Instructivo administrativo para la implementación de - Servicios ABC

Instructivo administrativo para la implementación de los
“Centros de Escolarización Secundaria para Adolescentes y
Jóvenes de entre 15 y 18 años” (CESAJ)
.Dirección Provincial de Educación Secundaria
.Dirección Provincial de Educación Secundaria
El presente Instructivo tiene la función de constituirse en un instrumento que permita
tomar decisiones en pos de generar las mejores condiciones para el funcionamiento
de los Centro de Escolarización Secundaria para Adolescentes y Jóvenes (CESAJ).
A) Marco Legal del Proyecto CESAJ
1- Al marco legal que avala el Proyecto CESAJ lo constituyen la Resolución
5099/08 y las Disposiciones: 20/10 sobre equivalencias para CESAJ y
06/10 sobre evaluación en CESAJ.
2- La Resolución y ambas disposiciones pueden encontrarse en el portal de la
DGCyE: www.abc.gov.ar
B) Selección de los distritos para la creación de los Centros
1- El Equipo del Nivel Central define, de acuerdo con diversos criterios que tienen
en cuenta especificidades del territorio, los distritos donde se presenta el
proyecto.
Las solicitudes realizadas por los equipos directivos de los servicios deberán
estar avaladas por los Inspectores de enseñanza de Educación Secundaria,
Inspectores de las modalidades Formación Profesional, Psicología Comunitaria
y Pedagogía Social, Educación Física y de Educación Artística y las
autoridades educativas del distrito y la región. En virtud de ampliar la
participación de los actores educativos territoriales se sugiere incluir en el
análisis de la propuesta a referentes de Política Socioeducativa, representantes
de los Equipos Interdisciplinarios de PC y PS que el distrito considere
conveniente convocar y referentes de las Organizaciones sociales que
pudieran estar interesadas en la articulación del proyecto.
2- Luego de la evaluación distrital, y atentos a la fecha propuesta por la Dirección
Provincial de Educación Secundaria, cada distrito presentará la cantidad de
solicitudes que considere necesarias (se recomienda no superar los tres
proyectos por Distrito).
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Cada propuesta deberá contar con:
a. Especificación de la escuela referente del proyecto (indispensable
para la implementación del proyecto puesto que los estudiantes de
CESAJ estarán matriculados en dicha Escuela) donde se incluyan
los datos de la institución, del director/a, de los/las inspector/as de nivel
y de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social. (Cuadro en Anexo 2)
b. Matrícula tentativa: integrada por 25 a 30 jóvenes que se encuentren
sin escolarizar y estén comprendidos en la franja etaria prevista por la
Resolución 5099/08. (Cuadro en Anexo 3)
c. Datos del Centro de Formación Profesional con el cual se articulará.
d. Lugar físico y horario de funcionamiento del CESAJ.
e. Listado de docentes propuestos por materia y tutor que formarán parte
de la experiencia. (Cuadro en Anexo 4)
f. Datos de la organización Social que articulará el proyecto especificando
brevemente su función social y actividades que realiza en la comunidad
(Cuadro en Anexo 2)
3- Recibidas todas las presentaciones, el Equipo Central evaluará y definirá la
viabilidad de las propuestas, autorizando la apertura de los CESAJ que será
comunicada al territorio.
C) En relación a Formación Profesional
1- El conjunto de actores territoriales, incluyendo a los estudiantes del CESAJ
definirán los cursos de FP, de acuerdo a la disponibilidad de ofertas en los
distritos.
2- Desde el Distrito se consultará a la Dirección de Formación Profesional todo lo
vinculado a la implementación de los cursos en el marco del CESAJ,
incluyendo la disponibilidad de los insumos requeridos y el mecanismo de
afectación de los instructores
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3- Cada Dirección (de nivel y modalidad) dispone de una cantidad de módulos y
cargos en el caso de Educación Secundaria y de horas cátedras en el caso de
Formación Profesional para el desarrollo del proyecto. Por lo tanto no podrán
afectarse módulos de secundaria para los cursos de FP.
