anuncio de la alcaldia - Portal de Empleo Ayuntamiento de Plasencia

NEGOCIADO DE
PERSONAL
EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE
PLASENCIA
BASES DE SELECCION
PARA LA CONTRATACIÓN DE 33 PUESTOS DE TRABAJO DE DIFERENTES
CATEGORIAS PROFESIONALES CON CARGO AL DECRETO 272/2014, DE 16 DE
DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE
SUBVENCIONES A CONCEDER A LAS ENTIDADES LOCALES DE LA COMUNIDAD
AUTONOMA DE EXTREMADURA POR LA CREACION DE EMPLEO MEDIANTE LA
CONTRATACION DE PERSONAS EN SITUACION DE DESEMPLEO DE LARGA DURACION
EN EXTREMADURA, PRIORITARIAMENTE DE 45 O MAS AÑOS Y SE APRUEBA LA
PRIMERA CONVOCATORIA DE DICHAS SUBVENCIONES Y SE DEROGA EL DECRETO
111/2013, DE 2 DE JULIO (D.O.E. Nº 37802 DE 19/12/2014) Y RESOLUCION DE 20 DE
FEBRERO DE 2015 DE LA CONSEJERIA DE EMPLEO, MUJER Y POLITICAS SOCIALES
(D.O.E. Nº 38 DE 25/02/2015)
REQUISITOS GENERALES
1. FINANCIACION DE LAS CONTRATACIONES
De conformidad a lo establecido en el artículo 21.d) del Decreto 272/2014, se informa que la
actividad objeto de subvención ha sido financiada por el Servicio Extremeño Público de Empleo
de la Consejería de Empleo, Mujer y Políticas Sociales del Gobierno de Extremadura.
2. CARACTERISTICAS DE LAS CONTRATACIONES
TIPO DE CONTRATO Y PERIODO DE PRUEBA
Según el artículo 4.1 y 8.2 del Decreto los contratos serán de naturaleza laboral, en
concreto de obra o servicio. Se tratará de actuaciones de interés general y/o social de
competencia municipal y sin necesidad de que tengan autonomía y sustantividad
propia dentro de la entidad local.

El tiempo de duración es de 6 meses continuados.

La jornada laboral es completa, de acuerdo con la prevista en el Excmo. Ayuntamiento
de Plasencia para los empleados públicos, siendo de 37 horas y media semanales.

Los contratos que se suscriban estarán sujetos a un período de prueba de 1 mes, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 14.1 del Estatuto de los Trabajadores. El
período se suspenderá en aquellos supuestos en que el trabajador sea dado de baja
médica, maternidad o situación asimilada, reanudándose el cómputo a partir del
momento del alta.
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3. REQUISITOS DE LOS DESTINATARIOS
Requisitos especialesDe acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Decreto 272/2014 y Tercero 4 de la
Resolución de 20 de febrero, los requisitos de los destinatarios son estar desempleados
inscritos como tales en el Servicio Extremeño Público de Empleo y ser parado de larga
duración.
Por parado de larga duración se entiende las personas demandantes de empleo, que a la fecha
de que el Ayuntamiento de Plasencia presente la primera oferta de empleo al SEXPE, de
acuerdo con el requisito exigido en el artículo 14.1 del Decreto 272/2014 y tercero uno de la
Resolución de 20 de febrero), estén inscritas como desempleadas:
a)
Si son menores de 45 años: durante al menos 360 días en los 18 meses anteriores
a la citada fecha de la presentación de la oferta de empleo/apertura de la
convocatoria pública.
Si son de 45 o más años: durante al menos 180 días en los 12 meses anteriores a
la citada fecha de la presentación de la oferta de empleo/apertura de la
convocatoria pública.
b)
En todo caso, a fecha de contratación, las personas destinatarias habrán de estar
desempleadas e inscritas como tales en el Servicio Extremeño Público de Empleo.
