Bases Fondos Concursables 2015

Bases Fondo Concursable
para Organizaciones Comunitarias
de Pudahuel, Version 2015
ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUDAHUEL
Consultas y Asesorias:
Correo electronico: [email protected]
Teléfonos: 229 58 70 40 anexo 2129 - 226 432787
Casa de Todos, Av. La Estrella N° 962.
Bases Fondo Concursable para Organizaciones
Comunitarias de Pudahuel, Version 2015
Ilustre Municipalidad de Pudahuel
Fondo Concursable para Organizaciones Comunitarias
BASES FONDO CONCURSABLE PARA ORGANIZACIONES
COMUNITARIAS DE PUDAHUEL, VERSION 2015
ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUDAHUEL
I. DE LA PRESENTACIÓN Y LA CONVOCATORIA
I.1 Llamado del Concurso
La Ilustre Municipalidad de Pudahuel, en adelante la “Municipalidad”, convoca a las organiza-
ciones de la comuna, constituidas de conformidad a la Ley N°19.418 sobre Juntas de Vecinos y
demás Organizaciones Comunitarias, Ley N° 19.712 del Deporte, Ley 19.253 de Asociaciones Indígenas y a los Comités de Administración de Condominios de Viviendas Sociales contemplados
en la Ley Nº 19.537 sobre Copropiedad Inmobiliaria, a participar del “Fondo Concursable para
Organizaciones Comunitarias Pudahuel 2015”, en adelante “Fondo Concursable”.
Este Fondo Concursable tiene por finalidad financiar la ejecución de proyectos específicos de
interés comunitario, que contribuyan a satisfacer las necesidades de la comunidad, al desarrollo
local y al fortalecimiento y sustentabilidad de las organizaciones y redes sociales, potenciando de
esta manera, la participación ciudadana a nivel comunal.
Las organizaciones que participen deberán tener interés en desarrollar iniciativas vinculadas a
sus fines propios, en el marco de los lineamientos y tipologías de proyectos establecidos en el
numeral II.1 de estas Bases.
I.2 Marco normativo del Concurso y ámbito de aplicación de las
presentes Bases.
El Fondo Concursable corresponde a una modalidad de otorgamiento de aportes a personas
jurídicas de carácter público o privado, sin fines de lucro, que colaboren directamente en el
cumplimiento de las funciones municipales, establecida como tal en la Ordenanza Municipal de
Subvenciones, en su artículo cuarto; “La entrega de aportes o subvenciones podrá efectuarlas la
Municipalidad en forma directa o a través de fondos concursables”.
Las presentes Bases establecen las normas y procedimiento que regirán el proceso del “Fondo
Concursable 2015”, considerando todas las etapas del concurso, así como los criterios de ejecución de las iniciativas y proyectos adjudicados.
I.3 Presupuesto del Fondo Concursable
El “Fondo Concursable” dispone de un marco presupuestario total de $400.000.000 (cuatrocientos millones de pesos).- para el año 2015.
I.4. Requisitos básicos para postular:
Podrán presentar proyectos al Fondo Concursable todas las organizaciones individualizadas en el
punto I.1 que cumplan con los siguientes requisitos:
1. Contar con personalidad jurídica.
2. Contar con directiva definitiva y vigente.
3. Poseer Rol Único Tributario (RUT).
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4. No tener rendiciones pendientes, ni objetadas con la Municipalidad.
5. Estar inscritas en el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos. (Ley
N°19.862).
6. Haberse constituido legalmente, al menos con una antelación de un año, a la fecha de cierre
de las postulaciones al Fondo Concursable, dicho plazo se contará a partir de la fecha en que
se haya efectuado el depósito de acta constitutiva en la Secretaría Municipal. (artículo 8 Ley
Nº 19.418.-).
7. En el caso de tratarse de un Comité de Administración de Condominio de Vivienda Social, ha
de estar inscrito en los Registros de Secretaría Municipal.
Las organizaciones que no cumplan con estos requisitos no podrán concursar.
II. CARACTERÍSTICAS DEL CONCURSO
II.1. Tipologías de Proyectos
El Fondo Concursable financiará las iniciativas de organizaciones que presenten proyectos que
se ajusten a sus fines y a la tipología que se describe a continuación:
a. Infraestructura y equipamiento comunitarios
Corresponde a iniciativas que tienen como propósito mejorar las condiciones de infraestructura y habitabilidad de un equipamiento comunitario existente, mediante la ejecución de
una obra física o la dotación e instalación de equipamiento para su funcionamiento, esto con
el fin de otorgar espacios de mayor calidad para el desarrollo de las organizaciones y de la
participación comunitaria.
A este tipo de proyectos pueden postular todas las organizaciones.
Esta tipología considera las siguientes áreas de proyectos:
▪▪ Mejoramiento: corresponde a obras tendientes a mejorar la calidad o habitabilidad de
una infraestructura existente.
