobierno Autónomo Municipal Descentralizado de
Guayaquil.
Las observaciones y comentarios de la ciudadanía se recibirán en ivonnevillamagua@
psiecuador.com / [email protected]/ [email protected], hasta
el 11 de Julio del año 2014.
Esperando contar con su valiosa presencia, anticipamos nuestro más sincero
agradecimiento
(149554)
Los comentarios y sugerencias también se recibirán vía electrónica al correo del Facilitador
de Participación Socioambiental, Lic. Juan Carlos Macías: [email protected].
Atentamente,
Ing. Eduardo Luna Alcívar
Subgerente de Transporte, Poliductos,
Terminales y Estaciones
Lo que comunico al público, para los fines de Ley.-
43
Dra. Paola Carrera
Subsecretaria de Calidad Ambiental del
MINISTERIO DEL AMBIENTE
Esperando contar con su valiosa presencia, anticipamos nuestro más sincero agradecimiento
(149396)
Jun. 11-23; Jul. 03 (148083)
SEGUNDA CONVOCATORIA
CONVOCATORIA A ASAMBLEA EXTRAORDINARIA
DE MIEMBROS DE LA FUNDACIÓN
HONORATO HARO MUÑOZ
De conformidad con los Arts. 17, 18, 19 y 20 del Estatuto de la Fundación
Honorato Haro Muñoz, se convoca a los señores miembros de la institución, a Asamblea Extraordinaria que se llevará a cabo el 22 de julio de
2014, a las 18h00, en sus instalaciones ubicadas en Guayaquil, en la ciudadela Miraflores, Avenida Linderos, número 117, para conocer y resolver
sobre los siguientes asuntos:
1.- Conocer y resolver sobre la designación de los Vocales del Directorio
para el período estatutario 2014-2018; y,
A LOS SEÑORES ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA
AVISO DE REMATE
Pongo en conocimiento del público, que en Auto dictado el 03 de junio del 2014; a las 10h00, por el señor Juez Nacional de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional,
dentro del Juicio Coactivo No. 830-2011, se ordenó el remate del bien mueble embargado, señalándose para el efecto, el día MARTES, 29 DE JULIO DEL 2014, el que se
llevará a cabo desde las 13h00 hasta las 17h00, en la Secretaría de este Despacho, en el Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicado en las calles 9
de octubre No. 200 y Pichincha, segundo piso, de la ciudad de Guayaquil.
Lote de terreno y planta agroindustrial de la extensión de TRES MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE PUNTO NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (3597,94
MTS2) ubicado en la cabecera Central de Palenque, Provincia de Los Ríos, cuyos linderos son: POR EL NORTE: Con calle sin nombre en treinta y ocho metros setenta
centímetros; POR EL SUR: Con propiedad de Clemente Macías y Jorge Mendoza en treinta y nueve metros sesenta centímetros; POR EL ESTE: Vía a la Reveza en
noventa y cinco metros cincuenta centímetros; y, POR EL OESTE: Con propiedad de Galo Campuzano en noventa y un metros treinta centímetros.AVALUO: USD$ 450,922.90 (CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS VEINTE Y DOS CON 90/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).- Las
características y demás especificaciones podrán ser apreciadas en el Informe de Avalúo que consta en el proceso.Se fija como PRIMER SEÑALAMIENTO de REMATE para el día MARTES, 29 DE JULIO DEL 2014, desde las 13h00 hasta las 17h00, tal como lo dispone el Art. 458 del
Código de Procedimiento Civil, reformado en el Suplemento publicado en el Registro Oficial # 583 del 24 de Noviembre del 2011, el mismo que tendrá lugar en la sala del
Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicada en la Avenida 9 de Octubre # 200 y Pichincha, Segundo Piso, de esta ciudad de Guayaquil. De acuerdo a
la reforma del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, publicado en el Suplemento-Registro Oficial No. 583 del 24 de noviembre de 2011, los postores deberán ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio. Las personas naturales y/o jurídicas que deseen
participar en el remate, se les recomienda acudir a esta judicatura dentro del plazo de quince días antes de la fecha de remate para que se realice la calificación respectiva,
para el efecto la secretaria de coactiva entregará los formularios correspondientes para que en base a la información reportada por parte de las personas interesadas, sean
calificadas por la Corporación Financiera Nacional para que puedan participar en la presentación de posturas el día del remate. En tal virtud los interesados deberán retirar la
documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los documentos hasta el día VIERNES 04 DE JULIO DEL 2014. La Corporación informará oportunamente a los postores sobre el resultado de la calificación.- No se aceptarán ofertas por los postores que no hubieren sido previamente calificados por la
institución.- Las posturas y mejoras se presentarán por escrito dirigidas al Juez de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, en las que se indicará la casilla judicial para
las notificaciones de Ley, y deberán ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión, adjuntando copia de la cédula de ciudadanía o de identidad
del interesado y copia de la credencial del abogado que le patrocina. Las posturas deberán ser presentadas personalmente por el abogado que patrocina al interesado o por
el postor o conjuntamente el postor con su abogado patrocinador. No se admitirán posturas tachadas, corregidas o ininteligibles, así como las que no vayan acompañadas,
por lo menos, del diez por ciento del valor total de la oferta, el que se consignará en dinero o en cheque certificado por el banco o en cheque girado por el banco a la orden
de la Corporación Financiera Nacional; si el diez por ciento que se consigna sobrepasa los USD $ 10.000,00 (DIEZ MIL, 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA) los postores deben suscribir el formulario de licitud de fondos emitido por el CONSEP, tampoco las que fueren presentadas antes de las trece horas o después de
las diecisiete horas del día señalado para el remate. Por tratarse de PRIMER SEÑALAMIENTO conforme a lo previsto en el Art. 468 del Código de Procedimiento Civil,
tampoco se admitirán posturas por menos de las dos terceras partes del valor del avalúo de la cosa que se va a rematar.- En virtud a la reforma del Art. 457 del Código
de Procedimiento Civil, publicada en el Suplemento - Registro Oficial # 583 del 24 de Noviembre del 2011,en su parte pertinente del inciso segundo indica que se podrá
aceptar posturas en las cuales se fijen plazos de hasta ocho años, en el caso de remate de bienes inmuebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés
legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo. De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 461 del Código
de Procedimiento Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede librar sus bienes, pagando la deuda, intereses y costas.- El remate del bien inmueble se lo realizará de
conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil y se lo entregará en el estado en que se encuentre.- Todos los gastos de protocolización
e inscripción y demás que se hagan para la transferencia de dominio de los bienes inmuebles materia del remate, serán por cuentas del adjudicatario, condición que se hará
constar en la respectiva publicación. Así mismo, las costas y gastos que se generen a partir de la fecha en que se dicte el correspondiente auto de adjudicación, serán a cargo
del adjudicatario. De igual forma se hará constar que los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz, agua, teléfono y condominio (en caso de que sean bienes
que se encuentren en propiedad horizontal) serán con cargo a la coactivada.- Si fuera una persona natural que resultare ser la adjudicataria de los bienes a rematarse deberá
contratar un seguro de desgravamen, siempre y cuando se rematare el bien a plazos.- De conformidad a lo establecido en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Corporación
Financiera Nacional, dicha Institución puede hacer posturas con imputación al valor de su crédito, sin necesidad de depositar el diez por ciento de su valor, para lo cual ofíciese
a la Gerencia Regional Administrativa, a fin de que tenga conocimiento del remate que se va a efectuar.- La Actuaría del despacho, elabore el aviso correspondiente que se
publicará por tres ocasiones en un periódico de la Provincia en que se sigue el juicio, y en su falta, en uno de los periódicos de la Provincia cuya capital sea la más cercana,
mediando por lo menos ocho días entre cada publicación y desde la última con relación a la fecha del remate, debiendo tener en consideración que en los avisos no se hará
constar el nombre del deudor. Así mismo, proceda a fijar los carteles de remate en los tres parajes más frecuentados de la cabecera de la parroquia en que esté situado el bien
referido, conforme a lo dispuesto en el Art. 456 del Código de Procedimiento Civil.- Cualquier información adicional solicitarla a la Corporación Financiera Nacional, Sucursal
Mayor Guayaquil, o al teléfono 2564830 ext. 1373, Departamento de Coactiva.- Guayaquil, 09 de junio del 2014.Lo que comunico al público, para los fines de Ley.Ab. Andrea Ávila Flores
SECRETARIA DEL PROCESO
CORPORACION FINANCIERA NACIONAL
Jun. 11-23; Jul. 03 (148089)
Casilla No. 4068
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL NORTE DEL CANTON GUAYAQUIL
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL NORTE DEL CANTÓN GUAYAQUIL
EXTRACTO
AL PUBLICO EN GENERAL:
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: JOSE VICENTE ARIAS LOPEZ
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DECLARATORIA DE UNION DE
HECHO Nº 14083-2013, seguido por la señora ANA CECILIA SANABRIA GUERRERO en contra
de JOSE VICENTE ARIAS LOPEZ.
ACTOR: ANA CECILIA SANABRIA GUERRERO
DEMANDADO: JOSE VICENTE ARIAS LOPEZ
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto la declaratoria de unión de hecho entre el señor JOSE VICENTE ARIAS LOPEZ y la señora ANA CECILIA
SANABRIA GUERRERO. De conformidad a lo establecido en los artículos 222 y 223 del Código
Civil.
AUTO INICIAL: Guayaquil, 04 de abril del 2014, las 11:53.- VISTOS: Agréguese a los autos el
escrito presentado por la accionante, en lo principal, en atención al escrito que se provee, y por
cuanto en efecto del auto que antecede se desprende que existe un error involuntario de tipeo, se
rectifica dicho auto de calificación el mismo que para el respectivo extracto será de la siguiente
forma.- VISTOS: En mérito de la razón Actuarial que antecede y por sorteo de ley, puesta en mi
despacho en la presente fecha; Abg. VICTORIA TOTOY CEVALLOS Jueza Titular, de la Unidad
Judicial Especializada de, Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, Norte, antes Unidad Judicial,
tercera, por el traspaso de esta unidad, mediante resolución, emitida por el Pleno del Consejo
de la Judicatura N. 118-2013, del 13 de septiembre del 2013, y legalmente nombrada, mediante
acción de personal n.- 10791-DNTH-SBS, del 27 de septiembre del 2013.- En lo Principal.- Avoco
conocimiento de la presente demanda de DECLARATORIA DE UNION DE HECHO propuesta por
la presentada por la señora ANA CECILIA SANABRIA GUERRERO, en contra del señor JOSE
VICENTE ARIAS LOPEZ, por ser clara, precisa, completa y por reunir los requisitos de Ley, establecidos en los art. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se la admite al
trámite del juicio ordinario, DE DECLARATORIA DE UNION DE HECHO.- En consecuencia, Cítese
al cónyuge demandado señor JOSE VICENTE ARIAS LOPEZ, por la prensa toda vez que la accionante, ha declarado bajo juramento ante la suscrita desconocer su actual residencia o domicilio
y que a pesar la diligencias e investigaciones realizadas no le fue posible determinar el domicilio
o residencia de la parte demandada; en el modo establecido en el Art. 82 del C.P.C.- Así como
en se ordena se haga conocer al Público sobre esta declaratoria de unión de hecho, tal como
se estipula en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, mismo que se deberá realizar, en el
diario: El Telégrafo, mediando 8 días, entre una publicación y otra.- La actuaria del despacho
elabore, los extractos correspondientes, para la citación.- Cumplida la citación ordenada se le
hace saber al demandado de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad
de Guayaquil para futuras notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a esta publicación,
caso contrario será declarado rebelde, lo que comunico para los fines de ley.- CUMPLASE Y NOTIFIQUESE.- Que intervenga la Abogada, Angelita Mejía Villacres, en su calidad de actuaria de esta
Unidad Judicial Norte de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia.- Hágase saber.- Notifíquese,
Cítese.- Guayaquil, 19 de Junio del 2014
AB. ANGELITA MEJIA VILLACRES
SE HACE SABER: Que por sorteo ha tocado conocer la causa de APERTURA DE SUCESIÓN Y FRACCIÓN DE INVENTARIO SOLEMNE No. 2007-P-823, la misma que
mediante resorteo se asignó el No. 2013-14434 y su conocimiento le correspondió al
JUEZ JOSÉ GUSTAVO OLVERA BARBOTO, de la Unidad Judicial Norte de Familia, Mujer,
Niñez y Adolescencia de Guayaquil, seguido por FREIRE SANCHEZ CARLOS EDUARDO.
ACTOR: FREIRE SANCHEZ CARLOS EDUARDO
DEMANDADOS: HEREDEROS CONOCIDOS, PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE CELINDA SANCHEZ ORTIZ Y NESTOR FIDEL MOLINA MENDIETA.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Resolución /Sentencia, Declare LA APERTURA DE LA SUCESIÓN Y FRACCIÓN DE INVENTARIO SOLEMNES, de los
bienes dejados por los causantes.
AUTO INICIAL: GUAYAQUIL, 04 de Diciembre del 2007, a las 14:35:47 VISTOS: Téngase por cumplido lo ordenado en decreto anterior.- La demanda que antecede, presentada por el Ing. Civil Carlos Eduardo Freire Sánchez, se la califica de clara, precisa
y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite del
juicio de sucesión de bienes.- En lo principal, como lo solicita el accionante, se declara
que se encuentra abierta la sucesión de los bienes dejados por quienes en vida fueron
señores Celinda Sánchez Ortiz y Néstor Fidelio Molina Mendieta, desde las fechas de
sus fallecimientos ocurridos en Guayaquil, el 15 de Marzo de 1994 y 28 de Septiembre
de 2004, ordenándose que ésta declaratoria se ponga en conocimiento del público, mediante aviso en el diario El Telégrafo.- Procédase a la facción de inventarios y avalúos de
los bienes relictos con intervención de peritos por parte del Juzgado y del Fisco.- Cítese
a los herederos conocidos de los que fueron señores Celinda Sánchez Ortiz y Néstor
Fidelio Molina Mendieta y son: Dora Carmelina Molina Correa y Targelia de Jesús Molina
Correa, en el lugar señalado para el efecto y a los herederos presuntos y desconocidos,
por la prensa, en vista que el actor afirma, bajo juramento, que les es imposible determinar sus individualidades y residencias, de conformidad con el Art. 82 del Código de
Procedimiento Civil, mediante publicaciones en el diario El Telégrafo.- Cuéntese con el
señor Procurador del Servicio de Rentas Internas en representación del Director General
del S.R.I.- Confiéranse los correspondientes avisos y extracto de citación.- Agréguense
los documentos acompañados.- Cítese y notifíquese en los lugares señalados.- f) Ab.
Carlos Salmon Morgner, Juez Octavo de lo Civil de Guayaquil.Lo que comunico al público para los fines legales consiguientes.Cuantía: Indeterminada
Guayaquil, 27 de junio del 2014
AB. MARIA ELENA SALAVARRIA SANTANA
SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL NORTE DE FAMILIA
SECRETARIA
(149602)
Jul. 2-3-4 (149502)
Se convoca de carácter obligatorio a los señores accionistas de la
COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE TURISMO ARROWGREEN S.A.,
a la asamblea extraordinaria que se llevara a cabo el día, Lunes 14
de Julio del 2014, a partir de las 15H00 en la oficina de la compañía ubicada en la calle INTI OE3-656 entre Quevedo y Galo Molina,
sector de la Atahualpa.
Se tratará el siguiente orden del día.
2.- Conocer y resolver sobre cualquier otro asunto relacionado con el anterior o que, por unanimidad y de acuerdo al Estatuto, decidieren los
miembros tratar.
Guayaquil, 1 de julio de 2014
José Baquerizo Seifert
PRESIDENTE
NOTA: De acuerdo al Art. 16 del Estatuto, la Asamblea tendrá quórum con
la asistencia del 51% de sus miembros; sus resoluciones se tomarán por
mayoría absoluta, a menos que específicamente y para casos especiales
el Estatuto indique otro porcentaje.
1. Constatación de Quórum
2. Lectura y aprobación del acta anterior
3. Informe de la señora Gerente General
4. Elección de la nueva directiva
5. Convocamos Sra. Comisaria Linda Policarpa Carrasco
(149589)
Esperamos contar con su presencia reiteramos nuestros agradecimientos.
ATENTAMENTE,
NANCY ALCALDE OSPINA
GERENTE GENERAL
REPUBLICA DEL ECUADOR
(149600)
CITACIÓN JUDICIAL
EXTRACTO
JUEZ U DE LA UNIDAD JUDICIAL CON SEDE EN EL CANTÓN AMBATO
A LA SEÑORA AIDA CECILIA TIGSILEMA CHACON, en el juicio No. 2014-0144,
por haber sido imposible determinar su actual domicilio, residencia o individualidad, se le hace saber lo que sigue:
CLASE DE JUICIO: ORDINARIO
ASUNTO: NULIDAD DE CONTRATO
ACTOR: LUIS ANTONIO TIGSILEMA CHACON
DEMANDADOS: ROSA MATILDE TIGSILEMA CHACON, AIDA CECILIA TIGSILEMA CHACON, DR. HERNAN SALAZAR ARIAS, en su calidad de Registrador
Municipal de la Propiedad del Cantón Ambato, DR. AUGUSTO PALACIOS en
su calidad de Notario Octavo del Cantón Ambato, Ingeniero LUIS AMOROSO
MORA y Dr. GALO USIÑAG, en sus calidades de Alcalde y Procurador Síndico
del Gobierno Autónomo Descentralizado del Municipio de Ambato.
CUANTÍA: INDETERMINADA.
JUEZ: DR. MILTON TIBANLOMBO.
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE TUNGURAHUA.- UNIDAD JUDICIAL
CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN AMBATO. Ambato, miércoles 21 de mayo
del 2014, las 15h23. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en
mi calidad de Juez de Unidad Judicial Civil de Ambato, según Resolución N.0039-2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 06 de marzo del
2014.- En lo principal la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos
de ley, por lo que se la admite al trámite de juicio ORDINARIO.- En consecuencia, se dispone que dentro del término de quince días, los demandados ROSA
MATILDE TIGSILEMA CHACON, AIDA CECILIA TIGSILEMA CHACON, Dr. HERNAN SALAZAR ARIAS en su calidad de Registrador Municipal de la Propiedad
del Cantón Ambato, Dr. AUGUSTO PALACIOS en su calidad de Notario Octavo
del Cantón Ambato, Ingeniero LUIS AMOROSO MORA y Dr. GALO USIÑAG, en
sus calidades de Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado del Municipio de Ambato, presenten las excepciones dilatorias
y perentorias de las que se crean asistidos.- Por cuanto el actor declara con
juramento que le ha sido imposible determinar el actual domicilio, residencia
o individualidad de la demandada AIDA CECILIA TIGSILEMA CHACON, conforme lo dispone el Art. 82 de la Codificación de Código de Procedimiento
Civil en vigencia, cítesele con la demanda en forma extractada y la presente
providencia, mediante tres publicaciones en uno de los Diarios que se editan
en esta Ciudad, y de la ciudad de Quito en uno de los Periódicos de Circulación
Nacional a fin de que dentro de los veinte días a contarse desde la última publicación comparezca a Juicio y señale casillero judicial para sus notificaciones.
Cítese a los demandados ROSA MATILDE TIGSILEMA CHACON, Dr. HERNAN
SALAZAR ARIAS en su calidad de Registrador Municipal de la Propiedad del
Cantón Ambato, Dr. AUGUSTO PALACIOS en su calidad de Notario Octavo
del Cantón Ambato; y, a los señores Ingeniero LUIS AMOROSO MORA y Dr.
EDWIN FABIAN USINIA SANCHEZ, en sus calidades de Alcalde y Procurador
Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado del Municipio de Ambato, con
la demanda y esta providencia en los lugares que se indican, para el efecto,
cuéntese con la OFICINA DE CITACIONES.- Inscríbase la demanda en el Registro Municipal de la Propiedad de este Cantón; para el efecto, notifíquese al
funcionario respectivo. Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado por el actor, para sus notificaciones.- Agréguese a los autos la
documentación aparejada a la demanda. Por asuntos oficiales dispuesto por el
Consejo de la Judicatura actúe la Dra. Lidia Naranjo, según acción de Personal
No. DP18-1233-2014. Cítese y Notifíquese.DR. MILTON TIBANLOMBO SALAZAR
JUEZ
Certifico:
RODRÍGUEZ SALCEDO ELIANA DEL ROCIO
SECRETARIA (E)
Lo que se pone en conocimiento de la demandada para los fines legales consiguientes.-
NATURALIZACION DE LA SEÑORA
GRETTER PEREZ DIAZ
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y
8 del Reglamento a la Ley de Naturalización, se pone
en conocimiento, que la ciudadana de nacionalidad
cubana GRETTER PEREZ DIAZ ha solicitado Carta de
Naturalización en el Ecuador.
De la documentación presentada se desprende que
la peticionaria reside ininterrumpidamente en el país
desde el 03 de diciembre de 2010, fecha en que la
Dirección General de Extranjería le otorgó la visa de
inmigrante.
De acuerdo con el artículo 11 de la Ley de Naturalización, cualquier persona, natural o jurídica, podrá presentarse al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana para oponerse, fundamentadamente, a
la concesión de la naturalización solicitada.
Quito, 26 de Junio de 2014
JESSICA PAOLA ORELLANA CURILLO
DIRECTORA ENCARGADA DE MIGRACIÓN
Y EXTRANJERÍA
Jul. 2-3-4 (149491)
"CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA
DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA
CASA FRETA S.A. CAFRESA"
Se convoca a los señores Accionistas a la Junta General Extraordinaria
que se celebrará en el cantón de Guayaquil, el día 12 de Julio del año
2014, a las 11h00, en el local social de la compañía ubicado en el Esmeralda No.1025 y Vélez, con el objeto de conocer y resolver los siguientes
puntos del Orden del Día:
1.- Informe del Gerente.
2.- Informe de la Comisario.
3.- Aprobación del Balance del año 2012 y 2013.