Requisitos generalesa)
Tener nacionalidad española, ser nacional de algún Estado miembro de la Unión
Europea, extranjero con residencia legal en España, estar incluido en el ámbito
de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores y también quienes se encuentren dentro de lo dispuesto en el
artículo 57.2 de la Ley 7/2.007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado
Público.
b)
Haber cumplido los 16 años de edad en la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias y no exceder de la edad máxima de jubilación
forzosa.
c)
Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Las personas
con discapacidad física, psíquica o sensorial serán admitidas en igualdad de
condiciones con los demás aspirantes, siempre que acrediten la capacidad
suficiente para el desempeño de las funciones del puesto de trabajo.
No encontrarse afectado por causas de incompatibilidad contenidas en la Ley
53/84 de 23 de Diciembre y a cualquier otra normativa aplicable en la materia, o
comprometerse a ejercer la opción legal correspondiente dentro del periodo
establecido de la misma.
d)
e)
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas en los seis años anteriores a la
convocatoria, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o
cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las
que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido
separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado, por sanción o pena para el ejercicio profesional o para el acceso a
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funciones o servicios públicos en su Estado, ni haber sido separado, por sanción
disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o servicios públicos en los seis
años anteriores a la convocatoria.
f)
Estar en posesión de la titulación académica y de las acreditaciones requeridas
según el puesto de trabajo solicitado, de acuerdo con lo establecido en el Anexo
I de esta convocatoria.
4. PRESELECCION Y SELECCION DE LOS TRABAJADORES
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Decreto 272/2014, la preselección y la
selección de los trabajadores acogidos a este programa se hará por el Excmo.
Ayuntamiento de Plasencia.
Esta opción deberá ser comunicada fehacientemente al Centro de Empleo al tiempo de
efectuar la primera de las ofertas de empleo a que se refiere el apartado 1 del artículo 14 del
Decreto 272/2014.
5. PROCEDIMIENTO DE PRESELECCION DE LOS TRABAJADORES
De conformidad a lo previsto en el artículo 16.1 del Decreto 272/2014, el proceso de
preselección se realizará del siguiente modo:
5.1- El Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, al tiempo de presentar la oferta de empleo,
efectuará difusión pública de esta convocatoria durante un período mínimo de 5 días hábiles.
Las bases por las que regirá el proceso de preselección y selección son las que constan en
esta convocatoria, así como las contenidas en la bolsa de trabajo telemática del Excmo.
Ayuntamiento de Plasencia, aprobada por Junta de Gobierno de fecha 28 de marzo de 2014 y
modificada en Junta de Gobierno de 30 de diciembre de 2014 y de 20 de febrero de 2015, que
se encuentra publicada oficialmente en las siguientes páginas web:
https://empleo.plasencia.es
https://www.plasencia.es (acceso por sede electrónica)
https://sede.plasencia.es
5.2- Personas que no se encuentren inscritas en la bolsa telemática de trabajoSe abrirá un plazo de presentación de solicitudes desde las 15.00 horas del día 6 de marzo
hasta las 8.00 horas del día 13 de marzo. La inscripción se realizará de modo telemático en la
web https://empleo.plasencia.es (convocatoria especial Programa Parados de Larga duración
preferentemente mayores de 45 años).
5.3- Personas que se encuentren inscritas en la bolsa telemática de trabajo en las
categorías profesionales de esta convocatoria.
Todos los candidatos que estén inscritos telemáticamente en la actual bolsa de empleo
municipal, en las categorías profesionales que se indican en esta convocatoria, sólo tendrán
que marcar las dos casillas siguientes ( siempre que cumplan los requisitos):
Desempleado e inscrito como tal en el Servicio Extremeño Público de Empleo.
Parado de larga duración ( Con la definición de la base 3ª de esta convocatoria)
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Para ello, deberán acceder a la web https://empleo.plasencia.es (convocatoria especial
Programa Parados de Larga duración preferentemente mayores de 45 años) y marcar los datos
solicitados y exigibles por el Programa de Parados de Larga Duración.
El plazo otorgado es igualmente del 9 al 13 de marzo de 2015.
5.4- De los requisitos exigidosLa participación en este proceso selectivo implica que todos los candidatos declaran cumplir los
requisitos exigidos en esta convocatoria (Anexo I) al tiempo de finalización del plazo de
instancias y que se comprometen a aportar los documentos acreditativos, con carácter previo a
la contratación.