▪▪ Reparación: obras que tienen por finalidad recuperar el deterioro sufrido por una infraestructura.
▪▪ Ampliación: obras que impliquen el aumento de la superficie edificada.
▪▪ Saneamiento de servicios básicos, regularización de propiedad y obtención de
permisos de edificación: corresponde a obras y/o gestiones que posibiliten el saneamiento básico, la instalación de sistema eléctrico, así como, la regularización de propiedad
o la obtención de permiso de edificación de un equipamiento comunitario.
▪▪ Equipamiento; corresponde a iniciativas destinadas a financiar la adquisición o instalación de bienes muebles o equipamiento en una infraestructura existente. El monto máximo a financiar en esta área será de $2.500.000.2
Fondo Concursable para Organizaciones Comunitarias
Este Fondo sólo financiará, en el caso de los proyectos de ampliación de equipamientos comunitarios, a aquellos que cuenten con Permiso de Edificación, debidamente
emitido por la Dirección de Obras Municipales.
Ejemplos de proyectos:
▪▪ Reposición de piso y techumbre, reparación sistema eléctrico en sede social, otros.
▪▪ Instalación de servicio de agua potable y alcantarillado o instalación de empalme eléctrico
en sede social, obtención de permiso de edificación de sede social. Estos proyectos deben
contar con la factibilidad emitida por las empresas o servicios pertinentes.
▪▪ Cambio de artefactos de baño y cocina en sede social; instalación de gradería en equipamiento deportivo.
▪▪ Mejoramiento infraestructura deportiva; tales como reparación de cierres perimetrales,
reparación o instalación de luminarias.
b. Inclusión de Grupos Vulnerables y/o Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres.
Corresponde a iniciativas que tengan por propósito:
1. Promover prácticas anti-discriminación y de inclusión social de grupos vulnerables de la
comuna.
2. Propiciar acciones de sensibilización y capacitación de la comunidad en temáticas de igualdad de género.
A este tipo de proyectos pueden postular todas las organizaciones cuyos fines propios
sean concordantes con los propósitos señalados.
Ejemplos de proyectos:
▪▪ Campañas de sensibilización e información hacia la comunidad.
▪▪ Actividades de carácter formativo y educativo para la integración y no discriminación.
▪▪ Talleres de manualidades u otros que estimulen habilidades cognitivas y psicomotoras.
▪▪ Charlas o talleres que favorezcan “La confianza en si mismas, la autoestima y la autonomía
de las mujeres”.
▪▪ Actividades que fomenten la participación e integración de niños, niñas y jóvenes.
c. Cultura y Fortalecimiento de la Identidad
Corresponde a iniciativas que fomenten el rescate y conservación de la cultura local, sus manifestaciones y patrimonio, así como, la preservación de la cultura de los pueblos originarios
con presencia a nivel comunal.
A este tipo de proyectos pueden postular todas las organizaciones cuyos fines propios
sean concordantes con estos lineamientos.
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Ejemplos de proyectos:
▪▪ Talleres para el desarrollo de habilidades y creación artística en diversas disciplinas.
▪▪ Desarrollo de actividades artísticas/culturales a nivel barrial o comunal.
▪▪ Equipamiento para el desarrollo de actividades artísticas y culturales.
▪▪ Actividades para favorecer el acceso a bienes culturales de calidad.
▪▪ Actividades de difusión de talentos y producción artística local.
▪▪ Actividades de difusión de culturas indígenas.
d. Deporte y Estilos de Vida Saludable
Corresponde a iniciativas que fomenten la práctica deportiva en los ámbitos formativo, competitivo y/o recreacional, como medio para el desarrollo de estilos de vida saludable, el uso
positivo del tiempo libre y de la infraestructura deportiva existente.
A este tipo de proyectos pueden postular todas las organizaciones cuyos fines propios
sean concordantes con estos lineamientos.
Ejemplos de proyectos:
▪▪ Talleres para el desarrollo de habilidades deportivas.
▪▪ Talleres de capacitación en hábitos de vida saludable y/o asociados a actividad física.
▪▪ Campeonatos o torneos deportivos en diversas disciplinas.
▪▪ Talleres para el uso de máquinas de ejercicios instaladas en plazas activas.
▪▪ Equipamiento para el desarrollo de actividades deportivas.
▪▪ Desarrollo de actividades deportivas y recreativas en los barrios.
e. Cuidado del Medio Ambiente.
Su propósito es favorecer iniciativas que sensibilicen y promuevan una mayor conciencia
medioambiental de la comunidad, a través de actividades de formación, difusión, desarrollo e
implementación de prácticas tendientes a mejorar la relación de los vecinos y vecinas con el
entorno.
A este tipo de proyectos pueden postular todas las organizaciones cuyos fines propios
sean concordantes con estos lineamientos.
Ejemplos de proyectos:
▪▪ Capacitación en buenas prácticas para la optimización en el uso, gestión y consumo de la
energía en espacios públicos o comunes, ej. iluminación con sistemas de ahorro energético.