4.- Liquidación y disolución anticipada de la Compañía CASA FRETA
S. A. CAFRESA. En caso de no existir el quórum reglamentario de
conformidad con el Art. 237 de la Ley de Compañías se procederá a
segunda convocatoria con el número de accionistas presentes.
NOTA: A los Accionistas que deseen hacerse representar en la Junta
General, nos permitimos recordarles la necesidad de que los poderes
de representación que otorguen deberán sujetarse a lo dispuesto en
el Reglamento para Junta Generales expedido por la Superintendencia
de Compañías.
Guayaquil, 04 de julio del 2014
Marcelo Enrique Freire Tamayo
Gerente General Casa Freta S.A. "CAFRESA"
DR. MARCO SALAZAR
SECRETARIO
Jul. 2-3-4 (149462)
(149619)
44
El Telégrafo I jueves 3 de julio del 2014
BANCO DE MACHALA: A solicitud del
girador Sr. TRADEMARKETING S.A. comunica al público: por Suspensión de Pago, por
Revocatoria, por Anulación de Cheques, por
dejar sin efecto Cheque certificado, al cheque
No. 8994 AL 8995 de la Cuenta Corriente
No. 1290008146 por la suma de US $....
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 o 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jul. 3 (149427-1)
BANCO DE MACHALA: A solicitud del girador Sr. FIDEL ORELLANA PADILLA. comunica al público: por Suspensión de Pago, por
Revocatoria, por Anulación de Cheques, por
dejar sin efecto Cheque certificado, al cheque
No. 22317 de la Cuenta Corriente No. por la
suma de US $....
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 o 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jul. 3 (149427-2)
BANCO DE MACHALA: A solicitud del girador Sr. MIGUEL CADENA FAJARDO. comunica al público: por Suspensión de Pago, por
Revocatoria, por Anulación de Cheques, por
dejar sin efecto Cheque certificado, al cheque
No. 978 de la Cuenta Corriente No.
por
la suma de US $....
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 o 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jul. 3 (149427-3)
BANCO DE MACHALA: A solicitud del girador Sr. JAQUELINE HERRERA LOPEZ. comunica al público: por Suspensión de Pago,
por Revocatoria, por Anulación de Cheques,
por dejar sin efecto Cheque certificado, al
cheque No. 16 de la Cuenta Corriente No.
119007816-3 por la suma de US $....
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 o 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jul. 3 (149427-4)
BANCO DE MACHALA: A solicitud del
girador Sr. CONSTRUCTORA LUIS BAQUERO
S.A. comunica al público: por Suspensión
de Pago, por Revocatoria, por Anulación
de Cheques, por dejar sin efecto Cheque
certificado, al cheque No. 1688 de la Cuenta
Corriente No. 1290023846 por la suma
de US $....
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 o 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jul. 3 (149427-5)
BANCO DE MACHALA: A solicitud del girador Sr. ADSELYN S.A. comunica al público:
por Suspensión de Pago, por Revocatoria, por
Anulación de Cheques, por dejar sin efecto
Cheque certificado, al cheque No. 1681 de
la Cuenta Corriente No. 1290020537 por la
suma de US $....90,14
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 o 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jul. 3 (149427-6)
BANCO DE MACHALA: A solicitud del
girador Sr. METALICAS ALFRED METALFRED
S.A. comunica al público: por Suspensión
de Pago, por Revocatoria, por Anulación
de Cheques, por dejar sin efecto Cheque
certificado, al cheque No. 6608 de la Cuenta
Corriente No. 1070697803 por la suma de
US $550.00
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 o 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jul. 3 (149427-7)
BANCO DE MACHALA: A solicitud del
girador Sr. METALICAS ALFRED METALFRED
S.A. comunica al público: por Suspensión
de Pago, por Revocatoria, por Anulación
de Cheques, por dejar sin efecto Cheque
certificado, al cheque No. 6607 de la Cuenta
Corriente No. 1070697803 por la suma de
US $550.00
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 o 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jul. 3 (149427-8)
BANCO DE MACHALA: A solicitud del girador Sr. AGILIDER S.A. comunica al público:
por Suspensión de Pago, por Revocatoria, por
Anulación de Cheques, por dejar sin efecto
Cheque certificado, al cheque No. 262 AL
350 de la Cuenta Corriente No. 1110105491
por la suma de US $....
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 o 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jul. 3 (149427-16)
BANCO DE MACHALA: A solicitud del girador Sr. LINA LUCAS VILLEGAS ARELLANO.
comunica al público: por Suspensión de
Pago, por Revocatoria, por Anulación de
Cheques, por dejar sin efecto Cheque certificado, al cheque No. 98 AL 100 de la Cuenta
Corriente No. por la suma de US $....
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 o 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jul. 3 (149427-15)
BANCO DE MACHALA: A solicitud del
girador Sr. LOPEZ MONTES ELENA. comunica al público: por Suspensión de Pago,
por Revocatoria, por Anulación de Cheques,
por dejar sin efecto Cheque certificado, al
cheque No. 662 de la Cuenta Corriente No.
1110070043 por la suma de US $....
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 o 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jul. 3 (149427-14)
BANCO DE MACHALA: A solicitud del
girador Sr. QUEZADA OROSCO EDGAR
ABEL. comunica al público: por Suspensión
de Pago, por Revocatoria, por Anulación
de Cheques, por dejar sin efecto Cheque
certificado, al cheque No. 531 de la Cuenta
Corriente No. 1070700774 por la suma de
US $....
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 o 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jul. 3 (149427-13)
BANCO DE MACHALA: A solicitud del
girador Sr. QUEZADA OROSCO EDGAR
ABEL. comunica al público: por Suspensión
de Pago, por Revocatoria, por Anulación
de Cheques, por dejar sin efecto Cheque
certificado, al cheque No. 537 de la Cuenta
Corriente No. 1070700774 por la suma de
US $....
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 o 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jul. 3 (149427-12)
BANCO DE MACHALA: A solicitud del
girador Sr. QUEZADA OROSCO EDGAR
ABEL. comunica al público: por Suspensión
de Pago, por Revocatoria, por Anulación
de Cheques, por dejar sin efecto Cheque
certificado, al cheque No. 650 de la Cuenta
Corriente No. 1070700774 por la suma de
US $....
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 o 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jul. 3 (149427-11)
BANCO DE MACHALA: A solicitud del
girador Sr. METALICAS ALFRED METALFRED
S.A. comunica al público: por Suspensión
de Pago, por Revocatoria, por Anulación
de Cheques, por dejar sin efecto Cheque
certificado, al cheque No. 6176 de la Cuenta
Corriente No. 1070697803 por la suma de
US $1,432.73
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 o 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jul. 3 (149427-10)
BANCO DE MACHALA: A solicitud del
girador Sr. METALICAS ALFRED METALFRED
S.A. comunica al público: por Suspensión
de Pago, por Revocatoria, por Anulación
de Cheques, por dejar sin efecto Cheque
certificado, al cheque No. 6566 de la Cuenta
Corriente No. 1070697803 por la suma de
US $595.00
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 o 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jul. 3 (149427-9)
BANCO DE MACHALA: A solicitud del girador Sr. AGILIDER S.A. comunica al público:
por Suspensión de Pago, por Revocatoria, por
Anulación de Cheques, por dejar sin efecto
Cheque certificado, al cheque No. 228 de la
Cuenta Corriente No. 1110105491
por la
suma de US $....
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 o 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jul. 3 (149427-17)
BANCO DE MACHALA: A solicitud del
girador Sr. ANASTACIO CEVALLOS ROXANA
ELIZABETH. comunica al público: por
Suspensión de Pago, por Revocatoria, por
Anulación de Cheques, por dejar sin efecto
Cheque certificado, al cheque No. 48 de la
Cuenta Corriente No. 1070737236 por la
suma de US $30.00
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 o 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jul. 3 (149427-18)
BANCO DE MACHALA: A solicitud del girador Sr. LEDVISION S.A. comunica al público:
por Suspensión de Pago, por Revocatoria,
por Anulación de Cheques, por dejar sin
efecto Cheque certificado, al cheque No.
386 HASTA 930 de la Cuenta Corriente No.
1290019733 por la suma de US $....
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 o 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jul. 3 (149427-19)
BANCO DE MACHALA: A solicitud del girador Sr. CEMECU C. LTDA. comunica al público: por Suspensión de Pago, por Revocatoria,
por Anulación de Cheques, por dejar sin efecto Cheque certificado, al cheque No. 6594 de
la Cuenta Corriente No. 1070508709 por la
suma de US $....
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 o 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jul. 3 (149427-20)
BANCO DE MACHALA: A solicitud del
girador Sr. FEDERACION ECUATORIANA
DE BASKET BALL. comunica al público: por
Suspensión de Pago, por Revocatoria, por
Anulación de Cheques, por dejar sin efecto
Cheque certificado, al cheque No. 266 de la
Cuenta Corriente No. 1110100376
por la
suma de US $999,00
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 o 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jul. 3 (149427-21)
BANCO DE MACHALA: A solicitud del
girador Sr. QUIROLA RIVERA ROSA OLIVA.
comunica al público: por Suspensión de
Pago, por Revocatoria, por Anulación de
Cheques, por dejar sin efecto Cheque certificado, al cheque No. 5020 de la Cuenta
Corriente No. 700001806
por la suma
de US $....
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 o 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jul. 3 (149427-22)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. LUIS ALFONSO
PEREZ PEREZ., comunica al público
la Revocatoria al Cheque No. 2562
AL 2567, de la Cuenta Corriente No.
1260085170 por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A
solicitud del girador Sr. SANCHEZ
DIAZ DIANA ELIZABETH., comunica
al público la Revocatoria al Cheque
No. 440, de la Cuenta Corriente No.
1260123609 por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-23)
Jul. 3 (149427-24)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. GOMEZ BAJAÑA
BLANCA YESENNIA., comunica al
público la Revocatoria al Cheque No.
4464, de la Cuenta Corriente No.
1260110221 por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. GOMEZ BAJAÑA
BLANCA YESENNIA., comunica al
público la Revocatoria al Cheque No.
4460, de la Cuenta Corriente No.
1260110221 por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. GOMEZ BAJAÑA
BLANCA YESENNIA., comunica al
público la Revocatoria al Cheque No.
4450, de la Cuenta Corriente No.
1260110221 por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. GOMEZ BAJAÑA
BLANCA YESENNIA., comunica al
público la Revocatoria al Cheque No.
4446, de la Cuenta Corriente No.
1260110221 por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A
solicitud del girador Sr. SANCHEZ
DIAZ DIANA ELIZABETH., comunica
al público la Revocatoria al Cheque
No. 475, de la Cuenta Corriente No.
1260123609 por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A
solicitud del girador Sr. SANCHEZ
DIAZ DIANA ELIZABETH., comunica
al público la Revocatoria al Cheque
No. 466, de la Cuenta Corriente No.
1260123609 por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A
solicitud del girador Sr. SANCHEZ
DIAZ DIANA ELIZABETH., comunica
al público la Revocatoria al Cheque
No. 453, de la Cuenta Corriente No.
1260123609 por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A
solicitud del girador Sr. SANCHEZ
DIAZ DIANA ELIZABETH., comunica
al público la Revocatoria al Cheque
No. 448, de la Cuenta Corriente No.
1260123609 por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-32)
Jul. 3 (149427-31)
Jul. 3 (149427-30)
Jul. 3 (149427-29)
Jul. 3 (149427-28)
Jul. 3 (149427-27)
Jul. 3 (149427-26)
Jul. 3 (149427-25)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. PINTAG MOROCHO
GLORIA GLADYS., comunica al público
la Revocatoria al Cheque No. 1830, de
la Cuenta Corriente No. 1260118877
por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. PINTAG MOROCHO
GLORIA GLADYS., comunica al público
la Revocatoria al Cheque No. 1874, de
la Cuenta Corriente No. 1260118877
por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. PINTAG MOROCHO
GLORIA GLADYS., comunica al público
la Revocatoria al Cheque No. 1918, de
la Cuenta Corriente No. 1260118877
por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. GLORIA GLADYS
PINTAG
MOROCHO.,
comunica
al público la Revocatoria al Cheque
No. 1919, de la Cuenta Corriente No.
1260118877 por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. GLORIA GLADYS
PINTAG MOROCHO., comunica al
público la Revocatoria al Cheque No.
1932, de la Cuenta Corriente No.
1260118877 por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. GLORIA GLADYS
PINTAG MOROCHO., comunica al
público la Revocatoria al Cheque No.
1986, de la Cuenta Corriente No.
1260118877 por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. GABRIELA IVONNE
QUIÑONEZ PICO., comunica al público
la Revocatoria al Cheque No. 436, de la
Cuenta Corriente No. 1260068322 por
la suma de $ 300.00
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-33)
Jul. 3 (149427-34)
Jul. 3 (149427-35)
Jul. 3 (149427-36)
Jul. 3 (149427-37)
Jul. 3 (149427-38)
Jul. 3 (149427-39)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. VEHICLESERVICE
S.A., comunica al público la
Revocatoria al Cheque No. 2178, de la
Cuenta Corriente No. 1260123390 por
la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-40)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. DIANA ELIZABETH
SANCHEZ DIAZ., comunica al público
la Revocatoria al Cheque No. 480
AL 483, de la Cuenta Corriente No.
1260123609 por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. DIANA ELIZABETH
SANCHEZ DIAZ., comunica al público
la Revocatoria al Cheque No. 471
AL 472, de la Cuenta Corriente No.
1260123609 por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. DIANA ELIZABETH
SANCHEZ DIAZ., comunica al público
la Revocatoria al Cheque No. 468, de la
Cuenta Corriente No. 1260123609 por
la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. DIANA ELIZABETH
SANCHEZ DIAZ., comunica al público
la Revocatoria al Cheque No. 465, de la
Cuenta Corriente No. 1260123609 por
la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. CABRERA ANGULO
CARLOS ANTONIO, comunica al
público la Revocatoria al Cheque
No. 840, de la Cuenta Corriente No.
1260128163 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO DE MACHALA: REVOCATORIA
DE CHEQUE A solicitud del girador
Sr. VEHICLESERVICE S.A., comunica
al público la Revocatoria al Cheque
No. 2406, de la Cuenta Corriente No.
1260123390 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO DE MACHALA: REVOCATORIA
DE CHEQUE A solicitud del girador
Sr. VEHICLESERVICE S.A., comunica
al público la Revocatoria al Cheque
No. 2349, de la Cuenta Corriente No.
1260123390 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO DE MACHALA: REVOCATORIA
DE CHEQUE A solicitud del girador
Sr. VEHICLESERVICE S.A., comunica
al público la Revocatoria al Cheque
No. 2196, de la Cuenta Corriente No.
1260123390 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-43)
Jul. 3 (149427-42)
Jul. 3 (149427-41)
Jul. 3 (149427-48)
Jul. 3 (149427-47)
Jul. 3 (149427-46)
Jul. 3 (149427-45)
Jul. 3 (149427-44)
BANCO DE MACHALA: REVOCATORIA
DE CHEQUE A solicitud del girador
Sr. OLGA OLVERA YULAN/JORGE
CAMPOVERDE., comunica al público
la Revocatoria al Cheque No. 2848
AL 2900, de la Cuenta Corriente No.
1260036080 por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso de
no presentarse reclamo dentro de los 60
días posteriores a la última publicación.
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. LENIN ROLANDO
CRUZ VILLAMAR., comunica al público la Revocatoria al Cheque No. 981
AL 987, de la Cuenta Corriente No.
1260138339 por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-50)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. VEHICLESERVICE
S.A., comunica al público la
Revocatoria al Cheque No. 2001, de la
Cuenta Corriente No. 1260123390 por
la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-51)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. VEHICLESERVICE
S.A., comunica al público la
Revocatoria al Cheque No. 2164, de la
Cuenta Corriente No. 1260123390 por
la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-52)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. VEHICLESERVICE
S.A., comunica al público la
Revocatoria al Cheque No. 2259, de la
Cuenta Corriente No. 1260123390 por
la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-53)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. VEHICLESERVICE
S.A., comunica al público la
Revocatoria al Cheque No. 2392, de la
Cuenta Corriente No. 1260123390 por
la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-54)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. VEHICLESERVICE
S.A., comunica al público la
Revocatoria al Cheque No. 2399, de la
Cuenta Corriente No. 1260123390 por
la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-55)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. VEHICLESERVICE
S.A., comunica al público la
Revocatoria al Cheque No. 2377, de la
Cuenta Corriente No. 1260123390 por
la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-56)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. DANNY OLIVER
GUEVARA CANDEL., comunica al público la Revocatoria al Cheque No. 2893
AL 2894, de la Cuenta Corriente No.
1260079987 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-64)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. DANNY OLIVER
GUEVARA CANDEL., comunica al
público la Revocatoria al Cheque No.
2902, de la Cuenta Corriente No.
1260079987 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-63)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. DANNY OLIVER
GUEVARA CANDEL., comunica al
público la Revocatoria al Cheque No.
2873, de la Cuenta Corriente No.
1260079987 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-62)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. DANNY OLIVER
GUEVARA CANDEL., comunica al
público la Revocatoria al Cheque No.
2837, de la Cuenta Corriente No.
1260079987 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-61)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. DANNY OLIVER
GUEVARA CANDEL., comunica al
público la Revocatoria al Cheque No.
2795, de la Cuenta Corriente No.
1260079987 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-60)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. DANNY OLIVER
GUEVARA CANDEL., comunica al público la Revocatoria al Cheque No. 2877
AL 2878, de la Cuenta Corriente No.
1260079987 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-59)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. DANNY OLIVER
GUEVARA CANDEL., comunica al
público la Revocatoria al Cheque No.
3033, de la Cuenta Corriente No.
1260079987 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-58)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. DANNY OLIVER
GUEVARA CANDEL., comunica al
público la Revocatoria al Cheque No.
2965, de la Cuenta Corriente No.
1260079987 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-57)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. JIMENEZ BURGOS
SHIRLEY ELIZABETH., comunica
al público la Revocatoria al Cheque
No. 51, de la Cuenta Corriente No.
1260138460 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-65)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. JIMENEZ BURGOS
SHIRLEY ELIZABETH., comunica
al público la Revocatoria al Cheque
No. 100 de la Cuenta Corriente No.
1260138460 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-66)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. PINTAG MOROCHO
GLORIA GLADYS., comunica al público
la Revocatoria al Cheque No. 1917, de
la Cuenta Corriente No. 1260118877
por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. PINTAG MOROCHO
GLORIA GLADYS., comunica al público
la Revocatoria al Cheque No. 1924, de
la Cuenta Corriente No. 1260118877
por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. PINTAG MOROCHO
GLORIA GLADYS., comunica al público
la Revocatoria al Cheque No. 1948, de
la Cuenta Corriente No. 1260118877
por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO DE MACHALA: REVOCATORIA
DE CHEQUE A solicitud del girador Sr.
MARIA RENE BRITO ULLOA., comunica
al público la Revocatoria al Cheque No.
26 AL 125, de la Cuenta Corriente No.
1260146668 por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. SANCHEZ DIAZ
DIANA ELIZABETH., comunica al
público la Revocatoria al Cheque No.
428-430, de la Cuenta Corriente No.
1260123609 por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-67)
Jul. 3 (149427-68)
Jul. 3 (149427-69)
Jul. 3 (149427-70)
Jul. 3 (149427-71)
BANCO
DE
MACHAL A:
REVOCATORIA DE CHEQUE A solicitud del girador Sr. JIMENEZ BURGOS
SHIRLEY ELIZABETH., comunica
al público la Revocatoria al Cheque
No. 33 de la Cuenta Corriente No.
1260138460 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso
de no presentarse reclamo dentro de
los 60 días posteriores a la última
publicación.
Jul. 3 (149427-72)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. TRADEMARKETING
S.A., comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 9001, de la Cuenta Corriente
No. por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180
O 200 días según corresponda el caso
posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-73)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. TRADEMARKETING
S.A., comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 9005, de la Cuenta Corriente
No. por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180
O 200 días según corresponda el caso
posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-74)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. GELO TORRES
JOSEPH, comunica al público la Revocatoria
al Cheque No. 1130073510, de la Cuenta
Corriente No. por la suma de $...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180
O 200 días según corresponda el caso
posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-75)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. TRADEMARKETING
S.A., comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 8998, de la Cuenta Corriente
No. por la suma de $..
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180
O 200 días según corresponda el caso
posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-76)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. GRECIA GARAY
LEON comunica al público la Revocatoria
al Cheque No. 1612 A 1621, de la Cuenta
Corriente No. 1080693369 por la suma
de $..
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-77)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. OPTIPROCESOS
S.A., comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 1456, de la Cuenta Corriente No.
1130078962 por la suma de $ 5.00
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-78)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. OPTIPROCESOS
S.A., comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 1457, de la Cuenta Corriente No.
1130078962 por la suma de $ 5.00
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-79)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. ECOEFICIENTE
S.A., comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 1400, de la Cuenta Corriente No.
1130083192 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-80)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques y
dejar sin efecto cheque certificado.- A solicitud del girador Sr. PEROMUN S.A., comunica al público la Revocatoria al Cheque No.
25 HASTA 29, de la Cuenta Corriente No.
1070846280 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-88)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. DISERVI S.A., comunica al público la Revocatoria al Cheque No.
90 HASTA 91, de la Cuenta Corriente No.
1070844490 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-87)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques y
dejar sin efecto cheque certificado.- A solicitud del girador Sr. DISERVI S.A., comunica al
público la Revocatoria al Cheque No. 88, de
la Cuenta Corriente No. 1070844490 por
la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-86)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques y
dejar sin efecto cheque certificado.- A solicitud del girador Sr. DISERVI S.A., comunica al
público la Revocatoria al Cheque No. 72, de
la Cuenta Corriente No. 1070844490 por
la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-85)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. RUIZ CRUZ REYNA
ELIZABETH, comunica al público la
Revocatoria al Cheque No. 203, de la Cuenta
Corriente No. 1070778870 por la suma
de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-84)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques y
dejar sin efecto cheque certificado.- A solicitud del girador Sr. IMVERESA, comunica al
público la Revocatoria al Cheque No. 1795,
de la Cuenta Corriente No. 1070780964 por
la suma de $ 424,29
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-83)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques y
dejar sin efecto cheque certificado.- A solicitud del girador Sr. ECOEFICIENTE, comunica
al público la Revocatoria al Cheque No. 1386,
de la Cuenta Corriente No. 1130083192 por
la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-82)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. BAYAS GARCIA
MARIA VERONICA, comunica al público la
Revocatoria al Cheque No. 474, de la Cuenta
Corriente No. 1070738291 por la suma
de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-81)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques y
dejar sin efecto cheque certificado.- A solicitud del girador Sr. PEROMUN S.A., comunica al público la Revocatoria al Cheque No.