5.5- Lista de puntuación de méritos
Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes, dentro de las 12 horas siguientes,
se procederá a publicar el listado de inscritos en cada una de las categorías profesionales. Se
identificará los datos personales (Garantizando al máximo posible la protección de datos), la
puntuación total y el orden de colocación.
La lista será expuesta en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, así como en la página web
del Ayuntamiento y en la sede electrónica.
En dicho listado no existen causas subsanables de exclusión al tratarse de los datos inscritos
por los propios aspirantes en su solicitud.
Actuaciones en caso de empate
Se establece seguir el siguiente orden de prelación en los casos de empate en la puntuación.
a.- Mayor puntos en el apartado Renta Disponible
b.- Mayor puntos en el apartado Cargas familiares
c- A igualdad de puntos, el de mayor edad.
d.- Primer apellido que comience por la letra “A”, seguido del segundo apellido iniciado por
la letra “A”, a partir de los cuales se irán ordenando alfabéticamente los candidatos con
idéntica puntuación.
Esta letra fue la resultante en el sorteo público que determina el orden de actuación y prelación
de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año, que fue
publicado mediante Resolución de 10 de abril de 2014 (DOE número 78, de 24 de abril).
5.6- De la convocatoria de los preseleccionados al examenEn la lista en que se publiquen las puntuaciones, se realizará el llamamiento al examen de los
candidatos a razón de 5 por puesto de trabajo. El llamamiento se realizará en función de la
mayor puntuación y garantizando que el 50% sean mayores de 45 años.
Se comunicará públicamente la fecha, lugar y hora para realizar el examen con una antelación
mínima de 48 horas. Estarán exentos del examen quienes ya lo hayan aprobado en anteriores
llamamientos de la bolsa de trabajo municipal desde su funcionamiento en marzo de 2014 y
siempre que sean referidos a la misma categoría profesional. Para ello, se indicará
expresamente quienes no tengan que realizar el examen.
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6. PROCEDIMIENTO DE SELECCION DE LOS TRABAJADORES
6.1- La convocatoria del examen se realizará en llamamiento único. La no presentación de un
aspirante en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimiento de su
derecho a participar en el mismo, quedando excluído del procedimiento selectivo, excepto
aquellos casos de fuerza mayor, invocados con anterioridad, debidamente justificado y
apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio.
6.2- Todas las sucesivas comunicaciones entre el Ayuntamiento de Plasencia y los aspirantes
se realizarán exclusivamente a través del tablón de anuncios de la Casa Consistorial y de la
web https://www.plasencia.es (accediendo por sede electrónica) y/o https://sede.plasencia.es
6.3- El examen tipo test será de preguntas relacionadas con las funciones del puesto de
trabajo. Para ello, se tendrán como orientativos los temas específicos de Auxiliar de Ayuda a
Domicilio, Limpiadores, Brigada Verde y los temas comunes a todas las categorías
profesionales ; todos ellos publicados en la web del Ayuntamiento de Plasencia:
https://www.plasencia.es (accediendo por sede electrónica) y/o https://sede.plasencia.es
6.4- El examen contendrá 33 preguntas, con una respuesta correcta de entre 4 posibles. De las
33 preguntas, 3 serán de reserva y sólo se valorarán en aquel supuesto en que se anule
alguna de las 30 preguntas. Si se produce la anulación, se seguirá estrictamente el orden de
las 3 preguntas de reserva.
El resultado del examen se calificará de Apto o No Apto. Para ser considerado apto se debe
obtener 15 respuestas acertadas.
En caso de no aprobar el número suficiente de candidatos para cubrir los puestos convocados,
el Tribunal está facultado para bajar la nota de corte hasta alcanzar el número suficiente para
cubrir el total de puestos convocados más el 30% del número de puestos convocados más el
30% del mismo redondeando al número entero superior inmediato. De este modo, se garantiza
el número de candidatos que permita cubrir los puestos convocados más un número de
personas de reserva.
