""`,V," JV

/) " " /) /1rl
JV
""',V,"
ASOCIACIÓN
DE AGENTES
ADUANALES
DEL AEROPUERTO
AV. REVOLUCiÓN No. '005. MIXCOAC MÉXICO 039'0.
DE MEXICO.
C\
A. C.
D.F. TEL 56.28.15.00
México, D.F., 13 de marzo de 2015.
Circular No.:
0742015
Asunto: Lineamientos para el despacho
de mercancías en la modalidad de Hand
Carríer por las salas de pasajeros de las
Terminales 1 y 2 de la Aduana del AICM.
A TODOS LOS ASOCIADOS.
PRESENTES.
Se hace de su conocimiento que el Administrador de la Aduana del
Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México Lic. Patricio Arturo Elizondo León
mediante el oficio 800-36-00-00-00-2015-7397 emitido el 11 de marzo de 2015,
da a conocer los lineamientos para el despacho de mercancías en la modalidad
de HAN O CARRIER por las salas de pasajeros de las Terminales 1 y 2 de la
Aduana del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, lo anterior como a
continuación se indica:
1. Las operaciones de importación y exportación en Salas de pasajeros de las
terminales 1 y 2 de empresas que cuenten con la autorizacíón a que se refiere la
regla 3.8.1 de C.G.M.C.E. vigente, se podrán realizar las 24 horas del día, los 365
días del año.
2. La verificación de los pedimentos se realizará por el operador de Módulo de
Selección Automatizado en turno y podrá rechazarla si la operación no cumple
con las características señaladas.
3. El Agente o Apoderado Aduanal que se encuentre realizando el servicio de
Hand Carrier enviará vía correo electrónico por lo menos 2 horas antes del arribo
del pasajero internacional, la siguiente información:
a) Nombre del pasajero
b) Nacionalidad
c) Número de pasaporte
d) Terminal de arribo
/)l)/J/)/)r.)
'/'/'/V,/'
ASOCIACiÓN
DE AGENTES
ADUANALES
DEL AEROPUERTO
D
/V
DE MÉXICO,
A. C.
AV. REVOLUCIÓN No. 1005, MIXCOAC MEXICO 03910. D.F. TEL. 56.28.15-00
e) Aerolínea, origen y número de vuelo.
f) Hora programada de arribo.
Para tales efectos, cuando el despacho de mercancías vaya a efectuarse por la
Sala de la Terminal 1, adscrito a esta Aduana, la información antes citada deberá
ser enviada al Lic. Daniel Roberto Moreno Noriega, en su carácter de
Subadminístrador a través de su cuenta de correo electrónico institucional:
[email protected], copia para los CC. Meliton Zapata Moreno,
([email protected]) y Diana Rivera Negrete ([email protected]).
Cuando el servicio se vaya a efectuar por la Sala de la Terminal 2, la información
del despacho deberá ser remitida al Lic. Jesús Alberto Charles Reyes, en su
carácter de Subadministrador, a su cuenta de correo: [email protected]
marcando copia del envío a los CC. Marina Abigail Rojero Vallejo,
([email protected])
y
alivia
Hernandez
Ramírez
([email protected]).
4. Sin excepción alguna, las mercancías que pretendan ser importadas o
exportadas al amparo del Hand Carrier deberán estar presentes físicamente al
momento de activar el Mecanismo de Selección Automatizada del Sistema
Aduanero Automatizado Integral M3, el cual determinará desaduanamiento libre o
Reconocimiento Aduanero, quedando a salvo las facultades de comprobación de
esta Aduana del AICM.
5. Las mercancías de comercio exterior que pretendan importarse o exportarse
por cualquiera de las salas de pasajeros de las terminales de la Aduana del
Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, en la modalidad de Hand Carrier
NO deberán ser superiores a 35 kilogramos de peso por cada despacho. De no
cumplirse con las características antes señaladas, el personal oficial actuante
podrá rechazar la operación de que se trate.
6. Los beneficios descritos en los presentes lineamientos serán aplicable
únicamente a las empresas que cuenten con la autorización a que se refiere el
Apartado "L" de la Regla 3.8.1 de las Reglas de Carácter General en Materia de
Comercio Exterior en vigor.
,/,/"v,"
/l /'J /'J /) /J
ASOCIACiÓN
DE AGENTES
ADUANALES
r>
DEL AEROPUERTO
IV
DE MÉXICO,
o
A. C.
AV. REVOLUCIÓN No. 7005, MIXCOAC MÉXICO 03910, D.F. TEL. 56-28-15-00
7. La emisión de los presentes lineamientos deja sin efectos a los publicados el
pasado 2 de febrero de 2010 mediante oficio número 800-36-00-02-00-2010-2888.
8. La entrada en vigor de estos lineamientos tendrá vigencia a partir de su emisión.
Sin otra particular, anexo el oficio referido para su consulta.
D
oficio HC.pdf
V
LIC. MARíA TER
GERENTE TÉC
Op.