31 HASTA 90, de la Cuenta Corriente No.
1070846280 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-89)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. DIFORTUNA S.A.,
comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 1927, de la Cuenta Corriente
No. 1350013683 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180
O 200 días según corresponda el caso
posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-90)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. ZAMBRANO RUGEL
HENRY EUSEBIO, comunica al público la
Revocatoria al Cheque No. 59, de la Cuenta
Corriente No. 1070844040 por la suma
de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-91)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques y
dejar sin efecto cheque certificado.- A solicitud del girador Sr. PERNAFE S.A. comunica
al público la Revocatoria al Cheque No. 2661
HASTA 2665, de la Cuenta Corriente No.
1110084141 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-92)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques y
dejar sin efecto cheque certificado.- A solicitud del girador Sr. PERNAFE S.A. comunica
al público la Revocatoria al Cheque No. 2641
HASTA 2643, de la Cuenta Corriente No.
1110084141 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-93)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques y
dejar sin efecto cheque certificado.- A solicitud del girador Sr. PERNAFE S.A. comunica
al público la Revocatoria al Cheque No. 2649
HASTA 2650, de la Cuenta Corriente No.
1110084141 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-94)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques y
dejar sin efecto cheque certificado.- A solicitud del girador Sr. PERNAFE S.A. comunica
al público la Revocatoria al Cheque No. 2652
HASTA 2654, de la Cuenta Corriente No.
1110084141 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-95)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques y
dejar sin efecto cheque certificado.- A solicitud del girador Sr. PERNAFE S.A. comunica
al público la Revocatoria al Cheque No. 2672
HASTA 2676, de la Cuenta Corriente No.
1110084141 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-96)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. ALEXANDRA
CARRASCO MORALES, comunica al público
la Revocatoria al Cheque No. 398 AL 399,
de la Cuenta Corriente No. 1080775667 por
la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-104)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. ALEXANDRA
CARRASCO MORALES, comunica al público
la Revocatoria al Cheque No. 402, de la
Cuenta Corriente No. 1080775667 por la
suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-103)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques y
dejar sin efecto cheque certificado.- A solicitud del girador Sr. PERNAFE S.A. comunica al
público la Revocatoria al Cheque No. 2669,
de la Cuenta Corriente No. 1110084141 por
la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-102)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques y
dejar sin efecto cheque certificado.- A solicitud del girador Sr. PERNAFE S.A. comunica al
público la Revocatoria al Cheque No. 2608,
de la Cuenta Corriente No. 1110084141 por
la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-101)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques y
dejar sin efecto cheque certificado.- A solicitud del girador Sr. PERNAFE S.A. comunica al
público la Revocatoria al Cheque No. 2606,
de la Cuenta Corriente No. 1110084141 por
la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-100)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques y
dejar sin efecto cheque certificado.- A solicitud del girador Sr. PERNAFE S.A. comunica
al público la Revocatoria al Cheque No. 2515
HASTA 2517, de la Cuenta Corriente No.
1110084141 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-99)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques y
dejar sin efecto cheque certificado.- A solicitud del girador Sr. OBRCIVILDURAN S.A.
comunica al público la Revocatoria al Cheque
No. 26 HASTA 27, de la Cuenta Corriente No.
1070845217 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-98)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques y
dejar sin efecto cheque certificado.- A solicitud del girador Sr. PERNAFE S.A. comunica
al público la Revocatoria al Cheque No. 2678
HASTA 2681, de la Cuenta Corriente No.
1110084141 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-97)
Jul. 3 (149427-49)
El Telégrafo I jueves 3 de julio del 2014
45
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. MONICA REYES
LOOR, comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 686, de la Cuenta Corriente No.
1260137693 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-105)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. MONICA REYES
LOOR, comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 688, de la Cuenta Corriente No.
1260137693 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-106)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. MONICA REYES
LOOR, comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 689-690, de la Cuenta Corriente
No. 1260137693 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-107)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. MONICA REYES
LOOR, comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 701, de la Cuenta Corriente No.
1260137693 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-108)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. MONICA REYES
LOOR, comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 482, de la Cuenta Corriente No.
1260137693 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-109)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. MONICA REYES
LOOR, comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 615, de la Cuenta Corriente No.
1260137693 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-110)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. MONICA REYES
LOOR, comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 627, de la Cuenta Corriente No.
1260137693 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-111)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. MONICA REYES
LOOR, comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 659, de la Cuenta Corriente No.
1260137693 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-112)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. MONICA REYES
LOOR, comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 719, de la Cuenta Corriente No.
1260137693 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-120)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. MONICA REYES
LOOR, comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 717, de la Cuenta Corriente No.
1260137693 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-119)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. MONICA REYES
LOOR, comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 707-708, de la Cuenta Corriente
No. 1260137693 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-118)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. MONICA REYES
LOOR, comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 817-818, de la Cuenta Corriente
No. 1260137693 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-117)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. MONICA REYES
LOOR, comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 787, de la Cuenta Corriente No.
1260137693 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-116)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. MONICA REYES
LOOR, comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 767, de la Cuenta Corriente No.
1260137693 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-115)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. MONICA REYES
LOOR, comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 748-749, de la Cuenta Corriente
No. 1260137693 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-114)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. MONICA REYES
LOOR, comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 679-680, de la Cuenta Corriente
No. 1260137693 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-113)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. MONICA REYES
LOOR, comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 732, de la Cuenta Corriente No.
1260137693 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-121)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. DANNY GUEVARA
CANDEL, comunica al público la Revocatoria
al Cheque No. 2841, de la Cuenta Corriente
No. 1260079987 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-122)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. DANNY GUEVARA
CANDEL, comunica al público la Revocatoria
al Cheque No. 2903, de la Cuenta Corriente
No. 1260079987 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-123)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. DANNY GUEVARA
CANDEL, comunica al público la Revocatoria
al Cheque No. 2970, de la Cuenta Corriente
No. 1260079987 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-124)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. DANNY GUEVARA
CANDEL, comunica al público la Revocatoria
al Cheque No. 2879, de la Cuenta Corriente
No. 1260079987 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-125)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. DANNY GUEVARA
CANDEL, comunica al público la Revocatoria
al Cheque No. 2880, de la Cuenta Corriente
No. 1260079987 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-126)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. DANNY GUEVARA
CANDEL, comunica al público la Revocatoria
al Cheque No. 2896, de la Cuenta Corriente
No. 1260079987 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-127)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. DANNY GUEVARA
CANDEL, comunica al público la Revocatoria
al Cheque No. 3035, de la Cuenta Corriente
No. 1260079987 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no
presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O
200 días según corresponda el caso posteriores a la última publicación.
Jun. 3 (149427-128)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. VEHICLESERVICE
S.A., comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 2335, de la Cuenta Corriente No.
1260123390 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-136)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. VEHICLESERVICE
S.A., comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 2330, de la Cuenta Corriente No.
1260123390 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-135)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. LENIN ROLANDO
CRUZ VILLAMAR, comunica al público la
Revocatoria al Cheque No. 716, de la Cuenta
Corriente No. 1260138339 por la suma
de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-134)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. LENIN ROLANDO
CRUZ VILLAMAR, comunica al público la
Revocatoria al Cheque No. 711, de la Cuenta
Corriente No. 1260138339 por la suma
de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-133)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. LENIN ROLANDO
CRUZ VILLAMAR, comunica al público la
Revocatoria al Cheque No. 707 AL 709, de
la Cuenta Corriente No. 1260138339 por
la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-132)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. LENIN ROLANDO
CRUZ VILLAMAR, comunica al público la
Revocatoria al Cheque No. 718 AL 719, de
la Cuenta Corriente No. 1260138339 por
la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-131)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. LAZO FRANCO
ALFREDO GUSTAVO, comunica al público
la Revocatoria al Cheque No. 878, de la
Cuenta Corriente No. 1260000868 por la
suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-130)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. LAZO FRANCO
ALFREDO GUSTAVO, comunica al público la
Revocatoria al Cheque No. 911 AL 918, de
la Cuenta Corriente No. 1260000868 por
la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-129)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. VEHICLESERVICE
S.A., comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 2347, de la Cuenta Corriente No.
1260123390 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-137)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. VEHICLESERVICE
S.A., comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 2197, de la Cuenta Corriente No.
1260123390 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-138)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. VEHICLESERVICE
S.A., comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 2237, de la Cuenta Corriente No.
1260123390 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-139)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. VEHICLESERVICE
S.A., comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 2243, de la Cuenta Corriente No.
1260123390 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-140)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. VEHICLESERVICE
S.A., comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 2260, de la Cuenta Corriente No.
1260123390 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-141)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. VEHICLESERVICE
S.A., comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 1857, de la Cuenta Corriente No.
1260123390 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-142)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. VEHICLESERVICE
S.A., comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 2002, de la Cuenta Corriente No.
1260123390 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-143)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. VEHICLESERVICE
S.A., comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 2118, de la Cuenta Corriente No.
1260123390 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-144)
BANCO DE MACHALA: Por Suspensión de
Pago/Revocatoria/Anulación de cheques
y dejar sin efecto cheque certificado.- A
solicitud del girador Sr. VEHICLESERVICE
S.A., comunica al público la Revocatoria al
Cheque No. 2191, de la Cuenta Corriente No.
1260123390 por la suma de $ ...
Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse reclamo dentro de los 60, 180 O 200
días según corresponda el caso posteriores a
la última publicación.
Jun. 3 (149427-145)
BANCO COOPNACIONAL: Se
comunica al público el extravío
de la LIBRETA de AHORROS de la
Cta. No. 413260362 perteneciente a SANCHEZ ESTRADA
JORGE REINALDO .
Particular que se comunica para
los fines de ley.
Jul. 3-5 (149593)
BANCO AMAZONAS: Libreta extraviada del CDP
# 500DPFP00026281 Y 500DPFP00026279,
perteneciente a JORGE ALBERTO ALBORNOZ
TAPIA.
Particular que se comunica para los fines de ley .
REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL
RAFAEL BALDA SANTISTEVAN
INTENDENTE NACIONAL DE MERCADO DE VALORES
CONSIDERANDO:
Jul. 3-10-17 (149636)
Que la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 213, define que son las
superintendencias, precisando que "las facultades específicas de las superintendencias y
las áreas que requieran del control, auditoría y vigilancia de cada una de ellas se determinarán de acuerdo con la Ley"; y que el Título III de la Codificación de la Ley de Mercado
de Valores determina las atribuciones y funciones de la Superintendencia de Compañías
en el Mercado de Valores.
Que los numerales 9 y 16 del artículo 10 de la Codificación de la Ley de Mercado de Valores determinan como atribución de la Superintendencia de Compañías disponer, previo el
cumplimiento de los requisitos establecidos, la cancelación de la inscripción en el Registro
del Mercado de Valores de las instituciones o valores sujetos a esta Ley; y, organizar y
mantener el Registro del Mercado de Valores.
Que el proceso para la cancelación en el Registro del Mercado de Valores de las instituciones o valores sujetos a esta Ley se encuentra normado en el artículo 23 de la Codificación
de la Ley de Mercado de Valores, concordante con el Capitulo I del Título I de la Codificación de Resoluciones expedidas por el Consejo Nacional de Valores.
JUZGADO DE COACTIVA
(IFIS: BANCO SOLBANCO S.A. EN LIQUIDACION)
AVISO DE REMATE
Que mediante resolución No. SC-IMV-DJMV-DAYR-G-09-0006155 de 06 de octubre de
2009 se aprobó el contenido del prospecto de emisión de obligaciones de la compañía
PLASTICOS DEL LITORAL PLASTLIT S.A., se autorizó la oferta pública de los valores emitidos por dicha compañía, y se dispuso la inscripción de la compañía PLASTICOS DEL
LITORAL PLASTLIT S.A., como emisor privado del sector no financiero, así como de los
valores que se emitan dentro de dicho proceso de emisión de obligaciones. Tales valores
se encuentran inscritos bajo el número 2009-2-02-00759.
AL PÚBLICO EN GENERAL: Pongo en conocimiento que en auto dictado el 16 de mayo del 2014, a las 10H18, por la señora Jueza Primera de Coactiva del Banco Central del Ecuador,
dentro del JUICIO COACTIVO No. 024-2006-BCE, se FIJA PRIMER SEÑALAMIENTO PARA EL LUNES 28 JULIO DEL 2014, DESDE LAS 13H00 HASTA LAS 17H00, EL REMATE
DEL INMUEBLE EMBARGADO, incluido las mejoras, LOTE DE TERRENO SIGNADO COMO 17-B, con una extensión de VEINTIOCHO HECTAREAS SETENTA Y CUATRO CENTESIMAS
DE HECTAREAS (28,74 HECTAREAS), desmembrado de uno de mayor extensión (501,73 hectáreas), denominada hacienda LA DENISSE, que también se desmembró de un lote que a
su vez formó parte de la hacienda LA MAGDALENA, ubicada en la jurisdicción de la parroquia Eloy Alfaro, cantón Durán.- LINDEROS Y MEDIDAS DEL LOTE DE TERRENO DESMEMBRADO DE (28,74 HECTAREAS): NORTE: LOTE SIGNADO CON EL NUMERO DIECISIETE-A DE LA HACIENDA “LA DENISSE”, CON CUATROCIENTOS TREINTA METROS; SUR: HACIENTA
“LA MAGDALENA”, CON QUINIENTOS SESENTA METROS; ESTE: CANAL DE DRENAJE DE LA HACIENDA “LA DENISSE”, CON QUINIENTOS SETENTA METROS; Y, OESTE: CANAL DE
DRENAJE DE LA COMPAÑÍA ERANE, CON QUINIENTOS SETENTA METROS, medidas que hacen una superficie de 28,74 hectáreas, AVALUADO EN US$111.225,09 (CIENTO ONCE
MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO CON 09/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA).- El remate se llevará a efecto en el Juzgado de Coactiva, piso 11 del edificio La
Previsora, ubicado en Malecón Simón Bolívar entre Av. Nueve de Octubre y calle P. Icaza.- Se dispone que el Actuario elabore el aviso de remate el cual deberá ser publicado por tres
veces en un periódico de amplia circulación mediando el término de ocho días, por lo menos de uno a otro y del último de ellos al día señalado para el remate, hecho, siente razón al
tenor del Art. 4 del REGLAMENTO SOBRE ARREGLO DE PROCESOS Y ACTUACIONES JUDICIALES, así mismo se dispone fijar tres carteles en tres de los parajes más frecuentados de
la cabecera de la parroquia donde esté situado el bien, hecho el Actuario siente la correspondiente razón.- Las posturas se presentarán por escrito firmadas por el interesado ante el
Secretario del Juez que ordenó el remate, adjuntando fotocopia de la cédula de ciudadanía y certificado de votación, señalando domicilio, número telefónico y correo electrónico si lo
tuviere, con patrocinio de un abogado en libre ejercicio profesional, quien acompañará fotocopia de su matrícula profesional y señalará casilla judicial para notificaciones.- Al tenor de
la primera parte del inciso segundo del Art. 457 del Código de Procedimiento Civil, los postores deberán ser calificados con quince días de anticipación a la realización del remate, en
base a la solvencia económica y experiencia en el negocio.- Las personas naturales y/o jurídicas que deseen participar en el remate, deberán acudir a esta judicatura dentro del plazo de
treinta días antes de la fecha de remate para que se realice la calificación respectiva, para el efecto el secretario del juzgado de coactiva entregará los formularios correspondientes para
que en base a la información reportada por parte de las personas interesadas, sean calificadas por el funcionario pertinente del Banco Central del Ecuador, a fin que puedan presentar
las posturas en el día del remate, en tal virtud los interesados deberán retirar la documentación correspondiente a partir de la primera publicación del aviso de remate.- Además se señala
que se aceptarán posturas de contado en cheque certificado a la orden del Banco Central del Ecuador.- No se admitirán posturas que se encuentren tachadas, corregidas o ininteligibles,
ni tampoco las que se presenten antes de las trece horas o después de las diecisiete horas, ni tampoco las que no vayan acompañadas del 10% del valor total de la oferta, consignación
que deberá hacerse en dinero efectivo o en cheque certificado por uno de los bancos del sistema financiero nacional a la orden del Banco Central del Ecuador.- Por tratarse de primer
señalamiento se hará conforme a lo establecido en el Art. 468 del Código de Procedimiento Civil, especificando que el valor de la cosa a rematarse el pago del valor del inmueble a
rematarse será de contado, en dinero efectivo, cheque certificado o de gerencia, girado por uno de los bancos del sistema financiero nacional a la orden del Banco Central del Ecuador.Además las posturas y mejoras que se efectuaren, deberán ser suscritas por el postor y abogado en libre ejercicio profesional.- Si fuere una persona jurídica la postora, deberá acreditar
su representación legal y de ser procedente, deberá presentar copia del comprobante del Registro Único de Contribuyentes.- Los impuestos prediales, tasas, otros tributos y expensas
que se encuentren pendientes de pago, así como los gastos de transferencia de dominio y la plusvalía serán de cuenta del adjudicatario, así como la tradición material.- El bien se remata
como cuerpo cierto y no habrá derecho a pedir rebaja o aumento de precio, se realizará por la totalidad de los inmuebles de conformidad con lo establecido en el Art. 1773 del Código
Civil y se preferirá al postor que ofrezca por los tres inmuebles a rematarse.- Es obligación de los postores tener conocimiento del avalúo y estado del bien a rematarse a efecto de participar en el remate.- Los postores deben llenar el formulario de licitud de fondos del CONSEP, si dichos fondos pasan de US$10.000.- Más información se podrá solicitar en la Secretaría
del Juzgado de Coactiva del banco Central del Ecuador, Sucursal Mayor Guayaquil, teléfono No. 042-565462 Lo que comunico para los fines de Ley.- Guayaquil, 20 de mayo del 2014.-
ARTÍCULO PRIMERO.- CANCELAR en el Registro del Mercado de Valores los valores emitidos por la compañía PLASTICOS DEL LITORAL PLASTLIT S.A. por US$6’000.000,00, cuya
oferta pública fue aprobada mediante resolución No. SC-IMV-DJMV-DAYR-G-09-0006155
de 06 de octubre de 2009.
Ab. GALO E. CASTRO RIOS
SECRETARIO DE COACTIVA
BANCO CENTRAL DEL ECUADOR
ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR con la presente resolución al representante legal de
la compañía PLASTICOS DEL LITORAL PLASTLIT S.A. y a las corporaciones civiles bolsas
de valores del país, para los fines consiguientes.
Que mediante comunicación ingresada con número de trámite 79024 de fecha 12 de noviembre de 2013, la compañía Estudio Jurídico Pandzic & Asociados S.A., en su calidad de
representante de los obligacionistas de la primera emisión de obligaciones de la compañía
PLASTICOS DEL LITORAL PLASTLIT S.A., remite el informe de gestión final de la emisión
de obligaciones autorizada con resolución No. SC-IMV-DJMV-DAYR-G-09-0006155 de 06
de octubre de 2009, en el que se indica que se han cancelado todas las obligaciones.
Que mediante comunicación de fecha 06 de febrero de 2014, suscrita por Alexandra Martinez Sandoval, en su calidad de Gerente General del Depósito Centralizado de
Compensación y Liquidación de Valores DECEVALE S.A., gestor de pago, certifica que el
PLASTICOS DEL LITORAL PLASTLIT S.A. no mantiene valores pendientes de pago de la
séptima emisión de obligaciones aprobada mediante Resolución No. SC-IMV-DJMV-DAYRG-09-0006155 de 06 de octubre de 2009.
Que la Dirección Nacional de Control y la Dirección Nacional de Autorización y Registro
emitieron sus informes favorables, toda vez que la compañía PLASTICOS DEL LITORAL
PLASTLIT S.A. ha cumplido con el pago total a los inversionistas.
En ejercicio de las atribuciones conferidas en la Codificación de la Ley de Mercado de
Valores, la Resolución No. ADM-13-003 de 7 de marzo de 2013 y la acción de personal No.
0464409 de 20 de enero de 2014,
RESUELVE:
May. 27; Jun. 09; Jul. 03 (146624)
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que se publique por una sola vez la presente resolución
en uno de los diarios de amplia circulación en el domicilio principal de la compañía. Un
ejemplar de esta publicación deberá entregarse a este despacho.
REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL
AVISO DE REMATE AL PÚBLICO
En providencia expedida el 19 de mayo del 2014 a las 10h24 por el Dr. José
Sotomayor Terán, Juez "O" de la unidad Judicial Civil con sede en el cantón
Guayaquil, se ha señalado para el martes 8 de julio del 2014, desde las 13h00
hasta las 17h00 para que tenga lugar el remate del bien embargado dentro del
proceso de ejecución 11750-2014 (antes 1045-2010), seguido por el Banco de
Guayaquil, respecto del vehículo cuyas características son las siguientes: Marca:
Chevrolet, modelo Aveo Activo, chasis 8LATD586890001597, tipo Automóvil,
motor F16D32243641, color blanco, combustible gasolina, placas PDB-7906,
año 2009, carrocería metálica. MOTOR Y SUS PARTES.- Bomba de agua sellos y retenedores en buen estado, bases del motor en regular estado, tubo de
escape y radiador en mal estado. SISTEMA DE TRANSMISIÓN.- Tracción, caja
de cambio mecánica y funcionamiento general en buen estado. SISTEMA DE
SUSPENSIÓN.- Amortiguadores, cauchos, rótulas y terminales en regular estado.