6.5- El examen se realizará a través de un formulario que debe ser cumplimentado de forma
correcta en todos sus apartados, tanto en lo relativo a la forma de consignar el nombre,
apellidos y DNI, como en lo relativo a la contestación de las preguntas. En el caso de que se
cumplimente de forma incorrecta el examen, de manera que el lector óptico de exámenes no
pueda identificar examen con opositor, no se procederá a la corrección del examen y el será no
apto.
6.6- Finalizado el examen se publicará el resultado, abriéndose un plazo de reclamaciones de
2 días hábiles para revisar los exámenes y formular alegaciones. Las reclamaciones que no
sean presentadas en el Registro General del Ayuntamiento de Plasencia ( es decir, que sean
entregadas en oficinas de correos o cualquier registro administrativo reconocido por el artículo
38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deberán adelantarlas previamente por e-mail al
negociado de personal del Ayuntamiento de Plasencia.
Transcurrido dicho plazo y dentro de los 2 días hábiles siguientes se resolverán las
reclamaciones y se expondrá la lista definitiva de calificaciones. Contra dicho anuncio sólo
cabrá la interposición de los recursos administrativos correspondientes que no interrumpirán ni
afectarán al funcionamiento de la bolsa.
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6.7- Baremación de los méritos- Los candidatos que superen el examen deben aportar los
documentos que acrediten los méritos alegados al efectuar la inscripción y que determinaron su
puntuación de acuerdo con lo establecido en el Anexo II de esta convocatoria.
El plazo que se concede es de 5 días naturales desde la publicación definitiva de
calificaciones. Los preseleccionados que no presenten los méritos en el Registro General del
Ayuntamiento de Plasencia (es decir, que sean entregadas en oficinas de correos o cualquier
registro administrativo reconocido por el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
deberán adelantar los documentos previamente por e-mail al negociado de personal del
Ayuntamiento de Plasencia.
6.8 Baremación de méritos por el Tribunal- Publicado el resultado de los méritos, se abrirá un
plazo de reclamaciones de 2 días hábiles para formular alegaciones. Transcurrido dicho plazo
dentro de los 2 días hábiles siguientes se resolverán las reclamaciones y se expondrá la lista
definitiva de méritos. Contra dicho anuncio sólo cabrá la interposición de los recursos
administrativos correspondientes que no interrumpirán ni afectarán al funcionamiento de la
bolsa.
6.9- La lista definitiva vendrá determinada por el resultado del examen
obtenidos en el apartado de méritos.
y de los puntos
6.10- Actuaciones en caso de empateSe establece seguir el siguiente orden de prelación en los casos de empate en la puntuación.
a.- Mayor puntos en el apartado Renta Disponible
b.- Mayor puntos en el apartado Cargas familiares
c- A igualdad de puntos, el de mayor edad.
d.- Primer apellido que comience por la letra “A”, seguido del segundo apellido iniciado por
la letra “A”, a partir de los cuales se irán ordenando alfabéticamente los candidatos con
idéntica puntuación.
Esta letra fue la resultante en el sorteo público que determina el orden de actuación y
prelación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año, que fue
publicado mediante Resolución de 10 de abril de 2014 (DOE número 78, de 24 de abril).
7. PROCESO DE CONTRATACION
De acuerdo con lo previsto en el artículo 16.2 del Decreto 272/2014, finalizado el proceso de
selección descrito anteriormente, el Ayuntamiento de Plasencia remitirá al Centro de Empleo un
listado de preseleccionados de acuerdo con las puntuaciones obtenidas, con una proporción de
hasta 6 desempleados por puesto de trabajo a cubrir y garantizándose que, al menos el 50%
de los candidatos incluídos sean mayores de 45 años, salvo en los supuestos en que no existan
candidatos suficientes, en cuyo caso se incluirán todos los existentes que cumplan los requisitos,
con independencia del porcentaje que representen respecto del total.
Recibida la comunicación anterior, los Centros de Empleo verificarán el cumplimiento del
requisito de estar desempleado e inscrito en el SEXPE y ostentar la condición de parado de
larga duración, todo ello de acuerdo con lo previsto en estas bases y en el artículo 13.1 del
Decreto 272/2014, devolviendo al Ayuntamiento de Plasencia el listado identificando tanto a los
desempleados que cumplen con el requisito, como aquellos que lo incumplen. Sólo se podrá
contratar a aquellos que cumplan.