▪▪ Desarrollo de tecnologías que utilicen energías renovables no convencionales en espacios
públicos o comunes, ej. instalación de paneles solares, aerogeneradores, entre otras.
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f. Prevención y promoción de seguridad barrial
Implementar acciones que promuevan la participación y la responsabilidad comunitaria en la
prevención situacional y psicosocial del delito y que coadyuven a la disminución de la sensación de inseguridad en los espacios públicos y comunitarios.
A este tipo de proyectos pueden postular todas las organizaciones cuyos fines propios
sean concordantes con estos lineamientos.
Ejemplos de proyectos:
▪▪ Actividades de capacitación y formación en prevención psicosocial y situacional del delito.
▪▪ Campañas de sensibilización y difusión de acciones comunitarias para la prevención del
delito y otras actividades inseguras.
▪▪ Instalación de focos con sensores de movimiento en espacios comunitarios o comunes en
condominios sociales.
g. Participación ciudadana
Fomentar acciones o iniciativas que pretendan impulsar el desarrollo local y la democracia
participativa, a través de la integración de la comunidad en distintos espacios y de acuerdo a
los mecanismos de participación existentes.
A este tipo de proyectos pueden postular todas las organizaciones.
Ejemplos de proyectos:
▪▪ Actividades de formación en temas de participación; escuelas de liderazgo, seminarios,
talleres en temas vinculados.
▪▪ Campañas de promoción de la participación, elaboración de material informativo para motivar la participación de la comunidad.
▪▪ Elaboración de material educativo en temas de participación ciudadana.
Las organizaciones solo podrán postular a una Tipología de Proyecto.
II.2. Montos a financiar por tipos de proyectos.
El monto mínimo a financiar por el Fondo será de $1.800.000.- en tanto el monto máximo no
podrá exceder de los $5.000.000.-, con la sola excepción de los Proyectos de Equipamiento,
cuyo monto máximo a otorgar será de $2.500.000.Las iniciativas cuyo costo exceda el monto máximo a financiar por el Fondo, serán consideradas
“inviables” y quedarán fuera de concurso. En el caso que el excedente vaya ser financiado con
recursos propios de la organización postulante, deberá explicitarlo en su proyecto.
Este Fondo no beneficiará iniciativas anteriormente financiadas con recursos municipales en
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cualquiera de sus formas, exceptuando aquellas que correspondan a proyectos de continuidad,
situación que debe ser expresamente señalada y quedar debidamente justificada en el proyecto
correspondiente.
II. 3. Recursos a financiar y montos máximos por cada ítem
Los proyectos podrán solicitar financiamiento para los ítems que se detallan en el siguiente cuadro
y dentro de los montos máximos que se indican para cada caso, teniendo siempre en consideración
que el monto máximo a solicitar por proyecto no puede superar los $5.000.000.- y en el caso de
los Proyectos de Equipamiento, los $2.500.000.-
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Ejemplo
Corresponde a la adquisición o
instalación de bienes muebles o
equipamiento en una infraestructura comunitaria existente o para
la adecuada ejecución de un proyecto específico. Su requerimiento
debe justificarse en conformidad a
los objetivos del proyecto presentado.
Adquisición de mobiliario y
artefactos para sedes como
por ejemplo, sillas, mesas,
cocina, estufa.
Adquisición de implementos
electrónicos y tecnológicos
como, sistemas de amplificación, equipos computacionales, otros.
Monto
Maximo
$ 2.500.000
Difusión
Definición
Ítem de carácter obligatorio para
todos los proyectos. Implica la adquisición de material de difusión del
Pendones, afiches, volantes o
proyecto adjudicado, sus montos y
lienzos publicitarios.
fuente de financiamiento. El texto y
gráfica de este material será determinado por la Municipalidad.
Hasta el 3%
del monto total
del proyecto
postulado.
Gastos Operacionales
Equipamiento
Ítem
Corresponde a gastos necesarios
para la ejecución o puesta en marcha de un proyecto, los que deberán
justificarse en conformidad con sus
objetivos.
Hasta el 10 %
del monto total
del proyecto
postulado.
Arriendo de equipos y máquinas. Arriendo de centros de
eventos para capacitaciones,
jornadas, seminarios.
Recursos Humanos
Insumos
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Gastos para la adquisición de materiales que permitan desarrollar las
actividades propias de un proyecto
específico.
Compra de equipamiento deportivo.
Compra de materiales para talleres.
$2.500.000
Gastos destinados al pago de honorarios de profesionales, especialistas, técnicos y/o monitores que
presten servicios en el proyecto.
Todos los no señalados expresamente.
Hasta el 20%
del monto total
del proyecto
postulado.
Para proyectos de Infraestructura.
Hasta el 35%
del monto total
del proyecto
postulado.