FRENOS Y DIRECCIÓN.- Bomba hidráulica, sistema de dirección en regular estado, volante en dirección, hidrovae, frenos delanteros, frenos posteriores en buen
estado. SISTEMA ELECTRICOS Y ACCESORIOS.- Batería, bocinas en mal estado,
motor limpiaparabrisas, motor de arranque, alternador y circuito de distribución
en regular estado, guías delanteras, guías posteriores y faros delanteros en buen
estado. CARROCERÍA Y CABINA EN GENERAL.- Pintura en general (con abolladuras en sus partes), parachoque delantero, 4 llantas con aros, llanta de emergencia
con aro en mal estado y aire acondicionado en mal estado; asientos y tapizados,
panel en general, puertas delanteras (RH) (LH), puertas posteriores (RH) (LH), parachoque posterior (con abolladuras en sus partes), brazos limpiavidrios en regular
estado, parabrisa delantero, parabrisa posterior, vidrios de puertas, switch, llave,
maniguetas, cerraduras, espejos retrovisores (RH) (LH) y cinturones de seguridad
en buen estado, sin tapa en el tanque de combustible, radio no se pudo comprobar
su funcionamiento. AVALÚO: El avalúo del vehículo embargado es de $ 6.166.75.
No se admitirán posturas que no cubran por lo menos las dos terceras partes del
valor del avalúo, debiendo acompañar el 10% del valor total de la oferta en dinero
efectivo o cheque certificado a la orden del juzgado. El vehículo se encuentra a
órdenes del depositario judicial Geovanny Vera Burbano, quien dará a los interesados las facilidades para inspeccionarlo. El remate se realizará en esta Unidad
Judicial Civil ubicada en la Torre 9, del Complejo Judicial de la Florida Norte, de
la ciudad de Guayaquil.
Guayaquil, junio 30 de 2014
REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL M CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL
CITACIÓN - EXTRACTO
A: MIGUEL ANGEL PRADO JARRIN.
SE LE HACE SABER QUE dentro del Juicio Concurso de Acreedores (Insolvencia) N° 72852014, seguido por BANCO DE MACHALA S.A., contra MIGUEL ANGEL PRADO JARRIN, se
encuentra lo siguiente:
CUANTIA: Indeterminada
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO: El actor comparece y fundamenta su
demanda en el numeral 1 del Art. 519 del Código de Procedimiento Civil.AUTO INICIAL. GUAYAQUIL, miércoles 27 de marzo del 2013, las 10h09.- VISTOS:
Atenta la acción de personal No. 379-UARH-NVP de fecha 17 de enero de 2013, avoco
conocimiento de la presente causa.- La demanda que antecede presentada por el Dr.
Harold Parrales Viteri, en su calidad de Procurador Judicial del Dr. Jorge Andrade Avecillas,
Vicepresidente General y Representante Legal del BANCO DE MACHALA S.A., personería
que acredita con el testimonio de procuración judicial que acompaña en copia certificada,
se la califica de clara, precisa y completa y por consiguiente se la admite al trámite. En lo
principal, como de las copias certificadas acompañadas se viene a conocimiento que el
demandado MIGUEL ANGEL PRADO JARRIN, no ha cumplido con el mandamiento de ejecución dictado por el señor Juez Vigésimo Cuarto de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, esto
es no ha pagado la suma de U.S. $ 2.235,12 dólares de los Estados Unidos de América, ni
ha dimitido bienes equivalentes para el embargo, por lo que se presume la insolvencia y
consecuentemente haber lugar al concurso de acreedores en su contra, particular este que
se pondrá en conocimiento del público por una sola vez, una vez transcurrido el término de
ley. Se ordena... En vista de la declaración bajo juramento que hace la parte actora, quien
manifiesta que le ha sido imposible determinar la residencia actual del demandado MIGUEL
ANGEL PRADO JARRIN, cítese a este por la prensa de conformidad con el Art. 82 del
Código de Procedimiento Civil, debiendo el Secretario encargado del Despacho, elaborar y
entregar el correspondiente extracto de citación, para su publicación en el diario Expreso,
El Telégrafo o El Universo. Agréguese... SIGUE LA PROVlDENCIA: Guayaquil, miércoles 15
de enero del 2014, las 15h16. Atenta el acta de sorteo, se les hace conocer a las partes,
que en virtud de la Resolución No. 167-2013 de fecha 30 de Octubre del 2013, emitida
por el pleno del Consejo Nacional de la Judicatura, a la causa No. 09323-2013-0040 se
le ha reasignado un nuevo número, esto es el 09332-2014-7285, para su consiguiente
tramitación que estará a cargo del suscribiente Juez "M" Ab. Víctor Hugo Medina Zamora,
de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL...
JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Víctor Hugo Medina Zamora, Juez de la Unidad Judicial Civil y
Mercantil con Sede en Guayaquil-M-.
Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para recibir futuras notificaciones dentro de los
veinte días posteriores a la tercera y última publicación del presente aviso, caso contrario
será considerado o tenido como rebelde.
Guayaquil, junio 5 del 2014
Ab. Christian O. Criollo Escalante
SECRETARIO
JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DEL GUAYAS
Jul. 2-3-4 (149553)
Ab. Rosanna Martinez Erazo
Secretaria (E)
UNIDAD JUDICIAL CIVIL GUAYAQUIL M
Jul. 1-2-3 (149476)
AVISO DE REMATE
RESOLUCIÓN No. SC-INMV-DNAR-14- 0003330
AL PUBLICO SE LE HACE SABER: Que mediante providencia dictada el 17 de Junio del
2014 a las 14h24 por el juez “A”, de la Unidad Judicial Civil con sede en el canton Guayaquil Abogado Pablo Condo Macias, dentro del Juicio signado con el No. 5131-2014, se ha
señalado para el día MIERCOLES 30 DE JULIO DEL 2014 DESDE LAS 13H00 A 17H00,
a fin de que tenga lugar en la planta baja de la Torre 8, del Complejo Judicial Florida Norte,
el remate del bien inmueble embargado y avaluado en la presente causa consistente en un
cuerpo de terreno ubicado en la Parroquia Taura del Cantón Naranjal, Provincia del Guayas,
con frente al Canal Matorrillos, signado con el lote número cuatro "Hacienda Angelita",
cuyos linderos y dimensiones son Por el Norte: Lote No. 3, desde el punto de coordenada
D a I, con 1995,00 ml; Por el Sur: Boca de Río Taura, desde el punto de coordenadas E a
F, con 1808,93 ml; Por el Este: Manglar desde el punto de coordenada I a H, con 340,00
ml; de H a G, con 2975,00 ml; de G a F, con 92,76 ml; y, Por el Oeste: Canal de Matorrillos
con el punto de coordenada de D-E (Punta Tormento), con 3038,16 ml; Área Total in situ:
622,42 HAS.
El Lote Nº 4, se encuentra ubicado frente al Canal de Matorrillos, sitio al que se llega por vía
fluvial por medio de embarcaciones de poco calado, estando a una hora aproximadamente
de la ciudad de Guayaquil.
El sector A, a más de 6 piscinas, comprende pre-criadero, campamento, muros, canales de
reservorio y drenaje, compuertas de entrada y salida de agua, área de sedimentos, muelle,
cuarto de bomba.
El sector B, de acuerdo al levantamiento planimétrico del Municipio de Naranjal, de lo
establecido en la visión satelital y de lo q se observó, tiene 14 piscinas más dos de precriaderos. Al momento de la inspección se encuentran sin uso, están deshabilitadas. De
acuerdo a la información recibida, en el año 2007 el Ministerio del Ambiente dispuso que
las mismas no se encuentren operativas, por encontrarse dentro del área protegida, destruyendo compuertas y desplazando muros, derrocando en algunos casos edificaciones. Se
encuentran el total de piscinas enmontadas con maleza no solo en los muros, reservorios,
campamentos y drenajes, sino en el área de las piscinas.
El 6 de julio de 1979 mediante Acuerdo Interministerial Nº. A-322 se declara Reserva Ecológica Manglares Churute al manglar de esta zona – reserva pasando a formar parte del
Patrimonio Nacional de áreas naturales, por lo cual está prohibido expresamente la tala o
el aprovechamiento del manglar, por lo cual el área de 396.40 Has que se encuentra con
manglar inexplorado carece de valor comercial.
9.- RESUMEN DE AVALUO
DENOMINACION
SECTOR A
SECTOR B
MANGLAR Y SALITRAL
VALORACION
341,808.29
349,282.40
00.00
TOTAL DE AVALÚO
691,090.69
AVALUO TOTAL: SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 69/100 CENTAVOS DE DOLAR.
Por tratarse de primer señalamiento, se previene que no se aceptarán posturas menores
a las dos terceras partes del avalúo. Asimismo, no se admitirán posturas en que se fijen
plazos que excedan de cinco años contados desde el día del remate, ni las que no ofrezcan
el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas. La cosa
rematada, si fuere raíz, quedará en todo caso, hipotecada por lo que se ofrezca a plazos,
debiendo inscribirse este gravamen en el correspondiente registro, al mismo tiempo que el
traspaso de propiedad. No se admitirán posturas que no vayan acompañadas, por lo menos, del diez por ciento del valor total de la oferta, el que se consignará en dinero o cheque
certificado girado a la orden del Juzgado. El bien inmueble embargado se encuentra bajo la
custodia y responsabilidad del señor Juan Modesto Franco Rodríguez, en su calidad Depositario Judicial. El remate del bien embargado tendrá lugar en el Complejo Judicial, Torre 8,
ubicado en el sector Florida, Km 8 ½ de la Vía a Daule, de esta ciudad.
Lo que pongo en conocimiento del público, para los fines de ley.
Guayaquil, 19 de Junio del 2014
Ruiz Quintong Carlos Arturo
SECRETARIO
Jun. 20; Jul. 03-16 (148827)
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER que se tome nota del contenido de la presente resolución en el Registro del Mercado de Valores, al margen de la inscripción del valor, y se siente
razón de la presente resolución, una vez cumplido con lo dispuesto en el artículo tercero.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- Dada y firmada en la ciudad de Santiago de Guayaquil,
en la Oficina Matriz de la Superintendencia de Compañías, a 20 de Mayo de 2014.
BANCO AMAZONAS S.A.
RAFAEL BALDA SANTISTEVAN
INTENDENTE NACIONAL DE MERCADO DE VALORES
PRIMERA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL
EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
(149647)
EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN POR LA PRENSA
TRAMITE:
ACTOR:
CAUSAL:
ACCIONADO:
VISTO BUENO.
SUPRALIVE S.A.
NUMERAL 1 DEL ART. 172 DEL CÓDIGO DE TRABAJO.
PEDRO ANDRES MONCADA PILOSO.
INSPECTORIA PROVINCIAL DEL TRABAJO DEL GUAYAS.Guayaquil, 27 de Mayo del 2014, a las 09h00.En virtud de la providencia que antecede dictada en Guayaquil, el 26 de mayo
del 2014, donde se ordena emitir el extracto de notificación por la prensa como
en efecto se lo hace, la parte actora manifiesta bajo juramento que desconoce
la individualidad del domicilio del trabajador accionado PEDRO ANDRES MONCADA PILOSO. Se dispone que el Señor PEDRO ANDRES MONCADA PILOSO
se lo notifique mediante este extracto de notificación por la prensa de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, haciéndole
saber al Sr. PEDRO ANDRES MONCADA PILOSO que tiene veinte días para dar
contestación a la solicitud de Visto Bueno planteada en su contra siendo su obligación, señalar casilla judicial para futuras notificaciones, tiempo que empezara
a discurrir a partir de la publicación de este documento por la prensa. Con su
contestación o en rebeldía realícense las investigaciones de conformidad con la
ley. Téngase en cuenta la casilla judicial # 376 señalada por la parte actora, así
como la autorización conferida a sus Abogados patrocinadores.- NOTIFÍQUESE
Y PUBLÍQUESE.- f) Abg. Grace Cevallos Tagle, Inspectora Provincial del Trabajo
del Guayas, lo que comunico para los efectos de ley.- Guayaquil, 27 de mayo
del 2014.
Abg. Grace Cevallos Tagle
Inspectora Provincial del Trabajo del Guayas
Jul. 3-4 (149594)
En cumplimiento a las disposiciones legales y estatutarias vigentes se convoca a los señores Accionistas del Banco Amazonas S. A. a la reunión de la
Junta General Extraordinaria que se celebrará el día 18 de Julio del 2014, a
las 11H00 am, en el local del Banco Amazonas S.A., situado en la Avenida
Francisco de Orellana No. 238, sala de reuniones del primer piso, en la ciudad
de Guayaquil.
La sesión tendrá por objeto conocer y tomar resolución respecto del siguiente
asunto constante en el orden del día:
1. Conocer y resolver sobre la decisión de dejar sin efecto la designación de
un vocal suplente
Para la misma Junta se convoca a la firma de Auditores Externos PKF, la cual
hace las veces de Comisario de la Institución.
Los documentos que conocerá la Junta General se encuentran a las órdenes
de los señores Accionistas en las oficinas del Banco, de conformidad con lo
que dispone la Ley.
Guayaquil, 01 de julio de 2014.
Sr. Carlos Mosquera Pesantes
PRESIDENTE DEL DIRECTORIO
(149667)
EXTRAVÍO DE ACREENCIAS
Se comunica al público el extravío de las acreencias de Banco de Los Andes No.
59867 por el valor de $ 75.17 y la acreencia No. 59866 por el valor de $635.74
perteneciente al Sr. PAREDES OVIEDO SEGUNDO JOAQUIN.
Particular que se comunica para los fines pertinentes.
Jul. 3-7-10 (149568)
46
El Telégrafo I jueves 3 de julio del 2014
REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL
AVISO DE REMATE
En providencia dictada el martes 13 de mayo del 2014 a las 11h32, por el Abogado,
Rafael Centeno Rodríguez, Juez D de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil, dentro del
juicio ejecutivo No. 3011-2014 seguido por ERNESTO FRANCISCO VALLE MINUCHE, se
ha señalado para el día, 16 DE JULIO DEL 2014, desde las 13h00 hasta las 17h00, a fin de
que tenga lugar en la Sala del Despacho de esta Judicatura el remate en pública subasta
de los bienes inmuebles embargados compuesto de:
OFICINA 4- PISO 21- EDIFICIO "EL FORUM"
PRIMER INMUEBLE
A.1.- UBICACIÓN DEL INMUEBLE
En las calles Vélez entre 6 de Marzo y Pedro Moncayo, sobre los solares fusionados 5,7 y
12, de la manzana 74, parroquia Rocafuerte, de esta ciudad de Guayaquil; se levanta un
edificio de 30 pisos. En este edificio se encuentra ubicado el inmueble determinado como
OFICINA #4 DEL PISO 21 DEL EDIFICIO DENOMINADO EL FORUM, sometido a régimen
de propiedad horizontal; con código de catastro municipal 03-0074-005-0-23-4.
ÁREA: 31,88 metros cuadrados
ALÍCUOTA: 0,189%
•
•
•
•
•
•
•
Estructura de Hormigón armado
Paredes de mampostería, pintadas
Escalera de Hormigón armado y seis ascensores
Instalaciones sanitarias con piezas tipo económico
Instalaciones eléctricas empotradas
Puertas de ingreso e interiores de madera
Ventanal de aluminio bronce y vidrio (fija)
B.4. ENTORNO - ANÁLISIS DE MERCADO
El entorno donde está ubicado el inmueble corresponde a una zona de alta plusvalía,
por encontrarse frente al Parque Centenario y a la Corte Provincial del Guayas. El sector
cuenta con transporte urbano, que permite un rápido desplazamiento hacia los diferentes
puntos de la ciudad. El estado de conservación de la oficina objeto de la valoración es
REGULAR, considerando que el tiempo de haberse terminado de construir el edificio es
aproximadamente 24 años.
AVALUO: B.5. AVALUO DEL BIEN INMUEBLE
Descripción:
A.2. OBRAS DE INFRAESTRUCTURA DEL SECTOR
SOLAR:
El sector cuenta con los siguientes servicios básicos:
ALIC. O,189%
•
•
•
•
•
OFICINA 5:
Calles de hormigón, con aceras y bordillos
Agua potable
Energía eléctrica
Alumbrado público
Sistema de alcantarillado sanitario y de aguas lluvias.
EXTRACTO
DE LOS DOCUMENTOS EN BASE A LOS CUALES SE CONCEDE EL PERMISO PARA OPERAR EN EL ECUADOR A LA COMPAÑÍA EXTRANJERA, "ERNESTO MOLINA Y COMPAÑÍA
LIMITADA", DE NACIONALIDAD CHILENA.
ÁREA
M2
PREC. UNIT.
USD$
DEPREC.
%
PREC. TOTAL
USD $
984.55
500.00
---
930,40
31,88
430.00
(0.73)
10,007.13
(AQUÍ LA TRANSCRIPCIÓN INTEGRA DEL PODER CON LAS RAZONES RESPECTIVAS)
La oficina #4 está ubicada en el piso 21 del edificio sometido al régimen de propiedad
horizontal denominado EL FORUM correspondiéndole una alícuota de 0,192% (incluyendo terreno y la parte proporcional del área común); teniendo los siguientes linderos y
medidas:
ESCRITURA No. 2014-17-01-009-P004333
C.2 OBRAS DE INFRAESTRUCTURA DEL SECTOR
Oficina 4 del piso 21 del edificio EL FORUM que se levanta en los solares 5, 7 y 12 de
la manzana 74 situado con frente a la calle Vélez entre Seis de Marzo y Pedro Moncayo,
parroquia Rocafuerte.
NORTE: Fachada principal calle Vélez con 4,40 m.;
SUR: corredor de circulación con 3,80 m,
ESTE: Oficina 3 con 8,40 m, y,
OESTE: Línea recta NORTE-SUR con 1,50 metros, girando 90 hacia el este con 1,10
metros, girando hacia el sur con 6,90 metros colindando con la oficina 5.
ÁREA: 32,72 metros cuadrados
ALÍCUOTA: 0,192%
El sector cuenta con los siguientes servicios básicos:
• Calles de hormigón, con aceras y bordillos
• Agua potable
• Energía eléctrica
• Alumbrado publico
• Sistema de alcantarillado sanitario y de aguas lluvias.
C.3. LINDEROS MEDIDAS Y AREA DE LA OFICINA
La oficina #6 está ubicada en el piso 21 del edifico sometido al régimen de propiedad horizontal denominado "EL FORUM", correspondiéndole una alícuota de 0,194% (incluyendo
terreno y parte proporcional del área común); teniendo los siguientes linderos y medidas:
LINDEROS REGISTRALES
Oficina 6 del piso 21 del edifico EL FORUM levantado en los solares fusionados 5, 7 y 12
de la manzana 74 situado con frente a la calle Vélez entre seis de marzo y Pedro Moncayo, parroquia Rocafuerte. Comprendido dentro de los siguientes linderos y dimensiones:
• NORTE: Fachada principal calle Vélez con 3,00 m.;
• SUR: Corredor de Circulación con 4,10 m.;
• ESTE: Oficina 5 con línea recta de 8,40 m; y
• OESTE: Línea recta norte con 1,50 metros, girando hacia el OESTE 90 con 1,10 metros,
quebrando 90 hacia el sur con 1.50 metros, girando hacia el Este 90 con 1.10 metros,
quebrando finalmente 90 hacia el Sur con 5.40 metros.
Estructura de Hormigón armado
Paredes de mampostería, pintadas
Escalera de Hormigón armado y seis ascensores
Instalaciones sanitarias con piezas tipo económico
Instalaciones eléctricas empotradas
Puertas de ingreso e interiores de madera
Ventanal de aluminio bronce y vidrio (fija)
A.4. ENTORNO - ANÁLISIS DE MERCADO
El entorno donde está ubicado el inmueble corresponde a una zona de alta plusvalía,
por encontrarse frente al Parque Centenario y a la Corte Provincial del Guayas. El sector
cuenta con transporte urbano, que permite un rápido desplazamiento hacia los diferentes
puntos de la ciudad. El estado de conservación de la oficina objeto de la valoración es
REGULAR, considerando que el tiempo de haberse terminado de construir el edificio es
aproximadamente 24 años.
AVALÚO: A.5 AVALÚO DEL BIEN INMUEBLE
ÁREA
M2
PREC. UNIT.
USD$
DEPREC.
%
PREC. TOTAL
USD
984.55
500.00
---
954,17
32,72
430.00
(0.73)
10,270.80
SOLAR:
ALIC. O,192%
OFICINA 4:
Ab. Álvaro Guivernau Becker
INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO, SUBROGANTE
DECLARACIÓN JURADA
QUE OTORGA:
COMPAÑÍA ERNESTO MOLINA Y COMPAÑÍA LIMITADA
CUANTÍA: INDETERMINADA
DI: 2 COPIAS
&*&*P.J.&*&
En las calles Vélez entre 6 de Marzo y Pedro Moncayo, sobre los solares fusionados 5,
7 y 12 de la manzana 74, parroquia Rocafuerte, de esta ciudad de Guayaquil; se levanta
un edificio de 30 pisos. En este edificio se encuentra ubicado el Inmueble determinado
como OFICINA #6 DEL PISO 21 DEL EDIFICIO DENOMINADO "EL FORUM", sometido
al régimen de propiedad horizontal; con código catastro municipal 03-0074-005-0-23-4.
LINDEROS REGISTRALES
Descripción:
Distrito Metropolitano de Quito, 26 de junio del 2014
C. OFICINA #6 PISO 21 EDIFICIO "EL FORUM"
C.1.- UBICACIÓN DEL INMUEBLE
•
•
•
•
•
•
•
1. Nacionalidad: Chilena.
2. Domicilio de la Sucursal en el Ecuador: Distrito Metropolitano de Quito.
3. Actividad de la compañía extranjera:
"a) La compra, venta, distribución y comercialización de combustibles, lubricantes, neumáticos, repuestos, accesorios y similares...".