Todas las contrataciones deben estar formalizadas como máximo al 30 de abril de 2015.
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8. LISTA DE ESPERA.
Una vez realizada la selección, los aspirantes no contratados, que cumplan todos los
requisitos, quedarán en lista de espera para futuras sustituciones de bajas.
Del mismo modo, si se agota la lista anterior, se procedería a convocar a todos aquellos
aspirantes que habiendo superado el proceso selectivo, por su puntuación total no fueron
incluídos en el listado remitido al Centro de Empleo, por quedar fuera del rango de 6
candidatos por puesto de trabajo.
La lista de espera se mantendrá vigente mientras dura la convocatoria de subvenciones del
Programa de Parados de Larga Duración prioritariamente mayores de 45 años.
En el caso de que se produzca cualquier tipo de incidencia que suponga la extinción de la
relación laboral de trabajadores contratados con anterioridad al transcurso del período
subvencionado de 6 meses, el Ayuntamiento procederá a sustituirlos, en el plazo máximo de 1
mes, por otra persona de las incluídas en la lista de espera y en el orden de prelación
establecido en la misma, siempre que la persona, a fecha de contratación, esté desempleada e
inscrita como tal en el SEXPE.
9. TRIBUNAL DE SELECCION
El tribunal se conformará según el artículo 60 de la ley 7/2007, del Estatuto Básico del
Empleado Público, por 5 miembros con voz y voto ( 1 Presidente y 4 empleados públicos entre
funcionarios o personal laboral fijo al servicio del Ayuntamiento) y 1 Secretario.
Serán convocados durante la totalidad del proceso selectivo, en calidad de observadores los
Representantes sindicales.
El Tribunal quedará integrado además por los suplentes respectivos que simultáneamente con
los titulares habrán de designarse. Tanto los titulares como los suplentes han de poseer un
nivel de titulación igual o superior al exigido para el puesto al que se opta.
Abstención
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las
circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre notificándolo a la
Alcaldía-Presidencia.
Recusación
Los Aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, cuando concurran las circunstancias
previstas en al art. 28 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre.
Actuación y Constitución del Tribunal
El Tribunal no podrá constituirse sin la presencia del Presidente y del Secretario, o en su caso, de
quienes le sustituyan, y la de la mitad al menos, de sus miembros.
El tribunal resolverá por mayoría de votos de los miembros presentes todas las dudas que surjan
de la aplicación de las normas contenidas en esta resolución y determinará la actuación
procedente en los casos no previstos. Sus acuerdos sólo podrán ser impugnados por los
interesados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 30/92, de 26 de Noviembre.
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Revisión de Resoluciones del Tribunal
Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso,
pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en el Título VII Ley de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso habrán de
practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.
Clasificación del Tribunal
Las asistencias devengadas por los miembros del Tribunal se ajustarán a lo dispuesto en el
Anexo XVIII de la Resolución de 30/ 12/2005 (D.O.E. nº 2 del 03/01/2006).
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ANEXO I
DE LOS PUESTOS DE TRABAJO
NUMERO DE PUESTOS DE TRABAJO, CATEGORIAS PROFESIONALES,
RETRIBUCIONES,
DURACION CONTRATO Y JORNADA LABORAL
CATEGORIA PROFESIONAL
LIMPIADOR/A
AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO
OPERARIO ESPECIALISTA
BRIGADA VERDE
Nº
PUESTOS
20
11
DURACION
CONTRATO
6 MESES
6 MESES
JORNADA
SALARIO
100%
100%
1.185,05 €
648,60 €
2
6 MESES
100%
1.207,48 €
TITULACIONES REQUERIDAS Y OTROS TITULOS O CARNETS NECESARIOS PARA EL
PUESTO DE TRABAJO.