Gastos en Obra Vendida: Es el
que se pacta con un contratista
que ejecutará la totalidad de
Hasta el 100%
una obra, por una suma fija
del proyecto
de dinero. Esta modalidad sólo
postulado.
podrá ser utilizada por los Proyectos del tipo Infraestructura
Comunitaria.
Según la tipología de proyecto se
establece un monto máximo a subvencionar por este ítem.
Gastos en Obra Intelectual
Vendida: Son gastos destinados
al pago de un estudio, proyecto, guía, diseño, modelo u
otro modo de materializar un
producto intelectual. Se debe
acreditar a través de boleta o
Hasta el 100%
factura, que comprenderá el todel proyecto
tal de ese producto, pagándose
postulado.
al igual que en el caso anterior,
una suma fija de dinero por
el o los productos encomendados. Esta modalidad podrá
ser utilizada en todos los tipos
de proyecto, cuyos objetivos y
productos lo ameriten.
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Ilustre Municipalidad de Pudahuel
II.4. Gastos no financiables (prohibiciones)
El presente Fondo no financiará bajo ningún aspecto los siguientes ítems:
1. Gastos efectuados con anterioridad a la entrega de los fondos.
2. Propinas.
3. Bebidas alcohólicas.
4. Pago de honorarios al representante legal del proyecto o de los miembros de la directiva
de la organización postulante.
5. Pago de remuneraciones a personas naturales emparentadas hasta el 3° grado de consanguineidad o afinidad, inclusive, con algún integrante de la directiva de la organización
ejecutora del proyecto, cualquiera sea la calidad en que actúen. (monitores, contratistas
u otros.)
6. Adquisición de combustible para vehículos.
7. El pago de consumos de servicios básicos (agua, electricidad, internet, teléfono, gas.)
8. Cócteles o convivencias.
II.5. Duración de los proyectos
Los proyectos deberán tener como fecha máxima de ejecución, el día 29 de noviembre del 2015.
II.6.Beneficiarios de los proyectos
Los beneficiarios de las iniciativas deberán ser organizaciones con domicilio en la comuna de Pudahuel. En lo relativo a la ejecución del proyecto, estos podrán ser beneficiarios directos, es
decir, todas las personas que participaran activa y regularmente de las actividades del proyecto,
o beneficiarios indirectos, esto es, personas que se ven favorecidas por el impacto o externalidades que genera el proyecto.
II.7. Organizaciones con Autorización de Uso Compartido de
Equipamientos Comunitarios.
Las organizaciones territoriales y funcionales que comparten el uso de sedes sociales o
multicanchas, mediante comités de administración o permiso de uso compartido (más de
una organización), podrán postular a este Fondo con un único proyecto en las tipologías de
Infraestructura y Equipamiento de Organizaciones.
Dicha postulación, deberá ser respaldada por el cincuenta por ciento más uno, de las organizaciones que constituyen el comité de administración del equipamiento respectivo. Este acuerdo
deberá ser sancionado en una Asamblea del Comité y formalizado mediante Acta, donde conste
el acuerdo de la presentación del proyecto y el registro de participantes en este acto. La presentación del proyecto deberá ser acompañada por la copia del Acta referida.
II.8. Organizaciones Patrocinadoras
La asociatividad es entendida como un instrumento de participación social para sumar esfuerzos
con el propósito de dar respuestas colectivas a determinadas necesidades o problemas. Es así
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Fondo Concursable para Organizaciones Comunitarias
que se considerará relevante el apoyo de otras organizaciones al proyecto postulado, las que
expresarán este apoyo a través de una carta que contenga los siguientes datos:
1. Individualización de la organización (Nombre, Dirección, RUT).
2. El impacto, beneficios, etc., que este proyecto tendrá para ellos.
3. Firma del/la representante legal, del secretario/a y del tesorero/a.
4. Timbre de la organización.
Cada organización comunitaria podrá patrocinar un sólo proyecto.
III. DE LA POSTULACIÓN Y ADMISIBILIDAD DE LOS
PROYECTOS
III.1. Retiro de Bases.
Las organizaciones interesadas en postular al Fondo, podrán retirar las Bases del Concurso y los
respectivos Formularios de Postulación, a contar del día 26 mayo en Ceremonia de Apertura y
desde el 27 de mayo en las siguientes dependencias:
1. Casa de Todos, Av. La Estrella Nº 962.
2. Oficina de Atención Municipal sector Sur, Puerto Arturo Nº 8260 (Mar de Drake/ Puerto
Arturo)
3. Heráldica Nº 8921, Población Monseñor Larraín.
4. Departamento de Deportes, Corona Sueca Nº 8325
5. Oficina de Atención Municipal sector Rural, Liceo Ciudad de Brasilia, El Noviciado.
Horario de atención para el retiro de Bases.
* Lunes a jueves: 09:00 a 13:30 horas – 15.00 a 17:00 horas.
* Viernes: 09:00 a 13:30 horas – 15.00 a 16:00 horas
Las Bases también podrán ser obtenidas desde la Página Web Municipal:
www.mpudahuel.cl
III.2. Consultas y asesoría para la elaboración y postulación de proyectos.