4- Para el buen funcionamiento del proyecto es indispensable
la articulación
permanente entre la Escuela Secundaria de Referencia, el CFP y la
Organización Social. Por tanto, deben realizarse reuniones periódicas a fin de
monitorear el desarrollo del formato CESAJ
D) Selección de Docentes para CESAJ
1- Los Docentes de CESAJ serán elegidos según lo prescripto en la Resolución
5099/08. Éstos deberán contar con un perfil adecuado para esta propuesta.
2- En dicha selección deberán participar los Inspectores involucrados en la
implementación del proyecto, el/la director/a de la secundaria referente, los
Equipos de la Dirección de PC y PS que sean asignados para trabajar en la
implementación del Proyecto y la Organización social que articule la propuesta.
Así mismo se podrá convocar a otros actores territoriales que se consideren
pertinentes por ejemplo: referentes de Política Socioeducativa, representantes
de los gremios docentes del distrito, etc.
3- Los Docentes serán afectados por el artículo 115 C del Estatuto Docente con
goce de haberes, debiendo ser titulares en primera instancia o provisionales en
segundo término. No podrán afectarse docentes con cargo suplente.
4- La licencia por interés público o del Estado (Artículo 115 C) deberá ser
solicitada por el interesado, acompañada de una certificación expedida por el
inspector referente del CESAJ.
La misma deberá consignar claramente la
fecha de inicio y finalización de la licencia y los módulos, horas y/o cargos
afectados. (Anexo 1).
5- Dicha licencia deberá ser solicitada en los términos que explicita el Art. 117 inc.
5 del Estatuto Docente.
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6- En el caso que un docente fuera convocado para una nueva cohorte, su
licencia deberá ser tramitada en los términos explicitados anteriormente.
7- Es responsabilidad del Inspector referente informar los cambios que se
produzcan en el equipo docente de cada CESAJ. Producido el levantamiento
de la licencia, el docente deberá retomar sus actividades en el establecimiento
que corresponda, situación que deberá ser registrada en la planilla de contralor
siguiente.
8- En caso de presentarse dificultades con el cobro de haberes, el hecho será
comunicado a la brevedad a esta Dirección Provincial. Será la Dirección
Provincial de Educación Secundaria quien realizará la tramitación en el
Departamento de Contralor.
A los efectos de agilizar el tratamiento de las licencias se sugiere presentar los
trámites de todos los docentes en forma simultánea, en una misma carpeta.
9- La figura del docente tutor, podrá ser cubierta por: preceptor de nivel
secundario, miembro de Equipo de Orientación Escolar, maestro de grado o
maestro de adultos. Cualquier otra situación deberá ser presentada a la
Dirección de Educación Secundaria para su consideración y posterior
aprobación por vía de excepción. Al respecto recordamos que es
IMPORTANTE tener en cuenta el perfil del docente tutor como aquel que
puede acompañar pedagógicamente las trayectorias escolares de los
estudiantes.
E) Confección del Contralor
1- Cada docente deberá ser consignado en el contralor de la escuela donde
afecte sus módulos o cargo con la siguiente leyenda:
“Docente afectado por el artículo 115 c (2), Resolución 5099/08-CESAJ”
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Es muy importante no olvidar consignar el Nº (2) ya que es lo que garantiza
el cobro y al finalizar la leyenda consignar la palabra CESAJ ya que es lo
que permite la rápida ubicación del personal del departamento de contralor.
2- La escuela referente NO deberá confeccionar un contralor especial para
CESAJ como así tampoco incorporar a los docentes provenientes de otros
servicios en el contralor propio.
3- NO se debe generar CUPOF para los cargos de CESAJ ya que es una
“experiencia educativa” que dura dos años y luego cierra.
F) Estudiantes de CESAJ
1- Los estudiantes de los centros son matrícula de la Escuela Secundaria de
referencia, por lo tanto deberán estar incorporados en el Libro Matriz de
dicha institución y participarán de todas las acciones que derivan de
decisiones institucionales como el resto de los estudiantes del servicio:
cobertura de salud, SAE, becas, participación en el Centro de Estudiantes,
entre otros.
2- Los estudiantes de CESAJ deberán tener entre 15 y 18 años, tal como lo
indica la normativa.