CATEGORIA PROFESIONAL
TITULACION
ACADEMICA
TITULOS O CARNETS
NECESARIOS
Estudios Primarios o
Certificado de
Escolaridad
LIMPIADOR/A
AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO
OPERARIO ESPECIALISTA
BRIGADA VERDE
Estudios Primarios o
Certificado de
Escolaridad
Estudios Primarios o
Certificado de
Escolaridad
Plasencia a 2 de marzo de 2015
EL ALCALDE
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Acreditar el curso de
Ayuda Domicilio o el
de
Atención
Sociosanitaria
a
personas mayores en
domicilio
o
en
instituciones.
Acreditar el carné de
manipulador de
productos
fitosanitarios.
Carné de conducir
clase B.
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Fdo. Fernando Pizarro García
ANEXO II
Baremo de méritos
Criterios de baremación. Se aplicarán los siguientes apartados:
A- Experiencia profesional ( Máximo de 3 puntos en este apartado)
a) Servicios prestados en la misma categoría profesional a la que se opta.
Se valorará el tiempo de trabajo o de servicios prestados que sean referidos a la misma
categoría profesional a la que se opta.
-
Se otorgará 0,15 puntos por mes completo de servicios en la Administración Local.
Se otorgará 0,10 puntos por mes completo de servicios en otras Administraciones
Públicas.
Se otorgará 0,05 puntos por mes completo de servicios en la empresa privada.
Cómputo del tiempo
Para el cómputo, el tiempo expresado en años se transformará a meses a razón de doce
meses por año, y el expresado en días se transformará a meses a razón de 30 días por mes.
Se despreciarán los días que no completen los 30 del mes. Cuando el aspirante tenga servicios
prestados en periodos de tiempo trabajados simultáneos, se elegirá a los efectos de su
valoración el más beneficioso para el aspirante.
Definición de Administración
Administración Local: Se consideran servicios prestados en la Administración Local, cuando
lo sean para los Ayuntamientos, Diputación Provincial, Mancomunidades de Municipios o
Cabildos Insulares.
Otras Administraciones Públicas: Se considerarán los servicios prestados en la
Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas u Organismos al servicio de
la Unión Europea.
Trabajos a Tiempo Parcial
A los efectos de tiempo de trabajo, los servicios que sean prestados a tiempo parcial se
computarán en proporción a la misma jornada de trabajo.
Acreditación de la experiencia profesional
El aspirante deberá acreditar documentalmente los méritos alegados en este apartado, por
cualquiera de los dos siguientes medios:
1) Contrato de trabajo donde conste claramente la categoría profesional, jornada de
trabajo y duración más vida laboral o certificado oficial de empresa.
2) Certificado oficial de empresa
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B- Formación ( Máximo de 3 puntos en este apartado)
Por Diplomas o Certificados acreditativos de cursos celebrados por Administraciones públicas o
Universidades Públicas. Por Organizaciones Sindicales o sus fundaciones dentro de los
Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas. Por Organizaciones
Sindicales o sus fundaciones al amparo de los Convenios suscritos con la Administración
Pública, o bien que hayan sido reconocidos o subvencionados por éstas, siempre que dichas
circunstancias consten en el propio titulo o diploma.
Contenido de los cursos y puntuación
Se valorarán los cursos recibidos cuyo contenido esté directamente relacionado con los del
puesto de trabajo a que se opte, de acuerdo con la siguiente tabla:
Hasta un máximo de 20 horas
0,08 puntos
De 21 a 50 horas
0,15 puntos
De 51 a 75 horas
0,20 puntos
De 76 a 100 horas
0,30 puntos
De 101 horas en adelante
0,40 puntos
Cursos que no especifiquen nº de
horas
0,08 puntos
Cursos de Prevención de Riesgos Laborales
-
Por estar en posesión del Curso Básico de Prevención de Riesgos Laborales: 0,15
puntos.
Titulación Superior a la requerida para el puesto de trabajo
-
Por acreditar titulación académica oficial superior a la requerida para el puesto de trabajo:
1 punto.
Cómputo de los cursos con créditos
Los cursos que vengan expresados en créditos se convertirán a horas, de tal manera que un
crédito son 10 horas. Cada crédito ECTS se computará como de 25 horas.