Las organizaciones interesadas podrán realizar consultas al correo electrónico, [email protected] o telefónicamente, a los números 229 58 70 40 anexo 2129,
9/4491338, en tanto, aquellas que requieran asesoría técnica personalizada, deberán solicitar
hora de atención a los teléfonos ya indicados o presencialmente, en Casa de Todos ubicada Av.
La Estrella Nº 962, hasta el 19 de Junio de 2015.
Adicionalmente, se dictará un Taller de Capacitación por zona, en las fechas y lugares que se
indican a continuación:
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Ilustre Municipalidad de Pudahuel
29 de mayo 2015, Escuela Monseñor Enrique Alvear, Pudahuel sur; 19:00 hrs. .
30 de mayo 2015, Escuela Arturo Merino Benítez, Pudahuel Rural, 17:00 hrs.
01 de junio 2015, Casa de Todos, Pudahuel Norte, 19:00 hrs.
III.3.Documentación solicitada
Las organizaciones postulantes deben adjuntar todos los antecedentes y documentos que
se indican a continuación:
a. Formulario de Postulación al Fondo Concursable 2015, más una copia que quedará
en poder de la organización como respaldo de su postulación. El formulario se encuentra
adjunto a las presentes Bases y deberá ser llenado íntegramente, además de contar con
timbre y firma de la directiva titular completa, de la organización postulante.
b. Fotocopia del Acta de Asamblea de Socios, en la que se acuerda por mayoría, la
postulación de un proyecto a este fondo, señalando el nombre del mismo, una descripción de lo que se realizará y el detalle de la inversión. Deberá acompañar además, la
Nómina de Socios presentes en este acto, con sus nombres completos, dirección,
Rut, teléfono y firma de los presentes. Las organizaciones territoriales deberán adjuntar
nóminas con el respaldo y firmas de 51 socios, en tanto las organizaciones funcionales,
deberán hacerlo con nóminas de respaldo de 12 socios, como mínimo. Para el caso de
postulación de proyectos por Organizaciones con Autorización de Uso Compartido de Equipamientos Comunitarios, se debe adjuntar acta según el II.7 de las presentes bases.
c. Fotocopia del Rut de la organización postulante.
d. C
arta firmada por la directiva de la organización, mediante la que certifican
conocer y aceptar el contenido de las presentes bases. (Anexo Nº4).
e. 3 cotizaciones de casa comercial, empresa, profesionales o técnicos (según
corresponda), por cada, bien a adquirir o por los servicios u otros a contratar (monitores,
relatorías, etc.), mediante el proyecto.
f. L as organizaciones creadas por la Ley del Deporte y las Asociaciones Indígenas deberán
adjuntar el Certificado de Vigencia de Personalidad Jurídica y directiva al día,
emitido por el organismo pertinente y acreditar la residencia de esta persona jurídica en la comuna.
g. Los Comités de Administración de Condominios Sociales, deberán presentar Certificado
de la Dirección de Obras Municipales, que acredite su condición de tal. Además,
deberán acompañar la Inscripción del Reglamento de Copropiedad en el Conservador de Bienes Raíces y la Copia de la Protocolización en notaría, de la elección
del Directorio del Comité de Administración vigente.
h. Los proyectos del tipo Infraestructura deberán acreditar la propiedad o el permiso de
uso del equipamiento comunitario a intervenir a través de: La copia del Decreto Alcaldicio,
o la copia del título de dominio inscrito en el Conservador de Bienes Raíces a nombre de la
organización o, en su defecto, la Autorización de Uso (Anexo Nº2) de sede o multicancha, por parte de la/s organización/es que poseen el permiso o dominio del equipamiento,
según corresponda.
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Fondo Concursable para Organizaciones Comunitarias
i. L os proyectos de Ampliación de equipamientos comunitarios, deberán adjuntar Permiso de
Edificación otorgado por la Dirección de Obras Municipales.
j. L os proyectos de tipo Infraestructura y Equipamiento deberán acreditar propiedad
o permiso de uso del equipamiento donde funciona la organización postulante. (Anexo
Nº5)
k. Los proyectos del tipo Infraestructura y Equipamiento deberán adjuntar Carta Compromiso que garantice el uso compartido de los bienes por las otras organizaciones que funcionan en el mismo espacio (Anexo Nº3).
l. L os proyectos de instalación de alcantarillado, agua potable y empalme eléctrico deberán
contar con certificados de factibilidad de las empresas o servicios pertinentes.
m.Los proyectos de reparación o instalación de luminarias en equipamientos comunitarios,
deben contar con certificado de autorización de la entidad pertinente.
n. L os proyectos de reparación o instalación de luminarias en equipamientos comunitarios,
deben incluir en sus costos, el presupuesto de diseño del proyecto eléctrico, además de
los costos de los materiales y de la ejecución de la obra (se sugiere obra vendida). En este
caso además, los prestadores de servicios (empresas o personas naturales) que coticen y
realicen las obras, deben contar con certificación SEC acreditable.
o. En el caso que la tuviere, Carta de patrocinio de organización/es que apoya/n la
iniciativa (Anexo Nº1).