3- Es preciso que estén fuera del Sistema Educativo ya sea porque nunca
iniciaron la Escuela Secundaria o porque luego de haberla iniciado la
abandonaron.
G) Confección del Analítico para CESAJ
Comunicación Nº 1/14 para la confección de analíticos incompletos,
parciales y finales para estudiantes que han transitado parte de su
escolaridad en CESAJ, Disposición 20/10 de la DPESec. de Equivalencias
de CESAJ y Disposición 6/10 de la DPESec de Evaluación de los CESAJ
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El CESAJ es una propuesta integral que entiende a la evaluación como un
proceso continuo en la cual la nota debe reflejar cualitativa y cuantitativamente
la trayectoria particular de cada estudiante en cada una de las materias. En
este sentido, por no tratarse de una correspondencia entre los años del Ciclo
Básico con los años del CESAJ, debe determinarse una sola nota para cada
materia y luego trasladar esa misma nota en cada uno de los años
correspondientes al Ciclo Básico.
Cabe aclarar que en el caso de Ciencias Naturales se deberá promediar las
notas correspondientes a Físico-Química y Biología y en el caso de Ciencias
Sociales se efectuará el mismo procedimiento con Historia y Geografía.
A continuación se detallan distintas alternativas a tener en cuenta al momento
de confeccionar los certificados analíticos:
Si el estudiante aprobara el Ciclo Básico Completo en CESAJ, la confección
de los analíticos parciales deberá hacerse completando los espacios
correspondientes a 1º, 2º y 3º año con sus respectivas notas numéricas de 1 a
10 para cada materia, agregando en OBSERVACIONES: “Ciclo Básico
aprobado por Resolución 5099/08 (CESAJ).”
1- Si el estudiante hubiera cursado y aprobado el 1º ó 1º y 2º años del Ciclo
Básico en una Escuela Secundaria y finalizado el mismo en un CESAJ,
deberá consignarse en los espacios del analítico destinados a esos años lo
que el estudiante cursó y aprobó en dicho establecimiento.
Luego se completarán el/los espacio/s que correspondan a lo cursado en
CESAJ como se dispone en el punto anterior del presente instructivo.
2- Cuando un estudiante de CESAJ solicite el pase a otra Escuela
perteneciente o no al mismo Distrito y/o Provincia, se creará una comisión
integrada por el Inspector/a de Enseñanza del Nivel Secundario, Director/a
de la Escuela de Referencia, Tutor/a y Docentes quienes, teniendo en
cuenta el Cuaderno de Seguimiento del Proceso de Aprendizaje, pondrán
en consideración el proceso de formación del estudiante para evaluar y
decidir qué año del Ciclo Básico de la Secundaria se dará por aprobado.
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3- Los cursos que dependen de los Centros de Formación Profesional, serán
certificados por los mismos, por lo que no deben ser consignados en el
certificado analítico.
H) Comunicación entre el Equipo de la DPES y los CESAJ.
1- A los efectos de agilizar la circulación de información, todos los actores que
forman parte del proyecto cuentan con los contactos del Equipo de
Inclusión de la DPES.
2- Todos los actores del proyecto pueden contactarse con esta Dirección
respetando la vía jerárquica correspondiente.
I) Asistencias Técnicas
1- Está prevista la realización de asistencias técnicas en el territorio por parte del
Equipo de la DPES, a fin de brindar acompañamiento y orientación a los
actores involucrados en cada uno de los centros.
2- Dichas asistencias son programadas por el Equipo de Inclusión de la DPES, de
ser necesario pueden ser solicitadas desde los distritos.
J) Informes de Seguimiento y Evaluación y del Funcionamiento general de
los CESAJ
1- Está prevista la elaboración de un informe de seguimiento y evaluación de los
CESAJ (Ver anexo 5).
2- Esta Dirección solicitará informes de situación periódicamente a los
Inspectores, Directores y/o Tutores.
3- Se promoverá desde el Nivel Central la concreción de reuniones mensuales
entre todos los actores responsables de llevar adelante el CESAJ como así
también de quienes tienen la responsabilidad de supervisar el correcto
funcionamiento del mismo.
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4- Se elaborarán dispositivos de trabajo, que permitan abordar territorialmente y
de manera conjunta con todos los actores involucrados en la implementación
del Proyecto, los problemas de inasistencias que se pudieran generar en cada
uno de los centros.
5- Será responsabilidad de los responsables de la implementación del proyecto
generar las acciones pertinentes que vinculen a los estudiantes del CESAJ con
el Ciclo Superior para garantizar así la continuidad y finalización de la Escuela
Secundaria de todos los estudiantes que transitan este formato.
6- Todos los CESAJ contarán con la supervisión directa de un Inspector de
Enseñanza designado por cada Jefatura Distrital y/o Inspector de la Modalidad
de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social.
7- Será responsabilidad de los agentes del territorio continuar con el
acompañamiento de las trayectorias escolares de los estudiantes de CESAJ en
el Ciclo Superior, para ello se deberá completar una planilla con los datos de
cada uno de los estudiantes que finalizaron el CESAJ y que se incorporen al 4º
año del Ciclo Superior o su equivalente en Bachillerato de Adultos. Dicha
planilla deberá ser remitida a esta Dirección tres meses después de que dichos
estudiantes hayan finalizado el 4º año. (Ver Planillas en Anexos 6)
K) Matrícula de los CESAJ
1- Los CESAJ funcionan con una matrícula de 20 a 30 estudiantes por centro. Sin
embargo, esta puede sufrir modificaciones en el transcurso del proceso, por
estudiantes que deben dejar de asistir o que terminan en un año y se
incorporan al Ciclo Superior. Los lugares que queden vacantes podrán ser
ocupados por otros jóvenes que se encuentren fuera del sistema educativo.
Las formas de contactarse con el Equipo de Inclusión Educativa del Nivel Secundario
son:
Vía Telefónica al 0221-4295279
Vía Correo Electrónico: [email protected]
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ANEXOS
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Anexo 1
Lugar y Fecha
A los efectos que resultaren pertinentes, se deja constancia
que en el ámbito de esta Dirección General de Cultura y Educación se otorga licencia
por ART. 115 c (2)-con goce de haberes- a partir del_________ hasta el___________,
al / a la docente:________________________________________________________
DNI N º________________________ en los siguientes módulos / cargos:
__________ de___________________________________Titular o Provisional
de la Escuela __________________________________________.
Atte.
……………………………………………….
Inspectora referente del CESAJ
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Anexo 2
“Centros de Escolarización para Adolescentes y jóvenes entre 15 y 18 años
(CESAJ)”
Región
Distrito
Localidad
Escuela de referencia
Dirección
Teléfono
Nombre del Director/a
Correo Electrónico
Nombre del Inspector/a de Nivel
Correo Electrónico
Nombre del Inspector de PC y PS
Correo Electrónico
Centro de Formación Profesional
Organización Social que articula
Dirección
Teléfono
Lugar de Funcionamiento del Centro
Horario de funcionamiento del Centro
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Anexo 3
Apellido y Nombre
Edad
Ultima escuela en
la cual estuvo
matriculado
Trabaja
Si/No
Es jefe/a de
hogar
Si/No
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Hijos
Si/No
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Anexo 4
Dirección General de Cultura y Educación
Subsecretaría de la Educación
Dirección Provincial de Educación Secundaria
Centros de Escolarización Secundaria para Adolescentes y jóvenes (CESAJ)
Región:
Distrito:
Escuela Secundaria:
Apellido y Nombre
DNI
Materia
Prácticas del Lenguaje
Matemática
Físico química
Biología
Geografía
Historia
Educación Física
Construcción de Ciudadanía
Educación Artística
Inglés
Tutor
FP
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Anexo 5
INFORME DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION
La implementación de la escuela secundaria de 6 años como unidad pedagógica y
organizativa, tiene como objetivo lograr la inclusión, permanencia y acreditación de
todos los y las jóvenes de la Provincia de Buenos Aires con una propuesta de
enseñanza específica, universal y obligatoria.
Desde el proyecto de los Centros de Escolarización Secundaria para Adolescentes y
Jóvenes entre 15 y 18 años (CESAJ), se plantea como desafío trabajar en la
construcción y/o reformulación de formatos escolares que puedan dar respuesta a las
diversas trayectorias educativas de los sujetos.
En este sentido, “Los denominados nuevos formatos escolares intentan flexibilizar los
cánones de la escuela tradicional en términos de abordajes del currículo, de apoyo a
los estudiantes y de adecuación a las características de la población a la que intentan
alcanzar”1 (Terigi, 2006).
Los CESAJ responden a la necesidad de promover un espacio que ofrezca
alternativas para completar el Ciclo Básico del nivel secundario para los adolescentes
y jóvenes que por algún motivo nunca asistieron a la escuela secundaria o la
abandonaron tempranamente. Sin embargo, no debe perderse de vista que los CESAJ
serán una respuesta transitoria a dichas situaciones en tanto que las Escuelas
Secundarias están generando las condiciones necesarias para el cumplimiento del
derecho de los estudiantes a ingresar, permanecer y terminar sus estudios
secundarios.
Desde la Dirección Provincial de Secundaria se ha asumido la tarea y el compromiso
de trabajar desde este formato para garantizar las condiciones para el ingreso y la
permanencia y la inclusión
Para su acompañamiento es precisa la implementación de un informe de seguimiento
y evaluación de los CESAJ, que potencie la supervisión del programa y evaluación
del proceso.
1
Terigi, F. “Las “otras” primarias y el problema de la enseñanza” en Terigi F. (comp.). Diez miradas
sobre la escuela primaria. F. Fundación Osde y Siglo XXI Editores, Bs. As., 2006.
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Evaluar el proyecto permite reflexionar sobre la acción, para analizar detenidamente
qué es lo que se hizo o se está haciendo, de qué modo se está llevando a cabo, si se
orienta según la dirección deseable, cuáles son los impedimentos u oportunidades que
se presentan y, en relación a ellos, cuáles son los resultados y los impactos de los
cursos de acción implementados.
Se proponen dos instancias de trabajo colectivo a la hora de monitorear el
funcionamiento del proyecto anclado en las vivencias de cada una de las escuelas.
1. Informe conjunto de Inspector de Nivel e Inspector de Psicología Comunitaria
y Pedagogía Social
Frente a la importancia de que todos los actores que intervienen en el
funcionamiento del CESAJ sean parte del proceso de evaluación se propone a los
inspectores involucrados la realización de un informe conjunto, a partir de la
supervisión realizada en cada uno de los CESAJ; las reuniones con los profesores de
las distintas materias, tutor, EOE y Equipo Directivo; Entrevistas; etc., que deberá ser
presentado al finalizar cada cuatrimestre.
Estos informes serán una descripción del desarrollo de la experiencia.
2. Informe conjunto de Director y Tutor.
En estos informes se expondrá la información concerniente al funcionamiento
interno de los centros.
Los datos que deberán conformar los informes:
•
Planificación de las horas institucionales.
•
Uso de los espacios.
•
Participación del EOE.
•
Participación de Formación Profesional.
•
Planificación de acciones para la articulación con el Ciclo Superior.
•
Participación de los estudiantes del CESAJ en las actividades de la
escuela (AIC, Centros de Estudiantes, Actos Escolares, Salidas
Educativas).
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•
Uso de las secuencias didácticas por parte de los docentes.
•
Espacios de encuentro entre los docentes.
•
Implementación del Cuaderno de Seguimiento y Evaluación de las
Trayectorias de los estudiantes.
•
Obstáculos y facilitadores del desarrollo de la experiencia en general.
Además se enviarán las planillas de asistencia y calificación a través del correo
electrónico.
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APELLIDO Y
NOMBRE
ASISTENCIA MES DE MAYO
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30
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Aprobación de secuencias
APELLIDO Y NOMBRE Historia Geografía Matemática Inglés Biología P.Lenguaje F. Quimica C.Ciudad. Artística Informát. Form.Prof.
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Anexo 6
“Centros de Escolarización Secundaria para Adolescentes y Jóvenes entre 15 y 18 años”
CESAJ
REGION:
DISTRITO:
Escuela Referente de
CESAJ:
Fecha:
Datos de los estudiantes que finalizaron la experiencia
Nombre y Apellido
DNI
Escuela donde
continuó ciclo
superior
Breve descripción del estado de
su trayectoria escolar
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