4. Capital Asignado: USD $ 2.000,00 dólares de los Estados Unidos de América.
5. Representante en el Ecuador: Señor Pedro Saúl Novillo Izquierdo, de nacionalidad ecuatoriana.
TOTAL: USD $10,937.53
A.3. LINDEROS MEDIDAS Y ÁREA DE LA OFICINA (SEGÚN CERTIFICADO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD)
•
•
•
•
Se comunica al público que la compañía extranjera, "ERNESTO MOLINA Y COMPAÑÍA LIMITADA" de nacionalidad chilena, se domicilió en la República del Ecuador, mediante dos protocolizaciones efectuadas el 28 de marzo del 2014 y 9 de junio del 2014 en la Notaría Novena
del Distrito Metropolitano de Quito; y, escritura pública otorgada el 9 de junio del 2014 en la
misma Notaría. Fue autorizada por la Superintendencia de Compañías y Valores para establecer una sucursal en el Ecuador y operar en el país mediante Resolución No. SCV.IRQ.DRASD.
SAS.2014.2449 de 18 de junio del 2014 y se la inscribió en el Registro Mercantil del Distrito
Metropolitano de Quito, el 25 de junio del 2014.
AREA: 33,00 metros cuadrados
ALICUOTA: 0,194%
• Estructura de Hormigón armado
• Paredes de mampostería, pintadas
• Escalera de Hormigón armado y seis ascensores
• Instalaciones sanitarias con piezas tipo económico
• Instalaciones eléctricas empotradas
• Puertas de ingreso e interiores de madera
• Ventanal de aluminio bronce y vidrio (fija)
C.4. ENTORNO- ANALISIS DE MERCADO
El entorno donde está ubicado el inmueble corresponde a una zona de alta plusvalía, por
encontrarse frente al parque centenario y a la Corte Provincial del Guayas. El sector cuenta
con transporte urbano, que permite un rápido desplazamiento hacia los diferentes puntos
de la ciudad. El estado de conservación de la oficina objeto de la valoración es REGULAR,
considerando que el tiempo de haberse terminado de construir el edificio es aproximadamente 24 años.
En la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, Capital de la República del Ecuador, hoy día Lunes
NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE, ante mí, DOCTORA ALICIA YOLANDA
ALABUELA TOAPANTA, NOTARIA NOVENA DEL CANTÓN QUITO, comparece: el señor PEDRO SAUL NOVILLO IZQUIERDO, divorciado, en calidad de Apoderado Especial de la Compañía ERNESTO MOLINA Y COMPAÑÍA LIMITADA, todo esto según se desprende del documento que se agrega como habilitante. El compareciente es de nacionalidad ecuatoriana, mayor
de edad, domiciliado en la ciudad de Quito, legalmente capaz, a quien conozco de que doy fe,
quien me presenta sus documentos de identidad, los mismos que en fotocopias debidamente
certificadas agrego como documentos habilitantes, y me solicita que eleve a escritura pública, una de DECLARACIÓN JURADA, contenida en la minuta cuyo tenor literal a continuación
transcribo: "SEÑOR NOTARIO: En su Registro de Escrituras Públicas a su cargo, dígnese insertar una que contenga la DECLARACIÓN JURAMENTADA, al tenor de las siguientes cláusulas:
PRIMERA.- COMPARECIENTE: Comparece al otorgamiento de la presente escritura el señor
PEDRO SAUL NOVILLO IZQUIERDO, en su calidad de APODERADO GENERAL de la compañía
ERNESTO MOLINA Y COMPAÑÍA LIMITADA, cuyo nombre de fantasía es COMBUSTIBLES CABILDO LIMITADA, tal como aparece del nombramiento conferido a su favor en la Ciudad de
Ligua, República de Chile y que fuera debidamente legalizado ante el Consulado General del
Ecuador, en Santiago de Chile. SEGUNDA.- ANTECEDENTE: a) Mediante Oficio No. SC-IRQDRASD-SAS-DOS MIL CATORCE CIENTO SETENTA Y OCHO-DIEZ MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE, de fecha dieciséis de Abril de dos mil catorce, la Superintendencia de Compañías,
señaló que la fecha en la que se otorgo el Poder General, es anterior a la fecha del Acta de la
Asamblea de Socios, donde se decidió la Apertura de Sucursal de la compañía que nos ocupa
y por ende el Nombramiento del Apoderado General. Dicha observación se ha cumplido ya que
con fecha veinte y dos de Abril del dos mil catorce, se ratifica el Nombramiento del Apoderado
General, documento este que se halla debidamente legalizado y apostillado ante el Cónsul
General del Ecuador en Santiago de Chile; y b) Se ha cumplido también con la observación del
Artículo cuatrocientos quince de la Ley de Compañías en cuanto al Certificado de Existencia,
constitución legal y funcionamiento de la compañía ERNESTO MOLINA Y COMPAÑÍA LIMITADA; conferida de igual modo por el Consulado General del Ecuador en Santiago de Chile. TERCERA.- DECLARACIÓN JURAMENTADA: En cumplimiento a la última observación contenida
en el Oficio anteriormente referido, Yo, Pedro Saúl Novillo Izquierdo, en mi calidad de APODERADO GENERAL EN ECUADOR, de la compañía ERNESTO MOLINA Y COMPAÑÍA LIMITADA,
declaro bajo juramento que mi representada no ejercerá actividades referentes al arriendo de
bienes muebles, excluyendo además de las actividades a realizarse en el Ecuador, el Leasing
Financiero, por ser una actividad considerada como exclusiva de las entidades reguladas por la
Ley General de Instituciones del Sistema Financiero. Usted Señor Notario, se dignará agregar
las demás cláusulas de estilo, para la validez del presente instrumento público. HASTA AQUÍ
LA MINUTA, la misma que queda elevada a escritura pública con todo su valor legal, minuta
que ha sido formulada y por lo mismo suscrita por el Doctor Julio Ortiz Loor, portador de la
matrícula profesional signada con el número diecisiete guión dos mil trece guión trescientos
setenta y seis del F.A.- Para el otorgamiento de la presente escritura pública, se han observado y
cumplido con todos y cada uno de los preceptos y requisitos legales que el caso así lo requiere
y demanda; y leída que les fue por mí el Notario, íntegramente a los comparecientes, estos se
afirman y ratifican en todas y cada una de las partes de su total contenido, para constancia y en
fe de ello firman conmigo en unidad de acto.- De todo lo que doy fe.
TOTAL: USD $11,215,97
DESCRIPCION:
B.1.- UBICACIÓN DEL INMUEBLE
En las calles Vélez entre 6 de Marzo y Pedro Moncayo, sobre los solares fusionados 5, 7
y 12, de la manzana 74, parroquia Rocafuerte, de esta ciudad de Guayaquil; se levanta
un edificio de 30 pisos. En este edificio se encuentra ubicado el Inmueble determinado
como OFICINA #5 DEL PISO 21 DEL EDIFICIO DENOMINADO "EL FORUM", sometido al
régimen de propiedad horizontal; con código de catastro municipal 03-0074-005-0-23-5.
B.2. OBRAS DE INFRAESTRUCTURA DEL SECTOR
•
•
•
•
•
PEDRO SAUL NOVILLO IZQUIERDO
C.C. 0300398930
AVALUO: C.5. AVALUO DEL BIEN INMUEBLE
B.- OFICINA #5 PISO 21- EDIFICO "EL FORUM"
Calles de hormigón, con aceras y bordillos
Agua potable
Energía eléctrica
Alumbrado público
Sistema de alcantarillado sanitario y de aguas lluvias
B.3. LINDEROS Y ÁREA DE LA OFICINA (SEGÚN CERTIFICADO DEL REGISTRO DE
LA PROPIEDAD)
La oficina # 5 está ubicada en el piso 21, del edificio sometido al régimen de propiedad
horizontal denominado EL FORUM correspondiéndola una alícuota de 0,189% (incluyendo terreno y la parte proporcional de área común)
LINDEROS REGISTRALES
Oficina 5, piso 21 del edificio EL FORUM, edificando sobre los solares 5, 7 y 12 que
forman un solo cuerpo de la manzana 74 situado con frente a la calle Vélez entre Seis de
Marzo y Pedro Moncayo, parroquia Rocafuerte.
SOLAR:
ALIC. 0,194%:
OFICINA 6:
AREA
M2
PREC.UNIT
USD$
984.55
33,00
500.00
430.00
DEPREC.
%
--(0.73)
TOTAL:
PREC.TOTAL
USD$
DOCTORA ALICIA YOLANDA ALABUELA TOAPANTA
NOTARIA NOVENA DEL CANTÓN QUITO
955.01
10,358.70
USD$ 11,313.71
Se previene que no se admitirán posturas que no cubran por lo menos las dos terceras
partes del valor del avalúo del bien inmueble a rematarse, las cuales serán presentadas
ante la secretaría del despacho, adjuntando en su oferta el diez por ciento exigido por la
ley, en dinero en efectivo o cheque certificado a nombre del Juzgado Cuarto.- Asimismo,
no se admitirán posturas en que se fijen plazos que excedan de cinco años contados
desde el día de remate, ni las que no ofrezcan el pago de, por lo menos el interés legal
pagadero por anualidades adelantadas. La cosa rematada, si fuere raíz, quedara en todo
caso, hipotecada por lo que se ofrezca a plazos, debiendo inscribirse este gravamen en
el correspondiente registro, al mismo tiempo que el traspaso de la propiedad.- Los bienes
inmuebles embargados en encuentran bajo la custodia y responsabilidad del señor QUEVEDO ROMERO ANGEL RAFAEL, en su calidad Depositario Judicial, designado. El remate
del bien inmueble embargado tendrá lugar en los bajos de la Unidad Judicial Civil, ubicado
en la torre 8 el Complejo Judicial Florida Norte.
Lo que pongo en conocimiento del público, para los fines de ley.
PROTOCOLIZACIÓN ESCRITURA #: 2014-17-01-09-P001749
DI 2 COPIAS
CASILLA 2643
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: ARELLANO ZUÑIGA JONAS ABEL.
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL N°
2014-4770, seguido por la señora ALFARO CORREA MARIA NANCY.
ACTORA: ALFARO CORREA MARIA NANCY
DEMANDADO: ARELLANO ZUÑIGA JONAS ABEL
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vinculo
matrimonial que une a los señores ALFARO CORREA MARIA NANCY Y ARELLANO ZUÑIGA
JONAS ABEL.
AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS. - UNIDAD JUDICIAL SUR DEL
CANTÓN GUAYAQUIL. Guayaquil, Martes 6 de Mayo de 2014, las 16h34, VISTOS: Continuando
con la sustanciación de la presente causa, y toda vez que se ha dado cumplimiento con la declaración juramentada sobre las diligencias, investigaciones o averiguaciones que hiciera la parte
actora para establecer el domicilio del accionado, bajo las prevenciones de ley; la presente DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL por ser clara, precisa y completa, y por reunir los requisitos
de ley, se la califica y admite al trámite del juicio verbal sumario (Divorcio) de conformidad con
los artículos 118 del Código Civil y 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia,
CITESE al demandado, JONAS ABEL ARELLANO ZUÑIGA, de conformidad con lo preceptuado
en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 119 del Código Civil, mediante
tres publicaciones a efectuarse en días distintos en uno de los diarios de mayor circulación nacional en el país, tales como El Universo, El Telégrafo o El Expreso, mediando ocho días entre las
publicación.- Se le advierte al demandado de la obligación que tiene de señalar casillero judicial
y domicilio electrónico para sus notificaciones en el término previsto en el Art. 82 del Código de
Procedimiento Civil.- Realícese el Extracto de Citación correspondiente.- Continúe como Actuaria
la Ab. Patricia Alume Jaramillo.- NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.CUANTÍA: Indeterminada.
JUEZA DE LA CAUSA: AB. JESSICA VELEZ, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS Y LA ABOGADA PATRICIA ALUME JARAMILLO. SECRETARIA.- QUE CERTIFICA.
AB. PATRICIA ALUME JARAMILLO
Secretaria
Jun. 9-20; Jul. 3 (147821)
CITACIÓN JUDICIAL A: ETTY MARIBEL MOREIRA VACA, en el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL que sigue GAVILANES MILTON RAUL, en contra de ETTY MARIBEL MOREIRA VACA.
CAUSA:
Nro. DE JUICIO
ACTOR:
DEMANDADO:
CUANTÍA:
JUEZ:
OBJETO:
DIVORCIO POR CAUSAL
2014-9014
GAVILANES FERNANDEZ MILTON RAUL
ETTY MARIBEL MOREIRA VACA
INDETERMINADA
DR. BOLÍVAR GARCÍA PINOS
CITACIÓN
AUTO DE CALIFICACIÓN:
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA
TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA
PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 02 de junio del 2014, las 10h26.- VISTOS: Avoco
conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial Especializada
Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito. En lo principal la demanda
presentada por el señor MILTON RAUL GAVILANES FERNANDEZ, es clara, precisa y reúne los
demás requisitos de ley, en consecuencia se la acepta a trámite VERBAL SUMARIO.- Cítese
a la demandada ETTY MARIBEL MOREIRA VACA con el contenido de la demanda inicial y
auto de calificación en ella recaído al mismo que atenta el juramento del actor, se la citará
por la prensa mediando un término de ocho días entre cada publicación, esto es en uno de
los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, de acuerdo a lo previsto en el Art. 82
del Código de Procedimiento Civil, bajo prevenciones que de no comparecer a juicio la causa
continuará en rebeldía.- Téngase en cuenta la casilla judicial señalada para sus notificaciones
y la designación de su abogado patrocinador. Agréguese al proceso el escrito presentado por
el accionante.- NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.AB. DAVID ORTEGA ZURITA
SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA
MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
Jun. 9-20; Jul. 3 (147670)
DOCTORA ALICIA YOLANDA ALABUELA TOAPANTA
NOTARIA NOVENA DEL CANTÓN QUITO
...torgó ante mí, en fe de ello confiero la PRIMERA COPIA CERTIFICADA, de escritura pública de PROTOCOLIZACIÓN DEL PODER CONFERIDO Y APOSTILLADO EN LA CIUDAD DE
LIGUA, REPÚBLICA DE CHILE CON FECHA 03 DE FEBRERO DEL 2014, OTORGADA POR
EL SEÑOR ERNESTO JAVIER MOLINA MIRANDA EN SU CALIDAD DE GERENTE GENERAL
Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA COMBUSTIBLES CABILDO LTDA. A FAVOR
DEL INGENIERO PEDRO SAÚL NOVILLO IZQUIERDO, sellada y firmada en Quito, a VEINTE Y
CINCO DE FEBRERO DEL DOS MIL CATORCE.DOCTORA ALICIA YOLANDA ALABUELA TOAPANTA
NOTARIA NOVENA DEL CANTÓN QUITO
...torgó ante mí, en fe de ello confiero la PRIMERA COPIA CERTIFICADA, de la escritura pública de DECLARACIÓN JURADA que otorga la COMPAÑÍA ERNESTO MOLINA Y COMPAÑÍA
LIMITADA, sellada y firmada en Quito, a NUEVE DE JUNIO DEL DOS MIL CATORCE.DOCTORA ALICIA YOLANDA ALABUELA TOAPANTA
NOTARIA NOVENA DEL CANTÓN QUITO
...ZON.- En esta fecha tomé nota al margen de las matrices de las escrituras públicas de PROTOCOLIZACIÓN DE LA DOMICILIACIÓN DE LA COMPAÑÍA ERNESTO MOLINA Y COMPAÑÍA LIMITADA Y DEMÁS DOCUMENTOS PERTINENTES, PROTOCOLIZACIÓN DEL CERTIFICADO DE EXISTENCIA, CONSTITUCIÓN LEGAL Y FUNCIONAMIENTO DE COMPAÑÍA
ERNESTO MOLINA Y COMPAÑÍA LIMITADA JUNTO AL ACTA DE LA ASAMBLEA DE SOCIOS REALIZADA EL 22 DE ABRIL DEL 2014; Y, DECLARACIÓN JURADA, de fechas 28 de
marzo del 2014, 09 de junio del 2014; y, 09 de junio del 2014, respectivamente, la Resolución
de la Superintendencia de Compañías número SCV.IRQ.DRASD.SAS.2014.2449, de fecha 18
de Junio del 2014, suscrita por el Abogado Alvaro Guivernau Becker, Intendente de Compañía
de Quito, Subrogante, que Resuelve.- a) CALIFICAR de suficientes los documentos otorgados
en el exterior, autorizar el establecimiento de la sucursal en el Ecuador a la compañía extranjera
ERNESTO MOLINA Y COMPAÑÍA LIMITADA, de nacionalidad chilena; conceder el permiso
para operar en el país, con arreglo a sus propios estatutos y calificar de suficientes el Poder
otorgado por el Representante Legal de la compañía a favor del señor Pedro Saúl Novillo Izquierdo.- QUITO A, DIECINUEVE DE JUNIO DEL DOS MIL CATORCE.DOCTORA ALICIA YOLANDA ALABUELA TOAPANTA
NOTARIA NOVENA DEL CANTÓN QUITO
SEÑOR NOTARIO
En su registro de Escrituras Públicas a su cargo, dígnese insertar una de la que conste la
Protocolización de cuatro fojas útiles, relacionadas con el Poder conferido y apostillado en la
ciudad de Ligua, República de Chile con fecha 3 de Febrero del 2.014, por el señor Ernesto
Javier Molina Miranda, en su calidad de Gerente General y Representante legal de la Compañía
CONBUSTIBLES CABILDO LTDA., a favor de el señor Ing. Pedro Saúl Novillo Izquierdo, en su
calidad de Apoderado General en el Ecuador de la mencionada Compañía,
Registro Mercantil de Quito
TRÁMITE NÚMERO 37016
REGISTRO MERCANTIL DEL CANTÓN: QUITO
RAZÓN DE INSCRIPCIÓN
Atentamente.
Dr. Julio Ortíz Loor
ABOBADO.
Mat 17-1978-26 CNJ.
EN LA CIUDAD DE QUITO, QUEDA INSCRITA LA RESOLUCIÓN APROBATORIA, ASÍ COMO
LA ESCRITURA Y/O PROTOCOLIZACIÓN QUE SE PRESENTÓ EN ESTE REGISTRO, CUYO
DETALLE SE MUESTRA A CONTINUACIÓN:
ALINA MORALES TORTORA
NOTARIO PUBLICO
1. RAZÓN DE INSCRIPCIÓN DEL: DOMICILIACIÓN DE COMPAÑÍA CON PODER
(CONSTITUIDA EN PAÍS EXTRANJERO QUE NEGOCIE EN ECUADOR)
Guayaquil, 21 de mayo del 2014
Ab. Jhonny Coppiano Zambrano
Secretario
Jun. 9-20; Jul. 3 (147162)
EXTRACTO DE CITACIÓN
N.F.R.H
F.J.S 533
N° 207
AÑO 2014
Repertorio N° 207
PEDRO SAUL NOVILLO IZQUIERDO.
A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL QUE EN VIDA
FUE, SEÑOR: BAQUERO MACUY EDUARDO XAVIER.
LE HAGO SABER: Que en esta Judicatura ha tocado mediante sorteo el
conocimiento del Juicio de Laboral con Procedimiento Oral No. 927-2012
DEMANDANTE: SALINAS RUGEL ABDON ELEMILEC.
DEMANDADOS: BAQUERO MACUY EDUARDO XAVIER.
CUANTÍA: USD $7,655.40 Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica.
TRAMITE: LABORAL DE PROCEDIMIENTO ORAL.- "En mérito de los documentos que obran de autos se ordena publicar el extracto de citación,
a HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL QUE EN VIDA FUE,
SEÑOR: BAQUERO MACUY EDUARDO XAVIER, por sus propios Derechos,
y por los que representaba de SEMIN CIA LTDA, conforme lo dispone el
Art. 82 y 83 del Código de Procedimiento Civil” Ecuatoriano.
JUEZ: AB. GUSTAVO LETAMENDI ESPINOZA, JUEZ PRIMERO ADJUNTO
DE TRABAJO DEL GUAYAS.
Lo que comunico a usted (s) para los fines de Ley, advirtiéndole (s) la obligación que tiene (n) de comparecer a juicio y señalar casillero judicial para
posteriores notificaciones, dentro de los veinte días siguientes a la publicación de este extracto, caso contrario podrá (n) ser declarado (s) en rebeldía.
Guayaquil, 27 de Marzo del 2014
Ab. JUAN PABLO RUA VALENCIA
SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO
ADJUNTO DE TRABAJO DEL GUAYAS
Jun. 9-20; Jul. 3 (147877)
CASILLA 5091
EXTRACTO JUDICIAL
UNIDAD JUDICIAL TERCERA ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER,
NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO
...ZON DE PROTOCOLIZACIÓN.- A petición del Doctor Julio Ortíz Loor, con matrícula profesional número diecisiete guión mil novecientos setenta y ocho guión veinte y seis del CNJ,
protocolizo en el Registro de Escrituras Públicas de la Notaría Novena actualmente a mi cargo,
de acuerdo a la Acción de Personal del Consejo de la Judicatura de la República del Ecuador,
número uno tres dos tres cuatro-DNTH-NB, de nueve de diciembre de dos mil trece, en seis
fojas útiles, incluyendo la que contiene esta razón, EL PODER CONFERIDO Y APOSTILLADO EN
LA CIUDAD DE LIGUA, REPÚBLICA DE CHILE CON FECHA 03 DE FEBRERO DEL 2014, OTORGADA POR EL SEÑOR ERNESTO JAVIER MOLINA MIRANDA EN SU CALIDAD DE GERENTE
GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA COMBUSTIBLES CABILDO LTDA. A
FAVOR DEL INGENIERO PEDRO SAÚL NOVILLO IZQUIERDO. QUITO, A VEINTE Y CINCO DE
FEBRERO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
P.J.