La no presentación de alguno de los documentos requeridos, en la forma y contenidos
que se indica, será motivo para declarar inadmisible el proyecto.
III.4. Fecha y lugar de presentación de los proyectos
Los proyectos deben ser presentados e ingresados en Oficina de Partes de la Municipalidad de
Pudahuel, ubicada en Av. San Pablo Nº 8444, en horario de 09:00 a 13:30 horas, desde el 22 al
26 de Junio del 2015.
III.5. Aceptación de los proyectos
Sólo serán aceptados los proyectos que se entreguen en la fecha, hora y lugar indicados.
IV.
DE LA ADMISIBILIDAD, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE
LOS PROYECTOS
IV.1 Comisión de Evaluación de Proyectos
La Comisión Evaluadora, en adelante “La Comisión”, estará formada por:
2 funcionarios/as de DIDECO; 1 funcionario/a de SECPLAN; 1 Funcionario de la Dirección de
Asesoría Jurídica y 2 representantes del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad
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Ilustre Municipalidad de Pudahuel
Civil, quienes se inhabilitarán de evaluar proyectos presentados por sus organizaciones, si ello
ocurriese, en cuyo caso serán reemplazados por los representantes que hayan sido elegidos
como sus suplentes.
IV.2.Admisibilidad Administrativa y Técnica de los proyectos.
La admisibilidad administrativa de los proyectos se realizará al momento de la recepción de
las postulaciones de las organizaciones en Oficina de Partes, entre el 22 y el 26 de Junio, 2015.
Se considerarán admisibles, todos los proyectos cuyas organizaciones cumplan con los requisitos
de postulación establecidos en el numeral I.4 de estas Bases y que hayan entregado la documentación indicada en el numeral III.3 de las mismas, en el plazo señalado en el párrafo anterior.
Durante el período de recepción de postulaciones, un equipo de DIDECO colaborará en la revisión de la documentación presentada y entregará cuando corresponda, la orientación que permita a las organizaciones subsanar observaciones y/o corregir sus proyectos, previo al ingreso de
los mismos, lo que deberán realizar a más tardar, el 26 de Junio del 2015, a las 14:00 horas.
Cabe señalar que esta asistencia técnica y pre-revisión de los proyectos, podrá solicitarse también en fechas previas, a los encargados de programas y encargados territoriales respectivos.
La admisibilidad técnica de los proyectos, será evaluada por la Comisión con la asistencia
técnica de las Unidades de Control, Secretaría Municipal, Dirección de Desarrollo Comunitario
y Dirección de Asesoría Jurídica, en función de sus competencias y según lo establecido en la
Ordenanza de Subvenciones vigente.
La Comisión tendrá por función revisar el cumplimiento de los aspectos formales y requisitos
establecidos en las presentes Bases.
Una vez que la Comisión revise en detalle la documentación presentada para cada proyecto,
constate el cumplimiento de los requisitos formales y técnicos establecidos por Bases y que la
solicitud se encuentra dentro de los rangos mínimos y máximos definidos, levantará un Acta
detallando los Proyectos Admitidos y No Admitidos, explicitando en cada caso, las razones y
motivos de la admisibilidad e inadmisibilidad, en función de las Bases.
IV.3. Evaluación de los proyectos
En esta fase, la Comisión tendrá por objetivo, apreciar y calificar el valor social y económico de
los proyectos postulados en función de los factores, criterios y su respectiva ponderación, definidos en las presentes Bases en el punto IV.4.
La comisión tendrá la facultad de verificar en terreno o de citar a las organizaciones postulantes,
para requerir mayores antecedentes que permitan la mejor evaluación de los proyectos presentados. Los contenidos de los temas tratados en estos casos serán consignados en un Acta, la
que formará parte de la documentación de postulación de los proyectos en cuestión.
La Comisión evaluadora se reserva el derecho de proponer ajustes a los montos solicitados en
los proyectos, en virtud del resultado de la evaluación técnico - económica. Situación que será
oportunamente comunicada a la organización postulante.