Acreditación de la formación
Los cursos recibidos serán justificados con el correspondiente certificado y/o diploma del curso
en el que consten las firmas del secretario, gerente, o coordinador con el visto bueno del
responsable de la entidad que imparte el curso, así como el sello de la entidad, con mención
expresa del contenido del curso y la duración del mismo expresada en horas.
C- Desempleo ( Máximo de 1,8 puntos en este apartado)
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Por cada mes completo de desempleo dentro de los 24 meses anteriores a la fecha de
inscripción en la convocatoria, - 0,10 puntos.
Cómputo del tiempo
Cuando se habla de meses debe entenderse a razón de 30 días.
Acreditación del desempleo
Mediante certificación expedida por el Centro de Empleo debiendo constar claramente los
períodos de inscripción como demandante de empleo a la fecha de presentación de solicitudes.
Los aspirantes inscritos en el Centro de Empleo de Plasencia podrán autorizar al Ayuntamiento
de Plasencia para recabar los datos de tiempo de inscripción como demandante de empleo en
el SEXPE, según modelo Anexo III
D- Cargas familiares ( No hay puntuación máxima en este apartado)
-
Por cada hijo de la unidad familiar del aspirante y que conviva en el domicilio familiar:
0,50 puntos.
Acreditación de las cargas familiares
Mediante fotocopia del Libro de Familia y nota informativa de convivencia.
Los aspirantes inscritos en el Padrón Municipal de Plasencia podrán autorizar a esta
Administración para recabar la nota de convivencia en su nombre, para lo cual rellenarán el
Anexo III.
E- Renta Disponible ( Máximo de 2 puntos en este apartado)
Menor ratio de renta disponible: Se valorará sumando todos los ingresos de los miembros
de la unidad familiar y dividiendo el resultado total, entre los miembros de la misma, conforme a
la siguiente fórmula:
(
-
Fórmula
Ingresos totales ________= Renta percápita por cada miembro)
Miembros Unidad Familiar
De 0 a 213,00 Euros/mes (2.556,00 euros/año): 2 puntos.
Más de 213,00 Euros/mes (2.556,00 euros/año): 0 puntos.
Definición de la unidad familiar: Se considerará unidad familiar, además del aspirante, su
cónyuge o persona vinculada con análoga relación de convivencia afectiva, e hijos que
convivan de forma efectiva con el aspirante en su domicilio.
Acreditación de los ingresos:
Mediante fotocopia del libro de familia, nota informativa de convivencia y declaración del IRPF
del ejercicio 2013.
Los aspirantes, así como los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años que convivan
de forma efectiva con los aspirantes en su domicilio, deberán acreditar documentalmente los
méritos alegados en este, para lo cual autorizarán al Ayuntamiento de Plasencia para
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comprobar la declaración del IRPF del ejercicio 2014 o bien de estar exento de la obligación de
declarar, según modelo Anexo III.
Si los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años no aportan dicha documentación o
no lo autorizan, no se procederá a tener en cuenta los puntos que el aspirante haya consignado
en este apartado.
F- Víctimas de violencia de género ( Máximo de 1 punto en este apartado)
-
Por ser el candidato al puesto de trabajo víctima de violencia de género: 1 punto.
Acreditación de violencia de género
Mediante la correspondiente sentencia judicial.
G- Familia Monoparental ( Máximo de 1 punto en este apartado)
-
Por tratarse de aspirantes al puesto de trabajo que constituya una familia monoparental
(padre o madre con hijo o hijos a cargo): 1 punto
Acreditación de Familia Monoparental
Mediante fotocopia del Libro de Familia y nota informativa de convivencia.
H- Discapacidad del solicitante ( Máximo de 1 punto en este apartado)
-
Por tener el candidato la condición de discapacitado con una discapacidad superior al
33% e inferior al 65 %, siempre que la discapacidad no le incapacite para realizar las
tareas asignadas: 1 punto.
Acreditación de la discapacidad
Mediante la certificación o documento oficial del CADEX que acredite el grado de discapacidad.
Igualmente es valida la certificación del INSS cuando se reconozca una Incapacidad
Permanente Total para la profesión habitual.