FECHA: 25-02-2014
REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS
PODER GENERAL
"ERNESTO MOLINA Y COMPAÑÍA LIMITADA"
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTÓN GUAYAQUIL
MOLINA Y COMPAÑÍA LIMITADA", cuyo nombre de fantasía es "COMBUSTIBLES CABILDO
LTDA." otorgada poder general, pero dentro de su especialidad tan amplio y suficiente como en
Derecho se requiera y sea menester a favor de don PEDRO SAUL NOVILLO IZQUIERDO; mayor
de edad, divorciado, empresario de nacionalidad ecuatoriana, vecino de la ciudad de Quito
cuya residencia esta ubicada en Carlos Guerrero E33-110 y con cédula de ciudadanía número
0300398930, para que este en nombre de la sociedad poderdante, actúe como representante
legal de la Sucursal en Ecuador, para que realice todos los actos y negocios, jurídicos que hayan
de celebrarse y surtir efecto en territorio ecuatoriano y, especialmente, para que pueda contestar demanda y cumplir las obligaciones contraídas. En general, para que actúe en nombre de la
sociedad en todo tipo de actos o contratos sin limitación alguna de tiempo, cuantía o clase que
deben efectuarse y celebrarse en Ecuador. Incluyendo las siguientes atribuciones: 1.- Actuar individualmente como Apoderado General de la Sucursal en la República del Ecuador y ante sus
entidades públicas, y privadas, cortes legales con poder amplio y suficiente para cumplir con todas y cada una de las leyes del Ecuador.- 2.- Efectuar todos los actos y asuntos que tengan lugar
en el Ecuador, con poder amplio y suficiente para cumplir con todas y cada una de las leyes del
Ecuador. 3.- Suscribir y presentar ante instituciones Públicas o Privadas, propuestas y ofertas
para prestación de los servicios de las Sucursales de la Compañía en la República del Ecuador
y cualquier clase de documento precontractual. 4.- Suscribir cualquier clase de contratos tales
como civiles, mercantiles, laborales, entre otros, a fin de facilitar la operación de la Sucursal
de la Compañía en Ecuador, incluyendo pero sin limitarse a la suscripción de contratos con el
sector público en la República del Ecuador, sea ante entidades públicas o privadas, obligando
legalmente a la Sucursal de la Compañía en Ecuador conforme cada contrato sea acordado. 5.Abrir cuentas bancarias, depositar, girar, aceptar letras y suscribir pagarés, retirar dinero de las
cuentas bancarias, endosar cheques y otros documentos bancarios. 6.- Realizar ante el Servicio
de Rentas Internas todas las gestiones y actos necesarios así como suscribir y presentar todos
los documentos requeridos para el cabal cumplimiento de las obligaciones tributarias a que
hubiere lugar. 7.- Presentar peticiones reclamos y recursos de carácter administrativo ante la
administración tributaria nacional o seccional. 8.- Contratar trabajadores y empleados, suscribir
contratos de trabajo desahuciarlos, solicitar visto bueno de gestiones ante el Ministerio de
Relaciones Laborales, o ejecutar cualquier tipo de acuerdo laboral. 9.- Realizar ante el Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social todas las gestiones y actos necesarios así como suscribir y
presentar todos los documentos requeridos para el cabal cumplimiento de las obligaciones
patronales a que hubiere lugar. El apoderado general se encuentra facultado para intervenir
en su actuación con amplias facultades, por lo que no se podrá alegar falta de insuficiencia de
atribuciones a efectos de que el Apoderado general realice y ejecute el mandato a el conferido
en virtud del presente instrumento. El presente Poder general no podrá ser delegado a favor de
ninguna otra persona, ni en todo ni en parte. Este poder incluye las facultades contenidas en el
Artículo 415 de la Ley de Compañías, consecuentemente el Apoderado tendrá las facultades
para realizar todos los actos y negocios que van a tener lugar en Ecuador. La vigencia de este
Poder General es hasta que sea expresamente revocado. La personería de don Ernesto Javier
Molina Miranda para representar y actuar por la sociedad "ERNESTO MOLINA Y COMPAÑÍA
LIMITADA", cuyo nombre de fantasía es "COMBUSTIBLES CABILDO LTDA.", consta de la escritura pública de modificación de sociedad de fecha veintiocho de julio del año dos mil once,
repertorio número 1797, otorgada en la Notaría de la ciudad y comuna de La Ligua, república
de Chile, que no se inserta a petición del compareciente y por haberla tenido a la vista el notario
que autoriza. Conforme con la redacción presentada por don Miguel Angel Cruz Fernández.
En comprobante, previa lectura ratifica y firma. Se da copia. Queda anotada en el Libro de
repertorio con el número 207. Doy Fe.-
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTÓN GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: RUTH ELIZABETH FLORES MERO.
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL N°
2014-3089, seguido por el señor VICTOR HUGO AYALA CRUZ.
ACTOR: VICTOR HUGO AYALA CRUZ.
DEMANDADA: RUTH ELIZABETH FLORES MERO.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vínculo
matrimonial que une a los señores VICTOR HUGO AYALA CRUZ Y RUTH ELIZABETH FLORES
MERO.
AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS. - UNIDAD JUDICIAL SUR DEL
CANTON GUAYAQUIL. Guayaquil, Viernes 11 de Abril de 2014, las 17h05, VISTOS: Toda vez que
se ha dado cumplimiento a la declaración juramentada sobre las diligencias, investigaciones o
averiguaciones que hiciera el señor VICTOR HUGO AYALA CRUZ para establecer el domicilio de
la señora RUTH ELIZABETH FLORES MERO; la DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL por ser
clara, precisa y completa, y por reunir los requisitos de ley, se la califica y admite al trámite del
juicio verbal sumario (Divorcio) de conformidad con los artículos 118 del Código Civil y 67 y 68
del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, evacuada la respectiva diligencia de Declaración Juramentada, cítese a la demandada, RUTH ELIZABETH FLORES MERO, de conformidad
con lo preceptuado en los artículos 82 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con
el último inciso del Art. 119 del Código Civil, mediante tres publicaciones a efectuarse en días
distintos en uno de los diarios de mayor circulación nacional en el país, tales como: El Universo, El
Telégrafo o El Expreso, advirtiéndole a la accionada de la obligación que tiene de señalar domicilio
legal y domicilio electrónico para sus notificaciones dentro del término establecido en la Ley;
para lo anteriormente indicado, la Actuaria deberá elaborar el Extracto de Citación correspondiente.- Continúe como Actuaria del Despacho la Ab. Patricia Alume Jaramillo.- NOTIFÍQUESE Y
CÚMPLASE.- CUANTÍA: Indeterminada.
JUEZA DE LA CAUSA: AB. JESSICA VELEZ, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA,
MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS Y LA ABOGADA
PATRICIA ALUME JARAMILLO. SECRETARIA.- QUE CERTIFICA.
AB. PATRICIA ALUME JARAMILLO
Secretaria
(149624)
En La Ligua, Comuna del mismo nombre República de Chile a treinta y uno de Enero del año
dos mil catorce, ante mí, CLAUDIO ENRIQUE RIVERA RAMÍREZ, Abogado y Notario Público de
esta ciudad, Suplente de la Titular doña Alina Morales Tortora, nombrado por Decreto Judicial
N° 21-2014, de fecha veintidós de Enero del año dos mil catorce, del Juzgado de Letras de
La Ligua, el que se encuentra protocolizado bajo el número treinta y siete en el Registro de
Documentos de esta Notaría, correspondiente al primer bimestre del año en curso, con oficio
para estos efectos en calle Uribe número ciento cincuenta, Comparece don ERNESTO JAVIER
MOLINA MIRANDA; chileno divorciado, empresario domiciliado en La Ligua calle Uribe número
ciento sesenta y tres comuna de La Ligua, Cédula Nacional de Identidad y Rol Único Tributario
número seis millones quinientos setenta y ocho mil trescientos diez guión K, quién comparece
en representación de la sociedad "ERNESTO MOLINA Y COMPAÑIA LIMITADA", cuyo nombre
de fantasía es "COMBUSTIBLES CABILDO LTDA," Rol Único Tributario número setenta y siete
millones; setecientos; treinta y nueve mil doscientos cuarenta guión nueve (77.739.240-9),
del giro de su denominación y del mismo domicilio que su representante, mayor de edad,
acredita su identidad con la cédula antes anotada y expone: PRIMERO: Que, la sociedad que
representa se
Certifico que el presente documento electrónico es copia fiel e integra de su original, reproducido en las siguientes páginas.
NÚMERO DE REPERTORIO:
FECHA DE INSCRIPCIÓN:
NÚMERO DE INSCRIPCIÓN
REGISTRO:
23412
25/06/2014
2063
LIBRO DE REGISTRO MERCANTIL
2. DATOS DE LOS INTERVINIENTES:
NO APLICA
3. DATOS DEL ACTO O CONTRATO:
NATURALEZA DEL ACTO O
CONTRATO:
FECHA ESCRITURA:
NOTARÍA:
CANTÓN:
Nº. RESOLUCIÓN:
FECHA RESOLUCIÓN:
AUTORIDAD QUE APRUEBA:
NOMBRE AUTORIDAD QUE
EMITE LA RESOLUCIÓN:
PLAZO:
NOMBRE DE LA COMPAÑÍA:
DOMICILIO DE LA COMPAÑÍA:
DOMICILIACIÓN DE COMPAÑÍA CON PODER
(CONSTITUIDA EN PAÍS EXTRANJERO QUE NEGOCIE EN ECUADOR)
28/03/2014
NOTARIA NOVENA
QUITO
RESOLUCIÓN: SCV.IRQ.DRASD.SAS.2014.2449
18/06/2014
INTENDENTE DE COMPAÑIAS DE QUITO
SUBROGANTE
AB. ALVARO GUIVERNAU BECKER
0
ERNESTO MOLINA Y COMPAÑÍA LIMITADA
QUITO
4. DATOS CAPITAL/CUANTÍA:
Notaría de La Ligua Alina Morales Tortora certifica que la copia de fojas 533 número 207
correspondiente al Registro de Instrumentos Públicos del año 2014, adjunta al presente documento, esta conforme con su original.
NO APLICA
5. DATOS ADICIONALES:
Notaría de La Ligua Alina Morales Tortora
Uribe 150, La Ligua - Chile
Repertorio Instrumentos Públicos N° 207 - 2014
Cantidad páginas documentos (incluida la presente) ; 5
Carátula N° 102220.--Código retiro.12b50
La Ligua 03 de febrero de 2014.
constituyó por escritura publica de fecha 15 de noviembre del año 2001, otorgada ante el
Notario Público de Santiago de Chile, don René J.T. Martínez Miranda de la Comuna de Nuñoa,
Región Metropolitana, repertorio número 1280 e inscrita en el Repertorio de Comercio del
Conservador de Bienes Raíces y Comercio de La Ligua a fojas 2 número 2, correspondiente al
año 2002, La nombrada sociedad tiene por objeto, social la compra venta, venta, distribución
y comercialización de combustibles, lubricantes, neumáticos, repuestos, accesorios y similares, la importación, exportación, comercialización, compra venta, arrendamiento con o sin
opción de compra de toda clase de bienes muebles, la explotación de estaciones de servicios
y prestación de servicios afines y la realización de otros negocios directa o indirectamente relacionados, tales como minimarket , restoran, cafetería, tienda de conveniencia, servicio de alimentos y/u otros de naturaleza parecida; como también toda negociación lícita que los socios
acuerden en forma unánime.- SEGUNDO: Por el presente instrumento, el compareciente don
ERNESTO JAVIER MOLINA MIRANDA, actuando en representación de la sociedad "ERNESTO
ANEXA PROTOCOLIZACIONES DE 28/03/2014; Y, 09/06/2014; Y, ESCRITURA PUBLICA
DE 09/06/2014, EFECTUADAS ANTE LA NOTARIA NOVENA DEL D.M. DE QUITO, DRA.
ALICIA ALABUELA.- LA COMPAÑIA A TRAVÉS DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA MISMA OTORGA PODER A FAVOR DEL SR. PEDRO SAUL NOVILLO IZQUIERDO.CUALQUIER ENMENDADURA, ALTERACIÓN O MODIFICACIÓN AL TEXTO DE LA PRESENTE RAZÓN, LA INVALIDA. LOS CAMPOS QUE SE ENCUENTRAN EN BLANCO NO SON NECESARIOS PARA LA VALIDEZ DEL PROCESO DE INSCRIPCIÓN, SEGÚN LA NORMATIVA
VIGENTE.
FECHA DE EMISIÓN: QUITO, A 25 DÍA(S) DEL MES DE JUNIO DE 2014
AB. MARCO LEON SANTAMARIA - (DELEGADO - RESOLUCIÓN Nº 002-RMQ-2014)
REGISTRADOR MERCANTIL DEL CANTÓN QUITO
DIRECCIÓN DEL REGISTRO: AV. 6 DE DICIEMBRE N56-78 Y GASPAR DE VILLAROEL
(149567)
BANCO FINCA (QUEVEDO).- AL PÚBLICO.Comunica que se va a proceder a anular la
siguiente libreta de ahorros Nro. 27665 Cuenta
# 2100008280, beneficiario: Jadan Pita Leonor.
De no haber quien se oponga dentro de los días
posteriores a la última publicación, dicha Libreta
quedará anulada sin responsabilidad para el
Banco emisor.
Jul. 2-3-4 (149358-8)
BANCO FINCA (ESMERALDAS).- AL PÚBLICO.Comunica que se va a proceder a anular la
siguiente libreta de ahorros Nro. 33359 Cuenta
# 2060011527, beneficiario: Juana Nazareno
De no haber quien se oponga dentro de los días
posteriores a la última publicación, dicha Libreta
quedará anulada sin responsabilidad para el
Banco emisor.
Jul. 2-3-4 (149358-7)
BANCO FINCA (Parque de la Madre ).- AL
PÚBLICO.- Comunica que se va a proceder a
anular la siguiente libreta de ahorros Nro. 943
Nro. de Cuenta 1060064801, beneficiario:
MOREIRA SANTOS DENIS.
De no haber quien se oponga dentro de los días
posteriores a la última publicación, dicha Libreta
quedará anulada sin responsabilidad para el
Banco emisor.
Jul. 2-3-4 (149358-1)
BANCO FINCA (Parque de la Madre ).- AL
PÚBLICO.- Comunica que se va a proceder a
anular la siguiente libreta de ahorros Nro. 41498
Cuenta # 2060001996, beneficiario: MONAR
BOSQUEZ ESTHELA.
De no haber quien se oponga dentro de los
días posteriores a la última publicación, dicha
Libreta quedará anulada sin responsabilidad para
el Banco emisor.
Jul. 2-3-4 (149358-2)
BANCO FINCA (PORTETE).- AL PÚBLICO.Comunica que se va a proceder a anular la
siguiente libreta de ahorros Nro. 40 Cuenta
# 1020069768, beneficiario: Jacoba Sagñay
Valente. De no haber quien se oponga dentro de
los días posteriores a la última publicación, dicha
Libreta quedará anulada sin responsabilidad
para el Banco emisor.
Jul. 2-3-4 (149358-9)
BANCO FINCA (IBARRA).- AL PÚBLICO.Comunica que se va a proceder a anular la
siguiente libreta de ahorros Nro. 6839 Cuenta
# 00203000094-1, CONTROL 3205 beneficiario: Ines Yolanda Yapu Yandun. De no haber
quien se oponga dentro de los días posteriores
a la última publicación, dicha Libreta quedará
anulada sin responsabilidad para el Banco
emisor.
Jul. 2-3-4 (149358-10)
BANCO FINCA (IBARRA).- AL PÚBLICO.Comunica que se va a proceder a anular la
siguiente libreta de ahorros Nro. 5924 Cuenta
# 1030028252, CONTROL 379 beneficiario:
GUBIO CUASPA SONIA LUCIA.
De no haber quien se oponga dentro de los
días posteriores a la última publicación, dicha
Libreta quedará anulada sin responsabilidad para
el Banco emisor.
Jul. 2-3-4 (149358-4)
BANCO FINCA (QUITO SANTA CLARA).- AL
PÚBLICO.- Comunica que se va a proceder a
anular la siguiente libreta de ahorros Nro. 19592
Cuenta # 001010126610, CONTROL 3735 beneficiario: FLORES PORTILLA KATHERINE DEL
ROCIO. De no haber quien se oponga dentro de
los días posteriores a la última publicación, dicha
Libreta quedará anulada sin responsabilidad para
el Banco emisor.
Jul. 2-3-4 (149358-3)
BANCO FINCA (SANTO DOMINGO).- AL
PÚBLICO.- Comunica que se va a proceder a
anular la siguiente libreta de ahorros Nro. 29152
Cuenta # 2060010459, beneficiario: Segarra
Jhuliana / Moran Teresa. De no haber quien se
oponga dentro de los días posteriores a la última
publicación, dicha Libreta quedará anulada sin
responsabilidad para el Banco emisor.
Jul. 2-3-4 (149358-12)
BANCO FINCA (CHILLOGALLO).- AL
PÚBLICO.- Comunica que se va a proceder
a anular la siguiente libreta de ahorros Nro.
17357 Cuenta # 1010056032, CONTROL
4748 beneficiario: Angelica Lucia Mendez
Iglecias. De no haber quien se oponga dentro
de los días posteriores a la última publicación,
dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.
Jul. 2-3-4 (149358-11)
BANCO FINCA (Santo Domingo ).- AL
PÚBLICO.- Comunica que se va a proceder
a anular la siguiente libreta de ahorros Nro.
18343 Cuenta # 1060112792, beneficiario:
Yen Mantilla Garcia. De no haber quien se
oponga dentro de los días posteriores a la
última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.
Jul. 2-3-4 (149358-5)
BANCO FINCA (Santo Domingo).- AL
PÚBLICO.- Comunica que se va a proceder
a anular la siguiente libreta de ahorros Nro.
33236 Cuenta # 2060011495, beneficiario:
EDINSON VARGAS / SUAREZ SEGUNDO.
De no haber quien se oponga dentro de los
días posteriores a la última publicación, dicha
Libreta quedará anulada sin responsabilidad
para el Banco emisor.
Jul. 2-3-4 (149358-6)
El Telégrafo I jueves 3 de julio del 2014
OPERADORA Y PROCESADORA DE PRODUCTOS
MARINOS, OMARSA S.A.
ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA
ACTIVO
La compañía THEARQONES CIA. LTDA., se
constituyó por escritura pública otorgada
ante el Notario Trigésimo Primero del Distrito Metropolitano de Quito, el 09 de Abril de
2014, fue aprobada por la Superintendencia
de Compañías, mediante Resolución SCVIRQ-DRASD-SAS-14-002430 de 17 de Junio de 2014.
37.149.804
4.871.635
120.194
47.846
0
42.189.479
86.040.373
PASIVO E INVERSIONES DE LOS
ACCIONISTAS
PASIVO CORRIENTE
Sobregiro bancarios
Obligaciones Bancarias
Emision de Obligaciones
Cuentas por pagar a proveedores
Cuentas por pagar a compañias relacionadas
Provisiones y otras cuentas por pagar
Impuesto a la renta por pagar
Otros impuestos por pagar
Beneficios sociales
TOTAL PASIVO CORRIENTE
3.178.434
18.006.466
4.710.153
10.806.227
0
3.281.404
1.506.534
681.286
2.177.609
44.348.113
PASIVO NO CORRIENTE
Obligaciones Bancarias
Emision de Obligaciones
Cuentas por pagar a compañias relacionadas y
accionistas
Beneficios a empleados
Impuesto a la renta diferido
Otros pasivos a largo plazo
TOTAL PASIVO NO CORRIENTE
TOTAL DEL PASIVO
2.313.301
1.538.006
706.908
246.560
6.376.178
50.724.291
PATRIMONIO
Capital
Reservas
Resultados acumulados
TOTAL DEL PATRIMONIO
TOTAL DEL PASIVO Y PATRIMONIO
4.000.000
2.124.075
29.192.007
35.316.082
86.040.373
633.903
937.500
1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de
Quito, provincia de PICHINCHA.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 400,00 Número
de Participaciones 400 Valor US$ 1,00.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es:.. A)
LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO, CONSULTORÍA Y PRE DISEÑO ARQUITECTÓNICO;...
Quito, 17 de Junio de 2014
Dr. Román Barros Farfán
ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un
periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.
(149631)
OPERADORA Y PROCESADORA DE PRODUCTOS
MARINOS, OMARSA S.A.
ESTADOS DE RESULTADOS INTEGRALES
del 01 enero al 31 diciembre del 2013
Año 2013
Ventas netas
Cambio en el valor razonable de activos biológicos
Costo de productos vendidos
Utilidad bruta
Gastos operacionales
Gastos de administración
Gastos de ventas
Otros egreso / ingresos, netos
Utilidad operacional
Gastos financieros, netos
Utilidad/Perdida antes del impuesto a la renta
Impuesto a la renta
Utilidad neta
Otros resultados integrales
Ganancias que no se reclasifican posteriormente al
resultado del ejercicio:
Nuevas mediciones de los planes de beneficios
definidos - Ganancias actuariales
165.565.261
598.144
166.163.405
-144.087.741
22.075.664
6.044.424
4.722.529
1.749.414
12.516.367
9.559.297
-4.065.744
5.493.553
1.505.261
3.988.292
162.513
4.150.805
Ing. Nelly Villacrés
Contadora General
AVISO DE REMATE
Se pone en conocimiento del público en general, que mediante providencia
de fecha 10 de marzo de 2014, a las 11h05, dictada dentro del juicio
coactivo 363-2010, se ha señalado el día VIERNES 22 DE AGOSTO DEL
2014; desde las trece horas hasta las diecisiete horas, para que se lleve a
efecto el remate del inmueble que se detalla mas adelante, en las oficinas
del Juzgado de Coactivas del Banco Nacional de Fomento, Sucursal Quito,
ubicado en la Avenida Diez de Agosto N12-13 y calle Santa Prisca, Cantón
Quito, Provincia de Pichincha.
LOCAL COMERCIAL NÚMERO SESENTA Y CINCO DEL CENTRO COMERCIAL
IPIALES MIRES, PARROQUIA EL SALVADOR, CANTÓN QUITO, PROVINCIA
DE PICHINCHA
Los linderos son: NORTE: Local 64 SUR: Corredor ESTE: Local 66 OESTE:
Corredor.
SUPERFICIE: 4 METROS CUADRADOS.
Descripción del Inmueble y su entorno: Estructura, hormigón armado, paredes exteriores de bloque, paredes interiores de bloque, cubierta de hormigón
armado, entrepiso de hormigón armado, ventanas metálicas enrollables,
puerta metálica, función comercio, estado del inmueble bueno.
DESCRIPCIÓN
AREA
V. UNITARIO VALOR TOTAL
Terreno
(proporcional según alícuota 4.55 m2
389.00 USD 1.770.00 USD
Construcción
5.80 m2
350.00 USD 2.030.00 USD
TOTAL
3.800.00 USD
VALOR TOTAL DEL BIEN: TRES MIL OCHOCIENTOS DÓLARES
AMERICANOS.
De acuerdo a la reforma del artículo 457 del Código de Procedimiento
Civil, los postores deberán ser calificados con 15 días de anticipación a la
realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en
el negocio; para lo cual, las personas naturales y/o jurídicas que deseen
participar en el remate, deberán acudir a esta Judicatura hasta 15 días antes
del remate para que se realice la calificación respectiva, El Banco informará
oportunamente a los postores sobre el resultado de la calificación.- No
se aceptarán ofertas de los postores que no hubieran sido previamente
calificados por la Institución, por tratarse del SEGUNDO SEÑALAMIENTO,
se aceptarán ofertas sobre el 50 % del valor del avalúo total, acompañadas
del 10 por ciento del valor de la oferta en efectivo o cheque certificado, a la
orden del Banco Nacional de Fomento, Sucursal Quito.
Se admitirán posturas en que se fijen plazos de hasta ocho años para el caso
de remate de bienes inmuebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por
lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el
capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo.- El remate
se efectuará como cuerpo cierto como lo dispone el Art.1773 de Código
Civil.- Todos los gastos que se ocasionaren para la transferencia de dominio
de dicho inmueble, los impuestos y cancelación de gravámenes; serán de
cuenta del adjudicatario, con excepción de aquellos que por expreso mandato de la ley deban ser pagados por los coactivados.
Mayor información se ofrecerá en la Secretaría del Juzgado de Coactivas del
Banco o llamando al Telf. 02 -2946-500 Ext. 2058.
Ab. Willian Santamaria Valle
JUEZ DELEGADO DE COACTIVA BANCO NACIONAL DE FOMENTO
Jul. 3-16-30(149638)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE DAULE
Citación (extracto)
BANCO PROCREDIT S.A.: Pone en conocimiento
del público, la anulación por pérdida de la libreta
de ahorro # 1701011623070 de MAYANZA LEMA
MARIA SARA.
Particular que se comunica para los fines legales.
Jul. 3 (149586)
BANCO PROCREDIT S.A.: Pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida de
la libreta de ahorro # 1701011632852 de
GUAYARA LUIS ALBERTO.
Particular que se comunica para los fines legales.
Jul. 3 (149587)
COOPERATIVA 29 DE OCTUBRE:
Se comunica
al público el extravío de la libreta de ahorros No.
411027267 y póliza de aportaciones No. 413027267
perteneciente a GUZHÑAY MANCERO ROSA OLIVIA.
Particular que se comunica para los fines de ley.
Jul. 2-3-4 (149501)
Juicio Coactivo No. 180-2012
Se pone al conocimiento al público en general, que dentro del juicio coactivo
No. 180-2012, se ha señalado que el día JUEVES 21 DE AGOSTO DEL 2014;
desde las trece horas hasta las diecisiete horas, en las oficinas del Juzgado
de Coactiva del Banco Nacional de Fomento , Sucursal Machachi, ubicado
en la Calle Cristóbal Colón y pasaje José Mejía Esq., Cantón Mejía, Provincia
de Pichincha, se procederá al remate del bien inmueble embargado que obra
de autos, el lote de terreno número VEINTE Y NUEVE, situado en la zona
trescientos treinta y tres “A”, zona rural de la parroquia Cornejo Astorga,
Cantón Mejía, Provincia de Pichincha, cuyos linderos en donde se encuentra
la propiedad son los siguientes: NORTE: Lote número seis en novecientos
cuarenta metros rumbo Norte ochenta y seis grados cuarenta y cinco minutos
Este, más lote número treinta y cuatro en mil doscientos treinta metros rumbo
sur sesenta y un grados treinta minutos Este; SUR: Lote número veintiocho
en mil ciento ochenta metros rumbo Sur setenta grados treinta minutos Este,
más cuatrocientos cincuenta metros rumbo sur cuarenta y ocho grados treinta
minutos Este, más cuatrocientos veinte metros rumbo variable; ESTE: Estero
sin nombre en doscientos cuarenta metros siguiendo su curso, y, OESTE:
Quebrada la Ilusión en trescientos metros, siguiendo su curso, dimensiones
que dan CUARENTA Y CINCO HECTÁREAS DE SUPERFICIE.
Conforme el AVALÚO del inmueble materia del presente remate es de
TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 05/100
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA.- De conformidad
con el Art. 468 de la Codificación del Código de Procedimiento Civil y por
tratarse del PRIMER SEÑALAMIENTO el remate se efectuará sobre la base
de dos terceras partes del respectivo avalúo, esta diligencia que se llevará
a efecto en la Secretaría del Juzgado de Coactiva del Banco Nacional de
Fomento, Sucursal Machachi, las posturas se presentarán en sobre cerrado,
con la indicación de domicilio legal de cada postor para posteriores notificaciones de ley.- Sólo se admitirán posturas que estén acompañadas del
diez por ciento del valor total de la oferta, en efectivo, cheque certificado, o
cheque de gerencia a la orden del Banco Nacional de Fomento.- Los postores
calificados presentarán sus posturas por escrito, señalando casillero judicial
para posteriores notificaciones, según lo previsto en los artículos 457, inciso
primero y 458 del Código de Procedimiento Civil desde las 13H00 hasta las
17H00 del día señalado para el remate; y, serán calificados de acuerdo al Art.
468 Ibídem, los postores serán calificados conforme a lo prescrito en el Art.
457, inciso segundo del Código de Procedimiento Civil, en base de la solvencia
económica y experiencia en el negocio.
Se admitirán posturas que se fijen plazos de hasta ocho años para el caso de
remate de bienes inmuebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de por lo
menos el interés legal, pagadero por anualidades y que el capital se pague
anualmente en cuotas iguales durante el plazo.- El remate se efectuará como
cuerpo cierto como lo dispone el Art. 1773 del Código Civil.- Todos los gastos
que se ocasionaren para la transferencia de dominio de dicho inmueble, los
impuestos y cancelación de gravámenes, pagos de servicios básicos; serán de
cuenta del adjudicatario, con excepción de aquellos que por expreso mandato
de la ley, deban ser pagados por el coactivado.
Particular que pongo en conocimiento del público en general para los fines
legales consiguientes.
Mayor información se ofrecerá en la Secretaría del Juzgado de Coactivas
del Banco Nacional de Fomento, Sucursal Machachi o llamando al Teléf.
02-2315417 Ext. 110, o en la ciudad de Quito al 02-2946500 ext. 2058
AB. WILLIAM FERNANDO SANTAMARÍA VALLE
JUEZ DELEGADO DE COACTIVAS BANCO NACIONAL DE FOMENTO
Jul. 3-16-30(149639)
BANCO NACIONAL DE FOMENTO
SUCURSAL QUITO
JUICIO COACTIVO No. 363-2010
Ing. Nelly Villacrés
Contadora General
EXTRACTO
AVISO DE REMATE
2.366.182
101.499
18.168.229
3.719.812
Propiedades , planta y equipos
Propiedades de inversión
Activos intangibles
Inversiones en acciones
Otros activos
TOTAL ACTIVO NO CORRIENTE
TOTAL DEL ACTIVO
Eco. Sandro Coglitore C.
Gerente General
EXTRACTO
CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA THEAR QONES CIA. LTDA.
2.468.838
1.689.191
148.819
9.457.168
5.731.156
43.850.894
Eco. Sandro Coglitore C.
Gerente General
BANCO NACIONAL DE FOMENTO
SUCURSAL MACHACHI
AL 31-dic-2013
ACTIVO CORRIENTE
Efectivo y equivalentes de efectivo
Inversiones mantenidas hasta su vencimiento
Cuentas por cobrar comerciales
Cuentas por cobrar compañías relacionadas
y accionistas
Otros cuentas por cobrar
Impuesto por recuperar
Gastos pagados por anticipados
Inventarios
Activos biológicos
TOTAL ACTIVO CORRIENTE
47
A: OLGA ESTHELA GUAMAN DUMANCELA.LE HAGO SABER: Que a esta Judicatura le ha tocado conocer el juicio de divorcio No. 800-2013,
cuyo extracto es el siguiente:
DEMANDANTE: RAMON SEBASTIAN PROAÑO ANDRADE.DEMANDADO: OLGA ESTHELA GUAMAN DUMANCELA.OBJETO DE LA DEMANDA: El actor fundamenta su demanda conforme a la disposición del segundo inciso del undécimo Ordinal del Artículo 110 del Código Civil, demanda en la vía verbal
sumaria, solicitando que previo al trámite respectivo en sentencia se declare la disolución del
vínculo matrimonial que lo une a su cónyuge.AUTO RECAÍDO: De fecha 21 de noviembre del 2013, las 10h48.- donde se admite al trámite
la demanda por reunir los requisitos de ley, en providencia de fecha 1 de julio del 2014, las
11h49, se ordena que se cite a la demandada OLGA ESTHELA GUAMAN DUMANCELA, por
medio de uno de los diarios que se editan en la ciudad de Guayaquil, sean estos El Universo,
El Telégrafo o Expreso, por no existir diarios que se editen en esta localidad, conforme a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el accionante declaró
bajo juramento desconocer el actual domicilio o residencia de la misma.
CUANTÍA: Indeterminada.
JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Carlos Enrique Eras Vela, Juez Titular del Juzgado Décimo Quinto de
lo Civil y Mercantil de Daule.Lo que comunico a Usted, para prevenir la obligación que tiene de señalar domicilio judicial
para futuras notificaciones así como la de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será considerada en
rebeldía.
Guayaquil, 1 de julio del 2014
ABG. VICTOR GARCIA RONQUILLO
SECRETARIO DEL JUZGADO DÉCIMO SEXTO DE LO PENAL DE DAULE, ENCARGADO
DE LA SECRETARIA DEL JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL
DE DAULE, MEDIANTE ACCION DE PERSONAL
No. 4554-UARH-MCM
La compañía INTEQECUTORIAL S.A. INECUTEQ se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Segundo del Cantón GUAYAQUIL, el
12/05/2014, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SCV-INC-DNASD-SAS-14- 0004258 el 27 de Junio de 2014.
1.-
DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS.
2.-
CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00;
Capital Autorizado: US$ 1.600,00.
3.-
OBJETO: El objeto de la compañía es: LA COMPAÑÍA TENDRÁ COMO OBJETO: A) EL DESARROLLO Y APLICACIÓN DE LA MÁS AVANZADA DE ALTA
TECNOLOGÍA PARA LA SATISFACCIÓN DE LAS NECESIDADES HUMANAS
Y SOCIALES, A TRAVÉS DE LA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO CORRESPONDIENTES, LA COMPRA, VENTA, IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, DISTRIBUCIÓN, REPRESENTACIÓN, ALQUILER DE NUEVAS TECNOLOGÍAS
FABRICACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE MAQUINARIA GENERADORA DE
ENERGÍA ELÉCTRICA, ASÍ COMO DE SU PARTES Y PIEZAS; (...)
Guayaquil, 27 de Junio de 2014
Ab. Mario Barberán Vera
ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el
domicilio principal de la compañía.
(149634-1)
EXTRACTO
CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA UNIVIAJESCORP S. A.
La compañía UNIVIAJESCORP S. A. se constituyó por escritura pública
otorgada ante el Notario Vigésimo Segundo del Cantón GUAYAQUIL, el
09/05/2014, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SCV-INC-DNASD-SAS-14- 0003957 el 16 de Junio de
2014.
1.-
DOMICILIO: Cantón SAMBORONDON, provincia de GUAYAS.
2.-
CAPITAL: Suscrito US$ 10.000,00 Número de Acciones 10.000
Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 20.000,00.
3.-
OBJETO: El objeto de la compañía es: A) .- ACTIVIDADES DE FACULTAR, PROMOVER, IMPULSAR, PROPORCIONAR Y FOMENTAR
SERVICIOS TURÍSTICOS DENTRO DEL ECUADOR, AL DESARROLLO
DEL TURISMO NACIONAL E INTERNACIONAL DENTRO Y FUERA
DEL TERRITORIO NACIONAL...
Guayaquil, 16 de Junio de 2014
UNIDAD JUDICIAL No. 2 DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y
ADOLESCENCIA DEL CANTÓN MILAGRO EXTRACTO DE CITACIÓN
Ab. Melba Rodríguez Aguirre
ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO
EXTRACTO DE CITACIÓN
Causa No. 2014-0624
A:
JONATHAN RAFAEL ESCOBAR VELARDE.
HAGO SABER: Que en esta Unidad Judicial se ha presentado la demanda
de ALIMENTOS.
ACTOR:
ALEXANDRA DEL CISNE RUIZ CHICA
Milagro, jueves 20 de marzo de 2014, las 14h43
VISTOS: AVOCO conocimiento de la demanda de ALIMENTOS presentada
por la señora ALEXANDRA DEL CISNE RUIZ CHICA.- En lo principal, y por
cuanto la presente demanda reúne los requisitos exigidos en los Arts. 67,
68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, es clara y completa se la admite al trámite especial.- Por cuanto la accionante declara bajo juramento
que le es imposible determinar la residencia individualidad del domicilio
habitual del demandado JONATHAN RAFAEL ESCOBAR VELARDE. Se
ordena la publicación del extracto de la demanda y este auto en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación de esta ciudad a fin de
que comparezca a este Despacho a hacer valer sus derechos; amparada
en lo que estipula el Art. 82 del CPC.- Agréguese la documentación aparejada y téngase en cuenta la designación de la casilla judicial y la autorización que confiere a su patrocinador.- Actúe la Ab. Kerly Piedra Arevalo en
calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- Cúmplase y Notifíquese.LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY, PREVINIÉNDOLE
DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENEN DE COMPARECER A JUICIO Y SEÑALAR
DOMICILIO JUDICIAL dentro de los 20 días posteriores de la publicación
de este aviso, caso contrario será tenida o declarada en rebeldía.
Milagro, jueves 20 de marzo de 2014
Ab. Kerly Piedra Arevalo
SECRETARIA
Unidad Judicial No. 2 de la Familia, Mujer, Niñez y
Adolescencia de Milagro
(149640)
R. DEL E.
JUZGADO DECIMO QUINTO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE
PICHINCHA
EXTRACTO
Citación Judicial a: LEONARDO ADOLFO GOMEZ SARMIENTO
Actora: MARIANGELICA DUEÑAS DUEÑAS
Demandado: LEONARDO ADOLFO GOMEZ SARMIENTO
Juicio: DE PERMISO DE SALIDA DEL PAIS NRO. 2014-0831
Trámite: CONTENCIOSO
Cuantía: INDETERMINADA
Juez: DR. RAUL NARANJO NARANJO
Secretario: RAMIRO VASQUEZ
PROVIDENCIA: JUZGADO DECIMO QUINTO DE LA NIÑEZ Y
ADOLESCENCIA DE PICHINCHA.- VISTOS.- Una vez que la actora ha
dado cumplimiento al decreto de 25 de Junio del 2014, las 10h03. En
mi calidad de Juez Titular, avoco conocimiento de la presente causa, en
virtud a la Resolución No. 024-2013, del 23 de abril del 2013, emitida
por el Consejo de la Judicatura.
En lo principal, la demanda de Autorización de Salida del País, presentada por MARIANGELICA DUEÑAS DUEÑAS, se la califica como clara, precisa y por teunir los requisitos de Ley se la acepta al Trámite Contencioso
General contemplado en el artículo 271 y siguientes del Código de la
Niñez y Adolescencia. CÍTESE con la demanda y auto de calificación al
señor LEONARDO ADOLFO GOMEZ SARMIENTO, con el contenido de la
demanda y providencia en ella recaída, en el domicilio señalado, previniéndole de su obligación de señalar casilla judicial para posteriores notificaciones, y que de no comparecer se continuará la causa en rebeldía,
en atención a lo solicitado por la actora, por cuanto manifiesta desconocer el domicilio del demandado, se lo hará mediante tres publicaciones,
en un periódico de amplia circulación, de esta ciudad de Quito. Una vez
citado en legal y debida forma el demandado a petición de parte se convocará a Audiencia de Conciliación y Contestación conforme lo señala
el artículo 273 del Código de la Niñez y la Adolescencia. La Dinapen y
Oficina Técnica asignada a ésta Judicatura intervengan, investiguen y
presenten el respectivo informe en el término de 15 días, a partir de la
recepción de los respectivos oficios, mismos que se remitirán una vez
se encuentre citado el demandado. Agréguese al proceso la documentación adjunta. Téngase en cuenta el correo electrónico señalado por la
accionante para sus notificaciones. Las partes presentarán sus escritos
directamente en esta Judicatura ubicada en la Casa de la Justicia, calles
Joaquín Mancheno y Tadeo Benítez, sector Carcelén Industrial- Zona la
Delicia.- Notifíquese y Cítese. Notifíquese. (..).- NOTIFIQUESE.
Ramiro Vásquez T.
SECRETARIO
(149641)
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.
(149634-2)
AVISO DE REMATE
PONGO EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL que mediante providencia dictada el 11 de junio 2014, las 15h45 por el señor Juez de Coactivas de
la UNIDAD DE GESTIÓN Y EJECUCIÓN DE DERECHO PUBLICO DEL FIDEICOMISO AGD CFN NO MAS IMPUNIDAD "UGEDEP", dentro del juicio coactivo N°
024-2011-UGEDEP, se ordenó el remate del bien inmueble embargado dentro de
este proceso coactivo, señalándose para el efecto el día JUEVES 21 DE AGOSTO
DEL 2014, acto que se llevará a cabo desde las trece horas hasta las diecisiete horas, en la Secretaría de este despacho ubicado en el noveno piso del Edificio del
Banco Central del Ecuador, ubicado en la Av. 10 de Agosto N11-4089 y Briceño de
esta ciudad de Quito.
CARACTERÍSTICAS DEL BIEN A REMATARSE:
Lote de terreno signado con el No. 33 de la Lotización Kacharpaqui, situado en la
parroquia de Conocoto del cantón Quito, Provincia de Pichincha;
NORTE: en una extensión de veinte y siete metros ochenta centímetros con el lote
No. 34;
SUR: en una extensión de treinta y tres con el lote treinta y dos;
ESTE: en una extensión de dieciséis metros con la quebrada;
OESTE: en una extensión de quince metros con calle Av. Jaime Roldos Aguilera;
ÁREA DEL TERRENO: 456,00 m2
CONSTRUCCIÓN: Edificación de 2 pisos y terraza, área verde y parqueo sin cubierta, área de BBQ, vivienda formada en planta baja por la sala, comedor, cocina,
baños, dormitorios, bodega; en la planta alta, sala, comedor, cocina, dormitorios,
baños completos, cuarto de estudio, balcón; en la terraza área de lavandería y cuarto
de maquinas.
ÁREA TOTAL DE CONSTRUCCIÓN: 358,92 m2.
AVALÚO: CIENTO SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 20/100 (US$ 171.619,20)
Por tratarse del segundo señalamiento, de conformidad con el Art. 471 del Código
de Procedimiento Civil, se aceptarán únicamente aquellas posturas que cubran por
lo menos el 50 por ciento del avalúo del bien inmueble, y en toda postura de deberá
acompañar el diez por ciento del valor ofertado, en dinero en efectivo o en cheque certificado a nombre de la UGEDEP. Todos los gastos y costas que demande la
transferencia de dominio como son Alcabala, Consejo Provincial, Registro, Notaría y
demás, así como las correspondientes a expensas impagas de ser el caso, correrán
por cuenta del adjudicado, debiendo hacer constar de esta manera en la oferta. De
existir tercerías coadyuvantes, no se admitirán pagos de postura por compensación
de créditos. Cualquier información adicional solicitarla en la Secretaría del Juzgado
de Coactivas de la UGEDEP. Publíquense los avisos de remate y fíjense los carteles
correspondientes de conformidad a lo estipulado en el artículo 456 del Código de
Procedimiento Civil.- Conforme a lo determinado en la Disposición Transitoria que
se agrega al artículo 457 del Código de Procedimiento Civil contenida en la Ley de
Fomento Ambiental y Optimización de Ingresos del Estado, publicada en el Registro
Oficial Suplemento No. 583 de 24 de noviembre del 2011, los postores deberán
calificarse con 15 días de anticipación a la realización del remate en la Secretaría del
Juzgado de Coactivas de la UGEDEP, para lo que deberán presentar la siguiente documentación: Personas naturales: 1) Solicitud dirigida al juez de coactivas indicando el remate en que se va a participar y consignando los siguientes datos: dirección,
casillero judicial y teléfonos 2) Copia a color de la cédula y papeleta de votación de
últimas elecciones; o, pasaporte (extranjeros) 3) Certificado original otorgado por
la UGEDEP que no es deudor de esta Institución 4) Certificado original del Banco
Central, de no adeudar a la banca cerrada 5) Certificado del CONSEP 6) Certificado
que acredite experiencia en la correspondiente actividad si el bien a rematarse constituye un negocio o forma parte de alguno.- Personas Jurídicas: 1) Solicitud dirigida
por el Representante Legal al juez de coactivas indicando el remate en que se va a
participar y consignando los siguientes datos: dirección, casillero judicial y teléfonos
2) Copia a color de la cédula y papeleta de votación de últimas elecciones; o, pasaporte (extranjeros) del representante legal 3) Copia certificada del nombramiento
del Representante Legal 4) Copia legible del RUC de la compañía 5) Certificado original otorgado por la UGEDEP que no es deudor de esta Institución de la compañía y
del representante legal 6) Certificado original del Banco Central del Ecuador, que la
compañía participante no adeuda a la banca cerrada 7) Balances auditados del año
inmediato anterior presentados en la Superintendencia de Bancos 8) certificado de
la Superintendencia de Compañías que la compañía se encuentra al día en el cumplimiento de las obligaciones societarias correspondientes 9) Certificado del CONSEP
10) Certificado que acredite experiencia en la correspondiente actividad si el bien
a rematarse constituye un negocio o forma parte de alguno.- NOTA: la UGEDEP se
reserva el derecho de incorporar otras, quitar o variar estos requisitos según la clase
de bien que se remate, con el objeto de precautelar a los intereses institucionales.CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.
Ab. Christian Feijoo T.
SECRETARIO JUZGADO DE COACTIVAS
“UGEDEP”
Jul. 3-16-30 (149635)
BANCO COOPNACIONAL: Se comunica al
público el extravío de la LIBRETA de AHORROS
de la Cta. No. 85492533 perteneciente a LUNA
VELASCO TEODORA FATIMA.
Particular que se comunica para los fines de ley.
Jul. 1-3 (149563)
CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA INTEQECUTORIAL S.A. INECUTEQ.
BANCO COOPNACIONAL: Se
comunica al público el extravío
de la LIBRETA de AHORROS de la
Cta. No. 406706902 perteneciente a RODRIGUEZ LEGARDA
HERMES IGNACIO.
Particular que se comunica para
los fines de ley.
Jul. 1-3 (149464)
COOPERATIVA 29 DE OCTUBRE:
EXTRAVIO DE LIBRETA DE AHORROS
Se comunica al público el extravío del
Certificado de Aportación de la cuenta No. 4501354882 perteneciente
a PILAMUNGA CEILEMA ROSA
ELENA.
Particular que se comunica para los
fines de ley.
Jul. 1-2-3 (149403)
Jun. 18; Jul. 3-18 (148368)
BANCO DEL PROGRESO
EXTRAVÍO DE ACREENCIA
Se comunica al público el extravío de la ACREENCIA # 78589 Por el Valor
de: 688,81 perteneciente a ORTIZ LUZURIAGA TERESA ISABEL MARIA.
Particular que se comunica para los fines de ley.
Jun. 30; Jul. 3-6 (149377)
48
El Telégrafo I jueves 3 de julio del 2014
ÁREA DE
CONSTRUCCION
UBICACIÓN
CARACTERÍSTICAS
Y TIPO DE
CONSTRUCCIÓN
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PICHINCHA
CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONVOCATORIA
Para el proceso especial No. PE-DP17-14-2014 para el “ARRENDAMIENTO DE UN BIEN INMUEBLE PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA
UNIDAD JUDICIAL EN TABACUNDO, CANTÓN PEDRO MONCAYO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA”, el cronograma será el siguiente:
Fecha de Publicación
Fecha límite de publicación del Acta de Audiencia de preguntas y aclaraciones
Fecha límite de Propuestas
Fecha Apertura de Ofertas
Fecha estimada de Adjudicación
Sector Centro de Tumbaco
Cimentación y estructura: De hormigón armado.
Acabados: en excelente estado de conservación.
Red de agua potable, aguas servidas, energía eléctrica (iluminación y
tomacorrientes) y red telefónica, seguridades necesarias.
El inmueble debe estar ubicado en el centro de Tumbaco, con facilidades de circulación vehicular y acceso de transporte público.
El inmueble debe contar con energía eléctrica, B3-17161, totalmente
independiente.
Agua potable A11N950486
ENTORNO
De acuerdo con los Pliegos de Arrendamiento de Bienes Inmuebles, elaborados por la Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la
Judicatura y aprobados mediante Resoluciones de Inicio Nos.: DP17-87-HACM-2014, DP17-88-HACM-2014, DP17-89-HACM-2014, DP17-90HACM-2014 y DP17-91-HACM-2014 de 23 de junio de 2014, por el doctor Hernán Calisto M., en calidad de Director Provincial de Pichincha
(E) del Consejo de la Judicatura, de acuerdo con la acción de personal Nro. 10165-DNTH-NB de 12 de septiembre de 2013 y de conformidad
con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; el artículo 64 del Reglamento General a
la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y el articulo 1 contenido en el capítulo 1 de la Resolución INCOP- No. 013-09,
emitida el 6 de marzo de 2009, se invita al público en general, (personas naturales o jurídicas legalmente domiciliadas en el Ecuador) para
que presenten sus ofertas para los siguientes Procedimientos Especiales: No. PE-DP17-14-2014 para el “ARRENDAMIENTO DE UN BIEN
INMUEBLE PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA UNIDAD JUDICIAL EN TABACUNDO, CANTÓN PEDRO MONCAYO DE LA PROVINCIA
DE PICHINCHA”; No. PE-DP17-15-2014 para el “ARRENDAMIENTO DE UN BIEN INMUEBLE PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA UNIDAD
JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN SAN MIGUEL DE LOS BANCOS DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA”; No. PE-DP17-16-2014
para el “ARRENDAMIENTO DE UN BIEN INMUEBLE PARA EL DIMENSIONAMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DE LAS UNIDADES JUDICIALES
DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA PARROQUIA TUMBACO”; No. PE-DP17-17-2014 para el “ARRENDAMIENTO DE UN
BIEN INMUEBLE PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y FAMILIA Y
JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LA FMNA DE QUITUMBE PROVINCIA DE PICHINCHA”; No. PE-DP17-18-2014 para el “ARRENDAMIENTO
DE UN BIEN INMUEBLE PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA UNIDAD JUDICIAL EN EL CANTÓN PUERTO QUITO DE LA PROVINCIA DE
PICHINCHA”, cuyo cronograma será el siguiente:
ETAPA
Mínimo 977,97 m2 de construcción
FECHA LIMITE
03/07/2014
03/07/2014
04/07/2014
04/07/2014
04/07/2014
HORA
12H00
18H00
14h00
15h00
18h00
La hora en la cual se llevará a cabo la Audiencia de Preguntas y Aclaraciones para el proceso No. PE-DP17-14-2014 será a las 14H00 del día
3 de julio del 2014.
OTROS
CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL INMUEBLE DESTINADO AL FUNCIONAMIENTO DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE
VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y FAMILIA Y JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LA FMNA DE QUITUMBE PROVINCIA DE PICHINCHA.
ÁREA DE
CONSTRUCCION
Mínimo 627,20 m2 de construcción
Sur de la ciudad de Quito, cantón Quito, calle Llirañan y pasaje 4 frente
al Distrito de Policía Quitumbe.
Cimentación y estructura: De hormigón armado.
Acabados: en excelente estado de conservación.
Red de agua potable, aguas servidas, energía eléctrica (iluminación y
tomacorrientes) y red telefónica, seguridades necesarias.
El inmueble debe estar ubicado en el sector Sur de la ciudad de Quito
a la altura del Distrito de Policía de Quitumbe, con facilidades de circulación vehicular y acceso de transporte público.
El inmueble debe contar con energía eléctrica, B3-17161, totalmente
independiente.
Agua potable A11N950486.
UBICACIÓN
CARACTERÍSTICAS
Y TIPO DE
CONSTRUCCIÓN
ENTORNO
OTROS
CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL INMUEBLE DESTINADO A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA UNIDAD JUDICIAL EN EL CANTÓN PUERTO QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA
ÁREA DE
CONSTRUCCION
UBICACIÓN
Mínimo 360 m2 de construcción
Sector Centro de Puerto de Quito, Cantón Puerto Quito.
Cimentación y estructura: De hormigón armado.
Acabados: en excelente estado de conservación.
Red de agua potable, aguas servidas, energía eléctrica (iluminación y
tomacorrientes) y red telefónica, seguridades necesarias.
El inmueble debe estar ubicado en el sector Centro de Tabacundo del
Puerto de Quito, cantón Puerto Quito, con facilidades de circulación
vehicular y acceso de transporte público.
El inmueble debe contar con energía eléctrica, B3-17161, totalmente
independiente.
Agua potable A11N950486.
CARACTERÍSTICAS
Y TIPO DE
CONSTRUCCIÓN
ENTORNO
Para el proceso especial No. PE-DP17-15-2014 para el “ARRENDAMIENTO DE UN BIEN INMUEBLE PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN SAN MIGUEL DE LOS BANCOS DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA”, el cronograma
será el siguiente:
ETAPA
Fecha de Publicación
Fecha límite de publicación del Acta de Audiencia de preguntas y aclaraciones
Fecha límite de Propuestas
Fecha Apertura de Ofertas
Fecha estimada de Adjudicación
FECHA LIMITE
03/07/2014
04/07/2014
04/07/2014
04/07/2014
07/07/2014
HORA
12H00
18H00
14h00
15h00
18h00
La hora en la cual se llevará a cabo la Audiencia de Preguntas y Aclaraciones para el proceso No. PE-DP17-15-2014 será a las 15H00 del día
3 de julio del 2014.
Para el proceso especial No. PE-DP17-16-2014 para el “ARRENDAMIENTO DE UN BIEN INMUEBLE PARA EL DIMENSIONAMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DE LAS UNIDADES JUDICIALES EN EL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA PARROQUIA TUMBACO ”, el
cronograma será el siguiente:
ETAPA
Fecha de Publicación
Fecha límite de publicación del Acta de Audiencia de preguntas y aclaraciones
Fecha límite de Propuestas
Fecha Apertura de Ofertas
Fecha estimada de Adjudicación
FECHA LIMITE
03/07/2014
03/07/2014
07/07/2014
07/07/2014
08/07/2014
HORA
12H00
18H00
14h30
15h30
18h30
La hora en la cual se llevará a cabo la Audiencia de Preguntas y Aclaraciones para el proceso No. PE-DP17-16-2014 será a las 15H30 del día
3 de julio del 2014.
Para el proceso especial No. PE-DP17-17-2014 para el “ARRENDAMIENTO DE UN BIEN INMUEBLE PARA EL FUNCIONAMIENTO DE “LA
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y FAMILIA Y JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LA FMNA DE
QUITUMBE PROVINCIA DE PICHINCHA”, el cronograma será el siguiente:
ETAPA
Fecha de Publicación
Fecha límite de publicación del Acta de Audiencia de preguntas y aclaraciones
Fecha límite de Propuestas
Fecha Apertura de Ofertas
Fecha estimada de Adjudicación
FECHA LIMITE
03/07/2014
03/07/2014
08/07/2014
08/07/2014
09/07/2014
HORA
12H00
18H00
11h00
12h00
18h00
La hora en la cual se llevará a cabo la Audiencia de Preguntas y Aclaraciones para el proceso No. PE-DP17-17-2014 será a las 16H00 del día
3 de julio del 2014.
Para el proceso especial No. PE-DP18-17-2014 para el “ARRENDAMIENTO DE UN BIEN INMUEBLE PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA
UNIDAD JUDICIAL EN EL CANTÓN PUERTO QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA”, el cronograma será el siguiente:
ETAPA
Fecha de Publicación
Fecha límite de publicación del Acta de Audiencia de preguntas y aclaraciones
Fecha límite de Propuestas
Fecha Apertura de Ofertas
Fecha estimada de Adjudicación
FECHA LIMITE
03/07/2014
03/07/2014
09/07/2014
09/07/2014
10/07/2014
HORA
12H00
18H00
16h00
17h00
18h00
La hora en la cual se llevará a cabo la Audiencia de Preguntas y Aclaraciones para el proceso No. PE-DP17-18-2014 será a las 16H30 del día
3 de julio del 2014.
CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL INMUEBLE DESTINADO A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA UNIDAD JUDICIAL EN TABACUNDO, CANTÓN PEDRO MONCAYO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA
ÁREA DE
CONSTRUCCION
UBICACIÓN
CARACTERÍSTICAS
Y TIPO DE
CONSTRUCCIÓN
ENTORNO
OTROS
Mínimo 216 m2 de construcción
Sector Centro de Tabacundo, Cantón Pedro Moncayo, calle Gonzáles
Suárez y Bolívar
Cimentación y estructura: De hormigón armado.
Acabados: en excelente estado de conservación.
Red de agua potable, aguas servidas, energía eléctrica (iluminación y
tomacorrientes) y red telefónica, seguridades necesarias.
El inmueble debe estar ubicado en el sector Centro de Tabacundo del
Cantón Pedro Moncayo con facilidades de circulación vehicular y acceso de transporte público.
El inmueble debe contar con energía eléctrica, B3-17161, totalmente
independiente.
Agua potable A11N950486
CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL INMUEBLE DESTINADO A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE
DEL CANTÓN SAN MIGUEL DE LOS BANCOS DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.
ÁREA DE
CONSTRUCCION
UBICACIÓN
CARACTERÍSTICAS
Y TIPO DE
CONSTRUCCIÓN
ENTORNO
OTROS
Mínimo 400 m2 de construcción
Centro de la ciudad del cantón San Miguel de los Bancos de la Provincia de Pichincha.
Cimentación y estructura: De hormigón armado.
Acabados: en excelente estado de conservación.
Red de agua potable, aguas servidas, energía eléctrica (iluminación y
tomacorrientes) y red telefónica, seguridades necesarias.
El inmueble debe estar ubicado en el centro del Cantón San Miguel
de los Bancos, con facilidades de circulación vehicular y acceso de
transporte público.
El inmueble debe contar con energía eléctrica, B3-17161, totalmente
independiente.
Agua potable A11N950486
CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL INMUEBLE DESTINADO AL ARRENDAMIENTO DE UN BIEN INMUEBLE PARA EL DIMENSIONAMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DE LAS UNIDADES JUDICIALES EN EL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA PARROQUIA
TUMBACO
OTROS
La Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura se reserva el derecho de hacer una inspección en los inmuebles ofertados,
en el momento que lo requiera.
Se aclara que de convenir a los intereses de la Dirección Provincial de Pichincha, se podrá destinar todo o parte del inmueble arrendado a
cualquier oficina del Distrito Judicial de Pichincha, previa comunicación al Arrendador.
a) Condición de subarrendamiento
La Dirección Provincial de Pichincha podrá subarrendar espacios físicos, en el caso que lo requiera, con la condición de que sea únicamente
para cabinas que brinden el servicio de fotocopiado al público en general que soliciten fotocopias de los juicios en razón de que los documentos
no pueden salir del edificio cumpliendo la cadena de custodio por precaución y seguridad de los procesos.
b) Condición de Distintivos para la imagen institucional
El arrendador autorizará la colocación de letreros, pintar distintivos, logotipos y demás propaganda correspondiente a la razón social de la
Dirección Provincial de Pichincha.
Los pagos de arrendamiento de los bienes inmuebles objetos de la contratación, se harán con cargo a la Partida Presupuestaria No. 20.00.593.00
1.730502.1700.001.0000.0000 denominada “Edificios, Locales Residencias, Parqueaderos, Casilleros Judiciales y Bancarios (arrendamientos)”.
Para el inmueble donde funcionará la Unidad Judicial en Tabacundo con sede en el cantón Pedro Moncayo de la Provincia de Pichincha se
cuenta con la Certificación Presupuestaria No. 158 de 13 de junio de 2014, por el valor de SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD $ 7.920,00) sin incluir IVA para el año 2014 y el compromiso de los Fondos Futuros para los años
2015 y 2016 contenido en Memorando DP17- 0568-UPF-2014 de 13 de junio de 2014, suscrito por la Lcda. Dayanara Jácome, Coordinadora
Financiera (e) la Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura;
Para el inmueble donde funcionará la Unidad Judicial Multicompetente del cantón San Miguel de los Bancos se cuenta con la Certificación
Presupuestaria No. 160 de 13 de junio de 2014, por el valor de CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA (USD $ 4.290,00) sin incluir IVA para el año 2014 y el compromiso de los Fondos Futuros para los años 2015 y 2016 contenido
en Memorando DP17- 0570-UPF-2014 de 13 de junio de 2014, suscrito por la Lcda. Dayanara Jácome, Coordinadora Financiera (e) la Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura;
Para el inmueble donde funcionarán las Unidades Judiciales en el cantón Quito de la provincia de Pichincha parroquia Tumbaco se cuenta
con la Certificación Presupuestaria No. 159 de 13 de junio de 2014, por el valor de SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD $ 71.280,00) sin incluir IVA para el año 2014 y el compromiso de los Fondos Futuros para los años
2015 y 2016 contenido en Memorando DP17- 0569-UPF-2014 de 13 de junio de 2014, suscrito por la Lcda. Dayanara Jácome, Coordinadora
Financiera (e) la Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura;
Para el inmueble donde funcionará la Unidad Judicial Especializada de Violencia contra la Mujer y Familia y Juzgado Décimo Tercero de la
FMNA de Quitumbe, se cuenta con la Certificación Presupuestaria No. 157 de 13 de junio de 2014, por el valor de ONCE MIL QUINIENTOS
CINCUENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD $ 11.550,00) sin incluir IVA para el año 2014 y el compromiso de los
Fondos Futuros para los años 2015 y 2016 contenido en Memorando DP17- 0567-UPF-2014 de 13 de junio de 2014, suscrito por la Lcda.
Dayanara Jácome, Coordinadora Financiera (e) la Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura; y,
Para el inmueble donde funcionará la Unidad Judicial del cantón Puerto Quito se cuenta con la Certificación Presupuestaria No. 161 de 13
de junio de 2014, por el valor de SIETE MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO CON 20/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
(USD $ 7.174,20) sin incluir IVA para el año 2014 y el compromiso de los Fondos Futuros para los años 2015 y 2016 contenido en Memorando
DP17- 0571-UPF-2014 de 13 de junio de 2014, suscrito por la Lcda. Dayanara Jácome, Coordinadora Financiera (e) la Dirección Provincial de
Pichincha del Consejo de la Judicatura; y,
Los pagos para el arrendamiento de los cinco inmuebles se realizarán en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, pagaderos de la
siguiente manera:
-
Por mensualidades anticipadas, dentro de los primeros diez días del mes.
Para el pago será necesario el informe de recepción a conformidad, emitido por el Administrador del Contrato y la factura respectiva.
El arrendador presentará cada mes la factura correspondiente en la Unidad Provincial Administrativa de la Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura, ubicada en el 8vo piso del Edificio Pichincha, Av. 10 de Agosto y Checa.
Pago de servicios básicos.- El pago de todos los servicios básicos será de responsabilidad de la Dirección Provincial del Consejo de la
Judicatura de Pichincha, previo la constatación del número de suministro e inclusión en el contrato y en ningún caso la mora en el pago
de cualquiera de los servicios públicos facultará al Arrendador para solicitar inmediatamente la supresión de los servicios.
Para cancelar el último pago, se requerirá la suscripción del Acta de Recepción Definitiva, en la que se dejará constancia de la conformidad y
aceptación del servicio por parte del Administrador del Contrato.
El presupuesto referencial para la Unidad Judicial en Tabacundo con sede en el cantón Pedro Moncayo de la Provincia de Pichincha para
dos años de arrendamiento es de USD. $ 28.800,00 (Veinte y ocho mil ochocientos dólares de los Estados Unidos de Norte América) sin incluir
I.V.A., que representa un canon de arrendamiento referencial mensual de USD $ 1.200,00 (Mil doscientos dólares de los Estados Unidos de
Norte América) sin incluir I.V.A.
El presupuesto referencial para la Unidad Judicial Multicompetente del cantón San Miguel de los Bancos de la Provincia de Pichincha para
dos años de arrendamiento es de USD. $ 15.600,00 (Quince mil seiscientos dólares de los Estados Unidos de Norte América) sin incluir I.V.A.,
que representa un canon de arrendamiento referencial mensual de USD $ 650,00 (Seiscientos cincuenta dólares de los Estados Unidos de
Norte América) sin incluir I.V.A.
El presupuesto referencial para las Unidades Judiciales en el cantón Quito de la provincia de Pichincha parroquia Tumbaco para dos años
de arrendamiento es de USD. $ 259.200,00 (Doscientos cincuenta y nueve mil doscientos dólares de los Estados Unidos de Norte América)
sin incluir I.V.A., que representa un canon de arrendamiento referencial mensual de USD $ 10.800,00 (Diez mil ochocientos dólares de los
Estados Unidos de Norte América) sin incluir I.V.A.
El presupuesto referencial para la Unidad Judicial Especializada de Violencia contra la Mujer y Familia y Juzgado Décimo Tercero de la
FMNA de Quitumbe de la Provincia de Pichincha para dos años de arrendamiento es de USD. $ 42.000,00 (Cuarenta y dos mil doscientos
dólares de los Estados Unidos de Norte América) sin incluir I.V.A., que representa un canon de arrendamiento referencial mensual de USD $
1.750,00 (Mil setecientos cincuenta dólares de los Estados Unidos de Norte América) sin incluir I.V.A.
El presupuesto referencial para la Unidad Judicial en el Cantón Puerto Quito de la Provincia de Pichincha para dos años de arrendamiento es de
USD. $ 26.088,00 (Veinte y seis mil ochenta y ocho dólares de los Estados Unidos de Norte América) sin incluir I.V.A., que representa un canon
de arrendamiento referencial mensual de USD $ 1.087,00 (Mil ochenta y siete dólares de los Estados Unidos de Norte América) sin incluir I.V.A.
Los Pliegos están disponibles sin ningún costo en el Portal Institucional de COMPRAS PÚBLICAS www.compraspublicas.gob.ec, de conformidad con lo previsto en el inciso cuarto del artículo 31 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública “LOSNCP”.
La oferta se presentará en forma física en la Unidad de Asuntos Judiciales y Contratación Pública de la Dirección Provincial de Pichincha del
Consejo de la Judicatura, en la Avenida 10 de Agosto E13-178 y calle Checa, Edificio Pichincha, octavo piso, hasta la fecha y hora establecida
en el cronograma del proceso publicado en el Portal Institucional de Compras Públicas, www.compraspublicas.gob.ec.
Quito D.M., 3 de julio de 2014
Dr. Hernán Calisto M.
DIRECTOR PROVINCIAL DE PICHINCHA (E)
CONSEJO DE LA JUDICATURA
(149637)