IV.4.Factores y criterios de Evaluación
Las propuestas presentadas serán evaluadas en función de los factores, criterios técnico económicos y puntajes máximos que se indican en el siguiente cuadro:
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Fondo Concursable para Organizaciones Comunitarias
Fase de
Criterios de
Evaluación
Evaluación
Medido por :
Puntaje
Máximo
Contenidos del proyecto y correspondencia con los objetivos del Fondo
Concursable
20
Consistencia de su fundamentación,
de su objetivo y de las actividades a
realizar
20
Relación entre solución propuesta a la
problemática y los montos propuestos
20
Viabilidad material y financiera del proyecto
15
Presupuesto congruente con los objetivos y metas
20
N° de beneficiarios directos e indirectos
15
Relevancia de la ejecución del proyecto dentro del contexto comunitario
territorial donde se desarrollará
10
Evaluación
Cualitativa
Organizaciones que apoyan el proyecto
20
Destinada a
realizar una
evaluación
de la calidad, impacto
y proyección
social del
proyecto
Organizaciones directamente beneficiadas por el proyecto
15
Relevancia para su funcionamiento
10
Sustentabilidad y mantención en el
tiempo
20
Para el caso que la organización
postulante haya sido beneficiada anteriormente, mediante subvención u
otros aportes municipales, evaluar la
relevancia alcanzada por el proyecto
ejecutado, su sustentabilidad y mantención en el tiempo.
15
Coherencia y claridad en la
formulación del proyecto
Evaluación
Técnica
Tiene por
objeto precisar la factibilidad técnica Análisis financiero y prey operacional supuestario: Verificará la
del proyecto adecuación de los medios
materiales y financieros
para el cumplimiento de los
objetivos del proyecto
Impacto Social
Impacto Organizacional
TOTAL MÁXIMO
200
IV.5. Resultados Evaluación
La Comisión levantará un Acta que contendrá un Ranking de los proyectos evaluados, es decir,
ordenados de manera descendente según el puntaje obtenido. Además, contendrá las observaciones y sugerencias realizadas a los proyectos. Dicha Acta será firmada por todos los miembros
de la Comisión.
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Ilustre Municipalidad de Pudahuel
IV.6.Aprobación de la Adjudicación
Los resultados de la evaluación realizada por la Comisión, serán presentados por el Alcalde al
Concejo Municipal.
El Concejo Municipal, aprobará los proyectos, ciñéndose expresamente a los criterios de evaluación, recursos disponibles y a los puntajes obtenidos en la calificación de los mismos.
La Municipalidad comunicará a las organizaciones ganadoras del Fondo Concursable la aprobación de sus respectivos proyectos. Esta información se entregará además, a través de la página
web www.mpudahuel.cl. De la misma manera, informará por escrito a las organizaciones cuyos
proyectos resultaran inadmisibles o no favorecidos.
IV.7.Formalización de la Adjudicación
Una vez informados los resultados del concurso, el Alcalde dispondrá la entrega de los recursos
a las organizaciones beneficiadas mediante la dictación de un Decreto Alcaldicio. La formalización de la entrega de recursos se realizará mediante la suscripción de un Convenio con cada
organización, documento que será redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica.
El Decreto Alcaldicio que otorga los recursos deberá ser notificado por la Secretaría Municipal.
En el mismo acto se notificará a las organizaciones, las fechas de firma de convenio, de entrega
de cheque y de capacitación en Rendición de Cuenta a ser efectuada por la Dirección de Control.
V. DE LA EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS
V.1. Ejecución de los Proyectos
La ejecución de los proyectos deberá ceñirse estrictamente, a lo estipulado en cada Convenio.
V.2. Supervisión de Proyectos
Los representantes legales y todos los miembros de las directivas de organizaciones beneficiadas, deberán adoptar las medidas conducentes a facilitar las acciones de supervisión, evaluación y control de proyectos por parte de la Municipalidad, tanto en sus aspectos técnicos como
financieros.
También deberán contar con registro fotográfico y/u otros que permitan la reproducción visual
del desarrollo de los mismos y en los casos de infraestructura, estos registros deberán dar cuenta del estado anterior y posterior a la realización de las obras de reparación o mejoramiento. Los
proyectos que contemplen actividades de: Participación ciudadana, inclusión de grupos vulnerables y/o igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, de cultura y fortalecimiento de
la identidad y los de prevención y promoción de seguridad barrial, cuando corresponda, deben
contar además, con los registros de asistencia de los participantes y beneficiarios cuando corresponda, ej. Talleres de capacitación. Las subvenciones que tengan por finalidad la obtención
de uno o más productos de carácter intelectual deberán ser presentados en cualquier formato
susceptible de operar como soporte físico o virtual, escrito, audiovisual en almacenaje u otro, según la naturaleza del producto.
Los registros fotográficos deberán adjuntarse a la Rendición de Cuentas del Proyecto, así como
los demás soportes antes indicados que permitan acreditar la plena ejecución del proyecto.
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Fondo Concursable para Organizaciones Comunitarias
V.3. Condiciones del Financiamiento de los Proyectos
La organización beneficiada deberá utilizar los recursos en la ejecución del proyecto en forma
íntegra y de acuerdo a los términos estipulados en el Convenio y en el respectivo Proyecto, no
pudiendo destinar éstos al financiamiento de fines distintos a los expresamente allí señalados.
V.4. Rendiciones de Cuentas
Todas las organizaciones ganadoras del Fondo Concursable, deberán rendir cuenta documentada
y detallada de los gastos efectuados con cargo a éste, ante la Unidad de Contraloría Municipal.