I- Personas discapacitadas o dependientes a cargo del solicitante ( Máximo de 1 punto
en este apartado)
-
Por tener el candidato al puesto de trabajo, personas discapacitadas o dependientes a
su cargo: 1 punto.
Acreditación
Mediante fotocopia del Libro de Familia y nota informativa de convivencia, así como fotocopia
del documento que acredite el grado de discapacidad igual o superior al 33% y/o el documento
oficial que acredite la situación de dependencia.
J- Arraigo ( Máximo de 2 puntos en este apartado)
-
Por estar empadronado en el Ayuntamiento de Plasencia durante al menos dos años a
la fecha de alta en la bolsa de trabajo- 2 puntos.
Acreditación del arraigo
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NEGOCIADO DE
PERSONAL
EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE
PLASENCIA
Mediante nota informativa de convivencia expedida por el Negociado del Padrón del Excmo.
Ayuntamiento de Plasencia.
Sobre la nota informativa de convivencia: En todos aquellos casos en que los aspirantes
tengan que aportar la nota informativa de convivencia y tengan domicilio fuera de Plasencia,
deben aportarla por sus propios medios, no siendo válida la autorización del Anexo II de esta
convocatoria.
Los residentes en Plasencia podrán autorizar para la recabar la nota en su nombre
formalizando el Anexo III.
14
NEGOCIADO DE
PERSONAL
EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE
PLASENCIA
ANEXO III
D./Dª-----------------------------------------------------------------------------------------------------------con D.N.I/N.I.E. nº --------------------------------------------- , habiendo sido preseleccionado/a para
optar a uno de los puestos del Programa de Parados de Larga Duración, preferentemente
mayores de 45 años- Decreto 272/2014, de 16 de mayo.
AUTORIZO
Al Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, para que pueda recabar los siguientes certificados que
serán utilizados únicamente a los efectos de comprobación de la veracidad de la puntuación
obtenida, según los datos que he declarado al efectuar la inscripción telemática en esta
convocatoria.
Períodos de inscripción como demandante de empleo inscrito en el Servicio Extremeño
Público de Empleo.
Declaración de Hacienda del ejercicio 2014 o certificado de la Agencia Estatal de la
Administración Tributaria de exención de la obligación de declarar en dicho ejercicio.
Nota informativa de convivencia en el Padrón del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia.
Plasencia, ---------------------- de 2015
Fdo. -----------------------------------------------
15
NEGOCIADO DE
PERSONAL
EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE
PLASENCIA
ANEXO III (bis)
( Miembro de la unidad familiar del preseleccionado por el Ayuntamiento de Plasencia
para el Programa Parados de Larga Duración prioritariamente mayores de 45 añosConvocatoria 2014)
La/s persona/s abajo firmante/s autoriza/n al Excmo. Ayuntamiento de Plasencia a
solicitar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria información de naturaleza tributaria.
La presente autorización se otorga exclusivamente, a los efectos de calcular el ratio de
renta disponible de la unidad familiar, para valorar los méritos alegados por el preseleccionado
al efectuar la inscripción telemática de la convocatoria de contratación de puestos de trabajo,
con cargo al Decreto 272/2014, de 16 de diciembre- Programa Parados de Larga Duración,
preferentemente mayores de 45 años y en aplicación del artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003,
General Tributaria que permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos
tributarios que precisen las AA.PP. para el desarrollo de sus funciones.
INFORMACIÓN TRIBUTARIA AUTORIZADA: DATOS QUE POSEA LA AGENCIA
TRIBUTARIA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS DEL
EJERCICIO 2014
A.- DATOS DEL SOLICITANTE.
APELLIDOS Y NOMBRE:
NIF:
FIRMA:
B.- DATOS DE OTROS MIEMBROS DE LA FAMILIA DEL SOLICITANTE CUYOS
INGRESOS SON COMPUTABLES (Únicamente mayores de 16 años)
PARENTESCO
CON EL
SOLICITANTE
NOMBRE Y APELLIDOS
NIF
FIRMA
En ........................................................, a .......... de .......................................... de 2015
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NEGOCIADO DE
PERSONAL
EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE
PLASENCIA
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