Para estos efectos, deberán participar de una capacitación a cargo de la misma unidad.
La rendición de cuentas se presentará en el Formulario que entregará Contraloría Municipal,
acompañada de la documentación original que respalda los gastos efectuados con los fondos
entregados por el Municipio para el desarrollo del proyecto, tales como facturas o boletas.
Los gastos que se realicen con cargo al proyecto deberán efectuarse a partir de la fecha del Decreto Alcaldicio que apruebe la entrega de los recursos y dentro del mismo año calendario.
No se aceptarán gastos efectuados con anterioridad, ni después
de la fecha fijada para la rendición.
La rendición de cuenta debe presentarse a más tardar, el 30 de noviembre de 2015. Vencido
este plazo, la Dirección de Control Municipal informará a la Dirección de Asesoría Jurídica las
rendiciones pendientes.
La Rendición de Cuentas deberá presentarse con una copia, la que será debidamente timbrada
por Contraloría Municipal y devuelta a la organización, como único comprobante válido de la
recepción de los antecedentes y del cumplimiento de esta obligación.
El resultado de la revisión de la Rendición de Cuentas, será informado a la entidad beneficiara,
la que en caso de rechazo u observaciones, tendrá un plazo de 90 días corridos para corregirla o
subsanarla. Si vencido este plazo, la organización no entregase la rendición subsanada o habiéndolo hecho, las correcciones no fueran acogidas por la Dirección de Control, ésta informará a la
Dirección de Asesoría Jurídica, adjuntando todos los antecedentes, para que esta unidad inicie
las acciones legales pertinentes.
V.5.Término anticipado del Convenio
La Municipalidad podrá poner término anticipado y unilateral al convenio, cuando la organización
ganadora incurra en cualquier incumplimiento grave de sus obligaciones, es decir, cuando incurra en acciones u omisiones que afecten de manera sustancial el correcto desarrollo del proyecto
o vulneren las normas establecidas en las bases.
Dicho término anticipado deberá adoptarse mediante Resolución de las Direcciones de Desarrollo Comunitario y Secretaría Comunal de Planificación y será notificada a los solicitantes de
la subvención por carta certificada o correo electrónico enviado a las direcciones indicadas en
la solicitud. La misma se entenderá notificada al tercer día hábil, contado desde el día siguiente
de su envío. En caso de realizarse personalmente la notificación, el plazo se computará desde el
día siguiente a la misma de la que se dejará constancia por escrito y con la firma de quien tenga
capacidad para representar a la Organización. Del término anticipado del convenio, se podrá interponer recurso de apelación ante el Sr. Alcalde dentro de 5 días hábiles contados desde el día
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Ilustre Municipalidad de Pudahuel
siguiente a la fecha en que se entiende efectuada la notificación de la Resolución. Las notificaciones las realizará la Dirección de Asesoría Jurídica. El Sr. Alcalde podrá dejar sin efecto o confirmar dicha resolución. Con la resolución del Sr. Alcalde y habiendo transcurrido el plazo para
apelar, se ordenará por Decreto Alcaldicio el término anticipado del Convenio el cual se notificará
de conformidad a lo indicado precedentemente.
El término anticipado del convenio implica que la respectiva organización estará obligada a
efectuar la devolución de los saldos que eventualmente se adeudaren y a realizar la Rendición
de Cuentas, en un plazo no superior a diez días hábiles, a contar de la fecha de notificación del
Decreto Alcaldicio de término anticipado del Convenio.
V.6.Difusión del Proyecto
Durante el desarrollo de las acciones y actividades del proyecto, la organización beneficiaria
deberá expresar y dar a conocer públicamente a los beneficiarios del proyecto, que éste ha sido
financiado por la I. Municipalidad de Pudahuel.
C RO NO GRAMA
Fondo Concursable para Organizaciones Comunitarias
Pudahuel 2015
N°
16
Fases
Plazos año 2015
1
Ceremonia Apertura
26 Mayo
2
Retiro de bases asesorías y capacitación
26 Mayo al 19 Junio
3
Talleres de capacitación por zona
29 y 30 de Mayo,
01 Junio
4
Periodo Postulación
22 al 26 de Junio
5
Constitución Comisión Evaluadora
01 de Julio
6
Revisión admisibilidad evaluación de proyectos
(ingreso al Sistema Intranet)
01 de Julio al 10 de Julio
7
Presentación al Concejo Municipal
15 Julio
8
Pronunciamiento Concejo Municipal
22 Julio
9
Trámites administrativos y firma de convenios
10
Ceremonia Entrega de Recursos
2da Semana de Agosto
11
Ejecución de Proyectos
Hasta el 29 Noviembre
12
Rendición
Hasta el 30 de
Noviembre
23 Julio al 06 Agosto
Bases Fondo Concursable
para Organizaciones Comunitarias de Pudahuel, Version 2015
Ilustre Municipalidad de Pudahuel
ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUDAHUEL